Margen de tolerancia en los cinemómetros (radares)

19 May

Con bastante frecuencia se me consulta acerca de cual es el margen de tolerancia, o el margen de error, que pueden tener los radares con los cuales se realizan las foto-multas.

La ley de transito no especifica ningún margen respecto a la velocidad permitida. Esto es: cuando la ley establece velocidad máxima 120 km/h, ese es el límite, y cualquier valor superior constituiría una infracción.

En relación al instrumental utilizado, cabe señalar que este debe estar aprobado por el INTI, independientemente de que la provincia o municipio de que se trate se haya adherido o no a la Ley nacional de Tránsito, desde que  la ley Nº 25.650,  dispone en su artículo 1º prohibir el uso del sistema de radar-foto para el control vehicular sobre rutas nacionales, cuando éste no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida por la Resolución Nº 753/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería – Reglamentaria de la Ley Nacional Nº 19.511 de Metrología siendo esta última una ley de aplicación nacional.

En consecuencia, vale observar que la Resolución 753/98, ya mencionada, en su punto 5 establece que «el error determinado para cualquier medición, deberá estar comprendido entre:

  • + o – 3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h
  • + o – 3%  para velocidades superiores a 100 km/h

Si desea consultar el texto completo de la Resolución 753/98, haga click acá para acceder al mismo.

353 respuestas to “Margen de tolerancia en los cinemómetros (radares)”

  1. Ariel 12/28/2017 a 17:21 #

    Me llegó una notificación de acta de infracción de la comuna de Pueblo Esther pcia de Santa Fe (Argentina) La máxima es de 60 y mi velocidad es de 67 según su radar. Como puedo saber si su cámara está homologada? También me figuran los datos de la misma…equipo marca ANCA modeloNEO-REV2 disposición autorizante 256/2015 Pero en la parte de vigencia del mismo dice 12/09/18???? Número de serie 175 Me podrán asesorar?? Desde ya muchas gracias!!

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    • Hugo Caceres 01/02/2018 a 08:27 #

      Puede consultar en el INTI (Instituto Nacional de Tecnologia Industrial) sobre la fecha de vigencia de cada cinemometro.

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  2. Alejandra 03/22/2017 a 10:51 #

    Buenos días. necesito saber si el margen de tolerancia de hasta el 10% de la velocidad máxima permitida que se encuentra contemplada en la Ley Nacional 24449 en su artículo 77, inciso n) resulta aplicable a las infracciones por fotomulta en la Autopista 25 de Mayo; o hay alguna normativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que sea diferente?

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  3. ALEJANDRO 12/17/2015 a 21:13 #

    LEY 24.449n) La violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%);(Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial) SALUDOS

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  4. Gustavo Pereyra 01/13/2015 a 15:36 #

    Hola Doctor buenas tardes, ayer me llego una multa de Gral Villegas por exceso de velocidad. En la foto dice que circulaba a 65km/h y en el detalle aclaratorio el otro margen dice 66km/h. La verdad esta multa fue el 16/11/2014 y no recuerdo que camara fue pero no me gusta que halla diferencia en el detalle. Vence el 22/01/2015 el pago voluntario usted que me recomienda que haga en este caso?

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    • ALEJANDRO 12/17/2015 a 21:11 #

      BUENAS TARDES, ESTO ES LO QUE DICE LA LEY 24.449, ART 77 inc N) La violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%);(Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial) ESPERO LES SIRVA, SALUDOS

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  5. Facu Barrionuevo 12/09/2014 a 14:45 #

    Hola,
    Mi consulta es por algunas foto multas que me enviaron con margen de velocidad de un 6/8 % Eh leído que el 10% de margen es para clasificarlas como graves o leves. Doy a entendido que no son graves si no supero ese 10% como en mis casos. Las multas son dos de $950 y dos de $480. Puedo apelar a que el monto no condice si las faltas son leves?? Leí en un comentario que las faltas leves eximen el pago de multa, esto es cierto? Que probabilidad tengo de no pagarlas o que bajen el monto si me presento? Alguna otra cuestión que pueda apelar? Muchas Gracias

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  6. CAROLINA 12/02/2014 a 14:08 #

    HOLA DR, RECIBI UNA MULTA DE LA MUNICIPALIDAD DE PINTO SGO. DEL ESTERO DE UN CINEMOMETRO POR EXCESO DE VELOCIDAD DE 68 KM CUANDO LA MAXIMA ERA DE 60 KM CON FECHA DE INFRACCION 25/09/14, ME FIJE EN LA PAGINA DEL INTI PARA CORROBORAR LA VIGENCIA DEL MISMO Y FIGURA VIGENTE HASTA EL 22/08/14, ES VALIDA LA MULTA? QUE DEBO HACER? DESDE YA MUCHAS GRACIAS

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    • HECTOR SANCHEZ 01/23/2015 a 09:07 #

      HOLA CAROLINA, QUERIA SABER COMO TE FUE CON LA MULTA, YA QUE A MI ME PASO LO MISMO, MULTA DE PINTO DEL 23-10-14

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  7. gabriela 11/30/2014 a 11:21 #

    Hola buenos dias queria consultar me llego una multa de armstrong a una vel de 66 km en ves de 60 km a un monto a pagar de 2000 antes del 9 de diciembre queria saber si hay posibilidad de llegar a la nulidad o pagar menos ya que considero exagerado el monto a pagar gracias!

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    • Hugo Caceres 12/01/2014 a 10:59 #

      HAbria que ver las circunstancias de hecho descripts en el acta, para saber si es posible plantear algun recurso.

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    • claudio. fernandez 02/12/2015 a 09:15 #

      Buenos días acabo de recibir una foto multa de la ciudad de Pérez (santa fe) por exceso de velocidad la máxima es de 60. Y la foto registra que circulaba a 69. El monto es por $4000, si la pagó antes del 3/3 /15 me cobran el 50% menos. Quisiera saber si la diferencia de velocidad está dentro del margen de error o simplemente pagarla y sentirme estafado porque no se si esa velocidad a la que iba es real ya que entre el velocímetro del auto y el gps tengo una diferencia de 10km.
      Gracias

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      • Hugo Caceres 02/13/2015 a 06:57 #

        Legalmente la única velocidad real es la que toma el cinemómetro. No se encuentra en los márgenes de excepción ya que ha superado el límite por un 15 %

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  8. pedro 11/12/2014 a 10:58 #

    Buenos dias, Tengo dos multas por exceso de velocida en la Av. Lugones, una a 106km/hr y la otra a 108Km/hr, la permitida es 100Km/hr, pero segun el inciso «n» del Art. 33 de la ley 26363, que se incorpora al Art. 77 de la Ley 24449, tengo una tolerancia de hasta un 10%, tengo que hacer un descargo en la DGAI, como lo hago?
    gracias.

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  9. dario arismendes 10/20/2014 a 20:41 #

    buenas noches doctor
    acabo de recibir una multa de la ciudad autonoma de buenos aires por un monto de $960 (pago voluntario de $480), por una infraccion de exceso de velocidad en AU 25 de mayo por circular a 107 km/h en una zona de velocidad maxima 100 km/h. siceramente me parece excesiva al punto de que el monto es irrisorio y no se coindice con la realidad de la infraccion. queria saber si ha tenido resultados positivos de presentarse ante el ente de contralor en la calle pellegrini y que documentacion recomienda presentar ademas de la obligatoria señalada en el acta de infraccion.
    muchisimas gracias.
    dario arismendes

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  10. susana 10/10/2014 a 01:36 #

    hola doctor, al tener q realizar la venta de mi vehículo me entero q tengo dos multas con fecha 29/5/2011 las dos bajo el cod. 6525, una en AU Perito Moreno , y otra a los 7 minutos en AU 25 de Mayo.Cada una por $240 en en su origen y hoy la veo x internet actualizada a $960 cada una. Yo piensoi ir a hacer el descargo a la UACF , Ya que no fui notificada, ademas me parece que dos multas cada 7 minutos es un intento de recaudar . Puede ser q por pago voluntario reduzcan el valor? muchisimas gracias

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  11. Horacio 09/30/2014 a 15:56 #

    Hola doctor quisiera hacerle una consulta, recibi una foto multa en la cual circulaba por la autopista Perito Moreno a 109,86 Km/h y la velocidad permitida es de 100 Km/h, tenia entendido que existe un 10% de tolerancia. Se puede hacer el descargo? O no hay contemplacion? SALUDOS

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  12. Martín 09/27/2014 a 16:18 #

    Buen día Doctor,
    Me llegó una multa por circular en ruta 2 a 68 Km/hora a la altura de Lezama, por la módica suma de $1873,-
    Al ver el importe en relación a la «tremenda» infracción, me pareció oportuno revisar si por casualidad no llevaba a un par de personas muertas en el radiador. Por suerte no encontré sangre, por lo que presumo que el municipio de Lezama necesita fondos.
    Existe alguna manera de reclamar ante este despropósito? La relación entre la infracción y el gravoso importe de multa resulta cuanto menos obsceno.
    Agradeceré su respuesta y desde ya agradezco su predisposición.

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  13. Christian C. 09/23/2014 a 00:09 #

    Buenos días!
    Me llegó una fotomulta de Pozo Hondo / Santiago del Estero ruta 34 km 797 del 19 de Julio, por circular a 84km/h en zona de maxima 60.
    El cinemómetro se encontraba calibrado (página del INTI). Ahora, figura como cinemómetro manual. Siempre respeto las máximas en travesía urbana, pero no puedo dar una garantía del 100%. Sobre todo porque la multa me llega 2 meses después de detectada. Yo sinceramente no recuerdo ningún tipo de cartelería de máxima ni menos de un radar. ¿El radar debe estar debidamente señalizado? Y siendo un radar manual, ¿no se me debería haber detenido y notificado de la infracción dentro de los 10km de cometida? ¿El no haber sido detenido invalida la infracción?
    Agradezco sus comentarios para conocer cómo proceder. Lo saludo atentamente

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    • Hugo Caceres 09/27/2014 a 10:09 #

      Tratándose de un radar manual debió ser detenido y notificado de la infracción.

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      • Lorena Orlandi 10/09/2014 a 11:13 #

        buenos dias,a nosotros nos llego hace unos dias una foto multa del mismo lugar y por el mismo exceso de velocidad que esta mencionando el caso anterior. Corresponde abonar la multa??? o es una trampa de ellos??

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    • Marcelo 12/22/2015 a 12:45 #

      ES TRUCHO! al día de la fecha 22/12/2015 no hay radares habilitados en la provincia de Santiago del Estero, SON TODOS TRUCHOS, pese a que lo emiten las mismas Comunas y Municipios, cuyos intendentes deberían ir PRESOS POR ESTAFA.
      Argentina país generoso.

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  14. Claudio Domreze 08/23/2014 a 12:06 #

    Buenos dias. Recibimos una multa de la comuna de videla por ir a 63 km/h cuando el limite es 60. tiene algún formulario de descargo que pueda enviar a dicha municipalidad?

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  15. Daniel 08/13/2014 a 11:38 #

    Hola, tengo una multa por exceso de velocidad, iba a 76 Km segun la multa y la maxima es 60km, esta es sobre la ruta nacional 34 en el municipio de Pozo Hondo, como puedo verificar si esta multa es legal o no? Gracias

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  16. santioliverrumi 08/08/2014 a 22:36 #

    Doctor, buenos noches.
    Me llego una multa por ir a 86km/h en autopista illia. La maxima en autopista es de 80km/h. Cuando le dije al controlador de la ciudad la situacion de que mi velocimetro puede tener un error y yo no puedo medir de a 6km/h y, ademas, le dije que los juzgados consideran un margen de 10% como error, el controlador me dijo que nada podia hacer. Y que no habia ninguna apelacion posible. Cual seria el camino correcto a seguir en este caso? Ante quien deberia presentarme para hacer el descargo?

    El hecho ocurrio en el CGP de av cabildo e ibera.

    Saludos!

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    • Hugo Caceres 08/12/2014 a 10:45 #

      Se efectua el descargo ante el Controlador, y en caso de ser rechazado puede recurrir mediante escrito no fundado, o mediante formulario que le provee la administración. Es requisito indispensable constituir domicilio legal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese caso las actuaciones pasan al ámbito de la Justicia CoContravencional y de Faltas.

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  17. Mauro 07/28/2014 a 19:34 #

    Hola Doctor Me llego una multa por exceso de velocidad en la autopista Rosario-Santa fe. La permitida es 130 Km y segun la multa yo iba a 139 Km. Esta dentro de la tolerancia? Que se puede hacer?

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    • Hugo Caceres 07/31/2014 a 21:38 #

      Como lo explico en la nota, la ley no establece expresamente un margen de tolerancia.
      De todos modos, cuando en el art. 77 de la ley nacional de tránsito se enumeran las faltas graves, se hace referencia como una de ellas a aquellas en las cuales la velocidad registrada supere en un 10% el límite establecido.
      Ello se ha interpretado, en general, como un margen de tolerancia.

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      • jorge 08/07/2014 a 15:33 #

        hola que tal una pregunta yo tengo 5 multas por exceso de velocidad en la 9 de julio subiendo a la autopista mano aeroparque,las multas son de max 80 y en la boleta me figuran 81 , 83, 84,86,89 estas fueron de lunes a viernes en una semana de corrida, soy discapacitado puedo pedir hablar con el juez y arreglar algo porque me lleo una carta el dia de hoy qwue me van a sacar puntos , por la ley 1217 ,, me gustaria que me explique que hacer , si puedo ir con eso del 10% de tolerancia o no , desde ya muchas gracias

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  18. Evangelina 07/03/2014 a 14:24 #

    Dr Caseres,
    Me llegaron 3 multas de au. Perito Moreno, una por ir a 108km/hs, otra por 111km/hs y otra por 118km/hs, tengo entendido que se puede tomar un 10% como margen para no ser multado, esto es asi? De ser asi, la multa de 118 es la unica que corresponde verdad?

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    • Hugo Caceres 07/07/2014 a 07:56 #

      Es correcto lo del 10%, pero no puedo asegurarle cuales corresponden o no porque hay sectores de autopista con límites de velocidad diferentes.

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  19. Pablo 06/30/2014 a 17:20 #

    Para un exceso de velocidad de 3 km./h, argumentamos con el Reglamento 753/98. Pero si el exceso es el comprendido dentro del 10%, qué argumento legal podemos utilizar? Pregunto porque en el enunciado uds. dice que el límite es la velocidad máxima (sin margen) pero en un comentario, Ud. dice que la ley Nacional prevé un 10% de tolerancia. Podrá aclararme por favor? La Comuna de Videla informa? Gracias

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    • Hugo Caceres 07/07/2014 a 08:11 #

      COncretamente el 10% no está especificado en la ley como límite de tolerancia, sino como una regla para determinar si la falta es grave o leve (exceso mayor a 10% falta grave, menor falta leve), aunque los juzgados en general lo interpretan como un margen de tolerancia y en casos que serían faltas leves eximen el pago de las multas.

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  20. Oscar 06/03/2014 a 23:06 #

    Descubri via web que tengo una infraccion por velocidad del 11-02-14 (volvia de la costa), en la ruta 2 (Lezama) KM 156.2, pero nunca me llego la noticificacion, para hacer el descargo (ya que se pósitivamente que no supere ningun limite de velocidad), deberia esperar la notificacion o lo envio directamente ya que estoy vendiendo mi auto. Saludos

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  21. esteban 05/28/2014 a 21:52 #

    Buenos Días Dr, me llego una infracción de CABA de 108kmh cuando la maxima es 100kmh, que puedo hacer?
    gracias
    saludos

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    • Hugo Caceres 06/02/2014 a 11:46 #

      Podría plantear se tengan en cuenta los margenes de error de cinemómetros y velocímetros.

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  22. Alejandra 05/20/2014 a 16:32 #

    Estimado Dr. me interesa saber si para que las fotomultas sean válidas debe verse un sólo vehículo o si con dos es igualmente válida.

