Seguridad vial y las velocidades máximas señalizadas en autopistas

3 Jun

Seguridad vial y velocidades

La causa inmediata de la gravedad de los accidentes es un gran cambio de la velocidad en un breve lapso. Cuanto mayor sea la velocidad inmediatamente anterior a un choque y menor el tiempo en que se produce el cambio, mayor será la gravedad del accidente.

El control eficaz de la velocidad excesiva se considera un pilar básico e insustituible para alcanzar una importante reducción de muertos, heridos y daños materiales.

Es la quintaesencia de los temas sobre seguridad vial, debido a la relación claramente percibida entre la velocidad del vehículo y las capacidades y limitaciones humanas.

Relación entre velocidad y gravedad de accidentes

La relación entre la velocidad de un vehículo y la gravedad de los choques es inequívoca y se basa en las leyes de la física.

Los vehículos y los ocupantes en movimiento tienen energía cinética; en un choque, gran parte de ella se transforma en trabajo de deformación.

Cuanto mayor sea la velocidad, mayores serán las probabilidades de graves heridas o muerte.

La gravedad de un choque crece con el cuadrado de la velocidad del vehículo. Por ejemplo, si la velocidad crece de 100 a 130 km/h, la energía liberada y la gravedad de un choque crecerán 69%.

Casi la mitad de los choques mortales se deben a impactos en un solo vehículo contra objetos fijos a los costados del camino, en los que las diferencias de velocidades entre los vehículos no juegan ningún papel. A más de 90 km/h un vehículo es menos gobernable y el peligro de muerte de sus ocupantes se duplica por cada 10 km/h de aumento de la velocidad. Crece abruptamente arriba de los 110 km/h.

 

Las velocidades máximas señalizadas en autopistas– Revista «luchemos por la vida»; año 7, Nro. 21

2 respuestas to “Seguridad vial y las velocidades máximas señalizadas en autopistas”

  1. nancy 06/05/2012 a 15:06 #

    Hola, estoy vendiendo a través de una concesionaria mi auto radicado en Cap.Fed., nos avisan hay 4 multas en Pcia de Bs.As. Las cuales nunca nos llegaron las actas de infracción. Donde puedo hacer mi descargo, sin detener el trámite de transferencia de auto, e iniciar un proceso de reclamo (que imagino llevará tiempo). Es posible? o si quiero vender/transferir debo entonces pagar las multas?

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    • Hugo Caceres 06/07/2012 a 09:37 #

      La transferencia se puede realizar igualmente. Debe dirigirse al juzgado interviniente en cada caso para impugnar las actgas de infracción.

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