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11 Consejos practicos en la Conducción de vehículos

27 May

La fórmula más efectiva para prevenir los riesgos de accidentes al conducir vehículos, tanto automóviles como moticicletas, es la planificación adecuada de los trayectos a recorrer, respetar las señales y normas del tránsito, y la realización periódica de mantenciones al vehículo. Por eso, al momento de conducir, considere los siguientes consejos.

Ver: 11 Consejos practicos en la Conducción de vehículos (http://www.achs.cl)

La seguridad vial es una cuestión de equidad para los pobres

7 Ene
Street traffic in Kathmandu, Nepal. © Simone D. McCourtie/World Bank

​​La seguridad vial posiblemente no sea lo primero que nos viene a la mente cuando pensamos en poner fin a la pobreza extrema. Pero cuando las condiciones de la seguridad vial son inadecuadas, son las personas más pobres del mundo las que se ven afectadas en mayor medida.

Analicemos el caso de África. Mientras que en todas las demás regiones del mundo las tasas de mortalidad por accidentes de tránsito disminuyeron entre 2010 y 2013, en África subieron. El continente tiene en la actualidad la tasa más alta de todas las regiones, con 27 muertes cada 100 000 personas. La proporción correspondiente a los países de ingreso bajo en el total de este tipo de muertes se incrementó del 12 % al 16 % durante el mismo período. Sin embargo, estos Estados poseen solo el 1 % del total mundial de vehículos.

Los peatones, los ciclistas y los motociclistas sufren accidentes de tránsito de manera desproporcionada. En Brasil, por ejemplo, las motocicletas conforman el 26 % de los vehículos, pero representan un 52 % de las muertes y un alarmante 82 % de las lesiones graves en accidentes de tránsito. Muchas de las víctimas son personas jóvenes o pobres, que no tienen otra opción de transporte.

Por este motivo, el Grupo Banco Mundial y sus asociados del Servicio Mundial para la Seguridad Vial (GRSF, por sus siglas en inglés) han asumido el compromiso de trabajar con los países clientes para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) que propone reducir en un 50 % las muertes por accidentes de tránsito para 2020. (i) Debemos ampliar las iniciativas a nivel local, nacional e internacional si pretendemos acelerar los avances en la seguridad vial en los países más pobres y afectados, a fin de reducir el devastador impacto de este problema en los medios de subsistencia de las familias, por no mencionar su efecto perjudicial en el producto interno bruto (PIB) de esos países.

En un reciente informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS), se muestra que el total de muertes por accidentes de tránsito en todo el mundo se ha estabilizado a partir de 2007. No obstante, aún se ubica en niveles inaceptablemente altos: 1,25 millones de fallecimientos al año. Si seguimos por este camino, será sumamente difícil alcanzar el ODS antes de fines de 2020. Es necesario que pasemos de la estabilización a la prevención y reduzcamos drásticamente la cantidad de muertes en accidentes viales.

La falta de recursos y de identificación de los países con este problema son solo dos de las razones por las que estamos lejos de la meta. Por este motivo, la semana pasada acepté presidir la Segunda Conferencia Mundial de Alto Nivel sobre Seguridad Vial, que se celebró en Brasil y en la que se adoptó la Declaración de Brasilia sobre la Seguridad Vial.(i)

Para lograr avances significativos, los Gobiernos deben comprometerse ahora a dar prioridad a la seguridad vial y comenzar a pensar de manera creativa en diversos modos de incrementar el financiamiento interno. El resultado quizá sea algo similar al Informe Landau de 2004, (PDF, en inglés) en el que se delineó el modo de financiar el desarrollo a través de un impuesto internacional sobre los pasajes aéreos.

Los países con buenos niveles de seguridad vial emplean mecanismos de financiamiento específicos (como impuestos a los combustibles o a los seguros, multas por incumplimiento de normas viales y gastos generales de capital) para garantizar el mantenimiento de los caminos y asegurarse de que los organismos pertinentes tengan los recursos necesarios para reducir el número de muertes. Durante la conferencia de la semana pasada, quedó claro que es esencial contar desde un principio con la fuerte participación del sector privado y con mecanismos de financiamiento innovadores. Ambos elementos son piedras angulares del Panel de Alto Nivel para la Seguridad Vial de la Federación Internacional del Automóvil (FIA), (i) que comenzó a trabajar el 11 de noviembre bajo la dirección de Jean Todt, presidente de la FIA y enviado especial del secretario general de las Naciones Unidas para la seguridad vial.