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  23. Rodrigo 05/17/2014 a 19:30 #

    Hola Doctor he recibido de la Municipalidad de Capayán (Trav.Urb.Chumbicha) un Acta Contravencional por exceso de velocidad, en un domicilio erróneo el cual no habito hace más de 4 años y que tampoco está como registro de inscripción del automóvil como de mi dirección de permanencia, por lo que estoy fuera de la fecha prevista para realizar un descargo. Por otra parte si bien pudiera circular con mi vehículo a la hora señalada en el acta, no recuerdo ver señalización de radares o exceder la velocidad como también es de dudosa la imagen proporcionada en dicha acta. Según otras web la Municipalidad de Capayán (Trav.Urb. Chumbicha), no estaría habilitada por la DNV como ente de fiscalización de tránsito, con la finalidad de labrar actas de infracción y si así fuera como se si cuenta con los cinemómetros (radar de velocidad) homologados por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, conforme a las normas vigentes sobre la materia (resolución Nº 753-SICYM).
    También necesito conocer los pasos a seguir para evitar posibles demandas judiciales por no acatar el pago que creo improcedente.
    Agradezco su respuesta a mi consulta.
    Saludo,

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    • Hugo Caceres 05/19/2014 a 08:28 #

      Puede remitir un descargo por vía postal (carta documento o certificada con aviso de recepción).

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      • Rodrigo 05/19/2014 a 08:30 #

        Muchas gracias

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  24. juan 05/12/2014 a 23:58 #

    Hola, no me queda claro, la ley establece un 10 % de tolerancia para clasificar a la infracción por exceso de velocidad como leve o grave, o ese 10 % de tolerancia puede eximirlo a uno de la multa.
    La pregunta es por que me llego una multa por exceso a 63,1km/h cuando la maxima es 60km/h.
    Por otro lado, en la infraccion no me figuran los datos del instrumental que se utilizo para la medicion, y no puedo consultar si esta homologado.

    Gracias y saludos.

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  25. Sergio Galiana 05/04/2014 a 16:47 #

    Dr Caceres. Recibi una multa de la ruta 63 km 1 de Dolores donde la maxima es 60 y yo circulaba a 67km/h. Puedo hacer algun descargo o debo pagar la multa? Gracias.

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  26. OMAR PRADA - PROV BS AS 04/29/2014 a 20:30 #

    DR ME LLEGO UNA MULTA DE LA MUNICIPALIDAD DE PARADA PUCHETA PROV DE CORRIENTES POR EXCESO DE VELOCIDADCON UN LIMITE DE 80 KM P/H Y LA FOTOMULTA DICE QUE IBA A 83 KM/H, EL MONTO ES TOTALMENTE EXGERADO DE $ 4.240.00 Y POR PAGO VOLUNTARIO SERIA DE $ 2.252.00 QUISIERA SABER SI ES CIERTO QUE LA TOLERANCIA EN ESTOS SISTEMAS ES DEL 5% DE ERROR O SEGUN LA RESOLUCION 753/98 PUEDE SER DE MAS MENOS 3 KM POR HORA, EN AMBOS CASOS ESTARIA COMPRENDIDO DENTRO DE LA NULIDAD DE LA MULTA,
    DEBIDO A LA DISTANCIA PUEDO ENVIAR UNA CARTA DOCUMENTO PARA SOLICITAR NULIDAD DE LA MISMA , QUE TIEMPO TIENE PARA VENCERSE LA MULTA, QUE OTRO PASO DEBO SEGUIR, MUCHAS GRACIAS

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  27. Vanesa Uviedo 04/29/2014 a 17:53 #

    Hola soy de una ciudad de cordoba y me llego una multa de Fernandez santiago del estero por exseso de velocidad.. en la carta no hay foto ni especificada la velocidad. Que debo hacer? Consult a un abogago me dijo q tengo q hacer un deacargo.. con el descargo tengo q pagarla igual? O ayuda en algo? Gracias…

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  28. ZUCCO 04/25/2014 a 23:07 #

    DR. ESTAN HOMOLOGADO LOS CINEMOMETRO DE PINTOS SANTIAGO DEL ESTERO ME LLEGO UNA MULTA QUE ME PASE EL LIMITE DE VELOCIDAD 67 KM CUANDO EL DE 60KM QUE RARO NO?

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  29. Jorge 04/22/2014 a 02:08 #

    Me hicieron una fotomulta en Diaz Velez 3420 de la ciudad de Buenos Aires. o soy de Rio Negro y casi nunca voy a Buenos Aires en auto y venia ciurculando por la Avenida Diaz Velez en la curva hacia Gallo pero dicen que hay un cartel que al llegar esa altura dice maxima 40 (yo no lo vi) y me llega la multa de que circulaba a 46 kmts. Me es impsoble ir a hacer el descargo. Puedo pedir el traslado a la jurisdiccion mas cercana a mi domicilio?

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    • Hugo Caceres 05/20/2014 a 08:44 #

      Puede hacerlo porque ambas jurisdicciones se encuentran adheridas a la ley nacional de tránsito.

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  30. Hernan Miscione 04/14/2014 a 08:26 #

    Doctor, leyendo todos los comentarios veo que hay un par en donde, al igual que a mi, les ha llegado una fotomulta de la localidad de Lezama, Pcia. de Bs.As., indicando que se había execedido el limite de velocidad fijado en 60 km/h. El exceso en cuestion es de, en todos los casos 5.73 Km/h, vale decir que circulabamos a 65.73 km/h. Puede se esto una mera casualidad, o puede estar el cinemometro «alterado»?. En el caso de querer hacer un descargo por escrito ya que no supero el 10% de tolerancia, a quien lo dirijo?. No consta direccion de Juzgado ni demas datos pertinentes, solo indica Municipalidad de Lezama. Gracias por su respuesta.

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    • Hugo Caceres 05/08/2014 a 09:40 #

      Dirija su descargo a la Municipalidad de Lezama directamente.
      No existen las casualidades y si todas las infracciones tienen el mismo valor creo que habría que plantearlo por que no estadisticamente posible que todos los vehiculos pasen a la misma velocidad.

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      • juabn 05/15/2014 a 11:15 #

        Me llego una de la misma municipalidad de 68.07 km, el tema es que al hacer el descargo no se pierde el derecho al descuento, en caso que se tenga que abonar igual?

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      • Hugo Caceres 06/09/2014 a 08:19 #

        Efectivamente, si efectúa descargo y lo rechazan, pierde la posibilidad de pago voluntario.

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  31. Eugenia 04/13/2014 a 15:01 #

    Hola doctor soy de La Rioja me llego el 6 de marzo del 2014 una multa de Chumbicha-Catamarca x ruta 38 y tiene fecha de envio el 14 de febrero x una multa del 17-09-13 que me intima a pagar en 1960 pesos caso contrario embargo de vehiculo o bienes. No tengo el dinero para pagar y ademas esta permitido le uso de radar en esa ruta?. Debo pagar? o que accion debo realizar?

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    • Hugo Caceres 05/08/2014 a 09:31 #

      Puede formular un descargo por vía postal, pero dicho municipio no informa al Registro de antecedentes.

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  32. pamela 04/01/2014 a 18:47 #

    Hola Doctor, me ha llegado un acta de Infracción de la localidad de Lezama Ruta P2 km 156.2 (yo vivo en Vicente López) según la multa el máximo permitido es de 60 km/h y yo circulaba a 65.73 km/h. Tengo entendido que aquí aplica la tolerancia del 10%, es así?
    Si estoy en lo correcto, como debo proceder? Enviando una carta de descargo? dirigida a quien? a donde?
    Muchas gracias por su tiempo y atención!!
    Pamela

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    • Hugo Caceres 04/03/2014 a 13:19 #

      Descargo dirigido al juez interviniente en su caso.

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      • JUAN ALMIRON 04/05/2014 a 16:40 #

        A DONDE SE ENVIA EL DESCARGO? GRACIAS

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      • Hugo Caceres 04/05/2014 a 20:35 #

        Al Juzgado interviniente en el caso.

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      • pamela 04/15/2014 a 17:51 #

        Hola Doctor, mi multa es por exceso limite velocidad, el mínimo era 60km/h y según la fotomulta yo iba a 65.73km/h. Tengo entendido que el margen de tolerancia a la velocidad máxima de 60km/h. es del 4% (no del 10%) Corresponde la carta de descargo para que anulen la multa? Gracias

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      • Hugo Caceres 05/19/2014 a 08:32 #

        Siempre puede efectuar un descargo si posee fundamentos para oponerse al acta de infracción.

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      • Facundo Picabea 04/28/2014 a 01:10 #

        Estimado Dr. Caceres,
        Recibí una multa de tránsito de la Municipalidad de Recreo, Catamarca por exceso de velocidad tomada con una cámara. De acuerdo con dicho artefacto, yo circulaba a 71 km/h. Ahora bien, mientras que en la cámara se lee que la velocidad máxima es de 65 km/h (lo que implicaría que no superé el 10 % de tolerancia), el texto de la multa indica que la velocidad máxima en el lugar es de 60km/h. Mis preguntas al respecto son tres: puedo argumentar que dicha contradicción en el documento es razón para desestimar la infracción? Puedo apoyarme en la máxima de 65km/h y argumentar que no superé el 10% de tolerancia nacional? El municipio de Recreo informa las infracciones?
        Muchas gracias por su tiempo, saludos cordiales,

        Facundo Picabea

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      • Hugo Caceres 04/28/2014 a 08:36 #

        Puede utilizar los argumentos que menciona. Recreo no informa al registro de antecedentes.

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  33. maría 03/28/2014 a 14:32 #

    me llegaron 2 multas con foto recién por correo argentino hoy 28 de marzo y el pago voluntario dice 10 dias habiles ese valor con descuento como hago para comprobar que recien me llega hoy como 10 días despues de que se labró???? estoy comoa 800km o se no puedo presentarme por azones lógicas de distanciaapara hacer descargo….

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  34. Paola 03/28/2014 a 09:26 #

    Hola Dr. Cáceres. Hoy me llego una multa de corrientes alvear Ruta 14 max 60 y yo iva a 74, el tema es que era movil y no habia señalización, y me cobran $ 1994 si lo pago ya y a partir del 4-4-14 se me va a 3732, yo no cuento son ese dinero, estuve leyendo que no puede cobrar la municipalidad multas en ruta nacional, me puede contestar que me conviene hacer? si puedo safar de esta multa o si debo pagarla antes de que suba.

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  35. Cecilia 03/27/2014 a 18:57 #

    Hola! recibí el acta de infracción por una multa (circulaba supuestamente a 88 km/h cuando el máximo permitido era de 60 km/h) en la ruta provincial 63 km 0,55. Es correcto el lugar que señala?? Según la información que puede ver en internet, en esa ruta sólo hay radares en los km 8,8 y 13,3….
    Además en la foto se ven las luces de freno encendidas. Puede ser usado como defensa?
    Y otra pregunta: tengo entendido que es obligatoria la presencia de un oficial al momento de labrarse el acta de infracción por más que ello sea con un radar. Es ello así?
    Doctor, desde ya, muchas gracias por todo!

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    • Hugo Caceres 03/31/2014 a 07:30 #

      En provincia de Bs AS se encuentra autorizada por ley la toma de actas de infracción por fotomulta, sin presencia de oficiales al momento.

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  36. rolando garcia 03/23/2014 a 19:43 #

    q tal buenos dias me hicieron una multa por exeso de velocidad iba o pase 67 km/h el cartel decia 60 km/h se se puede tolerar el 10% me paso en videla sant fe el 4 de enero del 2014 q debo hacer

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  37. Jose 03/14/2014 a 10:29 #

    Buen día Dr. Cáceres
    Me llegó una infracción de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (prov. de Santa Fe) en AP01 km 10,8 Fray Luis Beltrán por exceso de velocidad. Iba a 141,8 y el límite es 130.
    Puedo argumentar el 10% de tolerancia?
    Gracias de antemano.
    Jose

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    • Hugo Caceres 03/17/2014 a 07:50 #

      Podría hacerlo, aunque en algunas jurisdicciones no lo admiten, sobre todo cuando la velocidad detectada es superior a 140 km/h.

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  38. veronica cuesta 03/12/2014 a 17:35 #

    doctor el 10/02 de este año me llego una fotomulta de la localidad de pinto sgo del estero x exceso de velocidad y en el dia de hoy me llego una cedula que sino la pago me pueden embargar el auto y bla bla bla nose que debo hacer si pagarla o no si me corresponde desde ya muchas gracias

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  39. veronica cuesta 03/12/2014 a 17:34 #

    doctor el 10/02 de este año me llego una fotomulta de la localidad de pinto sgo del estero x exceso de velocidad y en el dia de hoy me llego una cedula que sino la pago me pueden embargar el auto y bla bla bla nose que debo hacer si pagarla o no si me corresponde desde ya muchas gracias

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  40. agustin 03/07/2014 a 20:30 #

    Hola, te hago una consulta, me llegaron 2 multas de la provincia de corrientes, una en la cuál la máxima era de 60km/h y según la foto iba a 65km/h y otra donde la máxima era de 80km/h y la lectura fue de 102km/h.
    La consulta es, porque en ningún lado había señalizacion sobre la utilización de radares, aparte, las multas llegaron luego del primer vencimiento (pago voluntario) y por último en que me afectaría el no pagarlas, porque en ningún momento me detuvieron para pedirme ni carnet ni nada por el estilo, osea que ¿la multa está aplicada al auto? mencionan la quita de puntos del carnet, pero a quien le van a quitar puntos?. si me podría brindar alguna ayuda se lo agradeceria, saludos

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  41. Sergio Stuto 02/28/2014 a 11:38 #

    Hola Doctor, recibí una foto multa del municipio de Toay en la provincia de La Pampa por ir a 80kms por hora cuando la máxima permitida es de 70km pero yo iba controlando la velocidad y estaba el velocímetro a menos de 70kms, qué puedo hacer?

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    • Hugo Caceres 03/17/2014 a 08:05 #

      Entre su velocimetro y el cinemómetro lo mas probable es que opten por lo que informó este último.

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  42. Ricardo 02/26/2014 a 09:21 #

    Muchas gracias Hugo por tus palabras, Una consulta Adicional, ante una multa en la ruta 63 (Dolores) Buenos Aires, puedo tener problema para renovar registro en Monte Grande, partido de Esteban Echeverria? En agosto del 2014 tengo que renovar el registro. agradecere su respuesta, un abrazo Ricardo

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    • Hugo Caceres 03/07/2014 a 07:40 #

      Si la infracción de Ruta 63 tiene sentencia impedirá renovar la licencia.

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      • Ricardo 03/07/2014 a 11:12 #

        muchas gracias Hugo, un abrazo Ricardo

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  43. Ricardo 02/24/2014 a 09:00 #

    Hola Doctor, Recibi una fotomulta del Municipio de Dolores ruta provincial 63 km 0,55 de un viaje del 16/11/13 por ir a 66 KM / H donde la maxima es 60 KM /H. Puedo oponer alguna tolerancia en las velocidades permitidas? Que ley / artículo debería oponer? El equipo que tomo la fotografia, estaria homologado por el INTI.

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  44. Ariel Popovsky 02/24/2014 a 00:53 #

    Al transferir el auto aparecieron dos multas de Febrero de 2011 en la ruta 2, por exceso de velocidad (70 en zona de 60km/h), por un total de 3500$.
    Concurrí al juzgado de Mar del Plata pero sólo me permiten contestar en forma escrita.
    No prescribieron estás multas?
    El cinemómetro, según el INTI está homolagado de 2012. Sirve esto cómo defensa?
    Muchísimas gracias!

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    • Hugo Caceres 02/24/2014 a 07:21 #

      El plazo de prescripción en ese caso es de 5 años.
      Si el cinemómetro no se encontraba homologado, el acta puede ser anulada.

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  45. Elvis Loza 02/21/2014 a 13:46 #

    Estimado Dr. Caceres. me llogo un acta de infraccion de velocidad en R.N. 14 Km. 600,6 Alvear corrientes la maxima es de 60 Km/h y yo iva a 64 Km/h aplica el 10% de tolerancia a este caso.

    gracias de antemano.

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    • Hugo Caceres 02/24/2014 a 08:10 #

      Puede plantear dicha situación en su defensa.

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      • Elvis Loza 02/24/2014 a 12:04 #

        gracias…. lo plantee y me dieron la baja de la infraccion

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  46. Elvis Loza 02/21/2014 a 13:22 #

    Estimado Dr. Caceres. me llogo un acta de infraccion de velocidad en R.N. 14 Km. 600,6 Alvear corrientes y yo iva a 64 Km/h aplica el 10% de tolerancia a este caso.

    gracias de antemano.

