Provincia de Buenos Aires: ¿Qué hago si recibi una multa?

28 Oct

Me notificaron por una infracción por exceso de velocidad cometida en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires, ¿cuál es la autoridad de juzgamiento?
Si la infracción fue cometida en jurisdicción de la provincia de Buenos Aires la autoridad de juzgamiento es la JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO PROVINCIAL.

¿Y si la falta fue cometida en el ejido urbano?
Si la infracción fue cometida en el ejido urbano, significa que la jurisdicción es municipal, por tanto la autoridad de juzgamiento es la JUSTICIA DE FALTAS MUNICIPAL.
Es importante considerar que la jurisdicción municipal excluye rutas, caminos, autopistas, autovías o semiautopistas provinciales o nacionales en el territorio de la Provincia, incluso si atraviesan el ejido urbano.

¿Cuál es el domicilio que se tiene en cuenta para realizar la notificación?
Se considera como domicilio el denunciado en el acta de comprobación. Si el infractor no denuncia domicilio alguno, o se desconoce el mismo, se considera el domicilio establecido en la licencia de conducir o el que surja del Registro Nacional de Propiedad del Automotor.
En cualquiera de ellos la notificación es válida y no se puede alegar desconocimiento.

Si considero que no cometí una infracción ¿puedo presentar un descargo?
Si, podrá presentarlo al Juzgado competente cuando éste lo cite en una segunda notificación.

¿Qué plazo tengo para realizar el descargo?
Usted cuenta con 15 días hábiles a partir de que recibió la segunda notificación.
Si mi domicilio está a más de 60 km, ¿tengo algún medio alternativo para realizar el descargo?

Si usted reside a más de sesenta (60) Km. de la jurisdicción donde se presume la falta, tendrá derecho a ejercer su defensa por escrito mediante el uso de un correo postal de fehaciente constatación.

¿Cuáles son los requisitos que debe tener un descargo vía epistolar?

El descargo no tiene requisitos respecto a su contenido, pero sí respecto a su forma, por ello debe ser realizado por medio fehaciente que acredite su contenido y recepción. Por ejemplo, puede efectuarse vía carta documento.

¿Debo recibir ayuda letrada para el envío del descargo?

No, no es necesario.
¿Si cometí una infracción y quiero pagar, tengo algún beneficio?
Si, usted puede realizar un pago voluntario por el cual se le bonifica el 50% del valor de la multa.
¿Cuál es el plazo para realizar el pago voluntario?
Usted tiene 30 días hábiles, a partir de que recibió la notificación.
¿Qué ocurre si fui sentenciado por una falta y no abono el valor de la multa?
Podrá iniciarse el cobro de la multa por vía de apremio.

 

Información tomada del sitio oficial de la Provincia de Buenos Aires

1.619 respuestas to “Provincia de Buenos Aires: ¿Qué hago si recibi una multa?”

  1. LUCIANA 11/27/2017 a 13:46 #

    Hola. Me llegó una citación a Juzgamiento por dos multas cometidas en la ciudad de Mar del Plata en el año 2012. Me llego el 20/11/2017. 5 años después, yo siempre vivi en la Ciudad de Chascomús y el auto fue vendido y realizado la transferencia en el año 2013 con el pago de multas y patentes al día. Que tengo que hacer con esta citación en Mar del Plata?. Gracias!

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  2. Gustavo 11/13/2017 a 13:41 #

    Recibí una multa de Octubre de 2009 por exceso de velocidad en el km 13.300 ruta 63. Cual es el tiempo de prescripción de la misma?
    Muchas gracias!!!

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  3. fabian 08/02/2016 a 12:56 #

    buen día, recibí una multa de la municipalidad de Pila, soy de Quilmes pcia de Bs As, la multa es de la ruta 41 donde no indica la velocidad máxima, pase a 55 km y dicen que es 40 km la máxima,…. el tema es que no lo indica ningún cartel.

    Como protesto esto por . documento dese puede o como?

    gracias

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  4. natalia 01/29/2016 a 17:49 #

    Hola doctor me llego una multa con mis datos en general mandaría ga pero no es mi auto que puedohacer donde mando la copia del título muchas gracias

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    • Hugo Caceres 02/02/2016 a 08:58 #

      Al juzgado interviniente (estimo que debe ser el Juzgado de Faltas de General Madariaga).

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  5. walter 03/11/2015 a 00:38 #

    estimado doctor … soy de san jeronimo sud provincia de santa fe me llego una multa de bs as y yo al auto lo vendi y me dice que la multa la tengo q pagar pero no me da para bajarla como podría hacer o una pajina para hacer algo

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  6. Alejandro Rizk 02/12/2015 a 11:12 #

    Recibí una foto multa con mis datos en la que el vehículo no corresponde al mío. Tengo un Toyota Corolla gris oscuro y la foto es de un VW Suran claro, el dominio también es dudoso OAI o OAL . Que debo hacer ? En donde envió el descargo para su anulación ?

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  7. Liliana 02/09/2015 a 11:08 #

    Buenos días Dr. Hugo Cáceres,
    He recibido una notificacion de la Municipalidad de Chascomús del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la pcia.de Bs. As. de una supuesta multa de velocidad realizada el dia 10 de diciembre de 2014 marcando en mi vehiculo 94 km cuando la permitida es 80 km. en una ruta provincial de via doble y no estando en zona urbana, no es un poco mas la máxima?. Me gustaria hacer el descargo por carta ya que vivo en CABA.
    . La debo hacer via carta documento? a que dirección? la misma vence el 27 de febrero. Espero la segunda notificacion?
    Muchisimas gracias por su deferencia

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    • Hugo Caceres 02/13/2015 a 07:22 #

      Para efectuar el descargo debe aguardar la citación a tal fin que le enviará el juzgado interviniente.

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  8. damian reija 01/07/2015 a 11:09 #

    Hola muy buen dia me llegaron fotomultas de la ruta 2 DE MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, osea son los sobres naranja que manda Daniel Scioli con foto multas, encontre un modelo de descargo para rechazarlo por que me parece injusto , el problema es que no se a que direccion enviar la carta documento, me podran ayudar a averiguar a que direcion envio la carta, ya que al municipio de chazcomus no se si corresponde ya que la multa la envia Buenos Aires la probincia, desde ya agraddezco cualquier ayuda

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  9. Livio Solano Ayala 12/29/2014 a 16:11 #

    Estimado Dr., me figuran , en momento de renovar registro multas por exceso de velocidad en Dolores y Mar del Plata con fecha de emisión 2012, 2013. Yo con mi auto nunca estuve en esas localidades y mucho menos en esas fechas. Hace diez años que no voy a la zona de la Costa. Muchas Gracias y cordiales saludos

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  10. Leonel 12/04/2014 a 11:38 #

    Estimado Dr. mi consulta es la siguiente. En el partido de Tigre Camino de los Remeros me hicieron 3 multas por exceso de velocidad (69 km), realicé un descargo hace ya 2 meses y todavía no tuve respuesta alguna. Dos de esas multas figuran haberse cometido un día sábado, el cual jamás he pasado por ahí porque no dejan en Nordelta ingresar al barrio para mantenimiento de piscinas. Me gustaría saber cómo debo proseguir. Muchas gracias. Leonel

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  11. Fernando Garrais 11/13/2014 a 09:50 #

    Buenos Días Doctor Caceres.
    Ayer fui a renovar mi registro de conducir en la municipalidad de merlo y me informaron que tenia una infracción de fecha 08-03-2014 del municipio de tigre de un vehículo que ya vendí en el mes de diciembre de 2013 y el auto esta radicado desde el mes de febrero en el municipio de lomas de zamora y el cual hice la denuncia de venta el día 30/12/2013 en el registro de merlo nro 1, que tramite tendría que hacer y si se puede hacer por carta o es un tramite personal. Muchas gracias Fernando

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    • Hugo Caceres 11/26/2014 a 09:02 #

      Debe presentar en el Juzgado de Tigre copia de la denuncia de venta para que se redireccione la infracción.

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  12. Martín 11/10/2014 a 14:28 #

    Buenas tardes hugo, le comento que recibi una fotomulta del partido de tigre por exceso de velocidad pero el auto visto en imagenes no es el mio, no es el color, ni la cantidad de puertas, ni techo corredizo, distinto baul… efectivamente no soy yo ni mi vehiculo. Que debo hacer?
    Desde ya muchas gracias.
    Saludos!

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  13. Diego 11/05/2014 a 17:44 #

    Buenas tardes Dr.
    En el día de ayer recibí una «cédula de notificación» de la municipalidad de Avellaneda donde aducen que cometí una infracción de tránsito en la avenida Mitre al 1100. La misma indica patente y ninguna otra seña particular del vehículo y fue enviada por correo simple y sin ningún tipo de constatación de recepción, es más, la tiraron en la puerta y de casualidad alguien la encontró. La supuesta infracción fue labrada el 16/09/14 sin apercibimiento alguno por parte de ningún inspector o quién sea que haya registrado la misma.

    Para cerciorarme busqué la infracción en el registro de la provincia de Bs. As. y no figura dicha infracción.

    Necesitaría saber como proceder en este caso ya que la multa es de 3897$ o de 1948.50$ por pago voluntario, no es poco dinero, por circular en contramano sobre separadores, fuera de calzada o banquina y en la misma no figura foto ni prueba que constate dicha acción por lo que considero que el procedimiento es como mínimo dudoso.

    Agregaría también que Av. Mitre es parte de la RP 36, entiendo es jurisdicción provincial y no municipal.

    Desde ya agradecido por cualquier información que pudiere suministrarme.

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    • Hugo Caceres 11/06/2014 a 09:10 #

      La web de infracciones del municipio de Avellaneda es: http://www.mda.gob.ar/multas.php.
      El municipio tiene jurisdicción sobre cualquier vía que cruce su ejido urbano.
      Le conviene presentarse en el Juzgado y requerir allí los antecedentes del caso.

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      • Diego 11/06/2014 a 10:20 #

        Gracias por su pronta respuesta.

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  14. Maria 10/29/2014 a 19:00 #

    Hola. Me llego una fotomulta de la Municipalidad de Chascomus (Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministro-Pcia. de Bs. As.), la misma ya se encuentra vencida para el pago voluntario. Voy a realizar el descargo correspondiente, pero tengo dudas acerca de a donde enviar el mismo, si a la Municipalidad de Chascomus, al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministro-Pcia. de Bs. As. o a donde la web de la Pcia. de Bs. As. dice que la infracción está radicada, siendo en mi caso el Juzgado de Dolores. Aguardo su respuesta. Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 11/03/2014 a 09:56 #

      Debe remitirla al Jzugado de Infracciones de Tránsito de Dolores. Calle Pellegrini Nº 5, Dolores.

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  15. Escucho Música 10/03/2014 a 17:02 #

    MULTA VELOCIDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES

    LUGAR Y FECHA

    SEÑOR
    JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
    DIRECCIÓN PROVIINCIAL DE
    POLÍTICA Y SEGURIDAD VIAL
    En internet en la pagina de la provincia de buenos aires me aparece una multa vencida por exceso de velocidad, puedo hacer descargo o solicitar que me consideren la situacion de no pagar lo que sale ahi porque nunca la recibi y me cobren el valor de la multa como si fuera actual, es viable? esta nota de descargo me sirve? gracias José

    MUNICIPALIDAD DE LA PLATA
    Provincia de Buenos Aires
    SU DESPACHO

    Ref. IMPUGNA ACTA CONTRAVENCIÓN N° 02-999-02753997-3.

    De mi mayor consideración:

    MARCELO JUAN ALVAREZ SANTOS, nacido el 25 de abril del 1949, en la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, domiciliado en calle Arcos 1805, Piso 22, Dpto “A”. C.A.B.A., me presento ante la autoridad de aplicación emisora del acta, en mi carácter de titular del vehículo marca CHEVROLET MERIVA GL 1.8 dominio FTH 146, para ejercer mi defensa garantizada por la Constitución Nacional, con el objeto de recurrir la RESOLUCIÓN de la autoridad de aplicación emisora del acta de esa Jurisdicción por una presunta acta de infracción señalada en la referencia, por la “supuesta” infracción a la ley nacional de tránsito, sin citar en dicha acta las normas infringidas a esa ley.

    Asimismo por la presente ofrezco las pruebas que hacen a mi derecho.
    En primer lugar planteo la nulidad de la notificación, no efectuada por medio fehaciente y desconociendo todo antecedente de que intente valerse que tenga por fecha anterior a la presente.
    En cuanto a los hechos que se me endilgan debo señalar que si bien circulaba con mi vehículo a la hora señalada en el acta en ningún momento me excedí de la velocidad como se afirma falsamente en la misma.
    Con relación al presunto cinemómetro (TIPO RADAR) ya es sabido que el mismo no mide con precisión, pero el elegir sectores de camino donde la velocidad máxima es de 60 km/h, en forma oculta o como dice la norma furtiva, y no en donde debe velarse por el verdadero exceso de velocidad y seguridad o sea los puntos negros, esconde un solo y único objetivo: recaudar.
    Al respecto debe tenerse en cuenta que resulta de dudable constitucionalidad el uso de radar fotográfico que no se encuentre debidamente señalizado, el cual es utilizado en forma furtiva y cuya utilidad debería ser residir su función preventiva y educativa.
    En tal sentido se viola expresamente el art. 70 inc. 3 de la ley 24449, vigente por imperio de la Ley 13.927, cuando ordena que la autoridad de aplicación debe identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenece o en su caso ante la inexistencia de la debida señalización del mismo.
    El espíritu de la ley es asegurar la vigencia del debido proceso adjetivo (art. 69 a) ley 24449) y el derecho de defensa constitucionalmente reconocido ( art. 18 CN), situación que no se alcanza a cumplimentar con una intimación a efectuar el pago de una multa, desconociendo la Autoridad de la que emana el Acta de Infracción y el presupuesto fáctico que rodea el hecho.
    Cuando refiero a que el cinemómetro no mide bien, es que los mismos deben encontrarse homologados por la Secretaria de Comercio e Industria de la Nación, conforme resolución 753/98 SYCIM y la Ley 25.650, pero ello, o sea que exista homologación no inhibe a que los aparatos de medición y las actas que se labren en consecuencia releven a la autoridad de aplicación de colocar en las actas en forma fehaciente la vigencia a la que alude el artículo 4º de la resolución citada que dice:”…la autorización de uso a que se hace referencia en el Artículo anterior no significa el reconocimiento del modelo aprobado una vez vencido el plazo en él estipulado, debiendo los fabricantes, importadores, tenedores, usuarios o licenciatarios de los mismos, someter los instrumentos de medición a las correspondientes aprobaciones de modelos y verificaciones…”.
    De allí entonces que cuando la Ley 25.650 prescribe: “Prohíbese el uso del sistema de radar-foto para el control vehicular en rutas nacionales, cuando éste no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la Resolución N° 753/98-SICYM” se considera que debe estar homologado y de contar con la garantia periódica de buen funcionamiento del fabricante, extremo que debe constar en el acta bajo pena de nulidad.Por lo expuesto es nula la medición efectuada por esa autoridad de aplicación y así se solicita.
    Impugno en este mismo acto la existencia de presunta presencia de funcionario público en la constatación de la infracción asi como la ausencia de señalización del radar y la inexistencia de la fecha en la que vencía la verificación periódica.
    Desde ya solicito la suspensión de toda ejecución de la multa hasta que se me sustancie el presente recurso. Copia de la presente se ha enviado a la DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN y a la DEFENSORIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
    Desde ya ofrezco como prueba
    A) Informativa: Líbrese oficio al 1° Distrito a DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD con asiento en la calle 122 y 48 N° 825, La Plata, Provincia de Buenos Aires, para que informe sobre la jurisdicción de la ruta Provincial N° 74, Km 23, y si se autorizó la instalación EQUIPO DE MEDICION TIPO RADAR MC VIAL, NRO. SERIE D0041 MODELO V002 en el lugar citado, se informe si se encuentran autorizada la colocación de cámara o video en zona de camino nacional y se informe si existe cartel de máxima es 60 km/hora es legal y se encuentra bien ubicado.
    C) A la Secretaria de Comercio de la Nación para que informe si se encuentran homologadas cámaras o videos de los que se emitan fotos para acreditar presuntas infracciones por exceso de velocidad y si ello es suficiente o debe contarse con la respectiva garantía periódica de buen funcionamiento realizada por el fabricante y en su caso el cinemómetro marca MC VIAL fue homologado por Resolucion DNCI 414/2007.
    Constituyo domicilio a todos los efectos legales en Av. Córdoba 836, P° 11, Of 1104/1106, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    Certificado de Deuda: A todo evento niego la existencia de la multa y que la misma sirve de sustento a CERTIFICADO DE DEUDA alguno, por no tratarse de gravamen, tasa o impuesto alguno que permita ser considerado título ejecutivo. De articularse el mismo se efectuará la denuncia por abuso de autoridad.
    Por todo lo expuesto solicita se deje sin efecto el acta de infracción labrada por encontrarse viciado de nulidad el procedimiento llevado a cabo, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales.

    Nombre: Marcelo J. Álvarez Santos
    N° de documento: ……………….
    LUGAR Y FECHA

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  16. Nicolas 09/30/2014 a 21:20 #

    Hola. Me llego una multa por pasar un semáforo en rojo. Mi domicilio esta a 73km de donde se realizo la multa. Tengo que ir o se puede arreglar de otra manera? LA multa indica el día y la patente del auto. No hay foto ni nada que acredite que yo pase el semáforo en rojo (dudo que lo haya hecho, si lo hice, fue en el momento del cambio). Es decir, no me pararon en el momento ni hay foto que indique que pase en rojo. Puedo defenderme de alguna manera? Gracias.

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    • Hugo Caceres 10/01/2014 a 08:57 #

      Puede hacer su descargo personalmente o enviarlo por correo.

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      • Nicolas 10/01/2014 a 10:26 #

        Hola. Gracias por su respuesta. La pregunta es, esto es legal? Es decir, una carta (no carta documento), no tiene la hora de la infraccion ni foto, ademas, no me detuvieron en el momento. Entre en la pagina de la provincia y no aparece la multa.
        Si no es legal, dejo la carta ahi y no gasto mi tiempo ni mi salud en hacer tramites.
        Muchas gracias.

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  17. Lucas 09/26/2014 a 15:03 #

    Buenas tardes, el día 18/09/14 del corriente mes, llego al domicilio de mis padres una notificación de infracción realizada en concepto de mal estacionamiento (lugar prohibido) el día 21/07/14 a las 9:03 hs en la ciudad de buenos aires. El tema es que jamas estuve en buenos aires y lo raro que no me dan ninguna prueba, solo da el dominio de del vehiculo, pero no indica cual es el modelo, color, etc. Vuelvo a repetir que nunca estuve en buenos aires.
    Yo quisiera que me indique a que numero telefónico puedo llamar que no sea el 147,por que a ese numero no me contestan. y escribi a la dirección de correo: http://www.buenosaires.gov.ar/infracciones y no he tenido respuesta alguna.
    o como me conviene proceder
    Muchas gracias
    Saludos

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    • Hugo Caceres 09/27/2014 a 09:50 #

      Si por los medios que menciona no obtuvo respuesta, puede concurrir personalmente al Tribunal de Faltas, sito en Pellegrini y Perón.

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  18. Florencia 09/12/2014 a 00:15 #

    hola que tal? el dia 10/07/14 me realizan un multa en Avellaneda la gente de transito a las 12:10 del mediodia, por pasar un semaforo en rojo. Yo trabajo en un colegio y soy docente de educacion fisica, por lo tanto el auto esta parado todo el dia de 8 a 13 hs en el colegio ya que hago campo deportivo en lanus y el micro no vuelve hasta las 12:45 hs. Hoy fue al juzgano n°3 a hacer un descargo y me dicen que ellos no pueden hacer nada, que tengo que pagarla o esperar a una segunda citacion para volver a declarar.

    si tengo que declarar que tengo que llevar para poder ganar y no pagar la multa que no me corresponde?
    otro tema, si no es fotografica puede ser que este arreglado, ya que es imposible que pase por ahi..

    Desde ya muchas gracias…

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  19. Daniel 09/09/2014 a 18:16 #

    Buenas tardes, fui para renovar mi licencia de conductor y me salta una foto multa que ya esta vencida, nunca la recibí, que puedo hacer? se puede hacer un descargo para reducirla al menos? nunca se firmó nada como que llegara una multa. gracias

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    • Daniel 09/16/2014 a 18:24 #

      agradecería si me puede ayudar, si no contestan quiere decir que no se puede hacer nada?

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      • Daniel 10/03/2014 a 16:35 #

        podria responder mi consulta, gracias por su ayuda

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      • Hugo Caceres 10/06/2014 a 09:58 #

        Si no contestamos significa que no hemos podido todavía revisar su consulta.

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    • Hugo Caceres 10/06/2014 a 09:57 #

      Puede plantear un descargo ante el juzgado interviniente.

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  20. marianela 09/01/2014 a 20:50 #

    Buena noche, le hago una consulta, el día 27/08/2014, recibí una multa por exceso de velocidad de la Municipalidad de San Nicolas, Ministerio de Jefatura de Gabinetes de Ministros Pcia de Bs.As; la infracción fue cometida el día 30/06/2014, la fecha de vencimiento era hoy 1/09/2014, el problema es que yo soy de la Provincia de Córdoba, no me permitió ningún banco de mi pueblo realizar el pago, el sistema http://www.infraccionesBA.net no me permite registrarme para realizar el pago con tarjeta VISA, porque mi licencia de conducir es provincial, y no nacional.Tampoco me puede registrar para solicitar una prorroga hasta el dia que pueda viajar a la capital (que de hecho estoy a mas de 200km) para realizar el pago. Hoy me dirigí al pueblo mas cercano donde había un pronto pago que me informaron en el 0800-222-0024, pero el comercio ya no funcionaba desde hace un tiempo largo.
    Entonces, ¿puedo hacer algo para extender un tiempo mas el vencimiento? Mis intenciones son abonarla, pero no tengo un lugar próximo para poder realizar el pago. ¿Es correcto el tiempo que me dieron de pago (ya que llego a mi domicilio el día 27/08/14 y hoy se me vencía)?
    muchas gracias

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    • Hugo Caceres 09/02/2014 a 08:20 #

      Puede contactar al Juzgado interviniente:
      Juzgado: SAN NICOLAS
      Juez a cargo: Martin Brignoli
      Domicilio: Almafuerte 116
      Teléfonos: (03461)436815
      Horarios de Atención: 07:00 a 12:30 hs.

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  21. gaston 09/01/2014 a 19:47 #

    hola doctor, mi pregunta es la siguiente: fui a sacar el libre deuda para renovar el registro aca en la plata y me salto 3 multas de estacionamiento medido pero del año 2009 y una del 2011, el que me atendio en unos de los juzgados me dijo que tengo que presentar una nota de preescrpción, quisiera saber cual es el modelo de esa nota, ya que elque me atendio dijo no podia redactarmela. gracias

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    • Hugo Caceres 09/02/2014 a 08:21 #

      NO hay un modelo especifico. La justicia de faltas no requiere formalidades especiales. Simplemente presente una nota solicitando se declare la prescripción de la acción por el transcurso del tiempo previsto legalmente.

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      • gaston 09/02/2014 a 09:03 #

        muchas gracias por la respuesta,

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  22. jorge dominguez 08/28/2014 a 13:53 #

    doctor ayer 27/08/14. recibí una foto multa del partido de tigre, con una multa por pasar los km por hora, con una foto de un auto que no es mio y con mi patente ! vence el 15/08/14 ! yo soy de san miguel y jamas pise tigre ! y el auto claramente no es mio , ni el color ni la marca del vehiculo es el mismo ,yo tengo un chevrolet monza verde md 95 y el de la foto es un ford orion gris !!!!y encima estoy desempleado !! que hago doctor ?gracias.

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  23. Carla 08/22/2014 a 20:20 #

    Buenas tardes,
    Resulta que quiero vender el auto y por internet me salio una multa en Dolores cuando yo nunca estuve y tampoco me notificaron de dicha multa, la descubri por que al querer venderlo quiero que este bien y me encuentro con esto. Yo soy de La Plata

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  24. Daniel 08/21/2014 a 09:55 #

    Estimado Dr, me ha llegado una multa que según figura cometí en una localidad a 165kms de donde vivo y jamás he estado ahí, la multa es por estacionar en doble fila, el día de la multa me encontraba trabajando en mi localidad con mi vehículo, no existe foto en los papeles que me enviaron solamente el número de patente. Qué debería hacer ya que debido a mi trabajo no puedo trasladarme hasta la localidad donde se afirma que cometí la infracción ? Desde ya muchas gracias.

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  25. Fernando Nicolas Nelli 08/19/2014 a 20:30 #

    Hola Dr. la consulta es: Cuando voy a renovar mi licencia de conducir, me encuentro con una multa con sentencia impaga por una infraccion de exceso de velocidad en la Ruta 2 Km. 180 en Enero del año 2010 de la cual no tenia ninguna notificación ni de la infracción ni del juicio. Tengo que ir al juzgado de Dolores?? yo vivo en Moreno, pero no puedo seguir el tramite de mi registro si no resuelvo la situación. Yo soy jubilado y no puedo pagar lo que me piden ya que es imposible para mi afrontar el pago. Si no lo puedo solucionar me quedare sin registro!!!!. Esto es una locura, yo circulo con velocidad minima, esto sin duda es una verdadera estafa. Que me aconseja hacer Dr. Un millón de gracias!!!!!.

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  26. Nieves 08/15/2014 a 10:56 #

    Buen día Doctor!! Al hacer la venta de mi auto en registro de C.A.B.A me surge una multa en ruta a la costa por exceso de velocidad de $3747 del año 2010.Es real que a los cinco años esto caduca?De lo contrario, donde debo hacer descargo?Nunca recibi notificacion.Soy de C.A.B.A .
    Muchas gracias

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  27. emiliano 08/04/2014 a 14:59 #

    Hola Hugo, buenas tardes. Tengo una multa de 2010 de mar del plata. Nunca me llego ninguna notificación. Llame al 08002220024 y me dijeron que ya tenia sentencia, que para apelarla o algo tenia que ir a mar del plata. El monto a Junio de 2014 es de $3582. Se puede hacer algo?

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  28. romina 07/30/2014 a 13:45 #

    Hola, quisera consultar, me llegaron en el dia de la fecha dos multas del municipio de tigre de Buenos aires la provincia, mi velocidad era de 68 en una multa y de 70 en otra con una velocidad maxima de 60 km/h. La fecha de la infraccion es del 4/04/2014 y del 13/03/2014, lei que deben ser notificadas dentro de los 60 días? como tengo que proceder? debo pagarlas? o puedo recalar… porque ademas.. la multa es por muy poco exceso de velocidad. Muchas gracias Aguardo tu respuesta.

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  29. Rocio Pereyra 07/29/2014 a 19:52 #

    Buenas tardes doctor, le comento que fui a renovar mi registro de conducir en Vte Lopez (yo lo tenia en CABA) y me surgen 4 multas 16/02/2010 – 22/02/2011 – 22/04/2011 y 11/08/2011. El tema es que me dijeron que tengo que ir a La Plata al juzgado, pero yo nunca recibí notificación de estas infracciones. Encima el auto estaba a nombre mio y lo usaba mi hoy «ex marido» asi que no puedo contar con el para que se haga cargo de esta deuda que asciende a $ 9486 ni tampoco puedo pagar esto. Por favor digame que puedo hacer porque estoy desesperada. Muchas Gracias !!

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  30. micaela 07/25/2014 a 20:38 #

    hola soy de tucuman y me llego una fotomulta de BS AS, con un dominio en la foto el cual no es el mio pero la multa esta a mi nombre y con mi dominio.

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    • Hugo Caceres 07/27/2014 a 20:10 #

      Remita una carta certificada con aviso de retorno, adjuntando copia del título de propiedad.

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  31. Gaston 07/16/2014 a 20:49 #

    Estimado Doctor, lo consulto ya que días atrás recibí una infracción del municipio de tigre. La misma era por exceso de velocidad en la Av Hipolito Yrigoyen. Dicha avenida anteriormente era la Ruta nacional 197 que de acuerdo con los registros de vialidad provincial ahora es la RP 24. Según leí al comienzo, las RP están exentas del ejido urbano. Ahora tengo dos consultas, la primera es si mi apreciación es correcta y la segunda donde está establecido que el ejido urbano excluye las RP. Entiendo que si estas dos apreciaciones son correctas, seria «ilegal» la infracción que me han notificado. Desde ya muchas gracias.

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  32. Fabricio 07/15/2014 a 19:21 #

    El dia de hoy recibi un notificacion de acta de infraccion de transito fotomulta de LEZAMA ruta 2 km 156,2 por excedo de velocidad permitida 60KM y vel registrada del radar 83km realizada el 15/03/2014 de marzo y enviada el 20 de mayo 2014. A las apuradas le pedi a la persona que me la entrego que por favor me haga una nota aclaratoria de la fecha de entrega, el cual se nego.

    Lo gracioso es que despues verifique tranquilo y la fecha de vencimiento es del 03/07/2014..
    Como actuo en este caso?

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  33. norberto grizio 07/11/2014 a 21:28 #

    Hola, queria consultar porque al pedir un libre deuda me aparece una multa del año 2010 por exeso de velocidad en la ruta 2 km 82 por $3770, debo pagarla o ya prescribio, y en caso de reclamar donde debo hacerlo? muchas gracias

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    • Hugo Caceres 07/25/2014 a 09:49 #

      Prescribe a los 5 años por que es falta grave. Puede efectuar su descargo o reclamo ante el Juzgado de Infracciones de Tránsito de La Plata, calle 13 y 526.

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  34. sofia 07/10/2014 a 10:20 #

    Buenos días, tengo una consulta sobre el tiempo que existe para notificar al infractor de una multa. En mi caso la multa es de noviembre 2013 y recién me llegó la notificación el 07/07/2014. Esto es legal? Hay alguna ley que hable al respecto?

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    • Hugo Caceres 07/24/2014 a 09:32 #

      Mientras la falta no se encuentre prescripta, es legal notificarla.
      De todos modos, en Provincia de Buenos Aires, y solo para las infracciones alcanzadas por la ley 13.927, deben ser notificadas dentro de los 60 días, bajo pena de caducidad.

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  35. Gustavo Roman 07/04/2014 a 20:31 #

    Estimado Doctor, en el dia de la fecha recibi la notificacion de una infraccion cometida en Capital Federal por carga y descarga fuera de hora/lugar en el mes de febrero del corriente año cuando yo recido en la ciudad de Trelew Provincia de Chubut y jamas estuve en Capital para esa fecha, vale aclarar que el vehiculo infraccionado no correponde a un vehiculo de carga si no a un vehiculo del tipo arenero 4X4 y el mismo no esta autorizado a transitar en zonas urbanas.
    Que debo hacer en tal caso? agradecere su respuesta
    De antemano muchas gracias y lo felicito por vuestro servicio a la comunidad

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  36. abel 06/29/2014 a 22:31 #

    Buenas tardes… quisiera saber que hago al respecto, con una multa que he recibido el dia 24/06/2014 de la ciudad de Bs.As. sobre una infracción: (Estacionar en lugar prohibido/forma indebida). Lo mas raro de todo esto es que yo no conozco Buenos Aires y jamas estuve en tal lugar, el día de la supuesta infracción(18/02/2014 a las 16: 26 hs) yo me encontraba en mi casa en el Departamento de Malargüe Prov. de Mendoza, y a las 18:00 hs entraba a mi trabajo y tengo las pruebas en caso de ser requeridas. el auto al que «le hicieron la multa» lo vendi hace dos meses aprox.y para venderlo el comprador me pidio el libre de deuda del dominio,en el cual no figuraba deuda,multas o prenda alguna. otra prueba que tengo para presentar, y también puedo presentar las conversaciones que tuve ese dia en mi cuenta de Facebook con mi señora, (donde figura la hora el dia y lugar de donde se realizaron las comunicaciones.digo esto por que la otra persona que usaba ese vehículo era mi señora, la cual se encontraba dicho dia y hora con mis hijos y familiares de vacaciones en la Rep. de Chile. también cuento con la prueba del «permiso judicial» para que pasara con los menores al Pais vecino.y en caso de ser necesario las visas que se dejan en Gendarmería con la fecha de ingreso y regreso. Yo quisiera que me indique a que numero telefonico puedo llamar que no sea el 147,por que a ese numero no me contestan. y escribi a la dirección de correo: http://www.buenosaires.gov.ar/infracciones y no he tenido respuesta alguna.
    En espera de su respuesta me despido Atte. (Abel)

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    • Hugo Caceres 07/07/2014 a 08:13 #

      Si no le responden en ese número telefónico lamentablemente no poseemos otro para indicarle. QUizas le convenga enviar un descargo por escrito, mediante carta certificada con aviso de recepción.

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  37. ALBERTO LUIS PEZ 06/29/2014 a 22:30 #

    Dr soy de Córdoba Capital, tengo dos multa por ir a 66 Km por hora en vez de 60, y la otra a 78 en vez 60km por hora, en Ledezma y dolores respectivamente, pero no tengo a donde pagarlas aquí en Córdoba.- Que hago? Gracias LUIS.-ALBERTO LUIS PEZ.-

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    • Hugo Caceres 07/07/2014 a 08:15 #

      Bapro Pagos: Jujuy 2602, (cp: 5001) Córdoba Capital, provincia de Córdoba – horario de atención: Lunes a viernes de 9 a 19 hs.

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  38. Gustavo 06/17/2014 a 20:01 #

    Buenas tardes Doctor. Sobre una unidad , en la localidad de La Plata , noviembre de 2009 , posteriormente nos llega en marzo de 2010 una fotomulta por exceso de velocidad. La unidad dos años después la vendimos , pero la multa aún sigue figurando a nombre de mi señora , pues la unidad estaba a nombre de ella. Durante este año se cumplirán los 5 años de la mísma. Mi pregunta es si va a prescribir. Gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 06/23/2014 a 11:29 #

      EL plazo de prescripción es de 5 años, pero tenga en cuenta que pueden existir actos interruptivos de dicho plazo.

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      • Carlos 01/30/2016 a 12:32 #

        DR me llego una foto multa que la patente se ve negra mirando al sol se distinguen los números es Castelli km 180 decían que pase a 117 km y lo permitido es 80 km apenas se ve el lado derecho con la patente no se puede ver el logotipo del auto, bajo ningún concepto foto muy pequeña recuadro es del cuarto trasero, que debo hace vino hoy pasaron 60 días, la tiraron debajo de la puerta y tiene segundo vencimiento de $1075 que vence el 11 /2/2016 yo tengo un auto velocímetro digital y la lista de radares, la pago o que hago gracias

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      • Hugo Caceres 02/02/2016 a 08:55 #

        Pagarla o no es una decisión personal, legalmente puede impugnarla mediante el recurso de nulidad.

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  39. mauro 06/09/2014 a 13:16 #

    me llego hoy una multa de dolores pero vencio hace ya 10 dias, soy de zona norte. que debo hacer? gracias

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  40. nicolas 06/05/2014 a 12:22 #

    hola.. me llego 15 dias despues del vencimiento la multa,,, que debo hacer? estoy a tiempo de pagar todavia?? gracias

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  41. gisele 06/02/2014 a 19:05 #

    hola doctor:
    me llegaron dos multas una en lezama y otra en mar del plata y nunca estuve ahi, ya que estaba trabajando y tengo forma de comprobarlo ,el inconveniente es que soy de buenos aires y quisiera saber si hay otro lugar a donde me pueda dirigir, para resolver este inconveniente y no tener que ir hasta mar del plata o lezama

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    • Hugo Caceres 06/07/2014 a 21:32 #

      Lamentablemente debe dirigirse al juzgado interviniente en cada caso.

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      • Noemi Margarita 07/07/2014 a 13:50 #

        Me paso algo similar, me interesa su respuesta.
        Me llego una multa foto multa de diciembre 2013 del Juzgado de Lezama.
        Pero jamas mi auto paso por alli, en ese momento se encontraba en Santiago del Estero.
        Es mas, la imagen que viene adherida a la factura claramente se observa que el vehiculo es un BM y no Chevrolet, y que la patente cambia por una letra.
        Que debo hacer? puedo hacer el descargo por escrito? ya que la multa me aparece en mi dominio.
        Puedo mandar descargo por correo? o algun otro modo?
        Gracias

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      • Hugo Caceres 07/08/2014 a 08:28 #

        Envie por correo su descargo adjuntando copia del titulo de su vehículo.

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  42. Leonardo 05/12/2014 a 00:32 #

    Hola Dr. Caceres, tengo que renovar mi licencia de conducir, la cual vence el próximo 19/6 y me encuentro con una fotomulta cometida en noviembre del 2009 en ruta 2, km 323,7 gral. Piran – mar Chiquita. Con un cargo que supera hoy los $3500.- de sobre un vehículo que vendí, transferí e hice la correspondiente denuncia de venta (todo en el mismo día) en agosto de 2009. Me llama la atención el error que han cometido, pero más me preocupa que me limita a renovar mi licencia, la cual necesito para trabajar. Que debo hacer..?
    Desde ya muchas gracias

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  43. andrea 05/08/2014 a 18:32 #

    Dr. Vendimos un auto y el nuevo dueño fue a tramitar la trasferencia del mismo y nos salto una multa en la Provincia de Salta en noviembre del 2011, jamás estuvimos en dicha provincia nunca fuimos a Salta. Como tenemos que hacer para reclamar. Desde ya muchísimas gracias!!!

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  44. Lea Solari 05/06/2014 a 11:56 #

    hola doctor. la pregunta es si puedo mandar el descargo mediante un correo postal comun. o solo mediante carta documento?

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    • Hugo Caceres 06/02/2014 a 12:22 #

      Puede hacerlo por cualquier medio postal, pero se recomienda carta documento o certificada con aviso de recepci►2n.

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  45. emiliano 04/29/2014 a 10:52 #

    Buen día, este año se me vence el registro y entre a chequear si tenia alguna infracción y me encuentro con que tenia una de mar del plata de 2011.
    Esta multa es imposible que la haya realizado, dado que no viaje a mar del plata ese año.
    Nunca me llego ninguna notificación.
    Que se puede hacer en estos casos?
    La multa es de aprox $1600.

    Muchas Gracias.
    Saludos.

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  46. guillermo 04/23/2014 a 18:00 #

    dr. fui a renovar el canet de conducir y me lo rechazaron por tener una multa en dolores, el auto ya no estaba a mi nombre, que debo hacer? hay otra opcion que no sea ir a dolores a hacer el descargo?

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    • Hugo Caceres 04/28/2014 a 08:51 #

      Puede hacer el trámite por vía postal, o presentarse en la Dirección PRovincial de Seguridad Vial, calle 6 e./ 50 y 51.

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  47. Gonzalo Biaggioni 04/11/2014 a 17:38 #

    Hola Dr, Acabo de recibir una fotomulta de LEZAMA, RUTA 2 km 156,2…por exceso de velocidad…
    He leído que este tipo de multas prescriben a los dos años, ¿es cierto?;
    En caso que no caduquen, como hago para obtener el valor del pago voluntario, porque el importe total no lo puedo pagar en estos momentos…

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  48. javier 03/28/2014 a 21:47 #

    Buenas noches, mi esposa tiene que renovar su licencia para conducir y en la boleta del cenat le figura una multa de 2990 $ por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos, en el partido de general pueyrredón. Según dice tiene sentencia firme, y es de fecha 19-02-2010, nunca supimos de esa multa hasta ahora. Además tiene otra de diciembre del 2012 cuyo valor es de 795 $, por no respetar los límites de velocidad establecido 20km en la autopista 9 de julio. No contamos con ese dinero, que se puede hacer a parte de quemar el auto??? muchas gracias

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  49. Sonia 03/04/2014 a 19:13 #

    Estimado Dr,
    entre a la pagina web del infractor de la pcia de buenos aires, y allí figuran tres multas correspondientes al juzgado de dolores para mi auto. Las tres están vencidas, una es de 2010 y las otras dos de 2011. Nunca me llegó ninguna notificación. Que debería hacer? por otro lado, si quiero vender mi auto en unas semanas, me da el tiempo para hacer algo? o a esta altura ya solo debo pagar?

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    • Hugo Caceres 03/07/2014 a 07:20 #

      Puede plantear la falta de notificación a fin de que le mantengan los valores de pago voluntario.

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      • Martina 03/17/2014 a 03:30 #

        disculpe Doctor, no comprendo su respuesta. Entonces que ocurre con las previsiones de la ley de transito respecto: a la NOTIFICACIÓN FEHACIENTE, LOS 60 DÍAS QUE DEBEN EXISTIR ENTRE EL ACTA DE INFRACCIÓN Y LA NOTIFICACIÓN, EL ACTA DE CONSTATACION DE LA INFRACCION ETC??? por lo que entiendo Ud. Sugiere y recomienda NOTIFICARSE de todo aquello que se nos impute en site de infracciones de la pcia. Sería tan amable de explicarme, muchas gracias.

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      • Hugo Caceres 03/17/2014 a 07:44 #

        Si me dice a que respuesta se refiere puedo contestar, dado que al no ser un foro, sino un blog, no hay un hilo de conversaciones.

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  50. Marcelo Adrian Sosa 02/04/2014 a 09:34 #

    La duda que tengo es que si yo vendi un auto a una concesionaria y no hicieron la transferencia del mismo, pero yo tengo la denuncia de venta y a mi me figuran multas en la ruta 2 hechas despues que se vendio el auto o sea hechas por el comprador, la pregunta es: como hago yo para que esas multas no me figuren a mi? me impide renovar la licencia de conducir?

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  51. Pablo 01/30/2014 a 11:01 #

    Hola, tengo que renovar el registro y me acabo de enterar que en el municipio de Tigre , especificamente en el camino de los remeros, y en la ruta 2 a la altura de Dolores tengo 12 multas. Todas ellas por exceso de velocidad (MAX 60/h, yendo a 80KM/h). Me llegaron todas juntas luego de bastantes meses sin notificacion. En total tengo que abonar 12.000 pesos, plata con la que no cuento. Como podria hacer para no pagar tanto, siendo que necesito el registro y me piden pagarlas para renovarlo. A mi novia le llego una citacion por una multa, se presento y termino abonando la mitad. A mi no me llego ninguna citacion, solo las fotomultas. Desde ya agradezco su respuesta.

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  52. Marcos 01/09/2014 a 09:45 #

    Para renovar el registro en San Isidro me entero de una multa en Tigre. Al imprimir el cupon de pago me recalcula los intereses de la misma a la fecha y duplica el valor. Puedo reclamar esos intereses ya que nunca fui notificado? Muchas gracias

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  53. Daniel Bruno 12/27/2013 a 14:44 #

    Sr, buenas tardes
    Mi pregunta es la siguiente: me hicieron una multa con foto, en ruta 28 km 2.2 de general Rodriguez. Decia maxima 60 y en la multa figura que yo circulaba a 65.5 km. Puedo hacer el descargo correspondiente, por estar dentro del 10% de tolerancia?
    Muchas gracias

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  54. mariel 12/07/2013 a 12:22 #

    hola ,mi inquetud es, vendimos un auto y saltaron tres multas, una de cordoba y dos de la ruta 2 km.323 …. ahora la pregunta es esta ,hace como 20 años que no vamos a cordoba y como 12 que no vamos a mardel. ..como hacen multas si ni siquiera andamos por esos lados?,ahora como puedo hacer para que me las saquen porque yo no voy a pagar multas que no cometi…..gracias

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  55. Luis 11/28/2013 a 10:46 #

    Me llegó una multa por mal estacionamiento de la provincia de Salta y nunca estuve allí con el auto. Soy de Quilmes. Donde me puedo contactar para reclamar? Muchas gracias! Saludos.

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    • marcelino 01/03/2014 a 19:29 #

      marcelino a mi me paso el mismo caso yo tampoco estuve alli

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  56. Luis 11/21/2013 a 23:27 #

    Dr, muchas gracias por sus invaluables comentarios. Yo vivo en CABA y he recibido una fotomulta de Dolores en la cual el cinemometro tiene vencida la homologacion del INTI y por eso considero que la multa no es legal (mas alla que es por excederme solo 6 km de la velocidad maxima). El problema es que nunca recibi la segunda citacion como para hacer el descargo via epistolar. ¿Que debo hacer?.
    Muchas gracias.
    Saludos. Luis.

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    • Hugo Caceres 11/25/2013 a 12:02 #

      Puede enviar su descargo, manifestando que se notifica personalmente de la citación a juzgamiento.

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  57. daniel 11/20/2013 a 23:58 #

    soy de capfed y tengo 6 multas de dolores ,se pueden ir a pagar en ruta 202 y panamericana o las bajo por internet las imprimo y listo ¡es rapido el tramite doctor? desde ya gracias

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    • Hugo Caceres 11/25/2013 a 12:07 #

      Para pagarlas puede imprimirlas y pagarlas en cualquier BAPRO. Se dan de baja en 72/96 horas hábiles.

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  58. heber lucas montes 11/20/2013 a 21:27 #

    hola mi nombre es lucas de la ciudad de la plata recibí una multa en gral rodriguez por exceso de velocidad de un auto vendido pero al momento de la multa estaba en poder del comprador lo vendí jueves 26 de marzo del 2012 y la multa es del 29 de marzo en su momento no hice denuncia de venta porque transferían en la semana siguiente solo tengo el boleto de compra y venta con los datos del comprador que puedo hacer aparte de tener que pagar

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  59. Laura Mancini 11/18/2013 a 14:04 #

    Dr. primero quiero agradecerle este sitio para poder nosotros como ciudadanos evacuar todas nuestras dudas. He recibido una multa por circular a 85 km cuando la velocidad máxima era de 80 en Castelli, vivo en Capital Federal. Por un lado, tengo entendido que tengo un 10% de tolerancia, pero por otro no considero que sea justo ya que como pueden ellos registrar si la medición de mi auto decía 80? Ahora bien, quiero hacer el descargo. Mis consultas son: 1- tengo que esperar las segunda notificación?
    2- Puedo hacerlo por escrito sin ir al lugar? me parece muy injusto que tenga que ir a La Plata y perder mi día de trabajo lo que implica la pérdida de mi presentismo para algo así. 3- Y una ultima consulta, de poder hacer el descargo vía carta documento, a donde debo dirigirla? Ud tiene algún ejemplo de dicho descargo que pueda facilitarme? desde ya muchísimas gracias.-

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    • Hugo Caceres 11/25/2013 a 12:15 #

      En el caso que menciona el Juzgado interviniente sería el de Dolores. En consecuencia, por domiciliarse a mas de 60 kms., puede efectuar sud efensa por via postal.

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  60. Inés 11/11/2013 a 20:47 #

    Buenas tardes doctor.
    Le comento mi caso… tengo 2 fotomultas por exceso de velocidad en la ruta 2 del año 2010. La primera fue hecha con un cinemómetro que no se encontraba homologado por el INTI. Hice mi descargo en tiempo y forma por medio de carta documento, ya que tengo domicilio en C.A.B.A, adjuntando las pruebas del caso y no tuve más novedades al respecto.
    La segunda fué hecha con un cinemómetro que, según el INTI, no contaba a esa fecha con el correspondiente certificado de validacion primitiva que lo habilitaba para operar. Hasta ahora estuve esperando la segunda notificación para hacer mi descargo, pero jamás llegó! Entre tanto, renové en Enero de este año, mi registro de conducir, sin ningún problema, donde me otorgaron el registro de conducir nacional. Y ahora me llega una citación de emplazamiento ante el juzgado de Dolores para el 11 de diciembre, por la segunda multa. Ante esto me comuniqué con el ministerio de seguridad vial (0800-222-0024) donde además me dijeron que el descargo por la primera multa fué rechazado, sin poder decirme los motivos del rechazo.
    Necesitaría que me oriente sobre que camino debo seguir ante tal situación. Espero su respuesta, desde ya muchas gracias.-

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  61. ALICIA 11/11/2013 a 15:07 #

    Estimado Dr. Caceres:
    Esyoy trabajando en el exterior por 1 mes y me informa mi hijo que llegó a mi domicilio una «especie de citació» ( ya que no sabe explicarme ni mandarmela)de la dirección Provincial de Seguridad Vial diciendo que en el Km 114 de la Ruta 2, Chascomús el 6-10-2010 a las 14,14hs. N° de Acta de Infracción xxxxxxx …..no se qué más pero algo de que debo $679,35 ,tiene mi nombre y N° de documento , pero no dice motivo , ni auto , ni matrícula.Me llegó el 07/1172013
    Dice que me presente en el Juzgado de Dolores en una fecha de enero de 2014 y que puedo ir acompañada de letrado y pór no haberla pagado me declaran «en rebeldía».
    Yo tengo 69 años, y no manejo en ruta ( es lo de menos pues lo hace mi esposo y no lo voy a acusar, además no creo que sea verdad pero no puedo probarlo. NUNCA ME LLEGÓ NINGÚN AVISO DE DICHA INFRACCIÓN ANTES PARA QUE ME NOTIFIQUE NI PARA PAGARLA.
    Me fijo en internet y figuran 2 multas por Art{iculo 28, una del 14-6-2011 $ 357,67 Que dice VENCIDA ( ATRAVESADA EN DIAGONAL CON ROSADO) SIENDO POSTERIOR A ÉSTA de la citación, POR IGULA ARTCULO 28. Y ÉSTA CON FECHA 06/10/2010 POR IMPORTE $679,35 .
    Figura Importe neto a pagar $679,35
    Intereses legales art.96 Código $ 0,00
    IMPORTE NETO A PAGAR $679,35

    FECHA DE VTO…..23/01/2014

    POR FAVOR POR LA DISTANCIA estando en el exterior ( Y MI EDAD, LA PUEDO MANDAR A PAGAR BAJÁNDOLA DE INTERNET o ya no puedo ,, dice que en cualquier banco provincia Y TIENE UN CÓDIGO DE BARRAS
    Para mí es mucho, soy jubilada, pero no podría asumir ir al juzgado.
    NO PUEDO HACER NADA POR NO HABER RECIBIDO NINGUNA NOTIFICACIÓ DE LA INFRACCIÓN NUNCA?
    POR FAVOR LE PIDO SI ME PEDE RESPONDER A LA BREVEDAD YA QUE ÉSTO ME ESTÁ QUITANDO EL SUEÑO Y DESDE ACÁ NO PUEDO AVERIGUAR NADA.
    (DISCULPE LAS MAYÚSCULAS PERO LAS MEZCLO SI QUERER)
    GRACIAS POR TODO Y ESPERO PRONTA RESPUESTA.
    SALUDOS

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  62. Inés 11/10/2013 a 20:01 #

    Buenas tardes doctor.
    Le comento mi caso… tengo 2 fotomultas por exceso de velocidad en la ruta 2 del año 2010. La primera fue hecha con un cinemómetro que no se encontraba homologado por el INTI. Hice mi descargo en tiempo y forma por medio de carta documento, ya que tengo domicilio en C.A.B.A, adjuntando las pruebas del caso y no tuve más novedades al respecto.
    La segunda fué hecha con un cinemómetro que, según el INTI, no contaba a esa fecha con el correspondiente certificado de validacion primitiva que lo habilitaba para operar. Hasta ahora estuve esperando la segunda notificación para hacer mi descargo, pero jamás llegó! Entre tanto, renové en Enero de este año mi registro de conducir, sin ningún problema, donde me otorgaron el registro de conducir nacional. Y ahora me llega una citación de emplazamiento ante el juzgado de Dolores para el 11 de diciembre, por la segunda multa. Ante esto me comuniqué con el ministerio de seguridad vial (0800-222-0024) donde además me dijeron que el descargo por la primera multa fué rechazado, sin poder decirme los motivos del mismo.
    Necesitaría que me oriente sobre que camino debo seguir ante tal situación. Espero su respuesta, desde ya muchas gracias.-

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  63. Leonardo 11/04/2013 a 14:04 #

    Estimado Hugo:
    Le hago una consulta adicional, el descargo es conveniente efectuarlo por no superar el 10% de tolerancia o manifestando que no era el titula quien manejaba (mi esposa es la titular y Yo era el que manejaba) ?

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  64. Leonardo 10/31/2013 a 11:35 #

    Buenos días. He recibido «Citación a Juzgamiento» sobre un acta de infracción por exceso de velocidad 106 km/h permitida 100 km/h. Vivo en CABA y me citan a comparacer en La Plata, puedo enviar descargo por correo ? Que consecuencias futuras puede generar ? Desde ya muchas gracas.

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    • Hugo Caceres 11/02/2013 a 08:48 #

      Puede remitir su defensa por vía postal.

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      • Sergio 11/19/2013 a 16:16 #

        Estoy en una situacion similar, tengo 2 multas en Dolores de 2010 que no creo haber cometido. Cual es la viabilidad de un reclamo por via postal? En base a su experiencia, puede que me retiren las infracciones o es algo poco probable dado que es mi palabra contra la de quien haya labrado la infraccion?

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      • Hugo Caceres 11/25/2013 a 12:08 #

        No son demasiados los casos resueltos favorablemente por presentaciones via postal.

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  65. Nicolas 10/21/2013 a 17:58 #

    Buenas tardes mi consulta es la siguiente estoy por vender mi vehiculo y al momento de revisar por internet el estado de mis infracciones me encuentro con que tengo una multa por exceso de velocidad en Dolores de Enero 2011, en ese momento el vehiculo no era mi, ya que lo compre a mediados de 2012 y claramente la infraccion esta a cargo del anterior dueño. Ahora quisiera saber esta multa no estaria caduca luego de los 2 años? O que tendria que hacer para eximirme de abonarla, ya que no poseo contacto con el vendedor y es una multa que ronda los $900 + intereses. Desde ya muchas gracias

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  66. Laura 10/16/2013 a 15:22 #

    Quisiera saber si las infracciones en la provincia de buenos aires prescriben a los 2 años, y si es así como debo hacer para no seguir teniéndolas. Me he encontrado con la sorpresa de las infracciones cuando solicité el libre deuda para renovar el registro, jamás fuí notificada. Y además las 2 multas que poseo son en la ruta 2 en el km 395.9, (en el mismo lugar, el mismo día, 5 minutos de diferencia una de la otra); eso es posible???. Espero consejo. Gracias

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    • Hugo Caceres 11/02/2013 a 09:19 #

      Las faltas graves (entre ellas exceso de velocidad) prescriben a los 5 años de su comisión.

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  67. Rodolfo A. Ruiz 10/08/2013 a 18:18 #

    Estimado Doctor: Lo consulto por la siguiente problemática: Mi hijo compró un automovil en el año 2011 en una agencia automotor y realizó el trámite de transferencia por medio de la gestora de la misma (que además es pariente). El auto estaba a nombre de otra persona y se le extendió la transferencia con un documento de la gestoría diciendo que no presentaba deudas de ningún tipo. Ahora vendió el auto y le pidió al comprador que hiciera la transferencia correspondiente, pero cuando este señor va a hacer el trámite, surge una multa judicializada del año 2009 a nombre del anterior dueño y ese dominio. Fuimos al Juzgado de Faltas de La Plata y nos dicen que lo único que se puede hacer para que se pueda realizar la transferencia es pagar los mas de $ 1700 por la multa y las costas del juicio, con lo que el dominio quedaría libre de deuda. Me pregunto: ¿porqué si la multa era del 2009, no surgió cuando se hizo la transferencia en el 2011 y porqué un tercero que hizo todo bién, queda rehén de una situación donde los culpables serían en todo caso, el Juzgado de Faltas y/o el Registro Automotor Nº 10 de La Plata y/o la agencia y su gestora?. Por último si me puede responder que debo hacer, porque solamente en el Juzgado perdimos 5 horas entre las distintas oficinas que nos mandaron a averiguar. ¿a quien reclamo, o en todo caso como lo resuelvo?. Los felicito por mantener este sitio de consulta tan práctico y los saludo con atenta consideración
    Rodolfo A. Ruiz – DNI 8525.218

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  68. juan 10/01/2013 a 14:22 #

    Buenas Tardes Sr Caceres.
    Acabo de recibir una multa por estar doble fila en moron, me incitan a para el 50% que es $ 1236 p, que pasa si no lo pago? porque estaba descargando mercaderia sobre la av. gaona-
    saludos

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  69. DIEGO 09/30/2013 a 21:30 #

    HOLA QUE TAL ME ENTERE POR INTERNET EN LA PAGINA DE INFRACCIONES DE TRANSITO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES QUE TENGO UNA MULTA EN MAR DEL PLATA,EL TEMA QUE LA MULTA NO ES MIA ME FIGURA CON FECHA DE JUNIO DEL 2013 Y YO JAMAS ESTUVE EN MAR DEL PLATA EN ESE ENTONCES,ES MAS YO TRABAJO EN EL GOB. DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y TENGO COMO DEMOSTRAR LO DICHO.NO SE QUE HACER SI LLAMAR A LA MUNICIPALIDAD DE PUEYRREDON PARA JUSTIFICAR LO QUE ESTOY CONTANDO.SI ME PUEDEN ASESORAR LES AGRADESCO.DESDE YA MUCHAS GRACIAS.

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  70. Omar Morel 09/30/2013 a 21:13 #

    Hola mi estimado.
    En junio del 2011 vendi mi auto y pagué todas las multas que me salieron en el libre deuda. Ahora tengo que renovar el registro y me sale una multa de enero del 2010 en Dolores de 3000$.
    Como tengo que proceder siendo que para vender el auto pagué todo?

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  71. Federico 09/19/2013 a 09:52 #

    Estimado: Recibí una multa por exceso de velocidad el día 29/12/2011 en ruta 11, me llego en marzo del 2012, a la semana de recibida envié carta documento con el descargo a la delegación de dolores, al día de la fecha 09/2013 nunca me respondieron, ni por si ni por no, en noviembre debo renovar mi licencia y según la página de infracciones de la prov. la multa sigue figurando. Que es lo que debo hacer? Comunicarme telefónicamente a Dolores? Ir personalmente? Aún sigo esperando la respuesta del juzgado. Muchas Gracias.

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  72. Lucho 09/16/2013 a 16:43 #

    Consulte el registro de infracciones y surge una multa que nunca me fue notificada del año 2011 en la ciudad de mar del plata…que plazo tiene el juzgado para notificar dicha multa? o se aplica la prescripción de 2 (leves) y 5 (grave). Gracias.

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  73. Lorena Robutti 09/13/2013 a 00:07 #

    Hola quiero hacer una consulta.En el año 1997 le presté el auto a mi hermano (nadie en casa sabía que el padecía esquizofrenia)se lo diagnosticaron 10 años después, pero el tenía algunos rasgos que nosotros no nos dábamos cuenta…..ya que cuando contaba creíamos que era cierto lo que decía.En fin…por ello mis padres han tenido muchas deudas y a mi me han quedado 3 infracciones de tránsito ,2 de cruzar semáforo en rojo y 1 de exceso de veloc….nunca manejé ni tengo registro…solo habia comprado el auto por negocio.Quiero empezar a manejar y consulté por infracciones y no me salen por mi dni…si salta por patente… debo abonarlas ?…el auto ya no existe ya que mi hermano lo rompió…hoy es chatarra-

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  74. Laura 09/12/2013 a 14:08 #

    Buen dia Dr. Caceres,
    Cuando fui a renovar mi licencia de conducir me la negaron por aparecer una multa por una infraccion cometida en mayo de 2010 en la ruta 2 por no respetar los limites reglamentarios de velocidad. Sinceramente no fui informado anteriormente de la misma, de hecho pude vender el vehiculo en el año 2011 sin ningun tipo de problemas.
    Puedo solicitar la prescripcion de la misma o debo realizar otro tipo de reclamo? Desde ya, muchas gracias.

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  75. Juan 09/07/2013 a 20:06 #

    Dr. le hago una consulta, hace poco renové el registro y me dijeron que tenía una multa de Chascomús, me dijeron que si no la pagaba, la próxima vez que intente renovarlo no iba a poder. Ahora bien, jamás fui notificado de esa multa y ya está vencida por lo que el monto ya se triplicó. Hay algún descargo para evitar esto? Es correcto que si te realizan una multa en la ruta deben notificarle en el momento? Muchas gracias.

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  76. Marcos 09/03/2013 a 13:10 #

    Hola,una pregunta.
    Me llegaron tres multas por exceso de velocidad, en rutas provinciales. Pero me entere por la web ya que las enviaron a un domicilio antiguo (habiendo ya realizado el cambio de domicilio).
    Que me sugiere hacer?
    Muchas gracias

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  77. carolina figueroa 08/29/2013 a 15:14 #

    hola mi esposo es transportista hace unos 20 dias le hicieron una multa en las cercanias de avellaneda. en un control de cargas habitual… luego del pesaje que estuvo mal tomado. le hacen una multa por circular con el eje levantado, lo cual no era cierto. diez dias despues se presenta ante el juez que figura al dorso de la multa creyendo que alli podia hacer el descargo de lo q la multa decia pero sin dar lugar a explicaciones le exige el pago de 22000$ en un plazo de 10 dias, y se quedaron con la copia de la multa q tenia mi esposo.como se imaginara no contamos con esa suma, ya que el es solo chofer. pero la multa fue a su nombre. Estamos muy preocupados , mas por que el tiene q renovar registro profesional en unos meses y de no poder hacerlo perderia el trabajo. Espero una ayuda o una guia de que debemos hacer

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    • Hugo Caceres 09/02/2013 a 08:06 #

      Debe realizar un planteo formal ante el Jzugado interviniente, dentro del plazo legal, dado que de lo contrario la medida quedará firme.

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      • juan pablo 09/11/2013 a 16:04 #

        Una Pregunta.. Vendi el auto y tenia 2 multas una ahce 4 años fue labrada.. se firmo la negativa de pago y se transfirio pero yo me haria cargo de las multas.. la multa que ya tiene 4 años puede ser que prescriba a los 5 años? la multa se realizo en la provincia de buenos aires. el auto radicado en mar del plata.. en tal caso que preescriba como seria el tramite? gracias..

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  78. Cecilia Parra 08/23/2013 a 22:19 #

    Sr.Caceres : recibi una foto multa en Camino Los Remeros , Tigre. y hace un mes recibio una mi suegro en el mismo lugar.Por razones laborales pasamos todos los dias por ese mismo luga. Mi duda antes de pagar es si las camaras y radares deben estar señaizados ? porque esta no lo esta. Y si hay algun tipo de norma vial que diga cada cuanto debe haber una señalizacion de cambio de velocidad ? ya que al comenzar el camino tenes un cartel de 60km luego de aprox. 500mts tenes uno de 80km y a los 1000mts aprox. vuelve a 60km terminando no muy lejos nuevamente con uno de 80km . esto , en un camino donde no hay cruces de calles ,ni peatonales , ni semaforos ,ni lomas de burro y con vulebar entre las dos manos …esta bien ? .Agradeceria mucho su pronta respuesta asi se como debo proceder antes de pagar dicha multa . Recurri al jusgado de faltas y me digeron que primero debo pagar y luego realizar mi descargo . desde ya muy agradecida. Cecilia Parra.

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    • Hugo Caceres 09/02/2013 a 08:26 #

      Una vez hecho el pago no puede realizar ningún descargo, dado que la ley señala que el pago significa aceptación de responsabilidad.
      La ley 14.246 introdujo el art, 28 bis a la ley de tránsito de la provincia:
      «Artículo 28 bis: Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el Artículo 51 de la Ley Nº 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
      La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
      En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el Artículo 51 de la Ley Nº 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
      Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.
      El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente Artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.»

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  79. Gonzalo Ochoa Payva 08/20/2013 a 13:33 #

    Doctor, buenos dias, recibi una fotomulta de capital federal, y yo soy de mar del plata, es de mayo la multa, pero lo curioso que mi dominio es 359 y este es 355, y yo no estuve en capital federal ne esa fecha y el auto de la imagen si bien es un corsa, pero no es mi coche, llame al 147 y me atienden del municipio gra pueyrredon .De que otra manera puedo reclamar?
    gracias .

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    • Hugo Caceres 08/23/2013 a 06:05 #

      Debe dirigirse a la Unidad Administrativa de Control de Faltas, cuyo teléfono figura al dorso del acta de notificación.

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  80. cesar 08/15/2013 a 21:15 #

    Hola Dr, antes que nada muchas gracias por el servicio que brinda, no muchos hacen lo que usted hace, le comento mi situación, con fecha 2 de abril de 2013 me sigue un patrullero y me para sobre la Ruta Nacional 3 a la altura de LAS FLORES, me hacen un acta por pasar en doble linea amarilla, a lo cual le dije que no era asi y que me dieras las pruebas de mi falta, a lo que me contestó que era la palabra de él y eso bastaba, me negue a firmar y no puso ningun testigo a pesar de que le requeri que lo haga. El dia 30 de julio recibo un citacion judicial para efectuar el descargo en Dolores Bs As, yo soy de Entre Rios. Alguna sugerencia? desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/20/2013 a 08:27 #

      Puede enviar su descargo por vía postal. Solicite en el mismo el envío de las actuaciones al Juzgado de Faltas de su localidad, por aplicación del principio de interjurisdiccionalidad establecido en la ley nacional de tránsito.

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      • cesar 08/20/2013 a 11:49 #

        Dr, por mas que la provincia de buenos aires tenga su propia ley, y entre rios no este adherida al sistema de autocoperacion, puedo pedir igual se transfiera a otro juzgado? Gracias por su respuesta

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      • Hugo Caceres 08/21/2013 a 07:04 #

        Entre Ríos se encuentra adherida a la Ley Nacional de Tránsito.

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  81. leonardo Fiszman 08/15/2013 a 15:34 #

    buen dia, mi auto tiene 3 infrecciones x exeso de velocidad en ruta 2. yo vivo en capital federal… donde puedo imprimir y pagarlas?

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  82. damian 08/13/2013 a 13:51 #

    buenas tarde Dr., CACERES una consulta, un cinemometro no registrado en el INTI se encuentra habilitado para su funcionamiento en una ruta provincial.-
    – El 10 porciento de tolerancia se aplica en la provincia de buenos aires
    -Una foto sacada de frente es una invacion a la privacidad.-Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/16/2013 a 08:18 #

      Si no se encuetra habilitado por el INTI no puede ser utilizado.
      Los margenes de tolerancia deben aplicarse dado que provincia de Buenos Aires se encuentra adherida a la ley nacional de tránsito.
      La foto del cinemómetro no es una invasión a la privacidad.

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  83. Juan 08/13/2013 a 11:25 #

    Buenos dias Dr. Caceres,

    Quisiera consultarle por una fotomulta que me he enterado tener al intentar renovar mi licencia de conducir en capital federal, donde habito. La misma figura en ruta 30 km 469 Chivilcoy, Prov, de Buenos Aires.

    En primera instancia, el acta de notificacion nunca ha llegado a mi poder y para mi sorpresa la multa que un principio era de $339.67 actualmente es de $2126.70, enterandome de todo esto al llamar al telefono de ayuda vial de la provincia de Buenos Aires.

    Le solicito si podria decirme como proceder, ya que a mi entender al vivir a mas de 60 km de tal sitio, puedo manifestarme mediante carta documento ( lo que no se es donde enviarla ni a quien dirigirla).

    Aguardo su respuesta,

    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/20/2013 a 08:37 #

      Puede enviar su descargo a: Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito; Av. Avellaneda 35; Chivilcoy. (Tel. 02346 – 433276)

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  84. romina 08/06/2013 a 03:15 #

    Dr., CARECES Hugo mi consulta es la siguiente con fecha 23 de Julio de 2013 encontré en la puerta de mi domicilio dos acta de infracción de transito realizada mediante foto multas.- La primera según figura en este documento fue realizada el día 24-05-2013 a las 09.17 hs., en la Ruta 63 a la altura del km., 13.300 partido de Dolores, en donde la velocidad permitida es de 110 km-h y la velocidad registrada es de 117 km-h, por lo que la maquina corresponde al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, aclarando que en el acta solamente luce la parte trasera de mi rodado pero no es del todo legible el dominio ya que es oscura.- La otra infracción de transito fue hecha el mismo día a las 11.42 hs, en la Ruta 63 a la altura del km., 1 del partido de Dolores, siendo la velocidad permitida de 60 km-h y la velocidad registrada de 71 km.-h resultando el equipo de la Municipalidad de Dolores colocando ademas dos fotos de mi auto, una vista de frente a gran distancia ya que el rodado se encuentra lejos y la segunda se avista una chapa patente totalmente ilegible.- Que en las multas no figura personal a cargo estando entonces las maquinas implantadas en el lugar.- Ahora yo esa fecha circulaba ocasionalmente por la ruta mencionada ya que me dirigía al partido de la costa, habiendo un lapso de mas de dos horas entre ambas infracciones y 13 km., de distancia.- No recuerdo si la ruta en los lugares donde están los equipos posee señales de transito indicando las velocidades permitas.- Dr., Puede ser que los equipos no funcionen correctamente y que entidad regula su funcionamiento.- La Municipalidad se encuentra facultada para realizar infracciones sobre ruta.- Las multas son leves o graves y en cuanto tiempo caducan.- Dr., CACERES Hugo Le agradezco de antemano su tiempo por leer y aconsejar sobre este tema, esperando una respuesta de su parte.-

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    • Hugo Caceres 08/06/2013 a 08:41 #

      El estado de vigencia de la habilitación de los cinemómetros es llevado a cabo por el INTI.
      Dichas infracciones son consideradas graves, conforme el art. 77 de la ley nacional de tránsito.
      No son emitidas por el Municipio sino por la Provincia.

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  85. marcelo 08/03/2013 a 17:02 #

    me estuve fijando en internet si tenia multas y me salt auna del 2010 yo el auto lo tranferi en 2011 y compre otro y nuca me salto nada la multa fue en navarro no melego jamas una notificacion como puedo hacer para reclamar para que me bajen o anulen la multa

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  86. Guillermo 07/29/2013 a 22:30 #

    Dr. le hago una consulta tengo una multa de enero de 2010 por exceso de velocidad en ruta 2 jurid. de dolores. que me informan cuando voy a renovar mi lic de conducir en ensenada. es por un monto de 2700. Envié carta documento de descargo ya que vivo a mas de 60 km, el dia 15 /07 y hasta el día de hoy no me contestaron. tengo constancia que llego el dia 16/07. que pasa si no me contestan ?
    Saludos
    Gracias

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    • Hugo Caceres 08/01/2013 a 16:31 #

      Mientras no se resuelva no podrá renovar su licencia. EL procedimiento puede llevar hasta 4 meses.

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      • Guillermo 08/05/2013 a 13:35 #

        Gracias Dr. por responder. que sucede si pasado esos 4 meses siguen sin responderme? en realidad me han llegado 2 multas una de mdp y otra de dolores.(mismo año 2010) envie 2 cartas documentos iguales, una a cada juzgado correspondiente, la de mdp, si bien no me la contestaron, a la semana de enviarla me bajaron el monto considerablemente y la pague. La de dolores sigo esperando. SALUDOS Y GRACIAS POR EL SERVICIO QUE BRINDA
        .

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      • Hugo Caceres 08/06/2013 a 10:09 #

        Puede pedir un pronto despacho.

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      • Guillermo Daddario 09/16/2013 a 01:31 #

        solucione el tema solicite pronto despacho por mail adjuntando la carta documento que envie y el talon de recibido del correo. a los pocos dias de 2700 me bajaron a 500 la infraccion. saludos y gracias por su atencion

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  87. Ignacio 07/29/2013 a 20:03 #

    Buenas tardes Dr. En el 2010 compre un auto y lo transferimos el mismo dia de la entrega, luego lo vendo en el 2011 y no salto ninguna multa. Ahora la persona que me vendio el auto a mi en el 2010 quiere renovar el registro y le salta una multa de 2732 con fecha 28/10/2010 en exaltacion de la cruz, cardales. Yo nunca fui notificado de esto, ya que la multa esta a nombre de ella. Ahora ella va a llevar el historial de titulares del auto para que le saquen la multa. Consulta la multa pasa a mi o a la persona que le vendi el auto en el 2011. Yo puedo pedir que me dejen realizar el pago voluntario??

    Saludos

    Ignacio

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  88. Romina 07/23/2013 a 22:05 #

    Dr., CARECES Hugo mi consulta es la siguiente con fecha 23 de Julio de 2013 encontré en la puerta de mi domicilio dos acta de infracción de transito realizada mediante foto multas.- La primera según figura en este documento fue realizada el día 24-05-2013 a las 09.17 hs., en la Ruta 63 a la altura del km., 13.300 partido de Dolores, en donde la velocidad permitida es de 110 km-h y la velocidad registrada es de 117 km-h, por lo que la maquina corresponde al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, aclarando que en el acta solamente luce la parte trasera de mi rodado pero no es del todo legible el dominio ya que es oscura.- La otra infracción de transito fue hecha el mismo día a las 11.42 hs, en la Ruta 63 a la altura del km., 1 del partido de Dolores, siendo la velocidad permitida de 60 km-h y la velocidad registrada de 71 km.-h resultando el equipo de la Municipalidad de Dolores colocando ademas dos fotos de mi auto, una vista de frente a gran distancia ya que el rodado se encuentra lejos y la segunda se avista una chapa patente totalmente ilegible.- Que en las multas no figura personal a cargo estando entonces las maquinas implantadas en el lugar.- Ahora yo esa fecha circulaba ocasionalmente por la ruta mencionada ya que me dirigía al partido de la costa, habiendo un lapso de mas de dos horas entre ambas infracciones y 13 km., de distancia.- No recuerdo si la ruta en los lugares donde están los equipos posee señales de transito indicando las velocidades permitas.- Dr., Puede ser que los equipos no funcionen correctamente y que entidad regula su funcionamiento.- La Municipalidad se encuentra facultada para realizar infracciones sobre ruta.- Las multas son leves o graves y en cuanto tiempo caducan.- Dr., CACERES Hugo Le agradezco de antemano su tiempo por leer y aconsejar sobre este tema, esperando una respuesta de su parte.-

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  89. Fabio 07/23/2013 a 12:19 #

    Estimado Dr. me llegó una multa de Mar del Plata en la cual coincide la patente pero el auto no es el mío, es decir yo tengo un Gol y el de la multa es un BMW, y nunca fuí a Mar del Plata. La consulta es que tengo que hacer y a donde me tengo que dirigir, soy de Buenos Aires pero si tengo que viajar lo haría para solucionar este inconveniente.
    Muchas Gracias

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  90. Hebe 07/22/2013 a 10:58 #

    Buenos días, necesitaría saber si hay manera de hacer algún descargo por una multa que nunca me llegó a mi domicilio pero de la que me entero ahora justo que necesito renovar mi registro. Es de $2200 x exceso de velocidad en ruta 2, por lo que seguro tenga sentencia firme, tampoco puedo averiguar ya que no me responden el teléfono en el juzgado de Dolores. Me parece muy injusto que no exista información disponible para este tipo de casos. Le agradecería su repuesta, muchas gracias!

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  91. Pablo 07/22/2013 a 01:36 #

    Dr. Hugo Cáceres, mi consulta es la siguiente ,hace 2 años compre un auto y el tema es que tiene 3 multas, 1 del primer dueño y 2 del segundo, la consulta seria si esas multas prescriben o yo me tengo que hacer cargo, ya que me retuvieron la cedula verde, pero me dieron el libre de deuda, por lo que tengo entendido si el vehículo tiene deuda no se puede realizar la transferencia. Espero su respuesta..

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  92. Mariano 07/16/2013 a 11:55 #

    Hola. Debo renovar mi registro en estos dias y me ha aparecido nuna multa de hace CASI 2 años en Marcos Paz por exceso de velocidad. En la pagina del «SACIT» figura que vence el 01/08 ¿ESO SIGNIFICA QUE NO DEBERÉ PAGAR PASADA ESA FECHA? O debo pagarla de todos modos? Realmente vence a los 2 años o al haber «sentencia» queda fija la multa? Desde ya muchas gracias.
    Nota: Las foto multas de ese paso fueron luego suspendidas por determinarse ilegales (mas tarde Sí pusieron un limite de velocidad y recomenzaron, pero al momento de la infraccion no)

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  93. Daniel 07/15/2013 a 16:05 #

    Estimado Dr.
    Tengo mi auto patentado en Cap Fed en un domicilio donde ya no vivo mas y recibo las boletas para pagar el impuesto de patente en mi domicilio actual de Capital. Revisando por internet si tengo multas, salta que hay una por exceso de velocidad en Prov Bs As por un importe de $ 2100 aprox con fecha de junio de 2013 y nro de acta 02-999-03153248-5 (no indica nada mas). No he recibido ninguna notificacion por escrito y tampoco sé si corresponde y donde hacer el descargo. Me llama la atencion el importe ya que sé que tenia una multa del anio 2010 que nunca llegue a pagar (porque tampoco recibi notificacion, lo encontré buscando por inteternet) y no se si se esta acumulando o la de ahora es completamente nueva, ya que la anterior no me la informan mas.
    Estimo que estas notificaciones deben de estar llegando a mi domicilio viejo… Deberia hacer el cambio de domicilio de radicacion aunque siga siendo dentro de Cap Fed para recibir TODO lo relacionado a mi auto en una misma direccion postal?
    Ud. me podrá orientar? Aguardo su respuesta, gracias. Saludos!

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  94. diana 07/10/2013 a 18:33 #

    buenas tardes, En ocasion de querer vender mi auto, solicite el form.13I en olivos y alli me informaron de 3 infraccion$907 del 25-3-12 ruta 2 km 114. la segunda de $2276 ruta 11 km 329 8 del13-1-10 y la tercera $527 del 13-2-10 ruta 11 km 323 5 (entre estas 2 ultimas hay 1 minuto de diferencia en el horario). Todas por no respetar vel.max.
    Pregunto: donde reclamar ya q 2 infracciones son en el mismo momento. Prescribieron. En el caso de pagar, donde , como emitir boleta. Yo me he mudado y por eso pienso no me llego aviso. Gracias por su rta.

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  95. Karina 07/10/2013 a 01:54 #

    Hola Doctor:
    Le comento: quiero vender mi auto por lo que me dirijo al juzgado de faltas de diag 74 y 48, alli me dan un libre deuda donde figuran 5 infracciones por mal estacionamiento. Abono 3 de ellas y vendo el auto. El comprador me informa que averiguo que el auto tiene 6 multas mas: del 2010 en dolores,otra en berazategui y dos en escuela vuzetich; y 2012 castelli y santa teresita.Nunca recibi notificacion de las mismas ni en el momento de cometerlas ni en mi domocilio. Renové mi carnet de conductor el 28/12/2011 y tampoco saltaron en el sistema. Ahora el monto de todas alcanza 3/4 del valor de venta. Que puede hacer y donde corresponderia?.Gracias.

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  96. Ignacio Verguilla 07/06/2013 a 21:32 #

    Buenas noches. Dr. Me ha llegado hoy una multa fotográfica por $531.68 debido a exceso de velocidad (100 km donde supuestamente era 80) ya vencida… por 24hs! He intentado cargar el código de pagos Link pero lo rechaza. En la web de la provincia consulto la infracción y me advierte que si acepto la impresión la multa pasa a valer el doble. ¿Que vías tengo para reclamar? ¿Tengo posibilidad de pedir al menos que se me reconozca esta anomalía y pagar la multa por el valor con el descuento? Desde ya muchas gracias. Un cordial saludo. Ignacio

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  97. vic 07/02/2013 a 21:14 #

    buenas tardes dr. mi consulta es la siguiente: en septiembre de 2012 vendi mi auto, con libre de deuda, trasferencia y todo lo que corresponde y al dia de la fecha me llega una carta por una infraccion cometida en diciembre de 2012, cometida por el actual titular. que me conviene hacer? es la tercera carta que recibo en el año por la misma infraccion. (vivo en provincia de b.a y la infraccion se realizo en parada pucheta corrientes)

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  98. Nestor 06/28/2013 a 10:20 #

    Buen día tengo una infraccion por exceso de velocidad en ruta 2 km 45 Berazategui el 15/02/2011, tengo que renovar el registro en capital federal el 5/07/2013 y me encuento que al imprimir el formulario CENAT tengo esta infraccion por un valor de $ 2126.70.. no recuerdo haberla recibido, que puedo hacer para solucionar esto antes de la fecha de renovación del registro de conducir ?? por supuesto es mucho el dinero y no se si haciendo un descargo, ni tampoco se donde ir, pueden reducir el importe a abonar, en capital las multas por exceso de velocidad rondan los $ 240, esto me parece una barbaridad… me puede orientar que debo hacer ???

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  99. Guillermo 06/27/2013 a 16:14 #

    Buenas tardes, y felicitaciones por esta página tan útil
    Al momento de querer renovar el registro, hace poco tiempo, fui informado de 6 multas por un total de casi 1900 pesos, que datan de los años 2010 y 2011. Dado que no fui informado en tiempo y forma, no pude aprovechar el pago voluntario del 50% del valor total, algo que si realicé la única vez que fui notificado por una multa.
    Dado de quiero vender el coche, ya no pretendo realizar ningún proceso para evitar dichas multas o de negarlas, sino simplemente saber si hay forma de solicitar el pago con descuento dado que considero que de haber sido notificado lo hubiera hecho pero ahora se me impide dicha posibilidad.

    Saludos, y gracias!

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  100. Raul Cejas 06/14/2013 a 23:46 #

    Estimado doctor Caceres,

    En primer lugar agradecerle por prestar este servicio.
    Mi inquietud es que me ha llegado del municipio de lanus una notificación que según dice hace 3 años el 2 de junio del 2010 cruce una luz roja y no acate la orden de detención y que por lo tanto me hicieron un acta que nunca me llegó.
    En la notificación no hace mensión a la dirección de donde cometí la falta. Por otro lado estoy seguro de no haber cometido la falta ya que el lugar por donde paso es la avenida pavón que ha esa hora uno va a paso de hombre, pero no tengo ninguna prueba que lo demuestre.
    Como mi madre firmó la recepción de la notificación quería preguntarle si me conviene presentarme y que puedo alegar en mi favor.
    Desde ya muchas gracias.

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  101. Eliana 06/13/2013 a 21:53 #

    Estimado Doctor, me pregunta es la siguiente: en marzo del 2009 gire en u en una avenida y había un agente de transito municipal de Lanus. En su momento no me notifico de la infracción. El auto ya lo vendí y nunca saltó la multa. Ahora cuatro años después, me llega una citación, debo presentarme? Si reconozco la multa debo pagarla al precio de ahora o hace 4 años atrás? Siendo que es la primera vez que me notifican. Y si no la pago que puede suceder? Cuando prescriben? Desde ya muchas gracias y espero su respuesta.

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  102. Mariano Dip 06/13/2013 a 15:12 #

    Hola, me acaba de llegar una multa del 13/07/2011 de pergamino, si bien yo estuve por ahí ddebido a que fuí al cementerio de rojas a visitar a mí papá, en ningún momento me pararon ni nada de eso, según la factura debo abonar 2126,70 porque no hice descargo ni me presente antes (no tenía ni idea) la verdad que ahora no tengo plata para afrontar dicha multa… mi pregunta… que me puede pasar si no pago? por lo que vi más arriba debo estar por la tercera instancia.. (por el tiempo transcurrido de la supuesta infracción) encima en la notificación no dice porque fue… lo que si recuerdo que por esa ruta si puedo no piso más… aunque no pueda visitar a mi papá, porque los camioneros me volvieron loco… fuí todo el camino entre camiones que me pasaban a lo loco. y yo con una auto chico sufrí todo el camino… espero su respusta… y desde ya muchas gracias por tomarse el tiempo de leer y responder a todos los que aquí consultan…

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    • Mariano Dip 06/13/2013 a 15:24 #

      me olvidé de decirle que soy de Cosquín Pcia. de Córdoba. gracias

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  103. Gastón González 06/13/2013 a 14:02 #

    Estimado Hugo,
    Antes que nada muchas gracias por este servicio que brinda. Tengo una multa de Dolores del año 2010 que en un principio era de 500 pesos y que ahora me llega una notificación en la que el juez dictamina que pasa a valer 2500 pesos. Por lo que alcanzo a leer es una sentencia.
    La verdad que en este momento me resulta imposible pagar 2500 pesos de multa per mi temor es si esto me puede traer consecuencias posteriores tipo embargos o cosas más graves.
    En la boleta/multa que me mandan dice «queda debidamente notificado».
    Muchas gracias,
    Gastón

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  104. roberto 06/12/2013 a 12:01 #

    Buenas noches Dr. Caceres, antes que nada le agradezco este servicio tan util que brinda. Le describo mi problema:

    Me llegaron multas del año 2010 y dicho auto fue dado de baja por robo en capital en el 2009. y me llegaron 3 multas como hago para darlas de baja o donde me tengo que dirigir.

    Muchas gracias

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  105. Gabriela 06/10/2013 a 15:03 #

    Buenos dias Dr. Caceres. Ante todo gracias por la ayuda. Estoy teniendo un inconveniente ya que recibi una fotomulta en mi domicilio, la misma es por exceso de velocidad en Dolores. La velocidad maxima permitida era de 100 km/h y el radar marco 108 km/h. Se puede hacer un descargo alegando que el margen de los 8 km/h pudo haber sido por un error en el radar? Siendo asi, le comento que la fotomulta la extravie y tengo tiempo hasta el 17 de este mes para abonarla (por pago voluntario) y no se a donde debo dirigir el descargo. Se puede conseguir una copia de la misma?
    Desde ya muchas gracias por su tiempo.

