En la Ruta 2 NO hay radares (según Crítica Digital)

3 Ene

En el primer tramo de esa ruta y en la 11, desde Dolores hasta Pinamar, no hubo control para los excesos de velocidad. Medida incumplida.

Al menos eso comprobó el equipo de Crítica de la Argentina que se trasladó por la ruta 2 hasta Dolores y luego por la 11 hasta Pinamar. En ningún tramo del itinerario se vio la señalización correspondiente que alerta sobre la presencia de sistemas de monitoreo y los policías bonaerenses afectados al Operativo Sol consultados durante el viaje evitaron dar precisiones. “Los radares, no, los radares, están por ahí, pero son un misterio, ni idea”, dijo otro oficial, cerca de Esquina de Crotto.

La confirmación definitiva corrió por cuenta del capitán Mario Linchetta en la rotonda de entrada a Pinamar: “No sabemos nada sobre los radares. Entre Dolores y Pinamar no hay ninguno y ni siquiera sabemos si nos corresponde utilizarlos a nosotros. No hubo despacho con indicaciones de ningún tipo. Estamos ocupándonos de hacer controles como todos los años pero estamos ajenos al tema de los radares”, explicó.

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22 respuestas to “En la Ruta 2 NO hay radares (según Crítica Digital)”

  1. gustavo racca 06/02/2011 a 07:57 #

    hola buenos dias , en diciembre 2010 la camara que esta en el puente peatonal de camino centenario frente a entrada escuela vucetich , me saco una foto donde yo iba a mas de 60 km , 76 km en realidad , los carteles cuando uno los ve , estan a menos de 500 mts de la camara , es decir que habria que bajar bruscamente la velocidad y por lo tanto al que viene detras obligarlo tambien a frenar con la consecuencia de producir un accidente , hay alguna forma de reclamar este asunto , mas adelante en el tiempo lei que la provincia hizo algo con el tema de los cartels cerca de las camaras. alguien sabe algo para informarme , gracias

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    • Hugo Caceres 06/03/2011 a 07:42 #

      A mi entender, podría plantearse la nulidad de las actas de infracción por defectos en la señalización.

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  2. julio cesar soria 04/03/2011 a 13:33 #

    En el caso que no hubiera señalización en el lugar, se puede hacer algo?? Tengo entendido por
    lo que estoy viendo que no soy el unico , ( ruta 41 km 33,5 Pila), para el descargo , donde envio?.
    Desde ya muchas gracias Julio

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    • Hugo Caceres 04/04/2011 a 08:26 #

      Puede fundar su descargo en la falta de señalización. Debe dirigirse al Juzgado interviniente en su caso.

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  3. andres 01/05/2011 a 12:00 #

    Muchachos. ESO ES UNA FORMA DE RECAUDAR DINERO SOLAMENTE.. solo con ese fin. les dejo una carta para presentar al mismo remitente de la multa para que se la cancelen. les comento que casi ninguno de estos radares y fotomultas estan homologados y no te pueden multar sin ser avisado detenido para hacerte una multa. AGAMOS VALER NUESTROS DERECHOS. QUE ELLOS AGAN BIEN LAS COSAS SI LAS QUIEREN HACER ! con esta carta, la multa, se la meten en el **** !
    solo cambien los datos por los suyos. no le demos ni un centavo a estos lacras !

    MODELO CARTA DOCUMENTO
    Juan Perez, titular del rodado: Marca Ford Modelo Fiesta, dominio HBE-543, constituyendo domicilio legal en XXX, Provincia de XXXX, que se me imputa haber cometido la infracción Nº xxx, lo cual rechazo por no cumplimentar los requisitos legales mínimos para su imposición ha saber:
    1. No he transitado por el lugar que dicen he cometido la infracción, en la fecha y hora indicada.
    2. No he cometido ninguna transgresión a las normas viales que dispone la Ley de Tránsito local ha su comuna y la Ley Nacional 24.449, muy por el contrario mi conducción es prudente, con pleno control del vehículo, respetando la velocidad permitida, y usando las luces bajas en todo momento del día.
    3. Uds. no han cumplimentado los requisitos para la confección de una multa dispuesto por ley 24.449 que establece la obligatoriedad de la Notificación Fehaciente con Constancia de recepción, art.69) requisito cuya inobservancia torna nulo el procedimiento por enervar el derecho constitucional de legítima defensa.
    4. Uds. no cumplen con los mínimos dispuestos para la utilización de medios electrónicos de control de infracciones expresamente contemplada en el Articulo 21 del la Reglamentación General de la Ley N° 24.449 (ANEXO I. del Decreto 779/95 ). Ni tampoco la legislación local de identificación del equipo, permiso de emplazamiento y homologación del mismo.
    5. Que, además, la misma ley 24449 y las leyes de tránsito provinciales ordenan: que el control debe efectuarse con la presencia de inspectores municipales o comunales debidamente identificados que deberán (art. 70 de dicha ley) detener al conductor y redactar la respectiva acta de infracción para garantizar el derecho constitucional de legítima defensa, que el procedimiento incorrecto de esa comuna avasalla.
    6. Tampoco Ud. ha notificado en debida forma, la sanción que nunca debería ser multa, sino apercibimiento y educación al infractor.
    Por lo anteriormente expuesto, SOLICITO:
    Se tenga por presentado descargo en legal tiempo y forma. Oportunamente y previo trámite legal, se declare la nulidad del acta Nº……………………………………….. y se den por concluidas las actuaciones iniciadas con su respectivo archivo, comunicándomela resolución adoptada. En la hipótesis de que esa comuna ratifique la multa y rechace el presente descargo, hago reserva de acudir a la Justicia Ordinaria a fin de obtener la nulidad del decisorio, solicitando los daños y perjuicios correspondientes, más el daño punitivo dispuesto por el art. 52 Bis por la falta cometida en el art. 8 bis y en los demás actos violatorios de la L.D.C.
    Por último invoco el art. 71 de la Ley Nacional de Tránsito 24449, respecto del derecho a ser sometido a juicio en el ámbito del juez con competencia territorial de mi domicilio”.