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  47. manuel 02/20/2014 a 01:01 #

    buenas tardes dotor caceres, mi consulta en la localida de pinto santiago del estero , me llego una multa por eso de velocidad , las dichas velocidades en los pueblitos las conosco las cual las respeto ,la permitida en dicho municipio , zona urbana es 60 dicha velocidad las respecte , y se me notifico un exeso de 065 mk/h lo cual en ese dia y fecha transite en ese horário respetando la velocida requerida . el equipo de medicion es el correto ? dicho equipo esta avilitado? le paso la descricion del mismo ..
    cinemometro con registro grafico marca systeco modelo digimax 1.5 serie 04c280012 de verificacion primaria ml- á- 000681/2007 .
    otro particular para dicho agente de transito no cumplio con los requerimientos establecidos por no tener el veiculo señalisado he informando de `su control y advertido por mi acompañante que tenian una camara oculta con ropas ,
    existe el margen de tolerancia , abono o no la notificacion . soy de buenos aires localidad de guernica desde ya disculpe las molestias ,solo me queria asesorar antes de tomar una decicion

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    • manuel 02/20/2014 a 01:20 #

      adiero info fecha de emicion de la misma 17/01/2014—- fecha vecimiento 11/02/2014 llego a mi domicilio 19/02/2014
      fecha labrada o medida`como fuere 06/01/2014
      disculpe nuevamente

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    • Hugo Caceres 02/26/2014 a 07:13 #

      Dicho municipio no informa al Registro de Antecedentes, por lo que no tendrá impedimentos respecto a la renovación de licencia o transferencia del automotor.

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      • manuel 02/26/2014 a 19:26 #

        desde^ya muchas gracias por su asesoramiento…

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  48. Andres 02/11/2014 a 18:31 #

    Hola Doctor, Recibi una fotomulta del Municipio de Pinto Santiago del Estero de un viaje reciente por ir a 66 KM / H donde la maxima es 60 KM /H. Puedo oponer alguna tolerancia en las velocidades permitidas? Que ley / artículo debería oponer?

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    • Hugo Caceres 02/13/2014 a 08:12 #

      Las multas de dicho municipio no lo afectan para renovar licencia y/o transferir. Recibirá alguna intimación mas, pero hasta el momento no inician acciones de cobro por las mismas.

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  49. Alexis Do Nascimento 02/05/2014 a 12:01 #

    Estimado, me hicieron una multa por circular a 75.5 km/h por Av. Pres. Figueroa Alcorta (CABA) y la máxima permitida era de 70 km/h. En este caso, ¿no aplica el margen de tolerancia del 10%?

    Saludos,
    Alexis

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  50. neri 01/29/2014 a 07:00 #

    Buen día doctor le quería hacer una consulta me hicieron una multa en Rta.Nac.38Km513 TRAV.URV. Catamarca -CHUMBICHA 60Km/h y me mandaron que iba a 95Km,ES aplicable multa en esta region?, y me llegó la.notificación vencida estaba en el buzón y no tengo como justificar eso yo vivo provincia santa cruz .Q se puede hacer porque se me duplicó el monto a pagar 1700.

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    • neri 01/29/2014 a 07:08 #

      La infracción fue el 20-01-2013 y la emisión de nota fue en septiembre y a mi casa llegó en octubre. Y y el 17-01-2014 me llegó un intimacion . Q puedo hacer?

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    • Hugo Caceres 01/31/2014 a 12:20 #

      Dicho municipio no informa antecedentes a los Registros por lo que dicha infracción no le traerá problemas. A lo sumo recibirá intimaciones, amenazas de embargo, etc. pero, al menos hasta ahora, no inician actuaciones judiciales por dichas multas, sobre todo teniendo en cuenta su domicilio.

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  51. Laura 01/26/2014 a 17:51 #

    Hola… Necesito saber si el correo electrònico que le enviè ha sido visto por ud/s… Un salaudo.

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  52. Pablo 12/13/2013 a 09:12 #

    Buenos Dias Doctor.
    No pendiente por ahora ninguna infracción pero me gustaría obtener su consejo sobre esta modalidad de algunas policias de Cordoba respecto de indicar que determinado vehiculo ha cometido una infracción como sobrepaso en un puente, cuerva, linea amarilla, etc kilometros atras sin niguna prueba documental, ni foto, solo la supuesta confirmación de otro oficial por radio…. como nos podemos defender en ese caso, es la palabra del oficilal sobre la nuestra. Como debemos actuar? No firmar la infracción y pedir que la envien al domicilio? Nos pueden retener la documentación ?
    Gracias por su valorable ayuda

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    • Hugo Caceres 12/17/2013 a 08:14 #

      Se debe plantear la falsedad del acta de infracción cuando concurra al Juzgado interviniente.
      La negativa a firmar el acta, si bien no afecta la validez legal de la misma, puede servir para fundar algún recurso defensivo.

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  53. Laura 12/09/2013 a 17:40 #

    Estimado doctor, llegó a mi casa una fotomulta por exceso de velocidad en la Ruta 2 Km. 114, donde dice que circulaba a 85 km/h en un lugar en donde la máxima es de 80 km/h. Llamé para preguntar por la tolerancia del 10% de la Ley 24449 y me dijeron que fue derogada por la Ley Provincial 13927 y que ya no hay más tolerancia. Es esto cierto?
    Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 12/10/2013 a 07:30 #

      No. Es una cuestion de interpretacion de la ley, pero no está expresametne derogado.

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      • Laura 12/10/2013 a 09:23 #

        Mil gracias! Saludos

        Me gusta

  54. paula 11/25/2013 a 20:24 #

    fue en la rn 14 km 585 la cruz corrientes, en mi casa puedo hacer algo, ademas me llego vencida la multa, en donde tenia dos fechas de pago con descuentos, y me dice q puede llegar a $9800 el pago,. que me conviene hacer?

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  55. paula 11/25/2013 a 20:13 #

    una consulta me hicieron una multa en la provincia de corrientes por pasar a 72km y la maxima es de 60km, el valor es de $4mil pesos, puedo hacer algo? yo yos de la provincia de buenos aires, si no la pago, me salta eso cuando quiera vender el auto? o solo me piden las infracciones de provincia de bs as?

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    • Hugo Caceres 12/11/2013 a 07:52 #

      Puede plantear la nulidad de dichas infracciones, y usualmente son resueltas favorablemente.
      Actualmente dichas infracciones no son informadas por el municipio al REgistro de Antecedentes, pero no sabemos si las informaran luego.

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  56. Walter Bovina 11/18/2013 a 23:21 #

    Estimado Dr, COnsulta por una multa labrada el 16/1/12 en Ruta 2 KM45, Velocidad Permitida 80Km/h y yo iba según radar 89,96 km/h. El descargo puede estar basado principalmente en que estaba disminuyendo la velocidad y que puede existir un error de medición del aparato sumado a un porcentaje de la tolerancia de la velocidad máxima? Atentamente

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    • Hugo Caceres 11/25/2013 a 12:11 #

      Puede utilizar dicho fundamento, pero no creo que sea admitido por el juzgado interviniente.

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  57. Christian 11/07/2013 a 19:58 #

    Dr Caceres:
    Una consulta. Me llegó una boleta de que cometí una infracción en el Partido de Castelli, en la autovia 2, por ir a 87 km/h cuando el máximo permitido es de 80 km/h.
    Quería saber si tengo que pagarla o por el margen de tolerancia puedo no pagarla.
    En dicho caso, ¿cómo debo proceder?.
    Desde ya, muchas gracias.

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  58. Marcelo 11/04/2013 a 20:14 #

    Estimado Dr. Caceres:
    Queria consultarle lo siguiente: me hicieron una multa por exceso de velocidad en Villa de Soto, Prov de Cordoba, Ellos me dicen que iba a una velocidad de 122 kms cuando la maxima de de 110 kms, siendo que no habia cartel indicador alguno, me hicieron la multa y la firme, en dicha multa esta equivocado la calle y el numero, mi pregunta es: Es Viable apelar?, ante quien o quienes? siendo que resido en Buenos Aires. desde ya muchas gracias

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  59. juan 11/01/2013 a 19:40 #

    Hola Dr le consulto, me llego una fotomulta por circular a 86 km cuando la maxima permitida es 80 en autovia 2 llendo a chascomus, se puede descargar alegando el %10 porciento de tolerancia? o es solo para rutas nacionales? sirve si es una ruta provincial?

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  60. natalia 10/23/2013 a 11:34 #

    hola dr necesito consultarle sobreuna multa de velocidad lo permitido es 60 yo fui a 67km/h segun la foto multa dec. centenario berazategui altura usetich.Me conviene hacer descargo o pagarla!!!gracias

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    • Hugo Caceres 10/31/2013 a 07:07 #

      Para fundar un descargo debe tener argumentos que permitan sostener que no constituye infracción.

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      • GABRIEL 11/01/2013 a 17:25 #

        Señor me hicieron una multa en Rta.Nac.38Km513 TRAV.URV. CHUMBICHA 60Km/h y me mandaron que iba a 65Km,ES aplicable multa en esta region

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      • Hugo Caceres 11/02/2013 a 08:42 #

        Si está señalizado dicho límite de velocidad es aplicable. Catamarca se encuentra adherida a la Ley Nacional de Tránsito.

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  61. Rafael 10/19/2013 a 18:26 #

    Buenas tardes Hugo, me llego una multa por exceso de velocidad de Entre Rios, Ruta Nacional 14 Km 118 paraje Talita. Circulaba a 116 Km cuando la máxima en la ruta es de 120 km, pero había una rotonda con caminos de tierra… (es zona rural) donde solicitaba bajaba la velocidad a 80 km, y en ese lugar no había ningún peligro hacia los transeúntes. Veo que la multa es a modo recaudatorio, ya que me piden pagar $800. Para colmo llego con 5 días de atraso de su fecha de vencimiento. Gracias por su comentario.

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    • Hugo Caceres 11/02/2013 a 09:09 #

      Si existía señalización indicando la disminución de velocidad, debió reducir la misma independientemente de que a su criterio no hubiere peligro o transeuntes.

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  62. leonel rodriguez 10/18/2013 a 13:37 #

    Estimado Dr. Caceres, acabo de resibir una multa de la provincia de corrientes, especificamente en la RN 14 km 585 «la cruz corriente» en donde la velocidad maxima es de 60 km/h y yo paso a 63km/h. me parece que esto es mas para sacar plata que por otra cosa ya que la multa es de 2.940,48.
    Que tengo que hacer en estos casos desde ya muchas gracias saludos atte.

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    • leonel rodriguez 10/18/2013 a 15:19 #

      dr. le quisiera hacer otras preguntas ya que he leido el blog y en otro casos parecidos al mio como por ej: que la municipalidad de la cruz en corriente no tienen competencia para realizar infracciones de trancito sobre la ruta nacional n°14, la otra que mis 3km pueden ser por un error del cinemometro y a su vez la multa no esta validada por el INTI.
      que pasa si yo no hago nada, ningun descargo, etc. me puede perjudicar en algo?, de lo contrario ya que me tomaria tiempo y dinero en realizar un descargo, podria tomar acciones legales sobre el municipio?. desde ya muchas gracias y espero su respuesta-

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    • Hugo Caceres 11/02/2013 a 09:12 #

      Envie un recurso de nulidad.

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  63. Rach 09/24/2013 a 21:23 #

    me hicieron una multa por exceso de velocidad en Pampa del Infierno provincia del Chaco, ¿esta autorizado? y la notificación me llego por carta simple, ¿es valida?

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  64. Ariel Rodriguez 07/29/2013 a 12:08 #

    Estimado Hugo Caceres, soy de San Rafael provincia de Mendoza. Me llegó hace varios días una foto-multa de la provincia de Buenos Aires Ruta 2 Km 41.95 Berazategui. La velocidad máxima es de 100km/h y según la foto-multa mi velocidad era de 105,5 km/h. Me comuniqué el día 27/05/13 hablé con una señora en donde me comunicó que se me iba a sacar la multa debido a que está dentro de los límites del 10%. Tiempo despúes me volví a comunicar al 0-800 para verificar de que ya no exista tal infracción y ahí me comunicaron que no se me había perdonado que debía mandar una carta al juzgado de La Plata. Mi consulta particular primero es a quien debo dirigir la carta, y segundo si es factible se me quite la multa por lo establecido en la Ley nacional sobre la tolerancia del 10%. Espero su respuesta. Muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 08/01/2013 a 16:37 #

      Es factible. Debe dirigirse al Juzgado de Infracciones de Tránsito de La Plata: calle 13 y 526, La Plata.

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      • Ariel Rodriguez 08/07/2013 a 10:19 #

        Sr. Hugo: Buen día. Agradezco su respuesta. En la nota de descargo debería hacer referencia a alguna reglamentación en especial. Saludos

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  65. Gaston 06/30/2013 a 20:38 #

    Estimado, me llegó una foto multa de Castelli. Max 80km/h y circulaba a 86km/h. Puedo entender que se considera falta leve por no haber sobrepasado el 10% de lo permitido y prescribe a los 2 años?. Gracias

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    • Javier 08/02/2013 a 17:00 #

      Hola Gaston, me paso exactamente lo mismo, me dicen que pase a 86 km/h, mucha casualidad no? para mi que les anda para la mierda la camarita y ahora tengo que hacer el descargo y todo el quilombo que eso me genera ya que hay que hacerlo en dolores. Si te va podriamos presentar una carta en forma conjunta. Mi mail : jerryfalcon@hotmail.com

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      • Fernando 08/09/2013 a 15:39 #

        Me acaba de llegar una multa de Dolores, en la rta 63 maxima 60km y me envían una multa por ir a 67km/hr??? es meter la mano en el bolsillo de los ciudadanos!

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  66. Julio Rodriguez 06/07/2013 a 16:32 #

    Dr. Hugo Caceres, me llego una multa por circular a 107,35 km/h, cuando la velocidad maxima es de 100 km/h, en el km 4,5 de la autopista perito moreno (au5), en Bs As. Queria preguntarle si existe un margen de error y si deberia pagarla? ya que por mas preciso que sea el cinemometro, tambien existe un error en mi velocimetro, por lo cual, siempre van a estar defasados uno respecto al otro, y siempre va a haber un margen de error. (equipo: av_060 ; homologacion: dnci 625/2008; nro de serie: cjr 0060; vencimiento de calibracion: 02/08/2013) muchas gracias

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  67. ivan adesso 06/05/2013 a 10:17 #

    hola doctor tengo una consulta . me llego una infraccion de trancito de la ruta provincial Nº 40 en la zona de marcos paz…. donde no hay señalizacion alguna el la que dice q la velosidad permitida es de 60 km y yo circulaba a 73km ahora la pregunta seria si uno no tiene señalizacion de la velocidad permitida!! como hacen infracciones asi??

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  68. Maximiliano 06/03/2013 a 10:17 #

    Buen día Hugo, Me hicieron una multa por circular a 105.62 km/h en un lugar donde se debe circular a 100km/h (Km 203 de la ruta N°2, Partido de Dolores). Debo pagar los 531 de pago voluntario? o existe una tolerancia del 10% para las fotomultas en esa ruta y puedo apelar? Muchas gracias. Saludos

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  69. Jorgelina 05/28/2013 a 19:02 #

    Hola, no se si se lo advirtieron, pero la LEY NACIONAL 24449, en su artículo 77 indica…. que la tolerancia es del 10%, lo del 3% es el máximo de error permitido en los aparatos q miden la velocidad para sacar las fotomultas. Sld.s

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    • GABRIEL 11/01/2013 a 16:17 #

      Si es asi genial Gracias.
      a mi me hicieron una multa en una zona de 60Km/ ,y yo iba a 65Km,que en realidad mi velocimetro me indicaba 60Km/h.
      Ademas es en CAPAYAN -Chumbicha Catamarca , sobre La ruta Nacional N°38 , en el cual esta prohibido el uso de CINEMOMETRO.

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      • neri 01/29/2014 a 06:28 #

        Hola a mi llegó una multa de ese lugar y no vi que estaba senalizado. Q hago la pago?