Programas como el GRSF (i) del Banco Mundial permiten movilizar USD 43 en compromisos por cada USD 1 invertido por nuestros donantes en seguridad vial. El financiamiento inicial y la asistencia técnica brindada por este mecanismo, por ejemplo, desempeñaron un papel muy significativo en el incremento de casi USD 239 millones en los préstamos que destinó el Banco a la seguridad vial en el ejercicio de 2015…

Seguir leyendo en blog de Banco Mundial: click acá

Los motovehículos y la seguridad vial 

4 Ene

En los últimos años los cambios socioeconómicos han facilitado el acceso a motovehículos por parte de importantes sectores de la sociedad, modificando de este modo la estructura del tránsito en las ciudades.

Tal como lo demuestran los datos publicados por la Dirección Nacional del Observatorio Vial esta nueva realidad en el país ha impactado directamente en la siniestralidad vial. Esta tendencia también está presente en otros países del mundo, si bien las cifras globales de siniestralidad vial para todos los vehículos se han reducido entre 2003 y 2010 de forma significativa en un 24%, no ha ocurrido lo mismo en el caso de los motovehículos en general que han sufrido un incremento del 31%.

La vulnerabilidad asociada a estos vehículos está relacionada principalmente a la exposición de los pasajeros a la caída o impacto fundamentalmente porque estos vehículos encuentran su punto óptimo de equilibrio en el desarrollo dinámico de la velocidad, la velocidad potencial y la visibilidad parcial de los mismos para la dinámica actual del tránsito.

Si además se consideran aspectos particulares de la cultura vial preponderante, el cúmulo de agravantes se amplia considerablemente. No obstante el desencadenante clave de la siniestralidad sigue siendo el factor humano.

Puntualmente la inconducta de manejo y la falta o mal uso de elementos de seguridad obligatorios mínimos como el casco o calzado adecuado, son algunas de las cuestiones que incrementan el riesgo exponencialmente….

Origen: Los motovehículos y la seguridad vial – Diario El Tiempo – 2015

Obligacion de entregar chaleco y casco para los vendedores de motovehículos

1 Oct

DECRETO 684/14 Provincia de Buenos Aires

ARTÍCULO 1º. Sustituir el artículo 1º del Decreto Nº 1.092/10, por el siguiente:

“Artículo 1º. Toda persona física o jurídica que en forma habitual comercialice motovehículos (incluidos ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos), deberá entregar juntamente con el rodado el casco reglamentario y el chaleco reflectante, respetando las especificaciones técnicas que se establecen en el artículo 2º y el Anexo Único del presente, respectivamente.”

ARTÍCULO 2º. Sustituir el artículo 4º del Decreto Nº 1.092/10, por el siguiente:

“Artículo 4º. Toda persona física o jurídica que comercialice motovehículos, estará obligada a asentar las operaciones de que fueran objeto las unidades, indicando fecha y hora de la transacción, marca, modelo, número de motor, número de dominio del vehículo, apellido, nombres, DNI, domicilio legal, firma del comprador, número de serie y color del casco reglamentario y color del chaleco reflectante entregados, en un libro especial rubricado por la Municipalidad.”

ARTÍCULO 3º. Incorporar como Anexo Único del Decreto Nº 1.092/10 el texto que agregado como Anexo I forma parte del presente, compuesto de una (1) foja.