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  106. ricardo mangino 06/01/2013 a 22:09 #

    estaba por vender mi automóvil y me encontré que tengo cinco multas de las cuales ninguna fui notificado todas en la ruta dos que debo hacer

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  107. sergio 05/31/2013 a 18:47 #

    Dr, buenas tardes. Una infracciòn x estacionamiento en lugar indebido ( arriba de la vereda) en el Municipio de Tigre ¿es una INFRACCIÔN LEVE? le consulto esto ya que me la hicieron en noviembre del 2010 y segùn sus comentarios esta multa deberìa haber prescripto al dìa de hoy ¿Es asì?

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  108. Alejandro 05/24/2013 a 15:35 #

    Hola Hugo, buenos dias, le queria consultar al respecto de lo que me sucedio, me hicieron una multa en el partido de Merlo, pcia de Buenos Aires por no tener puesto el casco, si bien lo llevaba no lo tenia puesto, yo vivo en Ituzaingo, que puede pasar si no la pago ?, puedo tener problemas al renovar el registro dentro de 4 años ?, obviamente me pusieron en la multa mi numero de DNI y registro, quedo a la espera de su comentario, Atte

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  109. lorena tome 05/22/2013 a 19:51 #

    Buenas tardes queria consultarle acerca del suguiente tema:
    Estoy vendiendo mi auto,soy de pcia de bs as, y al revizar por internet me saltan 2 multas una en capital y otra en pcia de bs as,de las cuales no fui notificada,la que mas me preocupa es la de un importe de $715 en pcia de bs as , la cual no esta definida donde se realizo : el acta dice:02-999-02996962-4 IMPRIMIR Generar Cupón por Plazo de Vencimiento Vencido
    Chapa Patente: CDY878
    Fecha Emisión: 13/07/2012
    Fecha Vencimiento: 31/07/2012
    Infracción: 28 – Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos.
    Importe Acta: 715.35
    se puede rechazar? donde?
    muchas gracias

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  110. Christian 05/21/2013 a 14:40 #

    Buenas tardes Dr. Cáceres,
    Me gustaría dejarle una consulta acerca de 2 multas de transito que tengo en la provincia de buenos aires. Me entere que las tengo hace unos dias, ya que necesito renovar la licencia de conducir y verifique las multas en capital y provincia.
    Estas multas datan de 2011; es decir, que tienen mas de 2 años. Pero cuando consulto las infracciones en la web, me siguen apareciendo. Cómo se si estan prescriptas ya?

    Desde ya, le agradezco cualquier información que me pueda brindar.

    Saludos,

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  111. walter 05/17/2013 a 14:00 #

    buenas tardes.. me llego una multa por exceso de velocidad, en la autovia bs as – la plata el permitido es 100 km y la infraccion es por ir a 107 km se puede no pagar? sabia algo de un porcentaje q tenespero no se bien como es eso… muchas gracias

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  112. maria de los angeles asensio 05/13/2013 a 20:22 #

    DR.H.Caceres recibì una multa de la ciudad autonoma de bs.as. por no usar cinturon de seguridad en enero de este año, pero no me paro la policia para labrar el acta,quisiera saber si esto es posible y correcto la emision de la multa.Ademàs me llegò vencida y si debo pagarla como debo proceder.Desde ya gracias y a la espera de su respuesta.Ma. de los angeles.

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    • Hugo Caceres 05/17/2013 a 07:25 #

      Puede presentarse ante un Controla.dor y efectuar su defensa. Debió ser notificada en el momento de la infracción

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  113. viviana 05/03/2013 a 13:31 #

    Mi consulta es la siguiente, tengo que pagar una fotomulta de Dolores, me dijeron por teléfono que puedo solicitar un plan de pagos, puesto que la misma no me llegó a mi domicilio, me enteré cuando quise sacar el registro, necesitaria un modelo de carta, para solicitar el plan. Gracias.

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  114. Lorena 05/01/2013 a 01:55 #

    Buenas noches Dr. Caceres, antes que nada le agradezco este servicio tan util que brinda. Le describo mi problema:
    En el mes de marzo me hicieron 2 infracciones en el partido de Moron, la 1° x estacionar en mano izquierda, donde describen que complico la visivilidad y fluidez del transito, (es una calle donde siempre estacionan autos de la mano izquierda) Y la 2° tambien por mal estacionamiento. Me acerque para realizar el pago voluntario y me informaron que tenia 10 multas mas desde el 2003 a la fecha, de las cuales nunca recibi una notificacion…
    Quisiera saber si puedo pedir la nulidad de estas multas viejas aunque sean tambien por mal estacionamiento, (mismo motivo de las nuevas..)?
    Es posible que el pago voluntario por estas 2 ultimas infracciones de marzo sea de $211 c/u?

    Desde ya, Muchas Gracias!!
    Aguardo su respuesta, realmente me siento perdida con esta situacion…

    Saludos Cordiales

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    • Hugo Caceres 05/03/2013 a 09:21 #

      Seguramente las multas anteriores se encuentran prescriptas y puede impugnarlas.
      El valor de pago voluntario lo fija cada municipio en el ámbito de su jurisdicción.

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  115. Federico 04/08/2013 a 12:08 #

    Scioli sinverguenza. No deberia darte la cara para cobrar las infracciones que cobran. En la ruta 6 no se puede transitar por la verguenza de pozos que hay, pero te cobran multas de 3000 pesos. Estoy de acuerdo en que se controle, pero con coherencia. Hoy fue al juzgado de Don Torcuato y parecia un bar del lejano oeste. CARADURAS

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  116. karina sosa 04/07/2013 a 21:10 #

    Buenas. Me ha llegado una multa a mi domicilio por un valor de $3300 (originalmente era de $600, cometida en junio del año pasado viajando a Córdoba). Al estar de vacaciones no pude hacer el descargo dentro de los plazos, aunque traté de explicarle al oficial la cuestión, sin suerte: me abrí por la doble línea amarilla sabiendo que está prohibido pero un camión adelante iba zigzagueando, con el conductor semidormido.

    La cuestión es que nunca me llegó una notificación previa y ahora ha quintuplicado su valor. Averiguando tanto en los registros de Capital y Provincia de Buenos Aires en ninguno aparece la multa, sólo en Córdoba. Debo pagarla? Qué puede suceder si no lo hago? A dónde me tendría que dirigir para aclararlo?

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    • Hugo Caceres 04/08/2013 a 09:04 #

      Los municipios de Córdoba no informan antecedentes al Registro Nacional, salvo unos pocos, por lo que en principio dichas infracciones no le causaran inconvenientes en sus trámites relativos a licencias o transferencias.
      En caso de no abonarlas el municipio tiene la posibilidad de iniciar juicio de apremio para su cobro, aunque no es habitual que lo hagan.

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      • karina sosa 04/08/2013 a 10:25 #

        Este tipo de multas caducan a los 5 años como otras???

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      • Hugo Caceres 04/09/2013 a 07:39 #

        Faltas leves prescriben alos dos años. Faltas graves (enumeradas en el art. 77 de la ley 24.449) a los cinco años.

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  117. luciana 03/20/2013 a 22:24 #

    buenas noches, le mando este mail para hacer una consulta, a mi novio le hicieron una multa en córdoba nosotros somos de tigre me dijeron que tengo 10 días hábiles para hacer un descargo, en tigre me dijeron que ahí no es, me dieron un numero de teléfono de don torcuato y nunca me puedo comunicar, me tienen de acá para allá y se me van a pasar los días, me podría facilitar otro teléfono o alguna dirección segura para hacer el descargo?
    muchas gracias*

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  118. Santiago Lopez 03/18/2013 a 13:25 #

    Dr, las multas graves (excedo de 20 km/h) en Provincia de buenos Aires, prescriben a los 5 aÑos? Muchas gracias

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  119. nahuel ramirez 03/15/2013 a 23:39 #

    tengo una pregunta por favor, voy a vender mi auto y me salta una infraccion en internet de 1947 pesos que fue cometida en la ruta 28 el año pasado con un monton de 1947 pesos pero nunca fui notificado ni nada por el estilo……. yo podria haber pagado la mitad de la multa de ser asi…. no es justo que no me hayan notificado…..
    segun me dijeron tedrian que notificarme para darme derecho de realizar mi legitima defenza…. es asi esto??
    puedo pedir la nulidad de la multa???

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  120. ricardo pistone 03/06/2013 a 12:47 #

    Recibo multas de un auto transferido en el momento de la venta 04/2012 de el nuevo titular que son cargados a mi Nº de DNI como hago cuando tenga que renovar mi licencia si el nuevo comprador no las paga..Desde ya gracias

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  121. Demian Patrón 03/04/2013 a 13:16 #

    Buen dia Doctor, me realizaron una multa en la ruta 2 camino a la Costa Atlantica, fue por circular unos 20 metros por banquina , ya que fue el 9 de febrero 2013, donde tarde para llegar a la San Bernardo 14 horas por el gran embotellamiento en toda la ruta, hay alguna forma de discutir esta multa explicandole al juez los motivos ? que me recomienda usted pagar los $988 con el pago voluntario o discutirla? Gracias Doctor

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  122. jorge 03/01/2013 a 17:33 #

    Hola, compre un vehiculo que debe casi $6000 de multas por exceso de velocidad, todas en ruta (creo que a la costa), hay algun lugar en bs as, donde pueda ir a hablar esto o por lo menos abonar con un descunto. Aclaro que ya estan todas vencidas. Gracias.

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  123. Peter 03/01/2013 a 17:12 #

    Buenas tardes Doctor.
    En primer lugar lo felicito por este gran servicio a la comunidad.
    Ahora mi consulta es, tengo un infraccion por exceso de velocidad en la autopista La Plata-Buenos Aires,es del año 2011. El monto es alto $350, lo raro es que nunca me llego nada, ni la foto, ni la multa ni nada. Soy titular de mi vehiculo y ahora que quiero venderlo, se que seguramente me la van a hacer pagar al momento de realizar la transferencia, sin siquiera poder ver nada. Podre hacer algo? muchas gracias por su ayuda!

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  124. Roberto 02/27/2013 a 23:06 #

    Dr Hugo Cáceres:
    Mis padres me transfirieron el auto este mes y cuando hacemos el tramite en el Registro de Capital, aparecen en los antecedentes de multas 3 infracciones por Exceso de velocidad en Ruta 2; jamás se enteraron de esas multas (son de 2011) y su valor se incrementó con el tiempo. La verdad que no tengo más datos que el motivo. La licencia de conducir de mi padre es la misma de su domicilio real; la de la cedula verde y el título es del domicilio que vivían antes.

    Se puede solicitar la nulidad de las actuaciones por falta de notificación?

    Desde ya muchas gracias por su atención

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  125. Laszlo Gaspar 02/27/2013 a 16:15 #

    Buenas tardes Dr.,
    Me llegó la notificación por una multa que me realizaron sobre la ruta 9 dentro del municipio de San Pedro por circular sin las luces bajas encendidas. Me citan para realizar mi descargo o me invitan a realizar el pago voluntario, pero la verdad es que no dispongo de dicho dinero. La pregunta es, ¿esta infracción prescribe a los dos años? La notificación llegó por correo privado y la firmo un familiar mío como recibido, ¿esto interrumpe la prescripción?.
    Desde ya muchísimas gracias.

    Saludos cordiales.

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  126. Hernan 02/22/2013 a 20:52 #

    Buenas noches. En el año 2011 compre un auto y tenia 4 multas, 3 de capital y 1 de provincia, cuando hice la transferencia firme la negativa de pago (porque no me corresponden pagarlas). hoy tengo mi auto en venta y las multas siguen vigentes, la de provincia genero intereses. que debo hacer? gracias!

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  127. fede 02/22/2013 a 13:17 #

    Estimado Dr: buenas tardes, queria ver si me ayudaria con mi problema, hace 10 dias me hicieron una infraccion el ruta 11 cerca de la entrada de mar del tuyu y me retuvieron el registro, verifico por internet y llame a dolores y me dicen que todavia no esta la multa y que para recuperar el registro tengo que viajar a dolores s ( yo soy de la plata ), mi mayor problema admeas de que trabajo y se me complica mucho poder ir hasta dicha ciiudad y mas sin saber si tienen el registro es que en 5 dias tengo turno para la renovacion del registro por que se me vence el 4 de marzo, me podria ayudar un poco en que debo hacer, muchas gracias

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  128. Diego 02/18/2013 a 21:35 #

    Hola, quería saber si una fotomulta por infracción grave (exceso de velocidad) prescriben a los 5 años? por mas que el vehículo se haya transferido con negativa de pago. Es decir, la infracción es del año 2011, vendí el auto en el 2012, en el 2016 prescribe?
    Las infracciones ya no aparecen bajo mi dni, pero si bajo el dominio del auto que vendí.
    La fotomulta fue sacada en la ruta 11, partido de la costa, me correspondería el Juzgado de Dolores.

    Muchas gracias.

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  129. facundo 02/14/2013 a 13:49 #

    hola dr. Necesito ayuda. Fui a renocar el registro y me salto una multa por exceso de velocidad en gral.piran del año 2010. Esa multa habra llegado al domicilio q tenia en mi dni, q era un local de mi papa. Custion hoy el pago es de 1980. Y segun lo q me dijeron tengo q mandar una carta certificada al juzgado de mar del plata. Pero quiero saber cuanto tardan en responder esa carta. O si me conviene ir. Pero seria gastar nucha plata y sin saber q van a resolver. Si encima me dicen q tengo q pagar, me sale el doble la joda.

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  130. sara 02/06/2013 a 19:49 #

    hola dr
    recibi en mi domicilio por mal estacionamiento dos multas del mismo dia y lugar con dos horas de diferencia debo abonar ambas por la misma infraccion ??
    desde ya muchas gracias

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  131. SUSANA 02/05/2013 a 14:04 #

    BUENOS DIAS DOCTOR.
    MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE COMPRE UN VEHICULO, HICE LA TRANSFERENCIA Y CUANDO ME ENTREGAN EL TITULO ME COMUNICAN QUE EL AUTO TENIA TRES MULTAS , DOS EN AVELLANEDA $ 3600, Y UNA EN CIUDAD DE BS AS 250$. LES COMUNICO MI DESCONOCIMIENTO Y ME ENTREGAN EL TIUTLO CON UNSELLO ROJO QUE DICE VEHICULO CON INFRACCION. ME COMUNICO CON EL DUEÑO ANTERIOR, Y ME DICE QUE DESCONOCIA LAS MULTAS.
    AHORA MI PREGUNTA ES COMO PUEDO HACER EL TRAMITER PARA ESTAR EXENTA DE ABONAR LA MULTAS QUE YO NO HICE??? Y LAS MULTAS LE QUEDAN AL AUTO O A LA PERSONA??? EN QUE ME PERJUDICA A MI Y EN QUE AL QUE ME VENDIO EL AUTO?? CUANDO CADUCAN?? GRACIAS!!!!!!!!!!!! MILES!!!!!!!!!!!!

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  132. gustavo cris 02/04/2013 a 15:55 #

    buenas Doctor Caceres, mi pregunta es : al renovar el registro en la Plata me informan de una multa en la costa hace mas de un año. nunca me notificaron. el tramite del renovacion igual lo puedo hacer pero me emiten una boleta de pago. el jugado interviniente es el de Dolores ¿ que hago o que puede pasar, se puede pedir la caducidad de la multa

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  133. aldana 02/03/2013 a 22:10 #

    Me llegaron 2 multas de la jurisdiccion de Dolores (siendo yo de capital) y si bien yo queria pagarlas por pago voluntario me llegaron vencidas (por dos dias), puedo hacer algo para que me den una nueva fecha de pago con el 50% del importe o ya solo me queda pagar el importe completo? Aguardo su respuesta.
    Gracias!

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  134. cristian 01/25/2013 a 22:08 #

    Hola , como va , fuí a buscar la patente a la municipalidad de mi ciudad (Bahía Blanca) y resulta que este año la patente se municipalizó(mi vehículo es modelo 2001), yo la compré en el 2010 y la multa que me figura en la municipalidad es de 450 pesos pero del año 2008 , y yo cuando compré la camioneta aboné el formulario 131 y no me saltó MULTA ALGUNA , yo tengo que pagar la patente , le puede iniciar acciones judiciales a alguien por este tema , realmente me siento estafado, muchas gracias.

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  135. Juan 01/21/2013 a 13:34 #

    Hola Dr, le consulto si vale la pena presentarse en Mar del Plata y Dolores respectivamente, ya que tengo multas por un valor de 5 mil pesos y queria saber si se justifica tomarme el dia de trabajo, gastar en nafta y tiempo e ir hasta allá.

    Queria vender el auto, pero estas multas me lo impiden y representan casi el 25% del valor de mi auto.

    Ya vencieron el pago voluntario, fueron llegando a un domicilio antiguo no siendo notificado. Ir a Pellegrini tiene algún sentido ?

    Muchas gracias por su tiempo, excelente el sitio.

    Juan.

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    • Hugo Caceres 01/28/2013 a 11:05 #

      En Pellegrini no puede realizar ningún trámite vinculado con estas infracciones. En Mar del Plata el Juzgado suele ser accesible a las presentaciones que se realizan en estos casos. En Dolores si ya tienen sentencia usualmente solamente le permiten presentar un recurso a resolver en plazos superiores a los 4 meses.

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      • juan 01/28/2013 a 11:34 #

        gracias dr !

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  136. Daniel 01/19/2013 a 23:13 #

    Dr. Càceres:

    El dìa 15/01/2013 me detuve en una estaciòn de servicio en la ruta 2 rumbo a Mar del Plata, apagando las luces bajas. Cuando salì olvidè prenderlas y tenía un puesto de control inmediatamente despuès de esta estación.
    En este caso ¿se puede aducir alguna defensa, ya que el agente aplicò directamente la multa, sin mediar advertencia? (las luces funcionaban). Por otro lado, ¿còmo puede ser una falta mas grave tener las luces apagadas que manejar en estado de ebriedad?

    Agradezco su respuesta

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  137. fede 01/19/2013 a 15:29 #

    Hola doctor como va? le hago una consulta. yo compre el auto a mitad del año 2012 y cuando me van a dar las cedulas azul y verde me dicen que tiene multa del año 20111 del dueño anterior, que las desestime mediante una nota que me hicieron ahi en el mismo registro y que no las pague. pero ahora me llegaron a mi domicilio las notificaciones de esas mismas multas que son de capital y del dueño anterior, pero no puedo viajar a esa ciudad a hacer tramites. que puedoi hacer? las debo pagar aunque en el registro de la plata me dijeron que con la nota que dice que son del dueño anterior ya esta? para renovar el registro o vender el auto que hago? le agradezco una respuesta. y desde ya muy atento . muchas gracias

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  138. Nelson 01/18/2013 a 11:34 #

    Estimado Hugo: Acabo de hacer la transferencia de mi auto y me saltaron 3 multas camino a Mar del Plata por valor de 3000 pesos. Las multas tienen fecha de infraccion del 2010 y de proceso 2011 (en ruta 63 y en ruta 2). Cuando caducan? Se toma la fecha de Infraccion?
    El nuevo propietario del vehículo debe retirar su titulo en 3 días y quisiera saber si se puede negar el pago y ante que organismo se realiza?
    Muchas gracias!!!

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  139. noelia 01/17/2013 a 14:58 #

    hola Dr mi nombre es Noelia, el 21/06/2011 compre un auto el cual tenia dos multas pertenecientes al titular anterior del auto, le detallo las infraccines correspondientes:1º realizada el 20/08/2007 en G.C.B.A, mi pregunta es si ya caduco porque sigue apareciendo en consultas de infracciones? y la 2º relizada el 12/02/2010 en ruta 63 BsAs con un monto a pagar de $530, Para retirar los papeles del mismo tuve que firmar una negativa de pago, ahora bien consultando si tenia multas propias salto esta ultima con un monto de $1949.7 vencida el 11/09/2012 llame a 0800-222-0024 para consultar por la misma y me dijieron que ya esta con sentencia fija condenatoria, es decir q no puedo realizar ningun tramite como venderlo etc hasta que no la haya pagado, el tema es que a mi nunca me llego ninguna notificacion en todo este tiempo sobre los plazos de vencimiento que debo hacer..estoy a tiempo de realizar un descargo.. a donde tendria q ir a realizarlo y que beneficios podria llegar a tener realizandolo? espero su respuesta y desde ya muchas gracias!

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  140. César Martínez 01/16/2013 a 13:44 #

    Estimado Dr:
    Hace 2 años vendí un automóvil (con transferencia hecha) y ahora recibo una ‘Notificación de infracciones pendientes’ de la Dirección General Administración de Infracciones de Buenos Aires sobre ese auto. La nota dice que ‘registro infracciones pendientes de resolución’ pero no dice cuáles son. Entré a la página de la provincia de BA y pude constatar que se trata de un exceso de velocidad en autopista, hace unos meses. ¿Qué pasos puedo seguir para denunciar que no soy yo el infractor? Muchas gracias por su respuesta.

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  141. David 01/15/2013 a 14:38 #

    Doctor a que dirección del G.C.B.A debo enviar la nota de descargo por un acta de infracción que nunca cometí,es más no estuve en Buenos Aires ese año y tengo como justificar.

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  142. carolina Finocchio 01/15/2013 a 14:30 #

    Hola dr mi consulta es por lo siguiente tengo que hacer una negativa la pregunta es tengo que hacerla yo personalmente o puedo mandat a otra persona? Porque no tengo tiempo. Gracias

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  143. FERNANDO 01/14/2013 a 11:09 #

    HUGO UNA PREG SOY DE SAN JUAN Y ME LLEGO UNA MULTA ACTA DE INF DE TRANSITO POR MANEJAR ATENDIENDO UN CELULAR EN PROV DE BS AS . LO UNICO Q SE LES PASO ES QUE CON MI AUTO NUNCA TRANSITE POR LAS CALLES DE BS AS ES MAS NO CONOZCO BSAS Q HAGO MUCHAS GRACIAS ,

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  144. NICOLAS 01/10/2013 a 23:08 #

    Hola Doctor!!! compre un auto en Noviembre de 2011 y lo transferi, pedi libre deuda y no salio nada!!! Ahora lo vendo y me avisan que salieron multas varias. Pude ocurrir esto????? Si la transferencia la hice bien y las multas que aparecen son del dueño anterior del que se lo compre yo….. Espero una respuesta

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    • Hugo Caceres 01/11/2013 a 08:08 #

      No debería ocurrir, aunque se que habitualmente sucede. La respuesta que usualmente le dan es que al momento en que usted hizo los trámites no se encontraban cargadas en el sistema.
      En mi opinión debería prsentar un recurso administrativo, y eventualmente una acción judicial, dado que el libre deuda es una expresión oficial acerca de la existencia o no de las mismas y por lo tanto crea un estado de certidumbre que no puede luego ser desvirtuado.

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      • Nicolas Bazan 01/18/2013 a 16:52 #

        Hola doctor. me paso esactamente lo mismo compre un auto a fines del 2011 y el 13i salio sin nada,ahora quiero vender y resulta que hay una multa del año 2010 de 2300 en chivilcoy x exceso de velocidad.que hago y a quien reclamo ya que tengo que entregar el auto en unos pocos días. gracias espero su respuesta atte Nicolas Bazan

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  145. javier ordoqui 01/03/2013 a 19:05 #

    hola doctor caceres ,tengo una consulta para hacerle referente a dos multas por infracciones que fueron realizadas en la ruta 74 ( en el 2012) y otra en la ruta 63(2011) . Ninguna de las multas llego a mi domicilio y cuando quise renovar mi registro saltaron en los registros..
    Soy de lanus y quisiera saber donde puedo dirigirme para realizar mi descargo cerca de mi domicilio y saber el motivo de las mismas.muchas gracias espero su respuesta
    javier.

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  146. Florencia 12/19/2012 a 21:46 #

    Hola, te hago una consulta, recibi una multa por exceso de velocidad en Dolores del ano 2009, y me hicieron otra recientemente por estacionar en lugar indebido. Entiendo que prescriben a las 5 anos, pero leyendo en algunos blogs dicen que prescriben a los 5 anos siempre y cuando no te hagan otra multa, ya que en ese caso se suman 5 anos mas. Es esto cierto?
    Y en caso que no la quiera pagar que puede suceder?
    Gracias

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  147. PATRICIA 12/05/2012 a 21:04 #

    Dr Caceres, tengo que vender mi auto y por internert me sale dos multas una del 2010 y otra del 2011 en la ruta 2, yo me mudé, prescriben? y cuando’, que debo hacer?.Gracias.

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    • Hugo Caceres 12/18/2012 a 07:52 #

      Faltas leves prescriben a los 2 añois. Faltas graves a los 5 años.

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      • RAMON ALVAREZ 12/27/2012 a 12:20 #

        EXCESO DE VELOCIDAD SE CONSIDERA FALTA GRAVE

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  148. Marina Megias 12/05/2012 a 11:16 #

    Buenos días Dr. Caceres, tramitando la renovación de mi registro de conducir q vence el 6/12/12 aparecieron 2 multas (una con fecha del 20/112010 y otra del 2/5/2011), no fui notificada en ninguno de los 2 casos, una de ellas ya con sentencia ($2400), me acerque a 13 y 526 para q me digan que hacer, y saber de que eran las faltas. las 2 pertenecen al mismo lugar (sobre el centenario km 17.5), me informaron q la multa q tiene sentencia figura como notificada sin firma por el servicio postal, pero la nota q presenta el cartero no coincide exactamente con mi domicilio, ahi dice q a los laterales no hay nros. ESTO NO ES CIERTO, YA Q TENGO UNA CASA CON NRO A UN LADO DE MI DOMICILIO. Y esta entidad de la Pcia de Bs As afirma lo q dice el servivio postal, mas alla de mi explicacion. No me dieron ninguna posibilidad de hacer nada mas q pagar. Que puedo hacer?? No me parece justa esta situacion, habiendo perdido toda posibilidad de descargo alguno y7o beneficio, por algo q no fue debidamente notificado. Este es un barrio donde se complica la recepcion de correo, ya q hay muchas calles bis y no hay nros en las esquinas. Desde ya, muchas gracias. Saluda atte. Marina Megias

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  149. Fernando Bugallo 11/29/2012 a 12:58 #

    Hola Doctor, Recibi una multa de velocidad en la ruta 34, en Santa fe, la max era 65 y pase a 82. No me paro nadie. Siendo la multa de Santa Fe, la misma preesribe? cuando y que deberia hacer?.
    Otra consulta, mi auto esta radicado en Capital Federal, en el mismo viaje de la multa mencionada, en Ceres, Partido de Santa Fe, Gendarmeria me libro una multa por no tener la VTV, le explique que en Capital no era obligatorio y me dice que ellos la piden y la tengo que tener igual. Como debo proceder al respecto?
    Desde ya muchas Gracias.

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  150. vanesa 11/29/2012 a 10:09 #

    Buenos dias Dr. mi consulta es la siguiente:me llegaron 2 multas de la Pcia. de Corrientes; una por no tenes las luces bajas encendidas por $2.844,10, y otra del mismo lugar, por exceso de velocidad por la misma suma.es ese momento no hice el descargo correspondiente.pero siguen mandando a mi domicilio las multas, pero de un estudio juridico radicado en capital federal,que me intiman a pagar por cada una de las mismas, la suma de $1.500 respectivamente.de lo contrario procederan a un embargo. Realmente no se que hacer, espero me pueda orientar. muy amable. atte.

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    • Hugo Caceres 12/18/2012 a 08:09 #

      Debería plantear, ante el Juzgado de Faltas intervinientes, la nulidad de las actuaciones.

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  151. pablo casas 11/28/2012 a 16:37 #

    hola, compre un corsa radicado en CABA EXtaxi y resulta que cuando estoy haciendo la transferencia me salta que tiene $3000 de multas y me dijeron que hay que pagarlas si o si para que pase a provincia y me den la documentacion… es verdad o puedo igualmente hacer una negativa de pago?????porque las infracciones no las cometi yo… por favor me pueden asesorar un poco … muchas gracias. Pablo.

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  152. Andrés 11/23/2012 a 08:59 #

    Buen dia Doctor, tengo 2 infracciones que desconocia en el Municipio de Avellaneda (Prov. de Bs. As.), la primera el 15/12/2010 por cruzar semaforo en rojo y la segunda el 07/01/2011 por usar telefono celular. Fui al Registro Automotor para realizar la denuncia de venta (ya que lo vendí) y me comunican ambas infracciones por $3630 (total), hice negativa de pago. Mis preguntas son: cuando prescriben ambas infracciones? El comprador al realizar proximamente la transferencia le pediran a el, el cobro de ambas infracciones? Gracias por sus respuestas. Saludos cordiales

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    • Hugo Caceres 11/24/2012 a 10:16 #

      Al realizar negativa de pago la transferencia se llevará a cabo sin inconvenientes. Si son de caracter municipal dichs infracciones prescribirían a los 2 años.

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  153. Lisandro 11/13/2012 a 20:55 #

    Hola Doc, gracias x su esfuerzo.
    Se me venció el registro y debo renovarlo en Capital, encontré en internet que tengo 4 multas por exceso de velocidad, todas en la Ruta Prov 28, Gral Rodriguez, de distintos valores, hasta 1.800 la mayor. Pueden negarme renovar el registro en Capital por dichas multas? Y para transferir el auto radicado en Capital? Gracias doc!

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  154. Victor 11/02/2012 a 16:29 #

    Dr. Cáceres: Al intentar realizar una transferencia me aparece una multa por no respetar los límites de velocidad en Km.41.95 de la Ruta 2. Es de fecha 16-07-2010 y de Proc. 26-10-2012. Nunca recibí notificación alguna. Entiendo que la multa está prescripta. En su caso a dónde tengo que dirigirme para solucionar el problema?
    Gracias!

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    • juan 12/14/2012 a 10:09 #

      Yo tengo el mismo problema con uan infraccion del dueño anterior de 2000 pesos y por eso no puedo vender el auto. Como se hace para reclamarlo? nadie me dio rptas.

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  155. Sergio 10/31/2012 a 16:23 #

    Buenas Tardes Doctor Caceres, lo molesto por que mirando en la pagina web de la gobernacion de la provincia de Buenos Aires, visualizo que tengo una multa de Noviembre del 2009, ahora bien yo nunca recibi notificacion alguna, la infraccion fue realizada en dolores y yo vivo en CABA. Me puede traer algun problema para renovar el registro? tendria que pedir la anulacion de la misma ya que pasaron mas de 2 años y la gobernacion pierde derecho a accionar legalmente?
    Desde ya muchas gracias por su respues
    Atte
    Sergio

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  156. Luis Alberto Jacobo Frontera 10/30/2012 a 19:11 #

    Doctor, qué debo hacer en este caso, cómo proceder… Mil gracias.

    Doctora Alicia Parente

    Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito de Chivilcoy

    De mi mayor consideración
    Señores Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial
    Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires

    Ref.: Acta de infracción de Tránsito / Causal Nº 02-999-02442175-5-00

    En fecha 09/02/2011se me ha notificado de la existencia de la Causa Contravencional de referencia, por la supuesta trasgresión de la Ley Provincial 13927 y su decreto reglamentario, por la supuesta falta de exceder la velocidad máxima el día 30/11/2010 en la Ruta Nº 30 Km.469- Zona Urbanizada -, a la hora 855.en el vehículo ,Renaul Clio propiedad de mi esposa, Ofelia Mabel Perdomo, que no maneja. Niego haber conducido el vehículo descripto al momento de que dice que se cometió la infracción, como así también niego que en algún momento un funcionario policial haya ordenado detener el vehículo para notificar la misma, lo que surge también claramente del acta que se me envió, en la cual figura como Autoridad de Constatación el Min. De Jef de Gabinete de Ministros, y es ilegible la aclaración de firma. Niego absolutamente haber estado en el lugar indicado al momento de cometerse la supuesta infracción, ya que ni siquiera sabría cómo llegar a Chivilcoy, ciudad que sólo una vez he visitado (hace 15 años, habiendo llegado en micro). Por otra parte, no se ha acreditado la identidad entre la persona del conductor – presunto infractor – y la persona del titular registral, por lo que se ha labrado un acta desconociendo la autoría de la contravención e imputando arbitrariamente la responsabilidad al titular registral en franca oposición con los principios elementales del derecho penal, tal la naturaleza de la contravención.- La DPPSV no ha demostrado la autoría de la contravención, solo se limitó a acreditar con Constancia de Titularidad del Vehículo ante DNRPA que el vehículo dominio YSI 393 pertenece a Ofelia Mabel Perdomo, que ni siquiera maneja, ya soy el que lo hace con la tarjeta celeste. ………., presumiendo sin fundamentación que la nombrada conducía el vehículo al momento de cometerse la infracción, desnaturalizando de esta forma el principio de inocencia y del “in dubio pro reo”.- No surge del Acta de infracción que hubiera intervenido algún funcionario policial y/o que se haya identificado ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenecía – violando el Art.70 inc. 3 de la Ley 24.449 y 143 del C.P.P.; como tampoco consta en dicha acta que se entregara copia al presunto infractor, ni que no se lo haya podido identificar por haberse dado a la fuga, violando el Art.70 inc. 4 de la citada norma legal.- Para tener validez las actas de infracción deberán ser labradas por un funcionario que, previamente, habrá de identificar al supuesto infractor, sea como tenedor o usuario del rodado, describiendo cual ha sido la conducta supuestamente infractora.- Por lo expuesto, y en la razón de la naturaleza de las contravenciones, son aplicables las normas del Código Procesal Penal, en materia de notificaciones – Art. 146 ss. y concts. del C.P.P.- y como surge claramente de estos autos, las mismas no se han hecho por las personas autorizadas, ni con los requisitos previstos en el mismo.- Por las razones expuestas solicito se declare la nulidad del Acta y de la notificación que supuestamente ha realizado la DPPSV- Para el supuesto caso de que se continúe con el trámite de la presente, solicito que en fiel ejercicio de los derechos consagrados por los artículos 69 inc. h) y 71 de la Ley N ° 24449, y en razón de estar domiciliado a más de 160 kilómetros del asiento del Juzgado correspondiente a la jurisdicción en la cual se cometió la supuesta infracción, se remita las actuaciones al Juzgado en lo Correccional que corresponda a mi domicilio real, a fin de que el mismo continúe con la tramitación del expediente de marras, bajo apercibimiento de solicitar la nulidad de todo lo actuado. Hago expresa reserva del caso federal por estar en juego derechos constitucionales y humanos de debido proceso, intentándose invertir la carga de la prueba, cuando corresponde, tal como he manifestado previamente, la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.

    Luis Alberto Jacobo Frontera
    La Pampa 997 1° E
    Ciudad de Buenos Aires
    (1428)

    Otro sí digo:
    Doctora Alicia Parente
    He recibido el Acta de Infracción de Tránsito N° 02-999-02415067-5

    Por una presunta infracción, presuntamente cometida el 28.11.2010 hora 8.55, en la Localidad de Chivilcoy, Ruta 30, KM 469. Acompañan la notificación los datos correctos del vehículo a nombre de mi esposa
    Ofelia Mabel Perdomo (cuyo fallecido padre nació en Chivilcoy, a principios del siglo pasado): ISY 393 Renault.
    Pero como hace al menos 15 años que no visito esa ciudad y no la visito tampoco mi esposa (que además no maneja el auto: yo poseo la cédula celeste), no la contesté.
    Me pareció natural que, por un error de la Dirección de Tránsito, tuviese que hacerlo. Y decidí esperar una segunda notificación, que, con toda sinceridad, creí que no se produciría el error pues el error es muy grave y evidente.
    Ahora me llega una tercera, con una multa. Tengo ante mi vista la notificación. Y no puedo creerlo. Chivilcoy: la última que estuve allí fue 15 años (reitero) y en micro.
    Para más verifiqué en mi agenda. Soy periodista del Sistema Nacional de Medios Públicos (Radio Nacional). Y para esa fecha estuve en Miramar, realizando una nota en el Museo de esa ciudad.
    Por qué debo yo, a los 68 años de edad, sufrir este acoso siendo inocente. Si tuve multas, las pagué en tiempo y hora. Pero esta no. Porque no existe la falta.
    Ruego a su señoría, haga justicia. Y quedo a la orden de usted. De ser necesario, me trasladaré allí. No por el dinero, sino en defensa de mi buen nombre y honor, ya que predico públicamente, en razón de mi profesión (Matricula Periodista Profesional 9001), el respeto a las normas y a la Ley.
    Ojalá vuestra disposición y justicia, haga olvidar este mal momento.

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  157. Camila Alberico 10/24/2012 a 15:52 #

    buenas tarde quisiera saber como se hace para hacer un descargo por una multa que me aparece en el historial de auto y nunca fui notificada, data del año 2009 y esta recientemente registrada en octubre 2012. Solicito una respuesta a la brevedad. Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 10/25/2012 a 07:05 #

      Debe dirigirse al Juzgado interviniente y plantear en el mismo dicha situación, ya sea verbalmente, o por vía postal si se domicilia a más de 60 kms. de la sede del Jzugado.

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  158. adrian 10/22/2012 a 19:11 #

    bs tardes dr.
    fui a renovar el registro de conducir y no m lo pueden realizar por que me figura una multa impaga de sep del 2009 siendo que dicho auto lo vendi en una concesionaria vw a mediados del 2008 teniendo en comprobante de venta y la denuencia de venta correspondiente; ya m aserque al juzgado de don torcuato y hice el descargo correspondiente adosando a la misma la fotocopia del comprobante de venta y denuncia de venta; el problema que ya paso mas de una semana y todabia en la web me aparece dicha multa, en 5 dias ya se me vence el registro por lo dicho anteriormente no lo voy a poder renovar perdiendo el dinero abonado y quedandome sin poder circular (el auto lo uso para trabajar) no hay nada mas que se pueda hacer? como puede pasar esto? hay alguien a quien hcer responsable por probocarme dicho perjuicio?

    desde ya muchas gracias por su respuesta

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  159. Eduardo Bobrovsky 10/17/2012 a 10:51 #

    Buen día Doctor, mi consulta es la siguiente: Mi padre de 80 años vende su auto porque ya no quiere volver a conducir, acaba de vencer su registro y no va a renovarlo. En internet encuentro 4 infracciones de prov de Bs As, en Dolores, y una en Capital. Puede hacer la negativa de pago? Cómo se realiza? El comprador, podrá realizar su transferencia sin problemas? Le quedan las infracciones al vehículo o al comprador? Muchas gracias por su atención. EDUARDO

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  160. nahuel 10/16/2012 a 22:21 #

    HOLA BUEN DIA COMPRE UN AUTO CON UNA MULTA DEL 2009 ESA MULTA CADUCA ES DE PROVINCIA LA MULTA ?MUCHAS GRacias le dejo mi mail nahuel_montero@hotmail.com sino espero la respuesta por aca muchas gracias saludosss

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  161. Axel 10/16/2012 a 00:12 #

    Dr. Buen dia.
    Como estudiante de Derecho quisiera saber el marco normativo referente al tema multas, recursos, apelaciones, etc

    Desde ya muchas gracias

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  162. Lucia 10/11/2012 a 20:29 #

    Buenos días, ante todo muchas gracias por tomarse el tiempo de responder cada pregunta. Creo que estoy en problemas… tengo que vender mi auto, y para hacer la transferencia me solicitaron un Libre Deuda. Cuando fui a sacarlo, me salto una supuesta multa, con fecha del 13/09/12 y vencimiento el 08/10/12 por exceso de velocidad. Jamás me llego la notificación, y ni siquiera tengo idea de donde surge esa multa. Lo peor es que por haber pasado ya la fecha del pago voluntario me quieren hacer pagar el doble. Yo nunca recibí ni firme nada, No tengo tiempo de esperar para hacer el descargo ya que tengo el auto señado. Que puedo hacer? Como pueden hacerme una multa, no avisarme, ni decirme donde, y ahora cobrarme mas dinero? Bueno espero una respuesta, muchas gracias por su tiempo. Lucia.

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  163. arrieta alejandro 10/10/2012 a 14:43 #

    hola doctor quisiera consultarlo ,me realizaron un acta de comprobacion en la ciudad de parana por mal estacionamiento la misma fue dejada en el parabrisas del vehiculo con la hora fecha lugar tipo de infraccion y firma del inspector de transito pero carecia de datos del vehiculo, tipo color dominio esta todo en blanco en la copia ,mi consulta , se puede solicitar nulidad por mal confeccion del acta?es legal este tipo de infracciones o debo pagar ? muchas gracias

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  164. Nicolas 10/08/2012 a 15:34 #

    Buenas tardes doctor, revisando en la web del gobierno de Buenos Aires veo que mi auto tiene dos multas en un viaje que realice a la costa en 2010. Pero nunca me llegó ninguna notificacion a mi domicilio. Como puedo hacer el descargo desde capital federal?
    Muchas gracias

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  165. Vanina 10/03/2012 a 13:47 #

    Estimado Dr. recien este mes al vender el auto me entero que tengo una multa por exeso de velocidad en ruta 2 de enero de 2010. Si bien en un ppio. el valor de la multa era de $700.- ahora asiende a $2.000.- Más allá de esto en la fecha mencionada yo no viajé por dicha ruta, dado que mi marido tiene contrato de trabajo con el gobierno de la ciudad de bs as durante todo el verano. Como puedo hacer para evitar el pago y si es posible para poder realizar la transferencia? Desde ya muchas gracias!

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  166. Yasmin 10/02/2012 a 17:31 #

    buenas tardes, quisiera que me oriente con respecto a unas multas en ruta 2 con fecha año 2010, estoy por vender el auto y me saltaron dichas multas, queria saber si las mismas preescriben o como debo hacer. Aguardo su respuesta. Desde ya muchas gracias

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  167. Claudio Castro 10/02/2012 a 14:05 #

    Dr. Cáceres: soy de la ciudad de Córdoba, mi auto está asentado aquí y quiero transefrirlo. El registro me informa de multas de los años 2008 y 2010 en CABA y Provincia de Buenos Aires. Jamás recibí nada y nunca me notificaron de ellas. Puedo transferir haciendo una Negativa de Pago? El registro se puede negar a hacer la transferencia?

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  168. Leandro 09/27/2012 a 15:47 #

    Doctor, tengo varias multas por exceso de velocidad. Si no recuerdo mal, todas son del partido de Pila. Una es del 01/09/2010, las otras de 2011. Por estas multas, ¿debo ir al juzgado de Dolores a pedir la posibilidad de un plan de pago, o se puede solicitar por escrito? Tengo intenciones de vender el auto, ¿se puede transferir igual e ir pagando las multas luego? Por otro lado…tengo una fotomulta que me llegó pero no es mía, el dominio de mi auto es HZO XXX y el auto fotografiado, es misma marca, mismo modelo, pero distinto color y con dominio HZQ (los 3 números de mi auto coinciden con este, pero difiere la última letra). Qué debo hacer en este caso? Desde ya, muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 10/25/2012 a 07:53 #

      Respecto de las infracciones de Pila, efectivamente debe tratarlas en el JAIT de Dolores.
      En relación a la patente errónea, lo soluciona presentando copia del título.

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  169. gisela 09/24/2012 a 12:29 #

    Hola queria saber por que tengo que renovar el registro y me entere que tengo una multa hecha en 2009 por ruta 2, la cual nunca me llego llame al numero del gobierno para reclamar y me dijeron que la fotomulta habia sido entregada por error al titular anterior la cual no conozco. por lo tanto nunca me la entrego a mi ( encima yo hice la transferencia a mi nombre en abril y la multa la cometi en octubre). ahora me vengo a enterar de dicha multa cuando tiene todo los intereses y encima no puedo renovar el registro. y para reclamarla tengo que ir hasta mar del plata estoy a 500km? el tema es que puedo abonar la multa desde aca pero mi intencion es reclamar por que si me hubiera llegado a mi domiclio la hubiera abonado con el %50 desc, pero si voy y me dicen tenes que abonar lo mismo que aca me hice semejante viaje y me termina saliendo mas caro? no sabes si llendo hasta alla y considerando los km me puedan reconocer algo y abonar la multa original no con todos sus interes? Gracias!

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    • Hugo Caceres 09/25/2012 a 07:57 #

      Usualmente en Mar del Plata son bastante accesibles a este respecto.

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      • liliana 09/02/2013 a 23:31 #

        es verdad , hoy fui a retirar mis multas, despues ee haber entregado una carta descargo al juez, ya que nunca recibi las multas y 2 eran de 2700$ me las bajaron una a 590 y la otra a 680,

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  170. seba lenci 09/21/2012 a 18:58 #

    buenas tardes,soy de cordoba capital, hoy me ha llegado una multa por semaforo en rojo q supuestamente cruce en bs as, el tema es q nunca fui a bs as en mi auto, como hago mi descargo necesito un numero de tel del gob de la ciudad de bs as (en la pagina no sale ninguno solamente el 147 q desde cordoba cap no se puede llamar).desde ya muchas gracias por su ayuda.

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  171. Guille 09/20/2012 a 23:27 #

    Hola Doc. Me llego una foto multa por exceso de velocidad de Rosario Santa Fe y el auto esta radicado en BsAs de donde soy yo yo no tengo mas el auto que hago la pago en que me perjudicaria el dia de mañana si no lo hago y llego vencido el pago voluntario se vencio hace 3 dias el 17 . Que me recomienda ?

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    • Hugo Caceres 09/23/2012 a 10:18 #

      Por el momento dicha infracción no tiene incidencia en sus trámites personales, pero podría ser ejecutada por vía de apremio si el municipio así lo decidiera.

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  172. jainan 09/19/2012 a 11:58 #

    Buen día doctor mi consulta es la siguiente…. en enero del 2012 me paran en ruta 2 y me hacen dos multas, una por articulo 12, circulación de transportes de pasajeros o cargas sin los dispositivos mínimos de seguridad. Y por el art. 18, por conducir sin placas de dominios, las cuales estaban colocadas, el auto era un clio II 3 puertas uso particular y yo no soy el dueño, me retuvieron el registro.
    A los tres días me presente para solucionar el problema yo sin conocer esos artículos y me querían cobrar $4400 los cuales era imposible que pague ya que soy estudiante y no tenia trabajo…. quería hacer el descargo pero me dijeron que tenia que esperar un mes para que me citen, la cual nunca me llego, igualmente me devolvieron el registro porque coincidieron con el juez de turno que no era una falta grabe la cual implica la retención del registro, luego llame dos veces y no me dieron respuestas, el ultimo lunes me presente nuevamente y me querían cobrar $9800, este monto es imposible de pagar ya que sigo siendo estudiante y el ingreso de mi trabajo nuevo no supera los $1500 mensuales, el señor que me atendió no entendía porque me devolvieron el registro si no pague la multa, y no encontraban la multa original ya que la copia mía no me la devolvieron cuando retire el registro.. me dijo que haga un descargo, pero mi pregunta es como me puedo llegar a defender ya que ademas dicen que me mandaron dos citaciones las cuales nunca me llegaron…
    En definitiva todo esto es por no tener en ese momento $300 que me pedían los oficiales que me pararon, como no arregle me pusieron art. 12 y 18, sin conocer yo cuales eran.

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    • Hugo Caceres 09/24/2012 a 09:09 #

      Efectivamente deberá formular su defensa ante el Juzgado a fin de que dicho antecedente no quede registrado, dado que de lo contrario le impedirá en el futuro renvar su licencia. Si como usted dice, en el juzgado no encuentran el acta original ello debería conllevar a la anulación de las actuaciones, razón por la cual debe insistir en que le muestren la misma, y en caso de no encontrarse solicitar se archiven las actuaciones sobreseyendolo.

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  173. José Luis 09/18/2012 a 16:06 #

    Hola, mi consulta es si en un acta de infracción de la Provincia de Buenos Aires en el sector donde dice Auto Moto T.Carga Acop. T.Pas. Esc. Colectivo Otro, en los cuadrados debajo para la marca con una X para la identificación de este, en vez de colocarla en el casillero correspondiente a Auto (vehículo en el que circulaba) esta claramente puesto en T.Carga, se puede pedir la nulidad del acta por esta mal confección?, aclaro que me retuvieron la licencia, pues el Constatador adujo después de devolverme todos los papeles del vehículo y que están en regla (creyó que me falta la VTV pues no tiene otra etiqueta pegada que la del gas) del paso en rojo del semáforo ubicado a la subida del Puente Uriburu (Alsina), para mi y mi Señora en una clara intención de coima , a lo cual radique denuncia en MSEG de la Provincia de Buenos Aires a la hora de realizada dicha infracción, “pero una cosa no tiene que ver con la otra, van por lados diferentes” es lo que me dijeron en Asuntos Internos de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en La Plata.
    Desde ya agradeciendo la lectura y respuesta del mismo y no dejando que pueda solicitarle una consulta en su Estudio en referencia a este, lo saludo muy atentamente.

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  174. Mariano M 09/13/2012 a 13:02 #

    Buenas tardes Dr. Tengo una consulta y estoy bastante preocupado, el 18/06/12 adquirí una motocicleta por cual inicie la correspondiente transferencia en el registro de mi domicilio (San Fernando A) y hasta ahí todo perfecto. Cuando el mentado registro pidió el expediente de la moto al registro del dueño anterior (en la matanza «c»,) estos alegan que lo mandaron para el registro de tigre.
    Los del registro del tigre dice que recibieron el expediente de la moto y se lo devolvieron a la matanza por defectos de forma( faltaba la firma del encargado del registro de la matanza) y los del registro de la matanza dicen que no lo tienen, a todo esto lo del registro de San Fernando me dicen que no pueden hacer mas que llamar al registro de la matanza.
    Llame a la DNRPA y me dicen que llame la semana siguiente que están de paro ( así hace tres semanas) estoy hace 3 meses sin una repuesta, hubo un problema administrativo de ellos y yo no tengo la moto a mi nombre por su negligencia
    Ninguno de los 3 registros se hace responsable, y la DNRPA viven de paro.
    Gracias

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    • Hugo Caceres 09/23/2012 a 20:44 #

      Quizas una acción de amparo sea la via judicial para obtener finalmente que el Registro cumpla con su cometido.

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  175. Juan Z 09/11/2012 a 16:25 #

    Buenas tardes Dr.
    Cuando fui a pedir mi libre deuda para renovar la licencia de conductor me encontré con una infracción, para la misma se indica Fecha de librada 01/12/2009, Notificada 03/03/2010 y Sentencia 18/03/2011. La infracción corresponde al art 166, creo que es de una ordenanza municipal en La Plata y corresponde al estacionamiento medido, la consulta es si puedo pedir la prescripción ya que desde la fecha de notificación ya transcurrieron más de dos años, o la fecha que se considera es la de sentencia. Muchas gracias.

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  176. Manuel 09/10/2012 a 16:09 #

    Hugo, gracias por el servicio que presta en esta web, digno de destacar. Me animo a realizarle una consulta. Al momento de la renovacion de la licencia de cond me informan que tengo 2 infracciones en R28, km 2.2, Rodriguez, prov de BsAs, una de ellas con sentencia y me impide seguir con el tramite. Nunca fui notificado, entiendo que la ley prov permite esto y hoy, previa visita al Juzg de Don Torcuato me encuentro en esta situacion: podria pedir nulidad por la sarta de cosas que se acostumbra, el tema es que el procedimiento no tarda menos de 90 dias (hasta un año entiendo), la licencia se vence en unos dias, asi que quedo sin registro por el tiempo que demore. La otra opcion es pedir descuento, el tramite demora 10 dias… pero me entrego a esta operacion recaudatoria… que salida tengo?
    Perdon, me olvidaba mencionar que la infraccion en cuestion parece que fue de camino al parto de urgencia de mi segundo hijo, se puede utilizar esto? por que via, descuento o nulidad? se pueden acortar los plazos utilizando otra herramienta? Muchas gracias de antemano por la atencion que le dedique a este tema.

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  177. Emilio 09/06/2012 a 15:15 #

    Estimado Doctor Cáceres:
    Recibí una citación por una multa que nunca recibí, originada en un exceso de velocidad del año 2011 en Camet (circulaba a 70 km/h). El aquel momento, la máxima era de 60 Km/h. Sin embargo, a partir de este año 2012 dicho límite fue modificado a 80 km/h. Teniendo en cuenta que el cambio se originó en el reclamo de los conductores que sostenemos que es muy riesgoso reducir a 60 km/h desde 12o km/h, puedo solicitar el Principio de aplicación de la Ley más benigna?

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  178. Dario Luna 08/30/2012 a 15:23 #

    hola doctor el 26/5/2010 me hicieron une multa cerca de dolores cuando regresaba a mar del plata (donde vivo) era de $3200 , el 16/6/2010 viaje al juzgado de dolores para presentar una apelación porque consideraba que la multa estaba mal hecha.. allí me dijeron que si, estaba mal hecha hasta inclusive la vio la juez que allí estaba, y que tenia que perdí la nulidad, me hicieron realizar un descargo escrito, dejando ademas fotocopia de la cédula, en que cual manifesté que el vehículo era de uso particular y que la multa estaba hecha para uno de transporte de pasajeros.. luego de eso nunca supe nada mas.. ayer cuando fui a renovar mi registro de conducir no pude renovarlo porque figuraba esta multa.. de la cual nunca se me informo en mi domicilio.. lo que me llamo mas la atención fue que el año pasado en el mes de febrero yo hice una ampliación de mi registro para poder conducir moto y dicha multa no apareció.. ahora el valor de esta misma es el doble.. y necesito si o si renovar mi registro para poder circular.. consulte en mar del plata y tengo que ir a dolores.. lo que quiero saber es si llegare a tener una solución pronta para poder tener al día el registro. desde ya muchas gracias y disculpe las molestias

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  179. Dario Luna 08/30/2012 a 15:17 #

    hola doctor el 26/5/2010 me hicieron une multa cerca de dolores cuando regresaba a mar del plata (donde vivo) era de $3200 , el 16/6/2012 viaje al juzgado de dolores para presentar una apelación porque consideraba que la multa estaba mal hecha.. allí me dijeron que si, estaba mal hecha hasta inclusive la vio la juez que allí estaba, y que tenia que perdí la nulidad, me hicieron realizar un descargo escrito, dejando ademas fotocopia de la cédula, en que cual manifesté que el vehículo era de uso particular y que la multa estaba hecha para uno de transporte de pasajeros.. luego de eso nunca supe nada mas.. ayer cuando fui a renovar mi registro de conducir no pude renovarlo porque figuraba esta multa.. de la cual nunca se me informo en mi domicilio.. lo que me llamo mas la atención fue que el año pasado en el mes de febrero yo hice una ampliación de mi registro para poder conducir moto y dicha multa no apareció.. ahora el valor de esta misma es el doble.. y necesito si o si renovar mi registro para poder circular.. consulte en mar del plata y tengo que ir a dolores.. lo que quiero saber es si llegare a tener una solución pronta para poder tener al día el registro.

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  180. alejandro 08/29/2012 a 19:27 #

    buenas tardes señor caceres: le ago una consulta soy de bahia blanca,el dia 28-8-2012 me yego una notificacion de una multa del dia 14-3-2012 a las 12:17 del mediodia cuando en realidad yo me encuentro trabajando y mi horario es de 8 a 17,en dicha notificacion dise que la audiencia con el juez es para el dia 4-9-2012.la infraccion es por no uso del cinturon y por no acatar la orden del inspector.ademas ay varias irregularidades como por ejemplo la direccion de la infraccion esta en dos direcciones diferente en el acta de comprobacion,y otra es el numero de dni el mio termina en 95 y este dise 75.ahora yo pedi en la empresa donde trabajo, un sertificado para demostrar al juez que estaba en mi puesto laboral,cabe desir que soy el unico que conduse mi coche. la multa es de 500$ pero no la pienso pagar porque considero que es una estafa.desde ya muchas gracias.

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  181. HERMAN PERROUD 08/27/2012 a 14:46 #

    Dr. Caceres. como está? soy de Santa Fe, (Rosario) tengo un vehiculo radicado en esta ciudad. hoy fui a sacar el libre de multa nacional en el registro y me informan que tengo 3 multas por exceso de velocidad en la prov de bs as. nunca fui notificado de las infracciones, nunca me han parado para notificarme, y jamas firme nada que sea referido a esas multas. mi sorpresa es ahora que voy a vender el vehiculo. que hago? estoy obligado a pagar?, es obligatorio el libre de multas nacinoal? el monto total es 3000 pesos lo cual es una locura(las multas son de nov de 2011), . desde ya le agradezco su respuesta.

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  182. Juan Fazzari 08/22/2012 a 19:30 #

    Estimado Doctor, veo con sorpresa una frase que no entiendo y me confunde: «Tu comentario está pendiente de moderación» Realmente no entiendo y aún conociendo el término moderación, recurri a la Real Academia Española y encontré como significado lo que sabía: cordura, moderación, evitar el exceso. Le pido por favor que me aclare, ya que, lejos estoy de adoptar una actitud inadecuado. Gracias.

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    • Hugo Caceres 08/24/2012 a 05:55 #

      Significa que no he tenido tiempo de leerlo y por lo tanto no lo he respondido. Este es un servico gratuito que presto sacándole tiempo a otras actividades.

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  183. Florencia 08/18/2012 a 22:11 #

    Estimado, muy utiles todas sus respuestas. He recibido una multa que dice se cometio en Chascomus por exceso de velocidad, pero no indica ni la velocidad maxima ni la que llevaba el auto, como asi tampoco se muestra fotografia alguna. ¿Es eso licito? Que constancia tengo de que la multa es tal? Que opciones tengo? Vivo en Capital.
    Muchas gracias.

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  184. Ignacio 08/17/2012 a 22:13 #

    Dr. me llego un multa de una ruta de chivilcoy, del 27/11/2010, el auto nunca estuvo en ese lugar , ahora llego una segunda notificacion por un importe de mas de $2000, una locura, como debo proceder, porque a parte que es falsa, yo vivo en capital federal

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  185. Sandra 08/17/2012 a 12:59 #

    Gracias por su respuesta…las multas han sido en los años 2007 y una del 2009 (por no usar cinturón y por usar celular)y no me las han hecho a mi, en ese momento yo estaba en pareja y se las habían hecho a él(el auto en ese momento estaba aún a nombre de mi ex marido), el auto fue transferido a mi madre a finales del 2009 así que no puedo optar por la solución que Usted tan amablemente me brinda, que puedo hacer? donde tengo que ir para solucionar esto? tengo entendido que igualmente han caducado ya, verdad? Muchas gracias..!!

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  186. fernanda 08/16/2012 a 23:42 #

    Doctor : me avisa el ex dueño de mi auto que tiene una multa a su nombre, del 30 de diciembre del 2009. Cuando ya habiamos hecho hacia 2 meses la transferencia.
    Supuestamente por exceso de velocidad yendo a Mar del Tuyu.
    Recien me entero a lo casi 3 años. La deuda es de 600 pesos. Se podria apelar, si yo recien me entero no se como hacer. Gracias

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    • Hugo Caceres 08/17/2012 a 06:45 #

      Puede plantear dicha circunstancia ante el Juzgado de Infracciones de Tránsito de Dolores.

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  187. Fernando 08/16/2012 a 17:43 #

    Buenas tardes Dr tengo un auto con multas del 2009 en el cual el titular que me vendio el vehiculo se niega a pagarlas, pues eran del titular anterior a el..Mi pregunta es puedo iniciarle algun tipo de intimacion para que las abone el ultimo titular o al DNi que figura en la multa ? Asi yo puedo vender mi vehiculo en forma correcta. Desde ya muchas gracias.

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  188. José S. 08/16/2012 a 15:15 #

    Recién hoy 15/8/2012 me llegó una notificación por una infracción del 22/1/2011, cometida en Mar del Plata, por exceso de velocidad.
    Dicen ahí que nunca me presenté ni pagué, pero la verdad que vivo en la misma casa hace 25 años y no me había llegado la notificación. De eso estoy seguro.
    Además, renové el registro hace 2 meses (en capital federal), y esta infracción no apareció.
    Es válido el reclamo del pago de la multa, casi 1 año y medio después? debo abonarlo?
    Qué pasa si no lo abono?
    Gracias! Saludos.

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    • Hugo Caceres 08/17/2012 a 07:01 #

      La falta de notificación fehaciente puede fundar el pedido de nulidad de las actuaciones. En caso de no resolverse dicha acta de infracción puede ser informada al Registro de Antecedentes de Infractores de Tránsito.

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  189. José Siniga 08/16/2012 a 00:11 #

    Estimado Dr.
    Recién hoy 15/8/2012 me llegó una notificación por una infracción del 22/1/2011, cometida en Mar del Plata, por exceso de velocidad.
    Dicen ahí que nunca me presenté ni pagué, pero la verdad que vivo en la misma casa hace 25 años y no me había llegado la notificación. De eso estoy seguro.
    Además, renové el registro hace 2 meses (en capital federal), y esta infracción no apareció.
    Es válido el reclamo del pago de la multa, casi 1 año y medio después? debo abonarlo?
    Qué pasa si no lo abono?
    Gracias! Saludos.

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    • Hugo Caceres 08/19/2012 a 10:36 #

      Quizas podría plantear la nulidad de las actuaciones por no haber sido notificado previamente.
      La falta de resolución da lugar a que la infracción se comunique al Registro de Infractores de Tránsito.

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  190. DanielM 08/15/2012 a 23:42 #

    Estimado Doctor Caceres: He recibido una multa el día 11/08/2012 de la provincia de Buenos Aires en la cual detalla que no he respetado los límites reglamentarios de velocidad. En la misma el único detalle es el mencionado y no hay una foto ni especifica la velocidad permitida ni la velocidad a la que me dirigía.
    1- ¿Como podria tener acceso a esta informacion?
    2- ¿Legalmente son validas las multas sin una fotografía que acredite la falta?
    Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/19/2012 a 10:58 #

      Es posible que usted haya recibido la denominada citación a juicio, que es la segunda notificación que se envía. En la primera siempre aparece la fotografía. Debe digirise al Juzgado interviniente para obtener la información requerida.

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  191. Sandra 08/10/2012 a 18:51 #

    Buenas tardes…mi consulta es la siguiente, yo tengo un auto que tiene varias multas que ya han caducado…donde tengo que dirigirme y si debo pagarlas aunque estén caducadas? El auto en realidad estaba a nombre de mi madre y estoy en plena sucesión…puedo ir yo (hija) a solucionar este tema de infracciones? el auto esta radicado en San Isidro.Muchisimas gracias por su tiempo. atte. Sandra

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    • Hugo Caceres 08/12/2012 a 11:09 #

      Si se encuentran a nombre de su madre fallecida no deben ser abonadas. Presentese en el Jzugado interviniente y acredite el fallecimiento.

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      • Sandra 08/12/2012 a 12:19 #

        Gracias por su pronta respuesta, las multas han sido en los años 2007 y una del 2009 (por no usar cinturón y por usar celular)y no me las han hecho a mi, en ese momento yo estaba en pareja y se las habían hecho a él(el auto en ese momento estaba aún a nombre de mi ex marido), el auto fue transferido a mi madre a finales del 2009 así que no puedo optar por la solución que Usted tan amablemente me brinda, que puedo hacer? donde tengo que ir para solucionar esto? tengo entendido que igualmente han caducado ya, verdad? Muchas gracias..!!

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  192. Patricia 08/09/2012 a 15:07 #

    Buenas tardes. Estoy por vender mi vehículo, por lo que ingresé a la página de la provincia de Buenos Aires y resulta que encuentro 3 multas. Una del 2011 y otras 2 del mismo día del 2012. No dice donde fue cometida la falta ni horario. Cómo puedo averiguar de qué se trata? Por otro lado, como las multas son viejas, ahora pretenden cobrarme mucho más, pero a mi nunca me llegó una notificación. Cómo podía enterarme para realizar el pago voluntario? El vehículo está radicado en la provincia de Santa Fe, ya que soy de allá y voy y vengo todo el tiempo.
    Cómo y donde debería hacer un descargo?
    Gracias

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    • Hugo Caceres 08/12/2012 a 11:11 #

      Puede llamar al 0-800-222-0024 para averiguar juzgado interviniente y dirigirse al mismo para realizar su descargo.

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  193. Leonardo Gabriel 08/09/2012 a 13:05 #

    Buenas tardes, Doctor. En el mes de mayo del corriente me detuvo la gendarmería en Lanús y me hicieron un acta por no usar casco. Hasta el momento no fui notificado para pagar la multa. Quisiera saber cual es el costo de misma, si puedo pagarla sin haber recibido la notificación y que plazo de prescripción tiene esta infracción.
    Desde ya, muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/12/2012 a 11:19 #

      Al tratarse de una cta de infracción manual, usted fue notificado en el momento del hecho. El valor de la multa es de $ 650.

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  194. Gustavo 08/09/2012 a 11:01 #

    Buenos días he leido todo el post buscando por una infracción que nunca me llego y que ya esta vencida. Consultando por el sitio web http://www.infracciones.dppsv.gba.gov.ar me encuentro que tengo dos multas de 260 pesos c/u x exceso de velocidad, el tema es que ya vencieron y nunca me llego la notificacion, y nosotros NO nos mudamos, no hay algun descargo que se pueda hacer de esto? Muchas gracias

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  195. ariel 08/08/2012 a 14:38 #

    compre una camioneta se pidio para tranferir el formulario 13 i libre de multas y dio ok lo que sucede que voy a habilitar la camioneta para carga en mar del plata y me saltan dos multas impagas una de 2006 y otra 2010 por cruzar en rojo que debo hacer ya que no tengo dinero para pagarla y nesecito habilitar la camioneta para poder trabajar gracias

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    • Hugo Caceres 08/09/2012 a 07:46 #

      Lamentablemente, a nivel municipal se requiere el libre deuda de dichas infracciones. Dirijase al Juzgado Municipal de Faltas y exprese su situación.

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  196. sergio 08/07/2012 a 12:01 #

    Estimado Dr.
    Le agradezco la respuesta a mi post anterior, pero no me quedo claro si es posible plantear la nulidad por CD dirigida al Juzgado. Muchas gracias

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  197. Nicom 08/06/2012 a 21:31 #

    Hola Dr: Necesito hacerle una consulta sobre una multa que recibí sobre Ruta 8 Km 213,8 de Pergamino (Bs As), ¿ debo abonarla cuando el radar no está señalizado tal como lo prescribe la Ley de Tránsito de la Pcia de Bs As? Muchas gracias.-

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    • Hugo Caceres 08/07/2012 a 07:04 #

      Puede formular una impugnación cuando sea citada a juicio.

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    • Sergio 08/08/2012 a 00:15 #

      Estimado Dr. Hugo Caceres; buenos dias.
      recibi una infraccion de transito por exceso de velocidad la cual se encuentra dentro del 10% de toleracion segun le ley de transito.
      la misma fue realizada en la RN 8 km 213,80 Pergamino, por lo que pude leer en otros links la misma no seria legal, usted tiene conocimiento de esto?

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      • Hugo Caceres 08/08/2012 a 04:43 #

        AL ser citado para formular su descargo puede plantear dicha situación, en los términos del art. 77 de la ley 24.449.

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  198. Rober 08/06/2012 a 18:22 #

    Hola Doctor en el mes de agosto de 2010 me hicieron una multa en ruta nacional RN – IV09 KM 616, en cordoba oncativo, la multa era de 253 pesos, yo soy de avellaneda, en observaciones dice: circular con las luces bajas apagadas, circulacion con luces de posicion, el acta la firme, DESPUES ME LLEGO una cedula que dejaron debajo de la puerta que decia Resolucion (4 de abril de 2011) donde me declararon en rebeldia y que tenia que pagar por la multa 941 $, mas la perdida de puntos, y que incorporan esta resolucion REPAT y al Renat y que no podre renovar la licencia de consucir, con fecha 30/7 /12, me llego otra intimacion, tamb dejada por debajo de la puerta, que dice de acuerdo con la informacion contenida en los registros inform{aticos de dicha direccion (De rentas de la Prov) la multa que a ud, se le ha aplicado por infraccion de la ley de transito, mediante acta tal… y cuya resolucion n| tal de la justicia administrativa de faltas, Oncativo le fuera notificada se encuentra impaga. En merito de ello, la Direccion de Rentas de la prv de cordoba, ha derivado a este estudio la gestion de la cobranza de dicha multa y en cumplimiento de la encomendada gestion prejudicial, intimamos a ustd formalmente para que en el plazo perentorio e improrrogable del vencimiento infra indicado (30/7/12) haga efectivo el pago de dicha suma la que incluye gastps de franqueo, imtereses, y honorarios (10 % conform art. 104 CAC que vuestra morosidad e incumplimiento han devengado. vencido el termino acordado se iniciaran las acciones legales pertinentes Otorgamos a la presente epreso acogimiento a los efectos suspensivos del art. 3986 del ccivil, el importe de esta intimaciones de 1.239 pesos, es legal todo esto, que debo hacer?

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    • Hugo Caceres 08/07/2012 a 07:08 #

      Si usted fue debida y formalmente notificado de las infracciones, tal como lo comenta, es muy dificil que a esta altura pueda plantear alguna defensa. El procedimiento es legal.

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  199. Nicolas 08/06/2012 a 10:21 #

    Hugo, Compre un auto, y salió una multa en ruta provincial numero 6 de 26/09/2010 por un monto de 1949$ nunca tuvo notificacion el dueno anterior, al hacer la transferencia, realice una negativa de pago de multa, puedo hacer la baja de capital?, esta multa en que me puede perjudicar?

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    • Hugo Caceres 08/07/2012 a 07:22 #

      Usualmente el RNPA exige que las deudas por infracciones sean cancaledas previo a dar de baja.

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  200. Sergio 08/05/2012 a 18:23 #

    Perdon Dr. el post de la prescripción sobre las infracciones cometidas en la ruta 63 es del 29/04 del 2010, no del 2009.

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  201. Sergio 08/05/2012 a 18:15 #

    Estimado Dr.:
    El 3/08/12 recibí la notificación de la resolución/acta de infracción de transito, por la que se me condena al pago de $ 1949.70.
    No se de que tipo de infracción se trata, solo figura que fue en la ruta 63 el 04/01/2010.
    Con una lupa pude ver que el Juzgado es el de Dolores.
    Esta es la primera noticia que tengo del tema ya que no he recibido notificaciones anteriores.
    Supongo que puedo plantear la nulidad de lo actuado por medio de una CD dirigida al Juzgado de Dolores, pero también he observado que en un post suyo del 29/04/2009 contestó que la prescripción de las infracciones cometidas en la ruta 63 es de un año.
    Desde ya le agradezco cualquier comentario suyo al respeco.
    Sergio

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    • Hugo Caceres 08/05/2012 a 20:38 #

      Seguramente hay un error en aquel post que usted menciona (luego lo buscaré para efectuar la corrección que corresponda) dado que el plazo de prescripción para ese tipo de infracciones en provincia de Buenos Aires es de 5 años.

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  202. Roberto Moure 08/03/2012 a 22:56 #

    Hola Dr.:

    Compre un auto con 2 multas hechas por el dueño anterior en la ruta 2 el 2/03/2011 por exceso de velocidad, el monto era de $307 cada una, cuando las quise imprimir desde la pagina web de la provincia de buenos aires me dijo que tenia que actualizar si o si y se fue a $715 cada una. son las siguientes:

    N° Acta: 02-999-02957138-0
    Chapa Patente: xxxxxxx
    Fecha Emisión: 22/07/2012
    Fecha Vencimiento: 06/08/2012
    Infracción: 28 – Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos.

    Importe Acta: 715.35

    N° Acta: 02-999-03024180-1
    Chapa Patente: xxxxxxx
    Fecha Emisión: 22/07/2012
    Fecha Vencimiento: 06/08/2012
    Infracción: 28 – Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos.

    Importe Acta: 715.35

    Mi consulta es la siguient:
    1- donde dice fecha de vencimiento 06/08/2012 es la fecha de prescripcion?
    2- Y si no es asi, ¿que pasa si no las pago? ¿el monto puede volver a aumentar?
    3- ¿cuando tiene Nro de causa eso significa que no prescriben? ¿o sea deberia pagarlas?

    Muchas Gracias por su tiempo … El foro esta muy bueno!!!

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    • Hugo Caceres 08/05/2012 a 06:57 #

      1.- Es la fecha de vencimiento para abonarla con el valor informado.
      2.- Dicho valor corresponde a «citación a juicio», por lo que podrían aumentar en caso que se dicte sentencia a valores aproximados a los 2 mil pesos cada una.
      3.- El número corresponde al acta de infracción, y se mantiene durante el procedimiento en el Juzgado de Tránsito.

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  203. Hernan 08/01/2012 a 23:16 #

    Buenos Días Doctor, he vendido un vehiculo hace 1 año, me entero qeu tiene 3 multas, en la ruta 2. Pero 2 fueron rubricadas a la titular anterior y una a mi. Las dos primeras le llegaron a la titular (siendo que el auto se encontraba a mi nombre hacia 3 meses).
    1)puedo pedir la anulidad de esas 2 multas.
    2)puedo tratar el tema en el juzgado de mi municipio, o via carta documento a dolores?

    Muy bueno el foro y gracias por su tiempo.

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    • Hugo Caceres 08/05/2012 a 20:40 #

      Puede realizar el planteo que menciona, pero debe hacerlo ante el Juzgado que está interviniendo en el caso.

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  204. Gustavo 08/01/2012 a 21:23 #

    Doctor, ante todo gracias por su asesoramiento, mi caso es el siguiente, en febrero del 2010 veraneando en Las Toninas, me hicieron dos fotomultas que me llegaron varios meses después a mi domicilio en la provincia de Santa Fe, cuando quise pagarlas no había modo ya que ningún banco tenía convenio, me comuniqué telefónicamente y me dijeron que cuando hubiese convenio con algún banco cerca del pueblo donde vivo me avisarían, hoy 1 de agosto de 2012 me llega una carta intimándome a pagar $1900 por esas infracciones.
    ¿Qué debo hacer? ¿Qué consecuencias puedo tener acá en el interior de Santa Fe?
    Muchas Gracias por su atención

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    • Hugo Caceres 08/05/2012 a 20:42 #

      Envie una carta documento al Juzgado interviniente planteando la situación que menciona.

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  205. marcelo ricci 08/01/2012 a 10:57 #

    me he comunicado por via email muchas gracias por estar en este sitio y poder contestar algunas dudas de la gente

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  206. Gastón 07/31/2012 a 09:41 #

    Hola! Dr. en 30 días una multa (ya con sentencia dictada) de $ 679 paso a ser de $ 1900. La iba a pagar pero cuando iba a imprimir la boleta me aparecia eses nuevo importe y ahora no se que hacer porque es muy alto y no llego a pagarla. Que debo hacer?? Hay descuento por pago voluntario??

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    • Hugo Caceres 08/08/2012 a 05:12 #

      El primer valor corresponde acitación a juicio, el segundo a sentencia. Puede dirigirse al juzgado interviniente para plantear la posibilidad de una quita en dichos valores.

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  207. Marcelo 07/30/2012 a 15:57 #

    Buenos dias Doctor, le hago una consulta. Una multa del 13/02/2010 llego a dictamen del juez y me mandaron una boleta de pago por 1900 pesos. Si dejo pasar el tiempo hasta los 5 años, puedo eximirme de pagarla ??? o pueden iniciarme juicio y la multa no prescribe ??
    Que complicaciones me puede traer no pagarla??
    Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/31/2012 a 07:45 #

      Aunque actualemente no lo hacen, podría ejecutar judicialmente dicha sentencia. A los 5 años la misma prescribe.

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  208. walter Turinetti 07/28/2012 a 21:08 #

    Buenas noche Dr. Caceres, mi consulta es la siguiente: vendi mi auto y cuando el nuevo titular va a retirar los papeles le dicen que tiene 3 infracciones impagas, razon por la cual le niegan la entrega de los mismos. El problema es que las infracciones no fueron cometidas por mi (vendedor), sino por el titular anterior, cosa q no entiendo ya que cuando compre el auto en el libre deuda no salio nada y pude relizar todo el tramite sin inconvenientes. Como se procede en este caso? Hay que redireccionar las infracciones o indicar al juez la nulidad ya que en el formulario 13i no salio nada a la fecha del mismo (las multas tienen fecha de 2 meses antes a la fecha de transferencia). El tramite puedo hacerlo yo o le corresponde al nuevo titular?

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  209. cecilia 07/26/2012 a 14:34 #

    BUENAS TARDES DR. CACERES: el dia de ayer compre un automovil y hoy me presente en el regictro automotor nº3 de Moreno a realizar la transferencia y me informaron que posee 3 multas del año 2010 y 2011. Lei en su blog acerca de la negativativa de pago pero como se hace es mi pregunta ya que yo deseo hacer la trnasferencia pero no quiero pagar 1.700 pesos en multas por exceso de velocidad del anterior dueño, el cual se niega a pagar!!!. desde ya muchas gracias por su atencion si no seria mucha molestia explicarme los pasos a seguir.

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  210. Eduardo 07/24/2012 a 20:33 #

    Hola Dr. mi consulta es: mi auto me entero que tiene tres infracciones de provincia de bs.as. del dueño anterior, yo no hice negativa de pago, debo hacerlo? y en caso de hacerla estas multas quedan ligadas al dueño anterior o yo sigo teniendo relacion con las mismas. Desde ya muchas gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 07/31/2012 a 07:11 #

      Quizas deba presentar ante el Juzgado interviniente copia del titulo para demostrar desde que fecha usted es responsable del vehículo.

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  211. daniel del val 07/23/2012 a 21:33 #

    Estimado Doctor.
    Voy a vender mi auto, y me fijo en la pagina de la provincia de bs as y figuran dos multas de transito , nunca me llego la notificacion, y estan vencidas, como puedo hacer para pagarlas al valor inical y no con los recargos. Hay alguna forma de hacerlo y donde.
    Desde ya muchas gracias.

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  212. Javier 07/23/2012 a 14:46 #

    Hola Dr,:
    Le quería realizar unas consultas con respecto a dos multas que tengo del 30 y 31 de mayo del 2009 por exceso de velocidad en Pila (Prov de Bs. As.):

    1 – Las multas son del 30 y 31 de mayo del 2009 y según figura en la primera notificación que recibí, el membrete dice 28 de julio de 2009. Considerando la demora de la entrega del correo, se puede plantear la nulidad de la multas o la fecha tomada no es en la que la recibí en mi domicilio sino la que figura en el membrete de la notificación?
    2 – Las multas las recibí en un domicilio que no es el que tenia en el registro de conducir ni en mi documento, pero si es el domicilio en donde estaba radicado el auto. Puedo adjudicar que no recibí el mismo y presentar como prueba mi DNI y mi registro?
    3 – En Agosto del 2010 vendí el vehículo en cuestión y se realizo la transferencia del mismo a la prov de Entre Ríos (Gualeguaychu). En ese momento no aparecieron esas multas y segun lo que estuve leyendo por aca para realizar el cambio de radicacion de un automóvil el mismo no debe contar con infracciones. Esto es asi? Puedo utilizar esto para plantearlo en el Juzgado? Con que resultado cree que me encuentre?
    4 – Estas multas vencen a los 5 años? Que consecuencias puedo tener por esperar a que prescriban (embargo, juicios, etc)? Cuando se puede extender este plazo de 5 años y que son las multas judicializadas.
    5 – Actualmente poseo domicilio y registro en Prov. de Bs As, y estuve viendo en la pagina de la Ciudad de Bs.As que no tengo infracciones por mi por DNI. Puedo hacer un cambio de domicilio a Capital y realizar el registro allá? O voy a tener que pagar estas multas por mas que en la pagina de la Ciudad no se encuentren?
    6 – y por ultimo, una vez prescritas, que debo hacer para que dejen de aparecer?

    Desde ya agradezco mucho su colaboracion y tiempo y lo felicito por el tiempo que se toma para poder responder y evacuar las consultar que le han realizado.

    Saludos.-

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    • Hugo Caceres 07/24/2012 a 06:46 #

      1) Se toma en consideración la fehca del membrete.
      2) La ley permite notificar en el domicilio de la licenica o el del título.
      3) Puede utilizar dicho planteo.
      4) Si se registran a su nombre puede tener problemas para renovar su licencia. Multa judicializada significa que ya se inició juicio de apremio.
      5) Puede hacerlo.
      6) Debe solicitar se declare la prescripci►
      n.

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      • Javier 07/24/2012 a 12:15 #

        Muchas gracias por las respuestas y por su tiempo. Una consulta mas, adema de la pagina del gobierno de la ciudad, existe algun comprobante o documento que pueda solicitar en la ciudad de buenos aires como un libre deuda para asegurarme que cuando me presente a sacar el registro alli no me aparezcan estas dos multas?

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      • Hugo Caceres 07/26/2012 a 06:23 #

        Puede solicitar certificado de libre deuda en los Tribunales de calle Pellegrini 211.

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  213. Ernesto 07/23/2012 a 11:30 #

    Muchas gracias por su respuesta dr.

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  214. Juan Carlos 07/21/2012 a 22:11 #

    Estimado Dr. cuando prescribe en la Provincia de Buenos Aires una multa que dice por no resetar los límites reglamentarios de velocidad previstos

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    • Hugo Caceres 07/22/2012 a 18:55 #

      A los cinco años.

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    • Juan Fazzari 08/22/2012 a 19:04 #

      Estimado Doctor
      Recibí dos multas por exceder los 60Kxh, en la ruta 11 y 57, del mismo día. Lo extraño que la primera era a horario exacto y la segunda ocho horas antes, cuando estaba aún en Mar del Plata. (!) Mis preguntas: a) ambas son válidas? y b)¿ En cuanto tiempo prescriben y si la misma es automática o hay que pedirla?
      Muy amable.

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      • Hugo Caceres 08/24/2012 a 06:01 #

        Puede recibir mas de un acta de infracción en un día. EL plazo de prescripción es de 5 años, y aunque es de orden público usualmente hay que solicitar su declaración.

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  215. Patricio 07/20/2012 a 12:16 #

    Doctor: He recibido 2 notificaciones de infraccion por exceso de velocidad en Provincia de Bs As. las cuales no he abonado. El proceso está en la 4ta instancia ya que he recibido las resoluciones del Juez y un monto de pago muy superior al de la instancia 1 y 2. La realidad es que no dispongo de esa suma de dinero en este momento, existe alguna forma de generar un plan de pago? En tal caso tendria que dirijirme al Juzgado de La Plata?

    Muchas gracias

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  216. Ernesto 07/20/2012 a 11:56 #

    Buen día Doctor, mi esposa es titular de un taxi de Capital Federal, y nos llegó una infracción de tránsito fotográfica por valor de 2.400$. La misma fue confeccionada en el año 2.010 y cometida por quien entonces era el único chofer y le habíamos facilitado el auto para que fuera con sus hijos a Mar del Plata en Semana Santa, dado que estaba pasando una situación fliar difícil. El mismo se había comprometido a solucionarla, pero no lo hizo y luego padeció una enfermedad que tuvo como desenlace su muerte hace unos pocos días. Por esos avatares la primer notificación quedó olvidada. Ahora hemos recibido otra en la que la Juez condena a mis esposa a la suma del pago mencionado. Nosotros no negamos la falta, pero nos parece que la condena es excesiva, lo cual en el caso de pagarla nos obligaría a inclumplir otras obligaciones. Incluso el costo del viaje y quizás la necesidad de permanecer allí nos perjudicaría mucho. Atento a lo expuesto le agradecería me indicar que pasos sería conveniente seguir. Desde ya agradezco su experimentado consejo.

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    • Hugo Caceres 07/22/2012 a 20:53 #

      Es una situación complicada por cuanto si usted recibó la notificación anterior, no puede ahora plantear nulidades o ejercer defensas que poseen un plazo limitado para ser presentados, el cual quedó convalidado con la toma de conocimiento por su parte.
      Deberia contactar al Juzgado interviniente, que en esos casos suele tener alguna consideración.

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  217. roman 07/18/2012 a 11:16 #

    que debo hacer ? corro algun riesgo si no me presento? al vender no va a figurar al ser municipal……que me recomienda.

    muchas gracias

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  218. roman 07/18/2012 a 11:00 #

    buenos dias. recibi una carta documento (municipal) por una multa de mas de 2 años, que me hicieron en la provincia de bs as (lugar donde supuestamente no se puede estacionar y no esta indicado). el vehiculo esta radicado en capital y mi registro es de provincia. queria saber como debo actuar, porque en la web del gobierno de la provincia al dia de hoy no figura ninguna multa y suena estraño que no la hayan pasado todavia despues de tanto tiempo. la multa debe figurar solo en la municipalidad donde fue realizada la multa.

    muchas gracias

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    • Hugo Caceres 07/18/2012 a 11:09 #

      La web de provincia solo informas las infracciones de dicha jurisdicción, no las municipales.