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  70. Enrique Omar Castillo 05/13/2013 a 10:16 #

    Buen dia Dr. Caceres, me llego una fotomulta de la municipalidad de Pama del Infierno (Chaco) sobre ruta nacional 16, donde circulaba a 66 km/h. cuando lo permitido era de 65 km, ocurrio el 15/12/12 y me llega la notificacion para que pague el 09 de mayo, estoy a 400 km de este muncipio y lo hacen por carta simple, es legal? debo pagar, o estoy dentro de la tolerancia del 10 % , asimismo le informo que no existe carteleria indicando que se controla la velocidad por radar, que debo hacer.

    desde ya muchas
    Gracias

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  71. Antonio 04/24/2013 a 00:22 #

    Como puedo saber si la Municipalidad de Campo Largo en el Departamento Independencia del Chaco esta autorizada o tiene convenio para realizar los controles con Foto multa…Muchas gracias…

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  72. Javier Gustavo L 04/23/2013 a 14:15 #

    Hola Dr. Caceres, el Municipio de Dolores, Pcia de Bs As, me envio una fotomulta por 66 kms cuando el maximo permitido en la zona era de 60 kms. El lugar es el siguiente: R63 KM1 ascendente Dolores. Esta gente esta autorizada a realizar fotomultas, y el radar estara autorizado. Estoy dentro del 10% del maximo permitido, ademas la treta de esta gente es la siguiente, indican que el maximo es 120, a los 300 mts que es 80 kms y a los 200 mts mas que es 60 kms, entonces no dan tiempo a bajar la velocidad y aplican la multa. Hay alguna forma de defenderse de este acto delictivo por parte de la Municipalidad de Dolores. Muchas gracias Dr Caceres. Saludos cordiales.

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  73. Francisco cheble 04/03/2013 a 02:45 #

    Dr caceres el cinemometro en cuestion es el que paso a detallarle STALKER
    STALKER LIDAR
    estados unidos
    080002
    DNCI Nº 871/03
    26/11/10 al 25/11/11
    PORTATIL sin reg.
    STALKER
    STALKER LIDAR
    estados unidos
    080002
    DNCI Nº 871/03
    15/07/11 al 14/07/12
    PORTATIL sin reg.

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  74. Francisco cheble 04/03/2013 a 02:32 #

    Dr Caceres me realizaron una multa por exceso de velocidad en la autopista Cordoba Rosario la maxima es de 130 km y segun el radar era de 137km el tema es que averiguando en el INTI el cinemometro posee la autorizacion vencida que debo hacer en este caso, gracias

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    • Hugo Caceres 04/05/2013 a 11:21 #

      Puede plantea la nulidad del acta de infracción por no contar el instrumental utilizado con las condiciones exigidas legalmente para su validez.

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      • francisco 04/05/2013 a 19:40 #

        Gracias dr Caceres

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  75. Carlos Diaz 03/19/2013 a 19:35 #

    Don Hugo,entre a su pagina para hacerle la misma pregunta que la mayoria que aqui redactan, del 10% de margen de error de velocimetro. Me siento respondido y muy agradecido por su paciencia y calidad humana. toda la vida me maneje con ese porcentaje «10» y en mas de 9 millones de km.caminados como trasportista y conductor de larga distancia por todo el pais,nunca tube una infraccion ni arreglo.Ahora de jubilado en 180 mil km.tengo dos multas pagas y una que me acaba de llegar,ninguna exede el»10%.bueno esto es otro pais, porque en casi cualquier parte del mundo es una ley clara y por ese porcentaje no hay infraccion.Nuevamente muchas gracias por su hombria de bien..le mando un fuerte abrazo

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  76. Cecilia Fernandez 03/17/2013 a 15:47 #

    ESTIMADO DR. CACERES. HE RECIBIDO UN ACTA CONTRAVENCIONAL EN DONDE EL JUZGADO DE FALTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE RECREO- CATAMARCA, ME NOTIFICA ACERCA DE UNA MULTA POR EXCESO DE VELOCIDAD EN ZONA URBANA, DONDE LA PERMITIDA ES DE 60 KM Y EL CINEMOMENTRO DETECTO 67 KM/H, EN RUTA NAC 157. QUISIERA SABER SOBRE QUE PUEDE VERSAR EL DESCARGO, YA QUE VIVO EN LA PROV. DE SALTA Y DEBO ENVIAR POR CORRESPONDENCIA DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES. DESDE YA MUCHAS GRACIAS!

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    • Hugo Caceres 03/18/2013 a 07:49 #

      El Municipio de Recreo no se encuentra habilitado para aplicar multas por infracciones a la ley nacional de tránsito.

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      • pedro 08/20/2013 a 18:53 #

        sr hugo caceres me llego una foto multa de fernandez santiago del estero en la ruta nacional 34 kilometro 685 que la maxima permitida es de 65km y yo iva 66 km, esto dice la multa y en la ruta no tiene señalizacion de control por radares o cartel de velocidad esat multa lo tengo que pagar

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  77. Sebastian Sanchez Viamonte 03/16/2013 a 15:48 #

    Dr. Caseres mi consulta es la siguiento: me ha llegado una fotomulta de la Municipalidad de Bonpland-Provincia de Corrientes, por exceso de velocidad en R.N. 14 Km 471 donde la velocidad permitda max. es de 60KM/H, segun la infraccion circule por dicha ruta a 63 KM/H. Necesitaria saber si la tengo que abonar o se puede relizar algun descargo para que quede desestimada, dado que por lo que he leido existe una tolerancia. Desde ya muchas gracias

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  78. BRENDA 03/13/2013 a 08:11 #

    BUEN DIA , QUISIERA CONOCER QUE DEBO HACER. VIVIENDO LEJOS DE DONDE INICIALMENTE REGISTRE MI LICENCIA D E CONDUCIR , CAIGO EN ENTERARME CUANDO VOY A RENOVAR EL REGISTRO QUE TENGO UNA MULTA DE RUTA NAC 8 ZONA FONTEZUELA, PERGAMINO DE 70KM DEL 2011 , EN DICHO LUGAR SE COLOCO HACE UNOS AÑOS UN RADAR SIN CONOCIMIENTO DEL MUNICIPIO, CREO EN EL 2010?..ESTE RADAR SE ENCUENTRA ABAJO DE LA SALIDA DE UN PUENTE DONDE CIRCULAN CAMIONES A ALTA VELOCIDAD, Y NO ESTA SEÑALIZADO POR LO CUAL TODOS LOS QUE CONOCEN EL LUGAR SABEN Q SI NO MARCHAS TE PASAN POR ENCIMA Y SUCEDEN ACCIDENTES. EL CONSEJO DELIBERANTE DE PERGAMINO PRESENTO UNA ORDENANZA QUE FUE APROVADA POR LA PCIA Y SE RETIRO EL RADAR EN EL 2012. QUE DEBO HACER AHORA CON ESA MULTA? YA QUE ME PIDEN 2000? Y QUIERO SACAR EL REGISTRO PARA TRABAJAR…(APARTE ESTO ES MERAMENTE RECAUDATORIO YA QUE SE DEMOSTRO QUE EL RADAR ESTABA EN CONTRAVENCION CON LA LEY,,,ADEMAS TENGO MUCHA BRONCA (ESTO NO TIENE NADA Q VER PERO SCIOLI ME DEBE CINCO MESES DE PAGO POR TRABAJO DE PERSONAL DE SALUD COMUNITARIO Y NO ME LOS PAGÓ AUN,,,,PERO QUIERE COBRARME ..

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  79. Lucas 03/04/2013 a 19:02 #

    Dr. Le hago una consulta para que me de su comentario.
    Circulaba por la Runa Nacional Nº 9 a la altura de Pilar Córdoba km 672, me detienen y según la policía Caminera de Córdoba circulaba a 144 km/h.
    1) Tiene competencia la caminera de Córdoba en la R9 que es nacional no estando adherida córdoba a la Ley Nac. TRanst.
    2) Como se computa el 10% del art. 77 Ley Nac. sobre la medición delñ radar (en mi caso 14,4 km de margen) o sobre la máxima permitida (10% de 130)
    3) En el momento de la medición yo circulaba por el carril izquierdo de la autopista adelantando automóviles que circulaban por derecha.
    PUedo plantear lo que dice esta norma:
    El Art. 48 de la Ley de Tránsito de Córdoba dice:
    Las velocidades máximas fijadas para las vías rápidas y rutas convencionales que
    no discurran por suelo urbano sólo pueden ser rebasadas en 20 Km./h., por automóviles y motocicletas, cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.
    Gracias

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    • Eduardo Daniel Gennaro, Mgtr. en Planificacion del Transito y Transporte 04/12/2013 a 11:52 #

      Si tiene que abonarla, las Rutas nacionales son nada mas que en su contrucción, el ejericicio del poder de policia en la misma es de las provincias, salvo cuando sean en hechos devenientes de materias delegadas por la Provincia a la Nacion, » la Provincia mantiene todo el poder no dlegado en la Nación» y el transito no es una facultad delegada

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  80. oscar 02/13/2013 a 15:40 #

    estimado Doc Caseres le comento que tengo una infraccion el la ruta 74 km 23 velocidad maxima 60km h y me tomo a 68 km h puedo apelar dicha infraccion por tolerancia +- 3 o es conveniente abonar ? ya que son casi $500-
    mis saludos

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  81. gabriel 01/24/2013 a 12:04 #

    Estimado Doctor Cáceres, me llegó una multa por exceso de velocidad donde figura que el infractor soy yo, pero si existiese dicha infracción en la hora indicada yo no manejaba el auto, soy el titular. La pregunta es ¿el infractor es el conductor o el titular del auto?

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    • Hugo Caceres 01/28/2013 a 10:33 #

      El titular se exime de responsabilidad informando los datos de identidad completos de quien conducia el vehículo.

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  82. rodiju 01/23/2013 a 17:55 #

    No es correcto lo vertido por el letrado. La ley 26363 refiere y admite una tolerancia de 10% en las mediciones de velocidad. Justamente debido a los errores de medicion del fiscalizador y los propios velocimetros.

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    • Hugo Caceres 01/28/2013 a 10:39 #

      El art. 77 de la ley nacional de tránsito enumera las faltas que se consideran GRAVES, y en su inc. n) modificado por la ley 26.363, sostiene:
      Constituyen faltas graves las siguientes:…n) La violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%);(Inciso incorporado por art. 33 de la Ley N° 26.363 B.O. 30/4/2008. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial).
      La interpretacion jurisprudencia es que dicho margen del 10 % se aplica para considerar si una falta es grave o leve, no para determinar si o no una falta.

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  83. Lorena 01/14/2013 a 19:08 #

    Hola,me mandaron una foto multa,por exceso de velocidad de 100 a 107,4 Km/h ,en autopista perito Moreno,por 7.4 Km/h de exceso me cobraron 160 $ no excediendo el 10% de límite de velocidad.Yo vivo en provincia la multa es el capital.Porque no se respeta la ley nacional de transito?

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  84. almendra 12/19/2012 a 10:50 #

    Hola Hugo estaba buscando en internet para sacarme una duda sobre una multa en la CABA y encontre este foro .. te dejo el comentario a ver si me podes ayudar ! me llego una multa y una citación por ir a 21 km en una calle del centro porteño y que la máxima era 10 km por una supuesta bicicenda ( colombres entre independencia y eeuu.) .. esto puede ser ??? hay una ley que reglamente que hay una maxima de 10 km en un tramo muy pequeño?

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  85. carlos daniel 11/20/2012 a 23:19 #

    quiero en ppio felicitarlo por el espacio, y comentar que estuve buscando el articulo 77 y no he podido encontrar el lugar donde se expresa el punto del 10 % de tolerancia. de todas maneras esto no seria el problema el problema es que soy de la plata y me llego una fotomulta de la autovia illia donde el maximo permitido es de 80 y yo circulo a 85,10 el tema es que me da desconfianza reclamarla ya que el minimo digamos puedo pagarlo y me acobarda el tema de que ellos pueden elevar el monto a valla a saber cuanto. que me aconseja ? reclamo ?. desde ya muchisimas gracias.

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    • Hugo Caceres 11/21/2012 a 08:27 #

      Los valores de las multas en CABA son bajos, y si solo tiene una infracción quizas lo mas conveniente es abonarla haciendo uso de la opción de pago voluntario, que discutirla.

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  86. Martin Ledesma 11/09/2012 a 18:21 #

    Estimado Doctor. Respeto su aporte a la comunidad via este foro. Me pusieron una multa por ir a 108km/h en la AU 25 de Mayo CABA. Fui personalmente al juzgado correspondiente y solicite que se aplique el articulo 77 inciso n de la ley nacional de transito. Los mismos argumentaron que no correspondia por ser una ley nacional y no de Caba. Me solicitaron que pruebe lo que digo, porque argumente que es por el Error estandar de la medicion. Esta perdido o por escrito le pongo la ley? Es correcto lo que plantea el funcionario?

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  87. Susana Pombo 11/04/2012 a 17:28 #

    Hola Doctor, buenas tardes. El 03-11-12 recibi en mi casa una Notificacion de Infraccion por cod 6527 en la AU Illia donde expresa que iba a 85.20 km por hora y la max es 80. Consultando la pag veo que tengo otra en el mismo lugar que todavia no recibi. Cual es mi derecho de defensa si la foto esta totalmente oscura ya que supuestamente se tomo a la 1.19 a.m., del auto solo se visualizan las luces traseras y la patente y es imposible determinar si realmente yo circulaba por dicha autopista. Podria invocar por carta documento esto y agregar el margen de tolerancia del 10% de la Ley de Transito? La multa vence en Diciembre. Muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/05/2012 a 06:56 #

      Si se domicilia a mas de 60 kms. del Tribunal puede efectuar su descargo por vía postal, de lo contrario debe concurrir personalmente.

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    • Susana 11/05/2012 a 12:06 #

      Muchas gracias Dr. Caceres por su respuesta.

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  88. juan Fernandez 10/18/2012 a 23:57 #

    me llego una multa por transitar en avenida cantilo a 106.6km/h donde el maximo es 100km/h, en este caso se aplica el 10% del articulo 77 no?, de donde puedo obtener el articulo completo como para enviar carta documento correspondiente?

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  89. Juan Carlos 10/13/2012 a 13:27 #

    Estimado Hugo:
    Le comento que en la Autovía 2 mano de Mar del Plata a Bs As en el kilometro 203 la velocidad máxima es de 100 Km P/h según cartel banquina derecha, me llegó una multa por circular a 97 Km P/h. Fuí al lugar nuevamente para estar seguro y confirmo como nos
    estafan a los automovilistas. Muchas gracias

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  90. Elmo 10/08/2012 a 11:28 #

    Buenos dias Dr. Caceres , quisiera consultar por unas multas que tengo por exceso de velocidad , las cuales nunca me llegaron al domicilio y me entere recien por pura casualidad averiguando por internet…ademas hay 2 multas que duplicaron su valor por ser de hace 5 meses…quisiera saber si puedo plantear la nulidad o reducciòn del valor de las multas…agradeceria su pronta respuesta

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  91. Juan 10/05/2012 a 12:25 #

    Estimado Doctor Cáceres, mi consulta es la siguiente:

    Según la Ley Nacional de transito 24449 Art 69 Inc d) «Tener por válidas las notificaciones efectuadas con constancia de ella, en el domicilio fijado en la licencia habilitante del presunto infractor»

    Se puede considerar una carta simple como medio fehaciente de notificación de una multa? Ya que según entiendo no hay una constancia de la comunicación sino solo del envío…

    Aguardo vuestro comentario.

    Saludos Cordiales

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  92. Carlos Maro 10/04/2012 a 23:48 #

    Estimado Dr. Cáceres, le hago la siguiente consulta:
    he recibido un acta de infracción de la Comisión Municipal de Maimará – Prov. de Jujuy por exceso de velocidad.
    Según consta en la misma la vel. máx es de 60 km/h y la medición del cinemómetro registró 66 km/h. Ahora bien entiendo que tengo dos puntos para reclamar:
    1- El exceso no supera el 10 % del límite según reza el art. 77 de la ley Nacional.
    2- La infracción fue registrada en la RN 9, tiene jurisdicción esa Comisión Municipal sobre una ruta nacional.
    Cómo recomienda que realice el reclamo en caso de tener argumentos a mi favor.
    Desde ya muchas gracias.

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  93. Javier 09/17/2012 a 20:11 #

    Hola, de dónde surge el margen del 10 % al momento de la medición de velocidad por radar? Me hicieron una multa (que la mandan por carta simple) por ir a 64 Km cuando debería ir a 60 km, en Corrientes.

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    • Hugo Caceres 09/22/2012 a 11:02 #

      Art. 77 de la ley nacional de tránsito.

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    • nestor 11/01/2012 a 21:17 #

      La ley de tránsito establece que superar el 10% de la velocidad permitida constituye una falta grave. En tu caso es una falta leve, que prescribe en dos años, según la misma ley.

