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Valor de las multas de tránsito

13 Sep

La Ley 26.363,  Art 34. estipula que el valor de las multas se determina en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial.

Deberá  entenderse por nafta especial la de mayor octanaje para vehículos particulares que fija el Automóvil Club Argentino, en la jurisdicción donde tenga su asiento la Autoridad de Juzgamiento. La determinación del valor de la U.F. será publicada en la página web de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL  y se actualizará bimestralmente.

Se considera el precio promedio del litro de nafta Fangio XXI informado por el A.C.A. , en este momento:  $6,049. A fin de realizar la conversión en cada jurisdicción se debe tomar el precio donde tenga su asiento la Autoridad de Juzgamiento.

Pago voluntario: Se aplicará la reducción del CINCUENTA POR CIENTO (50%). Este porcentaje se aplica sobre el valor mínimo de la multa de que se trate para la infracción específica.

El juez de cada jurisdicción será el responsable de establecer la sentencia del monto de la multa determinada en cantidades UF, y se abonará su equivalente en dinero al momento de hacerse efectivo el pago.

Algunos de los valores son los siguientes  (al final del post encontrará un enlace para ver el listado completo):

  • Conducir sin tener la edad reglamentaria: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00
  • Falta de VTV: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00.
  • Por no tener consigo la documentación de la VTV: $ 229 a $ 457.
  • No exhibir la documentación exigible: $ 302,45 a  $ 604,90.
  • Sin licencia o con licencia suspendida: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00.
  • Sin las chapas patentes: de $ 302,45 a  $ 604,90..
  • Sin llevar balizas y matafuegos: de $ 302,45 a  $ 604,90..
  • En moto, sin casco: de $ 302,45 a  $ 604,90..
  • Sin cinturón de seguridad: de $ 302,45 a  $ 604,90..
  • Por no respetar las indicacions de las luces de los semáforos: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00
  • Por no respetar las reglas sobre uso de luces:$ 1.814,70 a $ 6.049,00
  • Alcoholemia: superar el límite permitido: de $ 1.814,70 a $ 6.049,00.
  • Por circular con vehículos que posean defensas delanteras y/o traseras, enganches sobresalientes, o cualquier otro elemento que, excediendo los límites de los paragolpes o laterales de la carrocería, pueden ser potencialmente peligrosos para el resto de los usuarios de la vía pública: de $ $ 1.814,70 a $ 6.049,00
  • Por estacionar frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez metros a cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento: de $ $ 1.814,70 a $ 6.049,00
  • Por no respetar los límites reglamentarios de velocidad previstos: de $$ 1.814,70 a $ 6.049,00

Enlace a la web de la Dirección Nacional de Antecedentes de Tránsito