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  219. JUAN MANUEL LILLO 07/18/2012 a 08:54 #

    Estimado Dr, en el 20112 compre un auto que tenia una multa enl aruta de 2, y negue la multa, ahora que lo quiero vender me dicen que no se puede negar la multa dos veces, en auto esta registrado en cap fed. Me estan diciendo lo correcto? muchas gracias

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  220. SOQ 07/17/2012 a 12:58 #

    Buenos días doctor, le hago la siguiente consulta: hoy fui a renovar mi registro y me encontre con 3 multas por exceso de velocidad, bien impuestas. Mi voluntad es la de pagar las mismas pero quería saber si allanándome al pago existe algun descuento posible.

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  221. jose martin 07/17/2012 a 11:36 #

    COMO ANDA, ME LLEGO 1 MULTA DEL AÑO 2010 CON SENTENCIA Y CUADO AVERIGUA ME DICEN Q YA ENVIARON LA FOTO Y OTRA NOTIF, ANTERIOR ,¿ COMO PUEDO HACER PARA HACER PAGO VOLUNTARIO?

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  222. SantiagoDB 07/16/2012 a 09:46 #

    Estimado Dr Caceres,

    Tengo 3 infracciones por exceso de velocidad, 2 de dolores y la otro realmente no se de que parte exactamente ya que JAMAS recibi notificación ni nada. Justamente de esta que data del año 2010 me quieren cobrar $1900.
    Dr, se puede hacer algo? con su ayuda?, Como procedo?, necesito renovar el registro pero no dispongo de ese dinero para pagar 1 multa!!
    Gracias de antemano.

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  223. Emilio 07/16/2012 a 00:42 #

    Doctor , me ha llegado un acta de infracción por mal estacionamiento luego de 30 meses esto es correcto

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  224. hector 07/15/2012 a 17:09 #

    tengo multas hechas en la ruta a la costa por exceso de velocidad juzgadas y sentenciadas pregunta puedo pedir un plan de pago

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  225. Alan 07/15/2012 a 13:16 #

    Buen día!

    El Viernes vendí el auto y en el registro me aparecieron 3 multas (2 de Provincia y 1 de CABA).

    Tengo 3 preguntas:

    1- Si el nuevo dueño hace negativa de pago, las multas prescriben si o si a los 5 años? O pueden seguir activas si se notificaron (y yo no me enteré porque me mudé).
    Leí por ahí que si el cartero la entregó, se toma como que fue notificada fehacientemente y en ese caso aunque transcurran los 5 años, no prescribe. Es así?

    2- Yo ya renové el registro hace unos meses y las multas prescriben antes del próx. vencimiento de mi registro, por ende una vez caducas, no debería tener problemas para renovarlo, es correcto?

    3- El nuevo titular del auto, al realizar la negativa de pago, queda pegado a las multas? o puede decir que pertenecían al dueño anterior. En ese caso, como debe hacer para dejar esto asentado y donde?.

    Desde ya muchas gracias por su respuesta.

    Saludos!
    Alan.

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    • Hugo Caceres 07/22/2012 a 20:24 #

      1) El plazo de prescripción se puede interrumpir por las causas previstas en la ley.
      2) Es corecto su razonamientp.
      3) Debe formular negativa de pago ante el RNPA.

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  226. Fernando 07/13/2012 a 14:31 #

    Buenas tardes adquiri un vehiculo en el cual me encontre con una multa del 2009 en Dolores por exceso de velocidad Esa infracción caduca ? puedo realizar la transferencia a mi nombre ? o hay que ir a arreglarla ?
    Desde ya muchas gracias
    Fernando.

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    • Hugo Caceres 07/14/2012 a 18:51 #

      La transferencia se puede realizar igualmente, haciendo negativa de pago en el RNPA.
      El plazo de prescripción es de cinco años.

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      • Fernando 07/23/2012 a 09:42 #

        Muchas gracias Por la respuesta pero en el caso que despues lo quiera vender A quien le queda esa deuda ? o tendre algun incovenniente en venderlo ? Desde ya muchas gracias. Fernando.

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  227. daniel maydana 07/12/2012 a 17:46 #

    Dr buenas tardes, le comento el problema que tengo, el dia 22 de Diciembre de 2011 compre un auto Ford Focus 2001, resulta que cuando fui a retirar los papeles tenia dos multas las cuales hice la negativa de pago ya que el dueño anterior no las queria abonar, las dos multas son del 22/10/2009 en ruta 2 km 114 (chascomus) y 396 (camet), en ese momento el coche no era mio,ahora quiero vender el auto pero siguen estando las multas, hay alguna forma en la cual desasignen las multas de la patente del auto y queden solo en el DNI del titular anterior? la patente de mi auto es DUS955 y el DNI del titular anterior es 14316773, cada multa es de $2000 y creo que no me corresponde abonarlas y quiero vender el auto en regla.
    Desde ya muchas gracias aguardare su respuesta mi mail es dmaydana@hotmail.com

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    • Hugo Caceres 07/14/2012 a 11:22 #

      Debe plantear al RNPA que se abstenga de brindar dicha información, dado que la ley no lo autoriza a hacerlo.

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  228. Fernando 07/12/2012 a 16:43 #

    Buenas tardes Compre un vehiculo el cual encontre una multa vieja del 2009. Esa infracción caduca ? puedo realizar la transferencia a mi nombre ? o hay que ir a arreglarla ?
    Desde ya muchas gracias

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  229. Santiago 07/12/2012 a 14:26 #

    Buenas tardes Doctor, vivo en Puerto Madryn y consultando la web encuentro que tengo un acta de infracción nro. 02-999-03284878-2 con fecha de emisión 02/5/2012 y vto. 17/5/12 por cód. de infracción 28, importe $ 802,35. Nunca fui notificado y ante la duda del lugar donde fue cometida la supuesta infracción, fecha y hora le solicito si es tan amable de indicarme a qué juzgado corresponde y si fue una fotomulta. Muchas gracias, saludos!

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    • Hugo Caceres 07/14/2012 a 12:04 #

      Puede llamar al 0-800-222-0024 y le informarán adecuadamente: lugar de la infracción y jzugado interviniente.

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  230. Gabriel 07/10/2012 a 17:37 #

    Tengo 3 multas por exceso de velocidad. Una en Chascomús con fecha del 09/10/2009 y 2 en Castelli ambas con fecha 18/03/2010. En la descripción no habla si es una falta grave o no.
    Te quería consultar si ya prescribieron y por otro lado, si puedo ir a negociar las multas a cualquier a de estos lugares:

    Departamento de Chivilcoy
    Dirección: Avellaneda 23 entre Mitre y 25 de Mayo CP 6620
    Teléfono/fax: (02346) – 433276 / 433619 /433740 / 433049

    Departamento de Dolores
    Dirección: Pellegrini Nº 5 esq. San Martín. CP. 7100
    Teléfono: (02245)-441634

    Departamento de la Plata
    Dirección: Calle 53 Nº 720 e/9 y 10 (2º piso). CP. 1900
    Teléfono/fax: (0221)-4231376

    Departamento de Mar del Plata
    Dirección: 25 de Mayo Nº 3735 e/ 14 de Julio y Dorrego. CP. 7600
    Teléfono: (0223)-4751451

    Departamento de San Isidro – (Sede Don Torcuato)
    Dirección: Av. Torcuato de Alvear Nº 1414 y Bs. As. Don Torcuato. CP. 1611
    Teléfono: (011)-45873132

    Muchas gracias,

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  231. Marina 07/09/2012 a 21:45 #

    Recibi una cedula de notificacion por una infraccion cometida el 23/08/2009 por falta de luz alta o baja. A la fecha de la infraccion, llevaba luces de posicion, y el oficial dijo que me hacia un apercibimiento, y no una multa. La consulta es cuando prescribe la misma.
    Por otro lado la multa viene con el nombre mal escrito, no se si eso anula la misma, o si el DNI es correcto no puedo pedir eximicion por datos erroneos.
    Desde ya gracias por su respuesta

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    • Hugo Caceres 07/10/2012 a 08:08 #

      El error debe ser esencial para invalidar el acta, si se trata de una simple falta de ortografía no es suficiente.
      Prescribe a los 2 años.

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  232. Juan 07/08/2012 a 03:45 #

    Hola Doctor. Consulté mis infracciones online y figura una efectuada el 2 de julio en la ruta 11, Km 323. En ningún momento estuve por ahí. No hay foto multa, tampoco indica características de mi vehículo. ¿Que pasos debo seguir y como? ¿Debo dirigirme a un juzgado municipal o de la Provincia?
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 07/09/2012 a 09:24 #

      Corresponde que se dirija al Juzgado Provincial de Infracciones de Transito de Mar del Plata.

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  233. CARLOS ANTONIO COSTA 07/07/2012 a 19:04 #

    DOCTOR:Tengo una multa de transito suscripta por policia.Roce un coche y llamaron a la policia.Fui al juzgado y la la falta ascendia a pesos un mil ochocientos.Soy jubilado no la pague.Tengo 68 años y el año que viene me vence el registro.Fui a la municipalidad y me dieron un formulario para solicitar si tengo alguna deuda -el dominio del vehiculo- no tiene ninguna multa¿QUE TRAMITE REALIZO?GRACIAS

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    • Hugo Caceres 07/11/2012 a 08:48 #

      Si no tiene ninguna deuda por infracciones de tránsito, no tendrá problemas en renovar su licencia.

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  234. ANDRES 07/06/2012 a 18:01 #

    Buenas Tardes Dr Caceres.
    Pregunto lo siguiente
    No he sido notificado de ninugna manera por dos «supuestas infracciones, exceso de velocidad en ruta 2, juzgado de Dolores, las mismas surgen de mi visita por la pagina del gobierno de la provincia, una de 12/2/2010 y otra de 27/12/2011. ascendiendo a un monto de 3400$, cual es su opinion? que deberia hacer? Gracias
    ANdres

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  235. Andres 07/06/2012 a 17:27 #

    Fui a renovar el registro(San Justo) y me dicen que tengo una multa por mal estacionamiento del año 2007 de la cual nunca me avisaron.El importe asciende a $1300.Me dijeron que ya esta judicializada y que tengo que pagarla y no puedo hacer nada.Puede ser tanta injusticia posible?De poder hacer algo le agradeceria me avise.

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    • Hugo Caceres 07/10/2012 a 08:12 #

      Desconozco los detalles de su caso para opinar con certeza, pero si la causa se encuentra ya en vía de apremio el monto puede ser correcto.

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  236. Gonzalo Lopez Sauque 07/06/2012 a 14:33 #

    Estimado Doctor
    En el dia de ayer recibi en mi domicilio dos citaciones a Juzgamiento por infracciones, una cometida por el automotor de mi esposa y otra con el automotor de mi propiedad. 1) Nunca recibimos la primera notificacion para el pago voluntario reducido, y 2) no se si en esa primer notificacion viene foto de la infraccion ya que me llama poderosamente la atencion que ambas infracciones figuran cometidas en distintos dias de octubre de 2011, en el mismo lugar, (ruta 8 Pergamino) a la misma hora y al mismo minuto (13,46hs. ambas), y asi mismo ambas notificaciones tienen la misma fecha de emision. Tal vez demasiadas coincidencias , que en distintos dias ambos conyuges pasan por una ruta a la misma hora y al mismo minuto, y ambos cometen la misma infraccion? Hay alguna forma de corroborar la veracidad de las mismas y de ser ciertas pagar con descuento cuya primer notificacion nunca llego? Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 07/11/2012 a 08:53 #

      Ante las circunstancias que plantea, debería formular un descargo ante el Juzgado interviniente manifestando dichas «extrañas coincidencias». Es posible que le pidan aportar mas pruebas, como por ejemplo que uno de los dos se encontraba en otro lugar.

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  237. matias 07/04/2012 a 12:51 #

    me olvide de comentar q el auto esta registrado en capital federal.y no se si hay mas de 90km gracias

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  238. matias 07/04/2012 a 12:49 #

    perdón yo realice la transferencia con desconocimiento de deuda de un una infracción de exceso de vel en la ruta 2 en dolores y el vendedor del auto se comprometió a cancelar la deuda…pasaron 6 meses y la infracción sigue en activa a pesar de que se venció 18/11/2011 q hago??

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  239. Rubén 07/04/2012 a 00:53 #

    ´04/07/12
    Doctor Cáceres, el 11/04/12, en Gorch me retuvieron la licencia por una infracción que no cometí. Envié una carta documento con el descargo al Juzgado de Dolores, asimismo, en 7 oportunidades me comuniqué telefónicamente con la mesa de ayuda. Si bien en una ocasión me informaron que el descargo fue recibido, aún no tengo respuesta. Esto me causa un gran perjuicio ya que hace 3 meses que no puedo conducir y no estoy dispuesto a pagar por algo que no hice.¿Dr., me podría informar qué pasos debo seguir para recuperar mi licencia?
    Yo vivo en Azul.
    Desde ya muchas gracias por la ayuda que me pueda brindar.
    Rubén

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    • Hugo Caceres 07/04/2012 a 08:55 #

      Debe dirigirse al Juzgado y presentar un pedido de pronto despacho. Tambien puede pedir un amparo por mora de la administración.

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  240. AgustinP 07/03/2012 a 13:19 #

    Estimado Hugo, me ha llegado una foto multa 6 meses después de haberla cometido en la provincia de Entre Ríos. Usted sabría decirme si me tendrían que haber informado en la ruta de dicha falta y al cuanto tiempo vencen las misma. a su vez, estas multan al momento de vender el auto, salen en el formulario 13i?.
    Desde ya muchas gracias por su ayuda y lo felicito por el sitio.

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    • Hugo Caceres 07/04/2012 a 09:04 #

      Dichas infracciones son informadas en el Formulario 13 I. En Entre Rios es exigible que lo notifiquen dentro de los 10 kms. del lugar de la infracción, pero debe plantearlo a traves de un recurso de nulidad.

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  241. ediklau 07/03/2012 a 12:30 #

    Tengo una multa pendiente por exceso de velocidad en Dolores, de un vehículo que ya no era mío. Antes me figuraba en la web la fecha antigua en q fue cometida la infracción, ahora ya no, solo figura la fecha de este año. Como puedo averiguar de q se trata y resolverlo?(no tengo la multa escrita ni dirección de a donde enviar algo), tengo Denuncia de venta respectiva. Gracias

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    • Hugo Caceres 07/04/2012 a 09:03 #

      Envie copia de la denuncia de venta al Juzgado de Infracciones de Tránsito de DOlores: calle Pellegrini 5, Dolores.

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  242. Inés 07/02/2012 a 21:05 #

    Doctor: compré un auto e hice la transferencia; cuando fui en búsqueda de la cédula ver, saltan dos multas en la Pcia. de Buenos Aires, que seguramente realizó el anterior dueño; quiero creer que las tiene que pagar él, tengo alguna defensa?

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  243. Gustavo L. 07/02/2012 a 11:14 #

    creo que no aclare que las multas son en salta.
    nuevamente gracias.

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  244. Gustavo L. 07/02/2012 a 11:13 #

    buenas días, le consulto, soy de buenos aires y tengo 3 multas (uso de cel, no uso de cint… y no acatar la orden de paro de un oficial) del 21/05/2010, también es importante aclarar que nunca estuve en salta ni yo ni mi auto, como debo hacer para que las den de baja? gracias.

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  245. gustavo palacios 07/02/2012 a 10:33 #

    ESTIMADO DOCTOR ME LLEGO UNA MULTA DE UN TOYOTA COROLL PATENTE SEGUN LA FOTO GQO215 Y YO TENGO UN GOL PATENTE GQD215 QUE PUEDO HACER YA MANDAMOS EL DESCARGO EN FEBRERO DE ESTE AÑO Y TODAVIA APARECE. ES DE PROVINCIA DE BUENOS AIRES. QUE PUEDO HACER NOSOTROS SOMOS DE BRINKMANN Y ESTAMOS A 900 KM. MUCHAS GRACIAS

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  246. ivan leontado benitez 07/01/2012 a 15:23 #

    Buenas! dr vendi el auto la semana pasada, y cuando el nuevo dueño fue a retirar la cedula a su nombre saltaron 2 multas de ruta 2 ,km 45 y 180 por un monto de 907.35 c/u yo vivo en capital nunca me llegaron las multas y tengo intencion de pagarla, se puede hacer un pago voluntario o en cuotas? donde me tengo q dirigir? desde ya muchas gracias!!

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 17:24 #

      Debe dirigirse al Juzgado de Infracciones de Tránsito de La Plata: calle 53 Nº 720 e./ 9 y 10.

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  247. cascio 07/01/2012 a 13:49 #

    Estimado Dr. queria preguntarle por un problema que me aqueja, porde tener un automovil estacionado en la salida del garage de mi casa, ..¿que debo hacer?….¿llamar a la grúa para que lo retire?….Gracias y Felicitaciones!!!

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  248. Daniel 06/30/2012 a 23:48 #

    Estimado Dr. Caceres: Quisiera hacerle una consulta. Estoy tratando de vender mi auto y al ingresar a la consulta de infracciones de la Provincia de Buenos Aires me figuran 2 infracciones por exceso de velocidad en ruta 11 del mismo dia 12/03/2011 en Santa Teresita y Las Toninas; y otra infraccion del 25/12/2011 en ruta 2 km 203 Dolores. Jamas recibi dichas infracciones y de no acceder a travez de internet no me hubiera enterado. ¿ Deberia pedir la nulidad de las mismas por vulnerar mi derecho a defensa ?, Y en ese caso donde debo hacerlo, ya que vivo en Capital Federal donde obviamente esta radicado el vehiculo. Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 09:21 #

      Puede enviar un descargo por vía postal, planteando la nulidad del procedimiento, e incluso la aplicación de la regla de interjurisdiccionalidad para que se remita el expediente al Tribunal de Faltas de CABA.

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  249. miguel 06/30/2012 a 20:45 #

    hola hugo quisiera saber si las multas caducan tengo 9 de la ruta 11 y muchas ganas de pagar no tengo todo es exeso de velocidad desde ya gracias solo una vencida y queria enviar la carta en lo cual evita eso pero queria saber si es asi saludos y gracias

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    • Hugo Caceres 06/30/2012 a 20:48 #

      Las multas por exceso de velocidad en Provincia de Buenos Aires, prescriben a los 5 años.

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  250. Pablo 06/29/2012 a 10:56 #

    Doctor,

    Recibi una multa que no corresponde a mi auto, y tengo otra que si corresponde. Tengo que transferir el auto el Lunes, como hago? Nadie me atiende en los telefonos de la web de la Provincia.
    Dominio del auto BOY 005.

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    • Hugo Caceres 06/30/2012 a 20:56 #

      Debe dirigirse al Juzgado en el que se haya radicada la causa. Las infracciones no impiden transferir.

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  251. Romina. 06/27/2012 a 23:40 #

    Hola queria consultarle porque me llego una multa cuya infraccion dice «placas dominio.Falta/ antirreglament.» El dominio es efa 097 la citacion es nº 384371935/0 con fecha 20/11/2011.Acta nº B13735697 y el lugar es en Sta Fe, Av. y Godoy Cruz. Lo que no me explico es que yo vivo en Carlos Paz ,Cordoba y nunca he viajado a Bs.As , es mas no conozco la ciudad porque ni en colectivo he viajado a Bs As , esta notificacion me llego el 20/05/2012 y practicamente me tiraron la carta he mandado un mail a la pagina que me indica en la notificacion y no obtuve respuesta quisiera saber que hacer porque aqui en Carlos Paz ni en cordoba no poseo multas , tengo todo al dia y nunca he estado en Buenos Aires ademas en la notificacion no hay ni foto multa ni siquiera la descripcion del tipo de vehiculo que es le agradeceria que me pueda orientar sobre como accionar frente a esta notificacion desde ya muchas gracias y espero su respuesta.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 17:35 #

      Envie una nota por vía postal efectuando su descargo y detallando los argumentos que menciona en su comentario.

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  252. Daniel 06/27/2012 a 22:29 #

    Estimado Dr. Caceres: Quisiera hacerle una consulta. Estoy tratando de vender mi auto y al ingresar a la consulta de infracciones de la Provincia de Buenos Aires me figuran 2 infracciones por exceso de velocidad en ruta 11 del mismo dia 12/03/2011 en Santa Teresita y Las Toninas; y otra infraccion del 25/12/2011 en ruta 2 km 203 Dolores. Jamas recibi dichas infracciones y de no acceder a travez de internet no me hubiera enterado. ¿ Deberia pedir la nulidad de las mismas por vulnerar mi derecho a defensa ?, Y en ese caso donde debo hacerlo, ya que vivo en Capital Federal donde obviamente esta radicado el vehiculo. Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 14:59 #

      Puede plantear la nulidad manifestada, ante el Juzgado de Dolores, pudiendo en la misma ocasión solicitar se remitan las actuaciones al Juzgado de su jurisdicción.

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  253. Cristian 06/27/2012 a 20:02 #

    Buenas noches, nunca me llego ninguna notificación de multas, quiero vender mi automóvil y me encuentro con varias multas por exceso de velocidad (código 28), la gran mayoría con la misma fecha de emisión. Me figura en la pagina de la provincia, el numero de acta, como puedo saber en que Juzgado se encuentra la multa como para realizar el descargo?. Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 17:37 #

      Puede llamar al 0-800-222-0024 para averiguar en que juzgado se encuentra radicado el procedimiento.

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  254. Jonathan Tun 06/27/2012 a 19:08 #

    Estimado Doctor,
    Me llego una notificación por una infracción por mal estacionamiento en el partido de Vicente Lopez. La primer pregunta es, en cuanto tiempo prescribe la misma?

    La segunda es: Decidierón que en esa calle no se podía estacionar de un día para el otro por un período de 6 meses. Luego, sacarón todos los carteles y hoy se puede estacionar. Es fundamento que hoy en día se pueda estacionar para alegar mi defensa?

    Muchas gracias.

    Saludos,

    Jonathan.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 12:59 #

      Prescripción 2 años. Quizas podría plantear la aplicación del principio de ley posterior mas benigna.

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  255. Victor 06/25/2012 a 16:29 #

    Estimado Doctor. Necesito saber que hacer por una infraccion del 2009 que aparecio al momento de hacer la denuncia de venta de mi automovil. La misma fue en la Ruta 11 y nunca fui notificado. En esos casos que me corresponde hacer, el monto de la misma es muy alto y me es imposible pagarlo. En donde me tengo que presentar o a donde deberia enviar mi descargo? Saludos y muchas gracias por el servicio.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 09:30 #

      Según el lugar en el que haya ocurrido la infracción, se determina el juzgado que interviene en su caso, al cual debe dirigrise para plantear su defensa.

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  256. juan 06/25/2012 a 13:27 #

    Estimado:
    En el mes de enero me retuvieron la licencia por falta de VTV. El juzgado interviniente es el de Dolores. Entiendo que por el tiempo transcurrido la licencia ya fue destruida. El auto sobre el que me hicieron la multa actualmente esta chocado y por tanto no puedo realizarle la VTV y la idea es venderlo. Dado que mi interes es abonar la multa para poder sacar nuevamente el carner mis consultas son las siguientes: 1) Teniendo en cuenta que vivo en capital es necesario que me presente personalmente al juzgado de dolores o puedo hacer los tramites por escrito, b) Si el automovil sobre el que me hicieron la infraccion ya no lo puedo utilizar como hago para acreditar que le hice la VTV si presisamente el auto no lo voy a utilizar nuevamente. Muchas Gracias

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 09:32 #

      Seguramente que la licencia aún se encuentra en el Juzgado, dado que usualmente se mantienen sin destruir por un lapso prolongado.
      Para abonar la multa debe dirigirse a Dolores, ya sea personalmente o autorizando a un tercero.

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  257. Ignacio 06/25/2012 a 11:55 #

    Doctor, disculpe las molestias. Quería consultarle por una multa por exceso de velociadad radicada en la ruta 2 km323 del año 2010. necesito vender mi vehículo y soy de Santiago del estero, Nunca he recibido ninguna notificación de esta multa. quería saber si puede existir la posibilidad que esta halla prescrito y sino me podría decir alguna forma para defenderme por que no se me comunico nada y la verdad es muy excesivo el monto a pagar. desde ya muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 09:33 #

      La prescripción opera a los 5 años. Puede realizar una presentación por vía postal dirigida al JAIT de Mar del Plata.

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  258. Santiago 06/23/2012 a 21:35 #

    Estimado Doctor:
    Recibi una multa de la Municipalidad de Las Flores Pcia. Bs.AS.por una infraccion cometida el dia 26 de Abril de 2010. La infraccion es por no llevar en una camioneta el logo de velocidad maxima 110 y no llevar atras los reflectores rojos.Quisera saber si me puede informar cual es el plazo de prscripcion para dicha falta y desde cuando comienza a correr el mismo.
    Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/30/2012 a 09:52 #

      Se trataría de faltas leves y por lo tanto el plazo de prescripción es de 2 años, desde la comisión del hecho. Tenga en cuenta que la secuela del juicio interrumpe dicho plazo.

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  259. german 06/22/2012 a 21:27 #

    hola doctor, tengo una multa de monte del año 2006, segun ellos me notificaron en mayo del 2007, y 14-09-2007 extienden certificado de deuda para iniciar juicio de APREMIO, el 30-12-2011 se presentan en el juzgado el juicio de apremio, pregunto no esta presctipta esta multa a los 2 años desde el 14-09-2007? o tiene algo que ver la ley nueva

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    • Hugo Caceres 06/25/2012 a 08:02 #

      Podría estar prescripta. La nueva ley se aplica a partir del 2009.

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    • Florencia Gonzalez 06/28/2012 a 14:07 #

      Dr: Hugo Caceres:
      Me dirigo a usted respetuosamente, con el fin de despejar una duda la cual es la siguiente, en el dia de ayer mi abuelo recibio una multa por el no uso del cinturon de seguridad, la cual el importe es de $950, es una persona jubilada, que no cuenta con ese monto , ya que lo que percibe de jubilacion lo utiliza para su medicacion… en este caso habria alguna posibilidad de presentar un escrito? ante el tribunal de faltas? es una persona mayor que se encuentra muy angustiada por dicha situacion ocasionada. ¿que podria hacer, ya que no cuenta con el monto ?

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      • Hugo Caceres 07/01/2012 a 14:57 #

        Puede plantear el caso ante el juez interviniente, pero la ley no tiene exigencias diferentes según la edad de las personas.

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  260. MATIAS 06/21/2012 a 14:55 #

    HOLA BUENAS TARDE, LE CONSULTO PORQUE NO SE COMO PROCEDER, VENDI MI VEHICULO HACE UNOS DIAS, Y SALTO QUE TIENE UNA MULTA, LA CUAL NUNCA ME LLEGO, OSEA NO SE CUAL ES EL JUZGADO INTERVINIENTE,NI DONDE FUE LA MULTA, TAMPOCO TENGO NOTIFICACIONES QUE ME HAYAN LLEGADO….DONDE ME DIRIJO PARA SABER DONDE FUE? DICE POR EXESO DE VELOCIDAD. PERO NO EL LUGAR, NI LA FECHA..
    N° Acta: 02-999-02180308-3 I
    Chapa Patente: TYA322
    Infracción: 28 – Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos.
    Importe Acta: 679.35.
    ESTO SACADO POR LA PAGINA
    http://www.infracciones.dppsv.gba.gov.a

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    • Hugo Caceres 06/25/2012 a 07:56 #

      Juzgado de Infracciones de Transito de DOn Torcuato:
      Infracción Nro. 02-999-02180308-3 cometida en la Fecha: 21/09/2010 Hora: 15:45 en: RUTA 6 KM 184.8 LOS CARDALES EXALTACION DE LA
      CRUZ, conduciendo el Vehículo: Dominio TYA322

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  261. ATILIO 06/20/2012 a 15:47 #

    ESTIMADO DOCTOR EN EL DIA DE HOY INGRESO PARA AVERIGUAR SOBRE EL ESTADO DE INFRACCIONES YA QUE DEBO RENOVAR MI REGISTRO EN LA PROVINCIA DE BS AS Y ME ENCUENTRO CON DOS INFRACCIONES DEL AÑO 2009 EN LA RUTA 2 PERO JAMAS ME LLEGARON SI OTRAS POR EXESO DE VELOCIDAD QUE ABONE CON PAGO VOLUNTARIO , QUERIA SABER COMO DEBO PROCEDER . PUEDO PEDIR ALGUNA REBAJA DE LAS MISMAS

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  262. Pablo 06/19/2012 a 18:25 #

    He recibido una citación al juzgado de Dolores por una multa por exceso de velocidad cometida en la ruta 2, en enero del 2010, donde me dan la opción de pagar $527 y evitar la comparecencia. Por lo que Ud ha comentado en otros casos similares el plazo de prescripción es de 5 años. Mi pregunta es: tengo registro de Capital, y en la página de la ciudad hasta ahora no me aparecen infracciones ( sí me aparecen en la de Provincia), podré renovar el registro en Capital si no pago la infracción ? Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/20/2012 a 11:07 #

      Por el momento en CABA se está renovando la licencia sin inconvenientes. No se en el futuro.

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  263. Guillermo 06/19/2012 a 15:14 #

    Estimado doctor el sábado me aplican un multa porque el inspector me dice que realice un adelantamiento indebido en doble linea amarilla, cuando en la zona donde realizo la maniobra hay linea punteada, el ofiacial se negaba a darme la razón y estaba a mas de 1000 metros de la maniobra con lo cual no tiene visión y no reconocia su error, por ende en la multa me aplica el articulo 38 (Adelantamiento indebido en doble linea amarilla) pero el articulo 38 dice conducir en contra mano, cosa que yo no estaba haciendo.
    Por otro lado observando la multa colocaron un Dominio que no corresonde a mi vehiculo, cuando ingreso a http://www.gob.gba.gov.ar e ingreso con mi DNI hay cargado un Dominio que no es el mío y cuando ingreso mi dominio no hay multa alguna, o sea que el inspector escribió cualqueri cosa, me retuvieron el registro y me tengo que dirigir a Chivilcoy , siendo yo de Arrecifes?, como e este tema porque me encuentro indignado ya que no cometí la falta y no me corresponde abonar ninguna multa.
    Gracias por su respuesta

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    • Hugo Caceres 06/20/2012 a 11:04 #

      Debe dirigirse al Juzgado de CHivilcoy, y presentar el título de su automovil (copia) para demostrar el error en el dominio que anula el acta.

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  264. Jose Fanelli 06/16/2012 a 10:18 #

    Doctor me dirijo a Usted Con Motivo Si Me Puede Hace sosar Como Puedo Resolver Un Problema Que Me Esta Impidiendo Vender Un Automóvil A Mi Nombre El Mismo Fue Compradas El 22 de enero De 2010 Y Realizada la Transferencia En La Misma Fecha (22 de Enero 2010) Hoy En Día Consultando En La pagina De Infracciones de Provincia Aparecen 2 Infracciones En ruta 2 Y Ruta 11 Fechadas Anterior-Mente A Mi Trasferencia 11/09/2009 con jurisdicción En Tribunal de dolores la cuales a la fecha Suman Un Total de $4200 ¿como Puedo Hacer Para Sacarlas Del Vehículo?Ya Que No Cometidas Por Mi Persona Ni siquiera En El Periodo Que Tuve El Auto ¿Que Proceder Debo Tomar Si Es Personal Mente que Debo Hacer Y Si No Como Envío un descargo por vía postal?
    Desde Ya MUCHÍSIMAS GRACIAS
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  265. Martin Gonzalez 06/15/2012 a 13:36 #

    Dr. mi nombre es Martin Gonzalez de la ciudad de Junin, (BA) y he recibido una infraccion de transito de ruta 11, kilometro 326,8 del dia 30-03-12, por la suma de $907,35 y nunca estuve por esa ruta en esa fecha. Asimismo consulte via web si mi vehiculo posee mas infracciones de transito y surgen varias de capital federal y no resulto ser yo. Esto me da a suponer que hay un auto mellizo con mi patente infringiendo leyes de transito. Que es lo que tengo que hacer?

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  266. Marcelo 06/13/2012 a 09:11 #

    Buenos días,
    Que puedo hacer, al querer renovar mi registro me dicen que tengo 2 infracciones de transito, verifique las mismas en internet y es asi, ambas por no respetar los limites de velocidad previstos, como puedo hacer una es en Ruta 63 Km 13.3 Dolores y la otra es Ruta 74 Km 23 Gral Madariaga. en 01/2010 y 02/2011 respectivamente.
    Imprimi las infracciones y o sorpresa una salio con el importe original la otra se triplico el importe, eso esta bien?
    Puedo hacer un descargo por no tenes conocimiento de estas infracciones, donde lo tendría que tramitar y como?
    En el comprobante de acta de infraccion no figura el numero de camara con la que se realizo la multa es normal esto?
    Bueno desde ya muchas gracias por cualquier ayuda que me puedan brindar

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  267. Jose Fanelli 06/12/2012 a 16:11 #

    Doctor me dirijo a Usted Con Motivo Si Me Puede Hace sosar Como Puedo Resolver Un Problema Que Me Esta Impidiendo Vender Un Automóvil A Mi Nombre El Mismo Fue Compradas El 22 de enero De 2010 Y Realizada la Transferencia En La Misma Fecha (22 de Enero 2010) Hoy En Día Consultando En La pagina De Infracciones de Provincia Aparecen 2 Infracciones En ruta 2 Y Ruta 11 Fechadas Anterior-Mente A Mi Trasferencia 11/09/2009 con jurisdicción En Tribunal de dolores la cuales a la fecha Suman Un Total de $4200 ¿como Puedo Hacer Para Sacarlas Del Vehículo?Ya Que No Cometidas Por Mi Persona Ni siquiera En El Periodo Que Tuve El Auto ¿Que Proceder Debo Tomar Si Es Personal Mente que Debo Hacer Y Si No Como Envío un descargo por vía postal?
    Desde Ya MUCHÍSIMAS GRACIAS 🙂

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  268. Agustin 06/12/2012 a 14:35 #

    Hola, mira el lunes pasado recibí una multa por hablar por celular mientras conducía, la multa es de la municipalidad de vicente lopez, quería saber si la multa prescribe? y en caso de que sea asi en cuanto tiempo prescribiría? Desde ya muchas gracias por su respuesta.

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  269. Nestor 06/12/2012 a 13:55 #

    HOLA recibi dos multas de dos juzgado diferentes, una del mes de octubre y la otra del mes de julio del 2011 a mi nombre, fecha en la cual no poseia el auto, la de Octubre la reclame y sin ningun problema cambiaron de titular de la multa a nombre del dueño anterior, al reclamar la del mes de Julio no tuve suerte y me dijeron que tengo que pagar la multa que puedo hacer? desde ya muchas gracias saludos

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    • Hugo Caceres 06/20/2012 a 09:51 #

      Deberia saber porque causa le rechazaron el redireccionamiento, dado que si usted acredita mediatne copia del título que en esa fecha no era dueño del vehículo, la infracción debe ser redireccionada.

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  270. sergio 06/12/2012 a 00:41 #

    Estimado Doctor, queria hacerle una consulta, me llego una notificacion de 2 multas de la ciudad de mar del plata, una por mal estacionamiento, que realmente no recuerdo con fecha del 18-03-2004 Nro de Acta 971652 POR ESTACIONAR ENTRADA GARAGE, me figura como pendiente, la verdad que no recuerdoel hecho es mas hasta renove el carnet de conductor en el 2008 y no habia nada .no solo es esta, sino que aparece tambien una falta
    26-03-2010 FALTA CINT.SEG. O APOYA CABEZA Nro de Acta 1301802, esta es mas nueva, y para que tenga en cuenta compre una camioneta en Mar del Plata y tampoco tuve ningun inconveninete ..esta boleta la verdad que me parece que la abone en su momento .. pero no se si ni tengo el comprobante …hace mas de 2 años que paso y ahora llega una notificacion para el abono de las mismas ..no se que hacer , me parece que la del 2004 esta un pocp exedida en tiempo y para la del 2010 recien ahora me notifican .. realize tramites en la misma municipalidad y no figuraba nada .. ahora aparecen … no se que consejo me podra dar …Muchas Gracias

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  271. Marcelo 06/11/2012 a 20:57 #

    Buenas tardes Doctor
    el foto radar ubicado en al loc. de Fontezuela Pergamino
    no esta homologado . Los carteles dicenq ue hay que ir a 40Km/m en ambos lados de una subida y bajada de un puentey en las actas dice 60 km/hora . A esa velocidad se han producido muchisimos accidentes porque la inercia del vehiculo en al subida o bajada d eun pueste no puede ser compatible con 40km/hora Me llego al segunda notificacion para ir a Chivilcoy? puedo ir al de san isidro? y lei en los diariso que ese radar no esta homologado que hago descargo? que motivos? (ver nota : http://www.diariopergamino.com/index.php?option=com_content&view=article&id=2869:aseguran-que-el-radar-colocado-en-fontezuela-no-esta-homologado-&catid=51:general mUCHAS GRACIAS

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    • Hugo Caceres 06/16/2012 a 10:22 #

      No puede efectuar su descargo en Don Torcuato, debe dirigirse al JAIT de Chivilcoy. En caso de domiciliarse a mas de 60 kms. puede hacerlo por vía postal.

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      • marcelo 06/16/2012 a 19:25 #

        Hola Doctor el descargo postal es solamente via carta documento?? o tengo otras opciones postales??
        gracias
        marcelo

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      • Hugo Caceres 06/20/2012 a 12:59 #

        La ley no exige ninguno en especial, pero es conveniente utilizar un servicio que le de certeza de la recepción.

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  272. Laura Velázquez 06/11/2012 a 12:16 #

    Buen día Dr. Le hago la siguiente consulta: El día 11/5/2012 recibí una notificación del Juzgado de Dolores de una multa cometida el 24/01/2010 en la ruta 63. Quiero hacer mi descargo, puedo alegar que la multa esta prescripta??
    Espero su respuesta. Muchas gracias

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  273. Lucía Ferreyra 06/09/2012 a 16:05 #

    Dr buenas tardes,

    Me llegó una fotomulta de la policía caminera provincial de Entre Ríos, ruta NACIONAL 14, km 52 por exceso de velocidad. Es válido que la provincia aplique fotomultas en ruta nacional? No debería haberme parado y notificado en el momento en vez de sacar una foto de frente? Si pudiera informarme qué ley me ampara le agradecería mucho. Saludos cordiales y gracias por la asistencia.

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    • Hugo Caceres 06/16/2012 a 10:00 #

      La policía de Entre Ríos tiene jurisdicción para dicha actividad. En la parte superior del blog, en LEYES PROVINCIALES, encontrará la legislación correspondiente.

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      • marcela 08/24/2015 a 14:19 #

        DR Buenas tarde
        Soy de Santa Rosa La Pampa me llego una multa con la patente de mi auto por mal estacionaminto en Buenos aires y nunca viaje en el auto, como mostrar que no es mi auto , muchas gracias.+

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  274. Emiliana 06/08/2012 a 22:22 #

    Sr. Caseres: Tengo una multa por falta de licencia de conducir, la misma fue efectuada en febrero de 2011. Quiero saber cual es el plazo de prescripción para la misma, ya que según leí en el código de transito de prov de Bs As puede ser de 1, 2 o 5 años, pero no logro comprender que tiempo se aplicaría en mi caso. Posteriormente me han hecho otra multa por la misma causa, pero la misma nunca fue notificada. Muy amable y gracias por su tiempo.

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    • Hugo Caceres 06/12/2012 a 08:25 #

      Si poseía licencia pero se la habí olvidado: 2 años. Si carecía totalmente de licencia: 5 años.

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  275. Juan Pablo 06/07/2012 a 22:24 #

    Estimado: tengo 2 multas del año 2010 por exceso de velocidad en ruta 2 – Dolores y ruta 74 – Madariaga de las que nunca fui notificado, y me entero cuando quiero vender el auto. Lei que tengo que impugnar el procedimiento planteando la nulidad del mismo por violar mi derecho de defensa al no notificarme debidamente. Como lo realizo?

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    • Hugo Caceres 06/12/2012 a 07:34 #

      Puede presentarse personalmente en el Juzgado interviniente o enviar su descargo por vía postal.

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  276. facundo 06/07/2012 a 00:40 #

    hola tendo dos multas una 24/01/2010 Hora: 07:48 en: RUTA 2 KM 180 CASTELLI CASTELLI, de $1814.7
    y orta 23/10/2011 Hora: 12:10 en: RUTA 63
    KM 13.3
    DOLORES DOLORES de $907.35
    yo vivo en capital federal , donde me puedo dirigir ya que me parece una locura esas sumas! gracias

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    • Hugo Caceres 06/07/2012 a 09:30 #

      Juzgado de Infracciones de Transito de Dolores: calle Pellegrini 5, esquina San Martín; Dolores.

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  277. Javier Host 06/06/2012 a 17:39 #

    Hola Doctor, le hago la siguiente consulta, me llego a mi domicilio una foto multa de la Pcia. Bs As, de gral Rodriguez Ruta 28 km 2.2, supuestamente por no respetar la velocidad permitida (Permitido 60 km/hr, Veloc 70 km/hr), el tema es que no conozco esa ciudad ni esa ruta y la foto es un manchon negro que no se distingue nada, tengo que pagarla o se puede realizar algun reclamo??. Saludos.

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    • Hugo Caceres 06/07/2012 a 09:41 #

      Puede impugnar dicha acta de infracción si no se distingue adecuadamente el vehiculo y/o la patente.

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  278. melina 06/06/2012 a 14:33 #

    Quiero saber porque me llego hoy una multa de la provincia de bs. as sobre la autopista arturo ilia y al querer consultar en la pagina del gobierno me dice q no tengo infraccion, donde mas puedo consultar?

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  279. Oscar 06/06/2012 a 10:03 #

    Ayer (5/6/2012) me llegó una citación del juzgado de Dolores por una infraccion cometida el 3/1/2010. A esa fecha, yo ya había vendido y transferido el vehículo, que tengo que hacer? Vivo en CABA y no quiero ir a Dolores para aclarar un error que yo no cometí, ni pagar los 527 pesos que me reclaman. Gracias

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    • Hugo Caceres 06/07/2012 a 09:38 #

      Envie una carta certificada adjuntando comprobante de la transferencia o informe de dominio.

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  280. JOSE 06/06/2012 a 00:08 #

    DOCTOR BUEN DIA, EL DIA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 COMETI UNA INFRACCION EN BUENOS AIRES (GCBA) CON DESTINO A LA PLATA, RECIEN 06/06/12 ME NOTIFICAN, PRESENTO DESCARGO Y EN CASO QUE SE DEMORE Y PASE EL MES DE NOVIEMBRE Y EL JUEZ DE DICTA O NO SENTENCIA PUEDO PLANTEAR LA PRESCRIPCION AUN CON LA MULTA A EJECUTAR? Y PORQUE LEY SE RIGE? MUY AMABLE DE SU PARTE, SALUDOS ATTE.

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  281. yanet 06/05/2012 a 10:40 #

    Buenas tardes,
    Consulto por un tema que tengo con el auto.
    Me mandaron hace más de un año una multa del partido de Chivilcoy por
    pasar por Camet a alta velocidad en un casco urbano. El partido de
    Chivilcoy creo que no tiene jurisdicción sobre Camet, la última esta a
    pocos kilometros de Mar del Plata y Chivilcoy yendo al Oeste en la
    provincia. Nunca en mi vida pase o fuí a Chivilcoy.

    Hace unas semanas me mandaron una citación para hacer el descargo en
    Chivilcoy. Es muy lejos, yo trabajo, no puedo ir.

    En síntesis, la multa parece estar mal labrada, y esta muy lejos para
    hacer el descargo. Me citaron para el día 7 de este mes y no se si
    dejarla pasar o si es posible
    hacer algo. Si no me presento me amenaza
    con declararme en rebeldía, que no se que significaría, no tengo idea
    del impacto de esto.

    que puedo hacer?
    Desde ya gracias! Un beso.

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    • Hugo Caceres 06/07/2012 a 09:24 #

      Envie un descargo por via postal, solicitando se declare la nulidad del acta por la incongruencia que menciona.

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  282. Marcelo 06/04/2012 a 17:49 #

    Buenas tardes Doctor Caceres,le escribo para realizarle la siguiente consulta.Recibi unaNotificacion de Citacion de Acta de Infraccion de Transito cometida dicha infraccion el 7-01-2010 en la localidad de dolores.
    Aclaro que en ningun momento acuse recibo de multa alguna ni de la notificacion recientemente recibida,en ambas oportunidades las mismas fueron dejadas en el buzon.
    Quisiera por favor me asesore sobre los pasos a seguir .
    Desde ya muchas gracias Marcelo

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    • Hugo Caceres 06/07/2012 a 09:14 #

      Puede impugnar el procedimiento planteando la nulidad del mismo por violar su derecho de defensa al no notificarlo debidamente.

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  283. damian 06/03/2012 a 15:24 #

    Buenos días, quería consultar lo siguiente, me robaron el auto y me solicita la cìa. aseguradora, entre otra documentación, el libre deuda de infracciones. Consultando en las paginas de la Ciudad de de gran Bs As, aparecen multas para el dominio de mi automotor, multas que no he cometido yo y que realice la negativa de pago en el registro cuando efectue la tranferencia. Pero obviamente, ahora necesito ese libre deuda, que creo, hasta no estar canceladas, no me lo van a dar. Como engo que proceder en este caso. Gracias

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    • Hugo Caceres 06/04/2012 a 07:43 #

      Debe dirigirse al Tribunal de Faltas y exigir se le entregue un libre deuda a su nombre.

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  284. Jose Fanelli 06/02/2012 a 01:16 #

    me podrá contestar si puede y no le es molestia el
    teléfono o direccion de el rnpa dirección provincial de seguridad vial para poder realizar el pedido de que no incluyan infracciones personales del titular anterior en el vehículo de mi propiedad actual ya q tengo en el auto infracciones del 2009 y yo lo compre y tranferi en el 2010 son de la ruta 2 y 11 creo q es eso lo que me aconsejo en otro comentario mas arriba gracias y suerte dios lo bendiga doctor a usted y los suyos

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    • Hugo Caceres 06/04/2012 a 07:28 #

      Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial: calle 6 e./ 50 y 51, La Plata.
      Registro Nacional de Propiedad Automotr: Av. Corrientes 5666 – C.P. C1414AJW – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

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  285. Jose Fanelli 06/02/2012 a 01:01 #

    doctor quisiera saber donde me tengo q dirigir por multas de rutas 11 y ruta 2 son del año 2009 no prescribieron quisas puede ser muchas gracias sino fuera por usted estaremos en pelota perdón por la palabrota pero no sabe lo q se siente no tener a nadie a quien consultar estos temas suerte

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    • Hugo Caceres 06/04/2012 a 07:56 #

      Depende el lugar donde ocurrió la infracción, como regla general hasta Chascomús es el Juzgado de La Plata; de Chascomús a Maipú el de DOlores, y luego el de Mar del Plata.

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  286. Juan Manuel Roca 06/01/2012 a 16:28 #

    Ampliando mi consulta la ley provincial Nº 13.927 en su decreto reglamentario Nº532/09 anexo V establece los minimos y maxmos a aplicar en el caso de la infracción indicada en 50 a 100 UF. Al igual que la Ley Nacional Nº24.449 art. 77 inciso R. Por lo que de ser correcta la emisión de la infracción a pesar de que no hay prueba el monto maximo de la misma no podria superar los 650 pesos (UF $6.449) segun lo publicado en la pagina http://www.gob.gba.gov.ar

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  287. Ricardo Ruiz 06/01/2012 a 16:10 #

    El Domingo pasado 27/05/12 viniendo de San Nicolás al acercarme al peaje de Zarate pasé un control de radar móvil y al pasar el peaje fui detenido y me dijeron que había cometido una infracción de tránsito por exceso de velocidad. Me mostraron una fotomulta en la que se veía mi auto y donde figuraba la velocidad de 133 km/h. Al comentar que podía ser porque había pasado a otro auto había superado la velocidad de 130 km/h que hasta ese momento juro y perjuro que creía que era la velocidad en cualquier AUTOPISTA y en especial esa por la que tantas veces circulo en forma frecuente. Se me informó que la velocidad era de 120 km/h hasta que la Autopista se ensancha en tres carriles siendo la velocidad de 130 Km/h. Me informaron que antes de ese ensanche la Autopista es una Semiautopista(?) y la velocidad máxima es de 120 km/h. La autopista y la Semiautopista (?????) no cuenta con carteles indicadores de velocidad de 120 y/o 130 Km que tendría que tener al cambiar en dicho ensanche ni tampoco durante el trayecto. Los únicos carteles son a la salida/llegada a Baires que indican en que carril circular según la velocidad que vaya hasta 130 KM/m.
    Me hicieron una boleta de infracción de $ 487 (50%) para pago voluntario con vencimiento a los 30 días, la cual me negué a firmar, porque sigo creyendo y después verifique en Internet que es una Autopista y en las autopistas la velocidad máxima es 130 km/h y que existen autopistas y autovías y la diferencia es que las primeras no son cortadas con pasos al m ismo nivel para cruce, salir o entrar a las mismas sino por puentes o túneles, mientras que en las autovías los cruces son al mismo nivel, como es la autovía Buenos Aires – Mar del Plata.
    Dr. mi pregunta es si estoy equivocado o sino como debo proceder para hacer el descargo.

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    • Hugo Caceres 06/04/2012 a 07:35 #

      Puede plantear todo lo que manifiesta como fundamento para ejercer su defensa ante el juzgado interviniente.

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  288. Juan Manuel Roca 06/01/2012 a 13:53 #

    Dr. muchas gracias por la informacion de su sitio, quisiera consultarle debido a que recibi una infracción de la municipalidad de avellaneda indicando una falta por conducir utilizando celular y /o auriculares (no esta aclarado), a su vez la misma no fue labrada ni me detuvieron al momento de realizarse la supuesta infracción y tampoco la infracción posee una prueba fotografica. Que debo hacer?? el importe de la misma es de 1900 pesos . Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/04/2012 a 08:01 #

      Como usted señala en otro comentario, los valores están fijados por ley y a ellos debe ceñirse el juzgado interviniente.

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  289. claudio 05/31/2012 a 22:30 #

    buenas noches tengo dos multas de mi auto con fecha anterior a mi posecion osea del anterior dueño en ruta 2 km 323 y 396 pero esta persona no se hace cargo y tengo pruebas de que el auto era de su titularidad adonde me tengo q dirigir para explicar la situacion ya que soy de bs as y las multas aparecieron 2 años y medio mas tarde del dia q yo transferi y hoy lo vendi y no puedo transferirlo al nuevo dueño desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/01/2012 a 07:12 #

      Puede dirigirse a la Dirección PRovincial de Seguridad vial, y al RNPA para que se abstengan de informar como del autos las infracciones que en realidad son personales.

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      • claudio 06/01/2012 a 13:16 #

        muchas gracias por su informacion y lo felicito por su amabilidad pero no tengo idea donde quedan esos lugares me podria informar direccion y telefonos desde ya muchas gracias

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      • Hugo Caceres 06/04/2012 a 08:02 #

        En la parte superior del blog se encuentra el listado completo de los juzgados de toda la provincia.

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  290. Jose Fanelli 05/31/2012 a 21:18 #

    Doctor lo molesto lo siguiente hoy 31/05 intento vender mi auto i me doi cuenta que el mismo posee dos Multas del año 2009 Noviembre i Diciembre El Mismo Fue Comprado por Mi En 2010 En Enero ¿Que Puedo Hacer Para Sacarlas Del Vehículo? ¡Ya Que Quiero Venderlo I Estar Sobre El Vehículo, No Al Momento De Ser Mio!
    Desde Ya Muchisias Gracias 🙂

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    • Hugo Caceres 06/01/2012 a 07:25 #

      Solicite el redireccionamiento de las infracciones presentandose en el Juzgado interviniente.

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  291. daniel 05/29/2012 a 21:06 #

    buenas noches estimado ; mi consulta es la siguiente , hace un año aproximadamente me labraron una infraccion de transito por doblar mal en una avenida en la ciudad de mardelplata , no preste atencion a la misma , ya que lo olvide , tras un año me llega una notificacion acerca de aquella falta , pero mi numero de documento esta mal , osea no es el mio , a lo cual compruebo que en el acta que me efectuaron estaba mal tomado mi DNI , en este caso se puede solicitar nulidad de la misma por no estar mis datos personales correctos ? le agradesco su pronta respuesta .

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  292. Santiago Scaine 05/29/2012 a 14:55 #

    Buenas tardes Doctor.
    Lo felicito por su sitio y dedicación a atender las consultas.
    Le queria consultar si debo abonar 2 multas por mal estacionamiento que me hicieron el mismo día, con 1 hora y 7 minutos de diferencia.
    Estoy dispuesto a abonar la primera ya que realmente estacione mal, pero ¿debo abonar la segunda?
    muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 05/31/2012 a 07:16 #

      Si se trata de hechos diferentes debe abonar las dos.

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      • Santiago Scaine 05/31/2012 a 19:18 #

        Le consulto nuevamente porque no sabria diferenciar si son hechos diferentes. Yo deje el auto estacionado, volvi a las 3 horas y ahora me notifican que tengo 2 multas por mal estacionamiento durante ese tiempo. ¿Debo abonar las 2? Desde ya muchas gracias!

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      • Hugo Caceres 06/01/2012 a 07:19 #

        Si durante todo ese lapso no movió el auto se trata de una sola infracción y por lo tanto no puede ser multado dos veces.

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  293. ariel 05/25/2012 a 09:32 #

    doctor, buen dia.. mi nombre es ariel y soy de provincia, vendi el auto hace ya mas de dos años, transferimos, pague una multa que tenia y listo.. ahora, ese comprador vendio el auto y saltaron dos multas de la ruta 2 que supuestamente me corresponden a mi, jamas me llegaron a mi domicilio y cuando hicimos la transferencia tampoco figuraron. ahora, este ultimo comprador ya tiene el auto a su nombre haces meses, pero le reclama al anterior dueño (conocido del barrio) que me diga a mi que pague las multas y ya me llamo varias veces exigiendo el pago de dichas multas, lo cual me vengo negando, ya sea por el tiempo que transcurrio y poeque el auto ya es tercera mano. En la pagina de multas de provincia «sacit» al poner mi dni me figuran dichas multas, cual es la solucion? la semana pasada renove mi registro en lanus y me saltaron esas dos multas, monto 540 pesos creo, pero no tuve inconvenientes para hacer el tramite. muchas gracias, excelente la pagina, saludos!!

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 19:00 #

      Quizas deba realizar un planteo ante el Juzgado que corresponde, presentando el libre deuda que manifiesta.

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    • Javier 07/23/2012 a 13:14 #

      Hola Ariel, a mi me figuran dos multas en la pagina de la Prov de Bs. As y tengo que renovar el registro el proximo mes, vos lo pudiste hacer sin abonar estas multas? Esto es posible Dr. Hugo Caceres? Desde ya muchas gracias. Saludos.-

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      • Hugo Caceres 07/26/2012 a 06:35 #

        Si no tienen sentencia no impiden renovar la licencia.

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  294. miguel 05/24/2012 a 13:15 #

    Buenas tardes DR Hugo Caceres
    estoy por vender mi auto el cual esta radicado en capital federal y resulta que voy a pedir por las dudas libre deuda de infracciones de provincia y me encuentro que tengo un total para pagar de $6800 de distintas fechas sobre la ruta Nª 2 (total son 4) y una en ruta 30, la cual en mi vida pase por alli, ahora veo en el mapa que es para el lado de chivilcoy moquehua, etc.algunas ya tienen mas de 2 años por lo tanto desearia saber como tengo que hacer, y si algunas prescriben ya que en este momento por problemas de salud no estoy trabajando y no puedo afrontar este gasto.
    muchisimas gracias por su atencion

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  295. Maximiliano 05/24/2012 a 12:40 #

    Estimado Dr: Recibi una multa que cometí el día 25/05/2010 en ruta nº2 km 323.7 gral.piran, por importe de $1814.17, mi duda es a donde me tengo que dirigir para pedir el descuento por pago voluntario, ya que a los números de teléfono que llamo nunca me atienden y me urge para renovar el registro.
    Muchas gracias por su ayuda.

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 15:46 #

      Al Juzgado de Infracciones de Tránsito de Mar del Plata: calle 25 de Mayo 3735 de aquella ciudad.

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  296. Nestor 05/23/2012 a 19:05 #

    Doctor Caceres, antes que nada lo felicito por el servicio que brinda a la comunidad. Le comento mi consulta. Hoy, 23 de mayo, me llego una notificacion de citacion de acta de infraccion que me emplaza para que el dia 15/06 comparezca ante el Juzgado Administrativo de Infracciones en la localidad de Dolores. Esto por una infraccion el 29/12/2010
    Tengo varios inconvenientes:
    Vivo en Banfield
    Jamas me llego la multa que me permite el pago voluntario.
    Por otro lado, le relato brevemente la situacion de la supuesta infraccion: El auto no era mio y yo venia con la dueña de acompañante, es por las luces la multa, que las llevabamos prendidas y cuando nos freno el policia le dijimos pero si estan prendidas, mi acompañante ,la dueña del auto, le discutio y finalmente el policia le dijo bueno esta bien vaya señora, nos subimos y nos fuimos, nunca firme la multa ni nada.
    ¿Que es lo que me recomienda hacer Doctor? Realmente no puedo pagar $1548.

    Muchas Gracias por su atencion.

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    • Hugo Caceres 05/23/2012 a 21:12 #

      Debe impugnar dicha acta. Si no puede concurrir personalmente la ley lo autoriza, por domiciliarse a mas de 60 kms., para efectuar su descargo por vía postal.

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      • Nestor 05/24/2012 a 00:40 #

        Muchas gracias por su rapida respuesta. Le hago unas preguntas que capaz le resultan ingenuas pero son realizadas desde el desconocimiento del tema.
        Por via postal:
        ¿tiene que ser carta documento o puede ser carta certificada?
        ¿a quien se la dirijo ? ¿a la jueza directamente?
        ¿la carta debe llegar el mismo dia de la fecha que me citan o puede ser antes?
        En funcion de su experiencia ¿ a que me recomendaria q apunte al descuento del 50%, por el tema de que no me llego nunca la multa, o , al impugnar el acta, haciendo hincapie en la situacion propiamente dicha?

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      • Hugo Caceres 05/27/2012 a 18:25 #

        Puede ser cualquiera de las dos, dirigida a la jueza o al juzgado, y puede enviarla en cualquier momento antes de la fecha fijada. No se excluye un reclamo del otro, por lo que pida la nulidad y supletoriamente el descuento.

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  297. Maxi 05/23/2012 a 12:44 #

    Solo para que se rian un rato. Una clienta me trajo una fotomulta que le «labraron» en la ruta 30 en Chivilcoy. La foto que usaron para labrar la infracción, se la tomaron en la Ruta 2, Camet y corresponde a una multa que ella ya pagó. Gracias a Dios la foto en su pie dice la ubicación, con lo cual el descargo es muy sencillo. Saludos,

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  298. Matías 05/21/2012 a 13:35 #

    Dr. Cáceres, en primer lugar muchas gracias por el servicio que presta, es de gran valor el esfuerzo que hace dando orientación ante el caos que genera la falta de coordinación nacional en materia de infracciones.
    Soy del sur de Sta. Fe y circulando por Pcia. de Bs. As. me multan por falta de VTV, no estaba enterado de que en mi provincia ahora es obligatoria. Ante la imposibilidad de comunicarme al 0800-222-0024 busco en internet y doy con la web del SACIT, donde me encuentro con tres multas de radar, que datan una de 9 y lasotras dos de 5 meses atrás.
    Logré ubicar el teléfono del juzgado (queda a 300 km de mi domicilio) de la multa de VTV para coordinar el pago voluntario y consulté por las multas de radar, me dijeron que no tienen registro de notificación.
    Nunca fui notificado y además el radar en cuestión no tiene la señalización correspondiente.
    Voy a pagar (gestor mediante ya que no hay BAPRO en SAnta Fe) la multa por VTV porque corresponde, pero las otras no, porque pasé a 90 km/h por un lugar que es un mero paraje en una ruta nacional, que no llega ni a pueblo, se atraviesa en 1000 mts, donde bajar a menos de 60 km/h sería ponerme en riesgo de que me choquen de atrás.
    La falta absoluta de notificación y la ausencia de carteles son garantía de nulidad si envío el descargo?
    Otra vez muchísimas gracias por su aporte a la justicia.
    Saludos.

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  299. Paula 05/21/2012 a 11:21 #

    Estimado Dr Hugo,
    Muchas gracias por su asesoramiento. Al querer renovar mi licencia de conducir me indicaron que la misma esta bloqueada por contar con multas de exceso de velocidad en ruta 2, las cuales yo no recibir, calculo que llegaron a mi domicilio antiguo.
    Como puedo hacer en este caso para saber donde me debería acercar para ver si obtengo alguna quita? puedo solicitar que apliquen la ley mas benigna para que me den el descuento como si fuera pago anticipado? esto se puede hacer aunque haya sido sancionada o este en periodo de segunda notificación?
    En mi caso yo vivo en Ituzaingo y tengo que hacer la renovación ahí, sabe donde debería acercarme para poder hablar por el tema de las multas?
    Nuevamente gracias por su tiempo!!!!

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 18:31 #

      Puede llamar al 0-800-222-0024 para averiguar que juzgado interviene en su caso, y luego dirigirse al mismo para plantear su situación.

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  300. Roberto 05/21/2012 a 10:32 #

    Buen dia , mi mujer tiene que renovar el registro y consultando el libre de deuda, le aparecen dos multas en ruta 2 y 74 en noviembre de 2011, de las cuales nunca les llego nada. que tiene que hacer

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 16:32 #

      Si tienen sentencia le impedirán renovar la licencia. En ese caso debe dirigirse al Juzgado interviniente.

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  301. laura 05/19/2012 a 22:47 #

    Dr.le quería consultar en base a una multa por exceso de velocidad,la cual fue en la provincia de Santa Fe, la cual llego a mi domicilio a los dos meses,y por averiguaciones que he realizado según lo entendido los radares de la zona no son confiables y aparentemente no están como legalizados,quisiera saber si se podria hacer un descargo y el mismo a quien debería ser?
    Desde ya muchas gracias y aguardo su respuesta.
    Saludos cordiales.
    Laura Farias.

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 16:14 #

      El descargo debe dirigirse al Juzgado de Faltas que corresponda conforme el lugar de la infracción.

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  302. Angela 05/19/2012 a 11:05 #

    Perdone, olvidé comentarle que hoy me fijé en la página web de multas de tránsito de la Provincia de Buenos Aires, y me sale que mi auto, a la fecha, no tiene ninguna multa (la que me enviaron es una fotomulta). Gracias nuevamente

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  303. Angela 05/19/2012 a 11:03 #

    Estimado Doctor : recibí ayer 18/05/12 una multa de tránsito por exceso de velocidad en el Km2 de la ruta 28 ,partido Gral Rodríguez (límite 60 y yo iba a 79km/h). Era de noche e iba sola, volviendo de trabajar en Junín y dirigiéndome a mi domicilio en la ciudad de Pilar. Considero que es una zona que no ofrece seguridad y está mal señalizada. ¿A dónde corresponde que vaya para plantear mi caso? Muchas gracias desde ya

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 12:30 #

      En el texto de la notificación le indican adonde dirigirse, ya que si la misma es de jurisdicción provincial corresponde el Juzgado de DOn Torcuato, pero si es municipal al Juzgado de Faltas de Gral. Rodriguez.

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  304. pablo 05/18/2012 a 22:36 #

    Estimado: observe por internet que me fue labrada una multa, consulte telefónicamente y me dijeron que esto era correcto y tienen todos los datos pero la cuestión es que a pocos días de vencerse el pago de la misma no recibí nada en mi domicilio por lo cual no puedo constatar que la fotomulta sea de mi auto y sea legitima. como debo proceder? la tengo que pagar igual basandome de un simple talonario que se puede imprimir sin demasiada informacion desde internet?

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  305. florencia gonzalez 05/18/2012 a 12:59 #

    buenos días,
    Nos llegó una multa por exceso de velocidad en la Ruta 2 altura Chascomús. El máximo era de 80km/h e ibamos a 90km/h. En algunos foros leí que hasta ese porcentaje estábamos exentos, es cierto eso? si es así, como se procede? no pagamos la multa y listo o debemos esperar que nos cite el juez? gracias

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 12:58 #

      En PRovincia de Entre Ríos la ley permite en esos casos aplicar solo un apercibimiento, pero ello no es de aplicación en la Prov. de Buenos Aires.

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  306. nelida 05/17/2012 a 11:56 #

    Estimado doctor: soy yesica canelo de colonia caroya Còrdoba .yo queria comentarle que me a llegado una multa de $300 que es de San Nicolas Buenos Aires con el numero de la patente de mi moto que es 573 GBN y la verdad no entiendo yo nunca fui a BS AS y menos en moto.
    Aca en Cordoba no me dan ninguna solucion y si no la pago me siguen aumentando.Ojala usted pueda solucionar mi problema o le ruego me pase algun numero de telefono donde yo pueda comunicarme.Desde ya muchas gracias y espero su respuesta.

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 12:00 #

      Puede comunicarse al Juzgado de Faltas de San Nicolás: Colon 40 (C.P.2900) Tel. (02461) 42-3191

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  307. Alicia 05/16/2012 a 22:29 #

    Estimado Dr. me llego la segunda notificación de una infracción citándome a comparecer ante el Juzgado Adm. de Infracciones de Tránsito Provincial de la localidad de Chivilcoy.
    Pero en la primera Notificación del Acta de infracción, que se trata de una foto multa, de la misma surge que fue tomada en la Ruta 2 km 395.9 CAMET, No obstante ello en el acta de infracción como lugar de infracción consta RUTA 30 KM 469 – Chivilcoy. Nunca estuve en Chivicoy
    Que corresponde que haga?
    Desde ya muchas gracias

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  308. GABARIELA 05/16/2012 a 20:00 #

    Buenas noches! quisiera hacerle una consulta, compre un auto radicado en Tandil y tiene dos infracciones, una por los vidrios polarizados, de casi $3.000 y otra por no acatar la orden policial, estas son del 2009; el tema que yo me fije en la pagina de las infracciones y me dice que el dominio no posee infracciones. pero hoy fui al registro y me las dieron, como puede ser esto? habran caducado y en el registro igual saltan? gracias!!!!

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    • Hugo Caceres 05/21/2012 a 14:03 #

      Es raro, pero suele suceder que los archvios de los registros no se encuentren actualizados. Consulte en el Juzgado de Tránsito.

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  309. Romina 05/16/2012 a 19:59 #

    Estimado doctor: me llega una notificacion para que me presente en Dolores el 06/06 por una multa del 01/2010(donde yo no manejaba) El auto ya lo vendi y no se que debo hacer. El monto es de $ 528 y consulte que total tengo 4 x $2212, espero que presciban a los 5 años o antes me pueden hacer algo?! GRACIAS!

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  310. Tomas 05/16/2012 a 02:38 #

    Dr, existe algun limite de plazo desde que la infracción fué cometida, hasta que se notifica al infractor? es decir, si tengo multas de hace 2 ó 3 años de la Prov. de Bs As. pero nunca me notificaron fehacientemente, se puede pedir la nulidad de las mismas por no cumplir con los requisitos marcados por la ley??

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    • Hugo Caceres 05/16/2012 a 08:02 #

      60 dias es el tiempo para notificar las infracciones detectadas con cinemómetro.

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      • Romina 05/16/2012 a 19:58 #

        Dr, Hugo me llega una notificacion para que me presente en Dolores el 06/06 por una multa del 01/2010(donde yo no manejaba) El auto ya lo vendi y no se que debo hacer. El monto es de $ 528 y consulte que total tengo 4 x $2212, espero que presciban a los 5 años o antes me pueden hacer algo?! GRACIAS!

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      • Hugo Caceres 05/23/2012 a 21:31 #

        Es que si se dicta sentencia no podrá renovar su licencia.

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  311. Ricardo 05/15/2012 a 20:27 #

    Hola, la verdad que se agradece tanta información en un tema de la cual no hay mucha, gracias de verdad. le cuento mi problema, tengo 4 multas todas en ruta 2 por exceso de velocidad del año 99, cuando las recibí no podía pagarlas por problemas de índole económicos, la cosa que en la actualidad es imposible ya que se cuadruplicaron los valores, por lo tanto habrá alguna forma para pagar pero a los valores originales ? y la otra es para confirmar lo que lei ya en otras contestaciones suyas, estas multas caducan al 5to año de realizadas ?. Nuevamente gracias.

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    • Hugo Caceres 05/21/2012 a 13:45 #

      Salvo que demuestre no haber sido notificado fehacientemente, dificilmente le den la posibilidad de pago voluntario.
      Prescriben a los 5 años.

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  312. Hernan Bozzo 05/15/2012 a 16:54 #

    Estimado Dr,
    En el día de ayer he recibido una citación a juzgamiento por acta de infracción , según el acto una infracción cometida el dia 22/11/2010 en ruta 30 km 469 , chivilcoy, nunca he recibido una supuesta multa fotográfica, solo esta citación. Lo mas comico es que nunca fui a Chivilvoy para esa fecha. como puedo actuar en este caso ?

    Muchas gracias
    Atte Hernan Bozzo

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    • Hugo Caceres 05/21/2012 a 13:23 #

      Si se domicilio a mas de 60 kms. del Juzgado puede efectuar un descargo por vía postal.

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  313. Ignacio 05/14/2012 a 23:14 #

    Estimado Dr. que pasa si entre la primera notificación y la segunda transcurre 1 año y medio..Se extingue la acción por prescripción?

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  314. Silva Rodrigo 05/14/2012 a 21:43 #

    Estimado doctor:
    he recibido una multa cometida por exceso de velocidad el 02/03/2012 y registrada por radar ubicado en la Ruta Nacional Nro. 8 Km. 213,80 – Fontezuela – Partido de Pergamino. Según tengo entendido, se envió un proyecto de solicitud de informes al Poder Ejecutivo porque dicho radar no cuenta con carteles de antelación mínima de
    quinientos (500) indicando que hay un radar (www.hcdiputados-ba.gov.ar/proyectos/11-12D9450.doc).
    1. Entonces debo pagar la multa? 2.puedo apelar? 3.si quisiera vender el auto o renovar el registro, lo podría hacer sin ningún problema? 4.Llego a nombre de mi esposa que es cotitular; influye en algo?

    Muchisimas gracias por su tiempo

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    • Hugo Caceres 05/15/2012 a 06:11 #

      Puede plantear la caducidad del acta del infracción, en los términos de la ley 14.246

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  315. Tomas 05/14/2012 a 17:48 #

    Buen día, mi consulta es la siguiente: existe algun argumento para plantear la nulidad de una infracción (en este caso de Ruta 2 por exeso de velocidad) si ésta no fué notificada fehacientemente?. Al querer renovar el registro en Vte. Lopez me aparecieron multas por un valor de $10.000, las cuales nunca recibí, es decir, tampoco tuve la opción del pago voluntario. Son del año 2009 y 2010. Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 05/15/2012 a 06:09 #

      Si nunca fue fehacientemente notificado puede plantear la nulidad de las actuaciones por violación del derecho de defensa.

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  316. alejandro 05/11/2012 a 17:47 #

    hola doctor, me llego a mi domicilio una fotomulta por circular en la ruta 21 , provincia de buenos aires , por andar sin las luces bajas encendidas cosa que no es asi , ya que las tenia prendidas, mi pregunta es la siguiente si puedo impugnar esto tratando de demostrar la falsedad de dichas fotos , y si esta multa tiene un plazo de prescripcion y de cuanto es el mismo
    desde ya muchas gracias

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  317. Esteban 05/09/2012 a 16:06 #

    Buenas Tardes,

    Estoy por comprar un vehículo registrado en capital. Sacando los formularios 13I y C2 veo que existe una deuda de infracciones correspondientes a la Provincia de Buenos Aires (la mayoria por exceso de velocidad). Mi pregunta es: ¿puedo llegar a tener algún inconveniente si traspaso el vehículo a mi nombre sin que estas multas sean abonadas? Tengo entendido que las infracciones son de caracter personal y no las lleva el vehículo consigos, pero quiero quedarme tranquilo que no me reclamen una multa que no he cometido luego de pasar el auto a mi nombre.

    Aguardo sus comentarios.

    Muchas gracias de antemano!

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    • Hugo Caceres 05/13/2012 a 10:32 #

      Las multas son efectivamente de responsabilidad personal, pero todavia el RNPA las informa cuando se piden informes por dominio.

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  318. Mabel 05/09/2012 a 12:12 #

    Buenos días Dr.Caceres acabo de recibir una infracción por exceso de velocidad en la Ruta 2 Partido de Castelli con foto. Lo llamativo es que no es mi auto pero si mi patente.Debo hacer la denuncia en la fiscalía, en cual? desde ya muchas gracias

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  319. juanob 05/08/2012 a 21:28 #

    hola hugo me llego una multa de chascomus soy de rosario y no se donde la tengo que pagar..desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 05/12/2012 a 11:32 #

      PP – Interior – Rosario – Delegación del Grupo BP

      Italia nº 556 ( 2000 )
      ROSARIO – Santa Fe
      Lunes a Viernes de 09:00 a 16:30 hs.

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  320. Oscar Hernandez 05/08/2012 a 19:29 #

    Estimado. Desde ya gracias por esta valiosa ayuda.
    Recibi una boleta de multa por exceso de velocidad cometida a fines del 2010 que entiendo es una sentencia, por la que me intiman a pagar $1800. Pero nunca antes habia recibido la multa en mi domicilio, ademas al entrar en la pagina de la PBA descubro que tengo mas multas.
    Como debo proceder? Supongo que la que recibi es inapelable, y el resto?
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 05/12/2012 a 10:59 #

      Puede plantear la nulidad de las actas de infracción, y del procedimiento, incluyendo, quizas, la que tiene sentencia.

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    • Daniel 05/14/2012 a 10:19 #

      Estimado Oscar, perdón que me meta, pero a mi me pasó exactamente lo mismo, me intiman a pagar $1800 por una multa cometida a principios de 2010 y que nunca me llegó a mi domicilio, esperaré al vencimiento de mi lic. de conducir para hacer el descargo. Si usted resuelve el problema de otra manera que no sea abonando esa irrisoria cifra, le pido por favor si me puede comentar para proceder de otra manera,
      Desde ya muchas gracias

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  321. Enrique N. 05/08/2012 a 10:51 #

    Estimado Hugo:
    Antes que nada le agradezco la predisposición que tiene para contestar la cantidad de consultas que recibe.

    Le agradecería me oriente sobre mi tema:
    Este sábado (06/05/2012) en la localidad de CHASCOMUS me labraron un ACTA DE INFRACCION por estacionar en un lugar reservado para motos, bicicletas, etc según la ordenanza municipal 2360/92.
    Yo me encontraba en esa localidad en un viaje de paseo por el fin de semana, así que desconocía la existencia tanto de la ordenanza como la de esos espacios reservados. Otra razón por la que comentí la infracción fue que a esa hora de la noche (20:00) la iluminación no era buena y no se veía la zona delimitada por pintura amarilla ni el cartel indicador. Además no estuvimos más de media hora en el lugar, hicimos unas compras y cuando volvimos estaban haciendo el Acta.
    El agente que me labró el acta me dijo que tenía TRES días para presentar un descargo via fax (yo vivo en Berazategui, a más de 100km) explicando esas mismas razones, siendo además él mismo quien las propuso.

    Mis dudas:
    1) ¿Vale la pena enviar el descargo? Mi pregunta va por dos razones: ¿Puede servir para atenuar la multa?; ¿lo tomarán en cuenta si la envío por FAX al Juzgado de Faltas como me mencionó el agente?

    2) ¿Siempre existe el pago voluntario por el 50%? ¿Cuándo me imponen la multa? La copia del ACTA no menciona el valor de la multa que me corresponde. ¿Pierdo la posibilidad de pago voluntario si presento el descargo?

    3) ¿Desde cuándo corren los plazos? ¿Esa copia del ACTA que me dieron representa una NOTIFICACION? Yo no la firmé (no me obligaba a hacerlo, me lo daba como opción) pero en la misma consta que yo aporté la licencia de conducir de donde tomaron mis datos.

    4) ¿Este tipo de infracción a una ordenanza municipal aparece en el SACIT?

    Desde ya muchas gracias por el tiempo dedicado. (Le envié esta consulta al correo electrónico también)

    Atte.-
    Enrique

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    • Hugo Caceres 05/12/2012 a 10:58 #

      Se trata de una falta de jurisdicción municipal, por lo que tomará intervención el Juez de Faltas de la Ciudad. Desconozco los criterios del mismo, dado que no he realizado gestiones en Chascomús.
      Sin embargo:
      1) siempre es mejor enviar los descargos por correo (carta documento o certificada con aviso).
      2) Desconozco si la ordenanza local preve pago voluntario, usualmente no contienen disposiciones al respecto.
      3) Usted queda notificado al momento en que le confeccionan el acta.
      4) No en la web, pero si cuando se solicitan antecedentes para renovar licencia.

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  322. Daniel 05/08/2012 a 09:55 #

    Gracias por su respuesta, le explico nuevamente y con mas datos el caso para hacerle una nueva consulta. Al parecer cometí una infraccion el día 12/02/2010 en la ruta 63 (Dolores), pero la multa nunca me llegó a mi domicilio. El día 15/12/2011 me dejan en el buzón una citación por no haber pagado la multa, tenía que concurrir a la localidad de Dolores o abonar $527, al no poder abonar la multa y vencido el plazo, me llega una nueva notificación donde el juez cierra el caso teniendo que abonar $1800.
    Consulta: se puede hacer algún tipo de reclamo como para pagar la multa al valor inicial? diciendo que no me llegaron las notificaciones ( ya que en ambos casos las halle en mi buzón, sin firmas de recibido.
    Consulta 2: mi licencia vence en febrero del 2013, y la renovación la hago en Merlo, Bs As. en caso de no abonar la multa, podré renovar mi licencia de conducir??
    Desde ya agradezco nuevamente su tiempo
    Sdos

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    • Hugo Caceres 05/12/2012 a 11:23 #

      En caso de no abonar la multa no podrá renovar su licencia, dado que la misma ya posee sentencia.
      Habría que ver el informe del encargado del reparto postal, dado que si el mismo reune los requisitos legales la notificación podría ser válida.

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  323. Matías 05/07/2012 a 10:31 #

    Estimado Doctor, antes que nada le quería agradecer por el servicio que brinda.
    Mi caso es el siguiente:
    Al querer vender el auto y verificar que no tuviera multas, me aparecen dos multas desde el sitio web de la prov. de Bs. As., que nunca me llegaron.
    Ambas son de la RUTA 63 KM 8.8 DOLORES, una con fecha del 13/02/2010 y la otra 20/03/2011. Y lo que figura en la misma es Artículo N°: 28 Descripción: Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos.
    Puedo solicitar el pago voluntario ya que nunca me llegaron o la anulación de las mismas ya que no tengo la evidencia (fotografía) de que haya cometido la infracción?
    Estuve leyendo que en esta ruta, en el último año, se aumento el máximo de velocidad en ciertos tramos, el KM 8.8 fue uno de ellos, este argumento es valido para solicitar la nulidad?

    Muchas Gracias.
    Saludos.
    Matías Soto.

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  324. Alejandra 05/06/2012 a 18:52 #

    Buenas tardes, en el mes de febrero fuimos de vacaciones a Villa Gesell, y para sorpresa nuestra nos han llegado TRES fotomultas por exceso de velocidad, quisiera que por favor me ayuden primero cómo puedo saber si estos radares están homologados y facilitándome un modelo de carta para hacer el descargo. Le paso el detalle de las mismas: Nro: 02-999-036867663–Máx. 80 Vel/reg. 90 — Datos del radar BA VIAL C0034 MARVIC-V2 Nro: 02-999-037356348–Máx.60 Vel/reg. 71 — Datos del radar MC VIAL D0036 V002 Nro: 02-999-037572438–Máx. 60 Vel/reg. 72 — Datos del radar BA VIAL C0010 MARVIC-V2 Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 05/07/2012 a 07:56 #

      Puede verificar la homologación ingresando a la web del INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial).
      No enviamos modelos.

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  325. Eamanuel 05/06/2012 a 13:34 #

    Hola te habia mandado un mail por la respuesta que me diste donde decis que puedo renovar el registro en moron con una multa que tengo, lo que te pido es que argumento me tengo que basar por si me dicen que tengo que pagar la multa, osea que le tengo que decir para que me lo renueven? muchas gracias en el mail te lo explico mejor. Un abrazo

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  326. Miriam 05/04/2012 a 11:01 #

    Hola! Hoy me hicieron una multa por circular por la vereda en moto. Fue en la Munic de San Martin pero el tema es que ahi el lugar para estacionar las motos está en la vereda! la multa esta hecha a mi nombre , pero como hace 1 mes la compré , todavia estoy circulando con la tarjeta del dueño anterior, ya que la transferencia está todavia en trámite y eso tambien figura ahí. Que hago? espero la notificacion?? Desde ya mil gracias por la atención.

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  327. Franco Lorenzo 05/03/2012 a 21:35 #

    Buenas noches doctor. Mi consulta es la siguiente:
    Haciendo la denuncia de venta un vehículo a mi nombre; se me notifico que tengo dos foto multas de la provincia de Bs, As. por exceso de velocidad de marzo del año pasado. Ya que venció el pago voluntario; ¿habrá posibilidad de solicitarlo en el juzgado? Tengo la voluntad de pagarlas, pero es mucho dinero ya que suman 1400 pesos.
    ¿En cuanto tiempo prescriben? Muchas gracias por su tiempo

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    • Hugo Caceres 05/06/2012 a 10:46 #

      Prescriben a los 5 años. Nada pierde realizando una gestión en el juzgado, muchas veces se obtienen quitas o plazos para pagar en cuotas.

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  328. Daniel 05/03/2012 a 15:42 #

    Estimado Hugo, valoro mucho su tiempo al responder todas las consultas, se agradece.
    Tengo una consulta, resulta que hace 7 meses me llegó una multa de la localidad de Dolores, Ruta 2, hecha el 16/02/2010, con un valor de $527, en ese momento no contaba con la plata para poder pagarla, hoy verifiqué por internet el estado de la multa y me encuentro con la sorpresa que ahora el monto es de $1800, la consulta es: prescribe la multa al haber pasado más de dos años de la infraccíón? en caso de no prescribir, como puedo hacer para abonar la multa pero al valor inicial? desde ya muchas gracias por su tiempo.

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    • Hugo Caceres 05/06/2012 a 10:51 #

      Prescribe a los 5 años.
      Si la primera notificación fue válidamente realizada, no hay demasiadas opciones como para reducir el monto de la sentencia.

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      • Cristian 05/08/2012 a 21:34 #

        Sr Cáceres, me llegó una NOTIFICACION de RESOLUCION/ACTA de INFRACCION de TRANSITO. cometida el 13-2-2010 Ruta 63 – Dolores. detallo: Resolución, Autos y vistos:….(mis datos pers y los de la infracción) …y considerando, que se encuentran cumplidos los procedimientos que garantizan el derecho de defensa y del debido proceso, y que la constatación de la falta no ha sido desvirtuada por el aporte de pruebas valederas, con lo que surge de los elementos de juicio merituados la indubitable comisión de la infraccion, lo que se ha ratificado por su desinterés en efectuar descargo, constituyéndose en plena prueba las constancias del acta de infracción. Que deben considerarse agravante los antecedentes registrados en la DPPSV. Que deben considerarse agravante la incomparecencia del imputado. Que por lo expuesto, citas legales y mis mas intimo convencimiento, RESUELVO: 1°) Condenar imputado de autos al pago de 360 UF s por infracción al Art 28, Anexo V, Decreto 532/09, reglamentario de la Ley Nro.13.927. 2°)Tome conocimiento el REPAT.Notifíquese, registrese y archívese.

        El importe que debo pagar es de $ 2.177,64.
        Dr. nunca me llegó la fotomulta, entonces mi pregunta es, es un importe muy alto!, en este momento me es imposible de pagarlo, soy de Capital, no puedo asistir a Dolores, habrá posibilidades de que me hagan una quita?, qué pasa si no lo pago? además tengo que hacer un viaje al exterior puedo tener algún impedimento para salir del país si no puedo pagarlo?
        Espero su contestación. Muchas Gracias por su tiempo.

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      • Hugo Caceres 05/12/2012 a 10:47 #

        No tendrá impedimentos para salir del país.
        Cualquier planteo respecto a dicha acta, ya sea solicita quita o recurrirla, debe ser realizado ante el Juzgado de Dolores.

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      • Cristian 05/12/2012 a 12:52 #

        Dr Cáceres, con respecto a mi inquietud que le envié el 8 de Mayo sobre la sentencia que tengo que pagar $ 2.177,64. No tengo posibilidad de juntar ese dinero antes de la fecha de vto, Ud me contestó que tendría que ir al Juzgado de Dolores, pero mi pregunta es, puedo presentarme sin fecha de citacion? cualquiér día de semana? y mi 2da pregunta es, si no pago qué puede llegar a pasar? cómo sigue esto? Múchisimas Gracias. Saludos.