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  94. Dario Gerez 09/14/2012 a 14:20 #

    Estimado Dr. Caceres. El día 12/09/12 llegó una multa de la policía de Entre Rios donde dice que el día 15/07/12 según su cinemómetro móvil certificado por el INTI indicó que yo circulaba por la RN14 a 87 km/h en una zona donde la máxima es de 80km/h. 1.- La Policía de Entre Rios tiene competencia en el control de velocidades sobre la ruta nacional? 2.- La notificación fué bajo puerta (sin firma) y en mi anterior domicilio el cual fue actualizado en mi DNI en febrero del 2011 (mi ex-vecino me avisó) Es válida como notificación fehaciente? 3.- La diferencia entre la velocidad máxima y la detectada es de menos del 10%, es válida la multa? 4.-La multa llegó vencida (vto. 10/09/12) en el caso de ser válida pierdo el derecho al pago voluntario con el descuento del 25%? 5.- En el caso de poder rechazarla, se puede hacer vía correo por carta certificada? Desde ya le estoy muy agradecido por su atención y lo felicito por el blog. Un abrazo.

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    • Hugo Caceres 09/23/2012 a 09:21 #

      1) Tiene jurisdicción.
      2) La notificación es válida si fue enviada al domicilio de la licencia o título.
      3) Debe plantearlo en su descargo.
      4) Puede llamar y pedir se la reenvíen.
      5) Si.

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  95. juan de Capital 09/06/2012 a 13:15 #

    La Municipalidad de Gral Alvear esta adherida a la ley nacional de tránsito ????

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    • Hugo Caceres 09/23/2012 a 09:53 #

      La Provincia de Corrientes lo está, con lo cual, por su organización administrativa, tambien dicho municipio.

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      • pedro 08/20/2013 a 19:04 #

        buenas noche señor Hugo la municipalidad de santiago del estero o mejor dicho fernadez y pinto estan adherida a la ley nacional de trancito sobre la ruta 34

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      • Hugo Caceres 08/23/2013 a 06:02 #

        La provincia de Santiago del Estero se encuentra adherida a la ley nacional de tránsito.

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  96. juan de Capital 09/06/2012 a 13:12 #

    Buen dia, envié la carta documento y la gente de Gral Alvear sigue mandando ya como sentencia y no envia la multa en todo caso a la capital, por supuesto sin certificar que yo no anduve por ahi, lo que me da mas bronca….

    Segun ellos van a instaancia judicial, pero no aceptan el descargo y sé que en Gral Alvear los aparatos ya se los habian incautado una ves.

    algun consejo? GRACIAS!!!

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    • Hugo Caceres 09/24/2012 a 09:26 #

      Insista con sus reclamos, o consulte con su letrado de confianza para que este redacte una intimación mas rigurosa, en términos legales.

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  97. Carlos Berger 09/05/2012 a 19:35 #

    Estimado Dr. me llegó una infracción por circular a 64 kms hora en gral Alvear Corrientes donde el máximo es 60 kms hora, si no la pago antes del 17/9 se me va al doble de $$ y no puedo afrontar tal gasto. Hay una posibilidad legal de defenderse? Me dijeron que hay un margen de 10%. Gracias por su ayuda.

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    • WALTER MOISES ROPOZ 10/10/2012 a 08:30 #

      Dr. He recibido un par de multas por exceso de velocidad a las cuales he respondido por carta documento haciendo mi descargo correspondiente alegando no haber cumplido las normas legales respecto a ruta nacional, radar no homologADO, etc.; quisiera saber si al vender mi vehculo tendr algn incoveniente para realizar la transferencia del mismo al recibir el informe de mi vehculo. Le agradecera si pudiese responder a mi consulta. atte. gracias.

      Date: Mon, 24 Sep 2012 12:32:41 +0000 To: wropoz@hotmail.com

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  98. sebastian 08/23/2012 a 13:14 #

    Estimado,
    Podría informarme en que parte de la ley nacional estipula que el margen de tolerancia en excesos de velocidad es del 10% de la permitida.

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  99. Daniel S. 08/21/2012 a 01:22 #

    Estimado doctor:
    Soy de la prov. de Córdoba y recibí en mi domicilio una multa emitida por la Municipalidad de Bonpland, Corrientes por haber superado una máxima de 60 km/h, con plazo hasta el 29/02 para pagar con descuento, siendo que la misma fue entregada pasada esa fecha, por lo que decidí no pagarla ni presentar descargo al estar vencido dicho plazo por el solo hecho de llegarme fuera de tiempo, y en función de muchos comentarios recibidos sobre el no pagar la misma por la ilegalidad de las fotomultas que pretenden cobrar estos municipios al actuar sobre la Ruta Nacional 14 donde no tienen jurisdicción de acuerdo a Vialidad Nacional. Ahora me ha llegado una ultima notificación con título «Ultima oportunidad previa al juicio» donde me intiman a pagar $2846 o iniciarán acciones legales para la Ejecución Judicial por vía del apremio fiscal. Mi pregunta es cómo debo proceder (tengo fecha hasta el 27/8 para el pago), si es realmente que son ilegales, si debo contestar o no, ya que de esa manera estaría dandome por notificado, o cual es el riesgo de no hacerlo, y si la Municipalidad de Bonpland está autorizada a cobrar multas con jurisdicción sobre la RN14.
    Nota: se identifica un cinemómetro homologado y con vencimiento de la verificación periódica el 4/8/2012 aunque no se identifica el mismo por nro. de serie. Se puede saber si está autorizado por la Dirección Nacional de Vialidad? tampoco se identifica la presencia de funcionario público en la constatación de la infracción.
    Muchas gracias

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  100. Enzo Melograna 08/13/2012 a 12:39 #

    Estimado Dr.
    En enero de este año han actualizado las velocidades máximas en algunos tramos de la Ruta 2. Me refiero particularmente al Km 113,5 donde se permite circular a 100 km/hora. Me ha llegado una infracción por circular a 90 Km/hora en el Km 114 de la mencionada ruta. Seún la Ley 13927 Art. 28 bis la existencia de cinemómetros u otros equipos de medicón deben señalizarse con una antelación mínima de 500 metros, es decir que en el Km 114 debe aparecer la señalización.Considera viable impugnar la infracción cuando llegue el reclamo?

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  101. VINOD KUMAR 08/09/2012 a 15:42 #

    Estimado Sr.Hugo,
    me llego 1 multas por exceso de velocidad diciendome que lo habian detectado desde un equipo AV_062 -DNCI625/2008 -CJR0062.

    Es por Velocidad permitida……..060 km/h
    Mquina……………………………….062 km/h

    Es solo 2 kilometro de diferencia !!!!
    deseo conocer su consejo y la validez de la multa

    Saludos y Gracias,
    Vinod

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    • Hugo Caceres 08/10/2012 a 10:03 #

      Yo opondría un recurso fundado en la escasa diferencia detectada y la posibilidad de existencia de margenes de error técnico.

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  102. Gustavo Frino 08/08/2012 a 11:51 #

    Hola Hugo. le quería consultar con relación a dos fotomultas. Una en la AU 25 de Mayo y otra en la Perito Moreno por exceso de velocidad.. Una es por circular 110,03 y la otra 0por 107 Km. por hora cuando el máximo permitido en ambas autopistas es de 100Km/h..
    Tengo dos preguntas 1) ¿no aplican la tolerancia del 10% prevista en la ley nacional de tránsito?
    2) En el primer caso que supera el 10%, se podría pedir que se contemple también la Resolución 753/98 que fija en un 3 Km/h de màs o de menos para homologar los radares?
    Desde ya muchas gracias

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    • Hugo Caceres 08/09/2012 a 07:43 #

      Puede realizar ambos planteos como fundamento de su defensa ante el Controlador actuante.

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  103. Diego Alvarenga 08/07/2012 a 18:25 #

    Buenas tardes, me llego una multa de Marcos Paz Bs. As, donde se me acusa de circular a 68.0 cuando supuestamente el radar dice 60.0 km/h. No hay margen de tolerancia de 10km/h? El radar esta homologado por el INTI. ¿Cual es la máxima en rutas «provinciales»?

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    • Hugo Caceres 08/08/2012 a 04:59 #

      No hay margen fijo de 10 km/h.
      Las velocidades máxima permitidas son las contempladas en la Ley Nacional de Tránsito (Ley 24449):
      Autopistas: 130 km/h.
      Rutas: 120 km/h.
      Zona urbana: 80 km/h
      Tenga en cuenta, de todos modos, que las mismas pueden ser restringidas en algunos sectores.

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  104. Myriam 07/31/2012 a 20:46 #

    Buenas noches Dr. mi pregunta es la siguiente, me llego una infraccion donde el limite de velocidad es de 60 y yo tengo 66.85, pero yo tengo el gps que me va diciendo la velocidad y siempre voy manejando para no excederme… y cuando voy a reclamar me hacen pagar ya que dicen que tengo que iniciar un proceso y pagar un perito y voy a salir perdiendo, quisiera saber si esta multa tiene un rango de tolerancia ya que me dicen otras personas que los limites de velocidad tienen un rango de tolerancia, cual es?…. pero ellos dicen que no, si es si, cual es para esta infaccion?, le agradeceria su respuesta, se aprovechan ya que el pago dice 120 pesos y me estaban cobrando 200, esto es capital federal, buenos aires.

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    • Hugo Caceres 08/08/2012 a 05:17 #

      Si usted ya se presentó a formular su descargo/reclamo y se lo rechazaron es muy dificil que pueda ahora revertir dicha situación, dado que al presentarse convalidó el procedimiento si habia nulidades a plantear.

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  105. Alejandra 07/26/2012 a 17:34 #

    Consulta: la policia caminera de cordoba me efectuo una multa por exeso de velocidad sobre RN 38 la cual asciende a 1500 pesos la misma es municipio de villa soto. verifique el radar en la pag del Inti y esta homologado. en la ruta saliendo desde Cruz del Eje hasta villa soto no hay señalizacion en ruta y la policia estaba escondida tras un arbol. Puede la caminera multar en RN y villa soto esta autorizada a efectuar las multas. gracias Alejandra

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    • Hugo Caceres 08/05/2012 a 12:01 #

      La Provincia de Cordoba no se encuentra adherida a la ley nacional de tránsito, por lo que quizas pueda plantear algún tipo de recurso al respecto.

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    • Vitto 08/09/2012 a 15:30 #

      Alejandra, Acabo de volver de Cordoba y me hicieron la misma multa. Como lo resolviste? Yo no creo hacer superado los 110 km /h! no conocía la ruta y mi GPS decía 107.

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  106. Ernesto 07/26/2012 a 11:53 #

    Buenos dias doctor, muy bueno su blog.
    Mi consulta es la siguiente:
    Recibo una foto multa (con fecha vencida para su pago) de la localidad de La Cruz en Corrientes marcandome un exceso de velocidad (max permitida 60 km, velocidad registrada 73 km).
    Puede un Tribunal de Falta Municipal efectuar actas de infraccion sobre una ruta Nac (en este caso la Nro. 14)?
    Ademas de lo que considero excesivo el importe de la multa ($ 2109.-) puedo hacer mi descargo via carta documento?
    Podria tener algun problema judicial de negarme al pago de la multa?
    Gracias espero su respuesta.

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    • Hugo Caceres 08/05/2012 a 11:47 #

      Puede plantear su descargo por via postal, fundandolo en la incompetencia del Municipio como menciona en su comentario.

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  107. Lucas 07/24/2012 a 01:17 #

    Buenas Dr. mi consulta es que necesito asesoramiento respecto al 10 % tolerancia que existe en multas de infracciones vehicular. Recibi una foto multa del radar de Videla (Santa Fe) la max permitida era 60 km/h y mi velocidad fue de 68 km/h, ademas actualmente me encuentro en la pcia de Corrientes, alejado de ese muniicipio y verdaderamente la multa impuesta es exagerada. Podria yo, ser beneciario con ese articulo de tolerancia? gracias

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  108. fernando 07/16/2012 a 20:09 #

    hola Dr me llego una multa de videla pcia de Santa Fe donde dice q la velocidad permitida es 60 km/h y pase a 86 km/h que pasa si no la pago? es obligacion o puedo hacer algo para defenderme? espero su respuesta muchisimas gracias

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    • Hugo Caceres 07/22/2012 a 20:21 #

      Siempre existe la posibilidad de defenderse. Habría que ver el caso para analizar cuales pueden ser los fundamentos de su recurso.

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  109. Enrique 07/16/2012 a 19:50 #

    Quisiera saber si en la ciudad de rosario existe pago voluntarios en cuotas de infraccion de exceso de velocidad vencidas, yo soy de quilmes pero la infraccion me la hicieron en rosario. Gracias

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  110. Jonathan 07/04/2012 a 15:46 #

    Buen dia, gran servicio el de poder realizar estas consultas. Recibi una multa de exceso de velocidad en la autopista arturo Illia max 80km/ y la multa marca 87km/h, esto es discutible o no?
    Muchas gracias !
    saludos
    Jonathan

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  111. Natalia Sánchez.Bregante 07/03/2012 a 23:28 #

    Estimado Dr. Hugo Caceres, Desde ya, muchas gracias por su respuesta.
    Quizás me exprese mal en el dia de ayer.
    A parte de las 2 multas, me citaron para presentarme el dia 13/08/2012 en el Juzgado Administrativo de transito provincial en Chivilcoy, lo cual se me hace imposible porque trabajo.
    Por eso mi consulta anterior para enviar el descargo si puede se por carta pero impreso en PC y no a pulso.
    Necesitaría por favor, si me puede asesorar, si es correcto incluir la ley 24.449 en la cual indica, ley nacional prevee una tolerancia del 10%. sobre el limite de velocidad, ya que considero que esta en el 10% exacto, de 60km/h, el radar, según lo que marco, es 66km/h.
    Desde ya, muchas gracias.
    Saludos cordiales

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    • Hugo Caceres 07/04/2012 a 08:58 #

      Puede hacerlo de la manera que plantea, y es correcto utilizar el argumento del 10% que menciona.

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  112. Natalia Sánchez.Bregante 07/02/2012 a 20:09 #

    Estimado Dr. Hugo Caseres.
    Recibi 2 fotomultas, una en la autovia 2, Vel permitida 80km/h, registrada, según radar 93.58km/h, cuando los carteles estan a menos de 50 mts uno el otro y las distancias de frenados no son suficientes, en ruta, sino tengo mal entendido, el limites es de 130km/h o 120km/h, lo que una desaceleracion brusca puede ocasionar un trágico accidente (Distrito de Dolores).
    La otra infracción es en el partido de Chivilcoy, en la ruta 30, según indica el limite es de 60km/h y según lo que el radar tomo a 66km/h. Me llego una notificación para presentarme en el juzgado de dicha ciudad para el descargo.
    necesito saber por favor, si el descargo se puede hacer mediante carta o mail y con que argumentación , ya que esta dentro del 10% exacto de tolerancia, según tengo entendido.
    Me recomienda que para la infracción de Dolores tambien haga el descargo o espero la citación?.
    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/03/2012 a 08:28 #

      En ningun caso puede presentar descargo hasta tanto no reciba la citación del juzgado. Puede enviar el mismo por correspondencia si se domicilia a mas de 60 kms. del Juzgado. No se admite por correo electrónico.

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  113. Santiago 06/30/2012 a 02:33 #

    Estimado Dr. Soy de San Francisco(Pcia de Cordoba). Me acaba de llegar una multa por exceso de velocidad en autopista Illia(Cap. Fed), la max era de 80km/hr y el radar midio 86Km/hr. Como puede encarar el descargo por esta multa ya que me parece que la velocidad esta dentro de un rango totalmente logico y no amerita el pago de una multa. Ademas vivo a mas de 500kms del lugar donde esta registrada la infraccion. Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 07/01/2012 a 09:23 #

      Debe dirigirse al COntrolador de Tránsito interviniente en su caso, y plantear su descargo ante el mismo. Puede hacerlo por vía postal.