    Firma:

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    • Hugo Caceres 01/05/2011 a 16:42 #

      Usualmente no envío modelos de descargo, ni permito que los mismos se publiquen en el blog, por cuanto entiendo que cada situación debe ponderarse en forma particular, y el uso de modelos genéricos más que favorecer, atenta contra el adecuado ejercicio del derecho de defensa.
      Sin embargo, hago una excepción con su caso en virtud de que lo usted envía es un modelo que circula desde hace mucho tiempo en diversos foros y sitios web, comp por ejemplo Taringa, Psicofxp, Portal de abogados, etc. etc.
      Este modelo adolece de muchos errores que, a mi juicio, lo tornan absolutamente ineficaz, y no conozco a nadie que con el mismo haya logrado una resolución favorable en la Provincia de Buenos Aires.
      Ha sido confeccionado mucho antes de que se sancionara la Ley 13.927 y el Decreto 532/09 en esta Provincia, y en realidad apuntaba a ser utilizado en los casos de algunos municipios de Corrientes y Entre Ríos, cuando estos aún no se habían adherido a la Ley Nacional 24.449.
      Usted, y quien lo desee, es por supuesto libre de utilizarlo, pero dudo mucho que sea receptado como válido por los Juzgados de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.

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  4. Ruben Peon 01/05/2011 a 10:31 #

    Hola: Me adhiero a los comentarios, también he sido alcanzado por una infracción de este calibre, maxima 80 y pase 95,2 km a la altura del Km 203 (radar). Esto es realmente un tema que da para mucho. Si uno baja la velocidad demasiado, corre el riesgo del que viene atrás. Luego todos los Micros de larga distancia… ninguno respeta la velocidad de maxima 90 km. Y eso refiriendome a los micros… ni hablar de muchos camiones y VAN con viajes contratados. Pero si tienen dudas, intenten probar con su GPS (quien lo tenga) y verá la triste realidad.
    Sigo pensando que estas multas caza bobos solo tiene una función y es RECAUDATORIA, pues nadie sabe adonde van a parar esos ingresos. Como digo, esto tiene varias aristas, y ni que hablar del trazado y la arquitectura de esta Ruta N° 2. En muchos lugares los accesos a ciertas localidades debieron ser diagramados de manera distinta, al igual las elevaciones y puentes.
    Pero la cocinaron de esta manera por el tema de COSTOS. Costos que nosotros pagaremos de muchas formas. Gracias por vuestro tiempo y la lectura. Atte. Ruben Peon

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  5. Ricardo 07/21/2010 a 17:19 #

    Recién hoy 21 de julio veo esta pregunta. Si.. finalmente opté por el pago voluntario y empezar a viajar en Micro.

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  6. Matiasd Pedemonte 07/14/2010 a 22:36 #

    estimados, este 1 de mayo de 2010 pude realizar un viaje a mar del plata por 3 días ya que no me fui de vacaciones con mi novia, hoy en julio recibi de ese día 3 multas por exceso de velocidad por un valor de 623 cada una velocidad permitida 80 iva a 97 velocidad permitida 60 iva a 75 velocidad permitida 80 iva a 113 realmente pueden pensar jodete, la verdad que tarde 6 hs y media en llegar a mar del plata fui respetando las velocidades indicadas no tengo la plata para pagar 3 multas me parece que ya sabemos bien a quienes no tenemos que votar ya somos muchos quienes nos dimos cuenta de que se trata esto, recaudar diciendo que mejoramos el transito y verdaderamente no se mejora nada porque a mi en la ruta me pasaban como poste tirado…… un saludo a todos y acuerdense que el pueblo unido jamas cera vencido

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  7. eduardo 04/17/2010 a 12:34 #

    fotomulta en Dolores, mano a MDQ. max 80 y multa x ir a 135kmh. ?? Como viajo siempre x la 2. pasé por ahí bien despacio, no hay cartel que limite, es una parte que esta encauzado por new jersey. no hay advertencia de control fotográfico, etc.- Me parece que Sioli quiere cambiar el helicóptero. Es una autopista paga (bastante rota entre Dolores y MDQ) con un límites de la década del 50. Con frecuentes reducciones de marcha, muchísimos inexplicables y con cámaras cazabobos.-

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  8. Mariano 01/08/2010 a 18:38 #

    Cuidado con la 63 en el km 13,3. Tengo una fotomulta allí, otra en la 41 en la altura de Pila, allí no hay ni carteles de máxima, ruta sin banquina, hay guita para recaudar pero no para arreglar rutas ni poner carteles, toda la guita que recaudan estos desgraciados hdp se la tendrían que sacar la familia de los Pomar. Yo por mi parte no pagaré ninguna y trataré de zafarlas mediante alguna amistad que pueda encontrar, a corrupto, corrupto y medio.