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      • Hugo Caceres 05/13/2012 a 11:24 #

        Puede presentarse cualquier día, sin turno previo, en horario de 8 a 14 (lunes a viernes).
        Si no soluciona este tema puede verse imposibilitado de renovar su licencia.

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  329. CLAUDIA 05/03/2012 a 11:03 #

    Quería saber si hay alguna posibilidad de efectuar la negativa del pago de una infracción por el exceso de velocidad en la ruta 2 con una velocidad permitida de 80 km/h y la velocidad registrada es de 90 km/h. El titular del auto es discapacitado y tiene el carnet para poder presentarlo. Desde ya muchas gracias por su tiempo y estoy a la espera de su pronta respuesta.

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    • Hugo Caceres 05/06/2012 a 10:57 #

      El hecho de que sea discapacitado no lo exime del cumplimiento de las normas de tránsito (en este caso los límites de velocidad establecidos).

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  330. german 05/02/2012 a 23:40 #

    Buenas tardes DR, el dia 3/11/211 compre un vehiculo que transferi a mi nombre, en el formulario 13i figuraba una infraccion con fecha 2/08/2011 por un importe de $238.450.- por no llevar los acompañantes cinturones de seguridad, el dia que me entregan la cedula verde (9/11/2011) y pago la tranferencia, firme una negativa de pago por ser la infracion anterior a la compra del vehiculo, y hoy consultando en por el dominio de mi automovil si tenia multas, veo que aparece dicha infraccion con fecha de emision 2/11/2011 . La consulta es..prescribe dicha infraccion? puedo tener algun inconveniente el dia que quiera vender mi vehiculo?

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    • Hugo Caceres 05/03/2012 a 08:08 #

      Aunque las infracciones de tránsito son de caracter personal, el RNPA las informa cuando se realiza un pedido de informes por dominio, lo cual a mi entender es absolutamente incorrecto y carece de fundamentación legal.

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  331. Natalia Kona 05/02/2012 a 20:23 #

    Estimado Doctor Caceres,

    Estoy muy preocupada por la siguiente situación: En mayo de 2011 vendi mi auto. El mismo tenia 4 multas de exceso de velocidad anteriores a la venta (me agarraron 2 de ida y dos de vuelta – ruta 2 en el km de chascomus), osea las debia pagar yo . Cuando voy al registro a hacer la trasnferencia, alli saltan las multas. Como no me entregan las boletas, (habia que sacarlas x internet), hacemos la transferencia, la chica del Registro me informa que me quede tranquila que las multas van con el auto, que si la trasnferencia se hacia, no iba a tener inconvenientes. Entonces, acuerdo con el comprador que lo descontaba, y lo pagaba el. El comprador me firma un documento en donde dice que se descuenta el dinero a los efecots de abonar las multas y entregar copia de los pagos. Obviamente el comprador no pago nada, no me atiende el telefono y me llega una notificacion de que pague la multa por triplicado (solo una de ellas. Imagino que ocurrira lo mismo con las otras. Es decir, de $700 pasa a $1800 cada una). Que debo hacer? En que me perjudicará si no pago? Como puedo hacer para que pague las multas conforme lo acordado a la venta? Hay forma de conseguir planes de pago? La verdad es que estoy deseperada. Obviamente me es imposible volver a pagar todo esto. Si tiene un mail, pasemelo asi le escribo a su casilla por favor.

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    • Hugo Caceres 05/06/2012 a 10:28 #

      En primer lugar, la información que le dieron en el RNPA es errónea, ya que las infracciones de tránsito son de responsabilidad personal, no del vehículo.
      Por otra parte, dado que el comprador asumión dicha obligación usted puede intimarlo al cumplimiento de la misma, o exigirselo judicialmente.
      El no pago de la deuda puede impedirle renovar su licencia de conducir.
      Mi correo electrónico es hac@caceresblascone.com

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  332. Emanuel 04/24/2012 a 13:45 #

    Hola Hugo como estas? muchas gracias por toda la información que brindas, mi consulta es la siguiente, el viernes 20 de abril mi mama recibió una multa a nombre de ella en la ruta 2 del mes de febrero del 2012, ella el auto lo vendió en diciembre del 2011 y el comprador transfirió en el momento de la venta, lo llamamos y lo va a pagar este no es el caso el caso que yo al ver esta multa me metí a la pagina del gobierno de la provincia de bs as y puse mi patente (solo de chusma) y me salió una multa de mayo del 2011 en Santa Teresita por exceso de velocidad, la máxima era de 60km/h y yo pase a 71km/h con un pago voluntario de $360 o $720 si pasa la fecha del pago voluntario, pasa que yo nunca recibí una notificación ni nada que me informe de esa multa, no lo niego la multa es mía pero a mi me gustaría o no pagarla o hacer el pago voluntario y no $720,donde tendría que hacer el tramite o vía carta documento, quería saber que me aconsejas y que pasos seguir, yo soy de Ramos Mejía Pcia de Bs As y lo pero que tengo que renovar el registro el 5 de mayo y ahora Morón pide libre de multas, bueno te mando un abrazo y espero una respuesta. Muchas gracias Emanuel

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  333. ROSANA 04/19/2012 a 14:51 #

    Estimado Dr ; buenas tardes , agradezco su pág por lo q estuve leyendo muy clara e informativa. Al pedir hoy el form 13i en registro Cap para la venta de mi auto , aparecen 4 infracciones en ruta 2+11 ( Pdo de la Costa ) con fechas 12/2009-02/2010-03/2010-07/2010-Todas por exceso de veloc en el momento en q estaban los carteles «cazabobos» de reducción de veocidad en distancias no reglamentarias e inviables de ejecutar entre uno y otro – Valor total $ 5.100. NUNCA FUI NOTIFICADA OFICIALMENTE PARA EL PAGO VOLUNTARIO . Mis consultas ,por fvr : 1) Se justifica un reclamo , es posible obtener una quita que lo amerite ? (Es un monto exorbitante.)
    2) Donde debe ser reclamado ? En Dolores o en La Plata ? Cual es la institución , un Juzgado de faltas?
    3) Dada la distancia , es algo que se realiza en el día por presentación espontánea, si decido viajar para un descargo ?
    4) Puede decirme cuál es la resolución por las que qete sistema de señalización incorrecto había sido abolido ?
    Muchas gracias por su pronta repsta , atte , lo saludo
    Rosana

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    • Hugo Caceres 04/23/2012 a 07:25 #

      1) Es posible obtener una quita, y aún la nulidad de las actas de infracción.
      2) En el Juzgado que corresponde a cada infracción, el cual depende del lugar donde se produjeron.
      3) Si se presenta personalmente puede que obtenga resolución en el momento.
      4) No hubo ninguna resolución como la que usted menciona.

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      • sebastian molina 04/26/2012 a 20:50 #

        buenas noches doctor: mi consulta se debe a lo siguiente:
        El dia 17/04 gendarmeria en la localidad de zarate me incauto cedula verde por existir denuncia de venta y prohibicion de circular con fecha 27/02 ( denuncia realizada el 23/12/2011), yo inicie la transferencia el dia 26/01 en el registro de gualeguyachu por que soy de entre rios y el registro del auto es de buenos aires, a todo esto me multaron por el art 18 del decreto provincial por «NO CUMPLIR CON LAS NORMAS DE TRANSFERENCIA» con los comprobantes en mano no hubo caso de evitar la multa ya que en si ya habia iniciado el tramite con anterioridad a la fecha de prohibicion, corresponde esperar la segunda notificacion para presentar descargo o sera en vano el intento. compre el coche el dia 23/12/2011 e inicie transferencia el dia 26/01/2012 ya que durante este periodo estuve embarcado en buque mercante y en mi localidad no existen gestores automotor.
        Agredecere su respuesta y consejo al efecto. lo necesito y estoy un poco dolido por esto, desde ya muchas gracias. saludo a ud muy atte.
        sebastian

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      • Hugo Caceres 05/03/2012 a 08:18 #

        Quizas contactando al Juzgado interviniente pueda lograr algún tipo de consideración, dado las particularidades de su caso.

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  334. Nicolas 04/19/2012 a 11:59 #

    Estimado Hugo. Recibi una multa por exeso de velocidad en la Ruta 2 (km323) en la cual dice que la yo iba a 90km cuando la velocidad maxima es 80km. En la notificacion enuncian que tengo 1 mes para pagar con un 50% de descuento. Mi pregunta es si tengo algun argumento o recurso para apelar la multa y que la declaren nula. Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 04/22/2012 a 11:52 #

      Habria que analizar el acta y las circunstancias del caso.

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      • juan jose 04/24/2012 a 08:20 #

        hola doctor, como seria una nota para pedir la reduccion del pago de una multa vencida
        gracias

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      • Hugo Caceres 04/28/2012 a 10:24 #

        Dirigida al juzgado interviniente, manifestando las razones por las cuales usted entiende que debe procederse a dicha reducción. No se exigen formalidades especiales.

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  335. jorge omar arce 04/17/2012 a 15:43 #

    Estimado Dr, estoy en la misma situacion según cuenta Fernando en su comentario del dia 13 de abril de 2012 y que no fue contestada aun, le agradeceria su respuesta y lo felicito por su trabajo para evacuar dudas.

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    • Hugo Caceres 04/23/2012 a 07:17 #

      Jorge, ese comentario lo conteste por email dado que la persona que lo hizo tambien me habia enviado un correo privado. Lamentablemente no se dan cuenta del esfuerzo que representa contestar todos y cada uno de los comentarios, razon por la cual voy a limitar las respuestas privadas.
      Las actas de infracción son válidas, ya que un simple proyecto no elimina lo que ya está hecho.
      Si la señalización exigida por la ley 214.246 no existe puede plantear la caducidad del acta, en el momento de ser citado al Juzgado para efectuar su descargo.

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  336. fer 04/17/2012 a 09:40 #

    Estimado doctor:
    Quería hacer una consulta, he recibido una multa cometida por exceso de velocidad y registrada por radar ubicado en la Ruta Nacional Nro. 8 Km. 213,80 – Fontezuela – Partido de Pergamino. Según tengo entendido, se envió un proyecto de solicitud de informes al Poder Ejecutivo porque dicho radar no cuenta con carteles de antelación mínima de
    quinientos (500) indicando que hay un radar (www.hcdiputados-ba.gov.ar/proyectos/11-12D9450.doc).
    Entonces debo pagar la multa? En cuanto tiempo caduca? puedo apelar? si quisiera vender el auto o renovar el registro, lo podría hacer sin ningún problema?

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    • Abel Gustavo González 05/04/2012 a 21:07 #

      Buenas noches dr. mi situación es la misma que la de otros automovilistas con relación a las fotomultas s/RN Nro 8 km 213,800 en Fontezuela, pdo de Pergamino. Tengo familiares en la zona y me aseguran que a la fecha no hay ningún cartel como lo indica la ley, más aún, la indicación más cercana es 80 km/h varios kms antes. ¿cómo se resuelve éste tema? Muchas gracias desde ya. Abel

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      • Hugo Caceres 05/06/2012 a 12:01 #

        Planteando la nulidad de las actas de infracción.

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      • Abel Gustavo González 05/12/2012 a 20:03 #

        Agradezco su respuesta, me va a ser útil incluso al momento de pagar el impuesto de patente ya que ahí también sale. Abel

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  337. Joaquin 04/16/2012 a 22:18 #

    hola!! mi consulta es sobre una multa que me hicieron en cordoba por la policia caminera en donde tenia una luz baja (izquierda) quemada, eran las 15:00 horas, le dije que hacia el descargo (no lo complete, solo lo dije), esto fue en el año 2009, hace unos dias llego a mi casa una carta donde decia que tenia un acta y una acusacion de rebeldia, supuestamente la multa a pagar era de 1200 pesos y vence el 27/04. Mi pregunta es que hacer al respecto, ya sea si puede agravarse el asunto de no pagar la multa o de que manera tengo que proceder para resolver esto.. muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 04/17/2012 a 07:22 #

      Debio hacer el descargo en el momento oportuno, ya que fue notificado al momento de labrarse el acta de infracción.

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  338. Osvaldo Jacob 04/16/2012 a 16:26 #

    Estimado Doctor, me llego una multa que me hicieron en la ruta 8, Pergamino, por exceso de velocidad, la dejaron bajo puerta. Tengo plazo hasta el 15/5 para el pago voluntario con el 50% de descuento, tiene sentido hacer un descargo pidiendo la nulidad (no había aviso, medición del radar, presencia policial, etc.) o muy a pesar mio pagarla con el 50% de descuento? Prescripción de este tipo de multas en la provincia del Buenos Aires? Muchas gracias y saludos cordiales.

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    • Hugo Caceres 04/17/2012 a 07:38 #

      Prescribe a los 5 años.
      La decisión de recurrir o no es suya, y depende de situación de hecho: lugar de la falta, fecha, condiciones de circulación, contenido del acta, etc.

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  339. florencia 04/16/2012 a 15:33 #

    DR caceres. me llamo florencia hace unos dias me compre un auto, el hombre que me lo vendio no era titular pero supuestamente medaba el o8 firmado por el titular, yo al desconocer del tema no me di cuenta que no estaba sellado por ningun escribano. contacte al titular y me dice que el auto tine 19 multas del 2008 y 2009, y se reusa a firmarel 08 hasta que las multas esten pagas. quisiera saber si las multas venciero y de no ser asi, si debo hacerme cargo de la misma??? muchas gracias espero su respuesta.

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    • Hugo Caceres 04/17/2012 a 07:39 #

      No debe hacerse cargo de las multas. Las del 2008 posiblemente se encuentren prescriptas.
      Puede exigir la firma del 08 judicialmente si el titular se niega a hacerlo.

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      • juan jose 04/24/2012 a 08:01 #

        hola doctor buenos dias, yo tengo una multa de diciembre de 2009. como se si esa multa esta vencida o no ?

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      • Hugo Caceres 04/28/2012 a 10:31 #

        Puede consultar al 0-800-222-0024

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  340. fernando 04/13/2012 a 09:41 #

    Estimado doctor:
    he recibido una multa cometida por exceso de velocidad el 08/02/2012 y registrada por radar ubicado en la Ruta Nacional Nro. 8 Km. 213,80 – Fontezuela – Partido de Pergamino. Según tengo entendido, se envió un proyecto de solicitud de informes al Poder Ejecutivo porque dicho radar no cuenta con carteles de antelación mínima de
    quinientos (500) indicando que hay un radar (www.hcdiputados-ba.gov.ar/proyectos/11-12D9450.doc).
    Entonces debo pagar la multa? En cuanto tiempo caduca? puedo apelar? si quisiera vender el auto o renovar el registro, lo podría hacer sin ningún problema?

    Muchisimas gracias por su tiempo.

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  341. Luis 04/10/2012 a 18:17 #

    Buenas tardes Dr, hace unos dias me llegó una fotomulta tomada por un cinemometro por circular a 90 km cuando la máxima permitida es de 80 km.,ubicad en la ruta 11 a la altura del km 328,800, acceso a Mar del Tuyu del 15 de enero de 2.012., en la fotografía que figura en el Acta como prueba documental, se observa claramente que el vehículo se encuentra detenido por la proyección del sol a travez de las llantas y esto se ve reflejado en la sombra que se produce debajo de la unidad, se pueden contar los agujeros de la llanta por el haz de luz que la atraviesa. MI pregunta Dr es la siguiente Sirve como prueba la comprobación de este fenómeno para solicitar la nulidad y la forma no fehaciente de notificación?., en el caso de ejercer mi defensa donde y como debo realizarla, destacándole que vivo en Bahía Blanca. Desde ya muchísimas gracias por su atención.

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    • Hugo Caceres 04/11/2012 a 05:55 #

      Debe ejercer su defensa ante el Juzgado de Infracciones de Tánsito de DOlores. Dado su domicilio, puede hacerlo por vía postal.

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  342. Sergio Sebastian Hernandez 04/10/2012 a 15:33 #

    Hola Doctor Hugo Caceres, mi consulta es la siguiente recibí en la fecha una multa por exceso de velocidad en la ruta cuando el permitido era de 80 km/h y yo circulaba a 90,68 km/h, la opción de pago que me da es pago voluntario y en el banco de la provincia de Buenos Aires, el cual no cuenta con sucursal en mi provincia. Yo soy de tucumán y la verdad que estoy seguro de haber respetado todos los limites de velocidad que me indicaba la ruta misma de la cual no estaba informado de los exceso de velocidad y no me parece grave el ir a 90 km/h en una ruta.Que debo hacer en mi caso. Desde ya muchas gracias por su atención.

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    • Hugo Caceres 04/11/2012 a 06:12 #

      En Tucumán se puede abonar en:

      PP – Interior – San Miguel de Tucumán – Delegación del Grupo

      Junin 10 esquina 24 de septiembre ( 4000 )
      SAN MIGUEL DE TUCUMAN – Tucuman
      Lunes a Viernes de 9 a 13.30 hs

      En caso de no hacer uso de la opción de pago voluntario, podrá efectuar su descargo cuando lo citen para ello desde el Jzugado interviniente.

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  343. nicolasdavel 04/10/2012 a 10:21 #

    Estimado el dia 4 de Abril de 2012 en el trayecto de Saladillo a Bolivar me detienen por no circular con las luces bajas encendidas, cuando el tablero me indicaba que si estaban encendidas, luego al llegar a destino y revisar los fusibles descubro que se habia quemado el mismo encargado de las luces bajas. Como puedo realizar el descargo ya que no creo justo que tenga que pagar una multa de $ 900 por un fusible quemado. Ademas a la agente que me detuvo no le importo que viajaba con una beba de 9 meses que estaba inconrdiosa y cansada del viaje. Espero su respuesta. Muchas Gracias

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  344. Gabriel Fiszman 04/09/2012 a 17:03 #

    dR. Caceres. Fui a renovar el registro y me sacaron el libre deuda, donde figura que tengo 2 multas, una del 2009 , la cual voy a pagar por que reconozco que es mi auto y otra del 2010 con una patente que no corresponde a mi auto , es CHO y el mio era CHU . En el papel figura como «En proceso de Citación a juzgamiento» . Que debo hacer? A donde puede dirigirme para reclamar. El juzgado que figura es SAN ISIDRO.

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  345. ada 04/09/2012 a 15:27 #

    Me hicieron una multa por el gancho en el auto? Puede salir 900 mangos el pago voluntario? y si no la pago el algun momento preescribe? Muchas Gracias

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  346. Paul 04/07/2012 a 18:28 #

    Hola, recibi una multa por cruzar una luz roja en Av de mayo y 9 de julio el dia 13/10/11, el tema es que soy de La Rioja capital y jamas viaje a Bs As, cuales son los pasos a seguir para hacer el reclamo porque en la multa solo me da la opcion de comparecer ante un controlador administrativo de faltas en la cede de Carlos Pellegrini, muchas gracias por su atencion. Paul

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  347. Mauro 04/06/2012 a 17:03 #

    Hola Hugo, mi problema es el siguiente: el día 16 de Enero del año corriente me encontraba yendo de vacaciones a Gessel con mi madre, la ruta presentaba una situacion muy engorrosa; los autos avanzaban a paso de hombre durante 9 hs que duro el viaje total de 300km. Debido a que hacian 40ºc de temperatura mi madre se empezo a sentir mal y yo tome la decicion de dirigirme por la banquina hacia un algun lugar con sombra. Luego de retomado el camino y llegando al peaje de Brandsen me detuvieron a un costado y sin escuchar mis explicaciones me multaron y me retuvieron el registro «por circular por la banquina», cuestion que es totalmente injusta y abusiva porque no fué asi. Luego que consiguiera que alguien me acompañara al juzgado administrativo de la plata (porque no tenia registro y no podia conducir) me presente a dar explicaciones, explicaciones que nuevamente omitieron y sin otorgarme facilidades de pago ni nada me dijieron que ahora tenia que pagar $1900 para que me devuelvan el registro, monto que es imposible pagar para mi ya que representa la mitad de mi sueldo, entonces me dijieron que estaba en mi derecho de presentar un descargo por correo, descargo que puede representar un proceso que no iba a durar menos de 5 meses (segun un empleado administrativo del juzgado) agotando asi mis posibilidades de volver a transitar. Vivo en capital federal y la multa es de provincia ¿Que alternativas me quedan? Gracias Atte

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    • Hugo Caceres 04/06/2012 a 17:11 #

      No hay demasiadas alternativas a la situación actual, dado que al presentarse usted por su cuentra y formular descargo, quito la posibilidad de plantear nulidades o defensas que quizas se podrían haber opuesto.

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  348. Alberto 04/03/2012 a 22:20 #

    estimado Doctor

    me llego una fotomulta por exeso de velocidad segun la notificacion conducia a 92 km en una zona de 80 km me parece poco probable ya que soy conciente de los radares y carteles la, fotomulta me toma el coche de atras en la ruta 6 exaltacion de la cruz l
    los cardales mi localidad Gualeguaychú Entre Rios llegado el momento del pago confiado fui al banco Nacion, rapipago, correo en la cual me dijeron que esas multas solo se pagan en Buenos Aires ya vencida que debo hacer? Gracias

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    • Hugo Caceres 04/08/2012 a 09:46 #

      Puede llamar al 0-800-222-0024, Mesa de Ayuda de la Dirección PRovincial de Seguridad Vial.

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  349. marta barragan 04/03/2012 a 10:19 #

    Dr Caceres esta página me resulta excelente, mi agradecimiento-
    Acabo de recibir nota, por pedido para transferir, sin notificación anterior desde el Registro Nacional del Automotor de multas de Gobernacion Buenos aires de 2008 y 2007
    y de Ruta 2 2009
    Sé que han vencido-
    El comprador espera .
    Iré hoy a la ofiina-
    sé que están pagas ademas las de Capital-
    qué me sugiere?
    Saludo a usted Marta

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  350. Alicia V. 03/29/2012 a 23:15 #

    Me robaron mi auto y estoy tramitando la baja, al retirar el trámite me niegan la baja porque hay una deuda de infraccion en la ruta 2 por un valor de $1.800,- La infraccion fue cometida el 20.10.2009, el auto lo compre en CABA y la tranferencia la hicimos el 1.2.2010, al momento de realizarla el concesionario abonó un par de multas que adeudaba la dueña anterior (de Córdoba y otra de CABA) esta no figuraba, y ahora me dicen en el registro de Ituzaingo 1 que yo debo abonarla si no no me liberan la baja. Esta multa corresponde a la dueña anterior, como puedo lograr la baja del vehículo sin pagar algo que no me corresponde a mi?
    Gracias por su asesoramiento

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    • Hugo Caceres 04/09/2012 a 08:24 #

      Debe solicitar el redireccionamiento de la infracción en Seguridad Vial.
      No es legal que el RNPA se niegue a realizar el trámite por dicha infracción. Ninguna norma fundamenta dicha conducta.

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  351. sergio 03/29/2012 a 18:37 #

    Soy de Rosario y recibi la sentencia de una de radar en Ruta 2 km.340 Cnel Vidal ( aparentemente jurisdiccion de mar del plata) por no haberme presentado a hacer descargo.
    Jamas recibi la multa original con la foto del supuesto exceso de velocidad por lo que nunca fui notificado de esta situacion. Es mas, el auto no lo tengo hace varios meses ya que lo vendi y la multa es de enero del 2010.
    Que tipo de descargo tendria que hacer? no quiero que la falta de pago afecte a la persona que le vendi el vehiculo.
    gracias.

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    • Hugo Caceres 04/06/2012 a 16:58 #

      Podría plantear la nulidad de la sentencia por no haber sido notificado fehacientemente del acta de infracción original.

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  352. Gisele De Tomas 03/27/2012 a 19:54 #

    Dr: me llego una multa del gobierno de la ciudad de buenos aires por estacionar en un lugar prohibido en aeroparque el 21/1/12. La cual es imposible por que yo nunca viaje a buenos aires desde que tengo este vehiculo y soy de general lavalle. como puedo hacer para que me anulen esta infraccion que yo nunca hice?

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  353. gerardo 03/26/2012 a 13:24 #

    hola que tal ,tengo una multa por exceso de velosidad me entere el dia 23/03/12 cuando vendi el auto y quisieron hacer la transferencia en el registro del automotor de magdalena nunca me llego a mi domicilio la multa es del dia 12/07/11 en la plata en el camino centenario quisiera saber que hago?

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  354. Mauricio Cesar 03/26/2012 a 00:51 #

    Hola mire me entere por la web de la provincia de BsAs. que tengo una multa por exceso de velocidad , y mi auto no pudo ser por que esta parado desde hace mas de 6 meses , se me fundio y lo estoy por vender asi cxomo esta, ..Habra otro auto con la misma patente dando vueltas ? como descargo esto ? … saludos

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    • Hugo Caceres 03/26/2012 a 08:27 #

      Puede que haya un error. Debe averiguar que juzgado interviene y presentar allí las pruebas respectivas.

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  355. ines foxter 03/24/2012 a 21:55 #

    hola. me pararon en chascomus por estar circulando con luces apagadas tipo las 11 en un dia claro (hacia poquito habia cargado gas y las habia apagado por eso), el policia anoto mis datos en una planilla y no me dijo nada. Me llegara la multa a mi domicilio? de que monto estaremos hablando? como podria reducirlo al minimo?, en realidad fue una omision erronea por el tema de las exigencias de las estaciones de gas… A su vez, esto me saca puntos en el registro? cuantos? gracias por su atencion

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    • Hugo Caceres 03/25/2012 a 08:56 #

      Seguramente le labraron un acta de infracción por circular sin las luces bajas encendidas. El valor de la multa en dicho caso es de $ 1814,70 (reducible por pago vluntario al 50%).
      No hay descuento de puntos en Provincia.

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  356. Agustin 03/24/2012 a 11:54 #

    Apreciado Doctor,

    No soy argentino y cuando compré mi auto en CABA en 2011 al momento de hacer la transferencia aparecieron unas multas Oct-2009. Me hicieron firmar una carta donde yo me negaba a pagarla y me dijeron que con eso se haría la transferencia. Así fue. Ahora yo quiero vender el auto y aparecen esas multas (De provincia de BA). Fui a las oficinas de Don Torcuato y me dijeron que debo pagarlas de cualquier forma, lo curioso es que la multa esta a nombre de una persona que no era la titular en el momento de la fotomulta (exceso de velocidad).

    LEs pedi en Don Torcuato que me explicaran que problema tendria el comprador si el hace la negativa como yo y me dijeron que en caso de un accidente el seguro no lo cubre hasta que pague la multa.

    En conclusión a diferencia de mi vendedor me considero una persona responsable y me gustaría saber si debo pagar esa multa ( que no me corresponde) o si se puede condonar, o si prescribe, o si hay algun descuento, o si el vendedor puede firmar la negativa y no tendrá problemas en el futuro.

    Agradezco su ayuda de antemano.

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    • Hugo Caceres 03/25/2012 a 09:01 #

      Todas las opciones que menciona son posibles: prescriben a los 5 años; el juzgado puede otorgarle una quita si lo considera procedente; el vendedor puede realizar negativa de pago.

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  357. Rodolfo 03/23/2012 a 14:36 #

    Buenas tardes Dr. necesito hacerle dos consultas. 1) recibí una notificación de una infracción por cruzar semáforo en rojo, en Avellaneda; la misma no cuenta con datos que precisen tal circunstancia, como una fotografía y tampoco tiene datos del inspector o quien fuere que labró el acta, si no fue por medio de una cámara. Pregunta tiene igualmente validez la notificación?.
    2) Tengo un Acta labrada por la Direccion de Seguridad Vial que consta de un número de acta; en un libre deuda que solicité, figura la supuesta infracción antes dicha, pero con otro número de acta ¿cual corresponde pagar? la que aparece en el libre deuda o la que recibí en mi domicilio.
    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 03/26/2012 a 08:40 #

      La notificación puede ser válida, aunque probablemente el acta de infracción sea nula si carece de los requisitos exigidos legalmente para su validez.
      El número válido es el de la notificación.

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  358. Mario 03/23/2012 a 09:27 #

    Estimado, me llego una multa por exceso de velocidad en la cuidad de Dolores, pero yo jamas estuve ahi, ni siquiera se para que lado queda ya que yo vivo en Cordoba. El tema es que es una multa ya vencida. ESTOY CANSADO DE LOS RROBOS A GUANTE BLANCO!!!

    QUE HAGO???

    Gracias y lo felicito por su excelente colaboracion a todos.

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    • Hugo Caceres 03/27/2012 a 08:42 #

      Envíe una nota al Juzgado que le remitió la notificación efectuando el descargo pertinente.

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  359. Verónica 03/21/2012 a 21:00 #

    Buenas noches Dr., tengo que vender el auto y sacando el libre deuda me salta una multa del año 2009 en la ruta 2 por exceso de velocidad en Dolores ( nunca recibí notificaciones), por lo tanto no pude hacer el pago voluntario, como así tampoco el descargo, supongo que esta tramitando ante el Juzgado, quisiera saber cuales son los pasos a seguir para reducir el monto de la multa ( $ 1.800) atento que no me encuentro notificada. Debo viajar? Hay otra solución atento que resido en Capital Federal. Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 03/26/2012 a 09:09 #

      Debe realizar la gestión, personalmente o por un tercero autorizado, ante el Juzgado de Dolores.

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  360. vanina 03/18/2012 a 21:46 #

    Hola! quería consultarle ya tengo trabada la transferencia del auto porque me salió una multa de exceso de velocidad en ruta 2 km 203( Dolores), de $ 700, yo vivo en Hurlingham.
    Nunca me llego ninguna notificación, ahora a mi comprador le retuvieron los papeles y le exigen el pago de dicha multa. ¿cómo puedo reclamar, qué debo hacer y a dónde?, ya qué esta a mi nombre y el comprador me reclama.
    ¿Pueden retenerle los papeles al nuevo titular?, ya que le cobraron la transferencia y no le dan nada hasta que no pague.
    Además le exigen el pago de un valor de $300 pesos para cambiarlo en el alta y baja de Capital a Provincia (yo tenía domicilio de capital y el comprador es de provincia) después de haber pagado casi 1200 pesos de transferencia por un corsa 3 puertas 2008.¿ ES así ? ¿ o lo están estafando??.

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    • Hugo Caceres 03/19/2012 a 07:32 #

      La transferencia se puede realizar igualmente, aún existiendo deudas por infracciones:

      El procedimiento en el Registro de la Propiedad es el siguiente:

      Debe solicitar el Formulario 13 i, en el cual aparece el informe de las multas por infracciones de tránsito. En el mismo debe escribir «NO PAGA MULTAS» y entregarlo junto con toda la documentación, tras lo cual le entregarán todos los papeles de la transferencia ya realizada.

      Esta situación está prevista en el art. 4º de la Disposición 515/03 del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, que expresa:

      Art. 4° — Si el presentante o peticionante del trámite no abonare la deuda existente por infracciones, el sistema dejará constancia de ello en la Solicitud Tipo «13I», cuyo original con dicha constancia será firmado y sellado por el Encargado del Registro y entregado al usuario conjuntamente con la documentación registral, siendo el duplicado adjuntado al Legajo B.

      Asimismo, el Encargado dejará constancia en la Hoja de Registro del retiro de la documentación con existencia de deuda en concepto de infracciones de tránsito, la que será firmada por el peticionario o presentante»

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      • Maxi 03/20/2012 a 14:32 #

        Estimado, acabo de vender mi vehículo, y cuando fuimos a realizar la transferencia no pudimos finalizar los trámites porque me aparecieron 3 multas de la ruta 2, ante mi sorpresa, ya que jamás me habia llegado ninguna notificacion. El tema es que averigue y son del 2010 y 2011 y ya perdi el pago voluntario, que lo hubiera abogado si hubiera sabido que tenia las multas. La cosa es que la quiero pagar para poder finalizar la transferencia del coche, pero me gustaria pagar el monto mínimo y de pago voluntario ya que recién hoy me entere de ka multa. Son de 715 cada una, una locura. Que debo hacer? Donde voy? Son de ruta 2 chascomus.

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      • Hugo Caceres 03/22/2012 a 08:15 #

        Debe dirigirse al Juzgado de Infracciones de Tránsito de Dolores.

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  361. Luis 03/13/2012 a 13:34 #

    Estimado Dr.
    He recibido varias infracciones de transito (tanto capital como de Pcia. BsAs.).
    Para todos los casos , el dominio corresponde a un automovil de mi propiedad que es una BReak; pero en algunos casos la patente figura en automoviles taxi (de capital) o en otro automovil de similares caracteristicas al mio (modelo y color) pero a su vez con diferencias notables (vidrios polarizados , otras llantas, otro color en las manijas etc.).
    En definitiva hay 3 vehiculos con la misma patente.
    En Capital no he tenido inconvenientes y anularon las infracciones (previa presentación de documentación y fotos de mi vehiculo) que las cotejaron con las fotomultas.
    En Pcia de Buenos Aires me enviaron la notificación inicial (hace casi 1 año y efectue un descargo via mail) y hasta el día de la fecha no he recibido la 2da citación para hacer descargo (similar al efectuado en C.A.B.A.) y habiendo consultado el link me encuentro que hay 2 multas anteriores.
    mI CONSULTA es : debo ir indefectiblemente a consultar y exponer mi situación o esperar a recibir la citación judicial.?

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    • Hugo Caceres 03/17/2012 a 09:42 #

      Le convendría acudir al Juzgado interviniente y plantear la situación. Lo que haya enviado por correo electrónico carece de valor jurídico.

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  362. Gabriel 03/13/2012 a 11:22 #

    Buen dia , recibi (tarde) 2 multas de DOLORES con 10 min de diferencia , son por exeso de velocidad en tramo de maxima 100 km/h (calculo que serán correctas, no lo se con exactitud) en este momento cada multa es de $907.35 y me es imposible abonarlas , puedo hacer algo? puedo pedir el pago voluntario dado que ya no vivo en el domicilio de la multa ? Algun concejo? Gracias

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    • Hugo Caceres 03/15/2012 a 08:05 #

      Puede plantear ante el Juzgado lo que usted manifiesta acerca del domicilio. Otra alternativa sería impugnar las actas si correspondiere, según el lugar de comisión, fecha, etc.

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  363. Gonzalo 03/08/2012 a 22:49 #

    Dr. Primero, felicitarlo por la página y buena voluntad.
    Queria consultarle si estan vigentes el art. 70 inc. 3 de la ley 24449, imperio de la Ley 13.927, cuando ordena que la autoridad de aplicación debe identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenece o en su caso ante la inexistencia de la debida señalización del mismo.
    Al igual que Ley 25.650 que prescribe “Prohíbese el uso del sistema de radar foto para el control vehicular en rutas nacionales…”
    La duda resulta debida a que este verano me llego una infraccion de transito, foto multa, correspondiente a la pcia de Bs. As. sobre la Ruta 2 en la jurisdiccion de Chascomus en donde circulaba a 93 Km/h en donde argumentan, segun notificacion, que la max. permitida es 80 km/h.
    Mi intención es enviar via carta documento mi queja dejando la nulidad de dicha infracción por las sitadas leyes.
    Desde ya, muchas gracias por su tiempo.

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    • Hugo Caceres 03/12/2012 a 09:05 #

      Ambas normas están vigentes, pero tenga en cuenta que respecto al primer tema la ley provincial estableció un procedimiento especifico para el caso de actas por infracciones detectadas con cinemómetros.
      En relación a la ley 25.650, debe considerar que la misma no prohibió totalmente los radares, sino que su art. 1º establece: Prohíbase el uso del sistema de radar-foto para el control vehicular en las rutas nacionales como medición de velocidad de vehículos automotores de transporte público y privados, de carga, de pasajeros o de uso particular, cuando éste no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la Resolución N° 753/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería (Reglamentaria de la Ley Nacional N° 19.511 de Metrología).

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  364. raul cost 03/07/2012 a 12:38 #

    tuve mi primera infraccion de transito obstruccion de para da de colectivo en san justo la matanza no firme me la dejaron en el parabrisas de cuanto es la multa y por favor donde la tengo que pagar muchas gracias

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  365. Ariel 03/07/2012 a 01:18 #

    Dr., ante todo lo felicito por la predisposición para atender cada consulta y el servicio de información que brinda con esta web. Me sucedió lo siguiente: a fines de 2010 nos sacaron una fotomulta en la ruta 2, km 396 (Camet) x exceso de velocidad (80 en vez de 60km/h). El auto (usado casi recién comprado) estaba aún a nombre del titular anterior quien recibió la notificación -estimo al mes siguiente, Enero 2011- y luego nos la acercó (aprox. en Feb o Marzo 2011). ¿Existe posibilidad de descargo? 20 km de exceso en una ruta… ¿Qué recomienda realizar, teniendo en cuenta que aún no tiene la transferencia hecha? Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 03/07/2012 a 10:25 #

      Tecnicamente usted no puede realizar ningún trámite al respecto, dado que la ley presume que el titular registral del vehículo es el responsable del mismo.

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  366. Liliana 03/06/2012 a 13:52 #

    Buenas tardes,mi consulta es la siguiente: al realizar la denuncia de venta de un auto en feberero de 2012, me entero que tengo una fotomulta del 24/01/10 en la localidad de Mar del tuyú, Partido de la Costa, por exceso de velocidad. La transferencia a mi nombre se había realizado en diciembre de 2009, pero la misma le llegó al anterior dueño ( cosa de la que me entero ahora). Es posible hacer el descargo en forma personal en otro juzgado ( San Isidro, L Plata) o sólo me atenderán en Dolores? Pretendo solicitar la nulidad, ya que nunca fui notificada. Gracias.
    Liliana

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  367. MARCELO 03/02/2012 a 21:42 #

    DOCTOR,ME PODRIA INFORMAR CUAL ES EL PLAZO EN QUE UNA INFRACCION POR NO RESPETAR LIMITES DE VELOCIDAD CADUCA,MUCHAS GRACIAS

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  368. Guillermo 03/02/2012 a 21:27 #

    Buenas tardes, le consulto lo siguiente: en la web del SACIT y con mi DNI aparece una multa por ecceso de velocidad, con fecha 11/2009, pero la patente asociada es de mi auto anterior el cual vendi en 08/2008. Que debo hacer? alguien me dijo que hay que enviar una carta documento con una explicacion del caso y adjuntar copia de transferecia y denuncia de venta. pero a donde? es asi? muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 03/03/2012 a 10:09 #

      Debe enviar informe historico de dominio o copia del titulo o transferencia, al Juzgado interviniente.

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  369. matias barrera 02/29/2012 a 23:13 #

    Sr abogado tengo dos preguntas: Debohacer un tramite en el registro y me figura una multa x exceso de velocidad 60km en zona de 40km (un disparate boulevard con dos carriles) en Rodriguez. yo estoy en Jose C Paz me dijeron que me tengo que dirigir a Torcuato (iria ste viernes 2-02-12) es verdad??? por que el encabezado arranca San Isidro,fecha..etc.
    y la otra preg es q tipo de descargo puedo hacer es la unica que tengo en siete años y es mi primer auto ,ademas me notifique en solo una oportunidad y no acudi por cuestiones de trabajo ahora esta en 1800 pesos.Si me presento y la pago; me corre el 5o% de descuento x pago voluntario??
    desde ya muchísimas gracias.
    Saluda atte Matías Barrera

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    • Hugo Caceres 03/01/2012 a 08:36 #

      La opción de pago voluntario la tenía en la primer notificación, no creo que se la otorguen nuevamente. Para determinar el Juzgado al cual debe concurrir fijese en la notificación recibida, que generalmente se lo dice. En principio paraecería que efectivamente corresponde al de Don Torcuato.

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  370. Francisco 02/28/2012 a 09:16 #

    Buen día doctor, queria preguntar para tener referencias ya que nadie me supo explicar.
    Soy de mendoza y e 19 de Febrero me hicieron una multa entrando a Buenos Aires por tener la cedula verde vencida, obviamente que esta vencida por ende quiero pagarla para obtrener el beneficio que menciona la misma del 50%, el problema es que no consigo lugar para abonar la multa aca en Mendoza y el 0800 bendito ese no te atienden (llevo 1 hs y 15 minutos esperando que me atiendan)
    Que puedo hacer????

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    • Hugo Caceres 02/29/2012 a 08:24 #

      No hay donde pagar la misma en Mendoza. La multa es de ciudad de Buenos Aires? o de Provincia?

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  371. alejandro 02/24/2012 a 23:48 #

    estimado doctor me hicieron una multa en dolores por no llevar las luces encendidas a las 16 hs mi pregunta es cuando caduca esta falta dado que pienso que es una falta leve,
    gracias doctor
    alejandro de pilar

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  372. cesar 02/24/2012 a 22:25 #

    buenas noches doctor : mi consulta es la sigueinte le quiero comprar el auto a mi hermana ,resulta que tiene 6 multas en provincia de buenos aires por exceso de velocidad de las cuales solo 2 fueron notificadas con fotomulta .ahora ella no maneja ni tiene registro pero el auto esta a nombre de ella las falta fueron afectuadas por un ex de ella puede pedir la anulacion por no tener registro(nota hay una cedula azul a mi nombre pero yo lo uso cada tanto para ir a buscarla a ella a su trabajo) o yo al momento de tranferir puedo negarme al pago como es en capital federal ya que en provincia de buenos aires algunas cosas son distintas???y de las que estan notificada como se si son multas graves o leves? desde ya muchicima gracias

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    • Hugo Caceres 02/27/2012 a 13:06 #

      La transferencia se puede realizar igualmente. Las infracciones por exceso de velocidad son graves.

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  373. Critian 02/23/2012 a 16:23 #

    Buenas Tardes Dr.
    Le comento tengo unas cuantas multas en Ruta 2 por exceso de velocidad, el hecho que alguna de ellas no corresponde a mi auto, osea son otros modelos de auto pero con mi patente, lo cual no corresponder que las abone, y me pone en duda la legitimidad del resto de las multas, Que puedo hacer?
    Por otro lado el titular, no puede ir a Dolores, por problemas de salud, hay algun documento que se pueda firmar bajo escribano que me permita a mi poder reclamar en lugar de el?
    Desde ya Muchas Gracias

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  374. Leonardo Ramirez 02/23/2012 a 11:43 #

    Estimado doctor: Me hicieron una multa este verano en la costa(santa teresita) yo soy de capital federal, donde se puede pagar la infraccion? Desde ya muchas gracias

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  375. Federico Lambrech 02/23/2012 a 00:27 #

    Doctor buenas noches, mi consulta es la siguiente: en diciembre del 2011 compre un coche radicado en provincia de Bs.As., el mismo debía patente y tiene dos infracciones echas en capital. La cuestión es que la dueña anterior ya pago lo que debía de patente, pero no las multas que son del 08 del 2009. En estos días vendo el coche y mi pregunta es la siguiente: Esas dos multas las voy a tener que pagar yo cuando haga la transferencia o ya prescribieron? La ultima vez que fui al registro y me entregaron cédula y titulo me avisaron de estas multas y me negué a pagarlas por ser del anterior titular.
    Muchas gracias

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  376. Alejandro 02/22/2012 a 13:11 #

    Dr. me llegaron dos multas del el km 203, partido de Dolores, de las cuales de una no fui notificado y la segunda me llego solo una notificacion el dia 15 de enero de 2012 para presentarme el 16 de ese mismo mes en el Juzgado N°5, la multa es del 14 de enero del 2010. Habra algun formato de carta documento para presentar mi descargo? De esa manera sin tener que dirigirme personalmente por trabajo ya que soy un conductor responsable de las velocidades maximas. No habiendo tenido en mis 48 años ningun tipo de multa por exceso de velocidad, ni en provincia ni en mi residencia en ciudad autonoma de Bs. As. De lo contrario si caducan ya que son multas que me llegaron luego de 2 años.

    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 02/23/2012 a 12:12 #

      Las infracciones por exceso de velocidad en Provincia de Buenos Aires prescriben a los 5 años. Puede formular un descargo por vía postal, fundado en la falta de notificación previa.

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  377. Diego 02/21/2012 a 22:19 #

    Buenas Tardes Dr., le hago una consulta; tengo intenciones de vender mi auto, por ese motivo estuve verificando el estado de infracciones. En la provincia de Buenos Aires aparece una con el código:» 28 – Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos.» y un importe de 2177,64. En ningún momento me llegó nada, tampoco la opción de pago voluntario. Quería saber si se puede reclamar el pago en forma voluntaria (vuelvo a aclarar que al haberme llegado nada no tuve el derecho ni de pagar en forma reducida ni de hacer descargo). Gracias y espero su respuesta.

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  378. Carlos 02/17/2012 a 14:43 #

    Estimado Dr. Caceres: Me podría indicar el tiempo para la prescripción de las multas labradas por la Municipalidad de La Plata? tengo 2, de las cuales me enteré por un tercero, ya que nunca fui notificado de las mismas. gracias y saludos cordiales.

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    • Hugo Caceres 02/21/2012 a 11:25 #

      Si se aplicó la Ordenanza Municipal de Tránsito, el plazo es de un año; pero si se trata de infracciones bajo el régimen de la ley provincia, puede ser de 2 años (faltas leves) o 5 (faltas graves).

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  379. LILIANA 02/16/2012 a 19:18 #

    Buenas tardes Dr, hace mas de un mes llegaron a mi domicilio con una diferencia de dias 3 fotomultas , 2 de la ruta 2 una a la altura de Berazategui llego el 27 de diciembre, me multan x exceso de velocidad ( Maxima 100 , veloc registra 114 ) , otra de Mar Chiquita el 19 de diciembre de maxima 80 y veloc registrada 91 km/h y la otra de Camet ( gral Pueyrredón ) recibida dia 29 de diciembre. Como podra ver en todas el exceso de velocidad es de 10 km o menos, lo que significa que yo he visto los carteles y he tratado de reducir la velocidad a la indicada cosa que e simposible , pues ellos colocan el aparato muy cerca del cartel !!! No quiero pagar la multa, porque lo considero un sistema perverso, pues es solo recaudatorio y no hay nadie en l aruta controlando nada ( velocidad, documentacion , alcoholemias, vehiculos qu eno podrian circular etc etc ) Que me aconseja hacer ? La smultas no tienen ninguna direccion donde poder enviar carta documento ni nada !!!

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    • Hugo Caceres 02/17/2012 a 09:02 #

      Puede plantear como defensa los argumentos que menciona, para lo cual debe dirigirse a los juzgados intervinientes en cada caso: La Plata, para la primera, y Mar del Plata para las otras dos.

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  380. leonardo 02/13/2012 a 18:05 #

    Buenas Tardes Doctor, tengo un auto que esta a nombre tanto de mi mujer como el mio, la semana pasada fui a renovar el registro sin problema, solo me comentaron que tenia una multa de Dolores, pero esta semana a mi señora le impidieron la renovación ya que figuraban 6 multas de chascomus y dolores, le piden pagar una buena suma de dinero y nunca fuimos notificados por las mismas y en las cuales ella no manejaba, como se puede proceder
    gracias

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    • Hugo Caceres 02/14/2012 a 08:01 #

      Las actas de infracción que ya tienen sentencia son las que impiden la renovación de la licencia. Debería plantear la situación ante el Juzgado de Dolores.

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  381. Mariano 02/13/2012 a 09:30 #

    Les dejo la parte pertinente de la Ley 11.430 de la Pcia de Bs As.:

    Prescripciones
    127. La prescripción de la acción operará a los dos (2) años para las acciones determinadas
    por los art. 112, 113 y 114 y al año para las acciones determinados por el art. 115.
    En todos los casos se interrumpe por la comisión de una nueva falta grave.

    O sea que es erróneo el plazo de prescripción de 5 años mal informado por Hugo Cáceres.

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    • Hugo Caceres 02/14/2012 a 07:44 #

      Mariano: usted es un BURRO y un SOBERBIO, y espero que no se abogado, porque sino, pobres clientes!!!
      La ley 11.430 que usted menciona fue derogada en el año 2007, momento en el cual entró en vigencia el decreto 40/07, luego derogado y sustituido como Código de Tránsito Provincial por la Ley 13.927, que adhiere a la ley nacional de tránsito Nº 24.449.
      Dicha ley fija el plazo de prescripción en 5 años (le guste a usted o no).

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  382. Federico 02/12/2012 a 22:19 #

    Estimado. Le comento que tengo 3 multas de RUTA 2 por exceso de velocidad (tipica fotomulta a 110 Km/h cuando el limite de la ruta baja de repente de 130 a 80).
    LE comento que estas multas tienen fecha de emision febrero de 2010.
    Quisiera saber si es verdad que a los 2 años caduca y si hay que realizar algun pedido de caducidad o desaparecen solas, ya que acabo de vender el auto y me aparecen.
    Muchas Gracias.

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  383. fernando caceres 02/11/2012 a 16:54 #

    Dr.Caceres,me llegaron ,o mejor dicho encontre tiradas y mojadas dos infraciones,una en Berazategui y la otra en Chascomus,de exceso de velocidad,desde ya el exceso es minimo.Ahora bien,en ese momento yo no podia manejar,lo usaba un famimiliar,luego me operaron y mende certificada al juzg. No sabia que igual me correspondia multa.Las infraciones son de los dias 24 y 29/07/10.caducan? una fotocopia que me dieron en Transito dice,las dos, EN PROCESO DE CITACION A JUZGAMIENTO.nunca me llego citacion alguna,de haberme apercibido en tiempo y forma hubiese echo el pago minimo,ahora es el doble y corren intereses…si no me citaron aun..es legal?..que hago?

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    • Hugo Caceres 02/13/2012 a 07:25 #

      Quizas podría plantear la nulidad de las actuaciones por defectos de notificación. Por otro lado, el titular se exime de responsabilidad informando debidamente quien era el conductor al momento de la infracción.

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  384. armando 02/11/2012 a 14:35 #

    Doctor
    quisiera saber si las multa que me hicieron en ,Uruguay (Mercosur) ir a 110 kmx hr. lugar de 60 km ,tiene juridiccion en la Argentina para obligarme a abonarla,Armando

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  385. Payper 02/10/2012 a 01:01 #

    Tengo una multa del año 2010 en Febrero , en Ruta 2 localidad Gral Piran por exceso de velocidad. En la pagina de Scioli me aparece , va a saltar esta multa al momento de la transferencia en el registro automotor?

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  386. Juan Pablo 02/08/2012 a 13:46 #

    Buen dia Dr. Yo compre un auto, y en el libre deuda de capital no salio nada. Pero meses mas tarde me entero de esta pagina (www.gob.gba.gov.ar/infracciones/) y me fijo si me auto tiene multas, y figura una multa del dueño anterior. Yo fui a un juzgado en Don Torcuato, porque la multa salio a mi nombre, dado que la hice pocos días antes de vender el mismo. Y me dijeron en dicho juzgado, que iban a re-imprimir la multa a nombre del dueño anterior. El tema es que mirando en dicha pagina, la multa sigue a mi nombre.
    Que tendría que hacer para que no figure mas a mi nombre ?

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    • Hugo Caceres 02/09/2012 a 05:55 #

      Realice una presentación escrita en el Juzgado.

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      • Juan Pablo 02/09/2012 a 08:45 #

        En que juzgado? porque la multa es de general madariaga, camino a la costa.

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      • Hugo Caceres 02/10/2012 a 07:45 #

        Juzgado de Dolores.

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  387. Leandro 02/07/2012 a 18:59 #

    Buenas tardes doctor hoy me entregaron la documentacion de transferencia de mi automovil el cual soy propietario y junto con la cedula, tituto y demas me entregan un papel de una supuesta multa por el valor de $1450 cometida un dia y horario en el cual me encontraba trabajando y el automovil guardado en mi domicilio de hace 2 semanas. Como debo proceder? ya rirme el rechazo del mismo.

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  388. juan carlos 02/07/2012 a 16:09 #

    Buenas tarde Dr. me han hecho una fotomulta en pergamino ruta 8 K.213, por ir a 100 km cuando dicen que hay un cartel maxima 60 km. Averigue y el radar tiene vencida la fecha de calibración como así también no hay señalización pertinente. Todavia tengo fecha para el pago voluntario. ¿Que me sugiere? pagar o hacer un descargo.
    muchas gracias
    juan Carlos

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    • Hugo Caceres 02/09/2012 a 06:08 #

      Esa es una decisión que debe tomar usted según sus circunstancias. Pagar le garantiza que el caso se cierre de inmediato, recurrir implica que durante todo el tiempo que el procedimiento tarde en resolverse el acta figurará en sus antecedentes.

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  389. Mauricio 02/06/2012 a 10:31 #

    Dr. le consulto lo siguiente en el 2010 compre un automovil en capital federal el comprador me dio libre deuda de capital y toda la documentación ok, cuando inicie el tramite en el registro 47 me saltaron infracciones de transito en el 2009 y 2010 del anterior dueño hice la negativa de pago y avise de las mismas al anterior dueño, ahora cuando vendi mi auto y el comprador es de provincia le saltan las mismas multas y le dijeron en el registro que no le pueden entregar la documentación porque tiene deudas de infracciones.
    Que puedo hacer? cuando vencen las multas de provincia de Bs As? al anterior dueño que fue el causante de las infracciones puedo iniciar una causa por no haberse preocupado y no haber solucionado el problema? desde ya agradecido por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 02/07/2012 a 07:28 #

      El RNPA no posee autoridad para retener la documentación en este caso.
      No veo claro que se pueda demandar al primer titular, dado que las infracciones de transit son personales y la obligación de notificar e instar el procedimiento en ese caso es de la administración.

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      • Mauricio 02/07/2012 a 12:40 #

        Lamento decirle que el RNpA 47 de capital le retuvo titulo y cedula verde al actual titular porque dice que ahora en la ciudad de buenos aires no se entregan estos doc. sino se libra el pago de las infracciones de provincia de buenos aires aunque estas sean de 2009 y 2010 del anterior propietario que me lo habia vendido a mi.

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      • Hugo Caceres 02/09/2012 a 06:20 #

        No hay ninguna disposición legal que permita tal conducta del Registro. Intimelos bajo apercibimiento de denunciarlos por retención indebida, o directamente formule la denuncia por la comisión de tal delito.

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  390. Hector Barada 02/04/2012 a 17:08 #

    Hola Doctor.
    Nuevamente agradecido por su atención.El número 0800……ya lo conocía. Estuve toda una mañana llamando y no me atendió nadie…También eso es una falta de respeto al contribuyente.Gracias

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  391. Carlos 02/02/2012 a 09:19 #

    Dr.: Consulte la página sobre multas de tránsito y encontré que tengo tres infracciones por exceso de velocidad del año 2011 de la cuales nunca fuí notificado. Que me recomienda usted que haga ? Desde ya muchas gracias.

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  392. Roberto 02/01/2012 a 17:32 #

    Estimado Dr: Vendi mi auto y cuando averiguo por multas existentes, surge una multa en Dolores. Quisiera hacer un descargo por escrito a dónde debo dirigirlo?

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  393. Hector Barada 02/01/2012 a 14:28 #

    Hola Doctor:
    Agradeciendo su atención le comento que DESCONZCO de que Juzgado u Organismo se genera la falta. Yo me entero por ingresar a SACIT en un caso y por ir al Registro en el otro.Justamente considero INJUSTO no se me informen esos datos más aún teniendo en cuenta que NO FUI NOTIFICADO. Muchas gracias

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  394. Eduardo 02/01/2012 a 09:13 #

    Buenos días Doctor. El año pasado recibí una fotomulta en mi domicilio por exceso de velocidad en la Ruta 2 en la zona de Coronel Vidal. Este año a mi hijo -conduciendo mi auto- lo pararon en la Ruta 2 en Dolores y le labraron un acta por no tener las luces encendidas y porque uno de los acompañantes traseros no tenía el cinturón. Que puedo hacer.? Gracias.

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    • Hugo Caceres 02/02/2012 a 06:49 #

      Dos opciones: pagar las multas o impugnar las mismas. Habría que conocer las circunstancias del caso y ver la redacción de las actas para poder determinar la viabilidad de un recurso de nulidad.

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  395. Hector Barada 02/01/2012 a 00:33 #

    Hola Doctor:
    Quisiera saber a quién dirijo mi descargo por una multa informada por el sistema SACIT y generada en la Pcia.de Entre Rios. Mi lugar de residencia es Gran Bs.As.Desde ya muchas gracias por su ayuda

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    • Hugo Caceres 02/01/2012 a 05:48 #

      Es extraño que el SACIT le informe multas de otra provincia que no sea la de Buenos AIres. Los descargos deben ser dirigidos al Juzgado u Organismo que instruye las actuaciones por la presunta falta.

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  396. Hector Barada 01/31/2012 a 19:32 #

    Estimado Doctor:
    Hoy,al realizar la transferencia de mi automóvil en la oficina del Reg.Automotor de San Justo,Pcia.de Bs.As.me entregan un papel con una multa efectuada hace 10 meses en ruta 11 de esta provincia.De la misma no fui notificado en ningún momento y la desconocía. Quisiera saber como puedo accionar para rechazarla y a donde dirigirme,ya que en la misma no hay mayores datos.Considero esto INJUSTO ya que dada la transferencia del vehículo no queda tiempo para defenderse.Gracias por su dedicación

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    • Hugo Caceres 02/02/2012 a 07:02 #

      Debe dirigirse al Juzgado interviniente, el cual depende del lugar de la infracción. Puede requerir dicha informaciónb al 0-800-222-0024.

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  397. Gustavo 01/30/2012 a 23:16 #

    Estimado Doctor

    Otra consulta, tengo dos multas en la ruta 11, Santa Teresita, en la fecha y hora de ambas multas, no media si quiera 24 hs entre ambas, las dos en idéntico lugar. Puedo cuestionar esto??
    Por otra parte, cuando me hicieron las multas, el máximo era a 80km y yo iba a 90 y 100 respectivamente. Ahora en ese mismo lugar la velocidad permitida es 110, puedo cuestionarlo?? Gracias!

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  398. Gustavo 01/30/2012 a 23:12 #

    Estimado Doctor

    Le consulto si teniendo un vehículo a nombre de un matrimonio, ambos con registro, pueden negarme renovar el registro por la existencia de multas impagas. Pregunto porque la fotomulta la realizan a mi nombre, pero bien pordria estar manejando mi mujer.

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    • Hugo Caceres 01/31/2012 a 07:51 #

      Debe presentarse en el Juzgado interviniente y denunciar que usted no era el conductor del vehículo, informando la identidad del conductor al momento de la infracción.

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  399. Noelia 01/30/2012 a 20:08 #

    Buenas tardes doctor. Hace poco vendì mi auto y el nuevo dueño me informó que tiene deuda de infracciones y que por ello le retuvieron la cedula verde luego de hacer la transferencia, en el registro de la prov de Bs AS. Estas deudas tampoco me corresponden a mi dado que son del dueño anterior por la fechas de las mismas, y solo las conocimos hasta enero. Que debemos hacer? El responsable de las multas tampoco está dispuesto a pagar.
    Desde ya agradezco su respuesta.
    Saludos cordiales, Noelia

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  400. Juan José Vargas 01/29/2012 a 22:51 #

    Dr.: El 4 Enero ppdo. vendí mi vehiculo, del que era titular, registrado en Avellaneda(sc.4).habiendose hecho toda la tramitación correspondiente. oportunamente, me dirijí a esa Sección del Registro Automotor de Avellaneda y consulté qué trámite debía hacer para la venta. Me informaron que debía comprar ahí los formularios «08», llenarlos parcialmente, y firmarlos para que me certificaran el mismo. Luego de abonar casi 90 pesos por ese trámite, me dijeron que era todo y debía informarle al comprador los datos míos, mas los nros. de control de la cédula verde y título, a fin de que solicitara la titularidad del auto, libre deuda y llevar el rodado a verificación policial. Todo esto último, el comprador empieza a hacerlo por su lado. Llegado el día mencionado, me deposita el dinero y le entrego toda la documentación y llaves. El día 18 ppdo. aproximadamente, me llama por te. y me dice que luego de hacer el trámite le avisaron que en unos días debía retirar todo a su nombre, y al presentarse, le dieron un papel donde constaban cuatro infracciones, una x mal estacionado en Avellaneda y 3 x no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos en ruta 2, Y POR ESA CAUSAL NO LE ENTREGARON LA CEDULA VERDE. En la fecha me alcanzó dicho documento, que es solo una fotocopia sin membretes ni titulo, que solo dice:»Consultas de infraccion -DKM193″
    La consulta Dr.:ES esto así? le pueden negar la documentación al comprador? Cuando puse el vehiculo a mi nombre, puse mi domicilio real y el domicilio de recibo de correspondencia (para recibir las patentes que me llegaron TODAS en tiempo y forma) pero nunca recibí notificación alguna al respecto?. me llama mucho la atención que cuando el comprador sacó el libre deuda no había inconvenientes y repentinamente pasa esto. Tengo alguna solución inmediata como para que el comprador pueda obtener la documentación (cédula verde), o sí o sí debo pagar (el papel informa un total de $2228.05.-),que hoy no tengo.
    Fechas de las presuntas infracciones: estacionamiento:24-02-2010; No respetar límites velocidad en ruta 2: 23-22-2010 (las 3)
    Por último dato, le digo que aún no efectúe la denuncia de la venta (lo que le interesó sobremanera al comprador la última vez que lo ví)
    Gracias por lo que pueda informarme Dr.-JJV

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    • Hugo Caceres 01/30/2012 a 09:56 #

      No pueden retenerle la documentación por la existencia de infracciones de tránsito:

      La transferencia se puede realizar igualmente, aún existiendo deudas por infracciones:

      El procedimiento en el Registro de la Propiedad es el siguiente:

      Debe solicitar el Formulario 13 i, en el cual aparece el informe de las multas por infracciones de tránsito. En el mismo debe escribir «NO PAGA MULTAS» y entregarlo junto con toda la documentación, tras lo cual le entregarán todos los papeles de la transferencia ya realizada.

      Esta situación está prevista en el art. 4º de la Disposición 515/03 del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, que expresa:

      Art. 4° — Si el presentante o peticionante del trámite no abonare la deuda existente por infracciones, el sistema dejará constancia de ello en la Solicitud Tipo «13I», cuyo original con dicha constancia será firmado y sellado por el Encargado del Registro y entregado al usuario conjuntamente con la documentación registral, siendo el duplicado adjuntado al Legajo B.

      Asimismo, el Encargado dejará constancia en la Hoja de Registro del retiro de la documentación con existencia de deuda en concepto de infracciones de tránsito, la que será firmada por el peticionario o presentante»

      Igualmente usted deberá gestionar la solución de estas infracciones, ya sea mediante el pago o planteando un recurso de nulidad.

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  401. Juan 01/27/2012 a 22:07 #

    Doctor, una consultas, entre al sitio web de multas del gobierno de la ciudad de Buenos Aires y me aparecen 2 multas por exceso de velocidad con fecha junio y noviembre de 2011 por un monto total de $ 340. Hasta cuando tengo tiempo del pago voluntario?, prescriben a los 2 años?. Gracias.

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  402. Valeria 01/27/2012 a 09:16 #

    Doctor, buenas tardes. Veo que ha respondido que prescriben a los 5 años las faltas graves y a los dos años las faltas leves. Cuáles serían graves y cuáles leves?
    Por otro lado me surge la duda de cual es la fecha que se toma para la caducidad de las multas ya que tengo una fotomulta Acta 02-999-00937629-1 tomada el 31-12-2009 por un importe de $ 258.67 y en la página web de seguridad vial figura esa misma acta por un importe de mas de $1800.- con fecha de emision 04-2011.
    Desde ya muchas gracias,
    Saludos cordiales.

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    • Hugo Caceres 01/30/2012 a 09:16 #

      Debe guiarse por la fecha del acta de infracción. Lo que figura en la web suele la fecha en que la cargaron en el sistema.

      ARTICULO 77. — CLASIFICACION. Constituyen faltas graves las siguientes:

      a) Las que violando las disposiciones vigentes en la presente ley y su reglamentación, resulten atentatorias a la seguridad del tránsito;

      b) Las que:

      1. Obstruyan la circulación.

      2. Dificulten o impidan el estacionamiento y/o la detención de los vehículos del servicio público de pasajeros y de emergencia en los lugares reservados.

      3. Ocupen espacios reservados por razones de visibilidad y/o seguridad.

      c) Las que afecten por contaminación al medio ambiente;

      d) La conducción de vehículos sin estar debidamente habilitados para hacerlo;

      e) La falta de documentación exigible;

      f) La circulación con vehículos que no tengan colocadas sus chapas patentes reglamentarias, o sin el seguro obligatorio vigente;

      g) Fugar o negarse a suministrar documentación o información quienes estén obligados a hacerlo;

      h) No cumplir con lo exigido en caso de accidente;

      i) No cumplir, los talleres mecánicos, comercios de venta de repuestos y escuelas de conducción, con lo exigido en la presente ley y su reglamentación;

      j) Librar al tránsito vehículos fabricados o armados en el país o importados, que no cumplan con lo exigido en el Título V;

      k) Circular con vehículos de transporte de pasajeros o carga, sin contar con la habilitación extendida por autoridad competente o que teniéndola no cumpliera con lo allí exigido;

      l) Las que, por excederse en el peso, provoquen una reducción en la vida útil de la estructura vial.

      m) La conducción en estado de intoxicación alcohólica, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      n) La violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%);(Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      ñ) La conducción, en rutas, autopistas y semiautopistas, a una distancia del vehículo que lo precede menor a la prudente de acuerdo a la velocidad de marcha, conforme los parámetros establecidos por la presente ley y su reglamentación; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      o) La conducción de vehículos sin respetar la señalización de los semáforos; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      p) La conducción de vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido el vehículo; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      q) La conducción de vehículos utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      r) La conducción de vehículos propulsados por el conductor, tracción a sangre, ciclomotores y maquinaria especial por lugares no habilitados al efecto; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      s) La conducción de motocicletas sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      t) La conducción de vehículos sin que alguno de sus ocupantes utilice el correspondiente correaje de seguridad; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      u) La conducción de vehículos transportando menores de DIEZ (10) años en una ubicación distinta a la parte trasera; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      v) La realización de maniobras de adelantamiento a otros vehículos sin respetar los requisitos establecidos por la presente ley; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      w) La conducción de vehículos a contramano; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      x) La conducción de un vehículo careciendo del comprobante que acredite la realización y aprobación de la Revisión Técnica Obligatoria; (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

      y) La conducción de un vehículo careciendo del comprobante que acredite el cumplimiento de las prescripciones del artículo 68 de la presente ley. (Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

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  403. Gabriel 01/26/2012 a 14:31 #

    DOCTOR, BUENAS TARDES, mi consulta es en virtud de que, al momento de vender el auto de mi señora y solicitar el 13I, en la transferencia del nuevo propietario, nos enteramos que poseia una multa de transito, por inf. art 28 de ley 13927, en camino centenario, de fecha 17/09/2009, cuyo dominio pertenece al vehiculo, pero figura un DNI que no se de quien es; mi consulta es, se puede impugnar la misma, o solo la dejo pasar porque segun lei, estaria prescripta, por el tiempo transcurrido de dos años? se solicitar la prescripcion o solo se deja constancia en algun lado que esta vencida?

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  404. mar palav 01/26/2012 a 12:10 #

    hola dr. queria consultarle de que pasaria si viajo a la costa con multas impagas y me para la policia? tendre algun problema? porque vi en una pagina que tengo 3 multas pero no me dicen en donde se hicieron, lo unico que figura es exceso de velocidad, jamas me notificaron.

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  405. carlos 01/26/2012 a 09:48 #

    buenas dias quisiera saber hasta cuanto tiempo pueden estar llegandome fotomultas de un viaje que realice la segunda quincena de octubre del 2011 . Otra consulta las multas que me llegaron me las dejaron en el buzon y segun decia habia salido e su lugar de origen en octubre y a mi me llego el 16 de enero.que debo hacer si me siguen llegando Muchas grcias espero su ayuda

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  406. Agustin C. 01/25/2012 a 09:52 #

    Buenas tardes, le comento lo que me paso, el 27/2/10, en la localidad de merlo, me hicieron una multa (equivocada, venia por una avenida de dos carriles por mano, con doble linea amarilla de separacion, sin pasar a la otra mano adelanté por el carril rapido a un camion que iba a 20km/h por el carril «lento», y la agente de transito me detuvo diciendo que aunque no pase a la otra mano no se puede hacer el adelantamiento por la doble linea amarilla), hizo el acta donde puso «adelantamiento en doble FILA amarilla».
    El 23/01/12 (casi 2 años despues) me llega una carta, firmada con fecha 19/10/11 pero con un sello que dice 23/11/11, con una «copia fiel» del acta labrada, CORREGIDA, donde decia FILA amarilla, tacharon y pusieron LINEA amarilla, y lo aclararon en observaciones, pero no dice lo mismo que el acta original que yo poseo.
    Pasado tanto tiempo, no prescribe la multa? Siendo que fue mal labrada, no hay posiblidad de evitar el pago?
    Siendo que la notificacion llego 3 meses despues de la fecha de emision, desde cuando se cuentan los 30 dias para presentarse?

    Muchas gracias

    Saludos

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    • Hugo Caceres 01/25/2012 a 19:50 #

      Los plazos se cuentan desde el momento que usted recibió la notificación. Cualquier corrección como la mencionada carece de validez. No se puede modificar el acta con posterioridad.

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  407. mario 01/24/2012 a 16:31 #

    hola buenas tardes compre un auto y figuran 2 infracciones al hacer la transferencia tendria algun problema? ,me obligarian a pagarlas? ,sino no me dan el titulo y cedula verde?,puedo hacer una negativa de pago ya que las infracciones la cometio el dueño anterior y asi me darian el titulo y cedula?y cuando circule y me pare un control policial tendria algun problema? desde ya muchas gracias por su ayuda..

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  408. juan 01/18/2012 a 15:05 #

    hola, querria hacerle una consulta. el vehiculo que manejo esta a nombre de un familiar, al que le llegaron 4 multas de la provincia de buenos aires en ruta 2 y ahora no puede renovar el registro si no me hago cargo de ellas a mi nombre. donde me hago cargo de esas 4 multas que le llegan a el como titular del auto pero cometi yo? debo ir hasta la plata solo para reconocerlas, aunque dp pueda pagarlas en cualquier bapro? puedo hacerme cargo y pagarlas mas adelante?
    muchas gracias por su tiempo

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  409. Fernando Iparraguirre 01/17/2012 a 11:39 #

    Buen día Doctor:
    El 6 de enero envié dos cartas documentos en respuesta a dos multas con sentencia que encontré tiradas en la vereda de mi casa por supuestas infracciones de exceso de velocidad en la ruta 2, km 114 y km 203.
    Ambas las envié, donde dice destinatario del envío: a nombre de la Jueza interviniente en mi caso con la dirección del Juzgado de Dolores, y en el cuerpo del documento hice referencia a las causas.
    1) ¿Está bien enviada o debería haberlas enviado en lugar de destino, a la Jueza, al Juzgado Administrativo de infracciones de tránsito de la Prov. de Bs. As.?
    y 2) ¿cuanto tiempo debo esperar la respuesta a estas cartas documentos o bien como sigo si no recibo respuesta de la Jueza?
    ¡Gracias por su dedicación!

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    • Hugo Caceres 01/19/2012 a 08:58 #

      No hay formalismos respecto a la presentación así que en ese sentido no creo que haya irregularidades.
      El plazo para resolver es de 20 días habiles, prorrogable por otros 20. Luego de ello reclame un pronto despacho.

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  410. Seba 01/16/2012 a 16:42 #

    Buenas tardes, queria hacer una consulta.
    A mi me hicieron una multa en Mendoza, por ir sin las luces bajas. Me dijeron q la misma caduca saliendo de esa provincia. Es eso verdad??

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  411. Agustin 01/12/2012 a 16:09 #

    Buenas Tardes Hugo, quería consultarte debido a que en el nuevo sistema de multas de Provincia veo una multa de $1930 por exceso de velocidad. Llame por telefono y me indican que es de dolores. Yo vivo en capital, pero me mude y no recibi las multas. Por el momento no voy a vender el auto, en caso de dejar pasar el tiempo, las multas tienen intereses o podría ocasionarme algún otro inconveniente?.

    Desde ya muchas gracias por tu ayuda!.

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  412. Jorge Varela 01/12/2012 a 14:55 #

    Doctor:
    Consulta. Acabo de recibir una infracción (foto multa) por ir a «165 Km/h» en el Km.114 de la ruta 2, donde la máxima es 80. Se que no tengo como probar que esto es una vil mentira, pues llevo encendido todo el tiempo el GPS y respeto las velocidades permitidas (principalmente en esa zona de Chascomús). Hay algo que pueda hacer para discutir esta mentira? Adonde? Pues en la infracción recibida no indica lugar para presentar descargos. Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 01/16/2012 a 08:55 #

      Cuando la causa se radique en el Juzgado competente recibirá una notificación, y en ese momento podrá efectuar su descargo.

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  413. ivan 01/12/2012 a 04:07 #

    hola hugo le hago un pregunta las mustas en provincia cuando caducan?me gustaria saber porque tengo muchas y quiero esperar a que se cuampla ese plaso para no pagalar gracias

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    • Hugo Caceres 01/12/2012 a 06:57 #

      Prescriben a los 5 años las faltas graves, y a los 2 años las faltas leves.

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      • Valeria 01/25/2012 a 16:15 #

        Doctor, buenas tardes. Veo que ha respondido que prescriben a los 5 años las faltas graves y a los dos años las faltas leves. Cuáles serían graves y cuáles leves?
        Por otro lado me surge la duda de cual es la fecha que se toma para la caducidad de las multas ya que tengo una fotomulta Acta 02-999-00937629-1 tomada el 31-12-2009 por un importe de $ 258.67 y en la página web de seguridad vial figura esa misma acta por un importe de mas de $1800.- con fecha de emision 04-2011.
        Desde ya muchas gracias,
        Saludos cordiales.

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  414. Juan Manuel 01/06/2012 a 03:42 #

    Estimado Doctor, el 19/03/11 un agente de tránsito me detuvo tras haber cruzado un semáforo en rojo.

    El día 05/08/11 llegó una notificación a mi domicilio intimándome al pago o a realizar un descargo. Los últimos 5 meses los he vivido fuera de la provincia, y ahora que he vuelto desearía resolver esto.

    Le transmito mi siguientes dudas:

    1a) Consta como notificación el acta labrada en el momento que me detuvieron?

    1b) De no ser así podría solicitar la nulidad de la falta de tránsito por habérseme notificado pasados los 60 días?

    2) Mi registro está vencido, podré renovarlo sin problemas si en el SACIT aparezco sin infracciones?

    Muchas gracias por la molestia.

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    • Hugo Caceres 01/09/2012 a 07:20 #

      1) El acta es una notificación.
      2) Los 60 días se aplican únicamente a infracciones detectadas con cnemómetros.
      3) Si el caso tiene sentencia, podría impedir la renovación de la licencia.

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  415. Fernando 12/27/2011 a 17:29 #

    Buenas tardes Doctor:
    Le consulto por dos multas por exceso de velocidad que me llegaron de Dolores, ya juzgadas . Una en el km 114 y otra en el km 203. La primera me llegó por un monto de $ 1814.70 y la segunda por $ 2.177.64. Ambas las encontré tiradas en la vereda de mi casa. Cuando llamé al número que figura del gobierno de la provincia, me informaron que según constaba en el juzgado se habían enviado dos notificaciones previas en cada multa y que por lo tanto había sido debidamente notificado y que no era necesario que se entregaran en mano ya que con la declaración del cartero bastaba.
    No me cabe la menor duda que es una estafa orquestada ya que en una oportunidad anterior, con otro vehículo me labraron un acta, también por exceso de velocidad en el KM 113,5 de la ruta 2 ESTANDO PARADO, CARGANDO GAS. Me salvó la boleta que pagué con tarjeta y pude presentar, acusándolos de estafadores, a los tres tipos que sentados bajo una sombrilla le enchufaban multas al que pasase y al juzgado interviniente.
    Con dicho antecedente SIEMPRE respeto al máximo y más en esa zona de Dolores, las velocidades permitidas. Pero no valió de nada por lo visto. La única solución que encontré fue ir por la 11 hasta Conesa y allí continuar a mi destino.
    ¿Que le parece que puedo argumentar en mi defensa?
    En las actas de notificación figura el Nº de infracción pero no hay datos del vehículo, del radar, de la velocidad a la que iba (cosas que figuran en el acta infracción que no me llegó y que no tengo forma de ver).
    Al no tener el número y el tipo de radar no puedo verificar si esta homologado para esos lugares.
    ¿Valdrá de algo amenazarlos con hacer público en los diarios el caso anterior, aunque ya pasaron unos años?
    Gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 12/28/2011 a 05:51 #

      No creo que las amenazas de publicidad sirvan de algo, aunque también es cierto que si fueran muchos los que se quejaran por la notable mala praxs con que se manejan las notificaciones, quizas la administración adoptaría otra actitud.
      En mi opinión debería plantear la nulidad absoluta de las actuaciones por falta de notificación fehaciente.

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  416. javier quintans 12/27/2011 a 14:52 #

    doctor, estoy por salir de vacaciones y mi hijo me regalo un gps, pero un amigo me conto que si me para un control y ven el gps me hacen una multa por usarlo? dice que viola el articulo 77 de la Ley 2449 que prohibe llevar pantalla lcd o similares. otra persona me dijo que no puede estar adherido al parabrisas pero si al tablero….. podria hechar un poco de luz sobre el tema? que hago si me paran y me quieren hacer la multa? entonces que hago, no lo puedo usar?

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    • Hugo Caceres 12/28/2011 a 06:15 #

      Si bien la ley no prohibe expresamente el GPS la interpretación que se suele hacer de la norma que usted cita permite aplicar sanciones al llevar un instrumental de los mencionados.
      Usualmente es cierto que al llevarlos en el tablero no suelen ser visibles para el control y por lo tanto no se reciben multas por ello.

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  417. ramon ocampos 12/27/2011 a 01:04 #

    como hizo guita cioli con las fotomultas…a cuanta gente jodieron con eso de las fotos en ruta 2 tendriamos que no pagarlas .asi se dejan de joder quieren recaudar en la provincia ,,asi les pagan a todos lo que trabajan para el ,,,llamese actores cantantes,etc etc que andan por toda la provincia cantando pero la guita sale de los propios trabajadores,,
    desde SOLEDAD ,RICARDO MONTANER..EL CHAQUEÑO PALAVECINO .ETC ETC.. asi recauda el mano dura de danielito scioli ..

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  418. ramon ocampos 12/27/2011 a 00:33 #

    hola Doctor tengo 5 boletas de ruta 2 que descargo tengo que hacer? muchas gracias espero su respueta.

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  419. Rocio Fernandez 12/26/2011 a 21:13 #

    Estimado Dr. Caceres, soy de CABA y hace un mes recibí en mi domicilio una «Notificación de resolución» de una supuesta infracción que cometí el día 04/01/2010 en la ruta 2 partido de Dolores. La suma asciende a mas de $1800 pero nunca me habían notificado de esta infracción, lo que me imposibilito realizar un descargo. En la pagina del gobierno de bs as figura esta infracción con «fecha de emisión» el día 13/11/11, la misma esta realizada a mi documento ya que el automóvil con que supuestamente la cometí lo he vendido el año pasado.
    Consulta: esta infracción prescribe a los 2 años de realizada? O el hecho de tener una resolución en medio de la misma imposibilita su prescripción? A quien tengo que dirigirme y que posibilidades tengo de solicitar su prescripción o un pago voluntario de la misma?
    Desde ya muchisimas gracias por su tiempo.
    Saludos, Rocio Fernandez

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    • Hugo Caceres 12/27/2011 a 07:32 #

      La prescripción de dicha falta tiene un plazo de 5 años. Puede presentarse ante el Juzgado a plantear su situación o eventualmente iniciar un inicdente de nulidad absoluta por violación del derecho de defensa.

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      • Rocio Fernandez 12/28/2011 a 14:37 #

        Dr Caceres, muchas gracias por su respuesta. Le hago una última consulta. En el caso que dejara pasar los 5 años a fin que la falta prescriba, podrían quitarme en ese transcurso el registro o no dejarme circular por provincia en algún control de ruta y/o conurbano? Muchas gracias. Saludos, Rocio

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  420. Cristian 12/26/2011 a 16:41 #

    Hola, tengo registro de Capital, y en abril me llegó una multa por exceso de velocidad en Ruta 2 en Provincia. Dejé pasar el pago voluntario, pero ahora me estaban comentando que si sigo sin pagarla terminaré recibiendo una citación por un monto mucho mayor al actual (unos $700). No tengo previsto vender el auto por varios años, pero en 2014 deberé renovar el registro. Por lo tanto, me conviene esperar que caduque en 5 años o pagarla ahora, por que tengo entendido que las bases de multas de Capital y Provincia se cruzarán en breve, es así? Mil Gracias y espero su sugerencia.

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    • Hugo Caceres 12/27/2011 a 07:36 #

      La decisión de pagar o no es personal y depende del análisis que usted haga y los riesgos que quiera tomar.

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  421. Diego- 12/14/2011 a 14:25 #

    Buenas tardes Dr. en el mes de Febrero del 2011 cometi una infraccion en la ruta 11 km.323.5 donde la señalizacion supuestamente indicaria max.60 y pase a 75 y me llego la foto multa en junio donde realize el descargo que no lo habia visto dicha señalizacion, mas que otras cuestiones tecnicas de la operancia del sistema y fui sentenciado a pagar la totalidad de la misma……Este finde largo de diciembre 2011 he pasado nuevamente y el cartel de velocidad max. dice max.80 !!! como procedo? el tema que en 3años renuevo registro…….Le envio una carta documento al juzgado con la foto del cartel con el km. o la dejo pasar……Saludos!

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    • Hugo Caceres 12/28/2011 a 07:42 #

      Si no apeló la sentencia la misma se encuentra firme y ya no es posible hacer nada al respecto.

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  422. Inés 12/12/2011 a 13:10 #

    Buenos días Doctor, quisiera hacerle una consulta… He consultado la pagina web de infracciones de la Prov. de Bs As (SACIT), y me aparece una multa impaga realizada el 30/05/2011 con vencimiento el 23/06/2011. Jamás fuí notificada por dicha infracción, cosa rara, porque me han llegado anteriormente las citaciones por otras infracciones!
    Esta mañana he hecho la consulta al 0800-222-0024, y me han informado que no tengo infracciones impagas pendientes al día de hoy. Cómo puedo resolver esto?
    Espero su respuesta. Desde ya, muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 12/13/2011 a 08:09 #

      Es extraña la existencia de tal contradicción, dado que la base de datos utilizada es la misma. Verifique nuevamente, y si persiste dicha situación contacte a Seguridad Vial: 0221-421-3415

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  423. Juana 12/08/2011 a 16:58 #

    Hola! Me llegaron dos fotomultas distintas pero a la vez son la misma. Me explico: mismo dia lugar hora velocidad etc pero son dos talonarios de pago distintos Que debo hacer en este caso? No puede ser que tenga que pagar dos si la infraccion es una sola! Puedo reclamar la nulidad por el error de ellos? Muchas gracias!!!

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    • Hugo Caceres 12/28/2011 a 07:32 #

      Debería plantear la nulidad de ambas, ya que al no saber cual es la original/real el beneficio de la duda juega a su favor (principio in dubio pro reo).

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  424. Teresa 12/05/2011 a 15:16 #

    Buenas tardes,

    En el mes de Mayo de 2010 recibí una foto multa realizada en Ruta 2 km 396.1 Camet. Dicha foto corresponde a un auto Siena color gris plata y la patente es GEM560, siendo mi auto un Gol color gris oscuro con patente GEN560.
    Debido a este error yo efectúe denuncia en la Fiscalia de San Justo, Buenos Aires, que corresponde a mi domicilio, ya que pedí un informe de automotor donde surge que la patente GEM560 corresponde a un Siena tal como demuestra la foto.
    En dicha foto multa me aclaran que pasados 15 días iban a notificarme para poder realizar el descargo. Dicha notificación llego recién el día 4/12/2011( osea 7 meses después), en la cual me intiman a presentarme en el Juzgado de Mar del Plata para el descargo.
    Yo soy una señora de 63 años, vivo en Ramos Mejía y nunca transite por ruta y mucho menos a 400 km por Camet.
    No puedo concurrir a Mar del plata debido a mi movibilidad y trabajo pero ademas no me corresponde abonar la multa que no cometió mi vehículo.
    Necesito por favor saber de que manera puedo dejar sin efecto dicha multa, ya sea presentándome a algún juzgado cercano a mi domicilio o de forma epistolar. En caso de ser de forma epistolar necesitaría que me indiquen de que manera.

    Gracias!

    Teresa

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  425. damian 12/02/2011 a 07:40 #

    Estimado doctor:
    Le comento mi situacion: Fui a ampliar mi licencia de conducir y aparecieron dos multas de un auto que yo vendi y transferi en julio del 2010 y las multas son de octubre del 2010 por lo tanto yo no las cometi ni siquiera el vehiculo estaba a mi nombre en ese momento. las multas son en dolores y suman un total de 2300$. ¿que debo hacer para poder quedar libre de deudas y poder ampliar mi registro?

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    • Hugo Caceres 12/22/2011 a 09:28 #

      Envie una nota al Juzgado o a Seguridad Vial adjuntado copia del titulo o informe histórico de dominio.