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  114. daniel 06/29/2012 a 00:35 #

    Consulta recibo un a foto multa RN 14 142 VIEJO MOLINO exc. de velocidad MAX 80 medida 90 km , es valido el descargue que deberian pararme antes de 10kmts. para mi notificacion? soy observdor en los carteles no recuerdo ese aviso pero en fin puede pasar, pero si deberian correct. notificarme antes de los 10kmts. recorridos, aunque en la fotomta mencionan el cinemometro homologado.concretamente puedo decir con carta que no me notif. en el recrrido . Agradezco su servicio atte Daniel

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  115. Juan Pablo 06/24/2012 a 19:51 #

    Estimado Dr. Caceres, agradezco de antemano su tiempo y buena voluntad en el asesoramiento gratuito que ofrece a través de su blog y aprovechando el mismo deseo realizarle una consulta:
    He recibido el dia sábado 23/06/2012 una cédula de notificación de una fotomulta realizada el 13/02/2012 en la RN14 km 601 Alvear-Corrientes con un cinemómetro móvil certificado por el INTI donde indica que yo circulaba a 65 km/h en una zona donde la máxima es de 60km/h.
    Según lo que pude leer este exceso estaría comprendido dentro del 10% que indica la ley 24.449 en su art 77 inc «n» pero amén de esto yo vivo en Jujuy, mas de 60 km de la oficina de faltas de Alvear y trabajo en una minera con un turno de 10 dias en sitio que comenzaron hoy domingo 24/06/2012 por lo cual ni siquiera estoy cerca del juzgado de faltas que corresponde a mi domicilio y recién podré realizar tramites allí a partir del 05/06/2012.

    Por esto tengo TRES inquietudes:

    En la notificación se me emplaza a que dentro de 10 dias comparezca ante la oficina de faltas de Alvear-Corrientes pero no me indica si los mismos son a partir de notificado o a partir de la fecha de la notificación (28/05/2012) ni tampoco tengo indicación si estos dias son corridos o solo días hábiles. Que debo hacer, dirigirme por carta?.

    Como debo impugnar la falta teniendo en cuenta la tolerancia del 10% según la ley.

    Y por ultimo como debo hacer para que la causa pase al juzgado de faltas correspondiente a mi domicilio??

    Pido disculpas por lo extenso pero deseo saber exactamente que debo hacer. Muy agradecido como todos los demas lectores, le saludo muy cordialmente.

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    • Hugo Caceres 06/30/2012 a 10:04 #

      Puede enviar un descargo por vía postal, planteando su defensa, y en el mismo solicitar el traslado de las actuaciones al juzgado de faltas de su jurisdicción.

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  116. Luciano 06/19/2012 a 16:23 #

    Hola Hugo

    Excelente el Blog,
    Te cuento que me llego una fotomulta por $ 120 con el codigo 6526 por EXCESO DE VELOCIDAD, la misma me la hicieron circulando en la calle Galvan Nº 3830, en la cual figura que la velocidad registrada es de 50.12 Km y la permitida es de 40 KM, o sea, me pase 10.12 Km,
    Suelo circular por esa calle y siempre me cuido de no ir mas de 40 Km, lo que no me queda claro,es que no era que lo permitido era hasta 10 Km más de lo permitido?, si es asi, yo solo me pasaria por 0.12KM, o estoy equivocado?

    Entonces, ¿que tengo que hacer?, la tengo que pagar o presentarme para apelar en la UACF ?, si me presento y me dicen que tengo que pagarlo, me cobran el doble?

    Desde ya, Muchas Gracias!,
    Saludos!,

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    • Hugo Caceres 06/20/2012 a 11:04 #

      El límite es de 40 kms./h.

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      • Luciano 06/25/2012 a 13:03 #

        Hola Hugo,

        Ante todo, muchas gracias por tu respuesta,
        Entonces, de acuerdo a lo que me comentas de que la maxima es 40 Km, lo que me dijeron estaria bien?,si voy a oponer una defensa, es probable que no me la quiten y tenga que pagar el doble?,

        Desde ya, Muchas Gracias!,
        Saludos!,
        Luciano

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  117. Rosa Schembri 06/15/2012 a 20:25 #

    Estimado Dr. no se requiere para que una infraccion sea valida, que identifique fehacientemente al inspector que utilizo el cinemometro y por lo tanto las actas enviadas con una firma escaneada de por ejemplo, una secretaria de transito o un subdirector de transito, serian violatorias de dicho requisito de validez?

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  118. Roberto 06/11/2012 a 20:10 #

    Consulta similar a anteriores de RN 14 : Km 601 Alvear,Corrientes : Velocidad Max 60 Km , pasé a 64 Km/h , cobran con descuento :1255,43$ ,pero además tiene Nota IMPORTANTE : DE NO REGULARIZAR SU SITUACIÓN SERÁN RESTADOS DE LA LICENCIA DE CONDUCIR (5) PUNTOS. Si cometí la infracción y la llegase a reconocer pagando, de todos modos me restarían los puntos… Me pregunto es esto una extorsión? o una COIMA legalizada? Gracias

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  119. Jimena 06/04/2012 a 12:40 #

    Buenos dias, quisiera saber cual es la ley que ampara lo del margen de tolerancia de 10% por excesos de velocidad, ya que me llego una multa. La mx es de 100 km p/h y yo iba a 107 km p/h. Algunos me dicen que es la ley 2148, pero encontre la ley 24449 y 26.363. Es correcto?

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  120. Christian 05/30/2012 a 11:52 #

    Acá leo que el margen de tolerancia es de +/- 3 km. Yo tenia entendido que el era 10% la tolerancia, siendo que me llegó una multa por exceso de velocidad cuando la máxima era de 80 y según el radar yo iba a 86 km/h, debo pagarla o puedo apelar?
    Gracias

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    • Hugo Caceres 05/31/2012 a 07:06 #

      Puede apelar. Una cosa es el margen tecnico de error previsto o aceptado para el instrumental y otra el fiado legalmente como margen sancionable.

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  121. maria celia 05/27/2012 a 17:08 #

    Muchas gracias por su respuesta!!!

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  122. Fabricio 05/25/2012 a 20:51 #

    Hola Dr. Caceres, Le hago una consulta, me llego una multa del día de 18/02/2012, de la ruta 14 KM 52, ese día fui de vacaciones a Uruguay.
    Primero la multa está de frente, esto es legal? En la multa dice que la Máxima es 80, que yo pasé a 107km/h, pero por debajo dice que el control en Autos es de 90km/h. Me genera la duda si es 90 u 80.
    La multa tiene fecha de vencimiento el 21/05/2012 para el pago voluntario y la recibí, en realidad la tiraron en el porche de mi casa, el 23/05/2012. Como puedo hacer un descargo si me la entregan vencida! Además la fecha de emisión figura 26/04/2012.

    Se puede realizar un descargo o algo? El monto de la multa es $850.

    Gracias por su respuesta.
    Saludos!

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 18:54 #

      Se pueden impugnar las actuaciones planteando la nulidad por defecto de notificación.

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    • Marcela 05/30/2012 a 11:23 #

      hola, recibi en el buzón de mi casa hace 2 dias una multa de la municipalidad de Bonpland. Pcia de corrientes, por circular por la RN 14 a 65km/h en un lugar donde la máxima era 60 km/h.
      El cinemometro que me comunican tomo la infracción esta homoogado y vigente (según me informo el INTI)
      La fecha del vencimiento con descuento ($1240.83) es el lunes 4/6
      Puedo realizar algún tipo de descargo, ya que me parece execivo el monto dada la poca diferencia de velocidad registrada? Puede ese municipio reclamarme una multa sobre esa ruta??
      Muchas gracias!!

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  123. MARIANO 05/24/2012 a 13:23 #

    Estimado Dr Caceres, como varios de las personas que lo han consultado, recibi un acta de Tortugas por mas de 2000 pesos (2do vencimiento) por ir a 134km..el maximo es 130 km. Teniendo en cuenta que la comuna no esta habilitada a labrar estas actas, hace falta hacer el descargo?. Si no lo hago (y no pago) que pued pasar?. Gracias y saludos

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 17:57 #

      Conviene que envíe el descargo, dado que de otro modo el procedimiento puede seguir adelante y encontrarse con la sorpresa de una acción judicial para su cobro.

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  124. maria celia 05/20/2012 a 20:54 #

    Dr. Cáceres: Vivo en Rio colorado (RN) y recibi una fotomulta de PICUN LEUFU, efectuada el 5 de abril pasado, por exceso de velocidad. La máxima permitida es de 60 km/h y mi vehiculo registra 77 km/h. Estuve leyendo su blog y tambien visite la pagina del INTI, y creo entender que ese radar no está homologado por las autoridades correspondientes y que el mismo funciona por un contrato con una empresa privada, el cual esta muy cuestionado, pero no estan en condiciones de rescindirlo.
    Mi pregunta es: Considera Ud. que seria posible impugnar la actuación?
    Al enviar la carta documento o similar, esto interrumpe el plazo que ellos me fijan para el pago voluntario, el cual es hasta el 30 de mayo?

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    • Hugo Caceres 05/27/2012 a 16:11 #

      Al efectuar su descargo pierde la opción de pago voluntario. Si el radar no está aprobado la multa es inválida.

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  125. gustavo 05/15/2012 a 22:11 #

    Buen dia Dr. Caceres. Ante todo gracias por su servicio y asesoramiento. Le queria preguntar si el descargo en los juzgados de provincia por infracciones puede hacerse por nota o por otro medio ya que entiendo que por la multa que me hicieron tendria que ir a hacer el descargo en Dolores y son muchos kilometros de donde resido. Saludos y nuevamente gracias.-

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  126. Alejandro 05/15/2012 a 12:30 #

    Estimado Dr. LLego a midolicilio en Corrientes capital en el mes de abril una supuesta infraccion por exceso de velocidad en la ruta 2 del 14/02/12, velocidad permitida 80 km x h, y registrada supuestamente por el radar 93 km x h.
    Por razones personales, ya que tengo en venta mi vehículo pague la misma, pero de todas maneras me gustaría realixar un planteo en contra de esta infraccion.
    Esto es posible?, y de asi serlo podría plantear en primer caso que solicito me demustren de forma fehaciente que la velocidad indicada en la fotomulta es la real y que no esta comprendida por margen de error alguno, y que tambien me demuestren en forma fehaciente que los indicadores estaban correctamente colocacdos de manera que premitan que si uno circula a la velocidad maxima permitida en autopista reducir la misma sin riesgos a 80km x h., ya que a mi eso no me consta.

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    • Hugo Caceres 05/16/2012 a 07:51 #

      EL pago singnifica aceptación de responsabilidad y por lo tanto ya no puede efectuar ningún reclamo al respecto.

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  127. Jorge Fernandez 05/11/2012 a 19:21 #

    Buenas Tardes, Dr Caceres: Soy de San Juan y hoy me llegó una multa por exeso de velocidad en Posadas, donde estuve de vacaciones, es en la ruta Nac 105, Apostoles,
    según la foto dice que la velocidad maxima permitida es de 60 Km/h y la registrada es de 67.6 Km/h, quisiera saber si con este margen de velocidad, pueden cobrar semejante multa de $2303.18, y si la pago en termino, me la reducen a $1224.18. que todavía considero una exageración, ya que reduje la velocidad de acuerdo a los carteles, no estoy viendo el velocimetro permanentemente, sino hacia la ruta. Ud. cree que corresponde pagar o apelar?
    Saludos

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    • Hugo Caceres 05/13/2012 a 11:20 #

      Yo apelaría y plantearia la nulidad de las actuaciones, dado que segun el monto que menciona le han aplicado directamente sentencia, sin darle oportunidad de defenderse.

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  128. gustavo 05/08/2012 a 22:39 #

    Buenos dias Dr. Caceres. Desde ya le agradezco su ayuda por este medio. Tengo una duda. Tengo un acta de infraccion por exceso de velocidad (maxima 80 y registrada 98) en ruta 2 km 114 chascomus de fecha 20/1/2012 notificada la primer semana de abril, es decir, antes de los 60 dias. Estuve estudiando un poco el tema, averigue por internet si el equipo estaba en regla y parece que si (pagina del Inti) lei su post sobre los posibles errores de estos equipos, pero me surge una duda. Puedo hacer un descargo con respecto al organo emisor? es decir fue emitido en La Plata y la infraccion es en Chascomus. No se en ese punto donde buscar si corresponde que La Plata sea competente. Por otra parte pense igualmente enviar una nota a las Secretaria de Comercio para que me digan si el equipo tiene la verificacion primitiva y luego las periodicas. Pienso en no pagar hasta no tener esa respuesta igualmente llego a la instancia judicial porque estoy al limite con la fecha de pago voluntario.
    Desde ya muchas gracias!

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    • Hugo Caceres 05/13/2012 a 10:02 #

      No es una causa de nulidad la que plantea, dado que el organo emisor es la Dirección Provincial de Seguridad Vial, con sede en La Plata, de quien dependen todos los Juzgados de Infacciones de Tránsito de la Provincia.

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  129. Sandra V. 05/02/2012 a 14:55 #

    Estimado Dr. Cáceres, mi consulta es al respecto de una Notificación de Acta de Infracción de Tránsito recibida (fotográfica) cometida en la Ruta 2 KM 203 – Dolores- Velocidad permitida: 100Km/h, Velocidad Registrada: 111,85 km/h el día 3/3/2012 a las 8:29 am.
    En 25 años que llevo conduciendo, es la primera infracción que recibo por exceso de velocidad…. (con una diferencia no tan significativa y teniendo en cuenta que no se considera la situación del momento, quizás estaba adelantándome a otro vehículo, No tengo un velocímetro o tacómetro digital, ni se puede estar mirando todo el tiempo la velocidad en el panel, hay que prestar atención a la ruta. Verifiqué el cinemómetro en la página del INTI como Ud. recomienda en respuesta a inquietudes anteriores y está habilitado. Mi consulta es, ¿tengo chance de presentar algún descargo durante el Juez?.¿O me conviene pagar la multa de $453 para el pago voluntario?. Es un importe significativo que preferiría evitar… Desde ya le agradezco muchísimo su atención y dedicación. Saludos cordiales.

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    • Hugo Caceres 05/05/2012 a 12:33 #

      Según el procedimiento establecido en la Ley 13.927, todavía no se puede formular ningún descargo.
      La notificación que usted recibió es remitida por la Dirección Provincial de Seguridad Vial, y únicamente permite, en esta instancia, optar por el pago voluntario.
      En caso de que usted no acceda a dicho pago, las actuaciones son remitidas al Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito, el cual le enviará una nueva notificación, otorgándole un plazo para efectuar las impugnaciones y descargo que usted estime corresponden. Hasta ese momento no se puede realizar ningún planteo o presentación.

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      • Sandra V. 05/07/2012 a 09:58 #

        Dr. Cáceres, muchas gracias por su respuesta. Mi consulta es, ¿tengo chances de que el Juez acepte y tome como válido mi descargo de acuerdo a mis comentarios sobre la velocidad a la que iba, los márgenes de tolerancia y los márgenes de error de los dispositivos de medición?. Muchas gracias. Saludos cordiales!.

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      • Hugo Caceres 05/11/2012 a 08:14 #

        No suelen ser muy receptivos los jueces de faltas a este tipo de argumentos técnicos.

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  130. walter 05/02/2012 a 10:42 #

    Sr. Céseres: me llegó una multa de la comuna de tortugas pcia. de sta. fe por exceso de velocidad 136Km en autopista rosario cordoba, la multa viene con una foto de la parte trasera de mi vehículo; en ningún momento sino hasta ahora fui notificado del exceso. Ud. me podría decir si debo abonar la multa ya que el primer venc. es el día 10/05/12 ya que leo que esa comuna no esta habilitada para el cobro de las mismas y como debo hacer el descargo. agradezco su pronta rpta. gracias.

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    • Hugo Caceres 05/05/2012 a 12:41 #

      Ya expliqué reiteradamente: envíe una nota impugnando dicha acta de infracción por no estar la Comuna de Tortugas habilitada por el Gobierno Provincial. Fijese que en el blog hay varios artículos al respecto.

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      • hernan 05/07/2012 a 21:58 #

        Doctor Caceres soy de La Plata y tambien me llego una fotomulta de tortugas pcia de sta fe. lei lo que aconseja que hay que enviar una impugnacion. Mi pregunta es, hay que enviarla en formato carta documento? y en el texto habria que poner que no se encuentran habilitados por Gobierno Provincial para labrar actas de infracción?
        Luego de enviar esto, tendria que esperar que me notifiquen por si dan nulidad a la fotomulta o no?
        Gracias.

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      • Hugo Caceres 05/11/2012 a 08:25 #

        Puede utilizar carta documento o certificada con aviso de entrega. Usualmente dan de baja la infracción, pero no se lo notifican.