ARTÍCULO 4º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamento de la Producción, Ciencia y Tecnología, de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Las motos registran el mayor número de accidentes

11 Dic

Según un informe de Seguridad Vial después de los peatones, los motociclistas registran la mayor cantidad de siniestros viales, representan alrededor del 28% de las fatalidades. 
El Plan de Seguridad Vial para motociclistas se llevó adelante con la colaboración del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF). Para ello se sumó el apoyo de asesores internacionales experimentados y una metodología participativa que ya había dado buenos resultados en España. Buenos Aires es la primera ciudad latinoamericana en utilizar esta metodología impulsada por CAF. 
El director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Felipe Rodríguez Laguens, expresó su preocupación en relación a actitudes temerarias en la conducción de motocicletas que ponen en riesgo la vida de sus conductores y de las demás personas.
Laguens afirmó que «el exceso de velocidad en moto es más riesgoso que jugar a la ruleta rusa, ya que incrementa 17 veces las probabilidades de morir que en un auto»….

 

EL DEBATE | El Diario de Zárate.

Diamante: Tolerancia Cero en operativos por falta de casco en motociclistas

27 Jun

En declaraciones a El Observador, el juez de Faltas de la municipalidad de Diamante, Dr. Paolo Favotti, comentó acerca de la implementación reciente del criterio tolerancia cero en las sanciones por el no uso del casco a los conductores de motocicletas.

Sobre la medida el funcionario señaló que “sabido es que la utilización del casco es obligatorio en Diamante en el marco de la Ley Nacional de Tránsito, especificado en el artículo 40 inciso J, aplicable en esta comunidad, ya que el Concejo Deliberante adhirió a la norma a través de la Ordenanza Nº 481. Recientemente dicho Cuerpo Legislativo sancionó la Ordenanza Nº 1148, la que en su artículo 7mo. prevé las sanciones correspondientes a personas que incumplan con la exigencia, que puede llegar a los $ 1.600 de multa según cada caso”.

Por esta razón de ahora en más la utilización del casco entró bajo un criterio de tolerancia 0, no sólo se dejará de tener en cuenta si se tienen antecedentes o no, sino que además la sanción mínima por este concepto será de $ 1000, pudiendo aplicarse al máximo si se trata de infractores reincidentes.

“Nos encontramos con la necesidad de implementar medidas estructurales para la protección de la vida. Los accidentes de tránsito no reconocen de falta de antecedentes, suceden y listo y lo único que te salva la vida ante un siniestro es el uso de casco, es fundamental aumentar la sanción y ser exigentes con este concepto, ya que está en juego la vida de las personas” expresó el Dr. Favotti.

Cabe señalar que además la falta del casco habilita el secuestro del vehículo por parte de los organismos de inspección, lo cual reafirma aun más la idea de protección a la vida e integridad de los habitantes.

“Toda legislación e inspección relacionada al control de tránsito de nuestra ciudad, responde al principio preventivo y no al sistema recaudador como sucede en otros lados, por este motivo se busca que las personas que circulan sin casco no lo hagan más, ya que ponen en riesgo su vida, es fundamental el secuestro de vehículos en esas circunstancias, es intención nuestra y políticas de estado del Ejecutivo Municipal reducir las consecuencias de los accidentes de tránsito” remarcó el titular del Juzgado de Faltas municipal.

 

 

El Observador del Litoral » Diamante: Tolerancia Cero en operativos por la falta del uso de casco en motociclistas.

 

 

En La Plata secuestraron 10.000 motos en un año

15 May

Casi 1.300 motos fueron secuestradas en el primer cuatrimestre de este año y se suma desde enero de 2011 a la fecha, suman unos 10.000 los rodados que fueron a parar a Control Urbano por falta de cédula verde, seguro, falta de casco, carencia y falta de licencia de conductor y escape antirreglamentario, según informó la Municipalidad de La Plata.

En un informe que dio a conocer la Justicia de Faltas de la Municipalidad de La Plata, desde enero de 2011 hasta la fecha, fueron secuestradas 10.000 motos de las cuales 7.000 ya tienen sentencia y 6.000 de las mismas ya fueron reintegradas a sus dueños, luego de regularizar sus situaciones. En los primeros cuatro meses de 2012 los inspectores secuestraron 1.279 rodados, según detallaron fuentes oficiales.

En tanto, permanecen alojadas en el depósito unas 4.000 motos, en las que en su mayoría no se presento ningún titular a reclamarlas.