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  426. jorge 12/01/2011 a 01:01 #

    Hola, quisiera saber que tengo que hacer , estoy por vender el auto y en el 13i me entero que tengo una multa de 2000$ por exceso de velocidad de agosto del 2009. La multa la comería yo pero me entere que las notificaciones llegaron al titular anterior y ahora esta en sentencia, figura su nombre y domicilio.,que hago, gracias

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    • Hugo Caceres 12/20/2011 a 09:17 #

      En ese caso, si se presenta al Juzgado seguramente le reduciran el valor a pago voluntario.

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  427. Dario 11/30/2011 a 07:27 #

    Disculpe la molestia Drº pero me gustari saber donde puedo conseguir el procedimiento que debe seguir la autoridad policial/municipal cuando realiza un operativo de transito. desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 12/20/2011 a 09:11 #

      En el texto de la ley provincial 13.927; decreto 532/09, y el código de faltas de su ciudad.

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  428. Martin 11/29/2011 a 20:38 #

    Estimado Dr Caseres. Resido en el partido de La Matanza provincia de Bs As. Mi consullta es la siguiente recibi una cedula de notificacion por una infraccion en la que me dan fecha para presentarme a hacer un descargo por haber violado un semaforo en rojo y haberme fugado o negado a presentar la documentacion exigida.El problema es que yo no me encontre en ningun momento en esa situacion ni tampoco es posible que lo haya hecho ya que en ese horario me encuentro trabajando en un local. De todas maneras me presenté el el tribunal de faltas y me dicen que la multa es de $1920 por la cual puedo obtener un descuento del 50% por pago voluntario. Mi consulta es si el monto de la multa es correcto ya que me parece excesivo y si realmente vale la pena hacer el descargo y llevar el caso a juicio, ya que la persona que me atendio me recomendo e insistio en que lo mejor era pagar voluntariamente aunque yo no haya cometido esa infraccion ya que de no pagar el costo se incrementaria por los gastos del juicio y me imposibilitaria renovar mi licencia y conseguir el libre de deuda en caso de querer vender el auto. La verdad es una situacion bastante dificil ya que el importe realmente es muy alto para mi y no tengo forma de discutir ya que es mi palabra contra la del policia y por lo que se, vale mas la palabra de ellos. Sinceramente me da mucha bronca tener que pagar algo de esta manera y mucho mas que el sistema sea tan injusto que hasta los propios funcionarios publicos insistan en que la mejor solucion es pagar y no reclamar. Desde ya gracias por su tiempo.

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    • Hugo Caceres 12/19/2011 a 07:48 #

      Si usted no cometió la infracción, y puede probar que en ese momento se encontraba en su trabajo, yo haría el descargo correspondiente.

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  429. Ignacio 11/29/2011 a 17:10 #

    Estimado Dr. Caceres,

    El motivo de mi consulta es porque chequeado en la página web de la provincia SACIT he notado que tengo dos infracciones por exceso de velocidad en la ruta 2, una por $ 1814.70 y la otra $ 284.92 . Ambas infracciones corresponden al año 2010 y nunca fui notificado de las mismas.
    Me imagino que la de $ 1814.70 me están cobrando los intereses. No tengo problema en abonar dichas infracciones, pero no pienso pagar los intereses!!!
    Yo vivo en Capital Federal y mi consulta es a donde me tengo de dirigir para hacer el reclamo.
    Agradezco su consulta un cordial saludo.

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    • Hugo Caceres 12/19/2011 a 07:50 #

      Al juzgado interviniente (el cual depende del lugar donde se haya cometido la infracción).

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  430. Alberto Garcia 11/29/2011 a 16:17 #

    Hola Dr. Fui a renovar el registro en Olivos, y me saltaron 6 fotomultas en Ruta 2 que jamas llegaron a mi domicilio. Llame al 0800-222-0024 y tienen las supuestas fechas de entrega a mi domicilio y tambien las entregas de las citaciones. Lo cierto es que jamas encontre nada en mi buzon. Ahora estan en sentencia y el pago es casi el triple de lo que valen hoy en dia ($2100).
    Si yo las hubiese tenido las pagaba con pago voluntario.
    Que debo hacer?

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  431. Luciana 11/29/2011 a 10:21 #

    hola me llego una multa mal labrada, es decir se equivocaron en el dominio…me pidieron un descargo como lo hago???

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  432. Yanina Romano Piva 11/29/2011 a 08:46 #

    Cuando fui a sacar el duplicado de mi cedula verde, me entere que tengo una multa en la prov. de Buenos Aires. Yo jamas viaje a Bs. As. con el auto y en el dia de la infraccion yo estaba trabajando en Cordoba (lugar de residencia).
    La multa es por circular por zona/carril o c/peso/poten./tamaño prohibido (particular /moto). Nunca me llego el aviso a mi domicilio. Como hago para realizar el descargo porque verdaderamente no era yo la que cometio la infraccion.
    Desde ya muchas gracias.

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  433. Juan Manuel 11/25/2011 a 15:20 #

    Dr acabo de pagar la transferencia de mi auto y me informan que el mismo tiene multas por exceso de velocidad en ruta 2, una de hace 2 meses y otra de hace 2 años. Y 2 multas menores en CABA por mal estacionamiento y no uso del cinto de seguridad. Todas suman un valor de $2380. Si hago el uso del no pago de las multas, la transferencia me sale igual? el que se vera impedido de renovar la licencia seré yo o el antiguo dueño? Espero su respuesta y desde ya muchas gracias por la ayuda que nos brinda

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  434. Santiago 11/25/2011 a 08:49 #

    Dr. antes que nada muchisimas gracias por atender las preguntas. Soy de Sgo del Estero y recebi una NOtificacion de Infraccion, cometida en Bme mitre y Ayacucho por violar luz roja y no usar cinturon de seguridad, el 13/8/211. Resulta que nunca sali de mi provincia. No tengo ningun viaje realizado aun con mi vehiculo. Hago descargo por carta documento dirigida a la Direccion Genmeral de Adm de Infraacciones? Cuanto tiempo demoran en que quede sin efecto mi supuesta infraccion? muchas gracias. santiago salvatierra

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  435. Juan Manuel 11/24/2011 a 09:33 #

    Estimado Doctor, el 19/03/11 un agente de tránsito me detuvo tras haber cruzado un semáforo en rojo.

    Frené como debía en el semáforo, pero era una avenida en la que había Giros hacia la IZQ. Cuándo los autos de atrás que querían doblar me empezaron a tocar bocina y hacer luces, pasé el semáforo a una velocidad prudente y tomando demás precauciones.

    Al labrarme el acta el agente, le solicité que incluyera lo que había ocurrido en la parte de comentarios. Ante su negativa, me negué a firmar.

    El día 05/08/11 llegó una notificación a mi domicilio intimándome al pago o a realizar un descargo. Los últimos 5 meses los he vivido fuera de la provincia, y ahora que he vuelto desearía resolver esto.

    Le transmito mi siguientes dudas:

    1a) Consta como notificación el acta labrada en el momento que me detuvieron?
    1b) De no ser así podría solicitar la nulidad de la falta de tránsito por habérseme notificado pasados los 60 días?

    2) Mi registro está vencido, podré renovarlo sin problemas si en el SACIT aparezco sin infracciones?

    3) En una de sus respuestas en el año 2010 mencionaba que todavía no había cruzamiento de datos entre la provincia y la ciudad autónoma. En el día de hoy hay cruzamiento?

    Muchas gracias por la molestia.

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  436. Jorge Fuentes 11/19/2011 a 17:40 #

    Buen dia: quisiera saber si las multas de la prov de BS As prescriben a los 5 años, por que uno sigue teniendo problemas posterior a esto?, o entendi mal en uno de sus mensajes?, por que la verdad es que estoy especulando con que prescriban por que me llagaron 6 infracciones de exceso de velocidad en ruta 2 y en total deben ser unos $ 12000, esos ladrones si piensan sacar de mi bolsillo esa plata estan equivocadisimos, que vallan a trabajar honradamente, en ves de delegar la responsabilidad a los automovilistas que la consecionaria y el gob pongan puentes peatonales. Volviendo al tema, no tengo nada que ver con estas multas y no pienso aflojar, esta bien que especule y presente un descargo ante el juzgado interviniente?

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    • Hugo Caceres 11/20/2011 a 21:14 #

      Las infracciones graves prescriben a los 5 años. Tenga en cuenta que existen actos que interrumpen dicho plazo, por lo que en los hechos el mismo puede ser mayor.

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  437. Miguel 11/18/2011 a 17:24 #

    Dr. vendi mi auto y al hacer la denuncia de venta me salio una multa en Cap. Fed, es del año 2007, el tema es que soy de Mar del Plata y yo nunca fui a Bs As con el auto !!! se han equivocado, como tengo que proceder.
    Gracias

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  438. Miguel 11/18/2011 a 17:13 #

    Dr. Soy de Mar del Plata vendi mi auto y fui a hacer la denuncia de venta, me sacaron un libre deuda de multas y me aparecio una multa Cap.Fed del año 2007, la cosa es que yo nunca fui a capital en auto!!! como tengo que proceder? Gracias.

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  439. Daniel 11/16/2011 a 20:13 #

    Buenas noches Doctor,

    Antes que nada quiero agradecerle este espacio para poder consultar.
    Le comento mi situacion el 19/10/2010 me llega una infraccion exceso de velocidad en ruta 2 km41.95, como tenia en venta el auto no pague la infraccion. en febrero de 2011 vendi el auto y no se realizo la transferencia del mismo , yo hice la denuncia de venta y me pidieron abonar dicha deuda. cuando junte el dinero para abonarla me acerque al registro donde estaba radicado el vehiculo y me notificaron ahi mismo que el auto habia sido transferido y que no presentaba deuda alguna.
    al mes de esto me llego otra citacion ya con el minimo a abonar 679$, pense que fue un error de info mal cargada y no le di importancia alguna.
    La semana pasada me llega otra carta y el monto ahora es de 2179$!! , volvi a ir al registro del automotor y me dieron el ultimo formulario 13I solicitado por la persona que transfirio en mayo del 2011 y ahi no figura esta infraccion. Mi consulta en concreto es, que tendria que hacer? pagar la multa ? , se puede a esta altura poder pagar menos? yo la hubiese pagado de no ser por lo que me informaron en el registro

    Desde ya gracias, disculpe si no fui claro del todo en la explicacion y muchas gracias nuevamente

    Daniel

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  440. pablo pylypko 11/16/2011 a 19:27 #

    me compre el auto en abril del 2011 y tengo el comprobante de que el auto estaba libre de infracciones y hace unos dias encontre en internet que tengo una multa de marzo del 2011 a mi nombre con mi auto cosa que es imposible porque yo compre el auto en abril del 2011 .
    soy de buenos aires y la multa me llege del partido de la costa , que puedo hacer ? por favor necesito una respuesta urgente . muchas gracias

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  441. Carlos 11/16/2011 a 13:31 #

    Dr. Consultando la nueva pagina de la Provincia de Bs As, veo que tengo una infracción del 15 DIC 2009 por exceso de velocidad. En dicha página figura como fecha de emisión 21 JUL 2011 y vencimiento 03 AGO 2011. Esa fecha de emisión es la que menciona la Ley 13927 respecto de que la multa debe llegar dentro de los 60 días hábiles? O esa fecha se refiere a otra cosa?
    En el primer caso puedo utilizar eso como descargo? Puedo hacerlo a través de carta certificada?
    Gracias desde ya por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 11/20/2011 a 21:32 #

      Puede efectuar su descargo por vía postal si reside a mas de 60 kms. del Juzgado interviniente.

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  442. Alfredo 11/16/2011 a 09:29 #

    TODAS ESTAS HISTORIAS QUE LEO NO DENOTAN OTRA COSA QUE UNA NUEVA FORMA DE «PIRATERÍA DEL ASFALTO» TODOS ESTOS SUJETOS NO TIENEN DERECHO DE GENERAR SEMEJANTES MOLESTIAS Y, EN ALGUNOS CASOS ANGUSTIAS, A GENTE QUE NO TIENE NADA QUE VER CON SITUACIONES DE RIESGO EN LAS RUTAS. QUIENES CIRCULAN A 200 POR ELLAS, SI NO SE MATAN ANTES, SIEMPRE TIENEN A MANO LOS «RECURSOS» PARA SACARSE LAS MULTAS DE ENCIMA. COMO NO PIENSO ALIMENTAR PARÁSITOS, OPTÉ POR DEJAR FOREVER EN CASA EL AUTITO Y USAR UN MEDIO PÚBLICO DE TRANSPORTE PARA DESPLAZARME. ES MI HUMILDE FORMA DE BOICOTEAR ESTOS ROBOS INSTITUCIONALIZADO. DEBERÍAMOS TODOS EXIGIR LEYES CLARAS Y LA MÁS SEVERA SANCIÓN A QUIENES FOMENTAN Y PERMITEN CÁMARAS, RADARES Y EFECTIVOS ESPÚREOS EN LAS RUTAS ARGENTINAS. CUÁNDO SEREMOS DE VERDAD UN PAÍS CIVILIZADO? VEO TAN LEJOS ESO…

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  443. Miguel 11/14/2011 a 20:14 #

    Dr. queria comentarle que rebibi una fotomulta de la ruta 8 en el km 213,800 y en la cual la velocidad permitida es de 60km y me tomaron la foto a 66,800 km, tengo entendido que hay una tolerancia del 10 %,si es asi, me podria decir que en ley o decreto figura para hacer mi descargo. Y la otra la camioneta esta a nombre de mi hermano, yo puedo hacer el descargo, con una autorizaciòn firmada por mi hermano?
    Muchas Gracias de antemano por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 11/20/2011 a 20:24 #

      Art. 77 de la ley 24.449. Puede hacer usted el descargo asumiendo que era el conductor.

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  444. german 11/14/2011 a 15:56 #

    DR: fui a renovar mi registro y no puedo avanzar con el tramite porque tengo 2 infracciones de la prov de BSAS por un total de $ 4000 en sentencia impaga. Me es imposible pagar ese monto todo de dinero y necesito el registro para trabajar.
    Las notificaciones las hicieron a la casa de mis padres que se encuentra alquilada hace varios años y nunca las recibi. existe algun descuento que pueda solicitar o algun plan de pagos que me permita seguir con el tramite del registro?

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    • Hugo Caceres 11/20/2011 a 21:08 #

      Suelen otorgar plan de pago, pero no obtendrá la liberación de su trámite hasta tantopague totalmente la deuda.

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  445. valeria 11/11/2011 a 15:16 #

    Dr, me hirtaron el registro de conducir, al querer renovarlo, me dicen que tengo 12 multas de exceso de velocidad en Barazategui, (Bucetich). Jamas he recibido una notificacion sobre esto y menos, sobre que tengo en dos de ella, sentencias dadas.
    Quiero hacer el descargo y en la oficina de La Plata , hay colas desde la noche anterior para hacer el tramite.
    Queria saber si el descargo, se puede hacer via carta, ya que: 1) no me llego notificacion
    2) no era yo la que manejaba el auto 39 en caso que tenga que pagar algo, no puedo hacer cola desde la noche anterior para esto
    desde ya muchas gracias por su atencion

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 09:13 #

      Actualmente no se hacen esperas tan largas en el Juzgado. Estan entregando turnos tres veces por mañana, aproximadamente a las 8; 10 y 12 horas.

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  446. Francisco 11/10/2011 a 23:19 #

    Buenas Noches Hugo, como estas? te hago una consulta, me llego una infraccion en Mar chiquita ruta 2 en ABRIL 2010 por $500, no tome accion, luego me llego otra notificacion si mal no recuerdo, pero tampoco tome accion.
    Hace unos dias me llego una Notificacion de Resolucion en la cual me indican que el juez resuelve una multa de $ 1814,70 !!!! Lo cual me parece una locura.
    2 preguntas:
    1- esta multa en abril 2012 caduca?
    2- como deberia proceder?

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 09:39 #

      El plazo de prscripción es de 5 años.
      El valor corresponde al fijado en el Decreto 532/09

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  447. Marcelo Medina 11/10/2011 a 17:10 #

    Buenas Tardes Dr ,debo renovar el registro en abril del 2012 y un vehiculo de mi propiedad tiene un par de multas fotograficas que cometio la persona que utiliza el vehiculo, puedo tener algun problema con la renovacion.

    Gracias

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 09:47 #

      SI el vehículo está registrado a su nombre seguramente las infracciones estarán en el registro también referidas a usted, con lo cual podría tener inconvenientes en el trámite.

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  448. rudy 11/10/2011 a 15:05 #

    DOCTOR , DESDE EL ADIA 10/11/11 SE PUEDE HACER LA CONSULTA DE LAS INFRACCIONES EN LA PROVINCIA DE BS AS. EN MI CASO LA REALIZE Y ME ENCUENTRO CON TRE INFRACIONES DE EXESO DE VELOCIDAD EN RUTA 2 , PERO JAMas recibi ninguna notificacion de las mismas.Si con anterioridad recibi 2 infracciones y las abone , que puedo hacer en este caso
    porque no me explica ni donde fueron realizadas ni la fecha de las mismas , desde ya gracias

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 09:48 #

      Debería consultar al 0-800-222-0024 para saber que Juzgado interviene, y luego presentarse en el mismo para plantear la situación.

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  449. Gonzalo 11/10/2011 a 14:48 #

    Buenas tardes, lo molesto porque necesito redireccionar unas multas de dueños antiguos del automotor, tiene multas provinciales en dolores y municipales en chascomus, como procedo en cada caso? tengo que presentarme en ambos lugares? vivo en marmol.
    muchas gracias

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  450. Fernando espora 11/10/2011 a 11:55 #

    Esitmado Doctor: Ante todo muy productivo el material uy sobre todo la buena voluntad de contestar. Queria consultarle lo siguiente. Ayer en el nuevo portal del gobierno de la provincia (SACIT) me entere que tenia 4 multas del 2010 en la ruta 2 (famosas fotos), nunca me notifiquie salvo por esta via (el nuevo portal) evidentemente porque me mude.

    A la hora de expresar mi voluntad de pago, el sistema me emitio las boletas con el valor al 100% por arriba del presentado incialmente (Inicialmente $ 1200), mi ignorancia en el tema evidentemente me lleva a deducir que figuraba el pago voluntario y ahora la deuda se actualizo, los cupones vencen el 24 de noviembre.

    Debido al importe que paso de $ 1200 a $ 2400 magicamente. La pregunta concreta es :

    1.- Que accion puedo tomar para que me respeten lo que primeramente me informaron.
    2.- Que validez tiene el cupon que imprimio el sistema, si no constato mi DNI, datos personales, etc.
    3. Porque incorpora el mensaje «Notificado», si cualquiere puede emitir el comprobante con mi numero de dominio.
    4.- Pueden tomar esta emision de cupones de pago como notificación fechaciente sin constatar quien origino la consulta ?.

    Esto es muy reciente y muchos se van a topar con esta problematica, ya que los domicilios de notificacion por lo visto son variados.

    Gracias nuevamente por su predisposicion a respondernos.

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 10:05 #

      En mi opinión no existe una notificación válida a través del sistema que menciona.
      Usted podría plantear la nulidad de las actuaciones por defecto en las notificaciones precedentes.

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  451. Alejandro Marcelo Pagani 11/09/2011 a 23:45 #

    Recibí el año pasado una fotomulta que labraron en la ruta dos, por exceso de velocidad.
    La misma se labro con un cinemómetro no homologado en la página del INTI, es decir figuraba en la página pero la vigencia del mismo estaba vencidad) razón por la cual realice un descargo via carta documento a uno de los jusgados de faltas de la provincia de Bs As cito en La Plata dentro de los plazos establecidos ya que el lugar donde labraron la infracción se encuentra a más de 300 km. No recibí contestación alguna.
    Con esto basta o debo realizar algún otro trámite

    Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 10:14 #

      Debe verificar que se haya resuelto la causa. Puede averiguar llamando al 0-800-222-0024

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  452. alejandro 11/06/2011 a 00:02 #

    Buenas noches Hugo, quería hacerle dos consultas:

    Tengo 2 multas por exeso de velocidad en ruta2, las famosas por ir a 85 dp de pasar por el cartel de 80. Si ud dice que se puede transferir el auto declarando el NO PAGO de las multas, cual es el oerjuicio de no pagarlas nuncas? si al auto lo puedo transferir de todas formas?
    La otra es que leo que ha contestado que las faltas como las que le indico, al ser consideradas graves, caducan a los 5 años, o 2 años? vi que respondió algunas veces con 5 y otras con 2. Gracias!

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    • Hugo Caceres 11/06/2011 a 11:21 #

      Las faltas leves prescriben a los 2 años, las graves a los 5 (art. 89 ley 24.449).
      Al no pagarlas podría verse impedido de renovar su licencia,o eventualemente ser demandado para el cobro de las multas.

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  453. Diego 11/05/2011 a 17:39 #

    Buenas tardes Dr.
    He recibido la 1era notificación de una multa por exceso de velocidad a mi nombre con la foto de un auto que no es mío, obviamente de un lugar en el que nunca estuve (Chascomús Ruta 2 Km114). Qué debería hacer? A dónde debería dirigirme para hacer el descargo? ó debería enviar una carta documento? Tengo un tiempo límite para hacerlo?

    Desde ya, le agradezco su atención.
    Slds,

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    • Hugo Caceres 11/06/2011 a 11:22 #

      Debe aguardar a recibir la citación del Juzgado interviniente y en ese momento puede formular su descargo.

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  454. Hector 11/02/2011 a 13:04 #

    Buenas tardes Doctor, antes que nada gracias por su tiempo y predisposicion. Le comento mi caso. En el dia de hoy vendi mi vehiculo y al momento de consultar por el tema de infracciones me dicen que tengo una multa en Ruta 2 km 113.5 «por no respetar los limites de velocidad permitidos». Mis preguntas son las siguientes. La fecha de infraccion es de 13-10-2009. La multa tiene prescripcion?prescribe sola o debo solicitarlo?, por otra parte jamas me llego la notificacion de la multa, jamas me entere que tenia una multa. Puedo plantear la nulidad de las actuaciones por falta de notificación fehaciente?, En caso de poder hacerlo. Como es el escrito y ante quien presentarlo?

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    • Hugo Caceres 11/06/2011 a 21:13 #

      Dichas infracciones prescriben a los 5 años.
      Debería plantear la nulidad de la misma tal como lo menciona, lo cual puede hacer mediante la presentación del escrito pertinente, ya sea en forma personal o por medio postal.

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  455. Gomez Liliana 11/01/2011 a 16:27 #

    Hola quiesera saber como efectuar el descargo de una multa realizado en Berazategui, provincia de buenos aires, por alta velocidad, en un auto que era porpiedad de mi padre, el cual ha sido vendido por este hace meses atras, y llego una multa a mi casa (Balcarce, Pcia. de Bs.As) quisiera que me faciliten un modelo y si saber si las copias que adjunto deben ir certificadas….. Agradeceria me respondan a la brevedad () este es mi mail, para que me envie de ser posible el modelo para realizar el mencionado descargo, y desde la misma manera por donde se tramita… Desde ya muchas gracias

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  456. andrea 11/01/2011 a 14:06 #

    Dr. Hugo Cáceres:
    cuando fui a verificar las multas que tenia para poder vender el auto me dijeron que tengo dos multas de la ciudad de dolores, nunca me llegaron a mi domicilio. como tenia que entregar el auto las pague igual. mi pregunta es si ahora de alguna forma puedo reclamar o aunque sea verificar si eran reales. muchas gracias

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  457. fernando 10/31/2011 a 19:07 #

    Dr. que validez tiene una infraccion de transito por exceso de velocida en una ruta nacional de la prov.de Bs.As.zona urbana, Pergamino kilometro 213,8 para ser mas exacto, si no se le informa al conductor a travez de carteles indicando que es una zona controlada por radares fotograficos.
    Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/06/2011 a 10:32 #

      La ley 14.246 establece:
      ARTÍCULO 1º: Incorpórese el artículo 28 bis a la Ley 13.927, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

      “Artículo 28 bis: Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate.
      La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido.
      En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo fijado por el artículo 51 de la Ley 24.449, no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad.
      Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate.
      El incumplimiento de las medidas referenciadas en el presente artículo, hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago.”

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  458. Vivian 10/31/2011 a 14:17 #

    Buenas tardes Dr. Caceres. Vendimos nuestro vehìculo, radicado en Capital, a mitad de año y, ahora, el nuevo dueño nos informa que al hacer la transferencia, para radicarlo en Santa Fe, le informaron que hay multas impagas. Son todas, con codigo 49: 2 del 31/01/11 en la Ruta 63, a las 18.19hs y en la Ruta 2, a las 20.35hs, pero nosotros no estabamos en la ruta a esas horas; y 2 del 18/6/10 en la Ruta 2, considerando el tiempo transcurrido es difìcil recordar donde estàbamos. Nunca recibimos ninguna infracciòn y cuando consultamos por internet, con el dominio y el documento no aparecìan infracciones. Què debemos hacer? Gracias.

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    • Hugo Caceres 11/06/2011 a 10:02 #

      Si obtuvo un libre deuda de infracciones del RUIT en aquel momento, puede plantear dicha situación. De lo contrario puede iniciar un incidente de nulidad ante el Juzgado actuante.

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  459. ruben 10/25/2011 a 11:47 #

    Dr En febrer odel 2010 me hicieron una infraccion en la ruta 2 km 203 de la autovia 2, en Dolores. Me entere de casaulidad llamado al 0800 de la Direccion Pcial de Politicia y Seguridad Vial, de la cual nunca fui notificado. Que dobo hacer

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  460. fatima 10/23/2011 a 14:13 #

    Hola Doctor, el que me compro el auto le hicieron una multa despues de que se lo vend. Mi auto fue entregado a una agencia y aparece con mi DNI, como hago para renovar el registro sin que me reclamen el pago de la misma? Tengo hecha la denuncia de venta en el registro. A donde tengo que dirigirme para solucionar este problema. Muchas Gracias!

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    • Hugo Caceres 10/23/2011 a 17:11 #

      Al juzgado interviniente o a la DIrección Provincial de Seguridad VIal (Registro Unico de Infractores de Tránsito).

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  461. FRANCO 10/20/2011 a 18:02 #

    Estimado doctor, soy de la ciudad de Cordoba y he recibido una multa por exceso de velocidad en la Ruta 2 Km 41.95, no la pague porque nunca estuve en Buenos Aires con mi vehiculo y el auto que figura en la foto de la multa es de otro color y otro dominio pero incorrectamente me la enviaron a mi nombre con mis datos y datos de mi vehiculo. No he recibido la segunda intimacion pero ya envie la carta documento con el descargo. Estuvo mal enviada o sea no es valida? Debo esperar que me intimen por segunda vez y enviarla nuevamente? o no debo hacer nada y mejor espero. Muchas gracias por su atencion.

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  462. DARYOS 10/12/2011 a 16:25 #

    Hola Doctor, el que me compro el auto le hizo una multa despues de que se lo vendi y aparece con mi DNI, como hago para renovar el registro sin que me reclamen el pago de la misma? Muchas Gracias!

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    • Hugo Caceres 10/23/2011 a 11:54 #

      Si realizó la transferencia o la denuncia de venta, justificando tal extremo en Seguridad Vial o en el Juzgado de Tránsito la infracción se redirecciona.

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  463. Daniel 10/12/2011 a 16:12 #

    Buenas tardes doctor:

    Lo consulto por el siguiente tema. En el mes de Agosto de 2011, adquirí un rodado radicado en CABA. Se realizo la operación en el registro correspondiente de CABA y lo trasferí a Gran Buenos Aires (a nombre de mi señora). El tema es que cuando fui a retirar la documentación me notificaron que posee 7 multas (5 sobre Ruta 2 (13-10-2009 Km. 396.1, 15-11-2009 Km. 114, 11-01-2010 km 114, 08-07-2010 km 203 y 14-02-2011 km 203) y 2 en CABA (24-12-2010 y 21-01-2011), para retirar la documentación hicimos huso de la negativa de pago.
    Dichas multas son todas de la primera dueña, ya que el titular que concrete la operación la había comprado en Mayo de 2011.
    Como debo proceder, ya que no veo ninguna intención de que esta persona (garca, ya que el ya había realizado una negativa de pago en Mayo) me de una solución a esta situación.
    Esto le trae algún impedimento a mi señora, renovación de registro, etc.?
    Muchas gracias
    Daniel

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    • Hugo Caceres 10/23/2011 a 11:55 #

      Informe debidamente al RUIT respecto a la fecha de su adquisición y no tendrá problemas con la renovación de la licencia.

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  464. Juan Pablo 10/09/2011 a 23:09 #

    Buenas noches, mi nombre es carolina grande soy de san Nicolas provincia de buenos aires, al realizar el tramite de renovacion de carnet de conducir me informan de una multa en Dolores provincia de buenos aires de febrero de 2010. la cual en ningun momento fue informada. Podrias indicarme cuales pasos a seguir? puedo trasladar la misma a San nicolas dado que no me permiten pago voluntario.

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    • Hugo Caceres 10/11/2011 a 12:12 #

      No puede trasladar las actuaciones. En su caso la ley otorga la posibilidad de la defensa por vía postal.

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  465. Victoria 10/05/2011 a 17:52 #

    Dr Caceres.
    Tengo una infracción en la ruta 2, km 203, Dolores, del 06/11/2009 por exceso de velocidad. Prescribe? Cuando? Porque tengo que renovar el registro a fin de año y quisiera saber cómo proceder. Si no prescribe, cómo puedo averiguar el monto? Gracias

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  466. Victoria Cioppi 10/05/2011 a 10:59 #

    Dr. Caceres, buenos días.
    Tengo una infracción por exceso de velocidad en la ruta 2 Km 203 Dolores que data del 06/11/2009. Cuando prescribe esa multa? En el caso en que haya pasado el tiempo, debo hacer algún trámite o prescribe simplemente por el paso del tiempo? Mi pregunta es porque tengo que renovar el registro. Si hacia fines de Noviembre de 2011 la multa no prescribió, cómo puedo saber el monto que se me reclama?
    Gracias

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    • Hugo Caceres 10/11/2011 a 09:07 #

      Las multas por exceso de velocidad en Provincia de Buenos Aires prescriben a los 5 años.
      Puede llamar al 0-800-222-0024 para saber el estado de las actuaciones y el valor de las multas.

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  467. Natalia Onceonceonce Lanuque 09/28/2011 a 13:35 #

    HOLA QUERIA SABER SI LAS MULTAS POR MAL ESTACIONAMIENTO SE HACE UNA NOTIFICACION AL DOMICILIO DEL TITULAR DEL AUTOMOTOR POR CORREO PORQUE A MI MARIDO LE ACARREO LA GRUA EL AUTO POR MAL ESTACIONAMIENTO Y SALTO UNA MULTA HECHA EN MI DOMICILIO A LO CUAL NUNCA LLEGO NADA Y NUNCA VI A LOS AGENTES DE TRANSITO HACER LA MULTA ASI QUE AHORA PARA PODER RECUPERAR EL AUTO TENEMOS QUE PAGAR LA MULTA QUE NUNCA SE TUVO NOTIFICACION COMO HAGO PARA RECLAMAR??

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    • Hugo Caceres 10/02/2011 a 10:00 #

      Desconozco de que municipio se trata, por lo que no le puedo informar si el procedimiento es correcto o no.

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  468. Silvio Javier Miño 09/26/2011 a 20:24 #

    BUENAS NOCHES, ME HICIERON UNA MULTA EN LA LOCALIDAD DE ZARATE POR NO TENER LAS LUCES BAJAS PRENDIDAS , PERO TENIA LA DE POSICIÓN PUESTA. YO VIVO EN GENERAL RODRIGUEZ (PROV DE BS AS) Y ME ENVÍAN A PAGAR LA MISMA A DON TORCUATO. LA PUEDO PAGAR EN GENERAL RODRIGUEZ?

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    • Hugo Caceres 10/02/2011 a 09:42 #

      La puede pagar en cualquier sucursal del banco Provincia o BaPro, si posee el comprobante para ello.

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  469. Alejandro Pesole 09/25/2011 a 10:08 #

    le envie mi caso a su mail con la notificacion escaneada…saludos

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  470. Alejandro Pesole 09/25/2011 a 09:54 #

    Doctor, le cuento mi situacion, trabajando para un empresa me llama el chofer de la camioneta de reparto de la misma pidiendome un favor que le levantaron la camioneta de la empresa por mal estacionamiento en Lomas de Zamora, como yo estaba a media cuadra del playon donde llevan los autos que levantan me pidio el favor de ir a retirarla, fui, me pidieron mi carnet de conducir para retirarla, ahora, luego de 2 años y 1 mes me llega una citación del Juzgado de Lomas porque la infraccion me la pusieron a mi, sin ser yo el titular de la camioneta diciendo que si no me presento puede haber algun tipo de apremio (cave destacar que la notificacion la recibio un vecino porque la tiraron a cualquier direccion y me la entrego casi 22 dias despues)…Que debo hacer? el apremio que no entiendo que es cae sobre mis bienes?, ademas no trabajo mas para la empresa dueña de la camioneta…(me entere que ya se vendió…

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  471. Rocio Di Salvo 09/23/2011 a 23:00 #

    Agrego como dato adicional que en la notificación se cita el Art. 49 – B 3 cuando en todo caso, de haber cometido la infración es el numero siguiente (49-B 4)

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  472. Rocio Di Salvo 09/23/2011 a 22:58 #

    Dr. Cáceres, aprovecho este espacio que tan generosamente ud. abre a toda la comunidad y por la información/orientación que da en temas de tránsito.
    Mi consulta es la siguiente: Mi marido recibió una multa por mal estacionamiento y revisando la ley de transito, el articulo citado -en particular una de las partes del mismo- no es correcto. Es decir, la notificación que recibió tiene una infracción que no cometio de acuerdo al articulo y numero citado. Es posible impugnar que ha sido mal hecha? El día del hecho, mi marido tomo fotos del lugar donde había ocurrido la supuesta infracción, pueden presentarse como pruebas?

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    • Hugo Caceres 09/24/2011 a 09:05 #

      En realidad el error en la norma citada no vicia el acta de infracción, ya que lo que el Juez de Faltas tomará en cuenta es la descripción del hecho. Puede presentar como prueb las fotografías mencionadas.

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  473. eduardo gallo 09/19/2011 a 22:00 #

    Buenas noches , al vender mi vehiculo me aparece una infraccion de enero del 2010 en mar del tuyu.a las 2300 horas y la verdad no recuerdo haber estado alli a esa hora.la multa ya la abone donde puedo conseguir ahora la infraccion con la foto?.
    muchas gracias eduardo.

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  474. Verónica 09/19/2011 a 09:52 #

    Una pregunta, caducan las multas que tienen 6 años de antiguedad?

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    • Hugo Caceres 09/24/2011 a 11:27 #

      Depende el tipo de infracción es el plazo de prescripción, pero en ningún caso es superior a 5 años.

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  475. Facundo Rodríguez 09/15/2011 a 23:40 #

    Buenas tardes Dr. Hoy inicié el trámite de baja de mi automóvil ante el registro automotor en Olivos, y me informan que tengo infracciones impagas por más de $5000. La mayoría son por exceso de velocidad en Ruta 11 y 63 de la Prov.de BsAs. Otras son de capital. La realidad es que nunca recibí la debida notificación y por lo tanto no tuve la posibilidad de abonar el % 50. Teniendo en cuenta que no fui notificado al momento de cometer la infracción, puedo gozar de ese beneficio en este momento si expreso voluntad de pago?
    Desde ya muchas gracias.

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  476. Juan 09/15/2011 a 19:35 #

    Buenas tardes doctor , tengo una pregunta:
    Compre un auto el dia 24/01/2011 ( Mismo dia que lo compre realizo la transferencia).A la semana voy a buscar el titulo al registro y me saltan 3 multas de hacia unos meses realizadas por el titular anterior.El empleado del registro me dice que firme el formulario para que figure que me niego a pagar las multas , de esa manera le llegan al dueño anterior. Le avise al dueño en su momento .Ahora voy a vender el auto y llamo al 0800 del ministerio del interior para saber como esta de multas.Me dicen que figuran 3 multas a nombre del dueño anterior y hay una cuarta que esta a mi nombre , les pregunto de que fecha es y me dicen 21/01/2011 ( tres dias antes que comprara el auto). El tema es que perdi comunicacion con el dueño anterior , y quiero vender el auto.se que me tendria que acercar al Tribunal de faltas en la plata, asi me sacan esa ultima multa que esta a mi nombre.El problema es que si yo vendo el auto , tengo miedo que al proximo dueño le caiga alguna sentencia o que no pueda transferir el auto.Quiero darle un corte a esto lo antes posible Agradeceria su respuesta.Gracias

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    • Hugo Caceres 09/24/2011 a 19:44 #

      El nuevo comprador debe realizar tambien la negativa de pago, y a su vez informar a la Dirección de Antecedentes de la Direccion de Seguridad Vial.

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  477. DIEGO 09/14/2011 a 23:02 #

    AH ME OLVIDABA, UNA DE LAS MULTAS TIENE CASI 5 AÑOS
    Y LA OTRA NO LO SE

    aTTE, DIEGO

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  478. DIEGO 09/14/2011 a 22:53 #

    buenas noches queria saber si me podrian orientar, hace poco hice la renovacion del registro, y cuando fui a buscarlo no tenia ninguna infraccion.
    ahora hace una semana vendi una camioneta, y a los 2 dias me robaron el auto, empece a hacer los tramites y en los 2 vehiculos me saltaron 2 multas, del Km 340 sentido Bs As/Mar del plata.
    y la verdad desconocia el tema de las multas, ya que vivo en una casa de alto y siempre me pasan las cosas a la casa de abajo donde no vive nadie desde hace unos años, y entre las 2 multas suman $4000 y algo mas, a donde tengo que ir y que tengo que hace, desde ya gracias.
    Atte:Diego

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    • Hugo Caceres 09/24/2011 a 19:47 #

      Debe plantear la situación ante el Juzgado interviniente o la Dirección Provincial de Seguridad Vial, en La Plata.

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  479. Hernán 09/13/2011 a 20:14 #

    Hola Dr.Quería consultarle x una «infracción «q cometí en la RUTA 2 kM 366.
    Me pararon en la ruta 4 retenesEl 2do me advitió y el 4 to la realizó), hizo todo el circo para q arreglara., el auto impecable hasta tenían cinturón de seguridad los perros.Me dijeron q el portabicicletas trasero estaba prohibido(cosa q desconocía, ya q lo compré en un supermercado) y q sobresalía del paragolpes(eran bicicletas de niños)(cosa q no era cierta ya q no se veía x el espejo retrovisor) y q tapaba el dominio(ahí si tenían razón).Esta es la única notificación q me llegó(en la misma dice q no me presenté a pago voluntario.La multa fué de 1358.70 $(un robo) (por bicicletas???)hecha el 22/12/10 y me llegó esta cedula con fecha 3/08/11.Puede darse como nula, (art 28). que pudeo hacer me citarón en Mar del plata para el 12/09, y yo vivo en V.Lopez y x trabajo no pude concurrir

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    • Hugo Caceres 09/25/2011 a 07:51 #

      Quizas le convenga enviar un descargo por via postal, negando haber sido notificado fehacientemente.

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  480. emanuel 09/12/2011 a 17:48 #

    Dr, Buenas Tardes, estoy por vender mi auto usado. Tiene $2800 de fotomulta en la ruta. Al hacer la transferencia si el comprador hace la negativa de pago, las multas siguen contra mi, me pueden seguir un proceso de embatgo o similar? o el comprador la hacer la negativa, acepta las deudas y el proceso continua contra este nuevo comprador? Muchas grcias por su ayuda

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  481. claudio 09/10/2011 a 15:56 #

    Estimado doctor:
    Le agradecere a la brevedad su respuesta el tema es el siguiente le llego una multa al atenterior titular de vehiculo en una supuesta multa..que paso debo seguir para dar como nula la multa ya que los datos del titular y domicilio no son correctas ni actuales…en ese caso como puedo defenderme siendo el yo el titular del automotor con otro domicilio y nombre de titular. ya que la persona me entrego casi 2mese despues la multa..podria dar como nula la multa y que como deberia proceder..desde ya muchas graciaas….

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  482. lucas 09/06/2011 a 03:10 #

    Hola que tal hugo, necesito tu ayuda, tengo una multa por circular a mas de 140km/h . en avenida cantilo 8.5 . Que me recomendas hacer ?, todavia no llego hoy entre a internet y la vi, ya sabia que la habia cometido, y estaba siguiendolo, el auto esta a nombre de mi padre,y por eso quiero ver que se puede hacer… Podrias responderme al mail que te dejo anotado aqui abajo ! Saludos muchisimas gracias

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  483. daniel 09/01/2011 a 14:54 #

    Hola doctor , tengo una consulta , estoy por comprar un vehiculo en la ciudad de mar del plata , al pedir la consulta de infracciones via internet por la web oficial de la municipalidad , ya que el auto esta municupalizado, sale que el mismo cuenta con dos contravenciones del año 2007 , que deberia hacer en este caso ? caducan estas contravenciones ? como averiguo el monto de las mismas para informarle al dueño del automovil ..Desde ya gracias un saludo!

    Histórico de Contravenciones
    Consulta correspondiente al dominio TMW729

    Juzgado Nro. Acta Fecha Contravención Estado
    Nº 2 Mitre 1435 1118744 09-05-2007 FALTA CEDULA VERDE Pendiente
    Nº 2 Mitre 1435 1118745 09-05-2007 FALTA VERIFIC.TECNICA (VTV) Pendiente

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  484. Gustavo R. 08/31/2011 a 15:24 #

    Estimado Doctor,
    Estoy vendiendo mi auto y al pedir el formulario 13i en el registro aparece que se adeuda una multa del 30-09-2009 siendo casi 2 años del hecho en la Municipalidad San Fernando. Llame al tribunal de faltas del municipio y pregunte cuando prescribían las multas y me contestaron que «No prescriben las multas, excepto por orden del intendente!». Puede ser esto posible?! Cuando prescriben las multas en dicho municipio? (aparentemente es un acta labrada por inspector de transito) Nunca llego citación de pago , ni nada a mi domicilio.
    Que recomienda hacer para no pagar los incredulos $1400 que dicen que adeudo?!

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    • Hugo Caceres 09/13/2011 a 12:23 #

      Todas las infracciones prescriben. EL plazo esta previsto en el Codigo Contravencional de Tigre (Ordenanza 1101/90) y el plazo depende del tipo de infracción.

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  485. Marcelo 08/29/2011 a 19:51 #

    Estimado, es realmente meritorio el trabajo que se toma en contestar a todos. Realmente lo agradezco de antemano. Le comento que vendí mi auto hace una semana, en capital, pero el nuevo dueño (de capital tambien) me llama para decirme que al ir a sacar la nueva cédula verde le notificaron de una multa en la ruta 2 del 2009 que nunca recibí. Me podrá ayudar diciendome que puedo hacer para evitar el pago ya que es una suma imposible de pagar? Por otro lado no quiero perjudicar al comprador ya que hicimos todo de muy buena fe. Si no realizo el pago lo perjudico al nuevo dueño? y yo podré renovar mi licencia en capital exisitiendo esta multa de provicina? en que me perjudicará si no hago el pago de la multa de provincia siendo yo de Capital? Muchas Gracias nuevamente!

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    • Hugo Caceres 08/31/2011 a 06:55 #

      La transferencia se puede realizar igualmente.
      Aunque le informan de la existencia de la multa, en general en CABA le renuevan la licencia.

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  486. valeria 08/23/2011 a 23:02 #

    Dr buenas noches.en diciembre del 2009 compre un auto y el 23 de julio de 2011 lo vendi a una agencia. a los 3 dias de yo venderlo, fui al registro correspondiente en capital federal e hice la denuncia de venta, donde me informan que el auto tiene una infraccion en ruta 63 del mes de junio 2009, es decir antes que yo lo compre. hice en el registro la notificacion que no pagaria porque la multa es anterior a mi titularidad, y el registro me informo que no tendria futuros problemas. ayer el nuevo agenciaro a quien vendi yo el auto, me dice que el nuevo dueno no puede hacer la transferencia en provincia porque obviamente le aparece la infraccion pero esta asociada a mi nombre. me informo que deberia ir a juzgado de don torcuato. Debo pagar yo esa multa que no hice? por que en el registro me dijeron que no habria problemas? tengo que ir hasta torcuato? por que no le hacen la tranferencia al nuevo duenio como me la hizo a mi un gestor y no me comento o pago la vieja deuda? gracias

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    • Hugo Caceres 08/25/2011 a 08:27 #

      El uevo dueño puede hacer la transferencia realizando la negativa de pago de multas de las cuales no es responsable.
      Por su parte, podría enviar una nota al Juzgado interviniente o a la Dirección Provincial de Seguridad Vial, informando la situación.

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  487. PIERRESTEGUY MARTIN 08/22/2011 a 16:50 #

    DOCTOR BUENAS TARDES LE HAGO UNA CONSULTA SOY DE MAR DEL PLATA Y LLEGO A MI DOMICILIO UNA FOTO MULTA REALIZADA EN LA RUTA 2 KM 395 PERO ES ESE MOMENTO QUE LA DEJARON EN EL BUZON ESTUVE DE VIAJE Y AUSENTE POR TRABAJO DE MI DOMICILIO 1 MES Y MEDIO Y CUANDO REGRESO ESTA VENCIDA. QUIERO PAGARLA PERO LLAME AL 0800 Y LE EXPLICO Y ME DICEN QUE TENGO QUE ESPERAR A LA SEGUNDA CITACION Y QUE NO CUENTO CON EL BENEFICIO DEL 50 % DE BONIFICACION. QUE HAGO SI YO LA QUIERO PAGAR Y PORQUE ME QUITAN EL BENEFICIO SI NO LA RECIBI EN MANO. ME PARECE INJUSTO.
    DESDE YA GRACIAS POR SU RESPUESTA.

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    • Hugo Caceres 08/23/2011 a 07:31 #

      Concurra al Juzgado de Infracciones de Tránsito de Mar del Plata, quizas obtenga dicha posibilidad.

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  488. Pablo 08/21/2011 a 13:20 #

    Hola Doctor, me comunico con usted para consultarle lo siguiente: Tengo mi vehiculo radicado en Mar Del plata, y para hacer el cambio de radicación a Capital Federal entiendo que debo tener un libre deuda. El tema es que reviso y tengo varias multas, la gran mayoria por mal estacionamiento, en Capital Federal, desde el año 2006 al 2010. Como no me llegan a mi domicilio, no se en que estadìo se encuentran. Quisiera saber si caducan estas multas, o que puedo hacer, ya que el monto total es alrededor de los $900 (no se si se le suman intereses por no pagar). De paso, quisiera consultarle si sabe como puedo realizar dicho tràmite de transferencia a la Capital. Desde ya, muchas gracias. Pablo.

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    • Hugo Caceres 08/23/2011 a 07:33 #

      En CABA el plazo de prescripción es de 1 año, por lo que posiblemente la mayoria ya esten prescriptas y no sean exigibles.
      Desconozco los pormenores del trámite de transferencia (mi atención se centra en las infracciones).

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  489. Ines de Mayo 08/17/2011 a 22:57 #

    Hola. Queria saber si las multas prescriben al año, a los 2 años o a los 5 años porque en distintos lugares me dieron distintas respuestas. Tambien necesito saber si el exceso de velocidad es considerado falta grave o leve (ojo, no iba a 200km/h!).
    Mi problema es que me llego una multa del verano por una suma desorbitada que realmente no puedo pagar. En realidad me llego de casaulalidad porque me mude hace unos meses y la señora que vive en mi ex casa me llamo para avisarme pero si no era por eso, ni la recibia. En ese caso qe pasa? Si uno no se entera, no la paga y directamente prescribe trasncurrido el plazo correspondiente? O en algun momento vuleven a mandar algo o salta por algun lado? Porque por otro lado, si me mandan otra notificacion, no se si esta señora me va a volver a avisar, depende de cuando llegue, pero si tarda unos meses, por ahi ni me llama, y entonces que pasa, si uno no se entera? Se que salta al transferir el auto pero si no tengo planeado vender el auto por ahora, no se que pasa si no la pago. Se que esta mal, que en verdad no corresponde, pero la verdad es que no tengo la plata en este momento, me acabo de separar y no tengo un peso. Si no la pago y dejo pasar el tiempo para que prescriba, ya esta? Fin del espisodio? Puede ser tan facil?
    Muchas gracias
    Ines

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    • Hugo Caceres 08/22/2011 a 19:09 #

      Según el art. 77 de la ley nacional de tránsito, las infracciones por exceso de velocidad se consideran graves, y prescriben a los 5 años.
      El domicilio para notificar es el del título del vehículo o el de la licencia de conducir, por lo que mientras no modifique los mismos las notificaciones enviadas a esas direcciones se consideran válidas.

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  490. Ines de Mayo 08/17/2011 a 15:28 #

    Buenas tardes. Preguntas:
    Las multas prescriben a los 5 años, a los 2 años o al año? En algun lado lei que a los dos las faltas graves y al año las leves, que se considera el exceso de velocidad? Grave o leve?
    Otra: si uno decide sencillamente no pagar una multa, y no transfiere el auto antes de transcurrido el plazo (sean 5, 2 o 1 año, ya me dira Ud.), la multa simplemente prescribe y fin del episodio? Puede ser asi de simple? O «salta» en algun otro momento?
    Tengo una multa del verano que verdaderamente no puedo pagar, es un monto irrisorio y no tengo esa plata. No tengo planeado vender el auto ni me toca renovar el registro, asi que podria dejarlo asi y esperar a que prescriba?
    Me llego una notificacion diciendo que me presente en el juzgado de mar del plata (vivo en san fernando, GBA). Si o si tengo que contestar por correo certificado diciendo que no puedo ir o lo puedo dejar asi y esperar que pase el tiempo? Porque encima en el medio me mude, con lo cual recibi esto (tanto la multa como la ultima notificacion) porque la sra que vive en mi ex casa me aviso, si no ni me hubiera enterado.
    Ya se que Ud. no me puede decir publicamente «no pague y sea feliz» pero me puede dar algun indicio de que pasaria si no la pago, aun aclarando que esta mal y no corresponde (cosa que ya se y estoy de acuerdo, solo que de verdad en este momento no tengo el dinero).
    Un millon de gracias!!

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    • Hugo Caceres 08/22/2011 a 12:01 #

      Si se refiere a infracciones de jurisdicción provincial las faltas leves prescriben a los 2 años, las graves a los 5.
      En jurisdicción municipal depende de la ordenanza local, aunque en general tienen plazos de 1 año.
      Contrariamente a lo que usted supone, podría decirle «no pague y sea feliz», pero lo estaría engañando. Efectivamente, cumplidos los plazos de prescripción las acciones se extinguen, aunque debe tener en cuenta que dichos plazos se interrumpen por las actuaciones destinadas a obtener sentencia en el proceso, por lo que bien podrían comenzar a correr realmente un año o mas luego de cometida la presunta infracción.

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  491. Gustavo 08/16/2011 a 16:03 #

    Buenas tardes, queria consultar respecto de una fotomulta que llego a mi domicilio en Neuquej proveniente de la ciudad de buenos Aires, haciendo referencia a que en Camino Centenario, Berazategui se registro una velocidad de 70km/h donde habria un cartel de 60km/h. la verdad que no recuerdo e lugar excta nila señalizacion (esto me llego hoy, y el hecho ocurrio hace mas de un mes, el 12 de Julio). Por un lado me parece absurda la acusacion, es dificil es trayectos tan cortos bajar la velocidad salvo que se hiciera bruscamente, ademas al regirse buenos aires por una ley provincial no podria alegar lo que indica la ley nacional de la aintijurisdiccionalidad o bien por tratarse de una ruta provincial?
    Agradezco su atencion y quedo a la espera de su respuesta.
    Muchas gracias, atte.
    Gustavo

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    • Hugo Caceres 08/22/2011 a 18:19 #

      Puede solicitar ser juzgado en el Tribunal de Faltas de su ciudad, por medio de la aplicación de la regla de interjurisdiccionalidad.

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  492. leonardo 08/16/2011 a 13:24 #

    Estimado, gracias de antemano por responder, mi consulta es la sgte, compre un auto y al momento de retirar el titulo y cedula me informan mediante el form 13I q tiene 4 multas de cap y 4 de pcia (ruta 2), las de cap ya las pague pero la de pcia no, ahora quiero vender el auto y no se como hacer con esas multas q son del dueño anterior, se pueden transferir a el ?
    El dueño anterior esta de acuerdo en pagarlas pero no ahora, asi q la idea es dejarselas a el y q las pague cuando pueda,se puede hacer eso? muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/22/2011 a 18:33 #

      Haga una presentación ante Seguridad Vial o el Juzgado interviniente adjuntando copia del título y solicitando el redireccionamiento de las actas.

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  493. Raul Dominguez 08/15/2011 a 21:20 #

    Estimado.
    Acabo de recibir una multa por exceso de velocidad cometida supuestamente en Dolores, Pcia de Bs.As. el 13/06/11. El auto está a mi nombre desde Abril, pero no lo he sacado nunca de la Pcia de Mendoza donde resido. Es más, mi auto es un Escort gris, y en la foto aparece un auto que parecería ser un Corsa blanco. La patente que se alcanza a leer parece ser la mía, aunque dudo de una letra. Cómo debo proceder?? Aguardo su respuesta, gracias.

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    • Hugo Caceres 08/22/2011 a 10:50 #

      Puede enviar una carta al Juzgado interviniente, o comunicarse al 0-800-222-0024, y seguramente le darán instrucciones para que adjunte copia del titulo de su vehiculo demostrando que se trata de otro vehículo.

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  494. Pablo Abal. 08/12/2011 a 13:56 #

    Estimado, tengo una consulta, hoy me llego a mi domicilio una citacion por una multa que jamas recibi, por un valor de 527 pesos, desconozco el motivo de la misma ya que nunca me llego, solo se que es en la ruta 63 en dolores, lo cual me queda muy lejos, mi consulta es que pueda hacer, si nisiquera se cual es el motivo de mi multa y nunca me llego la multa en si, p’or tanto no puedo acceder al beneficio de pago voluntario..

    Gracias.

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    • Hugo Caceres 08/15/2011 a 08:13 #

      Puede contactar al Juzgado y gestionar que le otorguen la posibilidad de pago voluntario. (En la lista de Juzgados encontrará el número telefónico).

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  495. demian 08/11/2011 a 11:11 #

    Buenos dias Doctor, tengo una situacion complicada, el dia 29/03/2010 compre un gol, la transferencia fue exitosa y no debia ninguna multa, estaba redicado en capital federal y yo vivo en provincia es por eso que el auto cambio de capital a provincia. El en 2011 decido vender el auto y al queres realizar la transferencia figura una multa del dia 22/01/2010 (antes que yo compre el coche) de $5000, por no usar el cinturon de seguridad. Esta multa se la hicieron al dueño anterior, como tambien esta a su nombre.
    Mi consulta es como debo proceder en este caso, ya que no es mia la multa y no puedo contactarme con el dueño anterior.
    Espero su respuesta.
    Desde ya muchas gracias.
    Demian.

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    • Hugo Caceres 08/11/2011 a 11:53 #

      Si presenta en el Juzgado interviniente copia del título, donde consta que usted es titular con posterioridad, la multa sera redireccionada hacia el verdadero responsable.

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  496. Hernan A. S. 08/09/2011 a 21:32 #

    Estimado Dr. Caceres,
    Si bien no recuerdo, el día 4/1/2010 cometí una infracción yendo hacia Mar del Plata, creo que fue una multa fotografica.
    Con fecha 11 de Abril de 2011 recibí, el emplazamiento para ir al Juzgado en Mar del Plata, para presentar el desargo o sino pagar el monto de $527,85.
    Dado que ni abone no pude ir alos Juzagados, con fecha 21 de Julio me llego otra notificación que debo abonar $1604,70 con vencimiento el 23 de Agosto.

    Sinceramente no recuerdo la infracción y la suma que debería pagar es muy alta.
    ¿Dado esto Dr. que me recomienda hacer?

    Desde ya muychas gracias,
    Lo saludo atte.
    Hernán

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    • Hugo Caceres 08/10/2011 a 07:56 #

      Puede presentar un recurso de nulidad y/o apelación. En el peor de los casos va a abonar el monto que le notificaron ultimamente.

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  497. rodolfo 08/09/2011 a 16:04 #

    doctor:
    fui a renovar mi registro y resulta q tengo una multa de hace 1 año y medio,la cual por la fecha labrada no descarto q me corresponda.
    nunca recibi una notificacion por lo cual por el tiempo transcurrido es al 100%
    tengo alguna forma de apelar el monto sin trasladarme al juzgado?
    si lo hago por carta tiene q ser documento?
    porque me han dicho q a medida q pasa las fechas aumenta el valor de la infraccion.
    gracias

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    • Hugo Caceres 08/10/2011 a 08:18 #

      Puede enviar su descargo por vía postal (carta documento o certificado con aviso de recepción).

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  498. Alberto Hernan 08/08/2011 a 01:17 #

    Estimado doctor, el 01/05/2010 recibì una notificacion por una infraccion de transito en dolores, por exceso de velocidad (max 60 km/h y yo circulaba a 105 km/h). La fecha de la infraccion es 24/01/2010, o sea que la notificacion llego mas de 3 meses despues de cometida la falta.
    Conclusion es que nunca paguè la multa, ni hice un descargo, ni tampoco me llego una segunda notificacion, y en abril de 2010 vendì mi auto (antes de que me llegue la notificacion de la multa). El nuevo dueño no tuvo ningun problema al realizar la transferencia en su momento, pero resulta que ahora vendiò el auto, y al realizar la transferencia saltò esta multa. Entonces me llamò para resolver la cuestion, que me recomienda que haga? en 5 meses se van a cumplir 2 años de ocurrida la infraccion…

    Gracias.

    Alberto

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    • Hugo Caceres 08/09/2011 a 08:37 #

      En Provincia las infracciones por exceso de velocidad prescriben a los 5 años. Quizás debería presentar un recurso o concurrir al Juzgado para tratar de obtener una consideración en los montos a abonar.

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  499. Nicolas 08/04/2011 a 23:39 #

    Hola Dr. Caceres lo molesto por lo siguiente: el día 13 de mayo del 2010 recibí una notificación de acta de infracción de transito que evidentemente realice el 8 de febrero de ese mismo año, en Chascomus por circular a 108.65km/h en donde (km 113.5) estaba permitido circular a 80km/h. El valor era de $263.93 con el 50% ya aplicado por pago voluntario o $527.85 luego. En ese momento, equivocadamente, me enoje mucho y decidí no pagarla y la guardé. Ahora necesito vender el auto y no se como proceder.
    -Puedo pagarla ahora por el valor de $527.85 en un banco provincia?
    -Sirve el código de barras o es solo para el monto con el 50% de descuento?
    -Esta falta es grave o leve?
    -Ya paso un año y medio y realmente no recibí nada mas (ni citación ni nada) habrá preescripto?
    -Yo soy de La Matanza, se puede pedir nuevamente el 50% de descuento «diciendo» que no la recibí (nadie firmo que la recibió, la tiraron por debajo de la puerta)?
    -Se puede tratar el tema en un CGP de la ciudad de Bs. As.?

    Mi intención es pagar, pero lo menos posible, gracias por responder a todas mis dudas!

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    • Hugo Caceres 08/07/2011 a 10:54 #

      El código de barras de la notificación seguramente ya ha caducado, por lo que no podrá abonarla en BAPRO.
      La falta se considera grave, y prescribe a los 5 años.
      Puede contactar al 0-800-222-0024 para obtener nuevamente el comprobante para pago, o solicitarlo y abonarlo en el Registro de la Propiedad Automotor.

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  500. Diego Santiviago 08/03/2011 a 14:43 #

    Estimado doctor, me retuvieron la licencia por sobrepaso con doble línea amarilla. Corresponde? Porque tengo que ir a retirarlo a Dolores y quiero saber qué decirle al controlador, ya que esa infracción creo que no figura como falta grave. Muchísimas gracias. Diego

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    • Hugo Caceres 08/07/2011 a 11:21 #

      Se considera falta grave (maniobra peligrosa, en los términos de la ley), y tiene prevista multa mínima de $ 1604,70 (reducible 50% por pago voluntario).

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  501. juan 08/02/2011 a 14:16 #

    Recibí una multa de mayo de 2011 «supuestamente» realizada en capital federal, soy de La Plata y no fui nunca a capital este año. Que hago y a donde tengo que dirigirme?
    Gracias por su respuesta

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    • Hugo Caceres 08/07/2011 a 09:45 #

      En la notificación seguramente está contenida la dirección y telefonos del organismo interviniente.

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  502. Daniel 08/01/2011 a 22:15 #

    Hola buenas noches, el viernes 29 de julio circulaba por la Richieri y olvidé encender las luces bajas por consiguiente me para gendarmería y me avisa porque me pararon, ahora resulta que el tiempo que estuve visulicé que otros y muchos autos no tenian las luces encendida entonces pregunté porque no se los paraba a lo que el jefe de gendarmeria me dice porque en ese momento estaban «ocupados» ante esta respuesta me negué a firmar el acta y despues cuando me retiré me llevé una gran sorpresa la multa es de $802 !!! una barbaridad me dije y pregunto aunque quiera para el voluntario esta lejos de poder pagarlo, que puedo hacer en este caso? desde ya agradesco su atencion

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    • Hugo Caceres 08/07/2011 a 10:34 #

      Debe presentarse ante el Juez interviniente y formular su descargo, aunque la realidad es que las infracciones de otros no justifican las propias.

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  503. pablo 07/29/2011 a 19:28 #

    buenas tardes
    recibì de la municipalidad de la matanza una cedula de notificacion sobre una supuesta multa «obstaculiza la circulacion».
    el unico dato que hay es la patente del auto y nada mas.
    el tema es que nunca he estado en ese lugar, seguramente habran confundido la patente.
    como debo proceder ?
    muchas gracias

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  504. hector 07/28/2011 a 09:05 #

    doctor: recibi una fotomulta tomada en la ruta 2 por supuesto exceso de velocidad que a mi entender no existio. quisiera saber si de no presentarme a la audiencia a la que hace referencia la multa pueden cobrarme la multa igualmente y que posibilidad hay de dejar sin efecto la multa en el caso de presentarme a la citada audiencia.

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    • Hugo Caceres 07/28/2011 a 09:18 #

      Si no se presenta o envia un descargo se tienen por acreditados los hechos y en consecuencia se dicta sentencia condenatoria teniendo por cometida la infracción.

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  505. Juan 07/27/2011 a 17:04 #

    Buenas tardes Dr. Soy de La Plata y fui ayer a renovar el carnet de conducir y me encontré con la sorpresa de que tenía una multa y me mandaron al juzgado de faltas de 53 e 9 y 10. Ahí me dijeron que era una multa por exceso de velocidad y me mostraron una fotomulta, con fecha 17/10/2009. Me dijeron que me habían comunicado en 2 oportunidades de la multa y que la multa ya estaba en apremios. Jamás me enteré. El domicilio al que llegaron las multas es de mis padres y ya no viven más ahí. El importe a pagar es de $ 1604,70, más del 20 % del valor del vehículo, y para renovar el registro tengo que cancelar la totalidad. La única opción que me dieron fue un plan de pagos de 6 cuotas, que siguen siendo muy elevadas para mi presupuesto, y además no puedo renovar la licencia hasta que pague la última cuota. No me permitieron nada más, ni hablar con el juez ni nada. Se limitaron a mostrarme en pantalla un recibo escaneado del correo donde describían las casas vecinas al domicilio de mis padres. Puedo hacer algo? Prescribe en algún momento ésta multa? Es la única que tengo y nunca antes tuve otra. Existe algún organismo al que pueda acudir, o alguna opción por la cual pueda reducir el monto a pagar? Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 07/28/2011 a 09:21 #

      Estas infracciones prescriben a los cinco años.
      Puede concurrir a la Defensoria del Pueblo, calle 7 e./ 48 y 49, o requerir los servicios de un abogado particular.

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  506. Jazmin 07/26/2011 a 17:40 #

    Hola, tengo mi auto radicado en la capital federal pero me avisaron que tengo multas hechas en las rutas de la provincia de buenos aires, la consulta es dónde debo irlas a pagar?
    Muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 07/28/2011 a 09:42 #

      Se pueden abonar en el Registro de la Propiedad Automotor (tiene convenio con provincia para recibir dichos pagos).

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  507. Guillermo 07/22/2011 a 01:36 #

    Hola Dr, desde ya agradezco su colaboracion,quisiera hacerle una consulta: he recibido una noticficacion de una multa del municipio de san fernando diciendo que la jueza dictamino que debo pagar 4800 pesos por unas multas en la cual yo no me presente por no haberme legado ninguna notificacion, pero a su vez de un auto que vendi en el año 2006 y realice la denuncia de venta. saludos muy atte, guillermo.

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    • Hugo Caceres 07/24/2011 a 20:45 #

      Conviene que se presente ante el Juzgado a fin de clarificar debidamente su situación, ya que probablemente se trate de un error en cuanto a la identidad del presunto infractor.

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  508. Sebastián 07/21/2011 a 10:25 #

    Hola buenos días. Quisiera saber si es OBLIGATORIO circular con los comprobantes de pago de PATENTE y SEGURO. Respecto del de patente la duda es simple; En cuanto al del seguro se me complica un poco por lo siguiente: Tengo San Cristobal, y en la parte posterior del carnet tiene la siguiente leyenda:

    «La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el art. 68 de la Ley Nº 24449. Conforme al art. 2 de la disposición Nº 70/2009 de la Agencia Nacional de Segurdad Vial, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.»

    Sin embargo conozco varios casos de infracciones labradas por no contar con el recibo de pago. Podrá usted ser tan amable de aclrarme este panorama? Desde ya muchas gracias..

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    • Hugo Caceres 07/24/2011 a 20:41 #

      No se realizan actas de infracción por falta de recibo de pago de seguro. La tarjeta que usted posee es suficiente si se encuentra impreso en ella la fecha hasta la cual se extiende la cobertura.

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  509. Lourdes Peluffo 07/15/2011 a 11:55 #

    Doctor, buen dia.
    Vendi el vehiculo y salta una multa del año 2009 – nunca llego la notificacion a mi domicilio.
    Soy de Mar del Plata y la multa es de la zona de Vidal.
    A donde debo dirigirme para abonarla y para que me den una copia.
    saludos

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    • Hugo Caceres 07/19/2011 a 09:32 #

      Al Juzgado de Infracciones de Tránsito de Mar del Plata:

      Dirección: 25 de Mayo Nº 3735 e/ 14 de Julio y Dorrego. CP. 7600
      Teléfono: (0223)-4751451
      Correo electrónico: juzgadomdp3@gmail.com

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  510. Fernando Bellucci 07/12/2011 a 22:27 #

    Estimado Dr. Caceres este fin de semana me hicieron una multa en Vivorata Km. 366 por falta de comprobante del seguro y me quitaron la licencia de conducir, el titular del vehiculo es mi hijo que no viajaba, al confeccionar el acta el agente completa los datos del infractor con los mios y por error completa los datos del titular tambien con los mios (no poseo cedula azul) . Este error de confeccion invalida la multa? ademas , como recupero mi licencia? , no firme la multa. Desde ya muchas gracias Saludos Fernando.

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    • Hugo Caceres 07/18/2011 a 11:27 #

      El error señalado, en principio, no invalidaría el acta. Para recuperar la licencia debe dirigirse al Juzgado de Infracciones de Tránsito de Mar del Plata.

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  511. Gustavo Fio 07/10/2011 a 22:27 #

    Hola. Tengo una consulta. Hoy, julio 2011, recibí una multa por pasar un semaforo rojo en octubre del 2009, en el partido de avellaneda pcia de bs.as. Ese coche lo vendí en diciembre de 2010 y en al pedir el libre deuda no aparecio esta infracción en el registro del automotor. El coche en cuestión no lo tengo mas. Que debo hacer? Debo pagar la multa igual?

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    • Hugo Caceres 07/13/2011 a 18:58 #

      No se si pagar la multa, pero quizas deba efectuar algun descargo, ya que las infracciones de transito son personales.

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  512. Ricardo Wolf 07/06/2011 a 18:46 #

    Buenas Tardes Doctor, vendí el auto hace 20 días y al querer hacer la transferencia nos dicen en el Registro del Automotor que tengo una multa por exceso de velocidad en enero de 2010 en la ruta 2. Nunca recibí en mi domicilio (yo personalmente ni nadie de mi familia que vivimos ahí) notificación alguna de la misma. Pregunto: 1) suponiendo que la entrega de la notificación la realiza el correo en mi domicilio (que es el mismo que consta en el título de propiedad) debe ser con firma, aclaración y número de documento de quien la recibe, no? 2) como hago para demostrar que nunca la recibí? o mejor dicho, como exijo que me demuestren que fuí notificado? y3) puedo interponer algún recurso para ello? Muchas gracias por su atención.

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    • Hugo Caceres 07/13/2011 a 19:02 #

      Puede cuestionar el acta de infracción por no haber sido notificado debidamente. Debe dirigirse al Juzgado interviniente.

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  513. Sabrina Vargas 07/05/2011 a 10:11 #

    Estimado Dr., quisiera consultarle sobre una multa que recibi de San Nicolás, provincia de Bs. As. Esta multa es fotográfica por pasar un semáforo en rojo, el problema esta en que han confundido un CLIO Bicuerpo negro cuya patente se asemeja cambia una Q por una O con mi auto un CLIO tricuerpo color gris. Ya que vivo en Mendoza quisiera saber como hacer para hacer el descargo y enviar una foto o algo para que constaten el error de la infracción, ya que no coincide la foto con lo que han escrito. Espero recibir su ayuda.
    Muchas Gracias
    Sabrina

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    • Hugo Caceres 07/06/2011 a 08:21 #

      Pueden enviar una carta certificada con aviso de recepción explicando los hechos y adjuntando la foto que menciona.

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  514. Zaida Zaida Zaida 07/05/2011 a 09:49 #

    buenos dias la verdad muy claro al explicar
    1.tengo multas pero 4 son por aparatos homolagos por inti pero no feuron tomadas las fotos dentro de la vigencia que figura el listado del inti. ademas de que no fui citada
    por el juzgado , si llegan hare el descargo. estoy en lo cierto?

    2.otra fue emitida mas de 60 dias despues de cometida la supuesta infraccion , esa seria nula¿cierto¿ haria el descargo si me citan y listo?

    3.ahora si estoy citada a descargar otra que ahi estoy complicada no se bien como se hace un descrago. pero en este caso esta aprobado el equipo esta notificada dentro de los 60 dias pero mi argumento seria que es imposible dada la corta distancia entre poste y poste es imposible reducir tan rapido de 100 a a 80 o sea venia a 120 como se peude vi el cartel de 100 reduje correctamente o sea tuve voluntad y pude reducir correctamente la velocidad sino tendria otra multa el tema es que no llega a reducir a 80 tan rapido. ¿es un argumento valido.? ademas tengo ententido que fueron corrido esos postes ¿sabe cuando? me comentaron que salio publicado pero no peudo encontralos.
    usted me recoeminda vaya personalemnte a la plata o lo hago pro que medio? carta certificada? ¿si voy persaonalemnte me dan una solucion en el momneto a mi descargo o tambien debo aguardart a lo qeu resuelvan?.

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    • Hugo Caceres 07/06/2011 a 08:24 #

      Puntos 1 y 2: correcto.
      3. Ese argumento no suele ser tenido en cuenta por el Juzgado de La Plata. Si concurre personalmente se lo resuelven en el día.

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      • Zaida Zaida Zaida 07/06/2011 a 10:09 #

        gracias pro responderme con rspescto al punto 3 que tengo que ir mañana. mecomentaron que si la foto multa sibien estahomologada por inti hay un operador quien debe ser el que confecciona porque si no es ese tambieb seria nula. puede ser?’ y como averiguo ? sirveque yo no tenga antecedentes?? da la casualidad que lso tengo solo con estas fotomultas. es en berazategui esta fotomulta ruta 2 km 41 berazategui vel permitida 80 vel registrada 85.6 cinemometro ba vial c 0001 marvic v2 . si yo rducia de golpe la velocidad me embestia el vehiculo proximo porque es imposible disminuir. lasupuesta infraccion 23/7/2010 y me la emitieron 14/9/2010. y ahora citada para mañana . la verdad economicamente me cuesta pagarla.

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      • Zaida Zaida Zaida 07/06/2011 a 17:35 #

        gracias pro responderme con rspescto al punto 3 que tengo que ir mañana. mecomentaron que si la foto multa sibien estahomologada por inti hay un operador quien debe ser el que confecciona porque si no es ese tambieb seria nula. puede ser?’ y como averiguo ? sirveque yo no tenga antecedentes?? da la casualidad que lso tengo solo con estas fotomultas. es en berazategui esta fotomulta ruta 2 km 41 berazategui vel permitida 80 vel registrada 95.6 cinemometro ba vial c 0001 marvic v2 . si yo rducia de golpe la velocidad me embestia el vehiculo proximo porque es imposible disminuir. lasupuesta infraccion 23/7/2010 y me la emitieron 14/9/2010. y ahora citada para mañana . la verdad economicamente me cuesta pagarla.

        velocidad registrada 95’6

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  515. DANIEL MANCO SCIOLLI 07/02/2011 a 19:32 #

    UNA VERGUENZA LAS MULTAS DE GRAL MADARIAGA 1000% CONFISTATORIAS

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  516. Juan Francisco 06/28/2011 a 11:44 #

    Recibí una foto multa de la Provincia de Buenos Aires y no sé como consultar el estado de la misma ya que no me contestan en ningún teléfono de atención.
    La multa es de la Ruta 74, Km 23, General Madariaga, y consta que iba a 97,2 km/h en una zona de 60 km/h.
    Dice que el pago voluntario ($ 357,67) venció el 23/06/2011 (hace menos de una semana).
    ¿Como prosigo? Realmente no puedo pagar al día de hoy los $715,35 que equivalen al 100% de la multa. Hay forma de conseguir una prórroga?? Que puedo hacer para consultar el estado de esta multa?
    MUCHAS GRACIAS!!!

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    • Hugo Caceres 06/29/2011 a 08:46 #

      Puede llamar al 0-800-222-0024 (cuesta un poquito, pero siempre atienden).

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      • Juan Francisco 06/29/2011 a 21:56 #

        Si, al final me pude comunicar y me dijeron que me va a llegar un segundo aviso, para pagar los $715,35.-
        No me queda otra que pagar el total por lo visto ahora, no?? no puedo ir a hablarlo con un juez de faltas?

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      • Hugo Caceres 07/02/2011 a 12:44 #

        Cuando reciba la citación, le otorgan un plazo para que pueda efectuar su descargo.

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  517. Andres Avalos 06/27/2011 a 20:30 #

    Buenas noches, vendi el auto me puse al dia con las multas de capital, la compradora realizo la transferencia y al hacer la misma saltaron 2 infracciones de provincia que no fui notificado en mi domicilio. Cuales son los pasos a seguir y que debo hacer si pagarlas o no. Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/29/2011 a 08:43 #

      Las infracciones son responsabilidad del conductor al momento del hecho, por lo que deberá abonar las mismas o presentar los descargos correspondientes.

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  518. luciana 06/26/2011 a 14:00 #

    Hola, me llego una foto multa de un por exceso de velocidad maxima 60 y segun el radar constata 68 tomada el dia 23 de marzo de 2011 en la ciudad de San Nicolas pcia de Bs As., la consulta es la siguiente, los radares tienen q estar identificados 500 metros antes? este sistema es legal? debo pagar la multa?

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  519. Marcelo 06/26/2011 a 13:02 #

    Alquilé un auto y vinieron varias multas de ruta 2 de diferentes localidades. Por lo que vi en la web de INTI los cinemometros no están homologados así que no voy a pagar las multas con el descuento y voy a hacer el descargo. Yo ya mandé una carta documento a Seguridad Vial de la Plata en el primer aviso informando que era el conductor de ese auto. Esto alcanza para deslindar responsabilidad de la agencia y que las citaciones posteriores me lleguen a mi y no recaigan sobre el auto?

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    • Hugo Caceres 06/27/2011 a 07:57 #

      Debe aguardar a recibir la citación del Juzgado interviniente, para formular su descargo y asumir la responsabilidad de la conducción.

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  520. maria jose 06/23/2011 a 19:54 #

    buenas tardes, recibi una multa del dia 1 de marzo de 2011 me la notificaron ayer 22 de junio de 2011, caduco? lei la ley y solamente dice que la deben emplazar dentro de los 60 dias habiles, si tomo en cuenta el dia de la infraccion caduco? por mas que la enviaron el 4 de mayo y a mi me llego despues… como tomo en cuanta las fechas?
    y puedo alegar la falta de cartel minimo 500 mts que me indique el control fotografico… gracias que art pongo en el descargo muy amable.

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    • Hugo Caceres 06/25/2011 a 10:53 #

      AL mes de marzo no se encontraba vigente la ley de los 500 mts. Yo entiendo que se debe contar el plazo desde el momento de la infracción.

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  521. Silvina 06/23/2011 a 16:34 #

    Buenas tardes Dr. : Mi consulta es acerca de los plazos, veo todos los comentarios y me da la sensación que cuentan un plazo de 60 días de ocurrido el hecho, como días corridos. Yo tengo una multa del 24/03/11 en Cnel. Vidal, por pasarme 15 km de la velocidad permitida, y fui notificada el 03/06, entiendo que si son días corridos, puedo anularla por el art. 28, pero de ser hábiles, debería abonarla. Podría sacarme de ésta duda?? Desde ya muchisimas gracias por el aporte que nos da!

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  522. Maria Inés 06/23/2011 a 10:26 #

    Estimado Doctor: Estoy por entregar mi auto a una concesionaria y solicite en mi Registro de la ciudad de rosario una Consulta de infracciones, formulario 13i y me surgen multa en provincia de bs as vencidas Nunca fui notificado de las mismas,no se si llegaron a mi anterior domicilio, pero no tengo forma de constatar la veracidad de las infracciones, como debo actuar? Donde puedo pedir copia de las multas y donde puedo abonarlas? Quisiera saber si puedo solicitar al juzgado de la plata y de dolores que por lo que me informe en el 0800 a esas jurisdiciones pertenece, las boletas de pago voluntario para poder abonarlas en rosario. En caso de no abonarlas, quien en definitiva compre el auto podrá hacer la transferencia? La deuda es del auto o es mía? Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/25/2011 a 10:48 #

      Las deudas son personales. No del vehículo.
      Puede realizar igualmente la transferencia:
      La transferencia se puede realizar igualmente, aún existiendo deudas por infracciones:

      El procedimiento en el Registro de la Propiedad es el siguiente:

      Debe solicitar el Formulario 13 i, en el cual aparece el informe de las multas por infracciones de tránsito. En el mismo debe escribir «NO PAGA MULTAS» y entregarlo junto con toda la documentación, tras lo cual le entregarán todos los papeles de la transferencia ya realizada.

      Esta situación está prevista en el art. 4º de la Disposición 515/03 del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, que expresa:

      Art. 4° — Si el presentante o peticionante del trámite no abonare la deuda existente por infracciones, el sistema dejará constancia de ello en la Solicitud Tipo «13I», cuyo original con dicha constancia será firmado y sellado por el Encargado del Registro y entregado al usuario conjuntamente con la documentación registral, siendo el duplicado adjuntado al Legajo B.

      Asimismo, el Encargado dejará constancia en la Hoja de Registro del retiro de la documentación con existencia de deuda en concepto de infracciones de tránsito, la que será firmada por el peticionario o presentante

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  523. Oscar A. Seco 06/22/2011 a 11:35 #

    Estimado Doctor: Estoy por entregar mi auto a un concesionaria en parte de pago y solicite en mi Registro de CABA una Consulta de infracciones y me surgen 1 multa en Bahía Blannca por curzar cn luz roja de semáforo, le aclaro que nunca estuve en esa ciudad y 4 multas de la Ruta 2 del 18/12/2009, 30/12/2010, 30/12/2010 y 07/02/2011 todas procesadas durante el mes de Abril de 2011. Nunca fui notificado de las mismas,no se si llegaron a mi anterior domicilio, pero no tengo forma de constatar la veracidad de las infracciones, como debo actuar? Donde puedo pedir copia de las multas y donde puedo abonarlas? En caso de no abonarlas, quien en definitiva compre el auto podrá hacer la transferencia? La deuda es del auto o es mía? Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/23/2011 a 07:37 #

      Puede abonar dichas multas en el Registro de la Propiedad Automotor.
      La transferencia se puede realizar igualmente aunque no se haga el pago de las multas.
      Las infracciones son personales, no del vehículo.

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      • Oscar A. Seco 06/23/2011 a 13:30 #

        Muchas gracias Doctor, En el Registro me dijeron que ellos no la cobran y que debo ir a cada Municipio a pagarlas. Es esto así? Como puedo hacer para conseguir una copia de las multas? Nuevamente muchas gracias…

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      • Hugo Caceres 06/25/2011 a 10:50 #

        En la mayoria de los Registros se pueden abonar las multas por infracciones de tránsito, en virtud del convenio existente entre Provincia y dicho organismo.
        Puede llamar al 0-800-222-0024 y le enviaran las copias que necesita.

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  524. Patricia 06/18/2011 a 20:11 #

    Dr, le hago guna pregunta mas, cuando uno se presenta en el registra de prop del automotor para realizar la transferencia, debo ejercer LA NEGATIVA DE PAGO DE MULTAS, al momento de PRESENTAR la documentacion, es decir en la firma del 13 I (antes de saber si el auto que estoy comprando tiene multas) o al momento de RETIRAR la docmentacion?
    Gracias Dr, por su tiempo y por su asesoramiento.

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  525. Patricia 06/16/2011 a 22:52 #

    Dr, al momento re realizar la transferencia de un vehiculo en caracter de comprador, y en el 13I aparece multas, y uno ejerce LA NEGATIVA DE PAGO DE INFRACCIONES, sabiendo que fueron cometidas por el titular anterior. Cuando gestione la Renovacion de mi Registro de Conducir, la existencia de dichas infracciones me impediran el tramite de mi registro de conducir por ser multas de un vehiculo que ahora es de mi propiedad?? Gracias

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    • Hugo Caceres 06/20/2011 a 09:57 #

      No. De todos modos para evitar sorpresas en algún momento le conviene enviar una nota al Juzgado interviniente o a la Dirección Provincial de Seguridad Vial adjuntando copia del titulo.

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  526. Patricia 06/16/2011 a 22:36 #

    Dr, quisiera realizarle la siguiente consulta; señe un automovil, y gestione por mi cuenta el informe de dominio para ver sino estaba inhibido y demas, y gestione asimismo el F13I, en el cual me entregaron un listado con $9000 de deuda de infracciones cometidas en cap. fed y pcia de bs.as. Finalmente el auto lo compre, y tengo toda la dumentacion para realizar la transferencia, como procedo en el Registro del Automotor para retirar la documentacion a mi nombre? y ¿Una vez realizada la transferencia las multas continuan en los sistemas asociadas con el auto o yo recibire las initmaciones para el pago de las mismas?Desde ya muchas gracias por su tiempo.-

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    • Hugo Caceres 06/20/2011 a 19:13 #

      AL ser informado en el RNPA de la existencia de las multas, realice la negativa de pago de las mismas. Mas adelante envie al Juzgado interviniente copia del titulo.

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  527. Martin 06/16/2011 a 12:27 #

    Gracias por el dato, la fecha chiquita arriba a la derecha es posterior a la fecha que me llego.-

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  528. Martin 06/15/2011 a 16:47 #

    Buen dia, el art. 28 establece que » el despacho de la notificacion postal …………debera ser realizada en un lapso no mayor a los 60 ds habiles», cual es la fecha de despacho? donde figura en la multa? Gracias

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    • Hugo Caceres 06/16/2011 a 09:02 #

      Aunque en el acta figura una fecha, a la derecha de la misma al lado del recuadro «pago voluntario», y esa es la que en general toman los juzgados como referencia, la fecha real de despacho es la que figura en la parte superior del acta. Arriba de donde se encuentra el logo de la PRovincia y el titulo «Notificación de Acta….» fíjese que en letras muy pequeñas aparece su ombre y domicilio, y en el extremo derecho la fecha real de despacho.

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  529. Miguel Angel 06/14/2011 a 21:51 #

    HOLA DOCTOR ME LLAMO MIGUEL, HOY RECIBI UNA MULTA QUE ME HICIERONEL 11-02-11 A LAS 18.41 SOBRE LA RUTA 11 EN LAS TONINAS, YO VIAJABA SEGUN LA INFRACCION A 72.8KM, CUANDO LA VELOCIDAD SERIA A 60KM, EN EL LUGAR NO EXISTE NINGUNA SEÑALIZACION QUE ESPECIFIQUE VELOCIDAD Y/O FISCALIZACION DE VELOCIDAD, QUISIERA SABER SI ES COVENIENTE PAGAR CON EL BENEFICIO O HACER UN DESCARGO.- GRACIAS POR SU ATENCION.-

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    • Hugo Caceres 06/20/2011 a 18:39 #

      Pagar o no es una decisión personal. Si paga obtiene el beneficio del descuento y termina con el caso; de lo contrario si su recurso/descargo es exitoso no paga nada, pero si se lo rechazan va a pagar bastante mas.