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      • walter 05/10/2012 a 09:12 #

        Sr. Cáseres ha sido Ud. muy amable al responder. Muchas gracias y disculpe las molestias ocacionadas. atte. walter

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  131. juan manuek 04/30/2012 a 21:18 #

    doctor caceres una consulta me hicieron en recreo dos infracciones se vencen el 12 una por 66km por hs y la otra por 78km en el mismo lugar deseo saber si son validas y si tengo q hacer algun descargo como lo hago dicen q la permitida es de 65 km gracias saludos
    lic salas iramain

    juanmanuelsalasiramain@hotmail.com

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    • Hugo Caceres 05/03/2012 a 09:23 #

      El gobierno de la provincia de Santa Fé a informado que dichas multas son ilegales. Envie un descargo manifestando que la Comuna de Tortugas no se encuentra habilitada para dicha actividad sancionatoria.

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  132. Dino 04/25/2012 a 14:32 #

    Dr. Caceres, me ha llegado una infracción de la localidad de Tortugas Sta Fe, donde me notifican por exceso de velocidad con Cinemómetro, he leído que no están autorizados a realizarla, si deseo impugnarla, cual sería el fundamento específicamente?

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    • Hugo Caceres 04/30/2012 a 10:10 #

      La falta de autorización por parte del Gobierno Provincial para labrar actas de infracción.

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  133. jorge 04/24/2012 a 11:31 #

    hola buenos dias , mi pregunta es , en la ruta nacional 158 a la altura de villa maria y rio cuarto ,»cordoba» hacen controles de radar ,quiero saber si tienen la aprovacion correspondiente , los controles lo hacen en la localidad de ,, dalmacio velez y general deheza ,, gracias por su tiempo ..

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  134. Facundo correa 04/21/2012 a 14:51 #

    Hola recien me avisa mi patron que recibio una foto multa por exceso de velocidad (84 km) en autopista rosario cordoba localidad tortugas. Que tipo de descargo debo hacer para no abonarla? porque es irracional y ademas tengo una familia que mantener. Ademas de estar senializado el lugar circulo a 80 k m como dicen los carteles y las targetas del tacografo y velocimetro.
    Espero su respuesta. Gracias

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    • Hugo Caceres 04/22/2012 a 12:05 #

      EL municipio de Tortugas no se encuentra autorizado a realizar dichas actas de infracción. Envíe una impugnación por vía postal.

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  135. Facundo correa 04/21/2012 a 14:14 #

    Hola recien me informan que le llego a mi patron una foto multa con exceso de velocidad ( 84 km) en autopista cordoba rosario, localidad de tortugas. El lugar esta senializado y paso siempre a 80km como indica el velocimetro y los carteles.Soy chofer de tranporte de cargas. De que manera deberia realizar el descargo y con que argumento para no abonar $2.000 que me quieren cobrar.( tengo una familia que mantener)
    Espero su respuesta gracias.

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    • Hugo Caceres 04/23/2012 a 08:00 #

      El municipio de Tortugas no se encuentra habilitado para confeccionar dichas actas, según informa el Gobierno de SAnta Fé en su pagina web.

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  136. verònica Lagadari 04/20/2012 a 16:41 #

    Dr Caceres:
    Quisiera hacerle una consulta. Me llego una infracción de transito de la comuna de tortugas Santa Fe, por exceso de velocidad, La màxima permitida es de 130km, y en la foto que me sacaròn dice 134Km/h quisiera hacer un descargo ya que considero que no es justo ya que el velocímetro no es digital. Como se que a ellos le funciona bien el instrumental. Y por lo que veo hay muchos comentarios de esa localidad. Me pregunto si no estaràn mal obrando. Ponen un tel que nadie atiende. Adonde puedo reclamar?
    Muchas Gracias

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  137. rafael andre 04/11/2012 a 18:26 #

    Hola Dr Caceres,me llego a mi domicilio una notificacion haciendo saber que tengo una multa en Pampa Blanca Jujuy donde me intiman a apagar la multa que no es nada barata,con fecha de infraccion en el mes de Diciembre del 2011 a la tarde y llega en Abril del 2012 sin poder hacer un descargo ,esto es un cobro compulsivo, a mi entender.-
    En mi vehiculo no hiba a mas de 90 km por hora por esa ruta,que es la RN34 .-Que se hace en estos casos donde tengo el acta y no tengo la foto y no me especifica la velocidad que circulaba.-

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    • Hugo Caceres 04/15/2012 a 06:29 #

      Puede enviar un descargo, via postal, impugnando la totalidad del procedimiento, por no habe sido notificado debidamente de la infracción.

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  138. javier 04/09/2012 a 17:19 #

    Dr. Caceres,
    recibí una infracción por exceso de velocidad en Autopista 25 de mayo (AU1). La max. permitida es 100 km/h y la que registraron es de 105,98 km/h. Solicite audiencia para discutir la infracción ya que entiendo que existe un error relativo y que como se que voy a 105 km/h si el velocímetro no lo marca. Hay algo más en lo que me pueda amparar para discutir la infracción ? Gracias. El jueves tengo la entrevista con un controlador

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    • Hugo Caceres 04/11/2012 a 05:38 #

      Por lo que usted menciona el unico eximente sería los margenes tecnicos de error y tolerancia (10 % conforme interpretación de la Ley Nacional de Tránsito).

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  139. MAURO 04/07/2012 a 16:59 #

    DR. ME LLEGO UNA MULTA DE VIDELA PROVONCIA DE SANTA FE DONDE LO PERMITIDO ES DE 60 KM/H Y EN LA MULTA ME LLEGO K IBA A 65 KM/H.Y ESTUVE LEYENDO K EN SANTA FE EL 31 DE DICENMBRE DEL 2001 A CADUCADO LOS CONTROLES PARA LA APLICACIOPN DEL SISTEMA DE CONTROL DE TRANSITO INTELIGENTE SEGUN LA ORDENANSA PROVINCIAL N 26 ARTICULO 1. YA ME TIENEN PODRIDO CON LAS CARTAS QUE ME LLEGAN INTIMIDANDO K PAGE

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  140. Eliseo 04/03/2012 a 10:42 #

    señor hugo Caceres, mas alla de que sus respuestas le sirvan o no a las personas que preguntan sobre particulares temas. le agradesco la muy buena disposicion que tiene para acesorar a la gente sin ningun interes economico.

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  141. juan felipe sanchez 03/22/2012 a 22:08 #

    Doctor buenas noches.
    El dia de hoy e recibido una fotomulta en medellin colombia por la carrera san juan, me dicen que el maximo de velocidad permitido era de 60 km/h y en esta foto dicen que yo iba a una velocidad de 67km/h. yo pienso que el margen de error es el minimo,que debo de hacer en este caso?

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  142. Axel 03/22/2012 a 11:53 #

    Dr un gusto como siempre, quisiera apelar a su conociendo con la siguiente duda, aun que no me ha llegado una boleta y no creo que lo haga de la prov de Entre Rios ( Ruta 14 ) yo estimo que la hicieron de mala fe y en forma local, no asi nacional, en la ruta solo vi una camioneta naranja de seguridad Vial nacional haciendo controles correspondientes lo cual me parece perfecto, pero dsp vi 2 camionetas blancas en zona de retome no asi siendo cruze o alguna pueblo donde si hay que bajar la velocidad. La cuestion es saber si estas camionetas particulares de municipio realmente puede hacer una boleta valedera estan en zonas donde se viene a 120 ( lo indicado por la autopista) y en menos de 300M hay 3 carteles 80 60 40 y a los 200M del de 40 dice nuevamente 120, en primer lugar entiendo que el cartel de maxima esta informando la velocidad por ende me estoy enterando q tengo q frenar entonces tiene valides la multa si la camioneta esta pegada al cartel ?? y la otra cuestion es al hacerme por decirlo de alguna manera pararme en freno no solo q jamas llegaria a frenar aunque sea bruscamente de 120 a 40 sino que tambien pueden provocar accidentes gravisimos, lo considero de muy mala fe. Aclaro que yo pase por las 2 particulares a 85 km/h es lo mas que pude frenar sin que me lleven puesto de atras y venia a 110km/h todo el trayecto. me daria su opinon respecto al tema dr por favor.

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    • Hugo Caceres 03/27/2012 a 08:11 #

      Tanto los carteles como el sistema de control deben estar ubicados a una distancia unos de otros que permitan disminuir la velocidad correctamente.

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  143. Javier 03/06/2012 a 16:04 #

    Estimado Dr. Caceres: He recibido 2 actas de infracción en Autopista 25 de Mayo, circulando a 108.76 y110.59 Km/h en lugares de máxima 100 Km/h. Hay alguna tolerancia? Puedo evitar de alguna manera el pago?
    Muchas Gracias.

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    • Hugo Caceres 03/07/2012 a 10:07 #

      Si cometió las infracciones dificilmente pueda evitar el pago, pero habria que analizar si no se encuentra dentro de los margenes técnicos de tolerancia.

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  144. jorge 03/04/2012 a 13:02 #

    Envié un comentario ayer (3/3/12), cuando voy a ver si tenia alguna respuesta mi comentario no estaba mas QUE PASO?

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    • Hugo Caceres 03/05/2012 a 06:51 #

      Le voy a explicar lo que paso, y pasa:
      1º) Este blog es PARTICULAR, no depende ni tiene vinculación con ningún organismo ni oficina pública o privada. Para el caso es, por ejemplo, como si usted se decidiera a tener un blog sobre cualquier tema.
      2º) Como usted ve, contesto, y lo hago gratuitamente y tan rápido como puedo.
      3º) Usted envió un comentario el SABADO 3 de marzo, siendo casi las dos de la tarde. No le parece que debería tener un poquito de paciencia? o usted no descansa el fin de seman?

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  145. jorge 03/03/2012 a 13:49 #

    hola me acaba de llegar ayer (2/3/12) una foto multa de la comuna de Tortugas Pcia. de Sta. Fe (sin que nadie haya firmado nada al momento de recibirla) según la cual yo circulaba a 135 KM/h por la autopista Córdoba Rosario, cuando la max. velocidad es de 130 KM/h. ahora bien en dicha cédula de notificación tiene como 1er vencimiento para pagar con un descuento del 50% el día 1/3/12 y como 2do vencimiento sin desc. el dia 8/3/12.
    que debería hacer en este caso si voluntariamente quisiera pagar esta multa con descuento del 50% ? en la cédula me citan al juzgado de tortugas cuando mi domicilio es en BS.AS.
    y por otra parte , podría hacer uso de la tolerancia que según tengo entendido es del 10 %?
    Desde ya muy agradecido por su amabilidad JORGE

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    • Hugo Caceres 03/05/2012 a 07:00 #

      En su caso plantearía un recurso de nulidad, el cual puede ser enviado por vía postal, dado que no solo no ha sido notificado en debida forma, sino que además la propia Dirección Provincial de Seguridad Vial de Santa Fé a informado acerca de la ilegalidad de dichas actas de infracci►2n.

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  146. Gisela 02/29/2012 a 21:51 #

    Estimado Dr. Caceres: Me llegó una multa por exceso de velocidad (según expresa circulaba a 134 km/h) de la Comuna de Tortugas, Santa Fe en la Autopista Cba-Rosario. Según consulte en la pagina del INTI, el cinemómetro utilizado que figura en la multa esta homologado por el INTI. ¿Debo pagar la multa si no fui notificada en el momento de la supuesta infracción, la foto no muestra que circulaba por esa autopista y la velocidad está dentro del margen de tolerancia del 10%?
    Le agradezco su respuesta
    Saludos

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    • Hugo Caceres 03/01/2012 a 08:42 #

      No puedo decirle si se encontraba dentro del margen de tolerancia porque desconozco el lugar exacto de la infracción y podría tratarse de un lugar donde la restricción fuera hacia una velocidad menor a la autorizada para autopistas.
      Es suficiente con que la foto muestre la patente, dado que el acta goza de presunción de veracidad respecto a su contenido.

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  147. Alan Riglos 02/09/2012 a 20:02 #

    Estimado Sr. Caceres.
    El dia de hoy en la ruta nacional 7 km, en la provincia de Mendoza la policía caminera me realizo una multa con radar que según su radar mi velocidad era de 122 km por hora donde la máxima permitida es de 110.
    Al ver al oficial con el radar automáticamente controle mi velocidad en el velocímetro el cual marcaba 109 km por hora. El vehículo tiene 9400 km., no veo posible la falla del velocimetro. ya que la controle varias veces con el GPS y hay una diferencia de 1 km.

    El margen de tolerancia es del 10% cierto? osea 121 kmh?
    Que tendría que exigirles a ellos como control mío?
    tengo que pedir la foto del radar, en la foto tiene que salir la velocidad y el auto?
    que mas les tendria que exigir?
    La multa seria de falta gravisima?

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  148. Gabriel Angellotti 02/02/2012 a 18:08 #

    Estimado Dr, Caceres: me han llegado 4 multas en la autopista Illia en la cual el maximo es de 80 km, y me han registrado (segùn ellos) con equipo AV 087 serie CJR0087 lo siguiente: una infracciòn de 85.95 km, otra de 87.27, otra de 91.17 y la ùltima con màxima de 100 KM a 113.74. Como compruebo que esto es asì, ya que en el tribunal de faltas de calle C.Pellegrini, me comentaron que hay infinitas quejas por lo mismo. Espero me asesore que hacer. Gracias

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    • Hugo Caceres 02/03/2012 a 08:23 #

      Presente un descargo y solicite la verificación de los equipos utilizados para determinar si se encuentran habilitados.

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  149. Gonzalo Reyna 01/30/2012 a 18:23 #

    Dr., es válido referirse a la ley dentro de un barrio privado ?, los radares no estan homologados, algunos siquiera señalizados como tales, además de no aparecer identificados por numero en las «notificaciones de infracción».
    Siendo lego en la materia, me parece que la norma del barrio no puede contravenir una ley.
    Estoy o no en lo cierto ?, muchas gracias.

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  150. fabian 01/26/2012 a 09:04 #

    Estimado Dr. : Acabo de recibir de la Policia de Entre rios Direccion de prevencion y seguridad vial una fotomulta en la cual figura una foto donde dice maxima 60, aparentemente borroneado 83 (todo en rojo). Debajo de la foto aparece «Control desde: Autos 90Km/H – Camiones 86KM/H……» en gris.

    La pregunta es se puede discutir la misma. En ningun lugar salvo la foto aparece transcripta la velocidad

    Sldos y gracias por la predisposicion

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    • Hugo Caceres 01/27/2012 a 06:26 #

      En principio usted tiene el derecho constitucional de defenderse, por lo cual todas las actas de infracción pueden ser cuestionadas si las mismas no cumplen con los requisitos legales para su validez.

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  151. Cristian Canteros 01/25/2012 a 12:55 #

    Dr. Caseres, como a muchos de aqui me llego una fotomulta, en mi caso de Fernandez, Sgo del Estero. ¿Como saber si ese municipio esta autorizado a cobrar fotomultas? Con mi señora tomamos todos los recaudos posibles y en cada travesia urbana respetamos los limites señalizados(ampliamente no respetados por la mayoria), razon por la cual, fernandez no fue la expepcion y tanto y en cuando vimos la correspondiente señal comenzamos a bajar velocidad, pero evidentemente el radar tomo en ese momento la fotomulta de 91 km cuando la velocida es de 60 km segun indica la misma. No recuerdo señal alguna que indiqe la presencia de radar. Muchas gracias desde ya.

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    • raul serra 04/24/2012 a 10:06 #

      AGREGO MI COMENTARIO PUES RECIBI TAMBIEN UNA DE FERNANDEZ, SAGO DEL EST….COMO SE PUEDE IR A 60 KM POR RUTA?? ES IMPOSIBLE!!

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  152. andrea 01/09/2012 a 11:32 #

    Estimado dr. Caceres: recibí del CABA una multa con fecha 11/11/2011 en av. Triunvirato 6300 por exceso de velocidad, donde la permitida es de 60km/h figura registrada 65,93km/h, se enmarca dentro del art. 77 de la ley 24449 para poder hacer el descargo?? Es necesario presentarme o llamando por telefono es suficiente?? Desde ya agradezco su respuesta

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  153. Leandro de León 01/07/2012 a 12:37 #

    Estimado Dr. Caceres,

    Según el art 77 inc. n) de la Ley 24.449 se considera FALTA GRAVE la violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%).

    Mi consulta es la siguiente: Superar los límites de velocidad DENTRO DE ESTA TOLERANCIA, si bien claramente no pueden ser considerados faltas graves, cabe la posibilidad de que de todas formas sean considerados como faltas y por ende multadas sin posibilidad de reclamo o defensa alguna?