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  9. gonzalo 11/25/2009 a 01:42 #

    hay radares por todos lados. ojo con el de la entrada a pila ( ruta 41 ) que hay que pasar a 40 km en plena recta. otro radar en la ruta 2 y la ruta 41 ese es a 80 km , otro ruta 2 km 206 pasando la isla fte a una est de ser GNC, otro ruta 63 km 7,7 , este verano van a recaudar fortuna. suerte

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  10. Ricardo Diez 11/21/2009 a 19:44 #

    Seguramente se puede acudir a alguien (me imagino) pero en LA PLATA y no en Mar del Plata porque la infracción es a nivel provincial y no a nivel comunal (por lo que ví en la nota-foto que me enviaron y que comenté en mi post anterior)
    Postes como el del Km. 396.1 (que no es más que un caño amarillo de más de 2,5 metros de altura con la cáma arriba de todo, sobre un cuadrado, todo pintado del mismo amarillo, también hay en el cruce de la Ruta 41 y la Ruta 2 (Km. 17o aproximadamente y otro en el Km 85 aproximadamente también, la misma cámara, aunque está seteada a otras velocidades máximas (80 Km/hora para esas zonas) Tal vez haya más que yo no pude ver…

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  11. Pablo 11/12/2009 a 13:32 #

    Sé donde es esa zona, mi señora trabaja en una escuela de ese barrio, ella y todas las maestras de ahí han recibido multas,vecinos del lugar, etc; es un lugar que es muy dificil conducir a 60 km/h, plena autovía, los autos y camiones que vienen de viaje pasan muy rápido con lo cual encontrarse con un auto a 60 km/h es un peligro. Eso sí al ser una única cámara la que fotografía y creo que es fija ya que esta en un poste, entre uno que pasa a 160 km/h y uno que pasa a 70 km/h , saben a quien le llega la multa? A propósito, aun no se ha habilitado el Juzgado Administrativo provincial en MDP no?

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    • Hugo Caceres 11/21/2009 a 17:33 #

      El Juzgado Administrativo no esta en funcionamiento aún.

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    • Pablo 11/21/2009 a 17:39 #

      Bueno, ya veo que alguien mas ha recibido, mi señora ya recibió 3 multas de este tipo, de 70 o 75 km/h, obviamente todas de fecha en que desconocía que existiera este «robo». Veremos si se puede acudir a alguien.

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  12. Ricardo 10/29/2009 a 08:21 #

    Muchas gracias HUGO. Si, la falta fue cometida «objetivamente» hablando, tiene marcada intención recaudatoria y nada preventiva (basándonos en la característica de la zona), pero sirva este caso para «avivar» a quien esté interesado también en el tema para prevenirse. Yo ya pagué el pago voluntario.

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  13. Ricardo Diez 10/19/2009 a 17:35 #

    A mi me llegó una foto multa enviada desde LA PLATA hoy 19 de octubre, por exceso de velocidad a la altura de Camet, Km. 396.1 donde se puede circular HASTA 60 Km por hora y yo venía a más de esa velocidad. (muy difícil circular a 60 a esa altura de la ruta) 243 pesos pago voluntario que es la mitad de la multa.
    Está rubricada por Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires. (o sea, no es de la Municipalidad de Gra. Pueyrredon, donde fue la «falta». )

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    • Hugo Caceres 10/28/2009 a 22:34 #

      Si la falta fue cometida sobre una ruta de jurisdicción provincial puede tomar intervención una autoridad superior a la municipal.
      Si la falta fue realmente cometida, y no posee una excusa justificante, quizas le convenga optar por el pago voluntario.

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      • bruno 02/16/2011 a 14:06 #

        En el caso que no hubiera señalización en el lugar, se puede hacer algo?? Tengo entendido por una persona que le paso lo mismo, q no hay ningún cartel. Yo estoy muy lejos para ir a constatarlo.
        Esto fue en ruta 41 km 33,5 (Pila).
        Gracias..

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      • Hugo Caceres 02/17/2011 a 08:31 #

        SI no hay señalización que indique que se debe circular a una velocidad diferente a la autorizada por ley para ese tipo de camino, la multa podría ser declarada nula.

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    • pablo 11/19/2009 a 18:06 #

      si yo vivo en el barrio q esta justo el radar y es imposible ir a 60 porq viene el transito a mas velocidad, y tengo una multa no se si esta habilitado al 19-11-2009 el radar q hiciste? lo pudiste reclamar o tuviste q pagarla y nada mas

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