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  530. Roberto 06/14/2011 a 15:11 #

    Hola, el día 13 de junio del corriente año, se me confecciono un acta de infracción por falta de VTV en la localidad de Necochea, mi pregunta es si tengo posibilidad de en el caso de hacer el pago de la multa en forma voluntaria, en algún banco oficial o cualquier otro ya que mi residencia es en la ciudad de Bahía Blanca.
    Debo esperar alguna notificación respecto al pago de la multa?.

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  531. Alejandro Caceres 06/14/2011 a 09:30 #

    Buenos días Sr, tengo 2 multas entre los días 24/03/11 y 27/03/11 pero la notificación a mi casa me llegó el día 01/06/11 y 07/06/11 respectivamente por lo que leí puedo alegar el artículo 28 de la ley 13927, que si la multa no llega antes de los 60 días hábiles caduca? esto es así. Agradecería su respuesta.

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  532. rodrigo rojas 06/12/2011 a 21:12 #

    Hola doctor. Me llego una multa de la ciudad de Bs:As que debo pagarlo en el Banco Prov.de Bs.as , creo q en rosario no hay sucursales por lo que estuve averiguando. Quisiera saber si la puedo pagar en algún otro banco de la localidad de Rosario donde vivo.
    Desde ya muchisimas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/16/2011 a 08:15 #

      En Rosario hay un Bapro en:

      PP – Interior – Rosario – Delegación del Grupo BP

      Italia nº 556 ( 2000 )
      ROSARIO – Santa Fe
      Lunes a Viernes de 09:00 a 16:30 hs.

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  533. rodrigo rojas 06/12/2011 a 21:08 #

    Hola doctor. Me llego una multa de la ciudad de Bs:As que debo pagarlo en el Banco Prov.de Bs.as , ceo q en rosario no hay sucursales por lo que estuve averiguando. Quisiera saber si la puedo pagar en algún otro banco de la localidad de Rosario donde vivo.
    Desde ya muchisimas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/20/2011 a 13:25 #

      Si la multa es de la Ciudad de Buenos Aires no creo que pueda pagarla en el Banco de la Provincia, pero si asi fuera, en Rosario tiene la siguiente dirección:

      PP – Interior – Rosario – Delegación del Grupo BP

      Italia nº 556 ( 2000 )
      ROSARIO – Santa Fe
      Lunes a Viernes de 09:00 a 16:30 hs.

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  534. Celia 06/09/2011 a 11:34 #

    Buenos días Dr. Cáceres, le comento mi caso, estoy vendiendo mi auto (radicado en capital) y en la concesionaria, donde me lo tomarán en parte de pago, me dicen que tengo 6 multas de Prov. de Bs. As., que nunca me llegaron!!, el monto es más ó menos $ 3.000.
    Me dicen que lo tengo que pagar en el registro donde tengo radicado el auto (Registro 39 C.A.B.A.).
    Mis preguntas son las siguientes:
    1) tienen una caducidad esas multas? porque tengo entendido que caducan a los dos años, es así?
    2) puedo hacer uso de la negativa de pago? ya que nunca me llegaron ni las fotomultas, ni las citaciones para descargo ni nada.
    3) en caso de poder hacer dicha negativa, me traerá alguna consecuencia en un futuro?
    4) me descuentan puntos en el registro el cual pertenece a capital?
    Muchas gracias por su atención.
    Lo saludo cordialmente.
    Celia

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    • Hugo Caceres 06/20/2011 a 13:35 #

      1) En Provincia prescriben a los 5 años.
      2) Oyede hacer de la negativa de pago.
      3) Debe luego presentar los recursos correspondientes para obtener la declaración de nulidad de las infracciones.
      4) No afectan su puntaje en CABA.

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  535. Griselda Papa 06/06/2011 a 22:58 #

    Buenas noches, le hago una pregunta: Recibí una citación para «comparecer ante el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial de Mar del plata», por una multa fotográfica cometida en la ruta 2. Considero que la multa no es legal porque el radar no estaba en la lista de radares habilitados por el INTI al momento de llegarme la multa. Además tengo domicilio en Pilar. En qué forma puedo enviar el descargo al juzgado con las pruebas que ma avalan, ya que por carta documento no se puede adjuntar nada, y no puedo movilizarme al Juzgado en Mar del Plata?? Debo poner un abogado que me represente??

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    • Hugo Caceres 06/20/2011 a 10:38 #

      Puede enviar una carta certificada con aviso de recepción.
      No es obligatorio contar con patrocinio letrado.

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  536. fernando 06/06/2011 a 20:52 #

    compre mi auto en febrero del 2010 lo transferi correctamente y el libre de deuda no tenia multas ,lo vendi ace una mes y me salta q tengo una multa en el camino cenenario km 17.5 a las 00.00 hs y la multa es del 2009 cuando el auto no era mio,me comprometi con el hombre q me lo compro q me iva hacer cargo q devo hacer’???’ el hombre ya lo tiene a su nombre iso la tranferencia pero la multa esta en el auto. perdon por la ortografia

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    • Hugo Caceres 06/16/2011 a 08:28 #

      Las multas son personales, no siguen al vehículo.
      Por el horario que menciona en el acta de infracción debería plantear un descargo para que se declare la nulidad de la misma.

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  537. eliseo 06/06/2011 a 12:31 #

    buendia señor caseres .
    recibi dos infracciones de la ruta 11 por exceso de velocidad, estoy seguro que no me excedi y que seguramente el radar tomo la velocidad de otro vehiculo pero la foto esta tan recortada que apenas se ve un fragmento de mi auto, puedo pedir que me muestren la foto completa?para ver si aparece otro vehiculo

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    • Hugo Caceres 06/08/2011 a 06:55 #

      La foto que aparece en la notificación es la foto completa que toma el cinemómetro. De todos modos puede, al presentar su descargo, que como prueba le muestren la fotorafía original.

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  538. Inés 06/03/2011 a 17:10 #

    Me acaba de llegar (después de más de 1 año y 4 meses de espera) la segunda notificación sobre una multa por exceso de velocidad en la ruta 2. Dicha multa fué tomada con un cinemómetro no habilitado por el INTI (poseo documentación impresa avalada por el mismo organismo en mi poder). Tengo domicilio a más de 300 km.del lugar de la infracción (vivo en CABA y la infracción fué en el partido de Mar Chiquita). Qué documentación debo enviar o adjuntar a la carta documento y qué art. de la ley inhabilita dicha infracción??
    Espero su respuesta… Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/05/2011 a 09:12 #

      Debe adjuntar la documentación que prueba sus afirmaciones.
      Arts. 28 y cc. de la Ley 13.927.

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      • Inés 06/05/2011 a 20:50 #

        Muchísimas gracias Dr., por su asesoramiento!!!

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  539. Pamela 06/01/2011 a 16:14 #

    Hola Dr. mi nombre es Pamela. En el mes de marzo viajé a Mar del plata (Siendo la décima vez que viajo apróximadamente) y me llegaron no 1 ni 2,si no 3 MULTAS!!!(las tres por exceso de velocidad)Una en la Au, 25 de mayo la cual pagué.
    Las otras dos son del mismo día (02/03/11)Ruta 2 en el km 114 Chascomús (No tengo manera de probar que el radar no está bien señalizado y me llegó a los 57 días de cometida la infracción) por ende veré que descargo utilizo.
    La consulta es por la otra multa del mismo día en el km 203 Dolores, esta multa me llegó HOY 1/06/11 pasaron 70 días hábiles y según el artículo 28 de la ley 13927,si la multa no llega antes de los 60 días hábiles caduca, ¿Es así?Además nunca firmé nada que pudiera comprobar que me han llegado¿Se puede alegar que uno no las ha recibido?
    Desde ya muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 06/03/2011 a 08:18 #

      Puede alegar el exceso en el tiempo de notificación y la consiguiente caducidad de acuerdo a la ley 13.927.

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  540. Enrique 06/01/2011 a 01:27 #

    Dr. me hicieron una foto multa por exceso de velocidad en parque pereira en octubre del 2009 nunca pague y este año me intimaron a pagar $ 1400, mi consulta es saber si prescriben las multa?

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  541. karina 05/28/2011 a 13:33 #

    Hola! hoy 28/5/11 recibi una multa de exceso de velocidad en mar del tuyo el 17/3/11. Yo no soy esa, mi auto se encontraba aguardado en un garage en capital federal y encima ese dia festejaba el cumple de mi hijo en capital barrio de belgrano. que hago para no pagarla, como me manejo. la foto se ve la patente muy turvia y los numeros no son claros.
    gracias por su ayuda

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    • Hugo Caceres 05/31/2011 a 07:00 #

      Puede contactar a Seguridad Vial (0-800-222-0024) o al Juzgado interviniente cuando le llegue la citación para efectuar descargo.

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  542. gabaroni clemente 05/26/2011 a 12:35 #

    estimado doctor: el motivo de mi consulta es la siguiente: vendi mi auto hace trs meses, hice todo como corresponde, o creo…08, verificacion policial, denuncia de venta ,libredeudas de patentes de multas ,formulario 13l donde dice al dia de la fecha se constato la inexistencia por infracciones de transito en las juridicciones consultadas…. etc,etc ahora bien el dueño actual dice que recibio una multa a nombre mio del mes de diciembre del año 2009 por exceso de velocidad el la ruta 11. Aclaro que le trabaron la tranferencia del vehiculo. Si yo jamas recibi notificacion alguna que debo hacer???el formulario 13l no me exime de infracciones anteriores de emitido dicho formulario? agradeceria su respuesta

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    • Hugo Caceres 06/01/2011 a 08:46 #

      La transferencia se realiza igual. El RNPA está obligado a entregarle la documentación, previa negativa de pago por parte del comprado.
      Aunque aún no lo he planteado en ningun caso, entiendo que si le expiden un certificado de libre deuda, luego no pueden reclamarle por multas anteriores, ya que contraviene la doctrina de los propios actos.

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  543. Marcelo 05/19/2011 a 20:22 #

    Estimado Dr: Tengo un R12 que compre hace 8 años y recien hoy un gestor me realizo el tramite de transferencia y me entero que tengo una infracción art 28 ley13927, en Camino Centenario KM 17,5 de fecha 22/09/2009, a las 00:00:00 hs, por un monto de 1430.70$. Realmente en esa fecha estaba en mi casa y no en esa ruta, pero como no tengo forma de probarlo voy a tener que pagarla. Según me dijeron es una fotomulta que nunca me llego, ya que el anterior titular nunca me aviso de su existencia. Me llamo la atención de la infracción el horario 00:00:00 hs. Hay fotomultas a esa hora? Puedo abonar voluntariamente la infraccion ? Desde ya muchas gracias por su tiempo.

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    • Hugo Caceres 05/20/2011 a 08:50 #

      Quiza deba plantear un descargo. Hay muchas actas de infracción surgiendo con ese horario, que es a todas luces incorrecto.

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  544. giupponi marcelo 05/13/2011 a 19:16 #

    hola hugo, mi consula es que yo,vendi un vehiculo el dia 24/4/2008 y ese dia se realizo la transferencia en el registro n 7 de san justo pcia de bs as ( yo mismo verifique los datos y esta tranferido al comprador) en la actualidad.ya que al actual nueño le efectuaron multas en fecha 5/10/2009,un año y medio despues de la transferencia.(x lo cual las estoy recibiendo yo)por que en el juzgado de dolores figura todavia a mi nombre perjudicando a mi persona .me comunique con el juzgado de dolores y me piden certificado de transferencia o dominio que tiene un costo en pesos que no estoy en condiciones de realizar y ademas no tengo ningun comprobante de la transferencia imaginece despues de 3 años.mi deduccion del caso es que la juridiccion de dolores no esta actualizada con los datos de informaciones con el resto de los registros, por lo menos con el registro 7 de san justo. mi pregunta es si me dirijo al tribunal de falta el c,pelefrini 211 c.f me presentro frente a un juez ,ellos tiene fomas de averiguar si el dominio esta a mi nombre en el mismo momento y costatar que las multas no fueron realizada por mi persona.desde ya muchas gracias espero su respuesta

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    • Hugo Caceres 05/16/2011 a 08:10 #

      C. Pellegrini corresponde a la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, y usted tiene el problema en Provincia. Quizas deba dirigirse a la Dirección Provincial de Seguridad Vial, en La Plata.

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  545. Pablo 05/11/2011 a 13:43 #

    Fuí a hacer un cambio de domicilio en el registro de conducir y me dicen que tengo dos multas poe exceso de velocidad en la Pcia de BA (13/10/09 y 26/08/2010). Nunca me citaron, ni me informaron sobre las mismas. Que debo hacer? Hacer las colas interminables para ver que paso o puedo bajar la multa y pagarla en algún lugar? Hay alguna defensa para esto? Desde ya muchas gracias.

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  546. Juan 05/10/2011 a 23:13 #

    Hola Dr. quería saber si el Decreto de la provincia de Bs.As. ley 8031/73 está vigente ya que aquí dice que la prescripción de la acción se producirá a 1 (un) año de cometida la falta y transcribo el texto: -Decreto Ley 8031/73 – Código de Faltas – Capítulo V
    De la extinción de la acción y de la pena

    Artículo 32.- La acción y la pena contravencionales se extinguen:

    a.- Por muerte del imputado o condenado;
    b.- Por la prescripción.

    Artículo 33.- (Texto ley 10.580) La acción se prescribirá a un (1) año de cometida la falta. La pena se prescribirá en el mismo plazo señalado en el párrafo anterior, a contar desde la fecha en que la respectiva sentencia quedó firme o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiere empezado a cumplirse.

    Artículo 34.- (Texto Ley 10.580) La prescripción de la acción y de la pena se interrumpirá por la comisión de una nueva falta, por la secuela del juicio o por la ejecución por vía de apremio respecto de la pena de multa.—————————————-
    Entonces pregunto: si de no estar en vigencia; como en la ley provincial 13927 no dice nada de las prescripciones ¿ se toma lo que dice la ley nacional?

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    • Hugo Caceres 05/15/2011 a 11:10 #

      Al adherirse a la ley nacional 24.449 la provincia adoptó los plazos de precripción de la misma.

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  547. Marcelo 05/05/2011 a 23:08 #

    Dr me llego una fotomulta de la ruta 63, en la misma el auto esta cortado y la patente no esta legible, corresponde pagarla? gracias

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    • Hugo Caceres 05/08/2011 a 11:27 #

      Quizás no (no se lo puedo asegurar sin ver el acta de infracción), pero de todos modos debe plantear la nulidad cuando reciba la citación del Juzgado.

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      • Marcelo 05/21/2011 a 18:43 #

        La nulidad la tengo que hacer en Dolores? Se puede hacer en Capital? gracias

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      • Hugo Caceres 05/24/2011 a 07:43 #

        Se debe plantear ante el Juzgado interviniente.

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  548. andres 04/25/2011 a 17:09 #

    Estimado Dr. Caceres: Queria consultarle que a partir del 10 de marzo y con una diferencia de quince dias me estan llegando infracciones cometidas por exceso de velocidad en la ruta 2. Lo llamativo es que todas-en total son tres- son del dia 27 de enero de 2011 y fueron hechas en un lapso de 2 horas o sea una multa a las 10.04 hs otra a las 11.21 hs y otra a las 12.05 hs . Mi consulta es saber si hay un margen adicional de exceso de velocidad porque una me dice maxima permitida 80 y la velocidad registrada es 99, otra velocidad permitida 60 y yo tengo 72 km/h, etc. y ademas como todas fueron realizadas en ese lapso de tiempo se tiene que abonar o se puede argumentar que son todas en el dias y no hay reincidencia en el tiempo y si vivo en caba donde me dirijo a presentar el recurso. Muchas Gracias

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    • Hugo Caceres 04/27/2011 a 06:11 #

      Los recursos deben ser presentado ante el Juzgado que corresponda según el lugar de la infracción.
      La multiplicidad de infracciones en el mismo día no es causal de nulidad de las mismas, dado que corresponden a sitios diferentes.
      La tolerancia legal es del 10%.

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  549. Miriam 04/21/2011 a 19:11 #

    Estimado Doctor. Recibi un acta de infraccion de coronel Vidal por exceso de velocidad, de un vehiculo que no es el mio,no coincide la patente, y es mas se nota en la foto por los colores que es un taxi
    En esta acta no se ve ninguna direccion para hacer este descargo , por lo que no se si debo hacerlo, y en ese caso a donde, o si debo esperar a se notificada
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 04/22/2011 a 10:43 #

      Dado el procedimiento establecido en la Ley 13.927, todavía no se puede formular ningún descargo.
      La notificación que usted recibió es remitida por la Dirección Provincial de Seguridad Vial, y únicamente permite, en esta instancia, optar por el pago voluntario.
      En caso de que usted no acceda a dicho pago, las actuaciones son remitidas al Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito, el cual le enviará una nueva notificación, otorgándole un plazo para efectuar las impugnaciones y descargo que usted estime corresponden. Hasta ese momento no se puede realizar ningún planteo o presentación.

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  550. Luis 04/21/2011 a 18:58 #

    Estimado Hugo. Ante todo muchas gracias por su asesoramiento
    Recibi una notificacion para comparecer en el juzgado administrativo de Dolores, el 15 de mayo por una infraccion de exceso de velocidad, cometida en diciembre del 2009
    Vivo en CABA, hay forma de comparecer en un juzgado mas cercano a mi domicilio, y en ese caso cual seria el procedimiento
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 04/22/2011 a 10:44 #

      Puede realizar una presentación (via postal) para que se aplique la regla de interjurisdiccionalidad.

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  551. Juan 04/21/2011 a 06:44 #

    Para los casos de multas por exceso de velocidad en rutas provinciales de BsAs detectadas por equipos cinemometros fijos automaticos
    ¿que funcion desarrolla el funcionario publico que labra el acta de infraccion? ¿que procedimiento de constatacion tiene establecido ?
    ¿quien certifica la ubicacion real del cinemometro? . Tranquilamente se puede ubicar un cinemometro fijo perfectamente calibrado y homologado por el Inti en una zona de max 80km/h y ponerlo a sacar fotos aduciendo que el equipo estaba ubicado en zona de maxima 60km/h.
    El cinemometro no tiene incorporado un registro de sus coordenadas de ubicacion de posicion real, tambien calibrado por el Inti.
    Igualmente irregular son las notificaciones automaticas, y el plazo de 60 dias, el art 28 de la ley 13927 habla de «despacho de la notificacion postal», y como Ud. sabra infinidad de estas notificaciones nunca llegan y no es lo mismo despachar que notificar. ¿Que prueba valida se puede tener si el sobre nunca llega o pasa por abajo de la puerta, buzon o portero? La autoridad asegurará que el despacho de la notificacion se hizo y hasta puede probarlo. Que derecho de defensa efectivo se puede tener de no haberlo recibido, el sistema por su naturaleza habilita cualquier tipo de maniobra recaudatoria y con reclamo o sin el, termina sacandonos la plata . Estas politicas son una parodia de Sherif Lobo.

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  552. Diego Figallo 04/19/2011 a 14:30 #

    Hola Dr. Recibí dos multas del año 2010 que no pagué con el beneficio del 50%. Ahora me gustaría pagarlas (aunque sea al 100% de su valor) pero aún no recibí ninguna segunda notificación y quería saber si puedo pagarla directamente con la primera multa que me llegó o si debo esperar a la segunda notificación.

    Gracias!

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  553. Fernando 04/19/2011 a 10:13 #

    En el dia de ayer concurri a renovar la licencia de conducir (vencimeinto 17/04/11) en el municipio de San Isidro, despues de pagar $84,00 en concepto de tasas retributivas y bono contribucion bomberos al pasar al escritorio para continuar el tramite me informaron que no lo podian seguir adelante por existir una infraccion para lo cual me entregaron un CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DE TRANSITO donde consta Nro. de Acta 00979326, infraccion cometida el 09/01/10, por no respetar los limites de velocidad previstas con sentencia impaga por un importe de $1.430,70.
    Aparentemente fui notificado en el domicilio que figura tanto en mi DNI como en mi licencia, pero la realidad es que no vivo mas en ese domicilio hace mas de 10 años.
    Tengo alguna alternativa legal para poder renovar la licencia o normalizar la infraccion por un importe razonable, ya que el valor de dicha multa representa el 5% del valor del auto.

    Desde ya le agradezco su asesramiento

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  554. Jorge 04/18/2011 a 18:59 #

    Buenas noches. Según entiendo las faltas en la provincia prescriben a los 5 años. ¿ A partir de que fecha se cuentan los 5 años ?

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    • Hugo Caceres 04/22/2011 a 12:14 #

      A partir de la comisión de la falta, aunque se interrumpe por la citación del Juzgado de Tránsito.

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  555. Martin 04/17/2011 a 23:25 #

    Que tal Dr., me han mandado una multa en la ruta 11 donde en la foto apareceria un auto que a mi criterio no es el mio, y en una fecha en la que yo no estuve en ese lugar, la multa es de octubre de 2009 y yo solo he salido de vacaciones en enero de 2009 por la costa atlantica.
    Podria yo denunciar a los emisores de la multa por fraude o algo por el estilo?? Como justifican ellos mi presencia en el lugar??

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    • Hugo Caceres 04/18/2011 a 07:49 #

      El fraude como figura penal requiere mas elementos que el simple error, no creo que sea viable una acción de esta índole.

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  556. Dario Pablo Dmuchalski 04/13/2011 a 11:18 #

    Buen dia, hoy me llega una multa del 2009 en dolores yo soy de lanus, supuestamente es la segunda que mandan( la camioneta estaba todavia a nombre del primer dueño) y nunca llego esa multa.
    Yo me quiero hacer responsable ya que el vehiculo lo usaba yo pero pagar como si fuera la primer multa- que puedo hacer. ya que la primera es de $400 y ahora me piden $1900.
    Me dijeron que en octubre del 2011 caduca la multa.

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    • Hugo Caceres 04/16/2011 a 13:59 #

      No se quien le dio esa fecha de caducidad, y cual sería el fundamento para ello.
      Puede concurrir al Juzgado de Transito (incluso al de La Plata en su caso) y plantear la falta de notificación. Verifican los antecedentes, y en caso afirmativo le cobran con valores reducidos.

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  557. diego 04/13/2011 a 00:19 #

    hola buenas noches queria seber cuando prescribe las multas en provincia de buenos aires ,
    fui a renovar el registro y me entere que tenia una multa por falta de vtv de año 2006 y me quieres cobrar 800 pesos muchas gracias

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    • Hugo Caceres 04/16/2011 a 17:57 #

      Posiblemente dicha ionfracción esté prescripta, dado que no se aplican a la misma los nuevos plazos de prescripción de la ley 13.927, sino los de la ley vigente en aquel momento.

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  558. lucas 04/12/2011 a 18:38 #

    Estimado Dr Caceres: Le escribo con el fin de contarle mi situacion …. el dia 28-01-11 volviendo de la costa por la RUTA 63 en direccion a Buenos Aires, en el km 8.800, me han fotografiado cometiendo una supuesta infraccion. La multa no la recibo en mano sino que la encuentro en el buzon de mi domicilio. Si bien yo se que es mi auto, la fotografia a mi entender y desde mi punto de vista subjetivo puede llegar a ser no legible, ya que una w parece ser una N. Pero mi indignacion no viene por ese lado sino que, este fin de semana anterior he circulado por el mismo lugar casi a la misma hora, y pude constatar que, a mi entender, esa fotomulta esta mal confeccionada ya que en la misma ruta la señalizacion es muy mala como en casi todo el camino hacia la costa. Pude constatar tambien de que la velocidad maxima en dicho camino es de 110 km/h y no hay ningun tipo de señalizacion que indique una maxima velocidad de 60 km/h ,o por lo menos no lo vi, anterior a la camara pero si se puede encontrar uno de maxima 80 km/h posterior a la misma instalacion. Mi supuesta infraccion dice que en ese paso la maxima permitida es de 60 km/h y mi vel de circulacion e de 81,4 km/h. Es posible que a muchas personas les pase lo mismo, de que esa ruta esta mal señalizada por lo menos en ese punto? Teniendo en cuenta el horario (19 hs para el dia 23-01-11 y aprox 18 hs para el fin de semana anterior) y el sentido de circulacion (sentido oeste a la bajada del sol, pegando el brillo hacia mi parabrisas) creo que es factible no ver ese cartel de maxima 60 km/h Podran aprobar esa coartada en el tribunal de faltas? En prov de buenos aires, la caducacion de las multas es de 1 año no es asi? puedo dejar pasar esta multa un año, hasta el dia de la fecha no he sido fehacientemente notiificado de la misma.

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    • Hugo Caceres 04/16/2011 a 18:03 #

      En provincia de Buenos Aires las faltas por exceso de velocidad prescriben a los 5 años (por aplicación del art. 77 de la Ley Nacional de Tránsito).
      Los argumentos que menciona pueden fundar válidamente un descargo.

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  559. Fernando - Merlo Buenos Aires 04/09/2011 a 14:13 #

    Por lo que veo fuimos todos notificados por la misma fecha, a mi me paso exactamento lo mismo que a todos los que escriben en la ruta 4 km 33,5 en Pila, no hay ningun cartel con senalizacion, ademas habia sido advertido por mis familiares que viajan regularmente de las camaras en todo el trayecto y aunque soy de manejar despacio, hice el viaje prestando especial atencion a los carteles para no tener disgutos y aca estoy igual que los demas, si alguno ha hecho el descargo les agradeceria por favor si puede enviarme el modelo que utilizaron y donde hay que remitirlo ya que nunca hice un tramite de este tipo.
    Desde ya, muchas gracias.
    feryav@hotmail.com

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  560. Gastón 04/08/2011 a 18:48 #

    ME acerque a pedir el duplicado de la cedula verde por extravio de la misma al registro automotor de San Martin, estos me solicitaron deje el titulo y $135 de arancel y que en 48hs pase a retirar la nueva cedula con el titulo, cuando me acerco a buscarlos, me dicen que no me pueden entregar la documentacion hasta que no abone una multa fecha 20-02-2010 a las 00:00:00 en Ruta 2 km 203… Por un lado no es un horario en el que viaje y por otro no me parece un horario valido…
    Es legal que retengan por un lado la documentacion impidiendome circular con mi vehiculo siendo que lo uso para trasnportarme a mi trabajo? Como podria desestimar dicha multa? Desde ya Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 04/10/2011 a 06:09 #

      En el Registro insista con que le entreguen la documentación: no hay absolutamente ninguna ley o reglamento que les permita retener la misma.
      Respecto a la multa debe dirigirse al Juzgado interviniente para plantear la nulidad de la misma.

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      • Gastón 04/10/2011 a 20:55 #

        Hugo, Gracias por su pronta respuesta, segun me comentas, deberia insistir, hay algo que podria yo nombrar para ser mas exacto en el pedido? En cuanto a la multa, se me hace imposible acercarme a dolores o la plata, hay forma de mandar alguna carta documento o certificada solicitando la nulidad?
        Desde ya Muchas Gracias.

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      • Hugo Caceres 04/16/2011 a 18:09 #

        Doliciliándose a mas de 60 kms. del Juzgado puede enviar su descargo por carta, e incluso solicitar se remitan las actuaciones al Juzgado de su jurisdicción.

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      • alejandro becker 04/15/2011 a 14:27 #

        estimado Dr hugo quisiera saber si una fotomulta en la pcia Bs As por exceso de velocidad que tipo de falta es, y cuando prescribe
        Muchas Gracias

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      • Hugo Caceres 04/16/2011 a 08:21 #

        La ley provincial 13.927 no contiene una clasificación de las multas por su gravedad, por lo que entiendo debe estarse a lo dispuesto en la Ley Nacional (24.449), y en ese caso el exceso de gravedad está categorizado como falta grave y en consecuencia tiene un plazo de prescripción de 5 años.

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  561. Juan José Bilbao 04/08/2011 a 13:03 #

    Estimado, le hago una consulta : Recibí una multa en el formulario naranja por exceso de velocidad en la ruta 88 km. 1.1 de Necochea .El auto lo vendí hace mas de 3 años y hice la denuncia de venta. Se que es un descargo valido. Mi domicilio es en la ciudad de Olavarria y la multa en Necochea. A donde debo hacer el descargo y por que medio ?. Gracias.

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    • Hugo Caceres 04/10/2011 a 06:11 #

      Cuando reciba la notificación del Juzgado puede adjuntar copia de la denuncia de venta. Por el lugar de infracción intervendrá el Juzgado de Infracciones de Tránsito de Mar del Plata.

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      • Juan José Bilbao 04/11/2011 a 17:45 #

        Estimado doctor :

        Gracias por la respuesta. Quiere decir que en esta instancia de pago voluntario no hay que hacer nada y esperar la notificación del Juzgado para luego adjuntar la copia de la denuncia de venta ?. Ese tramite hay que hacerlo en forma personal ?. Hay alguna manera de hacerlo por correo, etc. ?. Gracias.

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      • Hugo Caceres 04/16/2011 a 18:04 #

        Lo puede hacer por correo (carta certificada con aviso de retorno).

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  562. GASTON 04/08/2011 a 12:58 #

    Estimado Dr. Caceres, quería realizarle la siguiente consulta:
    Me llego una infracción por exceso de velocidad en provincia de Buenos Aires. (Veloc. permitida 60 km/h y registre una velocidad de 84 km/h). La infracción habría sido cometida el día 07/01/2011, me notificaron el pasado 06/04/2011 (el acta de infracción tiene fecha 09/03/2011).
    – Puedo no pagarla argumentando que se pasaron los 60 días hábiles para que me notifiquen?
    – Debo presentarme y presentar algún escrito argumentando esto de los 60 días?
    – Donde?

    DESDE YA MUCHAS GRACIAS

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    • Hugo Caceres 04/10/2011 a 06:12 #

      Cuando lo citen del Juzgado interviniente puede presentar descargo alegando los extremos que usted menciona.

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      • GASTON 04/11/2011 a 09:49 #

        Muchas Gracias por su respuesta. Última duda respecto de esta infracción. Habiendo sido notificado el 06/04/11, se cumplieron los 60 días hábiles teniendo en cuenta los nuevos feriados por carnaval (7 y 8 de marzo) más el feriado del 24 y 25 de marzo?
        De no haberse cumplido, cual es la constancia de que me han notificado el 06/04 y no por ejemplo hoy 11/04, si me han dejado la infracción pero yo no he firmado nada.

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      • Hugo Caceres 04/16/2011 a 18:08 #

        Simplemente tome el almanaque y cuente los dias, tengo que responder muchas consultas y hacer mi trabajo, como para tambien buscar un calendario y hacerlo por usted.
        La constancia que valida la fecha es la de la empresa distribuidora del correo.

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      • GASTON 04/18/2011 a 09:01 #

        Dr. Caceres, gracias por su respuesta, pero no era necesaria la aclaración. Mi última consulta apuntaba a saber si los nuevos feriados (ej. feriado «puente») eran determinantes para el calculo de los 60 días y cual era la constancia que tienen para validar la fecha de notificación. No tengo dudas que tiene mucho trabajo y que este es un excelente aporte para la gente, pero mi intención no fue en ningún momento que «busque un calendario» y «cuente por mi».

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  563. Alfredo Lopez 04/06/2011 a 13:22 #

    Doctor: Invaluable lo que hace para atender a la gente! Gracias.
    Lo molesto para ver si puede orientarme. Hoy 5/4 llego a casa en Capital Federal, una fotomulta, por la cual no tuvimos que firmar nada al correo, donde se nos señala ir a 96km/h donde supuestamente la maxima es 60Km/h. La foto es tomada en el KM 8.8 de la RUTA 63 en DOLORES.
    No recuerdo que haya carteles de maxima en la zona y es extremedamente peligroso bajar a esa velocidad en una ruta donde todos vienen a velocidad de ruta. Muchas veces tengo la sensacion de que todo esta pensado para recaudar y no realmente para prevenir.
    Ahora la pregunta ¿Consta si uno desea en unos meses renovar el registro en Capital o solo afecta si uno desea vender el auto? cuando caduca?
    Desde ya muchas gracias!!!

    A. Lopez

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    • Hugo Caceres 04/07/2011 a 06:09 #

      Las actas de infracción son remitidas al Registro Unico de Infractores y usualmente surgen al realizarse la consulta para tramites como los que usted menciona.

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  564. Gustavo 04/06/2011 a 11:14 #

    No importa si ya se vencieron los plazos ya que la multa fue del 2 de enero del 2010 y en lo que llego ahora dice que no me presente a realizar ningun descargo? Pregunto porque tranquilamente me pueden decir que no presente la documentación me dieron la posibilidad.
    Mientras sigo intentando comunicarme con el telefono que me dió.
    Nuevamente gracias!

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    • Hugo Caceres 04/07/2011 a 06:29 #

      Segun recuerdo, usted hizo la denuncia de venta en el año 1996. Presentando ese comprobante se exime de responsabilidad por cualquier hecho a partir de ese momento.
      Envieme por email una copia de la denuncia de venta y la patente de su vehiculo asi averiguo y le informo.

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  565. gustavo 04/06/2011 a 10:31 #

    hola compre un autoy en el libre mlta figuraban 5 multas pero una sola con imprte la pague e hice la trans ferenci ahora esas multas que no tenian importe lo tienen son del dueño anterior como puedo hacer para que no me me perjudiquen a mi si tengo que vender el auto ensima son de buenos aires y yo soy de san nicolas se me hace imposible ir a ba as y el titular anterior no las quiere pagar

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    • Hugo Caceres 04/07/2011 a 06:20 #

      Debe dirigirse a la Direccion General de Infracciones de CABA y adjuntar comprobante del titulo, para determinar la fecha desde la cual es usted el responsable.

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  566. Gustavo 04/06/2011 a 10:09 #

    Buenos días Hugo. Mi consulta es la siguiente: en el año 96 vendi un vehiculo radicado en capital federal con el cual tuve muchos inconvenientes para que realizaran la transferencia. Tengo denuncia de venta realizada, el boleto de compra/venta correspondiente y el ceritifcado de responsabilidad civil. El vehiculo fue pasando de manos y finalmente el año pasado luego de haber contactado al anteultimo dueño realizaron la transferencia. Me tome el trabajo de hubicar el vehiculo porque habia llegado a casa de mis padres una multa en cercanias de la plata (es lo que recuerdo pues no la tengo en mis manos) con fecha 2 de enero del 2010. Cuando esta gente hace la transferencia me dice que habia solucionado el tema porque que el auto no era el de la foto. Ahora bien hace pocos días llego otra carta solicitando el pago de 1300 pesos por esa multa dado a que se cumplieron los plazos de reclamos. Yo Tengo registro de capital, esto puede afectarme cuando renueve?, tengo que ir hasta el juzgado donde esta? (no recuerdo porque no tengo la multa en mi poder) voy y le prendo fuego el auto asi se terminan los problemas de los ultimos 17 años? Perdon pero este tema se imaginara me tiene muy cansado. Le aclaro ademas que debo tener la multa original que me llego pero no tengo en mi poder esta ultima dado que ya hace mucho que no vivo con mis padres y me es bastante engorroso ir a buscarla. Que me recomienda hacer? Gracias

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    • Hugo Caceres 04/06/2011 a 10:11 #

      Si le prendés fuego al auto vas a solucionar el tema de las multas, pero te vas a encontrar con una causa penal por daños que no creo que valga la pena.
      Sobre todo porque la solución de esta cuestión es relativamente simple.
      Si hiciste la denuncia de venta, todo lo que tenes que hacer es presentarla en el Juzgado de Faltas correspondiente, y las infracciones se redireccionan.
      Para saber que multas hay sobre el vehiculo podes llamar al 0800-222-0024.

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  567. PAULA LAMELA 04/05/2011 a 17:44 #

    Buenas tardes Dr., esta de mas felicitarlo por su labor, y desde ya le agradesco su tiempo. En el dia de la fecha recibi una fotomulta por violar velocidad permitida en el kilometro 8.8 de la ruta 63 Dolores. La consulta es la siguiente: La fotomulta se encuentra bastante oscura, y el dominio de la chapa patente NO ES LEGIBLE, y no tengo idea del porque identifican a mi automovil y me imputan a mi por ser titular registral de mi coche que le repito ¨LA PATENTE NO ESTA LEGIBLE¨. Puedo recursar la infraccion? Le puedo mandar por correo la fotomulta para que ud. la analice y trate desde su punto de vista establecer el dominio del vehiculo en la fotografia. ? Gracias nuevamente Dr..

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    • Hugo Caceres 04/07/2011 a 06:18 #

      Envieme la copia del acta en un archivo adjunto. Si la patente no esta correctamente individualizada se puede solicitar la nulidad del acta de infracción.

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  568. lily 04/05/2011 a 09:27 #

    buenos dias, me gustaria saber si alquien me podria explicar cuanto cuesta una multa por mal estacionamiento en san martin (gran buenos aires).
    dejamos el auto, entramos a un negocio, tardamoas menos de 10 minutos y la grua se lo llevo…
    hoy en dia la verdad es que mi marido se quedo sin trabajo y fuimos a llebar un curriculim a san martin y cuando salimos no paso esto. y no tenemos efectivo, por eso me gustaria saber los valores, para ver como podemos hacer.
    desde ya muchas gracias y espero respuesta..

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    • Hugo Caceres 04/07/2011 a 06:12 #

      Cada Municipio fija sus propios valores para los casos de mal estacionamiento, y lamentablemente desconozco los de San Martín. En la ciudad de La Plata, para esa infracción la mult ronda los $ 140.

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  569. Alejandro 04/04/2011 a 13:28 #

    Estimado, me llegaron un par de multas de BA, por exceso de velocidad, pero todas de limite 80 y dice que venia 91 o similar. supongo que con camaras fijas, debe haber millones de este tipo de infraccion. se puede realizar alguna queja? Pero mi pregunta principal es: si tengo registro en Mendoza, me impide esta multa su renovacion? me surge la misma en el momento de venta?
    Muchisimas gracias.

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    • Hugo Caceres 04/05/2011 a 07:24 #

      Podrían surgir si la Ciudad de Buenos Aires informar al Registro Unico de Infractores,m y su municipio, en Mendoza, se encentra adherido al mismo.

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  570. alejandrodaniel 04/03/2011 a 22:06 #

    Dr. le hago una consulta.

    recibí una multa por exceso de velocidad en la ruta 2, km 340, impuesta por la dirección pcial. de política y seguridad vial. según dice allí, la velocidad permitida era 80 y el auto circulaba a 93. la fotomulta fue tomada por el cinemometro marca MC VIAL – serie D0040 – modelo v002.
    tenía intenciones de efectuar un descargo – tengo hasta el 20/04/2011 para efectuar el pago voluntario, con los siguientes argumentos:

    – violación al principio de legalidad (la multa fue encuadrada en el artículo 28 -anexo V- del decreto reglamentario 532/2009 de la ley provincial 13927; y atento a la naturaleza penal de la sanción debería haber sido dispuesta por una norma de carácter legal).

    – incompetencia del organismo que impone la multa, dado que según lo dispuesto por el artículo 2 de la ley 24449, así como el decreto nacional 516/07, por lo que las funciones de prevención y control vehicular están a cargo de la Gendarmería Nacional en rutas nacionales (aunque no sé bien la procedencia de este punto, porque según he ido averiguando, no con total certeza, es que la ruta 2 pasó a jurisdicción provincial, dejando de ser una ruta nacional).

    – la falta de homologación del modelo de cinemómetro en cuestión por parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, exigida por el artículo 4, inciso ñ, del decreto reglamentario 1716/08 de la ley nacional 24449; así como también la falta de homologación de la ubicación de dicho cinemómetro; ( en la página de la Agencia Nacional de Seguridad Vial no consta, entre las allí mencionadas, ni el modelo en cuestión ni la ubicación; por lo que me parecería que no estaría homologada – si bien no tengo conocimiento de dónde se publicaria dicho listado -)

    la consulta es si le parece que dichos puntos tendrían algún tipo de procedencia, o cuanto menos, tendrían la relevancia suficiente como para desincentivar a los funcionarios en cuestión a llevar adelante el ulterior procedimiento para el establecimiento de la sanción y posterior ejecución de la misma.

    la verdad es que no conozco mucho la práctica de dicho ámbito. por eso le pregunto.

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  571. Marianela Vitale 04/01/2011 a 23:27 #

    Antes que nada, muchas gracias por responder nuestros comentarios y dudas. En el dia de hoy me llego una multa por exceso de velocidad en la ciudad de Camet, Ruta 2 km 395.9, Veloci Permitida es 60 Y la infraccion es porque supuestamente iba el vehiculo a 80.7. El problema es que yo en esa fecha no viaje con el auto a esa zona, porque el dia 16/12/ 2010 inicie la tranferencia del vehiculo y me entregaron la tarjeta verde el 3/2/2011(ya que el auto estaba sucesion y ademas esperando la libre disponobilidad porque era un vehiculo de discapacitados y hasta que esta no se de de baja el vehiculo no se puede utilizar). Sierve todo esto para demostrar que yo no viaje en el vehiculo en esa fecha???? Me pueden dar de baja la multa??? Tengo que denunciar que puede haber un mellizo?? gracias espero su pronta respuesta

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    • Hugo Caceres 04/02/2011 a 09:46 #

      Sus argumentos son atendibles, y puede utilizarlos para un descargo, presentando la documentación correspondiente. Por supuesto que si hay un vehiculo mellizo, yo haría la denuncia en forma inmediata.

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  572. mercedes 04/01/2011 a 10:38 #

    Buen día, acabo de recibir una notificacion de resolucion por una multa del año 2009 del km 203 de Dolores.. Llamé al 0800… y me dicen que previo a la resolución me enviaron dos notificaciones, que yo no recibí. Si nunca recibí nada, puedo apelar al juzgado de Dolores? el plazo de pago es de 15 dias, pero me parece muy injusto pagar $ 1400.- si nunca fui notificada. Puedo solicitar reabrir la causa?
    Muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 04/02/2011 a 09:56 #

      Puede hacerlo. Recuerde que una vez notificada de la sentencia tiene 5 dias para recurrirla.

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  573. HUGO 03/14/2011 a 11:18 #

    Estimado Doctor:
    Hace unos dias recicí dos fotomultas sacadas en la ruta 2 el mismo dia una en el km 41.95 y la otra en el km. 203 por exceso de velocidad segun el radar la velocidad permitida era 80 km/h y yo pase en uno a 96.7 y en el otro a 98.7, honestamente desconfio que esta sea asi, yo tengo en el auto GPS que me informa de los radares pero fundamentalmente soy muy cuidadoso y respetuoso de los carteles en la ruta. La consulta es la sigueinte tengo alguna posibilidad de discutir las multas o voy a perder el tiempo y voy tener que finalmente pagarlas.
    Gracias por su tiempo.
    Hugo.

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    • Hugo Caceres 03/15/2011 a 07:19 #

      Si su unico argumento es que tiene GPS, y que es muy cuidadoso con la señalización vial, no creo que tenga exito en un descargo.

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  574. Hugo Abellán 03/11/2011 a 15:54 #

    Son válidas las fotomultas que toman al vehículo de frente, o solo pueden ser tomasdas de atrás? En caso de que así sea cual es la norma que la avala?

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    • Hugo Caceres 03/14/2011 a 05:25 #

      No veo en la legislación ninguna referencia respecto a si la foto debe ser de frente o de la parte posterior.
      La reglamentación está dada por la Resolución 753/98 de la Secretaría de Comercio Interior.

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  575. Jorge 03/10/2011 a 18:41 #

    Estimado Hugo, lo felicito y agradezco tiempo y esfuerzo que veo dedica a las personas para asesorarlas, lo cual es invaluable.
    Necesito consultarle lo siguiente: como Ud. sabra por internet uno puede consultar sus multas en provincia y Capital. El domicilio de mi automovil esta en Provincia de Buenos Aires, y nunca me llego una multa. Ahora, cuando consulto en Ciudad de Buenos Aires, veo que mi Dominio tiene dos infracciones., Una por semaforo rojo y otra por velocidad de 35 km/h donde dice 20. No me llego nada de esto, y si no hubiese buscado por internet ni me enteraba., Imagino que como me mude hace poco a provincia, deben tener mi aniguo domicili ode capital, y por eso no recibi nada. 1ro entonces) como debo proceder ya que no me llego nada? 2do) No me permite pago voluntario, sino que dice Resolver en la UACF (Unidad Administrativa de Control de Faltas) 3ro) cuando caducan en uno y otro caso? Le reitero: la primera Violar Luz Roja, la 2da, Exceso de velocidad de hasta 20km/h para el tipo de arteria , pues tengo entendido que caducan a los dos años. Es asi? Le agradezco nuevamente su tiempo y dedicacion! un abrazo

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    • Hugo Caceres 03/11/2011 a 08:16 #

      Los plazos de prescripcion varian segun las jurisdicciones y el tipo de infraccion. Recuerde que dicho plazo no es automático, en el sentido: fecha de la faltas mas dos años igual prescripcion.
      La misma se interrumpe por distintos actos en el procedimiento, que pueden llevar la fecha de vencimiento a mucho mas de los 2 años.

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  576. Lucas Messina 03/10/2011 a 17:41 #

    Sr Caceres
    Le quería hacer una consulta por una multa que me hicieron el martes 8/2. Me detuvo un oficial y tomo los datos en una planilla por un adelantamiento en doble linea amarilla. El oficial no lleno la multa y tampoco me hizo firmar algo. ¿Esto es normal? ¿ o se puede objetar algo que no este mi firma?
    Luego, me dijo que el valor de la multa es de 715 pesos y pasados los 30 dias habiles si no la pago se duplica. ¿El primer valor es el descuento por pago voluntario, o a esto hay que hacerle el descuento?
    La multa me la hicieron en el Km 160 de la ruta 3 y yo tengo domicilio en la ciudad de Azul (km 300 misma ruta).
    Supongo que para pagar de todas maneras debo espera que me llegue al domicilio, no?
    Desde ya muchas gracias

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  577. Lucas Messina 03/10/2011 a 17:40 #

    Sr Caceres
    Le quería hacer una consulta por una multa que me hicieron el martes 8/2. Me detuvo un oficial y tomo los datos en una planilla por un adelantamiento en doble linea amarilla. El oficial no lleno la multa y tampoco me hizo firmar algo. ¿Esto es normal? ¿ o se puede objetar algo que este mi firma?
    Luego, me dijo que el valor de la multa es de 715 pesos y pasados los 30 dias habiles si no la pago se duplica. ¿El primer valor es el descuento por pago voluntario, o a esto hay que hacerle el descuento?
    La multa me la hiceron en el Km 160 de la ruta 3 y yo tengo domicilio en la ciudad de Azul (km 300 misma ruta).
    Supongo que para pagar de todas maneras debo espera que me llegue al domicilio, no?
    Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 03/11/2011 a 08:18 #

      715 pesos es el valor ya reducido por pago voluntario.
      Usted dice que no le entregaron ningún acta de infracción? si es así, entiendo que oportunamente podrá impugnar cualquier notificación que le llegue del Juzgado interviniente.

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  578. Martin 03/09/2011 a 20:33 #

    Hola Dr. Lo molesto para consultarle, me llego una multa de dolores en la que la velocidad maxima es 80 y yo iba a 100, el tema central es que cuando uno baja la velocidad en ese tramo no le da tiempo de bajarla a 80 ya que pasa de 120 a 80 en pocos metros, la consulta es la pago? o puede prescribir a los 2 años y no tener problemas de deuda?
    Gracias y espero su respuesta

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  579. fernando 03/04/2011 a 09:21 #

    buenas recibi una fotomulta tomada en au.25 de mayo a provincia, con exeso de velocidad,soy de rosario y nunca estube en bs as con ese auto,ahora la foto se ve que es un modelo igual al mio pero nunca estuve alli. es nesesario hacer algo ahora o espero a que me llege otra carta,porque me pide que comparesca ante un controlador de faltas para exponer el caso peo no voy a ir hasta bs as por eso. gracias por su gran trabajo es realmente admirable.

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    • Hugo Caceres 03/07/2011 a 07:47 #

      Envíe una nota a la Dirección de Infracciones de CABA, manifestando que nunca estuvo en esta ciudad.
      Quizás tambien le convendría realizar una denuncia penal, dado que si el auto y la patente coindicente, significa que hay un auto mellizo circulando.

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    • Lucas Messina 03/08/2011 a 20:56 #

      Sr Casares:
      En el dia de hoy en la ruta 3, en el km 160 aprox, me detuvieron por haberme adelantado en doble linea amarilla. Yo tengo domicilio en Azul, a 140 km del lugar de le infracción.
      El oficial que me detuvo solo tomo mis datos en una planilla. No me hizo firmar ninguna infraccion ni tampoco la llenó el ese momento. ¿Esto en normal? ¿ o se puede pedir alguna nulidad?
      Me dijo que me iba a llegar una infracion a mi domicilio por $715, y pasados los 30 dias habiles se duplica el valor. ¿Hay algun descuento por pago voluntario? supongo que de todas maneras debo esperar que me llegue la notificacion, ¿esto es asi?
      Muchas gracias

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  580. eduardo varela 02/26/2011 a 11:15 #

    sr caseres:vendi mi vehiculo en diciembre,lo transferi junto al dueño actual en el registro automotor,kibre de multas y deudas de patentes,cuando el nuevo propietario retira su documentacion del vehiculo ya a su nombre le comunican que el vehiculo tenia una infraccion por exeso de velocidad en mar del tuyu,la misma es de marzo del 2010 y nunca llego,no se si existe,no se si es fotomulta,y en el cgp n 9 no me dieron ninguna solucion,por favor podria decirme que hacer.gracias

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    • Hugo Caceres 02/27/2011 a 17:03 #

      Puede confirmar la existencia de dicha infracción llamando al 0-800-222-0024. Luego debe dirigirse al Juzgado interviniente para efectuar su descargo o solicitar la opción de pago voluntario por no haber sido notificada anteriormente.

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  581. Juan Gutierrez 02/23/2011 a 23:52 #

    Hola, consulta, me pararon en el partido de AZUL el 22 de febrero de este año, sobre Ruta N°3 por tener las luces bajas,( justo sali de una YPF y me olvide prenderlas),es un acta municipal por ley 24449,,mi consulta es que el inspector me anoto por Error 22/02/2010 en lugar y fecha en el acta.¿ Es valida igual ?, me dijieron que llame para presentar un descargo por no ser de la Zona.Que puedo hacer,gracias

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    • Hugo Caceres 02/25/2011 a 09:35 #

      El error en la fecha invalidaría el acta, dado que constituye un requisito esencial de la misma. Para contactar al Juzgado de Faltas de Azul, puede hacerlo a:
      BELGRANO 426
      AZUL (C.P.7300)
      TEL. CONMUTADOR (02281)431710/9 INT.109

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  582. Martin bec 02/22/2011 a 23:16 #

    hola en el año 2008 me hicieron en ruta nacional por adelantamiento, yo vivo en bahía blanca y la multa es de punta alta, firme el comprobante, hice el descargo después me llego la sentencia que tenia que pagar igual, no me presenté paso dos años y hoy me llegó una cédula para volver a presentarme a pagar.Mi pregunta es si la multa prescriben o tengo que abonar esa multa despues de tanto tiempo?Y si ustedes pueden hacer algún descargo y me dicen sus honorarios. Desde ya gracias por su atención.

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    • Hugo Caceres 02/23/2011 a 17:49 #

      Las faltas, y las penas aplicadas, prescriben, en diferentes plazos según el tipo de infracción.
      Envieme una copia de la cédula a: hacaceres@gmail.com para analizar si tiene posibilidades de ser recurrida.

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  583. Juan Carlos 02/22/2011 a 17:08 #

    A la altura de Dolores me parò un control revisò todo y encontrò que estaba vencida la tarjeta del seguro, aunque està pago ya que està en dèbito automàtico, me retuvieron el registro y me dieron un papel ilegible, con un telèfono en el que solo escucho mùsica y «nuestros operadores estàn ocupados» hasta que se corta, no se que hacer.
    Desde ya gracias por su ayuda.

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    • Hugo Caceres 02/23/2011 a 18:01 #

      Debe dirigirse al Juzgado interviniente (Dolores) y presentar certificado de cobertura vigente para obtener la restitución de la licencia. Le aplicaran una multa por circular sin la documentación exigida, la cual (ya reducida por pago voluntario) es de $ 119,22.

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  584. Aldo Leguizamón 02/17/2011 a 17:46 #

    Buenas Tardes,mi consulta es por una infracción que es emitida en Samborombón,(Pcia Bs As) x la Direcc Provinc de Policia y Seguridad Vial de la Prov de Bs As,argumentando que estaba viajando con las luces de posición solamente,no usando las luces bajas.
    Si bien el hecho es real,mi consulta es averiguar si ésto es legal,ya que es una ruta nacional por la que circulaba,y la multa se debe pagar a la Prov de Bs As.
    Otra pregunta es si se puede pedir la remisión de la multa al juzgado de faltas de Morón,ya que la multa fue hecha a más de 60 kms de mi lugar de residencia.
    Espero su respuesta y desde ya,muchas gracias!

    Aldo Leguizamón.
    (DNI 12021609)

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    • Hugo Caceres 02/18/2011 a 08:01 #

      LA Provincia de Buenos Aires adhirió por Ley 13.927 a la ley nacional de tránsito 24.449, y tiene jurisdicción sobre las rutas nacionales en el áambito provincial.
      La ley prevee el caso de prórroga de jurisdicción si se domicilia a mas de 60 kms. del lugar de juzgamiento.

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  585. david molina 02/17/2011 a 13:08 #

    Fui a renovar carnet conducir en partido 3 de febrero que vence el 12 /03/2010 y me salio una infraccion de dolores por exceso de velocidad por $ 679.35.En realidad la infraccion esta a mi nombre pero el que manejaba era mi hijo ya que el lo usa tambien.El monto que debe pagar es correcto? puede pagar en cuotas?.La infraccion fue el agosto del año pasado.Desde ya gracias.

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    • Hugo Caceres 02/21/2011 a 18:48 #

      Puede enviar una nota al Juzgado de Dolores informando quien era la persona que conducía en ese momento, y la infracción será redireccionada al mismo.
      Si igualmente desea abonarla, puede contactar al Juzgado interviniente, y probado que usted no recibió notificación con anterioridad le darán la posibilidad de pago voluntario nuevamente.

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  586. Eduardo Alvarez 02/15/2011 a 10:35 #

    Hola Hugo, es genial que tengas a disposicion este este espacio para evacuar dudas, de ante mano, gracias!.
    Me llego una foto multa de mi vehículo pasando los limites permitidos, siendo yo titular llegó a mi nombre aunque yo no era quien manejaba, si no mi novia con su tarjeta azul. Mas allá de eso, la foto multa que fue el dia 27 de nov 2010, presenta una ambiguedad, ya que en la foto del auto figura que fue en C. Centenario KM 17.5 Partido de Berazategui, carril asc. y en el cuerpo del Acta de Infracción de Tránsito dice: C. Cent. KM 17.5 Partido: La Plata Localidad: La Plata.
    Pienso desestimarla por ilegitima, pero necesitaría que me orientes con cual de los 2 argumentos antes mencionados.
    Gracias!.

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    • Eduardo Alvarez 02/15/2011 a 10:57 #

      Agrego información. En la foto del vehículo, por reflejo del techo del coche, no se aprecia el dato de Velocidad Permitida, ya que este es blanco y los números también lo son.
      Sería un tercer argumento.
      Que piensa Usted?.
      Gracias.

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    • Hugo Caceres 02/16/2011 a 12:07 #

      Si el titular del vehículo informa quien era el conductor, el procedimiento se redirecciona hacia esta persona.
      Por el tema de la mención del lugar, no creo que le hagan lugar como argumento defensivo.

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  587. Alejandro 02/12/2011 a 17:29 #

    Buenas. Recibí una fotomulta por exceso de velocidad en la Ruta 2, km 203. Supuestamente iba a 92 en zona de 80.
    Quería saber cuando prescribe la misma. Se que ya contestó esto mismo, pero algunas veces diciendo que era a los 2 años, y otras a los 5.
    Renové el registro hace un par de meses, y la próxima renovación debo hacerla en casi 5 años.

    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 02/14/2011 a 08:17 #

      A partir de la inclusion del exceso de velocidad como falta grave, la misma, en la Provincia de Buenos AIres, prescribe a los 5 años.

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  588. Carlos 02/09/2011 a 14:41 #

    Buenas Tardes, lo molestos para consultarle por multa fotografica efectuada en la ruta 2 jurisdiccion de Camet (Pcia.de Bs.As)por exceso velocidad de acuerdo art.28 decr.regl.532/2009 de ley prov.bBs.As. 13927, la pregunta es cuando prescribe este tipo de multa ? y en el caso que asi fuese, hay que realizar algun tipo de tramite posterior a la fecha de caducidad por transferencia de dominio de vehiculo?
    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 02/10/2011 a 08:25 #

      Ley 24.449:
      ARTICULO 89. — PRESCRIPCION. La prescripción se opera:

      a) A los DOS (2) años para la acción por falta leve;

      b) A los CINCO (5) años para la acción por falta grave y para sanciones;

      En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.

      Segun el art. 77, inciso n, se considera falta grave:

      La violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%);(Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

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  589. jorge 02/09/2011 a 13:57 #

    Buenas tardes. Recibí un acta de infracción por exceso de velocidad ocurrido en la ruta 30 km en la localidad de Chivilcoy, en donde nunca estuve. La foto fué tomada en la localidad de Camet cerca de Mar del Plata donde sí transité en la fecha mencionada. Si la boleta está mal confeccionada entiendo no debería abonarla. Debo esperar la citación judicial o notificar al Ente de lo ocurrido?
    Gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 02/10/2011 a 08:09 #

      Dichas actas serán declaradas nulas, realmente no se preocupe por las mismas. Si llegara a recibir una nueva notificación, contacte al Juzgado correspondiente y obtendrá la baja de la misma.

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  590. Gastón 02/02/2011 a 11:43 #

    Estimado Dr., recibi un acta de infracción por exceso de velocidad en la ruta 2, mi vehiculo y mi domicilio radican en cap. fed, no tengo intensiones de vender mi vehiculo en los proximos 2 años y mi licencia vence en 3, pero tengo una casa en avellaneda que se encuentra en venta. Dejarla prescribir puede traereme aparejado algun inconveniente? Gracias

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    • Hugo Caceres 02/04/2011 a 08:00 #

      La prescripción para dichas infracciones es de 5 años (estan consideradas faltas graves por el art. 77 de la Ley 24.449).
      No tiene vinculación la deuda por dicha infracción con la venta del inmueble.

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  591. LFD 02/01/2011 a 10:11 #

    Soy de Rosario. Recibi una multa por exceso de velocidad en Dolores.
    Tendre problemas para renovar la licencia de conductor?
    Cuando prescribe esta infraccion?
    Gracias

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    • Hugo Caceres 02/01/2011 a 10:41 #

      Las infracciones por exceso de velocidad prescriben a los 2 años.
      Si la Municipalidad de Rosario solicita antecedentes de infracciones de tránsito, la misma posiblemente aparezca informada

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  592. Ricardo Lurati 01/28/2011 a 10:34 #

    Hola Hugo! Soy uno de los tantos que recibí una notificación de acta de infracción en la ruta 30, km 469, Chivilcoy. Obviamente, nunca estuve ahí y la foto es de la ruta 2, km 395,9, Camet (ahí si estuve).
    Si no te entendí mal, en este punto no debería hacer nada, ya que es probable que estas multas se declaren nulas de oficio. Si no lo hacen, recién debería pedir la nulidad cuando me llegue la citación del juzgado. Es correcto lo que digo? No conviene mandar una CD ahora?
    Por otro lado, la multa es por una velocidad registrada de 73,4 km/h en un lugar con velocidad permitida de 60 km/h. En buenos Aires, con una primer multa menor a 90 km/h, no rige el apercibimiento?
    Soy de Rosario, Santa Fe, y entiendo que aquí si.
    Mil gracias.

    Ricardo.

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    • Hugo Caceres 01/28/2011 a 16:50 #

      Nada impide que envie una carta documento en esta instancia, pero procesalmente no tiene valor.
      La tolerancia y el apercibimiento de los 90 kms. no son de aplicación en Provincia de Buenos Aires, sino que corresponden a la legislación provincial de SAnta Fé.

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  593. Enrique Gomez 01/26/2011 a 20:33 #

    Mi consulta es la sguiente;en diciembre del 2008 transferí un auto,del cual tengo el certificado de transferencia a nombre del nuevo titular.Pero desde el 10/2009 me llega una fotomulta del vehículo a mi nombre y en este momento me llego una intimación de pago indexada,con el talón codificado para pagar.Envarias oportunidades y horarios, y la verdad me fué imposible comunicarme.Le aclaro que la intimación es del juzgado de Mdp.
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 01/27/2011 a 11:25 #

      Puede remitir una carta adjuntando comprobantes de la transferencia realizada, y las actuaciones serán redireccionadas al responsable.

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  594. Gustavo 01/26/2011 a 00:34 #

    Hola Hugo, Hace unos dias me llego una fotomulta por exceso de velocidad en ruta 30 km 469 en Chivilcoy. No he pasado por Chivilcoy, y la foto tiene un sobreimpreso que dice Camet, Ruta 2 km 396; si bien pasaron un par de meses creo que en la fecha de la multa estaba retornando de un viaje a mar del plata.

    Mi pregunta es si este descargo se puede hacer por Carta Documento u otro medio fehaciente, y ante quien ya que la multa la realiza la dirección Provincial de Política y Seguridd vial dependiente del Ministerio de jefatura de gabinetede Ministros de la Pcia. de Bs As. lo peor del caso es que tengo el auto casi vendido? Es viable que declaren la nulidad de la multa? o conviene pagarla con el descuento del 50%. aunque no coincida el acta de infrección con la foto?

    Desde ya muchas gracias por tu respuesta.
    Atte.

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    • Hugo Caceres 01/27/2011 a 12:01 #

      Yo considero que esas infracciones serán declaradas nulas. Puede formular dicho descargo cuando reciba la citación del Juzgado que corresponda intervenir en el caso.

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  595. Jorge Beyoglonian 01/24/2011 a 11:03 #

    Hola Hugo, encontre algunas preguntas mas arriba un caso similar al mio, tu respuesta me resulta de utilidad pero queria preguntarte un par de cosas mas.

    Hace unos dias me llego una fotomulta por exceso de velocidad en ruta 30 km 469 en Chivilcoy. No conozco Chivilcoy, no creo haber pasado nunca por ahi; y ademas la foto tiene un sobreimpreso que dice Camet, Ruta 2 km 396; si bien pasaron un par de meses creo que en la fecha de la multa estaba retornando de un viaje a mar del plata.

    Tu sugerencia a la persona que te consulto el mismo caso fue que al momento de ser citado le plantee al juez la nulidad de la multa, por ser inconsistente en sus datos.

    Mi pregunta es si este descargo se puede hacer por Carta Documento. Yo resido en Capital Federal, mi registro de conducir y el auto tambien son de capital. Es bastante injusto que tenga que viajar a Chivilcoy (o cualquier otro lado donde yo no estuve nunca) para hacer el descargo en persona.

    En caso de no hacer el descargo, en caso que eventualmente se registre esta multa en los registros de Capital, podria ir en ese momento a hacer un descargo ante un juez de Capital? La nulidad se podria plantear en cualquier momento del proceso?

    Desde ya muchas gracias por tu respuesta.
    Atte.

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    • Hugo Caceres 01/24/2011 a 11:09 #

      La nulidad se puede plantear en cualquier momento en el que uno tome conocimiento fehaciente de las actuaciones, y antes de consentir las mismas.
      El descargo se puede hacer por vía postal, aunque seguramente intervendrá el Juzgado de Mar del Plata, en caso de que las actuaciones no se declaren nulas de oficio.

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  596. Juan 01/21/2011 a 18:36 #

    Buenas tardes Hugo,
    veo que muchos alegan que no recibieron fehacientemente la fotomulta.
    quisiera saber si una vez que se envía la carta documento con este fundamento les retiran las multas o que sucede normalmente?
    Gracias

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    • Hugo Caceres 01/24/2011 a 08:36 #

      Normalmente se las rechazan en el Juzgado de Tránsito, dado que en la mayoría de los casos los plazos no están bien contados por el recurrente.

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  597. solmontserrat 01/21/2011 a 16:28 #

    Buenas tardes Hugo,
    tengo varias multas por exceso de velocidad en ruta2, tres de las cuales las recibí vencidas por motivos externos.
    Cuándo es que debería llegar la segunda instancia? porque una de las multas está emitida en marzo del 2010 y de la segunda instancia ni noticias.
    Por otro lado acabo de hacer la transferencia de ese coche, qué problema puede traerle a la persona que lo compró hasta que se resuelva la situación??

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    • Hugo Caceres 01/24/2011 a 08:45 #

      El nuevo titular no tiene ninguna responsabilidad respecto a las infracciones anteriores a la fecha de transferencia.
      Usualmente, una vez cumplido el plazo de 30 días otorgado para el pago voluntario, las actuaciones son enviadas al Jzugado de Infracciones de Tránsito que corresponda, el cual envía la citación en un periodo aproximado a los 30/45 días.

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  598. Andres Bastida 01/20/2011 a 10:22 #

    Dr. Buen dia, mi consulta es la siguiente. Compre un vehiculo a fines de diciembre, al realizar la transferencia el 21/12 se pide el libre deuda de infracciones, bueno aparecen 2 infracciones en CABA, las cuales se le informan al vendedor para quelas abone. Luego de Casi Un mes en el dia de ayer 19/01, recibo una multa a nombre mio en mi domicilio, por exceso de velocidad. el tema es el siguiente la infraccion fue el 4/11 practicamente dos meses antes que comprara el vehiculo, se solicito el libre deuda de infracciones en el registro automotor el cual tiene costo, y provincia de buenos aires no informaba ninguna multa. QUe puedo hacer al respecto ya que esta infraccion es de un monto importante y lo que mas me preocupa es q esta a nombre mio, cuanod yo ni pensaba comprar un vehiculo en la fecha de la infraccion.

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    • Hugo Caceres 01/24/2011 a 11:12 #

      No se preocupe por esta infracción. Si lo que recibió es la primera notificación (la que tiene la foto y la opción de pago voluntario) no hay nada que pueda hacer por el momento.
      Posteriormente recibirá una nueva notificación proveniente del Juzgado de Tránsito, momento en el cual puede enviar una nota, adjuntando el comprobante de transferencia, y las actuaciones serán reconducidas al infractor real.

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  599. JAVIER 01/19/2011 a 01:20 #

    me acaban de hacer uba multa en ruta 7 km 60, supustamente es por ir sin luces bajas encendidas, en acta unica de infracciones de transito figura infraccion al articulo 25… pero leyendo este articulo no encontre que tenga que ver con el tema…
    puedo alegar este error material como defensa? en la descripcion dice circular sin luz reglamentaria, ¿es realmente ese articulo? por ultimo… si decido no pagar la multa y esta se incluye en el ruit ¿en cuantos años se borra la infraccion del mismo? ¿o no se borra? muchas gracias

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    • Hugo Caceres 01/19/2011 a 11:10 #

      Se refiere al art. 25, del Anexo V, del Decreto 532/09, reglamentario de la Ley de Tránsito en la Provincia de Buenos Aires:
      ARTÍCULO 25.- (refiere al artículo 47 de la Ley Nacional Nº 24.449 con las modificaciones introducidas por su similar Nº 25.456): Por no observar las reglas previstas para el uso de las luces, será sancionado con multa de 300 U.F. hasta 1.000 U.F.

      El plazo de prescripción es de 2 años.

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  600. J.A. 01/18/2011 a 12:31 #

    Hola, saliendo de Mar de Ajo, estaba sin las LUCES bajas, entro en la rotonda, no termino de girar y entrar en la Ruta 11 para el lado de Pinamar que me para un control policial.
    Me dice que no tenía puestas las luces, me hace bajar a un costado y me hace una infracción por ello y me la hace FIRMAR. (Tengo domicilio en CABA). En cuanto me lo dijo, le dije que no me di cuenta porque venía de adentro, y enseguida las encendí. Obviamente no le importó porque estaban facturando.
    1.- Eso se considera notificación o algo haber firmado el papel escrito por el policia ?
    2.- Puedo desconocerla o hacer descargo ?
    3.- Caduca ?
    4.- Realmente considero que ni siquiera estaba ya en la ruta 11, y que no corresponde, es más en cuanto se sale de la rotonda, recién ahí hay carteles que te recuerdan encender las luces. Pare mí este puesto era un cazabobos para facturar. En todos los viajes tuve las luces puestas, cinturon, etc, es más, no fue el primer control que me pararon y fueron sin problemas los anteriores.

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  601. Rosario 01/17/2011 a 12:28 #

    Estimado,
    Recibi una multa por estacionamiento sobre lado izquiero, de noviembre de 2010. Ingresando en internet figuran varias multas del mismo mes (deduzco se agregaran otras varias). Empece a trabajar en esa fecha en esa zona, y me indicaron que se podía estacionar ahi, asi que el auto desde novembre lo vengo dejando casi todos los días en el mismo lugar.
    Existen argumentos solidos para hacer un descargo discutiendo las fotomultas? (lease, no hay lugar para estaciones, no se realizo acarreo, y la multa llega meses despues, por lo que se toma conocimeinto de la infraccion meses despues y se repite la infraccion durante todo el tiempo que no hubo aviso, las fotos no dejan ver si fueron sacadas todas el mismo dia, o en varios dias, etc… es decir, exiten argumentos solidos que hayan dado resultado? Porque estimo que de a 1 multa por dia de noviembre hasta ahora, se va a poner dificil, para pago voluntario. Que aconceja?

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  602. Lic. Rubén Primo Fernandez 01/13/2011 a 20:46 #

    Estimado Dr.

    En el día de la fecha me comuniqué telefónicamente con usted por dos motivos: primero deseaba saber el tiempo que tiene el Juzgado de Dolores para responderme por un descargo presentado ante una fotomulta, ya que le dijeron a mi gestora «dos meses aproximadamente».
    El segundo, ya que estoy por vender YA el auto, es que en el Registro del Automotor de Villa Gesell alegan que si usted se niega a pagar las multas o está esperando resolución del Juzgado por el mismo motivo, NO LE ENTREGAN LOS DOCUMENTOS DE LA TRANSFERENCIA. Es decir, realizan la documentación pero no se la entregan. Usted me mencionó que eso no se puede hacer y me comentó que hay un artículo que lo prohíbe, caso contrario se los puede denunciar penalmente.
    ¿Dónde se encuentra esa Reglamentación?
    Muchas gracias.-

    Lic. Fernandez

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    • Hugo Caceres 01/14/2011 a 06:37 #

      Le transcribo a continuación el art. 35, inc. d) de la ley 13.927:
      2) El Órgano de Juzgamiento interviniente deberá expedirse respecto de la admisibilidad de la prueba ofrecida dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibido el descargo. La resolución que admite la apertura a prueba de las actuaciones será notificada. La prueba ofrecida, deberá sustanciarse en el plazo de tres (3) días, prorrogables por tres (3) días más por razones debidamente fundadas, quedando a cargo del causante los costos que dicha producción genere.
      3) 3) Transcurrido el plazo establecido en el apartado precedente, denegada la prueba ofrecida o producida la misma, de acuerdo a lo previsto en los apartados que anteceden, el Órgano de Juzgamiento resolverá dentro del plazo de veinte (20) días, prorrogables por veinte (20) días más por razones debidamente fundadas.
      En el mismo plazo, si no se hubiere verificado la presentación del descargo o ante la incomparecencia del causante, el Órgano de Juzgamiento resolverá y ordenará la correspondiente anotación en el Registro Único de Infractores de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires.

      En relación a la transferencia::
      La transferencia se puede realizar igualmente, aún existiendo deudas por infracciones:

      El procedimiento en el Registro de la Propiedad es el siguiente:

      Debe solicitar el Formulario 13 i, en el cual aparece el informe de las multas por infracciones de tránsito. En el mismo debe escribir «NO PAGA MULTAS» y entregarlo junto con toda la documentación, tras lo cual le entregarán todos los papeles de la transferencia ya realizada.

      Esta situación está prevista en el art. 4º de la Disposición 515/03 del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, que expresa:

      Art. 4° — Si el presentante o peticionante del trámite no abonare la deuda existente por infracciones, el sistema dejará constancia de ello en la Solicitud Tipo «13I», cuyo original con dicha constancia será firmado y sellado por el Encargado del Registro y entregado al usuario conjuntamente con la documentación registral, siendo el duplicado adjuntado al Legajo B.

      Asimismo, el Encargado dejará constancia en la Hoja de Registro del retiro de la documentación con existencia de deuda en concepto de infracciones de tránsito, la que será firmada por el peticionario o presentante»

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  603. Santiago 01/07/2011 a 11:27 #

    Hugo, buenos días! Mi consulta es sencilla, me llegó una fotomulta, ruta 30 km 469 en Chivilcoy. El 15/11. Por ir a 105 km/h. Vel máx. 60 km/h. Pago vol: $330, si no $670. aprox.

    Ahora: no se donde queda ni chivilcoy, ni la ruta 30!!!! Nunca estuve ahí. El 15/11 a la hora indicada, estaba en la ruta 2 con mi gps y no violé ningún limite de velocidad. Averígué y la ruta 30 NADA tiene que ver con eso!! Que hago, no entiendo de dónde me sacaron la foto y como llegó a ¿¿chivilcoy??!! Muchas gracias!!

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    • Hugo Caceres 01/10/2011 a 11:02 #

      Cuando sea citado por parte del Juzgado de Infracciones de Tránsito, efectúe su descargo planteando la nulidad de dicha acta.

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  604. gabriel 01/06/2011 a 18:25 #

    hola que tal, me llego una multa por cruzar un semaforo en rojo, lo cual dudo ya que no hay foto solo una copia de un papel firmado por un supuesto policia o agente de transito. La infraccion dice que fue echa en marzo del 2010 y recien ahora me enviaron la carta para abonarla voluntariamente, cuando segun informaron ellos me deberia haber llegado 2 meses despues, corresponde igual que lo abone? a su vez, en ningun sector me indican el monto el cual debo abonar, tengo alguna consecuencia en caso de no abonarlo?
    muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 01/06/2011 a 18:45 #

      Si no abona o formula descargo el procedimiento sigue su curso, y la infracción se anota en el registro unico de infractores de transito.

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  605. caramesruben@gmail.com.ar 01/02/2011 a 11:24 #

    El 11.09.09 me realizaron 3 multas fotográficas, en mar del tuyu zona 40 circ 77 km (pagada $243) santa teresita zona 60 km circ 110 (pague por dif econocmicas fuera del plazo voluntatio ($ 487) y chascomus zona de 80 km circ 98 (esta última y por razones económicas no la pude pagar, el dia 17.12.10 me llega intimación de pago por valor $ 1630 con número de causa.
    Pregunta: como puedo hacer para defenderme, ya que demostré voluntad de pago en las dos primeras multas – mi salario (soy empleado no me permite pagar esa cantidad) y por las infracciones que me realizaron tengo manera de demostrar la prudencia con la que manejo, ya que de mar del tuyu a mi domicilio bernal tarde 4.40 hs (315). Agradecere respuesta

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    • Hugo Caceres 01/05/2011 a 18:46 #

      Si la notificación que recibió fue realizada en forma fehaciente, ya no hay mucho que se pueda hacer, dado que se encuentran vencidos los plazos para recurrir la misma. En caso contrario, quizás pueda plantear alguna situación nulificante a fin de impugnar el procedimeinto.

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  606. enrique 12/29/2010 a 11:08 #

    hola dr mire no se como explicarlo que me pasa fui a renovar mi registro y no lo puedo hacer por figurarme dos multas de un auto que vendi y tranferi hace mucho no se como solucionarlo ni tampoco puedo pagar lo que me reclaman tampoco y si pudiera no se como asegurarme que no ocurra de nuevo el auto es sde otro las multas son de otro y yo no puedso renovar mi registro como puedo hacer para solucionarlo gracias

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    • Hugo Caceres 01/02/2011 a 08:55 #

      Si las infracciones fueron cometidas con posterioridad a la denuncia de venta o transferencia del vehículo debe ponerse en contacto con el Juzgado interviniente, y adjuntando la documentación que prueba dicha situación la multa es «redireccionada» y usted no tendrá problemas en renovar su licencia.

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  607. valentina colotto 12/02/2010 a 17:35 #

    Buenas tardes, resido en Azul fui a renovar el registro salio un a multa en gral rodriguez ruta 28 km 2.2 13 /08/09, donde la maxima es 60km y yo circulaba a 108.3 segun mail q me mandaron , llame a l 0800 222 0024, La 1ra pregunta es la sensacion es q es una multa tramposa en una ruta de golpe es 60 km y hay cinemometro, he pasado por ahi en vs oportunidades (por lo visto alguien vio una fuente de ingresos ahi), la 2da yo no manejaba sino mi marido. tengo algun tipo de defensa en este caso. perdon otra cosa vi en el mail q podria haber pagado la mitad y ahora parece q no. es negociable?
    desde ya muchisimas gracias.

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    • Hugo Caceres 12/07/2010 a 17:56 #

      De acuerdo con el art. 75 de la Ley Nacional de Tránsito: «c) Cuando no se identifica al conductor infractor, recaerá una presunción de comisión de la infracción en el propietario del vehículo, a no ser que compruebe que lo había enajenado o no estaba bajo su tenencia o custodia, denunciando al comprador, tenedor o custodio.»
      En este caso, usted se exime de responsabilidad informando al Juzgado el nombre, domicilio y documento de la persona que conducía.
      Aún estando vencido el plazo de pago voluntario se suele otorgar nuevamente dicha posibilidad cuando la notificación no ha sido absolutamente fehaciente.

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  608. Pablo 11/30/2010 a 13:22 #

    Hola, me dejaron una multa por estacionar del lado izquierdo pero se equivocaron al poner la fecha, tiene fecha del dia anterior. es valida? que debo hacer? Gracias

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  609. Patricio 11/27/2010 a 10:54 #

    Me hicieron una multa en la entrada de la panamericana en Pilar por no llevar las luces prendidas. En el acta de infraccion pusieron como titular del vehiculo al anterior propietario en lugar del actual (no obstante yo entregue las dos celulas verdes ), aunque como infractor si me identificaron a mi. Existe la posibilidad de plantear la nulidad del acta ya que el titular del vehiculo no es el correcto ?

    Gracias

    Patricio

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    • Hugo Caceres 11/30/2010 a 08:40 #

      Podría ser motivo de impugnación del acta, aunque no me resulta claro como es que usted tenía las dos tarjetas verdes.

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  610. Mario Gutierrez 11/26/2010 a 13:18 #

    Buenos días, le agradeceria me pueda orientar sobre el siguiente tema.
    En la fecha 26/11, he tomado conocimiento de una infracción de transito en la ruta 2, km 323.7, el dia 21/09/09 supuestamente cometida por mi, dado que al solicitar un libre de infracciones (13I) salio la misma.
    Dijo supuestamente porque en la fecha supuesta de la infracción, tanto Yo como mi Sra., nos encontrábamos en nuestros respectivos trabajos, situacion absolutamente demostrable, razón por la cual, resulta imposible que una persona este en 2 lugares al mismo tiempo.
    Le agradecería me informe que debo hacer para acreditar mis dichos, vivo en Capital Federal y he vendido mi vehiculo y esta situación me esta trabando la operación.
    Como y donde puedo resolver esta situación cerca de mi domicilio?

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    • Hugo Caceres 11/30/2010 a 16:22 #

      Debe contactar al Juzgado interviniente, y plantear un descargo probando los extremos que usted menciona.

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  611. fernanda 11/23/2010 a 15:26 #

    tengo una duda: mi jefe tiene una multa por velocidad en dolores es de la plata- city bell se le vencio, quizo pagarla vencida y no se lo quieren cobrar el tiene la voluntad de pagarlo pero no puede ir hasta dolores como le dijeron que tiene que hacer tiene alguna solucion?? como por ejemplo que le envien una nueva factura para pagarlo no importa con interes porque el si tiene interes en pagarlo!!!!! gracias

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  612. Fabiana 11/18/2010 a 20:49 #

    Estimado Hugo, Compré un auto, al cual le saltaron 2 multas de provincia de Bs. As. en el Formulario 13 I, al realizar la transferencia. Hice la negativa de pago por no pertenecerme las mismas (son del dueño anterior). El tema es que al ir a ARBA capital a dar de baja patentes, no me la tomaron por no estar pagas dichas multas. Asi como tampoco me toman el el alta en provincia. Ya q lo transfiero de cap. a prov. ¿Hay algo que pueda hacer para demostrar que no me pertenecen y pasarlas al, dueño anterior?

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    • Hugo Caceres 11/22/2010 a 20:07 #

      Una presentación administrativa requiriendo la baja, dado que no hay ninguna norma legal que lo obligue a pagar una multa que no es suya.

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  613. daiana 11/18/2010 a 19:37 #

    Señor Caceres, queria hacerle una consulta yo compre un coche el 6 de noviembre del 2007 y cuando retire la transferencia no me salio niguna infraccion. Ahora que vendi el vehiculo y se hizo la transferencia al nuevo propietario me comunica que tiene 3 infracciones anteriores a mi compra. Las infracciones son por mal estacionamiento de las fechas: 5/03/ 2007, 9 /06/2007 y 11/08/2007. Nunca me llego ninguna notificacion, en que me afecta esto? ya que yo no las cometi. Que tengo que hacer?.
    Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 11/22/2010 a 20:20 #

      A usted no la afecta en nada. El titular puede enviar una comunicación al Juzgado informando la fecha desde la cual el vehículo se encuentra registrado a su nombre.

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  614. raul diaz 11/17/2010 a 20:00 #

    hola yo recibi una multa en buenos aires pero vivo en cordoba donde la podria pagar aqui en cordoba?

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    • Hugo Caceres 11/18/2010 a 16:47 #

      Si es de Provincia de Buenos Airs los únicos lugares de pago aceptados son las sucursales del Banco Provincia de Buenos Aires. Puede consultar al 0-800-222-0024

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  615. Federico 11/17/2010 a 08:59 #

    Estimado, le hago una consulta .. Ayer cuando llego a mi casa en Vte.Lop. veo que me ha llegado una multa por exceso de velocidad en la avenida cantilo, el tema es que el auto ya no es mio, de hecho se vendió el 31/08/2010, se transfirió al momento ( lo chequeé en septiembre en DNRPA y ya estaba radicado en Capital, no en Vte. Lop ) , hice la denuncia de venta a comienzos de sept. inclusive, tengo todo como la ley manda ! y aun así me llegan a mi multas de un auto que hace 2 meses no es mio, y está transferido desde el mismo tiempo.. pero las multas me llegan a mi como si fuese el dueño. Me llegó una con fecha 13/10, chequeo en la página de infracciones y veo que además tiene otra del 05/11 que no me llegó aun .. pero el tema de todo esto, como le dije es que el auto se vendió hace más de 2 meses, está transferido desde comienzos de sept., tengo denuncia de venta, impresión de página con fecha 22/09 de que ya estaba radicado en otro registro ( o sea transferido ), todo .. pero las multas me llegan a mi casa y a mi nombre ! .. Que tengo que hacer ??? Muchas Gracias !!!

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    • Hugo Caceres 11/18/2010 a 17:14 #

      Puede enviar una comunicación al Juzgado que le envió la notificación, adjuntando copia de la denuncia de venta.

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  616. Hugo 11/15/2010 a 13:48 #

    Hola ! Vivo en Caseros (Prov Bs As) vendi un auto a alguien que vive en San Martin (Prov de Bs As) o sea que el auto va a seguir radicado en Prov de Bs As ! las multas de Capital pueden ser motivo de problema al efectuar la transferencia del vehiculo ? Gracias !!!

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  617. Emilse 11/15/2010 a 13:19 #

    Estimado Hugo, le hago una consulta. Soy otra de las tantas damnificadas que me han llegado varias fotomultas de un cinemómetro que han colocado recientemente en ruta 6 km 165. El auto esta a nombre de mi marido pero iba manejando yo. Leí en otra respuesta que de acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito, el titular de dominio se exime de responsabilidad informando quien era el conductor del vehículo al momento de la infracción. Quería consultarle si de ser así como tendría que proceder mi marido, presentandose al descargo cuando lo citen? como prueba él que yo era la que iba manejando? De ser así que ocurriría con las multas? Las multas prescriben a los dos años automáticamente o hay que hacer algún trámite? Gracias por su aporte.

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    • Hugo Caceres 11/16/2010 a 08:31 #

      Ley 24.449, art. 75, inc. c):
      c) Cuando no se identifica al conductor infractor, recaerá una presunción de comisión de la infracción en el propietario del vehículo, a no ser que compruebe que lo había enajenado o no estaba bajo su tenencia o custodia, denunciando al comprador, tenedor o custodio.