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    • Hugo Caceres 01/09/2012 a 06:30 #

      Es una interpretación que podría ser realizada por algún juez, entendiendo que en ese caso la infracción es de caracter leve. Lo habitual es que se considere que no hay infracción.

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  154. Leandro de León 01/07/2012 a 12:36 #

    Estimado Dr. Caceres,
    Según el art 77 inc. n) de la Ley 24.449 se considera FALTA GRAVE la violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%).

    Mi consulta es la siguiente: Superar los límites de velocidad DENTRO DE ESTA TOLERANCIA, si bien claramente no pueden ser considerados faltas graves, cabe la posibilidad de que de todas formas sean considerados como faltas y por ende multadas sin posibilidad de reclamo o defensa alguna?

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  155. Claudio 12/12/2011 a 11:25 #

    Buen día Dr.: y gracias por sus cordiales respuestas.

    Mi caso es similar al que figura en la parte superior (el 1ero. escrito por el Sr Rubén). La comunicación fue emitida por la Comuna de Tortugas (Prov. de Santa Fé). Llamé a un teléfono que figura en la cédula de intimación «extra-judicial» y me comentan que la supuesta infracción es sobre Ruta 9, pero en la foto dice Autopista Córdoba-Rosario.

    Como menciona Ud, estaré atento a las respuestas a sus averiguaciones.

    Saludos
    PD. Detalle no menor…me intiman a pagar más de $2071.66.

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  156. Ruben 12/10/2011 a 17:53 #

    Recibí una multa de la Comuna de Tortugas, Prov. de Santa Fe, por supuestamente exceder la máxima de velocidad en nov/2011. Sólo recibí la segunda notificación, y en ésta no figura ni el lugar (para mi pasé por la autopista, y no por la Ruta Nac. 9), ni la velocidad, ni los datos del radar, sólo figura el nro. del acta contravencional, la fecha y la hora.

    En el sitio web del gobierno de la Prov. de Santa Fe dice que estas multas «carecen de aptitud legal para generar un procedimiento contravencional válido y/o para la imposición de sanción pecuniaria alguna.»

    http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/129468

    Esto es actual?

    Rompo la multa o qué hago?

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    • Hugo Caceres 12/12/2011 a 10:51 #

      Lo que usted plantea es correcto. Acabo de enviar un email a la Prov. de Santa Fé para verificar la vigencia o no de dicha información, y publicaré la respuesta apenas llegue.

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  157. Favio Ferraro 12/07/2011 a 13:40 #

    Dr. Caceres: Buenos Días, Recibí una fotomulta en la Comuna de Videla, Pcia de Santa Fe, por circular sobre la Ruta 11, a 66 km, cuando la máxima es 60 km. Doctor, le pregunto, existe la posibilidad que pueda alegar como defensa la tolerancia de del 10 % que establece la ley 24449, Art. 77. inc. n. En caso que Usted sugiera hacer un descargo, esto debe ser formalizado por algún abogado en forma de carta documento. Muchas Gracias. Favio.

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    • Hugo Caceres 12/28/2011 a 07:04 #

      Puede argumentar dicha fundamentación. No se requiere la asistencia letrada obligatoria.

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  158. Luis 11/28/2011 a 17:58 #

    Estimado Dr Cáseres: En una foto multa de CABA figura en la foto la vel reg de 105.00 km/h, vel permitida 100 km/h, maquina 079 y en contrat 000, este último punto, no deberia tener un dato distinto a cero para saber si pertenece a una empresa con contrato vigente?
    También por los datos de ID del equipo que figuran en la misma, en la página del INTI está como homologado y con calibración vigente, pero es unequipo fijo y en la multa figura el nombre de un agente y número de chapa, no es esto para un equipo movil??
    Otra cosa a tener en cuenta: un equipo calibrado significa preparado para operar, pero quien usa equipos con controles de trazabilidad, es sabido que se deben dar como válidas las mediciones hechas cuandos los controles de calibración diario cumplen con las especificaciones y valores indicados en el procedimiento operativo estandarizado, cuyos registros deberian estar disponibles en la fotomulta, tal como aparece en cualquier equipo de laboratorio que emite un resultado.
    Espero su opinión sobre mis dudas y comentarios.
    Gracias

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    • Luis 11/28/2011 a 18:08 #

      Dr Cáceres: Con respecto al último punto del comentario que antecede, la ley que apoyario lo dicho es la 19511/72 art 9 y copio el texto (INTI)
      Art. 9 Es obligatoria la verificación periódica y la vigilancia de uso de todos instrumentos de medición reglamentado que sea utilizado en:
      a) transacciones comerciales
      b) verificaciones del peso o medida de materiales o mercaderías que se reciban o expidan en toda explotación industrial, agropecuaria o minera
      c) valoración o fiscalización de servicios
      d) valoración o fiscalización del trabajo realizado por operarios
      e) reparticiones públicas
      f) cualquier actividad que por su importancia incluya la reglamentación

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    • Hugo Caceres 12/19/2011 a 07:39 #

      LA cuestión que plantea es estrictamente técnica, y supera mis conocimientos al respecto. Entiendo que puede formular su descargo aduciendo dichos fundamentos aunque seguramente deberá hacerlo con el soporte de un perito que pueda especificar fundadamente dichos puntos.

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  159. Guillermo 11/28/2011 a 17:27 #

    Me llego foto multa (fecha 17/09) por ir a 109 en zona de maxima 100 yo pienso que no puedo estar todo el tiempo mirando el reloj y que en algun momento es logico superar por poco el maximo establecido, mas en zonas rapidas. Lei que quedo anulado el tema del 10% de tolerancia. Lo que me parece una treta muy loca es tener que ir a reclamar al centro esto y perder un dia de trabajo. Se puede hacer algo doctor? Saludos y gracias!

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    • Hugo Caceres 12/19/2011 a 07:37 #

      Si no desea presentarse a formular descargo, tiene dos opciones: pagar la multa o a un abogado para que lo represente.

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  160. Juan Cazares 11/21/2011 a 23:22 #

    hola doctor, le escribo porque me llegaron 2 multas de la ruta 2 por exceso de velocidad donde la maxima es 80 km/h, las 2 multas me dicen q iba a 88.0 por lo que entraria en el 10% de tolerancia, pero al mirar las fotos veo q en estas dicen iba a 88.1. (un radar no esta verificado por el inti pero esa no es mi pregunta)
    que velocidad debo tomar como correcta, los 88.0 que dice el papel o los 88.1 que dice la foto??
    puedo alegar los 3 km de margen de error que establece la Resolución 753/98?

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    • Juan Cazares 11/21/2011 a 23:36 #

      lo de alegar 3 km de margen de error seria por si me toman ese 0.1 km que excederia los 10% de tolerancia. Muchas Gracias

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    • Hugo Caceres 11/23/2011 a 10:04 #

      Creo que si plantea la cuestion en el Juzgado le van a admitir su defensa.

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  161. Javier 11/19/2011 a 06:19 #

    Hola, dos cosas 1º me llego una cedula de notificacion con varias infracciones(que tiraron bajo la puerta), la misma no debe ser entregada en mano o sea q alguien reciba y firme? puedo decir q jamas llego?
    2º hay un par de multas por exceso de velocidad, por lo que tengo entendido hay un margen de 10% o 10km/h, de estar en ese rango no sa pagan o se pueden discutir?, de ser asi donde puedo encontrar la reglamentacion para asi poder hacer el descargo
    muchas gracias

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    • Javier 11/19/2011 a 06:28 #

      me olvide de aclarar que estoy en capital. y otra cosa me pueden sacar puntos por infracciones fotograficas o solo si me notifican en el momento de la infraccion

      muchas gracias

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    • Hugo Caceres 11/20/2011 a 21:02 #

      Art. 77 de la ley 24.449.

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  162. raul dieguez 11/10/2011 a 19:08 #

    Me llego una multa sobre la autopista rosario cordoba de la comuna de tortugas segun ellos viajaba a 134 Km/h y la maxima es de 130 debo ignorarla vivo en cordoba y me citan en santa fe tiene una comuna jurisdiccion sobre una auopista nacional y creo que estoy dentro del margen de velocidad permitido a me facturan casi $ 2000 que debo hacer, gracias

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    • Hugo Caceres 11/13/2011 a 09:42 #

      En principio la comuna no tendría jurisdicción.

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      • raul dieguez 11/19/2011 a 13:12 #

        Gracias doctor, pero que debo hacer concretamente no puedo viajar hasta alla debo hacer el descargo por carta, o lo ignoro directamente, Raul Dieguez

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      • Hugo Caceres 11/20/2011 a 21:37 #

        Utilice el medio postal.

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  163. Gonzalo 11/04/2011 a 14:36 #

    Hola Hugo. Me llegó una multa por andar a 66,56 km cuando la máxima era de 60 km. Tengo margen para rechazarla? Es decir, la tolerancia de 10% llegaría hasta los 66km pero que por arriba de esa cifra por 0,56 km. Pero…. segun manifestás al principio, estos equipos tienen un margen de error máximo de 3km. Puede ser que tomen como valido esto? Es decir, que contemplen ese adicional de 0,56 como un «no exceso» considerando el margen de error de estos equipos?
    Muchas gracias!

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  164. Gerardo 11/02/2011 a 14:08 #

    Dr. Cáceres. Si la máxima en la Autopista Rosario Córdoba es 130km/h y recibo una infracción que indica que circulaba a 140Km/h, consulto: ¿Cabe aquí el 10% de tolerancia según el art.77 ley 24.449?. Si es así ¿Cómo debo proceder? Muchas gracias por su respuesta y saludos!

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    • Hugo Caceres 11/06/2011 a 11:36 #

      Estaría cubierto por el margen de tolerancia mencionado, lo cual debería plantear al ser citado al juzgado interviniente.

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  165. Dr. Rojkin 10/31/2011 a 13:16 #

    Dr.: en que parte de la pagina lo encuentro?? no veo ninguna opcion que nos ofrezca averiguar sobre radares habilitados. Desde ya muchas gracias.

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  166. GERARDO 10/11/2011 a 23:47 #

    MUCHAS GRACIAS, DR. HUGO CACERES POR SU COMENTARIO Y AMABILIDAD

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  167. GERARDO 10/10/2011 a 08:04 #

    DR CACERES: CREO QUE EL DOMINGO 08 DE OCTUBRE HABIA UNA CASA RODANTE BAJO EL PUENTE DE TORTUGAS EN LA AUTOP. ROSARIO -CORDOBA, PERO NO TENIA NINGUNA SEÑALIZACION CORRESPONDIENTE. SE PUEDE HACER EL DESCARGO EN EL CASO DE LLEGAR LA FOTO-MULTA???

    OTRO CASO, CIRCULABA CON LOS FAROS AUXILIARES DE XENON, LUZ DE POSICION PERO NO LA BAJA8ya que no me funcionaba en mi vehículo)
    ME LABRARON UN ACATA Y EN LA MISMA DICE QUE NO TENIA TAMPOCO LA LUZ DE POSICION NI PATENTE(COSA QUE ES FALSA) COMO PUEDO HACER EL DESCARGO.

    SALUDOS, Y MUHCAS GRACIAS.

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    • Hugo Caceres 10/11/2011 a 12:03 #

      Puede plantear todos los argumentos que menciona en su comentario, cuando sea citado al Juzgado para ello.

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  168. leon 07/10/2011 a 12:20 #

    Dr queria consultarle por una multa que me llego por exceso de velocidad en Pampa Blanca Jujuy donde la velocidad permitida es de 60km por hs y el rardar marca 64km por hs y por eso se me multa .
    me podria decir si puede haber un descargo para hacer dado el poco exceso del cual reclaman?.
    Le comento que como el vehiculo esta a mi nombre esta dirigida a mi persona pero yo jamas viaje a esa localidad y tampoco manejo tal vehiculo dado que no poseo registro habilitante ( profecional) , a su vez me dicen que me van a sacar 5 puntos del registro .
    A dicho vehiculo le hice ante escribano publico una secion de derechos a favor de la persona que lo maneja

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    • Hugo Caceres 07/18/2011 a 11:10 #

      La ley nacional en su art. 77 otorga un margen de tolerancia de 10%.
      Puede remitir copia de la cesión que menciona al Juzgado/organismo interviniente.

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  169. Luis 07/06/2011 a 17:37 #

    Consulta:
    Me llegó una multa fotográfica de CABA, por circular a 65,53 hm/h siendo la máxima en ese punto 60 km/h.-
    ¿No se encuentra dentro del margen de tolerancia del 10%?
    Muchas gracias por vuestra atención.-

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  170. Horacio 04/30/2011 a 21:53 #

    queria saber si el radar que esta sobre la autpista Rosario- cordoba esta autorizado,en la localidad de Tortugas, como es sobre autopista, y no hay ninguna señalizacion, como se hace el descargo.

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    • Hugo Caceres 05/02/2011 a 07:50 #

      Consulte con el INTI para saber si el cinemómetro se encuentra aprobado. El descargo se puede formular por escrito o personalmente.

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  171. nicolas 03/15/2011 a 17:57 #

    Dr Caceres:
    Antes que nada quiero agradecerle por la amabilidad que tiene uds en atender al publico.
    Mi consulta es: Yo iba por Autopista Rosario Cordoba a la altura del km 398 que pertenece a la Comuna de Tortugas,Prov. de Santa Fe con direccion a Cordoba y veo 1 camioneta al costado de la misma sacando fotos. En la foto me figura que voy a 136km/h y que la maxima es de 80km/h en cuanto en la parte inferior de la boleta indica que el limite de velocidad para automoviles es de 130km/h. En caso de ser como dice la foto multa,80km/h max,no deberia haber carteles que indique y prevea la disminucion de la misma en forma escalonada hasta llegar a la indicada? No estaba cerca de ningun peaje ni control policial,la camioneta estaba parada debajo de 1 puente o algo parecido y antes que eso no habia ninguna señalizacion.
    Esos 6 km demas de los 130km/h entrarian dentro de la tolerancia si existe la misma? Que debo hacer?

    Desde ya muchas gracias.

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    • Hugo Caceres 03/20/2011 a 10:55 #

      Si en la foto dice que la máxima permitida era de 130 km/h, esa es la velocidad a tener en cuenta, y no 80 km/h.
      La ley nacional prevee una tolerancia del 10%.

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  172. lelia vilatan 03/03/2011 a 15:37 #

    me llegaron 3 multas por exceso de velocidad diciendome que lo habian detectado desde un equipo AV_079 -DNCI625/2008 -cjr0079. Siendo que este equipo (aunque los demás datos coinciden) no figura entre los aprobados por el INTI deseo conocer la validez de la multa

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  173. MARIO ROLANDO FLAMMER 01/05/2011 a 11:08 #

    Dr. Hugo CACERES, hago expreso mis saludos y felicitaciones por sus Asesoramientos e instrucciones a todos los ciudadanos, en Misiones existen numerosos problemas con los radares. (Eldorado -Misiones)

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  174. Damian 11/02/2010 a 23:27 #

    estimado Dr. Caceres, en la practica como funcionaria a su criterio el texto del art 77 inc. n) La violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) (ley 24.449); me surge duda porque no tiene reglamentación este inciso; si bien el art. califica las faltas graves, aqui el uso de la ultima frase da confución a mi entender respecto de si se tolera el exceso de hasta el 10 por ciento, o bien que es considerada grave superado el 10 por ciento, pero si la correcta seria la ultima posibilidad, con que motivo razonable utilizarian esa redaccion «tolerancia», y no directamente descalificar como seria «es considerada falta grave la violacion de limite de velocidad que exceda del diez por ciento de la permitida» o algo asi, que opina??

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    • Hugo Caceres 11/03/2010 a 08:37 #

      La ley debe ser interpretada de la forma mas benigna para el presunto infractor, por lo tanto «tolerancia» se refiere a que si se excede en un porcentaje igual o menor al señalado, no debe ser sancionado.

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  175. Juan Tagliavini 06/02/2010 a 13:05 #

    Consulta: ¿de que forma se si el cinemómetro esta homoñogado al «momento» de efectuar la foto si en la multa no aparece dicha información?
    Gracias

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    • Hugo Caceres 06/03/2010 a 18:18 #

      Con los datos del instrumental utilizado que aparecen en el acta de infracción, puede consultar la página web del INTI.

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