No me refiero a la ley que autoriza su puesta en servicio, aplicación de sanciones, etc., sino a la habilitacion de los equipos utilizados.
La pregunta viene a cuento por que estaba leyendo una nota que el Juez de Faltas de Marcos Juarez (Cordoba) envío a la Asociacion de Jueces de Faltas, en la que dice: «atento a la vigencia de la Ley 19511…, todo aparato de medición debe ser sometido a la aprobación del modelo y a la verificación primitiva y contrates periódicos de funcionamiento… Por el momento, las mediciones que arrojen estos aparatos no debieran servir de base para la confección de Actas de Infracción…».
Se refería a os alcoholímetros, pero hace poco tambien lei una nota acerca de la aprobación de los radares en a utilizar en la Provincia de Buenos Aires, en la que se deía que aún eran muy pocos los que estaban habilitados.
En consecuencia, es importante concoer que instrumento se utilizó para la medición, y verificar si el mismo se encuentra habilitado por el INTI.
Ennlace relacionados:
- Nota del Juez de faltas de Marcos Juarez
- Lista de radares habilitados por el INTI
- Verificar si un instrumento está aprobado
- Reglamento para la aprobación de alcoholimetros (envié un email al INTI preguntando si se aprobó o no)
Buenos Días, queria hacerle una consulta conrespecto a una multa de transito que me hicieron en la ciudad de mendoza. La misma se trata de un control de alcoholemia positivo tomado por la policia de la provincia de mendoza.
Yo acepte hacerme el control sabiendo que no habia tomado de mas, el problema fue que dio positivo. con un 0.8. Tendría que hacer una nota de descargo? Tengo que decir que los aparatos no estaban certificados por inti? Que debería hacer?
Saludos,
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Si usted no había bebido debe formular el descargo pertinente.
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Buenas tardes , queria consultar ya que tengo que transferir mi auto y aparecieron dos multas en la ruta 11 una por $1949,70 y otra por $527,85.
Tengo entendido que para que una multa sea valida tiene que ser confeccionada y entregada por una agente de transito y en el caso de ser foto multa la misma tiene que tener acuse de recibo para que el infractor sea notificado. es asi o estoy equivocado. En caso de ser asi como debo proceder, legalmente tengo que pagar o no corresponde por la situacion.
Desde ya muchas gracias.
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Puede impugnar el procedimiento, conforme los fundamentos que manifiesta, ante el Juzgado interviniente en su caso.
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Dr. buenos días, la consulta es la siguiente. El dia 25/12/11 yendo para Mar de Ajo me hicieron dos foto multas. la foto impresa en la notificacion dice velocidad permitida 80 km/hora y luego en el objeto dice 60.00 km/hora. La velocidad real a la que circulaba era a 83.4 km en una y 83.6 en la otra. Cual es la velocidad que debo tomar? que les contesto?
Desde ya muchas gracias.
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Si hay discordancias en el acta de infracción la misma puede ser declarada nula. En caso de duda debe estarse a lo que es mas favorable para el presunto infractor.
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dr. buenos dias, mi consulta es poque tengo cuatro infracciones por circular sin casco en motosicleta lo cual el inspector en cuestion a faltado a la verdad y esto a sido en represaria a mi persona .esta situacion la hice saber a las autoridaes como intendente ,secretario de hacienda y juez de faltas e precentado denuncia a fiscalia sin resultados los conflictos con el inspector son por un reclamo de un vecino que lava un camion a la buelta de mi casa ,pero resulta ser que el camion en cuestion es propiedad de un sr. que era dueño es ese momento de un boliche bailable donde este inspector municipal trabajaba de seguridad por lo que hoy me veo sin carnet de conductor y la imposibilidad de obtenerlo por los costos de esas multas y hace cosa de cinco meses me paro otro inspector que por supuesto sabiendo que tengo registro vencido me labro otra infraccion .tambien es mi deseo saber si puedo pagar con trabajo comunitario ya que en un momento se lo plantie al juez der falta qien contesto que ese veneficio ya no existe
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Necesitaría conocer en qué ciudad ocurren los hechos que describe, para poder darle una opinión fundada.
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En el listado de radares del Inti encuentro que el cinemómetro que figura en un acta de in -fracción por exceso de velocidad en Pila-Ruta 41 Km 33.5 del 23-1-2011 de marca BAVIAL modelo MARVIC-V2 N° Serie C0049 dice en columna «vigente desde» 29-4-09 al 28-4-10.-
Esto indica que no ha sido verificado recientemente y la multa carece de validez?
Muchas Gracias Muchos saludos
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Debería confirmar dicha información para asegurarse de que está actualizada. De ser así el acta de infracción sería nula.
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Leyendo algunas de las respuestas hallé que el pago voluntario de una infracción implica la aceptación de la misma. En mi caso se trata de un exceso de velocidad en ruta 63 registrada con un radar. La cuestión de la aceptación de la infracción: ¿que implicancias tiene en la ley de tránsito? Gracias.
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La inscripción de la infracción en el Registro Unico de Infractores de Tránsito.
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