      Debe informar al juzgado interviniente los datos del conductor del vehículo al momento del hecho.
      La prescripción opera de pleno derecho, pero usualmente debe realizar una presentación al Juzgado solicitando se declare la misma.

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      • Emilse 11/16/2010 a 18:37 #

        Gracias Hugo, una sola consulta más. Cuando nos citen debemos presentarnos ambos para que él pueda acreditar que era yo la que manejaba y no mi marido (que es el dueño) o solo tiene que presentarse él? Respecto de las prescripciones de las multas pude ver en la ley que es de 2 años para las leves y 5 para las graves. Cual es el criterio para establecer la gravedad? Estas multas son por exceso de veloc. La permitida en esa zona es 60 y se excedió en 24. Gracias otra vez.

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      • Hugo Caceres 11/18/2010 a 17:27 #

        Las infracciones graves son aquellas previstas en el art. 77 de la ley 24.449.
        El exceso de velocidad no está considerado grave.
        Basta con que el titular informe los datos completos del conductor para redireccionar la infracción.

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  618. Juan Carlos Marchioni 11/15/2010 a 10:52 #

    Buen día, Hugo. Ud. me contestó el 11/11/2010 una consulta sobre la homologación de un cinemómetro, diciéndome que si no está homologado la infreacción no es legal.
    Para asegurarme consulté en INTI si la lista de su página estaba actualizada; me dijeron que sí pero que consulte en Metrología Legal (Dirección Nacional de Comercio Interior) por si algún aparato era de homologación reciente y no les habían informado.
    Llamé a Metrología Legal y me dijeron que ellos no homologan, pero sí hacen la «verificación primitiva», que a la fecha de la infracción el cinemómetro estaba «verificado primitivamente» y que la infracción es legal.
    ¿Podría confirmarme que esto es así?
    Muchas gracias y saludos,

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    • Hugo Caceres 11/15/2010 a 12:00 #

      Si esa es la información que le brindaron, así debe considerarlo, por lo que no creo que un descargo fundado en esta causa pueda prosperar.

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  619. Gabriel 11/14/2010 a 21:13 #

    Acabo de recibir dos fotomultas del mes de septiembre por exceso de velocidad de una camara ubicada en el km 165 de la ruta 6. El tema es que dado que circulo por ahi 4 veces por semana, pienso que en los próximos dias recibiría hasta hasta 20 multas similares, dado que yo no sabía que me las estaban haciendo. Deseo saber si yo puedo cuestionar el hecho de que me siguieran multando sin yo saberlo, hasta que no me llegaron las notificaciones dos meses mas tarde. También deseo saber si en caso de no pagarlas tendría problemas para renovar el registro en capital el año que viene. Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/15/2010 a 12:11 #

      No haber recibido notificación de otras infracciones no justifica las posteriores.
      Probablemente al renovar su licencia de conducir le exijan libre deuda de infracciones.

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  620. EduardoO 11/12/2010 a 09:50 #

    Nos hicieron una multa por exceso de velocidad en Ruta 2.
    Tengo 2 inquietudes:
    1. Iba manejando yo, pero llegó a nombre de mi esposa. Ella este lunes tiene que renovar su licencia (de Capital Federal) ¿Se la pueden negar por una multa en Provincia?
    2. ¿Hay quita de puntos por esta infracción? ¿A mi o a ella? Si es a mi ¿Como hacer para que no se los saquen a ella?

    Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 11/13/2010 a 08:27 #

      Si ya está incluida en el sistema del Registro de Antecedentes de Tránsito, puede negarle la renovación.
      No hay quita de puntos por esta infracción.

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  621. jorge rovetta 11/12/2010 a 00:33 #

    recibi una notificacion de sentencia de una infraccion cometida en 2-2008 en la provincia de corrientes. es por adelantamiento en lugar prohibido. dicen haberme notificado para ejercer defensa y yo no haberla realizado. yo nunca recibi nada. me reclaman mas de 1200 pesos.hablan de descuento de puntos y dificultades para renovar registro. corresponde descuento de puntos el auto esta radicado en provimncia de buenos aires o no. por otra parte esa infraccion deberia haber prescripto a los 2 años. que me aconseja hacer.

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    • Hugo Caceres 11/12/2010 a 08:17 #

      Descuento de punto: olvídelo. No existe en la Provincia.
      Dificultades para renovar la licencia podría ser, pero no creo ya que habitualmente los pedidos de informes incluyen únicamente Capital y Provincia de Buenos AIres.
      De todos modos, yo enviaría una respuesta por vía postal, rechazando la notificación, y reclamando la nulidad de lo actuado por violación del derecho de defensa.

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  622. diego 11/11/2010 a 10:12 #

    hola hugo ,,, fui a renovar la licencia y no pude concretar por el echo que aparecieron tres multas de mes d febrero creo que rumbo a la costa y nunca me llego nada a mi domicilio el tema es que cada una es de 522. pesos por ex vel. mi consulta es a donde tengo que ir para poder solucionar este tema ya que hoy estoy desempleado y si podre pagar en cuotas ya que la licencia se me vence el 14/11 y la nesecito para movilisarme con mis hijos gracias por tu tiempo…

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    • Hugo Caceres 11/11/2010 a 10:42 #

      Sin solucionar las multas no va a poder renovar su licencia. Debe contactarse con el Juzgado interviniente, el cual depende del lugar de la infracción.

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  623. Juan Carlos Marchioni 11/11/2010 a 09:57 #

    Estimado Hugo: Recibí una notificación de pago voluntario (fechada el 29/10/2010) por una infracción cometida el 05/09/2010 a las 13.48 horas en ruta 2 km 203: máxima 80, velocidad 92.78 km/h.
    Pasé por ahí a esa hora y el de la foto es mi auto, radicado en CABA (donde vivo).
    Tengo 2 dudas:
    1) Como puedo verificar que la velocidad máxima en esa zona es 80 km/h, habida cuenta que es autovía y no parece zona urbana (Dolores está al sur del distribuidor de las rutas 2 y 63 y esto es al norte)?
    2) El cinemómetro que figura en el acta (ANCA CVDVversión 2 Serie CJR0045) NO figura entre los habilitados por el INTI. Es legal una multa hecha por un aparato no homologado por INTI?
    Agradeceré me responda estas dudas. Gracias y saludos,

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    • Hugo Caceres 11/11/2010 a 10:13 #

      Si el cinemómetro no se encuentra homologado la multa es inválida.
      Para verificar la velocidad máxima en ese sector quizás debería consultar a la Dirección de Vialidad. De todos modos, lo usual es que la cartelería exista.

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    • Andres 01/11/2011 a 00:28 #

      Juan Carlos me paso lo mismo que a vos que hiciste?

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  624. Viviana 11/07/2010 a 18:42 #

    Me llegaron 3 fotomultas (una de ruta 2 y dos de ruta 6) a mi nombre por exceso de velocidad pero no era yo quien manejaba el vehículo en esas ocasiones. Qué debería hacer? Puedo solicitar la nulidad?

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    • Hugo Caceres 11/08/2010 a 07:17 #

      De acuerdo con la Ley Nacional de Tránsito, el titular de dominio se exime de responsabilidad informando quien era el conductor del vehículo al momento de la infracción.

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  625. JUAN MANUEL TORRES 11/01/2010 a 21:39 #

    Estimado Hugo, quisiera hacerle una consulta. me llego una citacion al juzgado por una infraccion de transito que teoricamente cometi en el mes de febrero, resulta que nunca me llego la multa y de esta citacion me entere de casualidad porque me mude y un vecino me la recibio y me la hizo llegar.
    el tema es que en marzo vendi el auto y nunca tube notificacion alguna de una infraccion que pudiera tener el mismo, asumo que cualquier deuda se tranfiere, pero asi mismo creo que la multa ha quedado en mi licencia, por lo que estimo que por mas que lo haya vendido la multa es mia.
    mi consulta puntual es si puedo argumentar que nunca se me notifico porque me mude, y si existe la posibilidad de una quita en el monto de la infraccion. gracias espero su respuesta.

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  626. DANIEL 11/01/2010 a 20:22 #

    Dr Hugo:
    Ahora que estoy por vender mi auto, surge un infraccion por exceso de velocidad el 11/9/09, en ruta 2 km 203, donde se puede realizar descargo, dado que yo no recibi notificacion alguno y resido en Ciudad de Bs AS

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    • Hugo Caceres 11/03/2010 a 11:45 #

      Con la patente de su vehiculo puede comunicarse al 0-800-222-0024 y le informaran a que Juzgado corresponde.
      Cualquier duda, llamenos al 0221-604-3803

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  627. guillermo franceschi 10/31/2010 a 17:32 #

    que tal ….quisiera hacer una consulta. Me acaba de llegar una resolucion del juzgado de faltas de la municipalidad de Brandsen con el fallo de una multa fijada en 300 UF mas costos administrativos por no circular con luces encendidas. Esta sentencia argumenta que fui citado y que no me he presentado para comparecer el tema que esta supuesta infraccion ocurrio el 28/7/2007 y me llega por primera vez una notificacion el 29/10/2010 que debo hacer al respecto si no he tenido notificacion anterior sobre la supuesta infraccion? muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/01/2010 a 08:26 #

      Podría plantear la nulidad de todo lo actuado por violación del derecho de defensa, y subsidiariamente la prescripción de la acción.
      No se deje estar ya que hay plazos procesales para dichas presentaciones.

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  628. Daniel 10/31/2010 a 12:04 #

    A mi tambien me llegó, en donde dice que la falta se ha cometido en la Ruta 205 Km. 15.3 ( localidad Solano Alte. Brown, partido de Lomas de Zamora) lo cual no es cierto porque las tres direcciones no son coherentes. En la foto dice Ruta 205 Km. 15.3 (alte brown) y arriba a la derecha aparecen la localidad solano y lomas. es correcta la dirección si es burzaco y solo dice alte brown que es el partido? es viable pedir la nulidad de la fotomulta por cosiderar un vicio el lugar de la infracción?. Cuando prescribe esta muta en la provicia de bs as?
    Gracias.

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    • Hugo Caceres 11/03/2010 a 12:02 #

      Las faltas leves prescriben a los 2 años, faltas graves a los 5 años.
      Podría plantear la nulidad, aunque no soy muy optimista acerca del resultado.

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  629. Alejandra 10/22/2010 a 14:21 #

    Sr.Hugo Caceres: desde ya muchas gracias por su tiempo.
    Le quisiera hacer una consulta por mi marido.Le llego una multa por exceso de velocidad en dolores de 80 km/h supuestamente pasamos a 97km/m.El conduce desde hace 20 años y jamas tuvo una multa asi que no sabemos bien las consecuencias.El tiene el registo en capital y el auto esta radicado tmb en capital.Si no la paga que problemas podria tener el dia que lo quiera vender o cuando el renueve su carnet de conductor en el 2015.
    La multa llego a la direccion de sus padres donde no vive hace años pero figura en su d.n.i,que quiere decir q la multa esta a su nombre a la del domino del auto.Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/01/2010 a 08:43 #

      Una vez finalizado el procedimiento de faltas, la sentencia es inscripta en el Registro de Infactores de Tránsito.
      Al realizar trámites en el RNPA o al renovar la licencia, estos antecedentes pueder surgir y entorpecer los mismos.

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  630. Fernando Pascuzzi 10/18/2010 a 22:36 #

    Buenas noches Hugo, yo vendi mi auto, y el comprador al realizar la transferencia, le informan en el registro automotor que el auto tiene 3 multas realizadas en la Ruta 2, km 340 y 380. Como debo proceder para poder realizar mi descargo.

    Gracias.

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    • Hugo Caceres 10/20/2010 a 09:38 #

      En la información que le da el RNPA tiene las fechas y el número de acta. Con dicha información puede plantear lo que corresponda ante el Juzgado interviniente (en este caso sería el de Dolores).

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  631. Ezequiel 10/17/2010 a 11:37 #

    Estimado Hugo, muchas gracias por su tiempo para resolver nuestras inquietudes.
    Tengo 2 consultas para hacerle. Hace unos días trasnferí mi vehículo y me devuelven un papel del Sugit el cual tiene notificación de una multa en la ruta 2. El valor es de $517 por exceso de velocidad.
    1) Yo nunca tuve notificación de esta multa, ¿Se puede hacer un descargo por esto?. Por otra me dijieron que la compradora puede firmar la negativa de estas deudas.
    2) ¿Va a tener algún problema a futuro cuando decida vender el auto? o la multa es personal.

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    • Hugo Caceres 10/20/2010 a 10:01 #

      La multa es personal, y usted puede formular un descargo dado que nunca fue notificado.

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  632. Mario 10/16/2010 a 12:36 #

    Estimado Hugo.

    Me ha llegado una fotomulta emitida por la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial , Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministerios, en donde dice que la falta se ha cometido en la Ruta 205 Km. 15.3 ( localidad Solano Alte. Brown, partido de Lomas de Zamora) lo cual no es cierto porque las tres direcciones no son coherentes. La pregunta viene a: saber si puedo pedir la nulidad de la fotomulta por cosiderar un vicio el lugar de la infracción?. De ser así, donde pido plantear dicha nulidad.?
    Aguardo sus comentarios.
    Gracias.

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    • Hugo Caceres 10/20/2010 a 10:51 #

      Puede realizar un planteo al respecto, pero debe esperar a recibir la notificación del Juzgado interviniente.

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  633. diego veron 10/14/2010 a 16:58 #

    Hola, me gustaria saber si es prueba suficiente la grabacion de un celular contra una multa mal hecha por pasar un semaforo en rojo que me hicieron y me sacaron el registro. el hecho es que pasa en verde y al terminra de pasar la bocacalle se puso en amarillo. El agente me insinuo «que hacemos, una multa de esta te pude costar mas de mil pesos», esperando que yo intente arreglar con el para que no me haga el acta.
    por ultimo tiene idea de cuanto seria si pago voluntariamente, si es que no sirve el video del celular, ya que seria mi palabra contra la de los agentes, y no dreo salir favorecido.
    desde ya muchas gracias, saludos
    p:d: esto fue el 10/10/10 en el partido de presidente peron, gba

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    • Hugo Caceres 10/19/2010 a 08:55 #

      El monto de pago voluntario ronda los 680 pesos. La grabación del celular podría servir como prueba, pero habría que ver que otras pruebas hay, como esta redactada el acta de infracción, etc.

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  634. diego 10/14/2010 a 01:28 #

    hola hugo,pronto tengo que renovar mi licencia y acabo de enterarme en la pagina de consulta de infracciones en capital que tengo 3 multas,una del año 2006 a mi actual vehiculo,que realmente no recuero ni haber ido a capital en ese año,y otras 2 multas del año 2007 a otro vehiculo que yo vendi en al año 2003,no realice denuncia de venta pero si he hecho la transferencia del mismo(se lo vendi a mi hermano).las 3 multas dicen Resolver en la UACF (Unidad Administrativa de Control de Faltas),tengo que hacer algo con todo eso o no tendre problemas para renovar el registro dado el año de las multas?desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 10/19/2010 a 08:51 #

      Por el tiempo transcurrido posiblemente estas infracciones esten prescriptas, pero debe obtener una resolución que lo confirme.

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  635. Cristian 10/13/2010 a 21:22 #

    Estimado Hugo:
    Acabo de enterarme en circunstancias de la venta de mi auto que tengo dos multas del año pasado en Dolores (ruta 2) que jamas llegaron a mis manos porque fueron enviadas al dueño anterior. Por supuesto yo no me darian el beneficio del 50%. Que puedo hacer?

    Aclaro que ya se presentó la documentacion para la transferencia (en Berazategui) y en el 13i no se hizo ninguna apreciacion en cuanto a la deuda lamentablemente.

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    • Hugo Caceres 10/19/2010 a 08:50 #

      Las multas pendientes podrían generarle contratiempos al intentar renovar su licencia de conducir.
      Si posee información acerca de las actas (número, fecha, etc.) puede intentar un descargo de las mismas, u obtener alguna quita en el monto a pagar. Debe tramitarlo ante el Juzgado interviniente.

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  636. Fernando Reyes 10/13/2010 a 20:23 #

    Buenas tardes Hugo, me llegó una notificación de acta de infracción por superar la velocidad máxima permitida (fotomulta). El acta determina un lugar inexistente (ruta 205 km 15.3 Alte. Brown), ya que la ruta 205 en ningún momento pasa por el partido de Alt. Brown. Asimismo el acta menciona como infractora a mi esposa sin ser ella la que manejaba el vehículo en ese momento, sino yo que soy el otro titular. Mi consulta es la siguiente: ¿Considera usted estos dos argumentos como válidos en un supuesto descargo? Y, ¿en cuanto tiempo prescriben estas multas en caso de tener sentencia del juez?

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    • Hugo Caceres 10/19/2010 a 08:47 #

      Tanto la acción por infracciones de tránsito, como la pena, prescriben a los dos años del hecho generador.
      Los argumentos podrían ser válidos.

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  637. walter 10/12/2010 a 21:17 #

    Hola SR Hugo:Recibi una fotomulta sacada en el km 17.5 de cno Centenario,es mi primer fotomulta,la velocidad permitida es de 60km/h y en la misma dice que pase a 84,97km/h,no corresponderia apercibimiento?,es decir solo un llamado de atencion que no implica el pago de suma alguna.Desde ya muchas gracias.

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  638. Alfredo 10/11/2010 a 12:20 #

    Dr. Hugo Cáceres:

    Me ha llegado una foto multa del Gobierno de la ciudad de Buenos Aires por exceso de velocidad. La fecha de la infracción es de 09/08/2010. Hace más de dos años que no viajo con mi auto a dicha ciudad. En la foto si bien fue tomada de noche, se ve claramente que pertenece a un automóvil de otra marca. Además la patente se ve borrosa, por eso creo que alegremente me la adjudican. ¿Qué debo hacer? Desde ya muchas gracias por su atención.
    Alfredo – Ciudad de La Plata. 11 de Octubre de 2010

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    • Hugo Caceres 10/13/2010 a 18:45 #

      Yo enviaría una presentación manifestando esto que usted dice, sobre todo si la patente no se ve o el vehiculo es ostensiblemente diferente al suyo.

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  639. Mike 10/07/2010 a 11:00 #

    Que hay de las multas ya vencidas? Que hay que hacer? Ejemplo: en capital en 2007 y en provincia principios de 2008. Gracias!

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    • Hugo Caceres 10/07/2010 a 11:23 #

      Si se encuentran realmente prescriptas puede presentar un escrito solicitando tal declaración.

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  640. Sebastian 10/06/2010 a 11:56 #

    Buen día Hugo, me llego una mulkta por exceso de velocidad en Camino Centenario Km 17.5.
    El tema es que en todo el cuerpo de la boleta figura que la direccion donde se cometió la infraccion es en la localidad de La Plata, pero en la foto dice Berazategui. La consulta es si puedo usar este error a mi favor.
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 10/06/2010 a 17:42 #

      No, ese no es un error material suficientemente grave como para fundar solamente en él un descargo.

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  641. Hernan 10/06/2010 a 10:33 #

    Vendi el auto el 20/8, sacamos un 13i y no tenia multas, la transferencia se demoro y ahora cuando el comprador la va a retirar le dicen que tiene una multa del 9/7, por exceso de velocidad en la ruta 2 km 114 por $ 339.67. El comprador firmo el 13i negandose a pagar alegando que era del dueño anterior. Puede llegar a tener alguno problema futuro ( al sacar el registro o transferir ) ? La notificacion de la multa a mi nunca me llego, como puedo obtenerla y ver si puedo hacer un pago voluntario con descuento o pedir la nulidad si no corresponde ? Gracias.

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    • Hugo Caceres 10/06/2010 a 11:09 #

      El nuevo propietario no tendra problemas. Por su parte, con la informacion que le dan en el REgistro (Nro. de acta) puede concurrir al Juzgado de Transito de La Plata (53 Nro. 720) e intentar un arreglo acerca de dicha multa.

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      • Hernan 10/06/2010 a 11:37 #

        Si me presento en el juzgado de transito de La Plata, puedo pedir la nulidad de la multa por falta de notificacion dentro de los 60 de cometida, y una vez que tenga la multa en mi poder, podria de acuerdo a como este labrada la fotomulta tener algun argumento mas para defenderme ? Gracias.

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      • Hugo Caceres 10/06/2010 a 17:35 #

        Usted puede argumentar en su defensa todos aquellos hechos que considere lo eximen del pago de una multa.

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  642. Ruben 10/05/2010 a 19:40 #

    Hace un mes recibí dos multas de la zona de Chascomús-Castelli de la ruta 2 por exceso de velocidad en lugares donde dicen que la veloc. máx. permitida es de 80 km/h.
    En las multas figura como infractora mi esposa, cosa que no es real pues el conductor del vehículo en ambos casos era yo. El vehículo se encuentra a nombre de ambos. Es correcta esta manera de notificar?, dado que es falso el infractor que figura en el acta.
    Por otra parte en el Apellido y nombre de la autoridad de constatación figura : Min. de Jef. de gabinete de ministros.
    Tampoco figura claramente el juzgado de donde se emitieron las actas.
    Son estas falencias argumentos para objetar el pago?

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  643. claudia jimenez 10/05/2010 a 09:52 #

    Buenos dias, mi consulta es la siguiente, yo vivo en capital, el domicilio que figura en el registro es de capital, me retiraron la licencia en provincia, Don Torcuato pero el auto no es mio, sino de mi jefe, yo estaba trabajando, el tema es que no tenia la VTV. Ya hicieron la verifacacion tecnica y yo tengo que pasar a buscala en 72 hs. Existe la quita de puntos de Scoring? Hay que pagar lguna multa? Si existe quita de puntos, no se la tendrian que hacer a mi jefe?

    Muchas Gracias

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    • Hugo Caceres 10/06/2010 a 08:00 #

      No existe quita de puntos en Provincias.
      Le van a exigir el pago de la multa para devolverle el registro.

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  644. leandro villarruel 10/04/2010 a 20:25 #

    hola me entere que tengo 2 multas yendo en diciembre de 2009 a la costa,me entere pq vendi el auto y el comprador no puede transferir el coche esta radicado en capital,adonde veo que multas tengo?

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    • Hugo Caceres 10/06/2010 a 07:55 #

      En el mismo registro automotor le informan cuales son las infracciones.
      La tranferencia la puede realizar igual (art. 4, disposicion 505/03 del RNPA).

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  645. andres 10/04/2010 a 14:23 #

    Sr Hugo, Cuando realicé la transferencia saltó una multa del dueño anterior(ahora fuera del país) de la cula me hice cargo y el dia 22/09/2010 tiró por SUGIT y el importe era de 323,17 , hoy la fuí a pagar (04/10/2010)y sale por SUGIT 646,35, he llamado al juzgado de Dolores que es el que corresponde por la altura de kilometraje y es imposible que atiendan el teléfono.
    La multa se efectuó el día 29/06/2010. Quisiera pagar pero no esa locura, que debo hacer ?
    Muchas gracias

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  646. juan sestito 09/30/2010 a 14:30 #

    Llamé por tel. al 08002220024 de consulta de infracciones de la pcia. de bs.as. y me dijeron que me labraron un acta el 20/12/09 en el km. 308 de la ruta 2, pero JAMÁS FUI NOTIFICADO FEHACIENTEMENTE, NI ME ENVIARON CARTA O FOTOMULTA ALGUNA.
    Cómo debo proceder? Porque para colmo no se puede imprimir desde ninguna página.
    No tengo pensado vender mi vehículo, y mi registro vence el 17/12/2012 (3 años después), Qué hago? Desde ya, muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 10/05/2010 a 20:43 #

      Cuando sea necesario puede plantear la nulidad de las actuaciones por falta de notificación adecuada.

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  647. norma allemand 09/29/2010 a 23:52 #

    Hola Hugo. Quisiera saber cual es la pagina del INTI, para controlar el numero de la maquina que controla la velocidad.

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  648. norma allemand 09/29/2010 a 23:47 #

    hola hugo quisiera saber cual es la direccion de la pagina del

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  649. ESPINOSA IVANA ANDREA 09/28/2010 a 17:24 #

    Señor Hugo, le deseo consultar sobre una multa que me hicieron el 04/12/09 en el km 203 de la ruta 2, la cual nunca llego a mi domicilio, ahora estoy por vender mi camioneta Kangoo y sale que la debo, consulto con el juzgado de Dolores y me dicen que esta a nombre de Fragola Silvina Carla ( la dueña anterior ) yo hice la transferencia en Agosto del 2009 ( titulo 05/08/2009 ), me dicen que se mandaron las multa y los avisos, pero como hago saberlo?, puedo pedir la anulacion o pagarla con su valor real menos el descuento por pago voluntario

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    • Hugo Caceres 10/05/2010 a 07:15 #

      La posibilidad de pagar menos depende de una decisión del Juez interviniente.
      Puede plantear la nulidad dado que nunca fue notificado legalmente de las actuaciones.

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  650. IVAN 09/28/2010 a 10:16 #

    ME MANDARON UNA FOTOMULTA QUE VENCE EL DIA 10/10/2010 DESDE CHASCOMUS Y VIVO EN NECOCHEA ME ENTRARON LADRONES A MI CASA Y ENTRE LAS COSAS QUE ME LLEVARON FUE EL PORTAFOLIOS CON LA FOTOMULTA COMO OBTENGO COPIA DE LA MISMA GRASIAS

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    • Hugo Caceres 09/30/2010 a 08:24 #

      Contacte a la Direccion Provincial de Seguridad Vial: (0221) 425-5282 o (0800) 222-0024

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  651. Alfredo Posse 09/27/2010 a 17:10 #

    Tengo un auto que anteriormente fue de un amigo. Hace unos meses mi amigo empezó a recibir citaciones por supuestas actas de infracción que se cometieron con el auto con fecha posterior a la transferencia. Yo nunca recibí nada en mi domicilio que es el que tiene registrado el auto. Escribí un mail al tribunal de infranciones de Dolores pero no solo no me contestaron sino que vuelven a intimar al anterior titular. No se ni siquiera si las infracciones son reales o no. ¿Tengo que ir si o si a Dolores? ¿Cómo hagop para que me llegue a mi casa la documentación?

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    • Hugo Caceres 09/28/2010 a 10:03 #

      El anterior titular puede enviar una nota informando desde que fecha realizó la transferencia.

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  652. Claudio 09/26/2010 a 21:19 #

    Estimado Hugo.
    Mi consulta se refiere a una multa que labraron en la localidad de Tres Arroyos al salir de una estación de servicio con las luces bajas apagadas en la ruta 3 a muy poquitos metros de la misma, junto con migo se encontraban muchos vehículos exactamente en la misma situación los cuales se quejaban de la maniobra recaudatoria de la medida. En conclusión me llego una notificación del juzgado y siendo que mi domicilio se encuentra el la localidad de Lanus tras haberme comunicado telefónicamente con el juez en cuestión me recomienda el pago del 50% de la misma dejándolo a mi criterio y decisión, el importe me pareció excesivo ya que el 50% de la misma ronda los casi $700, según lo informado por el, lo cual me parece exorbitante siendo que jamás tuve infracción alguna.-
    En este caso como me recomendarias actuar ante esta situación?
    Desde ya muchas gracias…

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  653. laura 09/24/2010 a 13:01 #

    hola a quien corresponda: mi pregunta es sobre un vehiculo que vendi, antes de acerlo me garantize de que no tenga multas y entre por internet para verificarlo, luego vendi el auto, ahora cuando queremos hacer la transferencia sale 1 multa, que tengo que hacer en este caso? se puede hacer la transferencia o debo pagar primero o quien debe pagar en este caso, y despues hacer la transferencia muchas gracias espero su respuesta

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    • Hugo Caceres 09/27/2010 a 12:22 #

      Puede hacer la transferencia igualmente, colocando en el Formulario 13 i, NO PAGA MULTA.

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  654. analia 09/22/2010 a 12:56 #

    Sr Hugo me llegaron multas por exceso de velocidad en dolores pero yo no las pague. estas multas estan vencidas pero ahora para vender el auto debo pagarlas. mi pregunta es Donde y como pagarlas ya que no tengo el papel con el codigo de barras?
    muchas gracias

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  655. Ana 09/15/2010 a 12:56 #

    Hugo buenas tardes,
    El 10 de agosto recibi una notificacion de citacion de acta de infraccion citandome para el 16/9 en Mar del Plata. La infraccion fue cometida el 28/9/2009 en ruta 2 pero nunca me llego la infraccion con la opcion de pago voluntario, sino directamente esta citacion. Consulta:
    Puedo enviar una carta documento alegando que no fue notificada dentro de los 60 dias ? La puedo enviar el mismo dia de la citacion o tendria que haberlo hecho antes ? Yo tengo domicilio en capital, se puede pedir que lo envien a un juzgado de mi domicilio ?
    Gracias
    Ana

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    • Hugo Caceres 09/15/2010 a 15:47 #

      Puede pedir que envíen las actuaciones al Juzgado de su domicilio, puede alegar la cuestión de los 60 días, y lo puede hacer por carta documento hasta la fecha de la citación.

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  656. Sebastiàn 09/14/2010 a 19:06 #

    Dr. Caceres, soy colega suyo de Dolores y me lleqaron nueve multas!!!!
    Presenté dos descargos de las nueve, por las otras tampoco me citaron.
    No he ofrecido prueba, lo que he planteados es la nulidad e inconstitucionalidad de las multas (Vulneración del Principio de Razonabilidad, Defensa, etc).
    Entiende Ud. que si no se acompaña prueba en el Juzgado Correcional no la declararán nula con fundamentos basados en el Derecho de Fondo?
    Por otro lado me informaron que si no pago $600 aprox con la sentencia se me va a $1250, es eso correcto y real?
    Saludos

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    • Hugo Caceres 09/17/2010 a 07:20 #

      Puede ser que en el Juzgado Correccional (al que llegará por vía del recurso de apelación) le hagan lugar a los planteos que usted menciona.
      He planteado en general la violación del derecho de defensa por defecto en las notificaciones, o incumplimiento de los procedimientos previstos en la Ley 13.927, pero depende de cada caso concreto.
      Así planteado en abstracto es dificil obtener resultados favorables.
      En cuanto a los valores, lo de los montos es correcto en cuanto el valor minimo de la multa prevista se reduce en un 50% si el presunto infractor accede al pago voluntario dentro de los 30 días de la comisión.

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  657. gustavo 09/09/2010 a 10:45 #

    Estimado Hugo mi consulta es,adquiri un auto en el mes de julio e hice la transferencia en capital,el vendedor es amigo intimo al momento de chequear los papeles saltan 4 multas por exceso de velocidad de un valor de $567 c/una en ruta dos altura km 322 y km340 mi amigo estaba notificado de dichas multas que habian sido en abril del 2010. en el registro me intiman a pagar o firmar el no pago de las multas,yo firmo el no pago de las mismas,y mi pregunta es me dijeron en el registro que las multas quedan registradas en el vehiculo y no a mi yo en octubre del 2011 tengo que renovar la licencia en Capital me saltan los antecedentes o puedo relizar el tramite ?
    pd:mi amigo me dijo que en caso de intimacion de pagoo en un futuro se hara cargo,yo por eso no abone en su momento las multas.
    MUCHAS GRACIAS POR SU TIEMPO

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  658. gustavo 09/09/2010 a 10:42 #

    Estimado Hugo mi consulta es,adquiri un auto en el mes de julio e hice la transferencia en capital,el vendedor es amigo intimo al momento de chequear los papeles saltan 4 multas por exceso de velocidad de un valor de $567 c/una en ruta dos altura km 322 y km340 mi amigo estaba notificado de dichas multas que habian sido en abril del 2010. en el registro me intiman a pagar o firmar el no pago de las multas,yo firmo el no pago de las mismas,y mi pregunta es me dijeron en el registro que las multas quedan registradas en el vehiculo y no a mi yo en octubre del 2011 tengo que renovar la licencia en Capital me saltan los antecedentes o puedo relizar el tramite ?
    pd:mi amigo me dijo que en caso de intimacion de pagoo en un futuro se hara cargo,yo por eso no abone en su momento las multas

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  659. christian 09/03/2010 a 12:51 #

    hola ! soy de mar del plata el dia 27/7 2010 me dirijia de mi ciudad hasta las armas por ruta 2 y estoy completamente seguro que respete todas las velocidades maximas , aparte circulaba con un gps por lo cual no hay error de velocidad , a la semana me llego una fotomulta por exeso de velocidad , max 60 km y disen que pase a 97,8 km en ruta 2 km 340,9 (cnel vidal ) , como puedo defenderme sabiendo que no es real ?
    muchas gracias !!!!

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    • Hugo Caceres 09/03/2010 a 17:28 #

      EL principio es: quien alega debe probar, es decir: usted sostiene que hay un error, debe producir la prueba de dicho error.

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  660. Fernando 08/31/2010 a 21:38 #

    Buenas noches, lo consulto por lo siguiente: vivo en Avellaneda y tengo un vehiculo radicado en CABA, el 3 de junio ingresando a provincia me detiene policía de transito y entre la documentación me solicita la VTV, le aclaro que el vehiculo es de capital pero me indica que para transitar en provincia debo tenerla y me labra un acta y me retiene la licencia. Fui a un abogado, a la Def del pueblo de Avellaneda, Capital Y Prov de buenos aires, en todos lado me indican que no corresponde la multa pero es una practica que esta haciendo la provincia, el def del pueblo de capital me envía un comunicado del director de transito de CABA donde aclara que no esta implementado el sistema no se deben labrar estas multas. En el Juzgado (La Plata)me dicen que la multa corresponde y debo abonarla previo realizar la verificación en talleres de la UTN(¿?), en la dirección de transito de la provincia me indican que es una zona gris en la legislación y queda a la interpretación de cada juzgado….., luego de esto NO HAGO la verificación, me dirijo al tribunal en la plata, con toda la documentación (notas de defensorias, notas periodísticas, comunicado del dir de transito, etc) el juez dictamina que me reducen la multa de 150 unidades a 50, pago esto ($215 aprox) y me liberan la cedula, ahora, si la multa era por vtv me debían exigir la verificación para liberarme, si no me la exigieron(de hecho, no la tengo), que es lo que pagué???? Siento que me robaron, puedo iniciar alguna acción o denuncia contra la provincia??? Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 09/01/2010 a 09:42 #

      Toda la situación es muy confusa. En realidad no corresponde el acta de infracción que le hicieron, y mucho menos el pago de una multa, si su vehículo se encuentra radicado en CABA.
      Desconozco bajo que concepto le cobraron, pero estoy seguro que no puede ser por falta de VTV.

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      • Fernando 09/01/2010 a 20:31 #

        Estimo que no corresponde, pero me vi obligado a pagar para recuperar mi licencia, lo consulto para saber como puedo actuar en consecuencia, tengo el acta de infraccion por vtv y la constancia de pago ademas de perder medio dia en el juzgado de La Plata, otros tantos en consulta a defensorias, etc. Saludos.

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      • Hugo Caceres 09/02/2010 a 16:08 #

        No entiendo su pregunta.

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    • federico bregante 09/17/2010 a 16:56 #

      Fernando:
      Lo mio es igual o peor, mi auto es de caba y yo vivo aqui, solo sali a pescar un domingo.
      el resto es identico exepto que yo no acepte el «si no tenes donde hacerla (VTV) te lo miro yo»
      «y pagas 1xx» todo por telefono …. muchisimo menos que vos, pero no transe aun tengo resto para pelearsela no parece un buen momento para reclamar justicia pero….
      En la medida que puedan no cedan no realimenten a estos HDP.
      Saludos.

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  661. elisa 08/28/2010 a 00:10 #

    buenas noches , ayer 25 de agosto recibi una multa de la municipalidad de tordillo.con fecha del once de julio. que indica que fui citada a ese juzgado , citacion que nunca recibi. no recibi el acta de infraccion, no figura ningun dato de mi vehiculo solo mi nombre y apellido y mi direccion pero no se sabe de cual infraccion me hablan. me instan a pagar y no me dan posibilidad de descargo. me envia numero de cuenta para que deposite 300 pesos y 45 de gastos administrativos.
    cual seria la medida a tomar. yo vivo en la costa. pasaron mas de 60 dias. desde ya muchas gracias. estuve leyendo los otros casos.. todos sirven

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    • Hugo Caceres 08/28/2010 a 09:34 #

      Por lo que surge de su comentario, estoy casi seguro que usted recibió una notificación de sentencia, del citado Juzgado.
      Esto implica que aunque usted no las recibión se han emitido al menos otras dos notificaciones (una con la infracción propiamente dicha, y otra con la citación del Juzgado).
      Usted debe recurrir esta sentencia, planteando la nulidad de lo actuado, por violación de su derecho de defensa y del debido proceso legal.
      Recuerde que tiene 5 días hábiles para hacerlo, luego de lo cual la sanción queda firme.

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  662. mirta garcia 08/25/2010 a 12:43 #

    Bs dias HUGO fui a sacar el registro y me notificaron de dos multas presupongo en la ruta 11 cerca de dolores de 250 pesos nunca me llego la notificacion las mismas son de agosto dia 13 y 28 del 2009 .el vehiculo lo vendi y en el momento de la transferencia no aparecio nada. ayer recibi una cedula de notificacion informandome comparezca el el juzgado de dolores pero no dice nada mas por favor indiqueme como tengo que proceder para no abonarlas dado que no me notificaron en tiempo y forma desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/25/2010 a 13:07 #

      Puede utilizar dicha argumentación defensiva al momento de efectuar el descargo. Si reside a mas de 60 kms. del Juzgado, puede hacerlo por escrito, vía postal.

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  663. gustavo 08/21/2010 a 04:04 #

    estimado hugo vendi mi vehiculo el 12-8-2010 y ayer fui a hacer la denuncia de venta donde me informan en el registro que hay 2 multas en la ruta 2 km 322 y km 340 cada una de $527. pero las mismas nunca se me notificaron, me puedo defender con lo de la falta de notificacion??? gracias.-

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  664. Emmanuel 08/17/2010 a 12:44 #

    Buenos dias,
    Mi consulta es la siguiente, esta por vencer mi licencia de conducir la cual esta radicada en Provincia (Alte brown), y tengo multas de Provincia y algunas de Capital. Me dijeron que en el momento chequean en el jusgado de faltas las multas…. en ese momento solo controlan las de Provincia o tambien las de capital?
    Gracias!

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    • Hugo Caceres 08/17/2010 a 18:15 #

      Se solicitar al Registro Unico de Infractores de Transito, y pueden surgir las de otras jurisdicciones.

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  665. Miguel musciatti 08/16/2010 a 23:11 #

    Hugo , nuevamente me contacto con vos pero no para consultar sino para agradecerte tu valiosa colaboración .Te comento que firme el 13I aclarando el no pago de la deuda que no era mía y mostrándole el articulo4º la disposición nº515/03 de muy mala gana me tuvieron que entregar la transferencia y todo gracias a personas como vos que desinteresadamente ayudan a los demás .Si en nuestro bendito país abrían un poco mas de personas así todo seria distinto. Desde ya lo que necesites de Santa Fe conta con migo.Hasta cualquier momento Miguel

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  666. Marc elo Lombardero 08/14/2010 a 15:56 #

    Hola, transferí mi unidad el 25/Junio/2009 concurro al registro el 11/08/2010 para solicitar libre deuda de infracciones para venderlo y me dicen que hay 3 multas en la ruta 2 y una en la ruta 63 concurro a una oficina del organismo competente sita en Alvear 1414 de Don Torcuato y allí me dan copias de las acta efectuadas en AGO/SET/OCT y DIC 2009 todas en días de semana, el auto de la foto podría decirse que es el mío pero NO LO ES ya que presenta diferencias estéticas, en la fecha de cada infracción estaba trabajando en mi ocupación laboral en zona norte GBA, al ver las actas TODAS fueron enviadas al anterior propietario. Que me aconseja hacer.? gracias

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    • Hugo Caceres 08/17/2010 a 17:46 #

      Si usted está seguro que el vehículo no es el suyo, haga un recurso fundado en dicha circunstancias, de lo contrario deberá argumentar basado en otros elementos: irregularidades del prcedimiento, nulidad de las notificaciones, etc.

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  667. gaston 08/13/2010 a 17:27 #

    No puedo encontrar el decreto o ley que determine el valor de los montos, donde los encuentro?
    gracias!!!

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    • Hugo Caceres 08/13/2010 a 19:13 #

      Decreto 532/09, en la página web oficial de la provincia de Buenos Aires, sección Boletín Oficial.

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  668. julián 08/12/2010 a 13:03 #

    Buenos días sr. Hugo Caceres

    El día 24 de marzo de 2010 me labraron una multa en el partido de Dolores (ruta 2). A los 7 días de confeccionada hago el pago voluntario con el 50% de descuento. El 7 de agosto llega a mi domicilio una notificación donde me exigían el pago de la multa (que yo había ya pagado). Me comunico telefónicamente a la dirección provincial de seguridad vial y allí me explican algo que no me había aclarado el agente que labró la infracción (incluso el mensaje que figura en la boleta es completamente ambiguo): que el importe que figura en la boleta ya constituye el beneficio del 50% (o sea, el pago que yo había efectuado era el 50% de ese 50%). Me dieron una dirección de e-mail del juzgado de faltas de Dolores y me pidieron que enviara un correo comentando el caso y enviando no sólo el escaneado de la boleta sino también el comprobante de pago que yo tengo en mi poder. Aún no he recibido respuesta y tampoco logro comunicarme telefónicamente al (o2245)441634 ya que nadie responde.
    ¿Qué debo hacer?
    Desde ya muchísimas gracias por la información que pueda brindarme

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    • Hugo Caceres 08/13/2010 a 19:48 #

      Envie una carta certificada, con aviso de retorno, adjuntando copia de la documental. O una carta documento.

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    • Hugo Caceres 08/17/2010 a 18:02 #

      Vuelva a insistir con una nueva presentación escrita, aunque lo mas probable es que le exijan como minimo completar el pago del 50%.

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  669. Gaston 08/11/2010 a 16:38 #

    Hola, mi tema es el siguiente, cuando fui a vender el auto la semana pasada me saltaron infracciones del titular anterior de oct-09. Yo compre el auto en nov-09 y las infracciones no estaban cargadas en el sistema. Ahora aparecen a mi nombre pero las notificaciones nunca me llegaron. Como son infracciones de ruta 2 (yo vivo en capital), tendría que enviar una notificacion a cada juzgado interviniente. Las dudas son: mi argumentacion tendría que ser que no era el titular en ese momento o que pasaron los 60 días desde la infracción sin notificación (o ambas)? Este tema es un impedimento para hacer la transferencia? las multas son del km 114 y 203, es así que tengo que mandar una a dolores y una a chascomus o con una comunicacion a La Plata alcanza?

    Muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 08/11/2010 a 21:36 #

      Debe dirigirse a cada juzgado en particular. Las multas no son un impedimento para la transferencia, pero en algunos Registros va a tener que «pelear» bastante para que se la hagan con multas pendientes.

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  670. natalia 08/11/2010 a 14:54 #

    Hola , mi pregunta es la siguiente recibi en mi domicilio el Acta de comprobacion con la respectiva cedula de notificacion , de una supuesta multa cometida en la localidad de Bradsen ( cruzar semaforo en rojo en ruta 29 siendo la falta constatada con movil policial) de fecha de la supuesta comision el 17/08/2008 y me notificaron el 11/08/2010.mas alla de que mi residencia sea amas de 60 Km.no tengo inconvenientes en presentarme voluntariamente ante el juzgado lo que quiero saber es si puedo plantear mi descargo planteando en primer lugar que pruebas tienen de la comprobacion de la multa , prescripcion , etc.muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/11/2010 a 15:31 #

      No puede pedir pruebas acerca de lo que usted denomina «la comprobación de la multa», dado que el acta de infracción goza de presunción de veracidad. En todo caso usted debe probar que es falsa.
      Respecto a otras cuestiones, como la prescripción, usted puede plantear todo cuanto crea conveniente en su defensa.

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  671. Miguel musciatti 08/11/2010 a 10:33 #

    Hola Hugo, nuevamente te molesto por el tema de la transferencia pues en Santa Fe no me quieren dar los papeles. Me dicen que en el formulario 13I no puedo aclarar que no pago la deuda, que no lo puedo hacer porque no es legal y que si o si debo pagar para entregarme los papeles. ¿Qué hago?¿Debo iniciar acciones legales para que me los entreguen? desde ya te agradezco por contestar a mis consultas.

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    • Hugo Caceres 08/11/2010 a 12:19 #

      No es raro encontrarse con empleados que interpretan la ley a su manera, y deciden conforme sus pareceres, en lugar de lo que legalmente corresponde.

      La Disposición 515/03 RNPA es el texto original que implementó el sistema de consulta de infracciones de tránsito, que tuvo lugar primeramente entre la CIudad de Buenos Aires y el Registro Nacional Automotor, y que luego se extendió a diferentes provincias y ciudades.

      En dicha disposicion, se lee claramente: «Art. 4° — Si el presentante o peticionante del trámite no abonare la deuda existente por infracciones, el sistema dejará constancia de ello en la Solicitud Tipo «13I», cuyo original con dicha constancia será firmado y sellado por el Encargado del Registro y entregado al usuario conjuntamente con la documentación registral, siendo el duplicado adjuntado al Legajo B.»

      En ningún texto legal, ni en los acuerdos originarios del 7/3/2002, ni en las 45 Disposiciones posteriores (se pueden consultar en Infoleg.gov.ar) existe norma alguna que autorice, permita, obligue, ordene, etc. retener la documentación de la transferencia.

      Los acuerdos referidos solamente constituyen al Registro en Agente de Percepción de las multas, pero en modo alguno establecen que deba retenerse la documentación.

      EN su caso, plantearía la cuestión con una presentación escrita, o concurriría acompañado de un abogado.

      Asimismo, el Encargado dejará constancia en la Hoja de Registro del retiro de la documentación con existencia de deuda en concepto de infracciones de tránsito, la que será firmada por el peticionario o presentante.

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  672. gaston 08/09/2010 a 13:09 #

    hola, me hicieron una multa por tener la VTV vencida, y me sacaron la licencia, mi pregunta es la siguiente de donde surge cual es el monto para hacer el pago voluntario y si no pago me pueden retener el regirstro,
    muchas gracias!!

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    • Hugo Caceres 08/09/2010 a 19:07 #

      El monto de la multa está previsto en la Ley de Tránsito y su reglamentación. La retención de la licencia esta prevista en la misma ley.

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  673. luis 08/07/2010 a 20:59 #

    Hugo: la policia de la pcia de bas as me labro una infraccion porque segun ellos no llevaba las luces bajas encendidas, y si las de posicion. Era en la ciudad de olavarria.
    Puede hacer multas la policia?
    es obligacion circular con las lces bajs encenciads en la ciudad?
    Espero su respuesta

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    • Hugo Caceres 08/08/2010 a 12:11 #

      En algunas jurisdicciones puede hacerlo, depende si existe convenio o no con el municipio.
      En los lugares donde se aplica la Ley Nacional de Transito es obligatorio circular con luces bajas, ahora en el ámbito propio de la ciudad habría que ver el código de faltas municipal.

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  674. Miguel musciatti 08/06/2010 a 23:02 #

    Muchas gracias por la información, ahora me quedo mas tranquilo pero la duda
    que tengo es la siguiente en el formulario 13I¿ debo aclarar de mi puño y letra
    Que no acepto la deuda? o ya viene aclarado en algún ítem. Desde ya muchas gracias

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  675. Nicolas Squitin 08/04/2010 a 20:51 #

    Estimado Hugo: Hace unos meses me llego una multa por exceso de velodcidad de Dolores y en diciembre de este año tengo que renovar el registro de conducir en Berazategui. La duda es si la misma me va a saltar y la voy a tener que abonar o si no hay conexión entr los dos munucipios y espero que caduque? Salds

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    • Hugo Caceres 08/05/2010 a 18:08 #

      El plazo de prescripción de las multas es de 2 años, a partir de la última actuación válida del Juzgado interviniente.
      El informe de infracciones se encuentra unificado en toda la provincia, por lo que es muy probable que surja el antecedente.

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  676. Miguel musciatti 08/04/2010 a 18:16 #

    He comprado un auto hace unos días y al momento de firmar la transferencia me comentan que hay una multa en Bs As por no respetar semáforo (7050), me dicen que si no me hago cargo no me dan la cedula verde. Que hago puedo eludir esa deuda de alguna forma? Y de ser así cual son los pasos a seguir? La multa es del 24/8/07. Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/05/2010 a 18:10 #

      Por la fecha es posible que la misma se encuentre prescripta.
      De todos modos, con dejar aclarado en el Formulario 13i que NO PAGA MULTAS, la documentación debe ser entregada. La multa no se traslada a su persona ni a su vehículo, es personal del infractor.

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  677. Ana 08/04/2010 a 18:07 #

    Muchas gracias Hugo por la informacion. Le consulto en que plazo prescribe la infraccion por exceso de velocidad en la ruta 2 que llega a notificacion de resolucion y si se toma la fecha de la infraccion o la de la resolucion.
    Tambien si esta infraccion en provincia de Bs.As. disminuye los puntos del registro en capital federal. Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/05/2010 a 18:12 #

      En este momento no hay transferencia de información que afecte su puntaje en CABA.
      El plazo de prescripción corre desde la fecha de la última actuación válida en el expediente.

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  678. pablo 08/04/2010 a 13:43 #

    hola.Me llego una multa de la municipalidad de avellaneda por hablar por celular y no acatar orden de detencion proveniente de la autoridad de transito(nunca me hicieron señas para q me detenga o no las vi).Tengo dos consultas,la notificacion tiene fecha de emision de 21/7/10 y la fecha de la infraccion es de 10/06/09, al no haverme notificado dentro de los 60 dias queda sin valides la multa? o eso es solo para el caso de las multas fotograficas? La otra consulta es: el lugar de la infraccion es puente pueyrredon, municipalidad de avellaneda tiene juridiccion en ese lugar? desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/05/2010 a 18:46 #

      La jurisdicción es correcta.
      El art. 35, inc, 1 de la Ley Provincial de Tránsito no hace diferencia entre distintas infracciones, por lo que corresponde su aplicación a este caso.

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  679. Héctor 08/04/2010 a 12:44 #

    Buenos días. He recibido una foto muta en un domicilio en el que no vivo hace dos años y medio, razón por la cuál la citación llegó a mis manos (30/07/2010) con el vencimiento para el pago vooluntario vencido (27/07/2010). Mi consulta es, más allà de lo aclarado en la web oficial, y de acuerdo a su esperiencia, es posible que llamando al 0800 indciado tanto por usted y la web, o procedimiento formal para lograr una gestión exitosa para abonar la infracción con el beneficio del 50% luego del vencimiento?. Y en éste último caso, es posible hacerlo por mail o solamente por comunicación fehaciente (CD)?. Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/04/2010 a 13:16 #

      Conozco casos en que ante planteos similares, el Juzgado interviniente dio lugar al pago voluntario (no la Dirección de Seguridad Vial).

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  680. Ana 08/03/2010 a 18:40 #

    Buenas tardes Hugo.Tengo una infraccion por exceso de velocidad en la ruta 2 (km.340 98.6 max.80) del 20/10/2009. Me enviaron el pago voluntario, la notificacion y ahora la notificacion de resolucion elevando la multa a $ 1292.7 Fueron recibidas por el portero, porque no vive nadie actualmente en ese domicilio que es en capital federal. Te consulto si todavia existe posibilidad de hacer el descargo alegando que no se recibio la notificacion anterior o pagar el importe original de la multa. Tambien si en el caso de no pagarla termina aca el proceso y tendre que pagarla al momento de transferir el auto o renovar el registro o si puede tener otras consecuencias y que ocurriria en el caso de una nueva multa similar. Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/04/2010 a 11:38 #

      Se puede plantear la nulidad por defectos de notificación.
      En caso de no hacer nada, va a surgir el problema al renovar la licencia o transferir el vehiculo.
      SI lo desea llameme al 0221-482-6413, de 16 a 19.

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  681. Luis Yomayel 08/03/2010 a 12:43 #

    El domingo 18 de julio en la caminera que se encuentra en Chapadmalal (ruta 11 km. 547) sobre la ruta que une Mar del Plata y Miramar se me realiza una multa por la no utilización de las luces bajas. Después que la agente me realiza la multa sigo mi camino hacia Miramar a los cinco minutos me cruzo con un patrullero de la policía de la provincia de Buenos Aires que no tenía las luces prendidas y en mal estado. Me doy la vuelta con el auto y me dirijo al puesto caminero donde ya no estaban parando autos y la agente que me había realizado la infracción estaba limpiando el piso del destacamento. Me acerco y le digo que había cometido un error al no haber prendido las luces pero no podía entender que ellos que sancionaban a la gente, no cumplían con las reglas de transito y le dije que me había cruzado con un patrullo con las luces apagadas primero me lo negó diciendo que sus autos estaban en el destacamento a los dos minutos pasaba por enfrente nuestro el patrullero con las luces bajas apagadas. Le pregunto por qué no lo sancionaba y me contesta que ella no puede hacer nada. Después de escuchar eso le pido el libro de quejas y dejo asentado todo esto. En mi estadía en Mar Del Plata (estuve descansando en RCT) que fue de una semana sobre la ruta que une Mar del Plata y Miramar me cruce con patrulleros sin las luces prendidas y en mal estado. Tuve la suerte de poder grabar a uno de ellos (es el video que les mando). En otro control sobre la misma ruta comente lo que me paso y el policía me dijo esta en este país como docente que soy me dolió mucho la respuesta. Vivo a cuadras de la ruta 8 en José C. Paz y nunca vi a la policía realizar multas a los conductores por las luces bajas apagadas. Todo lo que acabas de leer se los mande a los juzgados y no recibi constestación. ¿Puede ser el costo de la infracción de $650?. ¿Se puede pedir que se sancione a un policia o a su superior?¿Estas infracciones prescriben o caducan?

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    • Hugo Caceres 08/04/2010 a 11:44 #

      El costo de la infracción es el establecido en la ley.
      Puede enviar una queja solicitando la sanción que menciona, si ello correspondiere.
      Las infracciones prescriben a los 2 años.

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  682. rodrigo 08/02/2010 a 14:57 #

    Hola Hugo, antes que nada, es muy util la info que compartis. Te hago una consulta, en abril de este año me hicieron una multa por exceso de velocidad en la salida de costa del este (10 km, mas de lo permitido), la notificacion nunca me llego, salta ahora que hice la trasferencia…mi duda es la siguiente, la ley dice que si no te notifican a los 60 dias, cae la multa, esto es asi???
    que hago ?? mando carta documento al Juzgado ?? que juzgado es competente??
    Muchas gracias por la información.
    saludos. Rodrigo

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    • Hugo Caceres 08/02/2010 a 15:35 #

      Podría plantear la nulidad de todo lo actuado, fundado en defectos de notificación que violan el derecho de defensa.
      Creería que el Juzgado es el de Infracciones de Tránsito de Dolores, pero puede confirmarlo en el mismo Registro donde le dieron la información, ya que debe constar de que Juzgado ordenaron la inscripción.

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  683. Diego Brait 07/30/2010 a 11:17 #

    Buen día Hugo, Tengo la siguiente consulta a ver si me puede ayudar.

    Ayer le hicieron una multa por cruzar un semaforo en rojo a mi novia en Haedo / Moron. Venia detras de un colectivo, paso la luz en amarillo y el de atras tambien paso. Los policias pararon a ella y al de atras y les hicieron la multa, la cual firmo segun la insistencia del policia.

    Investigando vi los montos que salen pasar la luz roja en internet: desde 960 a 3200 pesos. ¿Estamos todos locos?

    La situacion de ella es la siguiente:

    REGISTRO DE CONDUCIR:
    * Tiene domicilio en Haedo
    * Vence en julio 2011

    DNI:
    * Tiene domicilio en Capital

    AUTOMOVIL:
    * No está a su nombre

    Le tomaron el domicilio del registro, asi que la multa le llegara a Haedo. Pero el año que viene debe renovar el registro pero en capital.

    Las preguntas son:
    1. Tengo (o me conviene) pagar la multa?
    2. Se puede hacer algun descargo?
    3. Prescriben en algun momento?
    4. En caso de no pagarla, tendria inconvenientes en renovar el registro en capital el año que viene, digo por el tema del libre deuda?

    Muchísimas gracias por su tiempo.

    Saludos!

    Diego.

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    • Hugo Caceres 08/01/2010 a 22:52 #

      1) Pagar o no es una decisión respecto de la cual no puedo asesorarlo en el limitado espacio de este blog, sin concoer todos los detalles del caso.
      2) Siempre se puede, y generalmente conviene, efectuar descargo.
      3) LAs multas prescriben a los 2 a►os.
      4) En este momento no hay cruce de información entre Capital y Provincia, pero no sabemos lo que pasará en el futuro.

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  684. Martin 07/29/2010 a 13:19 #

    Hugo quiero hacerte una consulta: hoy fui a renovar el registro a la municipalidad de 3 de febrero (Pcia. Bs. As.) y me dicen que tengo una multa impaga, el lugar de la infraccion fue Dolores. Nunca recibi la multa ya que me mude del domicilio que tenia en ese momento. Consulte en la web y no dice nada respecto a esa multa, que debo hacer?

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    • Hugo Caceres 08/01/2010 a 22:25 #

      No hay consulta en la web para la Provincia de Buenos AIres.
      Debe contactar al Juzgado de Dolores, y decidir si paga la multa o tiene algún descargo para efectuar. También debería analizar la fecha de la misma para ver si está prescripta o no.

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  685. Angelica 07/28/2010 a 13:19 #

    Dr. Cáceres, aqui va mi consulta, resido en Cordoba capital y recibí del municipio de Avellaneda una multa por cruce de luz roja. El punto es que todos los datos, los mios personales y la patente son correctos, lo que está mal es que yo nunca estuve en provincia de Buenos Aires y menos en la fecha que describe la infracción. Que hago?

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    • Hugo Caceres 07/28/2010 a 19:33 #

      Efectúe una presentación al Juzgado aclarando dicha situación, y quizás le convenga formular una denuncia penal, ante la posibilidad de que exista un automovil melizo.

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  686. Martin Di Pietro 07/27/2010 a 20:31 #

    Perdón por el doble mensaje, en la entrada anterior me olvidé de aclarar que soy de la Ciudad de Mar del Plata, y el dueño anterior del automóvil también.

    Gracias

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  687. Martin Di Pietro 07/27/2010 a 20:29 #

    Buenas Tardes

    Acabo de enterarme que tengo una multa en Capital Federal en Av. Libertad, por hablar por Celular, el tema es que la multa es de Octubre de 2007, yo compré el auto en febrero de 2009, saqué libre deuda pero no salió nada en el informe, recién ahora me entero por una página web de consulta, la pregunta es si la multa prescribió, ya que pasaron más de 2 años, en la página dice «Resolver en la UACF (Unidad Administrativa de Control de Faltas)», esto significa que si o si debo dirigirme a Capital Federal? Tengo obligación de hacer el descargo teniendo en cuenta de que la multa no me pertenece? Ya tengo el título del auto a mi nombre desde Marzo de 2009.

    Desde ya, Muchas Gracias

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    • Hugo Caceres 07/28/2010 a 19:47 #

      En principio estaría prescripta, pero hay que ver de que fecha es la última actuación válida a partir de la cual se cuenta el plazo.
      No tiene obligación, pero es conveniente, dado que puede provocarle algún incoveniente en futuros trámites de venta del vehiculo, o renovación de su licencia.

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  688. sebastian 07/27/2010 a 02:42 #

    Hugo, como le va?
    La multas por infracciones de transito (exceso de velocidad) en la provincia de Buenos Aires, prescriben a los 2 años de efectuadas?
    De ser asi, se realiza igualmente algun tipo de registro de antecedentes o quita de puntos de scoring?
    Gracias.

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    • Hugo Caceres 07/27/2010 a 14:34 #

      El plazo de prescripción es correcto.
      Si prescribe la acción, no hay ningún efecto sobre scoring o antecedentes.
      Si en cambio lo que prescribe es la ejecución de la sentencia, significa que no pueden intentar el cobro judicial de la misma, pero los efectos relativos a antecedentes y puntaje se mantienen.

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  689. Federico 07/24/2010 a 19:36 #

    Me multaron hace años por manejar sin registro en la ruta 2, Mi mujer la que manejaba se descompuso y tome el volante.
    Ahora me llego sentencia de Pago por el equivalente a 300 L de combustible premium.

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  690. Claudio 07/22/2010 a 00:53 #

    Estimado Caceres, adquiri un vehiculo en Merlo, hice junto al titular en el momento la transferencia, y ya que soy de capital federal en merlo me dijieron que retire toda la documentacion en el registro de Capital, cuando el legajo fisico llega a Cap. me dicen que el vehiculo tiene dos infraciones por radar en la ruta 63 y una en la ruta 2, por un total de las 3 multas de pesos 1350.-, en el registro me dicen que firme la negativa de pago o que obligue al antiguo titular a abonarlas, el mismo se niega y ya ni me atiende el telefono, estimado Hugo, que hago es la primera vez que hago una trnasf. y no se que hacer desde ya me da bronca abonar algo que no cometi yo, pero al mismo tiempo me da miedo no pagar y que el dia que quiera cambiar el vehiculo deba mas de lo que sale, desde ya muy agradecido.Atte. Claudio

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    • Hugo Caceres 07/28/2010 a 20:02 #

      Firme la negativa de pago del Formulario 13 I, con lo cual recibirá su documentación. En principio no debe tener ningún problema posterior.

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  691. CAMILLETTISILVIA 07/21/2010 a 18:12 #

    TENGO QUE BONAR EN REPRESENTACION DE MI CLIENTE INFRACCIONES DE TRANSITO NO OCACIONDAS POR EL.PERO AFE¡CTA A SU AUTOMOTOR.SON DE DOLORES,PUEDO EN CAP.ABONAR CON PAGO VOLUNTARIO,YA QUE ES UN MONTO ELEVADO.GS

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    • Hugo Caceres 07/22/2010 a 12:46 #

      Si las infracciones ya se encuentran en el Juzgado, no hay posibilidades de efectuar el pago voluntario directamente. Puede comunicarse con el Juzgado y ellos pueden darle esa posibilidad nuevamente, y allí le indicarán de que modo efectuar el pago.

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  692. Roberto 07/16/2010 a 17:46 #

    Hugo, acabo de realizar la transferencia de mi vehiculo radicado en cap y a las 48 hs el nuevo comprador fue a buscar el titulo y surgio una infraccion de Santa Teresita el 28/12/09 por exceso de velocidad. El pudo retirar la documentacion y negandose a abonarla. Llamo al 0800 y me comentan de la infraccion y que fue enviada al anterior dueño a mi. Yo era titular de vehiculo en el momento de la infraccion. Ahora, puedo pedir la nulidad por no haberla recibido dentro de los 60 dias habiles de cometida? El nuevo titular tiene algun inconveniente por figurar esa multa?

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    • Hugo Caceres 07/19/2010 a 07:44 #

      Si ud. era el titular del vehículo al momento de la infracción, y la misma fue enviada a otra persona, entonces Ud. puede pedir se declare la caducidad por vencimiento del plazo del art. 28 de la ley 13.927

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  693. maria laura 07/16/2010 a 11:19 #

    hola! me realizaron una infracción en las cercanías de dolores (la policía pcial), ya que habìa comenzado a pasar un camiòn y me encontre con una fila de 6 camiones, sólo pude insertarme nuevamente ne mi carril luego de una curva, la multa es por traspaso en curva pero entiendo que hay alguna norma sobre cuantos camiones pueden ir en fila ó me conviene abonar en el pago voluntario?? gracias

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    • Hugo Caceres 07/19/2010 a 07:39 #

      No conozco una norma que especifique expresamente cuantos camiones pueden ir o no en fila.

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  694. Roberto 07/16/2010 a 10:17 #

    Buen día, ante todo gracias por responder tan claramente nuestras consultas.
    Compré en cuotas un vehiculo a la empresa donde trabajo, hasta que terminé de pagarlo me manejé cedula azul, ahora lo vendí a un tercero que vive en Avellaneda y me comenta que no puede transferirlo a su nombre porque tiene 5 infracciones (entre sept 08 y mar 09). Solicité a la empresa que las abonen y me dicen que no van a pagarlas porque tendrían que abonar las multas de toda la flota de vehiculos a nombre de dicha empresa y no esta permitido pagarlo solo de un vehiculo. Por favor asesorame si es así como me informa la empresa y si puedo ofrecerle una solucion alternativa a la persona que lo compró para que pueda realizar la tranferencia.

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    • Hugo Caceres 07/19/2010 a 07:37 #

      Las multas son individuales. Podrían abonarlas sin ningún tipo de impedimento. Intime fehacientemente el pago de las mismas.

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  695. pedro 07/14/2010 a 13:26 #

    quiero pagar el voluntario 24 hs despues de vencido
    o sea hoy 14 y no me atienden en el 0221 que hago? voy al banco igual

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  696. Federico 07/13/2010 a 12:16 #

    Hola mi duda es la siguiente me hicieron una multa por que segun el oficial de transito tenia el vidrio polarizado y es la tonalizacion que tiene el vidrio original y el 50% de valor de la multa que me impusieron es de $680 la cual no pieso pagar por improcedente se puede saber que puedo hacer o con quien puedo hablar, la multa me la hicieron en coronel vidal, y yo recido en lanus, hasta querian una coima para que no me hiciceran la multa.

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    • Hugo Caceres 07/13/2010 a 15:12 #

      Debe formalizar cualquier reclamo ante el Juzgado de Faltas interviniente. Que el presunto infractor manifieste que la multa es improcedente no es descargo suficiente, y el procedimiento continúa.

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  697. sebastian 07/12/2010 a 20:20 #

    Buenas tardes, una consulta, recibi una infraccion de la provincia de bs as de exceso de velocidad cerca de dolores de $550 y si la pago dentro de este mes sería la mitad, mi pregunta es: esas multas vencen a los 2 años de no haberla pagado?
    muchas gracias!

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  698. monica 07/09/2010 a 21:09 #

    sr.Caceres: soy de mar del plata y le llego a mi marido con su nombre y apellido a mi domicilio una infraccion con la foto de un auto nissan por exceso de velocidad del cual NUNCA fue titular. necesito saber cual es el descargo que debo hacer ya que el trabaja de chofer y tenemos miedo que mas adelante tengamos problemas para renovar el registro.

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  699. Ignacio 07/08/2010 a 21:10 #

    Que tal Hugo, compre un vehiculo que tenía deuda de infracciones en ruta 2. La anterior dueña no las pagó y quiero realizar el pago. En el momento de la transferencia firmé la negativa de pago en el registro del automotor de capital federal donde está radicado el auto. Donde puedo pagar esas multas, tratandose de infracciones en dolores, chascomus etc. Puedo hacer el pago en el registro aún habiendome negado anteriormente? Desde ya muchas gracias y aliviaría mi problema su respuesta. Saludos

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    • Hugo Caceres 07/09/2010 a 15:26 #

      Hace poco tiempo la Provincia de Buenos Aires firmó un acuerdo con el Registro Nacional de la Propiedad Automotor para que este actuara como agente de percepción de las multas. Yo creo que le van a aceptar el pago sin problemas. No es obstáculo que ud. haya rechazado las mismas al inicio del trámite.

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  700. Sol 07/08/2010 a 01:07 #

    Buenas noches, intentaré ser breve. En agosto de 2008 me pararon en Tordillo camino a la costa, no tenìa la vtv, me dieron un plazo de 10 dìas creo para hacerla. La hizo en tiempo y forma y enviè el comprobante por fax. En marzo de èste año me llega una cedula notificandome una resoluciòn por multa art. 22 ley 11.430 diciendome que cuando me citaron a realziar mi descargo no lo habìa hecho. Pero nunca me habian citado. No la pague. Ahora me llego una carta de un estudio privado diciendome que si no pago $450 me iniciaran juicio de apremios. Resulta que investigando veo que la infracciòn del art. 22 es por tener la patente en malas condiciones. Nunca me pararon por eso, ni me enviaron foto y ademàs mi patente está en pefectas condiciones y siempre lo estuvo. En ningun momento me dicen cuándo cometí la falta ni nada…que debo hacer? Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/08/2010 a 02:41 #

      Conteste la carta de intimación rechazando la misma por desconocer la existencia de tal infracción consecuente multa.
      Ocupese de averiguar efectivamente en qué juzgado se encuentra la causa original, y platee allí la nulidad de las actuaciones por defectos en la notificación. Posiblemente también puede oponer la prescripción de la acción.
      No se deje estar por que los plazos corren.

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  701. Eze 07/07/2010 a 17:00 #

    ¿Quisiera saber la direccion a la cual deberia mandar una notificacion de que yo no soy el dueño del auto que fue multado en dolores?, ya que ese auto ya fue vendido y no me pertenece.

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  702. julio 07/05/2010 a 20:14 #

    Sr Hugo el supuesto juzgado es el de Don Torcuato perteneciente a San Isidro, si Ud viera lo que es , un local con un porton a la calle, nadie da ninguna informacion, atendido por tres o cuatro mujeres jovenes ,sin preparacion ni educacion alguna, solo desean que uno abone la multa en el banco, no hay baños para mujeres, niños ni hombres, si eso es un juzgado ahora entiendo, como se encuentra la justicia en esta provincia, pero lo peor de todo es la prepotencia ,sobervia en que esta gente trata a las personas, realmente humillante.-

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  703. Pascual Antonio Fiamingo 07/05/2010 a 19:09 #

    HUgo quisiera aclarar algo dos de las fotomultas de camino centenario son del mismo dia una a las 12 y treinta y de vuelta a las 15 y treinta
    Yo pence que se trataba de la misma infraccion .Alli de la confucion ya que me fije fecha lugar pero no la hora .gracias

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  704. Pascual Antonio Fiamingo 07/05/2010 a 18:41 #

    Hola hugo buenas tardes recibi en mi domicilio cuatro fotomultas en un corto periodo de tiempo
    tres en camino centenari km 17 y una de santa teresita
    cuando llego la primera me fije el vencimiento para pagarla .Antes de que esto sucediera recibi un aviso que debia precentarme hacer el descargo ante el jusgado de faltas pensando que era por la infraccion primera y viendo que todabia faltaba tres o cuatro dias para vencer fui y la pague pagarla ,me apure y pague .y no me precente a hacer el descargo
    por ende me declararon en rebeldia condenandome a pagar 1551 pesos .Tengo derecho a plantear alguna defenza ya que fue un error involuntario de mi parte?.Tambien tendria que decir que no esta bien señalizada la baja de velocidad ,ya que la circulacien en la zona antes de la fotocamara es de 80 km bien marcado en un cartel central que abarca ambos carriles y luego la reduccion a 60 km se encuentra en el boulebard central solamente . no en el carril derecho .De muy dificil visualizacion si no se conoce su hubicacion .Pero a pesar de eso pague las infracciones sin protestar .Tengo algun derecho luego de la rebeldia? gracias hugo y disculpa la molestia.

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    • Hugo Caceres 07/06/2010 a 12:54 #

      El error involuntario que Ud. menciona no creo que sea suficiente fundamento para una defensa. Si ya pago todas las multas Ud. convalidó el procedimiento, por lo que ya no tendría oportunidad de reabrir el procedimiento.
      Si tiene la mala suerte de encontrarse nuevamente en una situación similar, no se apure a pagar.

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    • Pascual Antonio Fiamingo 07/14/2010 a 18:13 #

      Hola julio buenas tardes el 5 de julio le consulte por unas fotomultas en camino centenario km 17 .En una de ellas me declararon en reveldia condenandome a pagar 1551 pesos .La multa original era de 243 pesos por pago voluntario .pero por una comfusion con otra multa echa en el mismo lugar y en la misma fecha pague una pensando que era la unica .La multa de 1551 pesos tiene vencimiento para el 28 de julio,Puedo interponer alguna defenza?.Aclaro que el lugar esta mal señalizado ,y otro dato,en los ultimos dias agregaron otro cartel con la leyenda fiscalizacion de velocidad.cartel que en la fecha de la multa no existia. Gracias de antemano por la ayuda que usted presta .saludos

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      • Hugo Caceres 07/15/2010 a 16:39 #

        Si ya fue declarado en rebeldía, significa que lo que le notifican es la sentencia del Juzgado de Infracciones de Tránsito. Es una cuestión un poco más compleja a esta altura, pero quizás cabría oponer algún tipo de recurso de nulidad. Para ello habría que analizar los antecedentes del caso particular.

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      • Pascual Antonio Fiamingo 07/15/2010 a 19:00 #

        Buenas tardes hugo le agrego algunos detalles mas a ver si puede orientarme La primera de las fotomultas me la hacen camino de ida a la plata a las 12 y 30 hs y la segunda de vuelta a las 15 hshs .opte por el pago voluntario y cuando me llego otro aviso no le di importancia y era por la segunda de las fotoultas pensando que era la misma por la fecha y el lugar . Alli es que me declaran en rebeldia. le aclaro que el carril es de doble mano y solo esta señalizada en el centroco un cartel difisil de divisar mas si circula algun vehiculo por el carril izquierdo .y si tiene suerte de verlo tiene que frenar ya que al levantar el pie del acelerador no llega a bajar de 80 (que es la velocidad que tenia) a 60.Sobre el carril derecho no hay absolutamente nada.En los ultimos dias agregaron un cartel con la leyenda fiscalizacion de velocidad Yo pregunto : si estaba bien señalizado ¿porque lo hicieron?O es realmente un cazabobos?.Que alego en el recurso de nulidad? Desde ya gracias
        .

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      • Hugo Caceres 07/19/2010 a 07:33 #

        Los argumentos que utiliza en el comentario pueden ser también presentados en su recurso.

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  705. Pol 07/05/2010 a 13:34 #

    Sr Hugo Caceres, ante todo gracias por la ayuda prestada a la comunidad.
    Llegaron dos multas a mi casa y la señora que limpia en casa las tiro a la basura. Las 2 son fotomultas realizadas una en el parque pereira y la otra en ruta 2. Donde puedo realizar el pago voluntario si no tengo la multa en mano?

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    • Hugo Caceres 07/06/2010 a 13:40 #

      Llame a la Dirección de Seguridad Vial, y allí lo guiarán:0221-42-55-282 o 0-800-222-0024

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  706. Ernesto 07/05/2010 a 00:56 #

    Estimado, antes que nada agradezco su tiempo en la información que nos brinda, recibí una foto multa (la dejaron en mi casa, no había nadie) esto se considera como notificación ?? o me la tendrían que entregar en mano o recibirla alguna persona ??? se considera que estoy notificado dentro de los 60 días?? por otro lado, cual es el margen de tolerancia de las velocidades y a que distancia posterior al cartel de velocidad maxima (80kms) me pueden multar por ir al 96kms ?? ya que aminorar la marcha no es automaticamente frente al cartel, pregunto ya que en internet figuran varias personas con el mismo inconveniente en el km 203 de la ruta nacional 2 , muchas gracias

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    • Hugo Caceres 07/05/2010 a 13:17 #

      No hay margen de tolerancia previsto en la ley. Tampoco está prevista la distancia posterior en la cual debe estar colocado el instrumental, aunque esto se puede plantear como defensa y suele ser admitido.
      La notificación podría ser considerada válida en determinadas circunstancias.

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  707. julio 07/03/2010 a 00:33 #

    Hola que hago si no me presente en una citacion al juzgado de infracciones, puedo hacer algun descargo aun o que debo esperar, me notificaran algo ?como sigue el proceso porque nadie me dice y no puedo encontrar la legislacion respectiva saludos.-

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    • Hugo Caceres 07/03/2010 a 13:38 #

      Depende del Juzgado de Faltas de que se trate. Cada provincia y cada ciudad tienen su propia legislación de faltas.
      De todos modos, el procedimiento es mas o menos similar: si no se presentó a formular descargo al momento de ser citado, el procedimiento continúa, y se tiene su domicilio como constituido en los estrados del juzgado, donde serán notificadas las sucesivas resoluciones.
      No recibirá nuevas citaciones o notificaciones.

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  708. CLELIA 07/03/2010 a 00:28 #

    Hola SrHugo, gracias por su asesoramiento desinteresado y correcto, a mi me citaron del juzgado de Don Torcuato, creo que esta a mas de 60 kms de Lujan donde resido, fui citada para el dia 29 por exceder los limites de veloc , tengo entendido que hay un proyecto de ley que traslada los cinenometros y deja sin efecto las infracciones realizadas, es del 2009, aprobada sobre tablas .diputado Sr Javier Jano, por estar situados en lugar de dificil reduccion de velocidad sin ocasionar un accidente, lo cual se transforma en «cazabobos» segun la legislatura prov, es este un argumento valido para hacer mi decargo, puedo hacerlo aun o quedo en indefension juridica, tambien tengo entendido que el proced administrativo es informal., y no me permiten presentarme o enviar descargo por correo, que debo hacer para estar a derecho creo que toda persona tiene el derecho de presentarse aun en causas por delitos gravisimos y defenderse de la arbitrariedad de los funcionarios.-

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    • Hugo Caceres 07/03/2010 a 13:49 #

      La ley prevee expresamente que si se domicilia a mas de 60 kms. del Juzgado puede realizar su descargo por vía epistolar.
      En cuanto a los argumentos defensivos que menciona, podría plantearlos, pero desconozco el criterio del juzgado interviniente, como asi tambi♪n debe tenerse presente las circunstancias particulares de cada caso.

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  709. gisela 06/29/2010 a 19:53 #

    CONSULTA URGENTE!!!!!!!!!!!!!
    Me habia llegado un amultaa de geneal piral , partido de mar chiquita del verano, la verdd q me olvide de pagarla, pero tenia vencimiento, ,ejor dicho que pagaba el 50 % si lo hacia antes del mes de julio y recien hoy me acorde.
    pero la cosa es q no la encuentro.
    hay manera de bajar por internet la multa para ir a pagarla…..
    desde ya mil gracias,

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    • Hugo Caceres 06/29/2010 a 20:23 #

      No hay forma de obtener las actas de infracción on-line.
      Trate de comunicarse con la Dirección Provinical de Seguridad Vial: 0-800-222-0024 o (0221) 42-55-282

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  710. Facundo 06/28/2010 a 21:00 #

    hace unos dias recibi dos infraciones por exeso de velocidad en el km 113.5 de la autovia 2.. una con fecha 06/02/2010 y la otra 12/02/2010.
    Mi consulta es la siguiente : yo compre y realice la trasferencia el dia 10/02/2010 en gral. belgrano donde estaba radicado el auto, como puede ser que la primera multa me llegue a mi, si el auto no era mio en ese momento? como hago para hacer el descargo de la misma viviendo en capital federal? o directamente la tiro a la basura ?

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    • Hugo Caceres 06/28/2010 a 23:50 #

      Puede tirarla a la basura si lo desea, pero el procedimiento seguirá su curso hasta la sentencia.
      Con respecto a la infracción anterior a ser UD. titular, simplemente demostrando la fecha de transferencia se desligará de la misma.
      Por vivir a mas de 60 kms. del Juzgado puede realizar su descargo por vía epistolar.

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  711. oscar 06/26/2010 a 15:50 #

    Recibi multa del Km 17.5 Cno Centenario cometida el 15/12/2009 . La notificacion tiene fecha del 20/05/2010. Solo con esto de que supero los 60 dais habiles puedo pedir anulacion de la supuesta multa ? No hay foto, ni dice cual es la infraccion. Que pasa si hubo una notificacion anterior que no recibí

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    • Hugo Caceres 06/26/2010 a 16:11 #

      Acabo de contestarle. Por favor, entiendan que este es un blog gratuito y que a veces el tiempo no es suficiente para darles respuestas de inmediato.

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  712. diego 06/25/2010 a 17:39 #

    buenas tardes. me estan llegando fotomultas de la provincia de buenos aires del km 114 . cuando me llegan las estoy rompiendo porque considero que no hay cruce de informacion entre direccion de registros de transito. me podria decir si estoy equivocado y si estas caducan como en capital. soy de capital y mi auto esta registrado en capital. muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 06/25/2010 a 22:26 #

      La Provincia informa las infracciones de tránsito al Registro Unico de Infractores de Tránsito.
      Todas las infracciones tienen un plazo de prescripción.

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  713. javier 06/23/2010 a 17:09 #

    Hola
    Bueno yo abia explicado mi problema pero no tuve respuesta
    El sabado 19/06/2010 al km 90 por ruta 2 camino a la costa, que ese km pertenece a Bransen me para un control policial del cual me solicita los papeles de mi MOTO registro ,cedula verde y seguro, eso tenia todo en regla luego me solicita la VTV ( verificación tegnica veicular) del cual n lo tenia encima, el personal policial me hace una multa y procede a secuestrarme el registro, diciendome q luego de pagar la multa tenia q ir a buscar mi registro al JUZGADO DE FALTA DE LA PLATA
    El martes 22 realizo el pago de la multa, al dia siguiente llamo al JUZGADO DE FALTA DE LA PLATA para averiguar como donde y horario para retirar mi registro y me tuvieron toda una mañana pasandome de interno en interno, luego me dijeron q llame a seguridad vial , tambien lo mismo de un interno a otro de ahí me dijeron que seguro estaba en el JUSGADO DE DOLORES llame y nada
    Osea la multa ya lo pague no se si estuvo correcta esa multa o no pero ya esta
    Solo quiero recuperar mi REGISTRO DE CONDUCIR me podrian desir a donde va a parar los registros cuando pasa esto si ud sr Hugo Caseres me podria dar una ayuda le voy a agradecer mucho ya que no se mas que hacer, se me complica mucho por mi trabajo y el tiempo q tarde yendo a la plata sin saber bien a donde ir
    Comento soy de avellaneda
    Desde ya muchas gracias

    JAVIER

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    • Hugo Caceres 06/26/2010 a 18:27 #

      Por el lugar donde ocurrió la infracción correspondería al Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito de La Plata: Calle 53 Nro. 720, piso 2, La Plata.

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  714. Ezequiel 06/22/2010 a 23:48 #

    Hugo, te queria plantear mi situación. Recibi un multa por exceso en de velocidad en la ciudad de chascomus y esta en termino de pago vountario. El tema es que el auto sobre el cual me labraron la multa ya lo vendi y transferí y al momento de hacer la transferencia del auto no aparecia que existian multas. ¿debo pagar la multa o la misma ya es nula?

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    • Hugo Caceres 06/28/2010 a 10:45 #

      La multa no es nula. Las infracciones de tránsito se informan al registro una vez que concluye el procedimiento de faltas y queda firme la sentencia.

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  715. ANALÍA 06/22/2010 a 20:55 #

    Buenas hugo cómo le va .mi hermana recibió el mismo día dos infracciones camino a mar de las pampas, una en acceso a la ruta 2 y otra en dolores,ella es de capital federal y viajaba con motivos laborales , estaba segun el radar a 120 en ambos radares y si observa en esos momentos hay carteles indicando la disminucion a 80, la verdad es una persona super moderada pero no eran visibles los carteles de diosminucion de la velocidad y 120 es la velocidad crucero permitida¿tiene posibilidades de apelarla si se comprueba que no eran visibles dichos carteles?tiene que viajar a dolores ?Hay algúna locacion física en capital federal, una carta documento es muy fría y genera exacervaciones de ánimo

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    • Hugo Caceres 06/28/2010 a 11:18 #

      Puede pedir la prórroga de jurisidiccón para que su caso sea llevado ante el Juez de Faltas de su jurisdicción, o realizar descargo por vía epistolar.
      Tratándose la disminución de velocidad en este caso de una excepción a la velocidad normal permitida, la señalización debe ser claramente visible.

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  716. Felix Tomas Fernandez 06/22/2010 a 20:29 #

    En el dia de Hoy, recibi una notificacion de una multa de fecha 17/12/2009; causa N° 02-999-00831702-2. Esta intimacion es de un juzgado de la Calle 25 de Mayo 3735 Mar del Plata, Yo anteriormente no recibi ni fui notificado de infraccion alguna, tambien el n° de DNI, no es el mio, por lo tanto solicito que de existir alguna infraccion, se me de el trato de notificacion que corresponde

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  717. julia 06/22/2010 a 14:30 #

    hola! Quisiera saber que puedo hacer al respecto. Durante el mes de febrero del corriente año viajamos 4 días a Ostente, partido de Pinamar desde la ciudad de La Plata. Pasados varios días y ya de regreso a la localidad de Junín (Bs. As.) , donde vivimos; recibimos 2 multas fotográficas una de ida y otra de regreso a la altura de la localidad de Dolores. Solemos respetar las normas de transito por lo que ralmente desconocemos si superamos los limites de velocidad, ya que no recordamos especificaciones de ése tramo de la ruta. En el papel que recibimos consta la foto de la parte trasera del vehículo y debajo una pequeña especificación de la velocidad limite y la que supuestamente transitabamos. Tenemos tiempo hasta el 15 de Julio para acogernos al pago voluntario, pero las 2 suman mas de 500 pesos y se los hace dificil pagarlas. No queremos problemas pero tampoco vivimos en la juridiscción donde fue efectuada la multa. Cuando la multa pasa al Juzgado el monto de la misma varía? Que debemos hacer?