DELIVERY

Según explicó el titular de Control Urbano Ignacio Juan Martínez: «estamos realizando visitas a los negocios que tienen delivery con motos notificándolos de las normativas vigentes en la utilización de estos vehículos, por dos cuestiones fundamentales la seguridad de las persona que trabajan en ellas y el cumplimento de las leyes actuales por partes de los dueños de los locales, que contratan estos servicios».

Durante la última semana fueron «visitados por los agentes de Control Urbano 40 comercios, que firmaron el acta de comprobación, en la que se los notificó sobre la reglamentación del uso del casco, escape, documentación y licencia habilitante», indicaron en la dependencia de contralor comunal….

En La Plata secuestraron 10.000 motos en un año, La Plata, Control Urbano, Municipalidad. La Ciudad, 14 de mayo de 2012, Diario El Día, La Plata, Argentina.

Chaleco reflectante para deliveries en moto

24 Mar

A partir de hoy entró en vigencia la Resolución 1187/09, (Ministerio de Jefatura de Gabinete) de la Provincia de Buenos Aires, que en su art.1 hace obligatorio el uso del chaleco o banda reflectante en los conductores que realizan «delivery» o mensajería en moto, siendo su incumplimiento considerado una falta grave, según determina el Artículo 77 de la Ley Nacional de Tránsito.

La nueva reglamentación obliga a los empleadores a proveer a los conductores de motos cascos y chalecos o bandas reflectantes, donde figure el dominio del motovehículo y abarca tanto a los conductores como a sus acompañantes que presten servicio de transporte y/o reparto y/o distribución de productos y/o alimentos y/o documentación, sea para terceros o como complementaria de su actividad principal, durante el desempeño de su jornada laboral.

Específicamente los chalecos o bandas a utilizar deben contar con las siguientes condiciones:

A.1 El color del fondo del chaleco será amarillo puro, amarillo arena o amarillo naranja y tendrá por lo menos dos bandas blancas reflectantes horizontales en la parte superior anterior y posterior de cinco centímetros (5 cm.) de ancho y con una separación entre ellas de catorce centímetros (14 cm.). En medio de las bandas reflectantes llevará impreso en letras y números blancos reflectantes, el número de dominio del motovehículo. La dimensión mínima de cada letra y número será de diez centímetros (10 cm.) de alto, seis centímetros (6 cm.) de ancho y el ancho interno de cada letra de un centímetro y medio (1.5 cm.).
A.2. Su tamaño deberá ser como mínimo de sesenta centímetros (60 cm.) de largo y treinta y cinco centímetros (35 cm.) de ancho.
A.3. Las bandas reflectantes deberán tener como mínimo una retroreflectividad de trescientos treinta candelas lux por metro cuadrado (330 cd/lxm2).
A.4. En caso de no usar chaleco reflectante, los conductores y acompañantes deberán vestir prenda con bandas reflectantes o material combinado, que presente las propiedades técnicas de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos A.1. y A.3, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto A.1.
A.5. Cualquier elemento que el conductor y/o acompañante vista sobre el chaleco, que impida parcial o totalmente su visibilidad, deberá contarmínimamente con una banda de material combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos A.1. y A.3, además de llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto A.1.
A.6. En caso que el motovehículo posea algún elemento fijo o semi-fijo, que impida parcial o totalmente la visualización de la parte posterior del conductor y/o acompañante, el mismo deberá contar mínimamente con una banda de material reflectante y/o combinado de cinco centímetros (5 cm.) o dos bandas de tres centímetros (3 cm.) de ancho, con las propiedades técnicas, de reflectividad y fluorescencia descriptas en los puntos A.1. y A.3., que abarquen el ancho de la parte posterior y sus laterales.
A.7. Podrá utilizarse de forma supletoria lo establecido en la Norma IRAM 3859, en cuanto a las condiciones técnicas mínimas referentes al chaleco reflectante, de no optar por utilizarse las estipuladas; no obstante ello, deberá llevar adherida o impresa en forma legible el dominio del vehículo, que conduce tal como se encuentra establecido en el punto A.1.

Texto completo de la Resolución 1187/09