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    • Hugo Caceres 06/28/2010 a 02:30 #

      La notificación que recibió corresponde a la opción que otroga la Provincia de efectuar el pago voluntario, que consiste en el pago de un 50% del valor establecido para la infracción, reconociendo la comisión de la misma.
      En caso de no tomar esta opción, posteriormente recibirá una nueva notificación, en este caso proveniente del Juzgado de Infracciones de Tránsito, en la cual le otorgarán un plazo para presentar su descargo. En esta oportunidad ya no tiene la posibilidad del descuento del 50%.

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  718. isaac galante 06/22/2010 a 09:36 #

    Queria preguntarle dado su extenso conocimiento en la materia! Me labraron 4 fotomultas en la ruta 2. Las recibi en mi domicilio, prov de bs as, pero fueron dejadas «en el buzon» podrian ser atacables por no ser constatada la recepcion de las mismas (dentro de 60 dias etc…)?
    En el caso de no pago, cual es la prescripcion de las infracciones de transito? por que supongo que no deben ser los 2 años de las oblig extracontractuales, o si? En el supuesto de apremio judicial se suspenderia el plazo!? puede ser delegado? o deberia hacerlo la misma autoridad provincial? creo haber leido en la ley que no podian delegar la ejecucion. desde ya muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 06/28/2010 a 11:15 #

      Respecto a la notificación de las infracciones, podría plantarse la nulidad de las notificaciones.
      Las faltas de tránsito graves tienen plazo de prescripción de 2 años, no por tratarse de obligaciones extracontractuales, sino porque estar así establecido específicamente en la Ley.
      No se puede delegar en la provincia de Buenos Aires el control de las infracciones, pero nada se ha dicho acerca de las ejecuciones.

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  719. silvana 06/21/2010 a 23:31 #

    hola hugo, hoy en partido presidente peron nos hicieron una multa x pasar un semaforo en rojo, la cuestion es que pasamos semaforo en amarrillo y cambio justo, lo cual ya no podiamos frenar en el medio, nos freno lo hizo bajar de la camioneta le hizo el acta y nos quito el registro de conducir. es esto posible, y cuanto valen stas multas!. muchas gracias x tu ayuda!

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    • Hugo Caceres 06/28/2010 a 10:56 #

      El retiro del carnet está previsto legalmente.
      Las multas pueden llegar hasta un máximo de $ 3.200.

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  720. andres 06/21/2010 a 21:16 #

    como andas. recibi 3 multas por exeso de velocidad en dolore 2y en mar de ajo y vivo en cordoba capital,por lo cual no hay donde pagarlas, no me puedo comunicar con ninguno de los telefonos deseguridad vial, como hago para que no me saquen el beneficio del 50%, y si no las pago que pasa ya no se que hacer..si no hay donde pagarlas no queda suspendiso el procedimiento?la multa esta emitida el 1/02/2010 y me llego en abril no caduco? segun la ley13928..por fabor espero una respuesta desde ya muchas graciass

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  721. Diego 06/20/2010 a 22:10 #

    Estimado Hugo,
    he leído sus comentarios sobre la fecha de notificación y todavía tengo dudas de que fecha debo tomar, si la de emisión de la multa o si la de recepción en mi domicilio.
    Para sacarme las dudas he leído el art 28 de la ley 13.927, pero me genera más confusión porque no es clara la redacción que se utiliza:
    En el primer párrafo da a entender que la fecha es la de la emisión (El despacho de la notificación postal al presunto infractor de toda infracción que sea obtenida a través de instrumentos cinemómetros fijos automáticos, deberá ser realizada en un lapso no mayor a sesenta (60) días hábiles de la fecha de su comisión).
    Pero en el párrafo siguiente pareciera que es la de recepción, porque no dice nada de la emisión (Para el caso de no efectuarse la notificación en el plazo establecido precedentemente quedará operada de pleno derecho la caducidad de la acción por dicha infracción).
    Agradeceré me aclare este punto.
    Saludos cordiales
    Diego

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    • Hugo Caceres 06/26/2010 a 21:29 #

      Yo plantearía ante el Juzgado que el plazo debe contarse hasta el momento de la efectiva notificación, fundado en que de otro modo queda al arbitrio del emisor antedatar la fecha para cumplir con el plazo.
      Ejemplo: los 60 días se cumplen el 30 de mayo, pero el envío se hace el 30 de Junio, simplemente escribiendo: EMISION: 29 DE MAYO.

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  722. gustavo ali 06/17/2010 a 19:28 #

    hola el dueño anterior de mi auto recibio una fotomulta en chascomus
    y tiene que renovar el registro en capital el auto me lo vendio hace dos años
    puede tener problemas?
    gracias

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    • Hugo Caceres 06/25/2010 a 22:48 #

      Si la infracción fue notificada al Registro Unico de Infractores de Tránsito podría ser un obstáculo para la renovación.

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  723. MARTIN GARCIA 06/17/2010 a 00:48 #

    Hola Hugo, recibi dos multas fotograficas de la ruta 2, km 323 y 340. La infraccion fue cometida el 29/01/2010, la notificacion fue emitida el 20/04/2010 y recien le recibi en mi domicilio en cordoba el 06/05/2010. Es posible presentar descargo por caducidad de la multa ya que creo pasaron mas de 60 dìas? Como se presenta el descargo? Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 06/17/2010 a 12:09 #

      Al recibir la notificación con indicación del Juzgado interviniente y el plazo apra presentarse, puede formular el descargo oponiendo el plazo de caducidad previsto en el art. 28 de la Ley 13.927

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    • Fabián 06/24/2010 a 22:52 #

      Hola Hugo. Vivo en Pcia de Bs As. La persona que me vendió el auto hace 3 años mellamó diciendo que recibió citación por pasar semáforo en rojo en Capital en abril del 2010.
      Qué me conviene hacer? Yo pensaba que al ser otra jurisdicción la multa si no la pago con el tiempo caduca. Por otro lado, si bien la supuesta falta la cometí yo, a mí no me citaron aunque tengo hacha la transferencia y todos los papeles en regla… Agradeceré tu respuesta

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      • Hugo Caceres 06/26/2010 a 16:14 #

        Si el anterior titular se contacta con el Juzgado interviniente e informa que realizó la transferencia del automovil, o la denuncia de venta, no tendrá ningún problema, y posteriormente le enviarán la citación a Ud.

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  724. diego 06/16/2010 a 21:19 #

    Hola Hugo, muy buen blog! Una consulta, estoy por adquirir un auto radicado en provincia de bsas (olivos) y veo que tiene una multa por exceso de velocidad en capital. Quería saber si la multa puede ser una traba para realizar la transferencia y si yo como nuevo propietario puedo evitar el pago de esa multa que no me corresponde. muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 06/16/2010 a 23:48 #

      A continuación transcribo un párrafo textual tomado del sitio web Fiat128club.com.ar, que explica detalladamente la situación:

      En todas las transferencias, no importa de donde sea la radicacion del vehiculo (de donde provenga) le exigiran la cancelacion de las deudas por infracciones de transito. Como a la DNRPA le llego la informatica y el siglo XXI, el informe que reciben nuclea no solo a Cap. Fed y Pcia. de Bs. As. sino que tambien a varias Provincias del interior, de las cuales no puedo dar un detalle ahora porque se continuan agregando al convenio multilateral.

      Consecuencia, si va a transferir, y cuando se fue de vacaciones le labraron un acta por infraccion de transito en Cordoba, por ejemplo, la tendria que abonar al retirar el tramite en su registro, o le retienen la documentacion hasta el efectivo pago. * Pero a no desesperar.* ¡ Hay alternativas!!!, El comprador, y nuevo titular o su representante, debe solicitar firmar una «Negativa de Pago» tramite que se realiza en el acto llenando un muy simple formulario donde se expresa la improcedencia del cobro por no corresponderle a el la sancion, Esto es en el momento de ir a retirar la documentacion transferida, la cual le sera entregada como nuevo titular sin inconvenientes.

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  725. Agustin Tabarez 06/16/2010 a 08:08 #

    Hola, me llegó una fotomulta que me hicieron sobre Gral. Paz altura Superí por exceso de velocidad, si bien la velocidad máxima sería de 60 supuestamente yo iba a más de 100 km. Si bien yo quisiera presentarme para pagarla, al momento de pagar la multa, hay algún descuento por pago voluntario? Y si por casualidad me podrían decir más o menos en cuánto ronda el valor de una fotomulta por exceso de velocidad. Gracias.

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  726. Mauricio 06/15/2010 a 17:24 #

    Estimada Hugo.

    Me elaboraron un multa por exceso de velocidad el día 15/02/2010, en la jurisdicción de Chascomús, la notificación llego a mi casa el 15/05/2010. Esta excedida de los 60 días hábiles, por lo que estaria caducada. Estos días se consideran a partir de la fecha en que se cometío la falta y emiten la multa o en que la notificación llega al supuesto infractor. Le consulto esto porque en la multa figura que fue impresa el 04/04/2010. En mni caso esta caducado por un tardío aviso? Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/16/2010 a 02:07 #

      Creería que el plazo del art. 28 de la Ley PRovincial de Transito está excedido, debería plantearlo al momento de hacer el descargo ante el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito.

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  727. Ricardo 06/15/2010 a 14:43 #

    Señor Hugo Cáceres.- Yo estoy radicado en Capital Federal, he recibido una infracción para Pago voluntario, pero no pude abonarla, he recibido la 2da. infracción para abonar el 100%. EStoy complicado para abonarla. Qué sucede si no la pago considerando que mi Registro es de Capital. Mi caso es similar a otros que leí en su blog. O sea por velocidad.- Muchas gracias, espero sus comentarios. Saludos

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    • Hugo Caceres 06/16/2010 a 02:09 #

      Si la multa no se paga puede ser ejecutada judicialmente (algo que habitualmente NO sucede), pero además es informada al Registro de Infractores de Tránsito, con lo cual puede provocarle algún tipo de inconvenietne al renvoar su licencia o transferir el vehículo.

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  728. Roberto M Serrano 06/15/2010 a 12:06 #

    vivo en Neuquén y quiero pàgar una multa por exeso de velocidad, y no me la cobran ni en el Bco provincia de Neuquén, ni Bco Nación ni Bco Macro se puede pagar en Pago Fácil., o donde desde Neuquén. Quisiera que me mande respuesta a la brevedad muy agradecido DR Roberto Serrano

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    • Hugo Caceres 06/16/2010 a 02:10 #

      Se puede comunicar con el (0221) 42-55-282, correspondiente a la Dirección Provincial de Seguridad Vial.
      Si la provincia de Buenos Aires ha puesto en marcha algún tipo de convenio para recibir los pagos en su provincia a través de otra institución, se lo hará saber, de lo contrario deberá enviar un fax, informando que no existe lugar donde efectuar el pago, y el procedimiento quedará suspendido, sin perjuicios para Ud.

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  729. eduardo 06/15/2010 a 08:08 #

    Sr. Caceres. mi caso es el siguiente. el dia 31 marzo del coriente año el control urbano de berazategui me labro una infraccion en la avenida dardo rocha entra las calles 14 y 21, motivo: hay un semaforo en el cual nadie para cuando llego a el estaba en rojo yo pare pero con la insietencia y bicinazos de los veiculos que estaban detras arranque antes de que me diera el verde, yo le esplique que recinocia que arranque en rojo porque me apuraban los otros autos, de todos modos me hiso la boleta y dijo que tenia 24 horas para hacer el descargo en el tribunal de faltas, fui a hacerlo en forma inmediata pero me dijeron que tenia que esperar 3 meses la notificacion para luego hacerlo por escrito y que el valor de la multa es de 1200 pesos y que puedo hacer un pago voluntario de 600.me parece un robo total¿es valido ese valor tan exagerado.tengi mi vehiculo con todas las de la ley ni siquiera me falta una lamparita y nunca en 25 años que manejo me hicieron una boleta. gracias por su atencion.

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    • Hugo Caceres 06/17/2010 a 12:22 #

      El valor señalado es el que establece la ley.
      Y el procedimiento que le indicaron es el correcto. Debe esperar a recibir la citación del Juzgado, para concurrir a efectuar su descargo, salvo que opte por el pago voluntario.

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  730. Marcelo 06/14/2010 a 15:47 #

    Hola Hugo Caseres, muchas gracias por su ayuda.

    Me llegaron 2 multas fotograficas de la ruta 2.

    Ambas del mismo dia y con una diferencia de 44 minutos, una en el km 323 y otra km 340.
    (44′ para recorrer 17 kilometros, poco probable).

    El tema de mi consulta es:
    si es valido «Impugnar la presunta presencia de funcionario público en la constatación de la infracción. »

    Puesto que en ambos casos donde dice:

    Apellido y nombre autoridad de constatacion dice:
    Mi. de Jef. de Gabinete de Ministros.

    luego mas abajo
    Firma autoridad de constatacion , esta la firma y dice:
    Dr Emiliano Manuel Baigorria
    Director provincial de politica y seguridad vial.

    A mi entender ninguna de estas dos personas estuvo constatando infracciones en la ruta ese dia.

    Y en el peor de los casos no puede estar en los dos sitios al mismo tiempo.

    Saludos y muchas gracias

    Marcelo

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    • Hugo Caceres 06/15/2010 a 23:39 #

      Estoy de acuerdo con su planteo, aunque habría que determinar si se trata de sistemas automatizados o no.

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  731. Juan Manuel 06/11/2010 a 23:09 #

    Hola, me llego una notificacion de una infraccion de la ciudad de buenos aires donde se me acusa de manejar utilizando el celular, pero yo vivo en cordoba y nunca fui a buenos aires. la multa figura que la infraccion fue a las 10 de la noche, lo cual me hace pensar que se equivocaron en la patente, pero la notificacion de la multa no dice modelo ni color del vehiculo. llamo y me dicen que el auto no concuerda y que mande un mail con la cedula verde escaneada a un mail que me dan ellos en forma de descargo (no me gusta enviar documentacion por mail) asi que solo escribo un mail alegando que nunca estuve en buenos aires. han pasados unos dias y no tuve respuesta. Hice bien? que deberia hacer?
    Saludos y gracias desde ya

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    • Hugo Caceres 06/23/2010 a 13:08 #

      En realidad debería enviar la documentación que le solicitaron, y no una argumentación defensiva.
      Si no desea enviar documentación por email, tendría que arbitrar los medios para hacerlo de otra manera, pero sin dicha documentación dificilmente le hagan lugar a su planteo.

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  732. Miguel Risso 06/09/2010 a 18:25 #

    Buenas tardes, hoy recibi una cedula de notificacion del juzgado de faltas municipal Nº 3 de La Plata porque aparentemente realice una infraccion de transito con mi moto. Resulta que la misma me la robaron en Junio de 2008, tengo la denuncia y los papeles de la misma. Que debo hacer? Presentarme ante el juzgado? Gracias

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    • Hugo Caceres 06/17/2010 a 00:33 #

      Le convendría presentarse en el Juzgado para dejar aclarada esta situación.
      Por otra parte, quizás también le convenga presentarse ante el Juzgado o Fiscalía donde trámita la denuncia por sustracción y aportar la información del Juzgado de Faltas, dado que ello significa que está circulando con la patente original, y puede ser ubicada.

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  733. Rosa 06/09/2010 a 15:22 #

    Hola Hugo me llego una foto multa por exceso de velocidad en la ruta 2 a la altura de chascomus creo que km 113,en un primer momento no la quise pagar porque no confio en esas cosas…pero despues pense bueno la pago y listo,antes de hacer tanto lio…que me aconsejas???la tengo que pagar ???y en ese caso como puedo contactarme con la municipalidad para que me manden el recibo ota vez,porque aparte de todo perdi el papel que me mandaron…
    Muchas gracias

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  734. Luis A. Merino 06/09/2010 a 13:07 #

    El 16 de abril de 2010 recibi la notificación de una fotomulta de una infracción cometida el 24 de enero de 2010. Debo abonarla o caducó la multa? Gracias

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    • Hugo Caceres 06/16/2010 a 00:39 #

      En la Provincia de Buenos Aires la presunta infracción debe ser notificada dentro de los 60 días hábiles posteriores a la comisión del hecho.

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  735. Mati 06/08/2010 a 22:59 #

    Hola. Disculpe la molestia. Estuve leyendo atentamente las preguntas y respuestas y no encuentro ayuda respecto al concepto de «notificacion con constancia de recepcion» tal lo prevee el articulo 69 de La ley 24.449. Dado su gran conocimiento del tema le pregunto: usted cree que las notificaciones que formula la provincia de las fotomultas, las cuales son dejadas en buzones o por debajo de la puerta, cumplen con dicha constancia de recpecion? La información que suministra un correo privado, en cuanto a que procedió a notificar y la fecha de dicha notificacion hace plena prueba? Me gustaría conocer su opinion al respecto, y disculpe la molestia.

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    • Hugo Caceres 06/16/2010 a 00:36 #

      Yo entiendo que las notificaciones, tal como se realizan actualmente no cumplen con los requisitos exigidos por la ley.
      Proximamente publicaré una rtículo al respecto.

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  736. Gustavo 06/08/2010 a 16:32 #

    Hola Hugo, una consulta, si tengo pendiente una multa por exceso de velocidad en capital, es inconveniente para realizar una transferencia en provincia en la que tanto comprador como vendedor (yo) son de provincia y el auto esta radicado tambien en provincia (lomas de zamora)? Hay cruce de datos entre capital y provincia? o son independientes?

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  737. GERARDO 06/08/2010 a 12:31 #

    hola hugo,necesito saber que puedo hacer ya que vendi un auto y el comprador al iniciar la transferencia ,le informan que tiene una multa cometida el dia 11/10/2009 a las 21.32 hs en ruta 2 km 203 por no respetar los limites de velocidad correspondiente.El tema es que nadie me paro para hacerme una multa y tampoco me mandaron una fotomulta o una notificacion a mi domicilio que es el mismo que figura en el registro automotor.asi que si yo no vendia el auto nunca me enteraba. hay algo que pueda hacer porque llamo al juzgado de faltas de dolores ( 02245-441634/441672 ) y es imposible comunicarse.

    muchas gracias

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  738. gustavo 06/07/2010 a 18:11 #

    una consulta recibi dos multas ruta 63 y ruta 11 el mismo dia 1-3-2010 ….y dice en la multa 21-5-2010 que la imprimieron yo la recibis despues de esa fecha …a vos te parece que no las pague hay alguna forma de que el juez no me las reclame ya que me parece muy alto el valor de las multa 500 $ cada una

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    • Hugo Caceres 06/15/2010 a 23:53 #

      El alto valor de las multas no es causal de justificación, debería intentar algún otro tipo de defensa.

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  739. Veronica Rovera 06/07/2010 a 17:55 #

    Los 60 dias habiles se cuentan a partir del dia de la infraccion, eso esta claro, pero se cuentan hasta que la notificacion llega al domicilio o que fecha hay que tener en cuenta?
    A mi me llego el 03/06/10, siendo la fecha de infraccion el dia 22/02/10.
    Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 06/15/2010 a 23:52 #

      En algunos Juzgados de Faltas se interpreta que se cuentan hasta que se emite la notificación, pero quizás un buen planteo aduciendo que se debe hacer hasta el momento de la efectiva recepción sea bien receptado.

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  740. Federico 06/05/2010 a 10:49 #

    At. Sr Hugo Caceres:
    Me dirijo a ud por lo siguiente. Compre un auto el 27 de mayo de 2010. Al hacer la transeferencia en el registro me informan que hay dos multas, 1 de octubre de 2009 en Ruta 2 y otra de diciembre de 2009 en Ruta 11. La persona a la cual yo le compre el auto, era la titular desde febrero de 2008 y es quien cometio las infracciones. Las mismas no fueron notificadas a el, sino al titular anterior (seria el 3er titular anterior a mi). Por lo tanto el titular del auto en ese entonces y quien cometio las infracciones nunca fue notificado fehacientemente. Puedo pedir la nulidad de las infracciones porque el dueño anterior no fue notificado dentro de los 60 dias habiles?Puedo alegar ademas, que siendo ahora yo titular del auto las mismas no me corresponden? Ambas multas corresponden a la jurisdiccion de Dolores, yo soy de capital. La carta al Juez de faltas debe ser si o si mediante carta documento? ya que quiero adjuntar fotocopia de titulo y cedula verde a mi nombre. Muchas gracias y espero su respuesta

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    • Hugo Caceres 06/15/2010 a 23:29 #

      La respuesta es SI a sus dos cuestiones.
      La carta documento es usualmente utilizada por cuanto queda constancia de su contenido, con valor probatorio.
      Podría enviar la carta documento con la argumentación referida, y por carta certificada o por fax la documentación.

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  741. Clara 06/04/2010 a 13:42 #

    Consulta, recibi una fotomulta por exceso de velocidad en la ruta 2 a la altura de mar chituita. En la notificacion de infraccion no atarece la fecha de caducidad de la calibracion del equipo que mida la velocidad asi como tambien la foto esta tan reencuadrada que practicamenet solo se ve la petente, o sea no muestra si algun auto iba a la par mio y pudo haber un error de medicion. Se puede discutir esta multa o me conviene realizar el pago voluntario ?? Gracias

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    • Hugo Caceres 06/07/2010 a 12:59 #

      Efectuar un descargo o no, pagar o no pagar, es una decisión personal que excede la finalidad informativa de este blog.

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  742. oscar festa 06/04/2010 a 13:10 #

    QUERIA HACER UNA CONSULTA ME LLEGARON DOS FOTOMULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD, UNA ESTA BIEN Y LA VOY A PAGAR POR PAGO VOLUNTARIO PERO LA OTRA NO ES MIA CORRESPONDE A UN PALIO Y MI AUTO ES UN HONDA CIVIC, LO QUE PASA ES QUE MI PATENTE ES HMS636 Y EL PALIO ES HWS636 APARENTEMENTE SE EQUIVOCARON AL CARGARLA. QUERIA SABER DONDE TENGO QUE LLAMAR PARA QUE REGULARICEN ESTA SITUIACION. MUCHAS GRACIAS

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    • Hugo Caceres 06/07/2010 a 13:00 #

      Al organismo del cual le enviaron la notificación.
      No puedo darle mas precisiones porque no se informa de qué ciudad/provincia se trata.

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  743. Federico 06/04/2010 a 12:00 #

    At. Sr. Hugo:
    Mi consulta es la siguiente, compre un auto y en el registro me informan que hay 2 multas, una del 9 de oct de 2009 en ruta 2 y otra del 31 de dic de 2009 en ruta 11. Segun averigue, se le notifico de las infracciones al 3er dueño anterior a mi y no a quien las cometio, que seria la persona que me vendio el auto a mi. Vale aclarar que la persona que me vendio el auto, era titular del mismo desde el 2008 por lo cual las notificaciones deberian haberle llegado a el, y no al anterior dueño. Puedo pedir la nulidad de las multas ya que nunca fue notificado quien deberia haber sido notificado? ya que pasaron mas de 60 dias habiles de cometidas las infracciones. Tengo entendido que puedo solicitarlo via carta ya que corresponde a la jurisdiccion de Dolores y yo vivo en Capital. Tiene que ser si o si mediante carta documento? Ademas puedo alegar, que yo como nuevo titular no cometi las infracciones? Adjuntando fotocopias de titulo y cedula verde? Muchas gracias y quedo al aguardo de su respuesta

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    • Hugo Caceres 06/07/2010 a 13:03 #

      Si las infracciones son anteriores a la fecha de transferencia del vehículo a su nombre, no hay rsponsabilidad de su parte, y la comunicación de esta circunstancia al Juzgado es suficiente, adjuntando copia de la documentación respectiva.

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  744. Veronica Rovera 06/03/2010 a 23:31 #

    ME LABRARON UNA MULTA FOTOGRAFICA EL 22 DE FEBRERO Y ME LLEGO EL 02 DE JUNIO DE 2010. PASADOS LOS 60 DIAS HABILES, DEBO PAGARLA O LA MISMA YA CADUCó?

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    • Hugo Caceres 06/07/2010 a 13:20 #

      En principio, pasados los 60 días hábiles establecidos en el art. 28 de la Ley 13.927, en la Provincia de Buenos Aires,se produce la caducidad de pleno derecho.

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  745. Esteban 06/03/2010 a 12:40 #

    Hola quisiera saber donde debo enviar carta documento de descargo por fotomulta realizada en ruta 11 km 329.8 en mar del tuyu ya que en la dicha multa no figura direccion alguna donde enviarla.
    Agradecere su ayuda .
    Atte Esteban de Còrdoba

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    • Hugo Caceres 06/03/2010 a 17:59 #

      La primer notifiación que recibe es solo apra otorgarle la opción de pago voluntario.
      En caso de no optar por dicho pago, posteriormente recibirá una nueva cécula de notificación en la cual le harán saber el Juzgado interviniente, con dirección y teléfono, como así también el plazo otorgado para formular el descargo respectivo.

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  746. olga 06/02/2010 a 22:41 #

    Hola Sr Hugo, me ha llegado la 2da notificacion para ir al Juzgado adm de Don Torcuato, por una multa por cinemometro, yo no conducia el auto lo hacia mi novio, el auto esta a nombre mio, el como abogado puede presentarse en mi representacion y hacer el descargo correspondiente? yo trabajo y no puedo ir, que pasa si no es tenido en cuenta y se rechazan los argumentos ,se paga el mismo monto 517 o hay otro monto superior al intimado?

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    • Hugo Caceres 06/03/2010 a 18:02 #

      Puede prsentarse, siempre y cuando tenga un poder otorgado por Ud. a dichos efectos.
      El monto final lo determina el Juez interviniente, y puede ser superior al mencionado.

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  747. Norberto 06/02/2010 a 11:23 #

    Recibí la notificación de una multa en Pcia de Bs As (Ruta 11 – Mar del Tuyu), habiendo transcurrido mas de 60 dias Habiles desde la comisión de la infracción. El descargo, ¿podrá presentarse en forma de carta documento o deberé concurrir personalmente a la audiencia?. En el caso de que deba concurrir personalmente ¿en que domicilio se fijara la misma?. Si opto por no pagarla y discutirla en estos terminos ¿tendré inconvenientes al renovar el registro de conducir o querer transferir el auto?. Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/02/2010 a 22:38 #

      Si se domicilia a más de 60 km. de la sede del Juzgado puede efectuar su descargo por vía epistolar.
      Los plazos para efectuar el mismo, y la dirección del Juzgado interviniente le serán dados a conocer en la notificación respectiva.
      Mientras la sentencia del Juzgado de Faltas no se encuentre firme, la misma no es informada a los Registros.

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  748. nicolas 06/01/2010 a 21:44 #

    hola me llego una multa de un auto que ya lo vendi y luego al otro dia de venderlo hice la denuncia de venta pero nunca fui a retirar la copia, lo que si tengo es la boleta del pago, me sirve eso para hacer el descargo?

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  749. Eduardo Gonzales 06/01/2010 a 21:32 #

    Buenas tardes, me ha llegado una notificacion de multa pero sin ningun tipo de aviso de retorno, ni firma, ni nada similar.
    Aparecen en mis datos, por ej en marca de vehiculo nada, donde dice modelo dice ford y en año directamente nada.
    Por otro lado figura en dia de llegada 27/05, cuando recien la recibi hoy 01/06/2010.
    Tambien esta el tema que de acuerdo al articulo 35 inciso C, debe tener aviso de retorno, el cual no tiene, y tampoco se si hay una declaracion jurada del empleado postal como dice la norma.
    Desde ya le agradezco.

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    • Hugo Caceres 06/02/2010 a 22:33 #

      Ya he hecho mención al tema de las notificaciones en reiteradas oportunidades.
      No se cual es su duda en este caso, como para darle mi opinión.

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  750. Claudio 05/31/2010 a 17:06 #

    Hola. Hoy recibi una fotomulta por exceso de Velocidad en la Avenida Triunvirato al 6300 de la Ciudad A. de Buenos Aires. En ella figuran mis datos verdaderos y los de mi coche, pero la foto no corresponde. Yo nunca estuve en BS AS con el coche.
    Yo resido en Misiones, a 1200 Km. Estoy pensando en iniciar acciones judciales porque estoy podrido de que me digan «lo siento, fue un error» y nadie se hace cargo de nada. Si mis impuestos son para pagar los sueldos de unos inutiles que no saben identificar una patente que bayan a barrer las calles.

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  751. julio 05/31/2010 a 07:01 #

    Hola no es un tanto peligroso para el ciudadano que viaja normalmente por una ruta (28 Pilar Rodriguez), yo lo hago diariamente, recibir una infraccion por no respetar limites reglamentarios de velocidad previstos, simplemente por una foto, no se produce una cierta indefension juridica, mas si esa ruta no se encuentra señalizada en todo su recorrido sino solamente al llegar cerca del puente Gaona, zona urbana,como puede ser que las 4×4 viajen a 160 o mas y al llegar al km 2,2 aminoren su marcha a 80 y a los cien metros a 60, si yo o cualquier persona prudente cumplo con esos dos carteles, lo que voy a producir es un accidente, me pasan literalmente por encima o lo menos recibo diez mil puteadas, realizando un recorrido de dos kms en cuarta y a 55 kms por hora, soy un convencido que esos dos carteles que solo dicen 80 y 60 estan ahi colocados estrategicamente para quien no sabe de las camaras tenga como yo que pagarlas, cuando en realidad se nos esta engañando , si realmente quisieran solucionar y controlar el transito en las rutas deberian colocar carteles luminosos y que no den lugar a dudas de la velocidad que se debe recorrer en toda la ruta, y no solo al llegar a dos kms del pueblo.Me gustaria saber si este podria ser un argumento valido para evitar pagar la segunda multa que me envian.gracias

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  752. julio 05/31/2010 a 06:27 #

    Hola el dia 7 de mayo vencio el plazo para acogerme al pago voluntario por multa cinemometro ruta 28 km 2,2 gral rodriguez, , quisiera saber si puedo abonarla aun todavia no me llego la 2da intimacion, saludos y gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 05/31/2010 a 16:03 #

      Teoricamente no podría, pero conozco casos donde se comunicaron con la Dirección de Seguridad Vial y se pudo efectuar el pago aún después de vencido el plazo.

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  753. Pablo 05/30/2010 a 23:33 #

    Hola Hugo, recibí una notificación de multa con fecha 28/9/2009 (causa Nº 02-999-00276742-7) a mi nombre de un vehículo que vendí, se transfirió (a mi cargo) en 1998 y dado que recibí infracciones con posterioridad a ello realicé la denuncia de venta en el registro porque el comprador no retiraba el trámite.

    ¿que tengo que hacer para que el dueño actual se haga responsable?

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    • Hugo Caceres 05/31/2010 a 16:05 #

      No debe hacer nada, ya que Ud. está legalmente protegido al haber hecho la denuncia de venta, por las infracciones posteriores a dicha denuncia.
      En todo caso, si lo desea puede remitir una documentación al Registro Nacional de la Propiedad Automotr intimándolos a actualizar sus registros y/o archivos.

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      • Pablo 11/03/2010 a 21:42 #

        Estimado Hugo, disculpe que lo moleste nuevamente con este tema, tal como me informó en su momento, no realizé ninguna gestión y opté por no intimar al R.N.P.A. para que acualize los datos en la base.

        Recibí hoy 3/11/2010 una notificación de resolución del acta de infracción donde se me informa que al no efectuar ningun descargo, dan por aceptada la infracción y el valor de la misma es de $ 1358,70, que tengo que hacer???, la multa existe, solo que el titular no soy yo…

        Gracias

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      • Hugo Caceres 11/04/2010 a 06:45 #

        Primero: reclame al RNPA la actualización de los registros respectivos, como le había sugerido en el comentario del 30 de mayo.
        Segundo: envíe una carta (documento o certificada con aviso de retorno) al Juzgado interviniente, adjuntando copia de la denuncia de venta, a fin de acreditar que usted no era titular del vehiculo al momento del hecho.

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  754. LUIS 05/30/2010 a 21:26 #

    SR. HUGO RECIBI UN ACTA DE INFRACCION DE UNA MULTA EN DOLORES. PARA REALIZAR PAGO VOLUNTARIO EN CORDOBA A DÓNDE LO HAGO?
    GRACIAS

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    • Hugo Caceres 05/31/2010 a 16:10 #

      En Córdoba no hay sucursales del BaPro, por lo que no tiene posibilidades de realizar el pago.
      Comuníquese con la Dirección Provincial de Seguridad Vial: (0221) 42-55-282 y allí le informarán como proceder en este caso.

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  755. jose 05/29/2010 a 22:18 #

    hola , hugo le hago una consulta: me hicieron una multa en mar del tuyu ruta 11 km 329.8 , 22 de enero de 2010 y se notifico 15 de abril , pero llego a mi domicilio 15 dias despues , cuya max era de 40 km y pase a 66 km , el numero de la maquina fotomulta no esta en los listados del inti puede servir para el descargo , soy de cap fed muchas gracias

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    • Hugo Caceres 06/02/2010 a 22:20 #

      Es un elemento a tener en cuenta, pero debe asegurarse de que el listado del INTI se encuentre actualizado. En la página del INTI hay una dirección de correo electrónico a traves de la cual puede consultar, y usualmente contestan rápidamente.

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  756. Diego Alvarez 05/29/2010 a 01:23 #

    Buenas, me llego una multa por exceso de velocidad en Chascomus. Me dice que puedo hacer el pago voluntario con un descuento del 50%.
    Es cierto que prescriben a los dos años por mas que quede asentado que fui notificado? Cuando empiezan a contarse esos dos años? Gracias desde ya.

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    • Hugo Caceres 05/31/2010 a 15:44 #

      Los plazos de la prescripción corren desde el momento de la infracción, pero se suspenden por la denominada secuela del proceso, es decir toda actividad tendiente a llevar adelante el proceso.

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  757. roberto 05/28/2010 a 21:21 #

    recibí una multa por exceso de velocidad de la ruta 63 en Dolores, yo vivo en Capital, en la foto no sale legible el numero de chapa. hay posibilidad de no pagarla.gracias

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    • Hugo Caceres 05/31/2010 a 15:43 #

      Si en la foto no se ve la patente es claro que no puede imputarsele una falta. Debería plantearlo al momento de ser citado por el Juzgado de Faltas.

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  758. Matias 05/28/2010 a 14:38 #

    Hola Hugo
    Me llego una multa el 26 de mayo de la ciudad de chascomus
    La infraccion es del dia 1 del 3 del 2010 y en el margen superior de la multa del lado derecho dice PAGO VOLUNTARIO La Plata 12 de mayo de 2010
    eso quiere decir q pasaron los 60 dias no? que debo hacer?? tengo q pagar la multa??

    Gracias

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 14:56 #

      He dicho muchas veces ya, que pagar o no pagar no es una decisión personal, respecto de la cual no emito opinión.
      Debe evaluar las siguientes circunstancias.
      LA notificación que recibe proviene de la Dirección de Seguridad Vial, y únicamente tiene por objeto darle la posibilidad de efectuar el pago de la multa prevista con un 50% de descuento.
      En caso de no hacerlo, posteriormente las actuaciones son remitidas al Juzgado de Infracciones de Tránsito, el cual le enviará una nueva notificación, otorgándole un plazo para presentarse, por sí o por apoderado, a efectuar el descargo que estime pertinente.
      En ese momento puede plantear la caducidad prevista en el art. 28 de la Ley 13.927 (si esta se hubiera producido), o cualquier otra defensa que haga a su derecho.
      Si Ud. no se presenta, el procedimiento sigue su curso.

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  759. Inés 05/28/2010 a 13:38 #

    Hola Hugo!!
    He recibido una fotomulta por exceso de velocidad sobre ruta 2 (Coronel Vidal). En la fotomulta dice que la velocidad permitida en ese tramo es de 60.
    Hace unos días volví a hacer el recorrido filmando los carteles indicadores de velocidad y mojones, y descubrí que la velocidad máxima permitida en dicho tramo es de 80 y no de 60 como aducen; y en el kilómetro donde me hacen la infracción no sobrepaso los límites de velocidad permitidos, ya que muuuchos metros antes hay un cartel que me permite ir a velocidad superior a la que iba.
    Se puede considerar la fotomulta como inválida porque figura una velocidad máxima que no es la permitida en realidad??? Si no es así, me sirve el video como prueba para hacer mi descargo o necesito otro elemento probatorio???
    Desde ya muchas gracias!!!

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 14:57 #

      El video sirve como prueba, debe plantearlo en el momento procesal oportuno, ante el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito.

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  760. Adrian 05/28/2010 a 13:17 #

    Buenas.. recibi dos multas por exceso de velocidad. Una sobre la ruta 2 (castelli) y otra sobre la ruta 63(dolores). Consultando en el INTI, los radares estarian habilitados. La fecha de «emision» de esta multa es anterior a los 60 dias habiles de cometida la falta. pero a mi me llegaron despues de estos 60 dias pero yo no firme nada ya que estaban abajo de la puerta. Este tipo de notificacion es valido?.

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 15:02 #

      En principio la notificación, ya lo he explicado en otros comentarios, no sería válida, pero ello no significa que el procedimiento se detenga.
      Si Ud. no se presenta, el proceso continúa hasta la sentencia. Ud. podría luego plantear la nuliad al momento de tomar conocimiento fehaciente, pero advierta que esto suele suceder al momento de realizar algún trámite en el Registro Automotor, o al intentar renovar su licencia, con las consiguientes demoras hasta que se declare la caducidad o nulidad.

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  761. cristian escobar 05/28/2010 a 00:37 #

    ah, me olvidaba, la fehca que tiene arriba de la multa (los datos para el coreo estan impresos como toda la multa original), lo que prueba que se cumplen los 60 dias.

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  762. cristian escobar 05/28/2010 a 00:35 #

    buenas noches, recibi una multa fotografica de la ruta 2 km 113.5, la misma tiene fecha de fotografia del 01/02/2010, la fecha de emision del documento es el 23/04/2010 (58 dias habiles eliminando los feriados y contando el dia de fehca de emision de la multa), por lo que lei en los blogs, si pasan 60 dias habiles de emision, la multa caduca, a mi casa llego en mayo, es mas , en la impresion del correo tiene los datos de entrega de la multa y una fecha arriba de la localidad: 09/05/2010. La debo pagar o debo apelar que me llego fuera de plazo (mayor a 60 dias de cometida la infraccion?, la maxioma era 80km/h y el vehiculo circulaba segun iundica el radar a 104,75 km/h., cual es la tolerancia a la maxima?)

    muchas gracias por la ayuda

    CRISTIAN.
    PD: EL PAGO VOLUNTARIO ES DE 263.93 QUE TENDRIA QUE PAGAR ANTES DEL 25/06/2010 (NO SE ENTIENDE QUE EL VENCIIMIENTO SEA 2 MESES DESPUES DE LA EMISION, SI A MI ME LLEGO 2 SEMANAS DESPUES POR CORREO.

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 15:10 #

      He dicho muchas veces ya, que pagar o no pagar es una decisión personal, respecto de la cual no puedo emitir una opinión, dado que depende de sus circunstancias particulares y los elementos que tenga para ejercer su defensa.
      Debe evaluar las siguientes circunstancias.
      La notificación que recibe proviene de la Dirección de Seguridad Vial, y únicamente tiene por objeto darle la posibilidad de efectuar el pago de la multa prevista con un 50% de descuento.
      En caso de no hacerlo, posteriormente las actuaciones son remitidas al Juzgado de Infracciones de Tránsito, el cual le enviará una nueva notificación, otorgándole un plazo para presentarse, por sí o por apoderado, a efectuar el descargo que estime pertinente.
      En ese momento puede plantear la caducidad prevista en el art. 28 de la Ley 13.927 (si esta se hubiera producido), o cualquier otra defensa que haga a su derecho.
      Si Ud. no se presenta, el procedimiento sigue su curso.

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  763. jorge 05/27/2010 a 22:41 #

    me llego mi primera multa del13/2/10 en mar del tuyo velocidad de circulacion 066.3 km/h max permi 40km/h, soy de capital donde la pago?
    gracias

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  764. nestor giovanetti 05/27/2010 a 10:42 #

    yo estoy desesperado por que me llego a mi casa una multa por no respetar los limites de velicidad previstos en ese lugar en donde no habia ni un cartel o por lo menos yo no lo vi y el tema es que el veiculo esta a nombre de mi esposa la foto es la del veiculo pero el problema es que nos desidimos a pagarla y como somos de mendoza no hay lugar de pago por que no existe la red bapro , llamamos por telefono al 08002220024 y me dieron un numero de un fac que esta roto y no lo puedo mandar y por este medio electronico nose como hacer yo quiero pagar pero no se como me podrias dar otra direccion o al guna forma de pago la multa es de mar del tuyu partido de la costay la causa es numero 02-999-01200700-2 gracias

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 15:28 #

      Intente comunicarse al (0221) 42-55-282.
      Asimismo, hace pocos días la Provincia de Buenos Aires firmó un convenio con el RNPA por el cual los pagos pueden ser efectuados en las Delegaciones del Registro de la Propiedad Automotor.

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  765. flavio 05/26/2010 a 23:13 #

    mi problema es que yo vendi mi auto , para lo cual pedi un libre deuda de infracciones en el registro , por el cual me cobraron 100 pesos y decia que no poseia ninguna multa esto fue el dia 29-03-10 yo lo vendo y firmo un boleto y un 08 , doy la baja y el comprador decide venderlo el 20-05-10 y cuando va a hacer la transferencia le informan de dos multas de el 08-11-09 y 09-10-09 este dice que lo compro el mes anterior y que el informe decia que no tenia multas , por lo que el empleado dice me las cargaron el dia de hoy 20-05-10, yo admito que son mias pero nunca fui notificado es mas recibi 3 multas de vecinos mios pero nunca una mia , y me quieren cobrar el 100% de la multa , y yo quiero el beneficio de el 50% de descuento , si no me notificaron , ni a mi ni al registro como debo hacer para consegir ese descuento desde ya gracias

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 15:29 #

      El 50% por pago optativo está previsto en la Ley de la Provincia de Buenos Aires solo para cierto tipo de infracciones, y tiene asimismo un momento procesal para hacerlo, que en su caso ya estaría vencido.
      De todos modos, intente contactar al Juzgado interviniente.

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    • flavio 05/28/2010 a 20:27 #

      gracias por su respuesta , me presente en la plata , por que formna parte de un comvenio entre municipios , y me redujeron la multa a el 50 % , por entender que yo no resibi nunca una notificacion , gracvias

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  766. Fernando Fiuza 05/26/2010 a 15:42 #

    me falto agregar que las fechas de las multas son de enero 2010 y diciembre 2009 por las cuales no recibi ninguna notificacion.

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  767. Fernando Fiuza 05/26/2010 a 15:37 #

    Saque un libre deuda y me aparecen varias multas en ruta 2, captadas por radares por valor de 500 pesos. No he recibido ninguna notificacion a pesar que tengo declarado mi domicilio y, como me urge vender mi vehiculo, no se donde hacer el descargo, o a que numero llamar para que me informen, me es imposible que alguien me de una respuesta, le agradeceria mucho que me aclare esto

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 16:51 #

      En las rspuestas a comentarios anteriores, en ete mismo post va a encontrar casos similares al suyo, con las respuestas dadas.
      El número telefónico de la Dirección Provincial de Seguridad Vial es (0221) 42-55-282

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  768. Diego 05/26/2010 a 14:26 #

    Muchas gracias por su rta.
    Mi pregunta la hice el 21/05 acerca de una multa del dia 01/03/2010 por exceso de velocidad en ruta 2 Km 113
    ¿cómo puedo saber cual es el Juzgado de Faltas interviniente? Vivo en San Isidro y no me llego ninguna multa o notificacion a mi domicilio
    Muchas gracias nuevamente

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 16:54 #

      Autovía 2, desde el Km. 93,7 hasta el Km. 310, corresponde a la Jurisdicción del Juzgado Administrativo de Infracciones de Transito de Dolores.

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  769. Ariel Canulli 05/26/2010 a 13:00 #

    Hola, como va……
    Me acaba de llegar hoy una fotomulta en la ruta 2,. gral Piran por exceso de vel (iba a 90) y el max permitido es 60.
    La fecha es el 7-3 y la recibi el 26-05, esta dentro del periodo de caducidad o habria que pagarla????
    Si no dispongo del dinero para abonarla, hay alguna otra instancia para dejarla cancelada (trabajo comunitaria, etc)
    Gracias

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    • Hugo Caceres 05/31/2010 a 15:41 #

      Debe realizar el computo de los días en días hábiles administrativos desde el momento de la infracción al momento de la notificación, y plantear la caducidad al momento de ser citado por el Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito.
      No está previsto en la ley expresamente la existencia de medios alternativos para cancelar las multas, pero podría ser que algún realice una interpretación favorable en tal sentido.

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  770. Bruno R 05/25/2010 a 20:34 #

    Recibi una multa de bs as. quiero pagar el pago voluntario y se me vence el viernes, pero dice q debo pagarlo en Banco Prov.de Bs.as , ceo q en rosario no hay sucursales, q hago? hay alguna sucrusal q me la pueda cobrar aqui en rosario?

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 21:07 #

      Comuniquese al (0221) 42-55-282 -Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial-, allí le darán instrucciones al respecto, y suspenderán los plazos para el pago, dado que la Provincia no tiene convenio con entidads bancarias en su provincia.

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  771. RODRIGO 05/23/2010 a 15:40 #

    me llego una multa de febrero fotografica y yo el auto lo compre y transferi en abril a nombre mio,pero la multa viene a nombre mio,yo no tendria porque pagarla si al momento de la transferencia no salto?

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 17:01 #

      En principio diría que Ud. tiene razón, pero desconozco todas las circunstancias para darle una respuesta concreta.

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  772. Marcelo 05/23/2010 a 15:33 #

    La consulta es respecto de una fotomulta en la ruta 2, Km 203 por exceso de velocidad.
    La infracción fue el 13/02/2010.
    La notificación tiene fecha de emisión el 14/05/2010, y a mí me llegó el 18. Pero contando los días hábiles que median entre la fecha de la infracción y la de emisión de la notificación ( del 15 de febrero al 13 de mayo inclusive ) resultan 62 días, ya que solamente hay dos feriados en ese período ( 24 de marzo y 2 de abril ). De lo cual me parece que estoy perfectamente encuadrado en lo que dice el art. 28 de la ley 13.927. ¿Usted es del mismo parecer? Desde ya gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 05/28/2010 a 17:01 #

      Tendría que contar el plazo para verificarlo, atendiendo a los dias feriados y asuetos administrativos.
      No me pida que lo haga por Ud., ya que recibo mas de 1000 visitas y comentarios diarios, con lo cual es imposible realizar ese trabajo para cada interesado.

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  773. Daniel 05/22/2010 a 19:52 #

    Hola Hugo, me llegò una fotomulta por exceso de velocidad en la ruta 2. La foto es de mi auto, un Renault 19, pero en el acta dice RENAULT CLIO2…… o sea…otro vehìculo. Es vàlida ? Gracias.

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    • Hugo Caceres 05/23/2010 a 00:17 #

      Podría plantearse como un error en el acta de infracción, pero desconozco y no estoy muy seguro de que prospere como excepción.

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  774. Diego 05/21/2010 a 15:43 #

    El 20/04/2010 concreté la comprade un auto con el libre deuda de infracciones a esa fecha. El 21/05/2010 me roban los documentos y al solicitar el duplicado de la cedula verde me aparece una multa del 01/03/2010 por exceso de velocidad en ruta 2 Km 113. Me dicen en el registro que no apareció en el libre deuda anterior por ser informada el dia 12/05/2010.
    Y me dan la opcion de negarme a abonarla por no ser el propietario a la fecha de la infraccion y asi entregarme la cedula verde (cosa que hice). ¿que tendria que hacer ahora para que desaparezca esa deuda de mi auto?¿tendria que hacer alguna presentacion?¿a dónde me tendría que dirigir?
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 05/24/2010 a 22:42 #

      Debería dirigirse al Juzgado de Faltas interviniente. Con los antecedentes que menciona no tendrá problemas.

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  775. Damian 05/21/2010 a 15:00 #

    Hola
    Me llegó una fotomulta el 20 de mayo de 2010, la notificación figura 6 de mayo y la infracción es del 20 de febreo de 2010 en Chascomús Km 113.5 por ir a 95 Km/h en un lugar de 80 Km/h. tengo entendido según el sitio a los 60 días de no informarse caduce. O sea ya no tengo que hacer nada, ni carta documento y menos pagar no?. Además, en la notificación, en el campo DNI figura mi número de cuit. Ese error ya inhibe que la notificación sea a mi persona no?. gracias

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    • Hugo Caceres 05/23/2010 a 00:35 #

      El plazo de caducidad, conforme la ley, se opera de pleno derecho, pero en caso de que no sea resuelto de oficio, tendrá que plantearlo oportunamente al ser citado por el Juzgado de Faltas.
      Si el numero de CUIT es correcto, no invalida el acta.

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  776. elba gimenez 05/19/2010 a 14:04 #

    me dirijo a usted para comunicarle que no recibi la multa en mi domicio . si no me la encontro un vecino a una cuadra de mi casa toda sucia que apenas se leia mi nombre. Que tengo que hacer ya pague dos multas . y quiro pagar la tercera

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  777. DANIEL 05/19/2010 a 12:25 #

    Perdon Sr Hugo Caceres me olvide de poner la fecha que me llego la segunda multa 04-05-10.
    Perdon y disculpe las molestias.

    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 05/21/2010 a 00:48 #

      Para formular el descargo debe esperar a recibir una segunda notificación, en la cual le informarán el Juzgado interviniente y el plazo para hacerlo.
      Si su planteo se refiere al plazo de caducidad del art. 28, tenga en cuenta que se trata de días hábiles administrativos.

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  778. DANIEL 05/19/2010 a 12:21 #

    Estimado Sr Hugo Caceres
    Me llegaron 2 multas hechas en el mismo lugar ruta 63 km 13,300 (Dolores) por exceso de vel. la 1ra fue el el 08-01-10 y me llego el día 26-04-10 venc.pago vol:02-06-10. La 2da fue el 13-01-10 venc-pag vol: 10-06-10. pregunta, segun la ley 13927 art.28 debo pagar estas multas.
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 05/21/2010 a 00:47 #

      En principio si. Debe analizar si posee elementos suficientes para justificar un descargo.

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  779. claudio 05/18/2010 a 19:34 #

    me falto agregar que la multa en cuestion es fotografica. GRACIAS

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  780. claudio 05/18/2010 a 19:28 #

    el 18-5-10, el encargado del edificio recibio una notificacion de acta de infraccion de transito por exceso de velocidad del 16-2-10 ruta 63 km 13 dolores vel circ 115, max perm.100 km/h.
    a) yo no fui notificado b)pasaron mas de 60 dias habiles de ocurrido el hecho c)no es 120 km la velocidad maxima permitida en rutas provinciales?.monto 527$,pago voluntario 263$. vto 6-7-10, la debo pagar?puedo hacer algun descargo y como se instrumenta el mismo?

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    • Hugo Caceres 05/18/2010 a 23:12 #

      Como he dicho reiteradamente, hacer o no un descargo, o acogerse al pago voluntario, es una decisión personal respecto de la cual no puedo emitir opinión, ya que hace falta conocer elementos de hecho y analizar el acta de infracción, lo cual excede el marco de este blog.
      La velocidad máxima no es uniforme a lo largo de toda la ruta, ya que varía según ciertas circunstancias tales como si se encuentra en zona urbana o no, señalización específica, etc.

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  781. jose 05/18/2010 a 18:08 #

    me llego una foto multa por exeso de velocidad en la ruta 2 sentido bs.as. yo estoy registrado en capital y en la pagina de gov.bsas. en la multas no me aparece la falta se cometio el dia 14-2 -2010 pero la multa la emitieron el 29-4-10 y me llego el 18-5-2010 debo de abonar o puedo apelar a que tardaron en mandarmela 3 meses
    pd. prescribe algun dia o no

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    • Hugo Caceres 05/19/2010 a 00:00 #

      La multa no aparece en la pagina a la Ud. alude porque en esa página solo encontrará información respecto a los trámites correspondietnes al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
      Las multas de tránsito prescriben al año si se trata de faltas leves, y dos años en caso de faltas graves, contados a partir de la fecha de la infracción o del último acto interruptivo.
      Según el art. 28 de la Ley 13.927, «El despacho de la notificación postal al presunto infractor de toda infracción que sea
      obtenida a través de instrumentos cinemómetros fijos automáticos, deberá ser realizada en un lapso no mayor a sesenta (60) días hábiles de la fecha de su comisión. Para el caso de no efectuarse la notificación en el plazo establecido precedentemente quedará operada de pleno derecho la caducidad de la acción por dicha infracción.»

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  782. mariano 05/18/2010 a 14:51 #

    Hola, me llego una fotomulta sobre la ruta 63 , en la cual dice que circulaba a 118Km y la maxima dice ser de 100km, y realmente me llama la atencion por 2 cosas ,respeto siempre los limites de velocidad , o por lo menos no suelo transgredir las normas y estoy en la duda de que hubiera un cartel que informara que la maxima era 100km, ya si asi fuera hubiera ajustado mi velocidad, y la otra duda es la hora, ya q si bien ese dia yo circule por esa ruta no estoy seguro de la hora, y lo ultimo es que me llego justo el dia que cumplieron los 60 dias habiles de la infraccion, se puede hacer algo es legal esto.
    Gracias

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    • Hugo Caceres 05/19/2010 a 00:04 #

      Las actas de infracción son instrumentos públicos que gozan de presunción de veracidad, por lo que corresponde al presunto infractor aportar las pruebas que contradigan lo que dicha acta sostiene.
      En este caso, Ud. debería probar que no había señalización vial válida, o que la velocidad permitida era mayoy a 100 km/h.
      Si la notificación se realizo dentro de los 60 días hábiles, no importa si lo fue el primero o el último.

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  783. Jose Luis Aráoz 05/18/2010 a 14:26 #

    Soy de Rosario y hoy 18 de mayo recibí una notificación de fotomulta por exceso de velocidad en la Ruta 2 del 15 de febrero. Un conocido me informó que en la Provincia de Buenos Aires, la ley prevee que se debe notificar dentro de los 60 días hábiles caso contrario la multa caduca. ¿Que debo hacer cuando como en mi caso, ya pasaron los 60 días? Hay en la notificación un 0800 pero en 3 horas y media nunca pude comunicarme.

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    • Hugo Caceres 05/18/2010 a 23:53 #

      Intente comunicarse al (0221) 42-55-282.
      De todos modos, la oportunidad para efectuar el planteo de caducidad es al momento de recibir la cédula de notificación del Juzgado interviniente, en la cual además le informan el plazo dentro del cual debe efectuar su presentación.
      La notifiación recibida en este momento es al solo efecto de optar o no por le pago voluntario.

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  784. patricio 05/17/2010 a 20:32 #

    me llegaron dos multas de la costa de este verano. es la primera notificacion. en la ruta no habia nada que señalice las mismas. es legal? que debo hacer? gracias

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    • Hugo Caceres 05/18/2010 a 12:03 #

      Depende la velocidad a la que Ud. circulaba, la multa puede ser legal, ya que en los tramos de ruta en los cuales no hay señalización específica se aplican los límites generales de velocidad establecidos por la ley.

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  785. Patricia 05/17/2010 a 19:48 #

    Hola! compré un auto el 9/3/2010 y me llegó una infracción por exceso de velocidad del día 15/02/2010 en Dolores (ruta 63) momento en el cual YO NO ERA PROPIETARIA DEL VEHICULO. Quiero hacer el descargo correspondiente, cuándo debo proceder? ahora que me llegó la primera notificación de ARBA o esperar a que me llegue la siguiente notificación del Juzgado? Consulta: El RNPA tiene en el legajo del auto las constancias de que yo lo compré libre de toda deuda (tanto de patentes como de infracciones?)

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    • Hugo Caceres 05/18/2010 a 12:02 #

      Si la infracción es anterior al momento en que Ud. compró el vehículo la misma no le es imputable.
      Debe realizar el planteo cuando le llegue la notificación del juzgado.

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  786. sebastian viegas 05/15/2010 a 15:00 #

    sr hugo me han notificado de dos faltas por exceso de velocidad del dia 30/01/2010 me notificaron el 23/04/2010 esto es correcto puede pasar 3 meses para una notificacion.
    gracias

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    • Hugo Caceres 05/18/2010 a 11:54 #

      En tanto la falta no se encuentre prescripta (en algunos casos esto significa 2 años), puede ser notificada.
      En el caso de las denominadas multas fotográficas, en la Provincia de Buenos Aires, la ley prevee que si no se realiza la notificación dentro de los 60 días hábiles posteriores al hecho, se produce la caducidad de la misma.

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  787. Leticia 05/14/2010 a 17:23 #

    Hola Hugo, he recibido una multa por exceso de velocidad, en el partida de hurlingham, no me pude presentar al pago voluntario, me dicen que se vencio el plazo y ya esta en apremios, la multa es de $5000 y no me quieren dar un plan de pagos porque no surge de las normas. Existe alguna ley que me ampare?

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    • Hugo Caceres 05/15/2010 a 01:08 #

      Hay códigos de faltas que preveen la posibilidad de pagos en cuotas, y otros no, pero depende de cada ciudad.
      De todos modos, aún cuando la ley no le otorgue esa facultad al Juez de Faltas, finalmente la deuda sera con el municipio, y eso es responsabilidad del Intendente, o sea que Ud. puede gestionar una solución a su problema a traves de otros órganos de la ciudad.

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  788. marcelo 05/13/2010 a 19:52 #

    He recibido una multa por exceso de velocidad por fotomulta de Dolores, Soy de Cordoba pero no hay Banco Pcia. de Bs As ni red Bapro para abonarla, estoy a 950 km. como puedo abonar la misma? Gracias

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    • Hugo Caceres 05/15/2010 a 00:17 #

      Si en Cordoba no hay sucursal del BAPRO, comuniquese al número de telefono que figura en la notificación, o al (0221) 42-55-282, Dirección Provincial de Seguridad Vial, donde le informaran los pasos a seguir.

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  789. alejandra bromberg 05/13/2010 a 00:55 #

    Sr Cáceres: mi marido está recibiendo notificaciones de acta de infraccion causa nro 02-999-00273469-3 con fecha 29/09/2009, nosotros vendimos ese auto el 11/05/2009 c0n la denuncia de venta correspondiente a esa fecha,solo quiero saber si necesito mandar via mail la denuncia de venta para desligarnos de dicha infracción.
    Desde ya muchas gracias

    Alejandra Bromberg

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    • Hugo Caceres 05/15/2010 a 00:02 #

      En realidad no sería necesario, pero si se comunica con el juzgado interviniente, usualmente mandando un fax es suficiente para que no le vuelvan a llegar citaciones.

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  790. fabricio n. rodriguez 05/12/2010 a 20:24 #

    hola me llegaron 2 fotomultas por exeso de velocidad en las ciudades de dolores y coronel vidal y yo no recuerdo haber visto los carteles de advertencia de velocidad maxima me pregunto como /donde puedo hacer mi descargo ya que vivo a 900 km.-

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    • Hugo Caceres 05/14/2010 a 23:49 #

      Debe esperar a recibir una citación del Juzgado interviniente. La notificación actual es solamente para otorgarle la opción de pago voluntario, posteriormente recibirá otra notificación con indicación del plazo y lugar al cual dirigirse.

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  791. Inés 05/12/2010 a 17:50 #

    He recibido una infracción, mediante multa fotográfica, por exceso de velocidad sobre la ruta 2 en la zona de Coronel Vidal, y quería saber que pasa con los puntos del scoring si uno hace el pago voluntario, son descontados???. Mi licencia y vehículo pertenecen a C.A.B.A.
    Desde ya muchas gracias.

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  792. Martin 05/12/2010 a 14:39 #

    Perdon, omiti aclarar que fue en la Ruta 2 km 180 Castelli.
    Gracias

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  793. Martin 05/12/2010 a 14:37 #

    Buenas tardes Hugo,
    Consulta: me llego una notificacion de Acta de Infraccion de Transito (fotomulta) x exceso de velocidad (max 80 iba a 99 km/h) del dia 13/02/2010. Yo el auto lo vendi el 14/04/2010 el nuevo dueño hizo la tranferencia conmigo. Ahi salto solo una multa de Capital Federal. Mi pregunta es PAGO o NO PAGO la multa. Obviamente si cometi esa infraccion pero si puedo safar de pagarla o caduca al tiempo mejor.
    GRACIAS POR TU RESPUESTA!
    Slds

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    • Hugo Caceres 05/14/2010 a 23:45 #

      Pagar o no pagar, si uno sabe que es responsable, es una decisión personal sobre la cual me abstengo de opinar.
      Todas las faltas de transito tienen un plazo de prescripción, pero su aplicación no es automática ya la prescripción se interrumpe por la actividad del estado dirigida a juzgar el hecho, o percibir la multa.

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  794. José Espíndola 05/12/2010 a 13:47 #

    Me llegó una infraccion por exceso de velocidad el 15/02/10 en la Ruta 2 (circulaba a 110 km/h y la vel max en autopista es 130 km/h) Km 113.5 Chascomús y figura en el Acta vel max 80 km/h. Se debe realizar el pago en Bco Pcia de Bs As; yo estoy en Santa Fé y en toda la pcia. no hay sucursales de ese banco ¿que se hace?
    Gracias.

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    • Hugo Caceres 05/14/2010 a 23:43 #

      Si en Santa Fé no hay sucursal del BAPRO, comuniquese al número de telefono que figura en la notificación, o al (0221) 42-55-282, Dirección Provincial de Seguridad Vial, donde le informaran los pasos a seguir.

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  795. Hugo 05/12/2010 a 09:48 #

    recibi una multa desde Bs As como hago para pagarla si vivo en Chubut?

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    • Hugo Caceres 05/14/2010 a 23:39 #

      Si en su provincia no hay sucursal del BAPRO, comuniquese al número de telefono que figura en la notificación, o al (0221) 42-55-282, Dirección Provincial de Seguridad Vial, donde le informaran los pasos a seguir.

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  796. Miguel Ramon Garcia 05/10/2010 a 17:42 #

    desde hace 2 meses aproximadamente me llegan multas de un coche que fue vendido en octubre 2009 a una agencia de automor habiendos por supuesto todos los tramites legales, emla correspondiente multa consta un telefono que no atienden nunca que tengo que hacer ya que mis quehaceres no me permiten hacer el descargo lo que considero tambien no tener que hacerlos

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    • Hugo Caceres 05/12/2010 a 03:33 #

      Ud. tiene razón. Si Ud. realizó la transferencia del vehículo no es su responsabilidad, sino del Registro que no tiene actualizados sus legajos.

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  797. Pablo 05/10/2010 a 14:53 #

    Hola, tengo varias multas de Capital Federal, quisiera saber cuando prescriben? a partir de que fecha comienza a correr para la prescripcion? en la fecha de cometida la falta?

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    • Hugo Caceres 05/12/2010 a 03:31 #

      La prescripción comienza a correr desde el momento en que se comete la falta, y el plazo se interrumpe por la secuela del juicio.

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  798. miguel 05/09/2010 a 18:47 #

    como le va,las faltas por vtv,son graves o leves y desde cuando corre el tiempo para que caduquen,gracias.

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    • Hugo Caceres 05/12/2010 a 03:51 #

      La falta de VTV se considera grave. El plazo de prescirpcion corre desde el momento de la infracción.

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  799. josefa 05/08/2010 a 13:34 #

    hoy 08/05/10 me llego multa de brandsen, pasar semaforo en rojo en ruta 215.fecha de infraccion 10/09/07.contenido:acta y cedula con fecha 27/04/09.esta ult fecha corta la prescripcion??que se puede hacer..estoy a 600km ..

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    • Hugo Caceres 05/12/2010 a 03:17 #

      En principio diría que efectivamente hay una interrupción del plazo de prscripcion, ya que la cédula es librada con fecha anterior a los dos años en que prescripben las faltas graves.
      Ahora bien, cabría razonablemente plantearse las siguientes cuestiones: como es posible que Ud. reciba esa cédula recién un año despues de librada? se aplica todavía el concepto de secuela del juicio, como concepto de interrupción de la prescripción, o debe ser aplicada la mas restrictiva enumeración de la ley 25.990?
      Por la distancia a la que se encuentra podría solicitar la prórroga de jurisdicción, y analizar si tiene elementos para plantear su descargo.

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  800. pablo souza 05/07/2010 a 11:33 #

    hola hugo mira tengo la denuncia de venta la denuncia impositiva me llego una multa de mar del tuyo como puedo hacer el descargo tengo que renovar el registro y no puedo hacerlo hasta que lo pague o haga el descargo. desde ya muchas gracias. pablo

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    • Hugo Caceres 05/08/2010 a 04:36 #

      Si la denuncia de venta es anterior a la fecha de infracción póngase en contacto con el Juzgado de Faltas y no tendrá incovenientes con su caso.
      Mar del Tuyú corresponde al Juzgado de Faltas del Partido de la Costa. Encontrará la dirección y el teléfono en este mismo blog, en la página JUZGADOS DE FALTAS, Municipalidad de la Costa.

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  801. pablosouza 05/06/2010 a 16:58 #

    Gracias Hugo te agradezco mucho lo único es pero no tener problemas para sacar el registro con la multa de provincia. un abrazo gracias pablo souza

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  802. Pablo 05/05/2010 a 13:37 #

    Dr. he recibido una multa por circular a 50 km/h en un lugar de 40 km/h. He pagado la misma y noto que a varias personas le ha pasado lo mismo en zonas de baja velocidad por lo que me llama la atención que no se trata de prevenir accidentes sino de recaudar. Donde puedo iniciar un proyecto para que realmente se nos cuide y que estos operativos sean por seguridad?

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    • Hugo Caceres 05/05/2010 a 22:16 #

      Puede dirigirse a los Diputados y Senadores Provinciales por su zona electoral, como así también a Diputados y Senadores nacionales, a efectos de hacerles llegar sus inquietudes.
      Del mismo modo, puede contactar a la Dirección Provincial de Seguridad Vial, y aún a la Dirección de Tránsito de su municipio.

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  803. Martin Angel 05/05/2010 a 02:32 #

    Soy de la Provincia de Cordoba y en la fecha me han llegado dos multas por exceso de velocidad, sobre Ruta 2 y la otra sobre Ruta 63. Realmente da mucha bronca ya que en ambas infracciones se exceden en 05 y 07 km respectivamente. Pero bueno, la infraccion esta. Ya estuve investigando mediante intenet que el INTI omologa estos equipos y corresponde el numero de serie. PREGUNTA: No queda otra que pagar?. Vivo a 950 km aprox. del lugar de constatacion de la falta, es recomendable solicitar, en esa segunda instancia, que remitan los expedientes a la ciudad de Cordoba, relamente es recomendable? desde ya Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 05/05/2010 a 11:59 #

      Puede intentar el cambio de jurisdicción, si se lo otorgan, siempre es mas facil para controlar un expediente o formular su defensa.

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  804. pablo 05/04/2010 a 18:31 #

    hola hugo yo vendi un auto y el comprador no realizo la transferencia yo hice la denuncia de venta pero igual caen y caen me gustaria que este tipo tenga algun grado de responsavilidad es injusto que me caigan multas que yo no cometi . desde muchas gracias. pablo souza

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    • Hugo Caceres 05/05/2010 a 01:39 #

      Si Ud. efectuó la denuncia de venta no debe preocuparse.
      De todos modos si la situación le genera demasiadas molestias quizás pueda realizar una presentación intimando al Registro de la Propiedad Automotor a actuar conforme lo dispone el art. 27 del Regimen Jurídico de los Automotores (Dec. 1.114/97):

      ARTICULO 27.- Hasta tanto se inscriba la transferencia el transmitente será civilmente responsable por los
      daños y perjuicios que se produzcan con el automotor, en su carácter de dueño de la cosa. No obstante, si con
      anterioridad al hecho que motive su responsabilidad, el transmitente hubiere comunicado al Registro que hizo
      tradición del automotor, se reputará que el adquirente o quienes de este último hubiesen recibido el uso, la
      tenencia o la posesión de aquél, revisten con relación al transmitente el carácter de terceros por quienes él no
      debe responder, y que el automotor fue usado en contra de su voluntad. La comunicación prevista en este
      artículo, operará la revocación de la autorización para circular con el automotor, si el titular la hubiese
      otorgado, una vez transcurrido el término fijado en el artículo 15 sin que la inscripción se hubiere peticionado,
      e importará su pedido de secuestro, si en un plazo de TREINTA (30) días el adquirente no iniciare su
      tramitación.
      El Registro notificará esa circunstancia al adquirente, si su domicilio fuere conocido. Una vez
      transcurrido el plazo mencionado o si el domicilio resultase desconocido, dispondrá la prohibición de circular y
      el secuestro del automotor.
      El automotor secuestrado quedará bajo depósito, en custodia del Organismo de Aplicación, quien lo
      entregará al adquirente cuando acredite haber realizado la inscripción y previo pago del arancel de
      rehabilitación para circular y de los gastos de estadía que hubiere ocasionado.
      Una vez efectuada la comunicación, el transmitente no podrá hacer uso del automotor, aunque le
      fuese entregado o lo recuperase por cualquier título o modo sin antes notificar esa circunstancia al Registro.
      La violación de esa norma será sancionada con la pena prevista en el artículo .
      Además los Registros Seccionales del lugar de radicación del vehículo notificarán a las distintas
      reparticiones oficiales provinciales y/o municipales la denuncia de la tradición del automotor, a fin de que
      procedan a la sustitución del sujeto obligado al tributo (patente, impuestos, multas, etcétera) desde la fecha
      de la denuncia, desligando a partir de la misma al titular transmitente (3)

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  805. leonardo 05/04/2010 a 16:28 #

    Hola, me llego una multa de la ciudad de Dolores por exceso de velocidad del día 07/02/10 y fue recibida hoy 04/05/10, soy de Rosario y por lo que vi mas arriba no hay ni donde pagarla, que paso si no la pago? que consecuencias puede traer el día de mañana. Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 05/05/2010 a 01:34 #

      En este caso puede contactar a la Dirección Provincial de Seguridad Vial: (0221) 42-55-282

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  806. florencia 05/04/2010 a 01:34 #

    hola, quería consultar las multas de exceso de velocidad de la ruta 2, donde se pagan? en el bco provincia no?
    muchas gracias

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  807. Miguel 05/03/2010 a 22:10 #

    He recibido una multa por exceso de velocidad en Rosario, quiero hacer el pago voluntario, pero vivo en Campana Bs As y no pude averiguar en que sitio puedo pagarlo, seria tan amble de informarme donde puedo cancelar esta multa sin tener que viajar a Rosario, gracias.
    Miguel.

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  808. sebastian 04/29/2010 a 19:51 #

    me llego una multa por exceso de velocidad de un auto que vendi hace 4 meses (fue en la ruta 2 coronel vidal), del mismo hice la correspondiente denuncia de venta en su momento, debo realizar yo el descargo? puedo hacer algo antes de la segunda notificacion?

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    • Hugo Caceres 04/29/2010 a 20:11 #

      Entiendo que el momento para formular ese planteo es ante el Juzgado de Infracciones de Transito, pero nada impide que intente comunicarse con la DPPSV: (0221) 42-55-282 o (0-800) 222-0024

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  809. Darío 04/29/2010 a 15:09 #

    Una consulta, recibí una multa por exceso de velocidad de la ruta 63 en Dolores, yo vivo en Capital, cuanto demora en prescribir?

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  810. irma deluca 04/29/2010 a 14:50 #

    por favor me puede especificar cuales son consideradas infracciones graves y cuales leves. vivo sobre el autovia 2 y tenemos varias infracciones por exceso de velocodad, me dijeron que como no superan los 90 km. me tendrian que ser apercibimiento y no multa . gracias

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    • Hugo Caceres 04/29/2010 a 16:50 #

      Ley 24.499 – ARTICULO 77.- Constituyen faltas graves las siguientes:
      a) Las que violando las disposiciones vigentes en la presente ley y su reglamentación, resulten atentatorias a la seguridad del tránsito;
      b) Las que:
      1. Obstruyan la circulación.
      2. Dificulten o impidan el estacionamiento y/o la detención de los vehículos del servicio público de pasajeros y de emergencia en los lugares reservados.
      3. Ocupen espacios reservados por razones de visibilidad y/o seguridad.
      c) Las que afecten por contaminación al medio ambiente;
      d) La conducción de vehículos sin estar debidamente habilitados para hacerlo;
      e) La falta de documentación exigible;
      f) La circulación con vehículos que no tengan colocadas sus chapas patentes reglamentarias, o sin el seguro obligatorio vigente;
      g) Fugar o negarse a suministrar documentación o información quienes estén obligados a hacerlo;
      h) No cumplir con lo exigido en caso de accidente;
      i) No cumplir, los talleres mecánicos, comercios de venta de repuestos y escuelas de conducción, con lo exigido en la presente ley y su reglamentación;
      j) Librar al tránsito vehículos fabricados o armados en el país o importados, que no cumplan con lo exigido en el Título V;
      k) Circular con vehículos de transporte de pasajeros o carga, sin contar con la habilitación extendida por autoridad competente o que teniéndola no cumpliera con lo allí exigido;
      l)Las que, por excederse en el peso, provoquen una reducción en la vida útil de la estructura vial.

      No hay ninguna norma que prevea una sanción de apercibimiento solo por que no supera los 90 km/h.

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  811. rodolfo 04/26/2010 a 23:52 #

    que debo hacer si vendo mi automovil y me salta una infraccion por no ir con la luz baja prendida y pasaron ocho mesos y no recibi ninguna notificacion y me entero cuando vendo el auto y me multan po $974,00 que hago

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    • Hugo Caceres 04/27/2010 a 04:12 #

      En primer lugar averiguar de donde proviene la infracción (juzgado de falta interviniente) y después obtener la información necesaria para hacer los planteos, descargos, o recursos que correspondieren.

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  812. Geraldin 04/26/2010 a 11:41 #

    una pregunta más. de la multa de alcoholemia que fue de 2000 al otro día pagó 1000.- o sea el 50% dentro de los 30 días.- estaría cancelada por el pago voluntario? pero, si hizo un plan de pago, reconoció el resto de la deuda y es exigible?
    gracias. saludos.- geraldin

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    • Hugo Caceres 04/26/2010 a 13:47 #

      Si existe un plan de pagos, significa que no le concedieron la posibilidad de pago voluntario.

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  813. carina 04/26/2010 a 02:29 #

    hola, quisiera saber cuando prescriben las multas de capital y las de provincia? y cuando busco las multas desde el sitio del gobiernoi por internet y las veo como me doy cuenta si la multa es por foto o por policia sin que este me haya parado, dsd ya muchas gracias…

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    • Hugo Caceres 04/26/2010 a 13:45 #

      Faltas leves prescriben al año, y faltas graves a los dos años.
      No hay forma de saber si la multa es fotografica o no a traves del sitio de consulta.

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  814. Gerónimo Alazard 04/22/2010 a 18:54 #

    Estoy haciendo los tramites para vender mi auto. Vivo en Mar del plata. Fijandome si tenia alguna multa, por esas casualidades me fijo en el gobierno de la ciudad de Buenos Aires y me figuran 3 de las cuales nunca fui notificado. Tienen fechas del 20/12/2006, 27/12/2006 y del 19/09/2007. Que debo hacer?

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    • Hugo Caceres 04/22/2010 a 19:40 #

      Probablemente se encuentren prescriptas.
      Debería comunicarse con la oficina donde se encuentren los exptes. (Controlador o Juzgado de Faltas), para obtener la información fehaciente.

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  815. Roberto 04/22/2010 a 01:18 #

    Si realizo el pago voluntario dentro del plazo estipulado en la notificación recibida por exceso de velocidad en el Partido de la Costa. Tengo que hacer alguna gestión posterior?. Este tipo faltas son acumulables?

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  816. Alejandro 04/21/2010 a 09:31 #

    Hola Hugo: recibí 2 notificaciones de acta de infracciones de tránsito por alta velocidad. Una en Mar del Tuyu Ruta 11 km 329.8 del 16/12/2009 y otra Gral Lavalle km291 del 26/11/2009. Yo vivo en C.F. y me comentaron que puedo pedir se remita la causa al tribunal mas cercano a mi domicilio de acuerdo al art. 71 de ley 26363. De esta forma seguramente la causa se archivará y quedará en el olvido ya que no la remitirán jamás. Es cierto esto?. Por otro lado tengo que renovar el registro en enero del 2011 en C.F. Estas infracciones en prov de BA me perjudican para la renovación o el gobierno de la ciudad no las tiene en cuenta? Pueden en el futuro pararme en la ruta y obligarme a abonar la multa, caso contrario demorarme o secuestrarme el vehículo? Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 04/22/2010 a 19:31 #

      De acuerdo con la ley Ud. está en lo correcto, en cuanto a la posibilidad de remisión de la causa. El resto de suposiciones acerca de si la remiten o no, o si quedará en el olvido o no, son suposiciones que no puedo confirmar, ni desestimar.
      Las infracciones, en cualquier lugar del país que se cometan son enviadas para su inscripción al Registro Unico de Infractores de Tránsito y usualmente impiden la renovación de la licencia.
      En la ruta no lo van a parar por esta infracción.

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      • Alejandro 04/23/2010 a 09:29 #

        Gracias por la información. Tengo una duda más, si yo comunico por carta documento la remisión de la causa antes de vencido el plazo de pago voluntario, seguirá vigente la posibilidad del pago con descuento aunque ese plazo caduque, o a partir del momento que yo envíe la notificación y una vez vencido el plazo de pago voluntario, el monto a abonar si fuese el caso será del valor total de la multa sin el descuento que proponen por pago voluntario?

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      • Hugo Caceres 04/24/2010 a 02:41 #

        La opción del pago voluntario expira al momento que se vence el plazo que le otorgan en la notificación.
        Su opción por el Juzgado de su domicilio recié la puede realizar cuando reciba una nueva notificación, en la cual le informaran el Juzgado intervineinte.

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  817. Liliana Alvarez 04/18/2010 a 18:32 #

    Recibi un acta por exceso de velocidad en Dolores, obviamente entre los carteles que cambian la velocidad (km 203) y que no dan tiempo a cambiar. La falta fue hecha el 25 de Diciembre, y el acta tiene fecha del 17 de marzo. Según la ley, las notificaciones deben ser hechas dentro de los 60 días. Dónde puedo hacer mi descargo? , no quiero esperar a la 2da notificacion. Gracias.

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    • Hugo Caceres 04/19/2010 a 12:29 #

      No hay un procedimiento previsto para que haga el descargo hasta tanto no sea notificado por el Juzgado interviniente.
      La Dirección Provincial le envía la primer notificación, si ud. no hace uso del derecho de pago voluntario, envía el acta al Juzgado de Infracciones de Tránsito, y este lo analiza y si corresponde le envía la notificación respectiva para que se presente a formular descargo.
      Puede suceder que del análisis que el Juzgado realiza, de oficio decidan no seguir con el trámite.

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  818. nicolas 04/16/2010 a 12:52 #

    cada cunto caducan las infracciones de transito en provincia?? tengo una infraccion de este año por girar a la derecha.. gracias

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  819. fabian 04/08/2010 a 20:35 #

    hola,me llego una infraccion de la municipalidad de san miguel,de hace un mes atras pero no se me especifica la contravencion ni en la notificacion ni tampoco ese dia

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    • Hugo Caceres 04/16/2010 a 22:04 #

      No me resulta clara su consulta, pero de todos modos una notificación que no incluye el tipo de falta, y la norma violada, sería nula.

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      • Carolina 04/24/2010 a 11:18 #

        Hola Hugo, yo tengo un tema similar al de Alejandro. Es una multa por alta velocidad en la costa.Me dijeron que si en la foto no sale el cartel que marca la velocidad máxima permitida en ese lugar, que la foto es inválida. Ya que el cartel se puede haber puesto después de la foto, queda la duda y por ende no pueden validar la infracción. Es así? Gracias.

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      • Hugo Caceres 04/26/2010 a 13:33 #

        No es así. Ninguna ley o reglamentación exige que se vea el cartel de señalización, lo cual por otra parte es imposible ya que el mismo se encuentra al principio de la zona de velocidad reducida, por lo que es materialmente imposible que aparezca en la misma toma que su vehículo.

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  820. Devoto Olga 04/08/2010 a 18:22 #

    me enviaron una infraccion equivocada los datosdel coche son los mios. pero la foto y la patente del otro coche no pertenecen al mio

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    • Hugo Caceres 04/16/2010 a 22:05 #

      Realmente no entiendo su comentario. Cuales datos son correctos y cuales no?

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    • GOMEZ PAULINA 04/22/2010 a 12:00 #

      RECIBI UNA MULTA DE PESOS 263,92 , CON FOTO DE OTRO VEHICULO , MARCA DE VEHICULO VWFOX CON LOS DATOS DE MI AUTO PEUGEOT 206 AÑO 2006, PATENTE
      FHC966, QUE TRAMITE DEBO REALIZAR DEBIDO A QUE ES UN ERROR. ATTE

      PAULINA GOMEZ – CARNERILLO- CBA-

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      • Hugo Caceres 04/22/2010 a 19:37 #

        Yo consultaría con un abogado con experiencia en derecho administrativo y le enviaría una intimación al Registro Automotor para que actualice sus registros, dado que le stá causando un perjuicio por la incorrecta información que brinda.
        Mientras tanto, puede incluso comunicarse telefonicamente con la DPPSV: 0221-42 55 282

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  821. Maria 03/29/2010 a 20:05 #

    soy de rosario y no hay lugar donde pagar la multa q me llega de dolores.
    Q puedo hacer? donde la pago??

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    • Hugo Caceres 03/29/2010 a 22:30 #

      Contáctese con el Juzgado de Dolores:
      DOLORES: Juzgado Municipal de Faltas: Buenos Aires y Alem (CP 7100) – Tel. (02245) 44-1430
      Juzgado Adminsitrativo de Faltas de Dolores: (02245) 44-1634

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  822. Julio Salinas 03/22/2010 a 13:38 #

    Me llego una infracion realizada en dolores la puedo pagar en el banco provincia en capital federal o donde se paga.

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    • Hugo Caceres 03/22/2010 a 13:53 #

      Comuniquese con el Juzgado de Dolores, donde le indicarán los medios de pago que ellos aceptan y/o utilizan:
      Juzgado Municipal de Faltas de Dolores: Buenos Aires y Alem (CP 7100) – Tel. (02245) 44-1430
      Juzgado Adminsitrativo de Faltas de Dolores: (02245) 44-1634

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  823. Giselle 03/01/2010 a 14:37 #

    Necesito saber cuando caducan las multas con sentencia que no se pagaron o como lo resuelvo .
    es una contravencion de transito, por mal estacionamiento del año 2000 en el municipio de San fernando.
    gracias

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  824. roberto forzati 02/04/2010 a 13:16 #

    necesito abonar voluntariamente el acta de infraccion pero no puedo actualizar la boleta para pagar. Y me vence el 12 de febrero. Como hago para imprimirla?

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    • Hugo Caceres 02/05/2010 a 14:00 #

      Si no informa cual es el Tribunal/Juzgado interviniente es muy dificil que le podamos dar alguna ayuda.
      De todas maneras, puede comunicarse con el Juzgado de Faltas actuante y obtendrá la información necesaria para efectuar el pago.

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      • Fabiana Santoni 07/18/2011 a 23:09 #

        Estimado doctor:
        Le agradecere a la brevedad su respuesta y asesotramiento, ya que mañana realizo la transferencia de mi vehiculo y hoy me llega a mi domicilio, una multa con la foto de un auto que no es mio ( yo vendi un corsa city 3 ptas) y el de la infraccion,(gol rojo 4 ptas). No coinciden ni las patentes, pero un inoperante, que necesita lentes, leyó mal la patente y me ocasionó este daño, ya que de no transferirlo mañana al vehiculo, los nuevos dueños quieren el dinero y ya me lo gaste!!!!….ESTOY MUY OFUSCADA, DADO QUE ES MUY INJUSTO LO QUE ME HAN HECHO Y ENCIMA TENGO TODO AL DIA Y ESTOY SIN CULPA Y CARGO DE NADA!!!!,,,como hago para que me limpien esta multa???…a quien debo demandar para que no le hagan mas daño a la gente honrada y trabajadora como yo???…ES UNA VERGUENZA QUE QUIERAN SACAR TAJADA DE UNA HUMILDE TRABAJADORA COMO YO!!!

        MUCHAS GRACIAS POR SU RESPUESTA

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      • Hugo Caceres 07/19/2011 a 09:26 #

        En primer lugar, dejeme decirle que su mensaje fue enviado a las 23:09 (un poquito tarde, si la situación era tan urgente).
        No obstante, pese a la infracción la transferencia puede ser realizada igualmente, conforme lo detalla la Disposición 515/2003 del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, debiendo el comprador simplemente efectuar la «negativa de pago de multas».
        Luegousted dispine del tiempo necesario para interponer sus reclamos ante la DPPSV o el Juzgado que corresponda.

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